Boletines/Brandsen

Decreto Nº0035

Decreto Nº 0035

Brandsen, 03/01/2018

Visto

Visto la solicitud efectuada por la Subsecretaria de Desarrollo y Programas Sociales, dependiente de la Secretaria de Salud y Desarrollo Social, por la cual solicita la compra de alimentos no perecederos, para el mes de Enero de 2018, en el marco de acompañamiento a familias en situación de vulnerabilidad social, Subproyecto Nº 3; y,

Considerando

Que la Subsecretaria de Desarrollo Social, solicita asistencia para familias de bajos recursos en el marco del programa Fortalecimiento de Programas Sociales, creado por la ley provincial Nº 13.163; y,

Que el Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales  fue creado por la ley provincial Nº 13.163, teniendo como fin transferir mensualmente recursos a todos los municipios de la provincia de Buenos Aires para la implementación y sostenimiento de los proyectos sociales;

Que  el mismo atiende la necesidad de fortalecer la capacidad técnica y de gestión de los gobiernos locales, en especial en la formulación e implementación de proyectos sociales de atención integral de la familia en el pleno respeto de sus derechos;

Que por lo expuesto, es decisión del Departamento Ejecutivo otorgar la ayuda económica solicitada dictando el pertinente acto administrativo;

EL  INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTÍCULO 1º.-  Autorizase la Compra de alimentos no perecederos en el marco de acompañamiento a familias en situación de vulnerabilidad social, que a continuación se detallan: 480 kg de azúcar,  480 kg de fideos guiseros,  480 unidades de puré de tomates, 480 paquetes de fideo Tallarin , 480 paquetes de harina común, 480 cajas de Té , 480 paquetes de arroz, 450 paquetes de yerba mate, 450 paquetes de lentejas y 450 paquetes de dulce de Membrillo, para el mes de Enero de 2018.-

ARTÍCULO 2º.-  El gasto  que demande lo dispuesto en el  Art 1º, será imputado a: Jurisdicción 3000- Categorías Programáticas: 36.01 - Subproyecto Nº 3 – F.F. 132.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno,  de Hacienda y Administración y de Salud y Desarrollo Social.- 

ARTÍCULO 4º.-  Comuníquese  a  quien  corresponda,  dése  al  Registro Oficial y cumplido, archívese.-