Boletines/Brandsen

Decreto Nº0030

Decreto Nº 0030

Brandsen, 03/01/2018

Visto

Visto el contrato de locación suscripto con el Sr. Luis Benito Pereyra, D.N.I 11.226.718, respecto de la propiedad ubicada en calle Mitre entre Sáenz Peña y Azcuénaga del Partido de Brandsen; y

Considerando

Que dicha locación se debe a que el municipio debe proveer espacio físico apto para la implantación de la Base Operativa de la Secretaria de Protección Ciudadana y Habilitaciones, en el marco del Plan Estratégico de Seguridad de la Municipalidad de Brandsen;

Que el término de dicha locación es de dos (2) meses, desde el 1º de Enero de 2018, finalizando el 28 de Febrero de dicho año, por una suma mensual de pesos diecinueve mil doscientos ($19.200), pagaderos del 1 al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, sito en calle Sáenz Peña Nº 752; 

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que registre el presente convenio en los términos allí establecidos, encuadrándose el mismo en el marco del artículo 156, inciso 7º de la Ley Orgánica de las Municipalidades  Decreto-Ley 6769/58;

El INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTÍCULO 1º.-  Regístrese  el contrato de locación suscripto con el Sr. Luis Benito Pereyra, D.N.I 11.226.718, para la locación del inmueble ubicado en calle Mitre entre Sáenz Peña y Azcuénaga del Partido de Brandsen, destinado al funcionamiento de la Base Operativa de la Secretaria de Protección Ciudadana y Habilitaciones, en el marco del Plan Estratégico de Seguridad de la Municipalidad de Brandsen, por el término de dos (2) meses, desde el 1º de Enero de 2018, finalizando el 28 de Febrero de dicho año, por una suma de pesos diecinueve mil doscientos ($19.200), el que agregado como anexo se declara parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 2º.-  El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado con cargo a la Jurisdicción: 9000– Categoría  Programática: 1.00 – Imputación Presupuestaria: 3.2.1 Alquiler de Edificios – Fuente de Financiamiento: 132.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

ARTÍCULO 4º.-  Comuníquese  a  quien  corresponda,  dése al  Registro Oficial y cumplido, archívese.-