Boletines/Brandsen

Decreto Nº0016

Decreto Nº 0016

Brandsen, 02/01/2018

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-21.962/17 por el cual GIOVANNONE, MARIO DANIEL CUIT 20-26022470-1 y la Sra. AYASTUY ANDREA MELISA CUIT 27-28441477-8 solicita un cambio de razón social y traslado de comercio bajo el rubro “VIDRIERIA”, en el inmueble ubicado en calle Castelli Nº 653 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A - Manzana 44 – Parcela 13b correspondiente a la Partida Nº 1291; y,

Considerando

Que a fs. 24 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de traslado de comercio y cambio de razón social iniciado por GIOVANNONE, MARIO DANIEL CUIT 20-26022470-1 y la Sra. AYASTUY ANDREA MELISA CUIT 27-28441477-8 en relación al Inmueble sito en calle Castelli Nº 653 de la ciudad de Coronel Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I– Sección A- Manzana 44 – Parcela 13b - y, correspondiente a las cuentas 1291 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones  en categoría 2 (dos), por tratarse de rubro “VIDRIERIA” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Silvia. R Echayre. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTICULO 1º.- Otorgase al Sr. GIOVANNONE, MARIO DANIEL CUIT 20-26022470-1 y la Sra. AYASTUY ANDREA MELISA CUIT 27-28441477-8, un traslado de comercio y cambio de razón social bajo el rubro “VIDRIERIA”, en el inmueble ubicado en calle Castelli Nº 653, de esta ciudad, identificado catastralmente como: Circ. I– Sección A- Manzana 44– Parcela 13b y, correspondiente a la Partida Nº 1291.-

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

ARTICULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-