Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0014
Brandsen, 02/01/2018
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-631/04/ por el cual la Sra. Paz Nélida Beatriz solicita la Baja de su comercio identificado con el legajo Nº 3350; y
Considerando
Que a fs. 8, del expediente obra certificado de libre deuda expedido por el Departamento de Ingresos Públicos, respecto del inmueble donde desarrollaba la actividad comercial;
Que a fs. 9 del expediente obra dictamen del Jefe de Ingresos Públicos: “Atento la solicitud de la Subsecretaria de Protección Ciudadana y Habilitaciones, este Departamento cumple en informar que el comercio inscripto bajo el Leg. Nº 3350, NO registra deuda municipal bajo ningún concepto a la fecha de constatación de la Baja. Pasen las presentes actuaciones a esa Dirección para confeccionar, de estar de acuerdo el Sr. Intendente, el decreto de baja del comercio. Cumplido vuelva a este departamento para tomar conocimiento del mismo y dar continuidad al trámite. Depto. de Ingresos Públicos, 13 de Septiembre de 2017”;
Que a fs. 13 obra dictamen del asesor letrado: “Llegan las actuaciones de referencia con motivo de emitir opinión sobre la baja de comercio identificado por el legajo 3350 solicitada por la Sra. NELIDA BEATRIZ PAZ, en virtud del certificado de fs. 8 e informe de fs. 9 del Sr. Jefe de Ingresos Públicos, no encuentro objeciones legales a otorgar la baja de comercio con efecto retroactivo. (Art. 111 de la Ord. Gral. 267/80) ASESORÍA LETRADA 02, de Enero de 2017”;
Que ante la situación presentada, corresponde proceder a su baja a partir de la fecha de constatación, dictando el pertinente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTCULO 1º.- Dese de baja al comercio habilitado bajo el Legajo Nº 3350 cuyo titular era la Sra. Paz Nélida Beatriz, retroactivamente al 01/06/2004.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-