Boletines/Brandsen

Decreto Nº0012

Decreto Nº 0012

Brandsen, 02/01/2018

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-21907/17 por el cual BAUTISTA TITO, JUAN, CUIT 20-94073882-3 solicita una habilitación de comercio Especial bajo el rubro “DESPENSA Y VERDULERIA”, en el inmueble ubicado en calle De La Place y Mariano Moreno, de la localidad de Jeppener, Partido de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. V – Sección A – Mz 12  – Parcela 2c y, correspondiente a la Partida Nº 26454; y,

Considerando

Que a fs. 21 se expide la Directora de Protección Ciudadana y Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION DE COMERCIO Especial iniciado por BAUTISTA TITO, JUAN, en relación al Inmueble sito en calle De La Place y Mariano Moreno, de la localidad de Jeppener, Partido de Brandsen, identificado como: Circ. V – Sección A – Mz 12– Parcela 2c y, correspondiente a las cuenta 26454 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 2 (dos), por tratarse de rubro “DESPENSA Y VERDULERIA” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Silvia. R Echayre. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

Que según la Ordenanza Nº 1305 aplicable al caso establece en el Art. 6 “Quienes se incorporen al presente régimen y obtengan la ATF gozaran de un plazo de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de su otorgamiento, para cumplimentar con todos los requisitos establecidos en la Ordenanza de Habilitaciones y a las Ordenanzas Fiscal e Impositiva a los fines de obtener la Habilitación Municipal Definitiva, dicho plazo podrá ser prorrogado por 180 ( ciento ochenta) días corridos por el Departamento Ejecutivo” y en el Art. 9 establece : “Quienes se incorporen al régimen estatuido por la presente Ordenanza, deberán abonar al momento de gestionar la ATF el 25% de la Tasa por Habilitación de comercio e industria establecidas en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva”;

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTICULO 1º.- Otorgase a BAUTISTA TITO, JUAN, CUIT 20-94073882-3, una habilitación de comercio Especial bajo el rubro “DESPENSA Y VERDULERIA”, en el inmueble ubicado en De La Place y Mariano Moreno, de la localidad de Jeppener, Partido de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. V – Sección A – Mz 12  – Parcela 2c y, correspondiente a la Partida N° 26454.-

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1305/08 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

ARTICULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-