Boletines/Brandsen

Decreto Nº0011

Decreto Nº 0011

Brandsen, 02/01/2018

Visto

Visto la realización del “XVIII Festival del Canto y la Danza”, el que se llevará a cabo durante los días 6 y 7 de Enero de 2018 a las 20hs,  en  la Plaza Hipólito Irigoyen; y,

Considerando

Que el mencionado acontecimiento se ha convertido, a lo largo de los años, en uno de los eventos sociales y culturales de mayor relevancia en nuestro distrito. Se viene desarrollando de forma ininterrumpida desde hace 17 años, su programación artística está conformada por artistas locales, regionales y de nivel nacional, poniendo en lo más alto del ámbito cultural el nombre de nuestra ciudad;

Que en ese orden se presentaran los artistas Sebastián Soria, Los Querandíes, Silvana Casavalle, Luciano Cañete, Daniel Farisano, la típica de mi flor, La nueva Compañía, Peñeros de Brandsen, Folklore V, Leandro Lobato y la participación especial de los talleres educativos de danzas folklóricas pertenecientes a la Dirección de Cultura;   

Que este Municipio estima razonable otorgar la ayuda solicitada con fundamento en la Ley Nacional Nº 26075, de Financiamiento Educativo, que establece en su Art. 1º  “… Serán utilizados con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyar las políticas de mejora en la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científico- tecnológica, reafirmando el rol estratégico de la educación, la ciencia y la tecnología en el desarrollo económico y socio cultural del país.” 

Que en razón de ello, se considera razonable declarar de Interés Municipal el evento mencionado dictando el acto administrativo de rigor;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal  el “XVIII Festival del Canto y la Danza”, el que se llevará a cabo durante los días 6 y 7 de Enero de 2018,  a las 20 hs en  la Plaza Hipólito Irigoyen, de Brandsen.-

ARTICULO 2º.- El cumplimiento del artículo anterior, será imputado con cargo a: Jurisdicción: 7000 Secretaría de Desarrollo Local y Acción Comunitaria- Categoría Programática: 16.03. – Fuente de Financiamiento: 110 - 132.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Desarrollo Local y Acción Comunitaria.-

ARTÍCULO 4º.-  Comuníquese  a  quien  corresponda,  dése  al  Registro Oficial y cumplido,  archívese.-