Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0009
Brandsen, 02/01/2018
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-21968/17 por el cual MARTINEZ, MARCELA SUSANA, CUIT 27-23325479-2 solicita una habilitación de comercio simple bajo el rubro “LIBRERÍA, JUGUETERIA, KIOSCO, COTILLON, LENCERIA, BAZAR, FOTOCOPIAS, CARGA VIRTUAL, CABINAS TELEFONICAS ”, en el inmueble ubicado en calle De La Place N° 318, de la ciudad de Jeppener, Partido de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. V – Sección A – Manzana 9 – Parcela 11 y, correspondiente a la Partida Nº 15282; y,
Considerando
Que a fs. 24 se expide la Directora de Protección Ciudadana y Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION DE COMERCIO simple iniciado por MARTINEZ, MARCELA SUSANA, CUIT 27-23325479-2 en relación al Inmueble sito en calle De La Place N° 318, de la localidad de Jeppener, Pdo. de Brandsen, identificado como: Circ. V – Sección A – Manzana 9 – Parcela 11 y, correspondiente a las cuentas 15282 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 2 (dos), por tratarse de rubro “LIBRERÍA, JUGUETERIA, KIOSCO, COTILLON, LENCERIA, BAZAR, FOTOCOPIAS, CARGA VIRTUAL, CABINAS TELEFONICAS” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Silvia. R Echayre. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTICULO 1º.- Otorgase a MARTINEZ, MARCELA SUSANA, CUIT 27-23325479-2, una habilitación de comercio simple bajo el rubro “LIBRERÍA, JUGUETERIA, KIOSCO, COTILLON, LENCERIA, BAZAR, FOTOCOPIAS, CARGA VIRTUAL, CABINAS TELEFONICAS”, en el inmueble ubicado en calle De La Place N° 318 de la localidad de Jeppener, partido de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. V – Sección A – Manzana 9 – Parcela 11 y, correspondiente a la Partida Nº 15282.-
ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Protección Ciudadana y Habilitaciones.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-