Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0005
Brandsen, 02/01/2018
Visto
Visto el expediente Nº 4015-21985/18, por el cual tramita la Renovación del Seguro de Vida y ART, para un nuevo período comprendido entre el mes de Enero de 2018 hasta el 31 de Diciembre de 2018; y,
Considerando
Que el Inc. 2, Art. 156 de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe: “con excepción a lo prescripto en el artículo 151 sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos:… inc 2º Cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en la que el Estado tenga participación mayoritaria… Se podrá efectuar en forma directa”.-
Que a fs. 21 obra informe de la Dirección de Contrataciones y Licitaciones mediante el cual se considera efectuar la contratación directa con las firmas Provincia Seguros S.A. y Provincia ART S.A;
Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Autorizase la contratación directa con la firma Provincia Seguros S.A., para la Renovación de Seguro de Vida Obligatorio, por un monto de pesos trescientos cinco mil novecientos siete con tres centavos ($305.907,03) y con la firma Provincia ART S.A, para la contratación del Seguro de Riesgo de Trabajo, por un monto total de pesos cuatro millones ciento ochenta y nueve mil doscientos treinta y cuatro con treinta y seis centavos ($4.189.234,36), para un nuevo período comprendido entre el 1º de enero de 2018 hasta el 31 de Diciembre de 2018, en virtud de ajustarse a lo establecido en el Art. 156º, Inc. 2, Ley Orgánica de Municipalidades.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demanden las primas y gastos de seguro dispuestas en el Art 1º, serán imputadas en la Jurisdicción: 6000 Secretaria de Hacienda y Administración, en las siguientes partidas 1.1.6.3-1.1.6.4- 1.2.5.3- 1.2.5.4.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, y de Hacienda y Administración.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-