Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 1745/2021
Pellegrini, 21/10/2021
D E C R E T O N° 1745/21
Visto y considerando
La Ordenanza Municipal N° 1634/2021 mediante la cual se crea la Zona Comercial Planificada sobre Ruta 5, que comprende los 20 lotes del frente sobre un predio de 26 hectáreas, conformado por parte de dos inmuebles designados catastralmente como Circunscripción IV, Parcela 835 AK, matrícula 6605 (081) y Circunscripción IV Parcela 835 TT, Matrícula 6606 (081);
Las actuaciones Administrativas 4086-0222/2021;
La necesidad de poner a la venta algunos lotes y fijar la modalidad y condiciones de la misma; y
Que la Ordenanza 1634/21 fija el reglamento que regirá la venta e instalación de los comercios en dicho sector;
Que a su vez delega en el Departamento Ejecutivo la elección de la modalidad de venta, que podrá ser individual o por agrupamiento y siempre ajustado al procedimiento dispuesto por el art. 10 de la mentada Ordenanza;
Que en esta instancia inicial y apostando al desarrollo comercial del sector y de la comunidad, se hace necesario proceder a la venta directa por agrupamiento de 6 lotes comerciales;
Que es necesario generar, a través de la venta de algunos lotes comerciales, la recuperación del presupuesto que sostuvo la inversión y además, generar un fondo que habilite el financiamiento para la realización de las obras de infraestructura que requiera el nuevo sector;
Que para ello se requiere hacer uso de la modalidad de pago contado, generando igualmente, en beneficio de los interesados en esta modalidad, condiciones que incentiven la inversión;
Que a través de las actuaciones administrativas 4086-0222/2021, se lleva adelante el procedimiento para la venta de algunos lotes comerciales e industriales;
Que en dichas actuaciones, y en cumplimiento de lo establecido por Ordenanzas 1332/17 y 1342/17, se forma conforma la Comisión Tasadora a fín de determinar el valor del lote comercial, reuniéndose con fecha 09/06/2021 y aprobando el VALOR LOTE COMERCIAL: en la suma de Pesos cinco millones ($ 5.000.000) y Dólares billetes treinta y dos mil (u$s 32.000);
Que con causa en la inestabilidad de la moneda de curso legal y la referencia fáctica a la moneda estadounidense y así se refleja en los fundamentos de la tasación por el profesional requerido, de las alternativas ofrecida por las disposiciones legales y de la economía vigentes, se tomará como referencia en esta etapa, el dólar Contado con Liquidación, conforme lo publique el Banco de la Nación Argentina;
Que por Resolución 447/2021, queda fijado el valor del lote comercial, el cual no podrá ser inferior a la suma de Pesos Cinco Millones, lo cual no impide al Departamento Ejecutivo a vender a mayor valor que el fijado;
Que por los antecedentes expuestos y lo dispuesto por los arts. 107, 158, sgtes. y concs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Ordenanza 1634/21;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Procédase a la Venta de 6 lotes comerciales ubicados en el Sector Comercial Planificado Ruta 5, que se compone de parte de los inmuebles designados catastralmente como: Circ. IV parcela 835 AK Matrícula 6605 y Circ. IV parcela 835 TT Matrícula 6606, en las condiciones que se fijan en el presente y especialmente en las determinadas por la Ordenanza 1634/2021.
ARTICULO 2°: Los lotes a la venta son aquellos identificados en el Anexo A como lote 4 al lote 10 inclusive.-
ARTICULO 3°: Ordénese la apertura del Registro de Ofertas hasta el día 20 del mes de Noviembre de 2021, en que los interesados deberán presentar la misma, incluyendo el Proyecto de lo que pretender instalar y completando el Formulario dispuesto en el Anexo I de la Ordenanza 1634/21.-
ARTICULO 4°: Fíjese el precio en la suma de Pesos Cinco Millones Quinientos mil ($ 5.500.000), los cuales serán abonados al contado dentro de los 5 días de comunicado al comprador la autorización de venta por parte del Honorable Concejo Deliberante.
El precio se ajustará conforme a la variación del coeficiente resultante entre la cotización en Pesos Argentinos AR$ del Bonos Globales de la República Argentina amortizables en Dólares Estadounidenses Step Up 2030 (GD30) y la cotización en Dólares Estadounidenses del Bonos Globales de la República Argentina amortizables en Dólares Estadounidenses Step Up (GD30D).
El precio de dichos bonos soberanos será tomado al día anterior a la fecha de pago (precio publicado por BYMA - Bolsas y Mercados Argentinos Ley 26.831).
El coeficiente base para el ajuste tendrá fecha 21/10/2021 por un nominal de $191,63.-
ARTICULO 5°: Las solicitudes deberán cumplir los requisitos exigidos por los arts. 9 y 10 de la Ordenanza 1634/21.
A los efectos de interpretar el requisito establecido en el inc.c del citado artículo 10, el oferente deberá presentar un replanteo técnico de la obra a realizar, junto a una memoria que fundamente el alcance de la obra para el proyecto de que se trate.
Para el caso de aprobarse el proyecto y autorizarse la venta, el comprador deberá readecuar dichos planos, encuadrándolos en el concepto técnico de proyecto, debiéndose visar por las áreas de Catastro y Obras Públicas dentro de los 12 meses siguientes a la aprobación del proyecto.
El plazo para dar comienzo a las obras no podrá exceder los 12 meses contados a partir de la toma de posesión, fecha en la que comenzarán a correr los plazos y sanciones previstos en la ordenanza.
La posesión será entrega el día 1 de febrero de 2022.-
ARTICULO 6°: La adjudicación o aprobación del proyecto lo será de acuerdo al procedimiento dispuesto por el art. 10 de la Ordenanza 1634/21.-
ARTICULO 7°: El presente decreto es interpretativo y complementario de la Ordenanza 1634/21.
ARTICULO 8°: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.