Boletines/Chascomús
Decreto Nº 24/22
Chascomús, 06/01/2021
CESE
Visto
El Expediente Administrativo Nro. 4030 - 156809/M caratulado “SITUACION Agente ORSTADIUS, Vivan”; y
Considerando
Que a fs. 1 obra informe elaborado por la Dirección Administrativa Hospital San Vicente de Paul y remitido conforme memorándum ME-2021-00014354-CHASCOMUS-DAHM#SSP, que expresa " Por medio de la presente informo que a 1 mes de desempeñar tareas en el Servicio de Estadística en el turno tarde de 14 hs a 22 hs la agente Vivan Majh Orstadius Legajo Nro 9434, no cumplió con los objetivos que requiere para formar parte del equipo e trabajo : Al momento de solicitar con 2 semanas de anticipación un cambio de horario de 08 hs a 16 ,por 9 dias con el fin de cubrir una licencia por vacaciones y capacitarla con las actividades del servicio de dicho turno, manifiesta no poder cambiar de horario por no tener quien le cuide su hija a cargo . Requisito fundamental para formar parte del equipo, ya que el Servicio requiere de personal dispuesto al cambio de horario si surgiera la necesidad del mismo . El mismo fue explicado en la entrevista que se le realizo, lo cual manifiesto no tener ningún problema siempre que se le avise con unos días de anticipación .Al momento de hacer uso de licencia por cuidado de familiar enfermo el cual debería permanecer en reposo por 48 hs fue vista paseando con el familiar a cargo sin presentar necesidad de reposo, lo cual considero una falta de compromiso en su actividad laboral . En cuanto al grupo de trabajo , los mismos manifiestan el excesivo uso del celular durante la jornada , y las reiteradas salidas del servicio a fumar, descuidando sus tareas , pudiendo observar este mismo al pasar por el hospital en reiteradas oportunidades y la agente se encontraba en el mástil del estacionamiento. Por estos motivos solicito que la Agente Vivan Majh Orstadius no forme parte del equipo de trabajo y les solicito la búsqueda de un nuevo agente para formar parte del equipo” Fdo Fernanda Muguerza.
Que a fs 5/6 y 7 luce copia contrato temporario Nro. 0199 del agente, Decreto Nro. 595/20 y Decreto Nro. 289/21.
Que mediante el Decreto Nro. 897/2021 de fecha 17 de Diciembre de 2021 se extendió el plazo de los contratos temporarios hasta el día 31 de Marzo de 2022 en los cuales se halla nominada la Agente Orstadius Vivan Majh.
Que conforme se desprende de la Cláusula Cuatro del contrato celebrado el día 2 de Enero de 2020 en relación a la Agente surge que el mismo puede ser rescindido en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas, labrándose un acta del responsable del área donde preste sus servicios, sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor del trabajador.
Que el informe obrante a fs.1 reúne los requisitos necesarios para considerar los hechos enunciados como causal de rescisión contractual por no cumplir el trabajador o trabajadora con el deber y contracción que requieren sus funciones.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde rescindir el contrato de la Agente por incumplimiento en sus funciones conforme así lo informa su superior.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Rescindir el Contrato oportunamente suscripto por aplicación de la Cláusula Cuarta (Incumplimiento de sus funciones conforme lo informado por su superior) en relación a la Agente ORSTADIUS VIVAN Legajo N° 9434, DNI 39.491.123, a partir de la firma del presente por las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección Administrativa Hospital Municipal San Vicente de Paul, Secretaria de Salud Pública, Dirección de Capital Humano, Dirección de Liquidaciones y Agente.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-