Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 0254/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 17/02/2022
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:
U.E. 17-09-1-1-1-00 – Institucional 1-1-1-01-23-000 – Prog. 69-00-00 – Fin. y Func. 4-3-0 – UER 26 – DEPARTAMENTO OPERATIVO DE TRANSITO.
Nº O. C.F. baja Denominación
6386 15-06-74-04 Inspector I - Tránsito
ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:
U.E. 17-09-5-0-0-00 – Institucional 1-1-1-01-23-000 – Prog. 39-00-00 – Fin. y Func. 2-1-0 – UER 26 – DIRECCIÓN GENERAL CENTRO DE OPERACIONES Y MONITOREO.
Nº O. C.F. Alta Denominación
21760 4-02-74-01 Técnico Inicial
ARTÍCULO 3º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación, a la señorita MARCELINA DE LOS ÁNGELES PAEZ FISCHER (Legajo Nº 35.411/2 – CUIL 27-34358689-8), en planta permanente y con carácter provisional, en los términos de lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como TECNICO INICIAL (C.F. 4-02-74-01 – 45 hs. semanales – Nº de Orden 21760), con dependencia de la Dirección General Centro de Operaciones y Monitoreo (U.E. 17-09-5-0-0-00).
ARTÍCULO 4º.- Otórgase, a la agente mencionada mediante Artículo 3º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación Remunerativa del DIEZ POR CIENTO (10%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Otórgase, a la agente mencionada mediante Artículo 3º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la BONIFICACIÓN POR FRANCOS FIJOS Y/O ROTATIVOS equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-23-000 - Prog. 39-00-00 - Fin. y Fun. 2-1-0 – UER. 26 – F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 4.
Para Art. 4º: Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 8.
Para Art. 5º: Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 7 – Ap.3.
ARTÍCULO 7º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE SEGURIDAD y DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
Elg
GARCIA BONIFATTI MONTENEGRO