Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 741/21
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 07/10/2021
RESOLUCIONES DE OSSE DESDE 741 HASTA 816 ( DE FECHA 07-10 HASTA 29-12-2021
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION POSTAL AÑO 2022” - Licitación Pública N° 23/21 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia;
Que en virtud de lo dictaminado por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos respecto de evaluar las condiciones presentes en el art.12 de las Cláusulas Legales Particulares que responde a los convenios de redespacho, se solicitó a la Gerencia Generales de Grandes Consumidores dictamen al respecto. Con fecha 06/10/21 dicha Gerencia considera que se debe mantener el mencionado Artículo debido a que lo allí solicitado permite tomar conocimiento acerca de la firma que la oferente contrate y además permite también realizar los controles sobre el ámbito geográfico de distribución autorizados por la ENACOM, a la empresa que en definitiva realizará la distribución de la correspondencia de OSSE;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de la -------------------- Licitación Pública N° 23/21. -----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 23/21 referente al “SERVICIO DE -------------------- DISTRIBUCION POSTAL AÑO 2022” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros. -----------
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------Licitación Pública N° 23/21 integrada por el Sr. Moreno Diego quien presidirá la misma como titular y el Sr Leonardo Tonon como suplente ambos por la Gerencia General de Grandes Consumidores, la Lic Daiana Chica como titular y el CP Hernan Mingioni como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Graciela Leone como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. -----------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 741-2021
FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 89/21 referente a la “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 89/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 03 (tres) firmas a saber: SANCHEZ GUILLERMO PEDRO, MAMESI SRL y GRANET SA según surge del Acta de Apertura de fecha 28/09/2021;
Que todas las firmas se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Sistemas informa que las propuestas cumplen técnicamente con lo requerido. Con referencia a la nota presentada por GRANET SA indican que no hay impedimento para aceptar un plazo de entrega mayor al de la solicitud debido a las causas manifestadas;
Que en virtud de exceder las ofertas más económicas para el Renglón Nº 01 correspondiente a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO y para los Renglones Nº 05 y 06 correspondiente a la firma GRANET SA el Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones, se les solicitó una Mejora de Precios resultando, según Acta de Apertura de fecha 01/10/21, que la firma GRANET SA ofrece un descuento del 1.5 % y la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO manifiesta que le es imposible realizar mejora del precio;
Que si bien aún luego de solicitada la Mejora de Precios para los Renglones mencionados precedentemente las ofertas correspondientes a las firmas SANCHEZ GUILLERMO PEDRO y GRANET SA ($962.831,00) se encuentra, en promedio, un 13.23% por encima del Presupuesto Oficial de $850.334,20, esta Gerencia observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-602-54 se utilizó un Presupuesto de Mayo 2021 para el Renglón Nº 01 y de Agosto 2021 para los Renglones Nº 05 y 06. Al respecto, habiéndose invitado a 14 (catorce) empresas del ramo solo presentaron ofertas tres oferentes para el Renglón Nº 01 y un oferente para los Renglones Nº 05 y 06, sumado a los constantes aumentos de precios debido a la situación que atraviesa el país en virtud de la pandemia acaecida por la irrupción del COVID 19; a la necesidad de la Gerencia solicitante de contar con los equipos y siendo que en caso de realizar un Segundo llamado no habría certeza si se presentarías oferentes y los valores que cotizarían, resultaría conveniente adjudicar los Renglones antes mencionados en esta instancia;
Que si bien para los Renglones Nº 05 y 06 consta sólo una oferta válida la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";
Que el Artículo mencionado en el considerando anterior se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 89/2021 “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS” de la siguiente manera: a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO los renglones Nº 01, 02 y 03 en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($839.178,00) con impuestos incluidos y a la firma GRANET SA los renglones Nº 04 ,05 y 06 (Oferta Bienes Importados Tipo de cambio vendedor BNA de fecha 28/09/21 $103.75) en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($841.473,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($1.680.651,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $ 1.845.285,70;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 89/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS”.---------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 89/2021 “ADQUISICION IMPRESORAS y ----------------- CARTUCHOS” de la siguiente manera: a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO los renglones Nº 01, 02 y 03 en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($839.178,00) con impuestos incluidos y a la firma GRANET SA los renglones Nº 04 ,05 y 06 (Oferta Bienes Importados Tipo de cambio vendedor BNA de fecha 28/09/21 $103.75) en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($841.473,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($1.680.651,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de la misma por debajo del Presupuesto Oficial.--------------------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de entrega de la totalidad de los equipos objeto de la presente contratación ------------------- dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias--------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a las firmas GRANET SA y
------------------- SANCHEZ GUILLERMO PEDRO que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------ adjudicación propuesta indicada en el Artículo 2º.-------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.------------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministro ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----
RESOLUCION 742-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 463-C-2021 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-163 de fecha 20/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO), requiriendo que la presente obra no sea agrupada con otras de la misma naturaleza fundado ello en las distintas ubicaciones geográficas y su compleja logística. Adjuntan: Presupuesto Oficial, Planilla de Cotización, Memoria descriptiva y Gráficos;
Que, con fecha 23/09/21, el Área Contaduría realiza la Imputación Preventiva, encuadrando la contratación en el marco del Art. 133 de la L.O.M. “Contratación Directa”;
Que la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA presenta toda la documentación exigida en el Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones, según Acta de Apertura de fecha 30/09/21;
Que, con fecha 01/10/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, habiendo analizado la documentación presentada por la firma oferente, informa que la misma cumple con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 86/100 ($213.217,86) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente digital referente a la -------------------- la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” ---------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a firma COOP. DE ------------------ TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 86/100 ($213.217,86) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial. -------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE ------------------- TRABAJO DEL PARQUE LTDA que dentro de los 2 (DOS) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 18 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. -------
ARTÍCULO 4º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 30 días hábiles a ------------------ partir de la firma del acta de inicio de obra.--------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 743-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 31-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE N° 542/21 (fs. 551) de fecha 04/08/2021 se peadjudicó la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Que la firma preadjudicataria ha presentado la documentación requerida en el artículo 4º de la mencionada Resolución;
Que se instrumentó el procedimiento referido al 2º Registro de Oposición ello requerido en el artículo 6º de la mencionada Resolución. Al respecto, la Gerencia General de Grandes Consumidores informa a fs. 593 que ha finalizado el plazo del mismo y no se han presentado propietarios en oposición a la obra;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 552 obrantes en el --------------------- Expediente N° 31-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO”.------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL ------------------- DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.-------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “AMPLIACION RED CLOACAL DON ------------------ DIEGO” será de 150 (CIENTO CINCUENTA) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de -----------------Mantenimiento de Oferta correspondiente a la firma ROMERO PABLO ESTEBAN según Recibo N° 114 de fecha 26/05/21 (fs 289).------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria ------------------ que previo a la firma del Contrato deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.----------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-
RESOLUCION 744-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 32-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE N° 543/21 (fs. 520) de fecha 04/08/2021 se Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Que la firma preadjudicataria ha presentado la documentación requerida en el artículo 4º de la mencionada Resolución;
Que se instrumentó el procedimiento referido al 2º Registro de Oposición ello requerido en el artículo 6º de la mencionada Resolución. Al respecto, la Gerencia General de Grandes Consumidores informa a fs. 551 que ha finalizado el plazo del mismo y no se han presentado propietarios en oposición a la obra;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 521 obrantes en el --------------------- Expediente N° 32-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO”.-------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.----------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN ------------------ EL MORRITO” será de 90 (noventa) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de
--------------- Mantenimiento de Oferta correspondiente a la firma ISTRIA SA según Recibo N° 112 de fecha 26/05/21 (fs 290).------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria ------------------ que previo a la firma del Contrato deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.----------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 745-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 299-C-19 Cpos. 01 a 04 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 366/19 de fecha 18/06/2019 obrante a fs. 292/3 se adjudicó la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 281,599757 valor promedio entre el valor hora Jornada Completa y Media Jornada) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego todo ello en el marco de los términos del PByC de la Licitación Pública Nº 03/19 – Orden de Compra Nº 605/19 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 20 de Junio de 2019;
Que el día 05/01/2021 la Asesoría Laboral informó que OSSE recibió Telegrama Ley 23.789 enviado por el Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA sobre la base de supuesta responsabilidad solidaria de OSSE con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que con fecha 07/01/2021 la Gerencia de Compras y Suministros intimó por cédula a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. a que informen el estado del vínculo con la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA y a que presenten la documentación respaldatoria que acredite la resolución del reclamo. Asimismo se dejo constancia que OSSE podría realizar las retenciones que estime convenientes en caso de considerarlo necesario, a fin de realizar las previsiones pertinentes, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que la Asesoría Laboral estimó el monto que eventualmente podría ser reclamado en demanda judicial promovida por ESPINDOLA MAGDALENA GISELA en la suma de $224.406,00, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que a fin de mantener protegida a OSSE mediante el deber de indemnidad en razón del reclamo efectuado, en un todo de acuerdo con el PByC se efectuó la retención del pago correspondiente de la suma de $224.406,00 con el objeto de constituir una Garantía Adicional (Recibo Oficial Nº 150/21), constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que con fecha 27/09/2021 la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. envió mail solicitando la devolución de la retención que se efectuó en el pago de la factura del mes de Diciembre 2020 adjuntando convenio de homologación con la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA y constancia de transferencia bancaria del pago realizado, visto lo cual la Gerencia de Compras y Suministros remitió las actuaciones a la Asesoría Laboral. Al respecto la Asesoría Laboral informó que mediante consulta en Mesa de Entradas Virtual del Tribunal de Trabajo nº 3 de Mar del Plata ha podido corroborar en autos caratulados “ESPINDOLA MAGDALENA GISELA C/HIPOLITO INTEGRAL S.A S/DESPIDO”, la homologación firme y consentida del acuerdo transaccional celebrado entre la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A y la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA, en la cual en su clausula Sexta pacto: “Que la Sra. Espindola acepta la suma convenida en la clausula CUARTA, conceptos y forma de pago, manifestando en este acto que una vez percibida la totalidad del importe acordado NO TENDRA MAS NADA QUE RECLAMAR A HIPOLITO INTEGRAL S.A POR NINGUNO DE LOS RUBROS OBJETO DE ESTE PROCESO. Como así tampoco a ninguno de sus socios y/o accionistas y/o miembros del Directorio, ni a tercera persona física y/o jurídica alguna, por los rubros mencionados ni por cualquier otro concepto sea obligación de dar y/o hacer, emergente de la invocada pauta de relación laboral y/o proveniente de su extinción, aun cuando no las haya incluido en este reclamo. Desistiendo consecuentemente de toda acción y derecho de cualquier índole, que reconozcan su causa en los antecedentes antes mencionados”. En virtud de lo expuesto Asesoría Laboral considera que el proveedor ha cumplido en forma adecuada, con la obligación indicada en cedula, desinteresando, en cuanto de él depende, a la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA del reclamo efectuando a OSSE;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución de la Garantía Adicional de Responsabilidad Civil Recibo Oficial Nº 150/21 de fecha 29 de Junio de 2021, perteneciente a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por acreditado a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. la resolución
------------------ del conflicto con Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA ---------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución de la Garantía Adicional de ----------------- Responsabilidad Civil Recibo Oficial Nº 150/21 de fecha 29 de Junio de 2021, perteneciente a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A.-------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 746-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la Resolución de Directorio Nº 341/12 y 295/18 que reglamenta el pago de compensación de Vehículo Particular; y
CONSIDERANDO
Que el Gerente de Sistemas informa sobre la necesidad de contar con movilidad para las tareas de inspección;
Que el agente Alfredo Andrés Mellino (461) designado para esta función, ha prestado su conformidad en afectar su vehículo particular para el cumplimiento de las mencionadas tareas;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.466 y 24.672 del Honorable Consejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Compensar por uso de vehículo particular al agente Alfredo --------------------- Andrés Mellino (461), incorporándose al Anexo I de la Resolución Nº295/18 correspondiendo aplicar lo establecido en el artículo 1º de la citada Resolución “…Apruébese como Valor Único – Compensación por Uso de Vehículo Particular lo establecido en el Anexo I que forma parte de la presente, fijándose para el período vigente el valor de $ 50.00 en concepto de mantenimiento, más 4 litros de combustible que corresponda utilizar para su vehículo por día laborable y efectivamente consumido por el vehículo con provisión de Tarjeta Combustible por parte de OSSE…”.-----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Reconocer al agente mencionado el pago de esta Compensación -------------------- a partir del primer día del mes posterior a la firma de la presente.---
ARTÍCULO 3º: El Agente enumerado en el artículo 1º de la presente deberá -------------------- dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento Utilización de la Tarjeta de Combustible. -------------------
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a la Gerencia de -------------------Servicios, a la Gerencia de Logística Operativa, a la Gerencia de Sistemas y a la Contaduría. Cúmplase --
RESOLUCION 747-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la Resolución 407/08; y
CONSIDERANDO
Que mediante el citado acto administrativo se dispuso “la implementación progresiva de los Adicionales “Nivel de Formación”, “Práctica de Nivel de Formación” y “Ejercicio de Cargo de Estructura”, a favor del personal de OSSE que reúna las condiciones y requisitos respectivos”;
Que en el Anexo II de la Resolución 407/08 se describen las Áreas, las tareas y los títulos que se reconocen a los efectos de la liquidación de los niveles de formación;
Que, habiendo transcurrido el tiempo, se han generado situaciones vinculadas a la dinámica del funcionamiento de la organización que requieren su actualización, incorporando títulos que no se consideraron oportunamente, subsanando situaciones de inequidad;
Que un dictamen al Departamento de Asesoría Laboral se expide manifestando que a efectos de incorporar los títulos que van surgiendo de acuerdo a las necesidades prácticas laborables de la empresa, corresponde emitir un acto administrativo “en abstracto”, es decir relacionando el cargo con el nivel de formación requerido, a los efectos de que sea de aplicación a todos los agentes que en igualdad de circunstancias (ya sea en la actualidad o en lo sucesivo), constituyendo por otra parte un requisito para la cobertura del cargo cuando se produzca alguna vacante;
Que la declaración no atiende a la categoría asignada al trabajador destinado circunstancialmente al puesto, sino la correspondiente a las tareas inherentes al mismo;
Que por lo expuesto corresponde complementar el Anexo II de la Resolución 407/08 con el anexo que acompaña la presente y que forma parte integrante de la misma;
Que mediante Resol. 390/11, 071/12, 454/16, 033/18, 537/18, 467/19, 708/19 y 830/19 se procedió a incorporar a las distintas Áreas/Gerencias, nuevas tareas y títulos acordes, que complementan la resolución 407/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N.º 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Complementar la Resolución 407/2008 con el Anexo I que forma parte ------------------- integrante de la presente, a los efectos del reconocimiento de la Práctica del Nivel de Formación a los agentes que cuenten con el título requerido para el puesto de trabajo y cumplan con los requisitos establecidos. -------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ------------------- que pudieren corresponder.--------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. ------------------- Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 748-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
GERENCIA |
TAREA |
DESCRIPCION |
TITULO
|
ENERGIAS RENOVABLES Y RECURSOS HIDRICOS |
A-14 EOPF |
Ayudante Técnico Encargado Oficial Polifuncional |
Ing. Industrial Ing en Recursos Hídricos Ing. en Perforaciones Ing. en Minas Ing. Electromecánico Ing. Electrónico Ing. Electricista Ing./Lic. en Geofísica Ing./Lic. en Química Lic. en Geomática Cartógrafo Técnicos Ambientales Técnicos Superior en procedimientos y Tecnologías Ambientales Técnicos Electromecánicos Técnicos Electricistas Maestro Mayor de Obras
|
748-2021
Mar del Plata, 07/10/2021
Visto que OSSE ha desarrollado OSSE Móvil, una aplicación para dispositivos móviles que permite descargar comprobantes, enviar/recibir mensajes y hacer reclamos de servicio, entre otras funcionalidades; y
CONSIDERANDO
Que para distribuir la aplicación existen dos tipos de sistemas operativos: los Android y los iOS, en ambos casos, se requiere una suscripción anual;
Que con sistemas operativos iOS (AppStore) el pago sólo puede realizarse mediante tarjeta de crédito por la página web de Apple, Estados Unidos, por un importe de U$S 99,00;
Que en el caso de los dispositivos con sistema Android (PlayStore) el pago realizará, al momento de su vencimiento, en pesos pudiendo efectivizarse por distintos medios de pago habiendo realizado el del ejercicio 2020 con fondos de Caja Chica correspondiente a la Gcia de Sistemas;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanzas Nº 7446 y 24672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar la suscripción anual de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. --------------------- en el APP-Store Apple, por la suma de $ 9.677,25 (Nueve Mil Seiscientos Setenta y Siete Pesos con Veinticinco Centavos), equivalente a U$S 99 al valor de cotización de $ 97,75 mas la suma de $ 2.925,15 (Dos Mil Novecientos Veinticinco Pesos con Quince Centavos) en concepto de Impuesto PAIS, por los motivos expuestos en los considerando de la presente. ---------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría y Tesorería de OSSE a reintegrar al agente ------------------- Rodríguez Patricia (CI 546) los gastos efectivamente abonados en cumplimiento de lo ordenado en el Artículo 1º de la presente. --------------------------------
ARTICULO 3º: Dese al registro de Resoluciones.- Comuníquese Gcia de Sistemas, -------------------Contaduria y Tesorería de OSSE.- Cúmplase.---------------------------------
RESOLUCION 749-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la solicitud de extensión de la Licencia Ordinaria y Licencia por Estudio otorgada ala Sra. Jefe de Secretaría del Directorio,Graciela Rosa FUNES (CI 668), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX, y;
CONSIDERANDO
Que el agenteGraciela Rosa FUNES (CI 668)se ausentó hasta el día 12 de octubre de 2021inclusive;
Que resultó necesario cubrir el cargo durante la ausencia del su titular, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización de dichaSecretaría;
Que el agenteDaiana Mabel RODRIGUEZ(CI 764), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII,se encontraba realizando el reemplazo en forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitoriosy sus modificatorias ResolucionesNº 151/05 y 371/08;
Que resulta necesario encomendar el manejo de la Caja Chica dedicha Secretaraotorgada por Resolución nº 694/20, al agente reemplazantepor el período mencionado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N°7.446y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º:Prorrogar el reemplazo transitorio de la atención y firma ------------------- del despacho de la Secretaría del Directorio, en la Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX,realizado por elagenteDaiana Mabel RODRIGUEZ (CI 764), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII, hasta el día 12 de octubre de 2021inclusive,por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al ----------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.--------------------------------------
ARTICULO 4°:Encomendar el manejo de la Caja Chica de Secretaría del Directorio ---------------------por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.-
ARTICULO 5°:Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes corresponda ---------------------Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 750-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro.
39-C-2020 Cpo 1, referente a “BAJA DE VEHICULOS Y OTROS BIENES – EJERCICIO 2020”; y
CONSIDERANDO
Que los artículos 2° de las Ordenanzas Nº 24720 y 24880 respectivamente, autorizan a OSSE a vender o entregar en parte de pago o donación o disposición final como chatarra, entre otros, los vehículos detallados en el Anexo I: Pick Up Chevrolet LUV c/Cabina Doble – BCT 728; Pick Up Mitsubishi L 200, 2,5 Diesel, c/Cabina Simple – BUU 802; Pick Up Mitsubishi L 200, 2,5 Diesel, c/Cabina Simple – BUU 803; Furgón Ford Transit 190 L – CDP 815; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 380; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 387; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 389; Furgón Utilitario Fiat Fiorino 1.7 D – BUF 499 y Camión Ford 4000 Diesel – CBL 968;
Que se ha elaborado un Pliego de Requisitos y Condiciones (Anexo II), conjuntamente con una Planilla de Cotización (Anexo III), a efectos de esta venta;
Que la Oficina de Compras, en cumplimiento de tales disposiciones y siguiendo los procedimientos habituales para este tipo de operación, pondrá a la venta los vehículos detallados precedentemente.
Que el área Patrimonio tramitará la transferencia de los vehículos que se vendan, en los respectivos Registros Nacionales de la Propiedad Automotor, quedando a cargo del/los Comprador/es todos los gastos que demande dicho trámite. La entrega de las unidades se efectivizará una vez concluídas estas tramitaciones.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por
Ordenanzas Nos. 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 39-C-2020 Cpo. 1 ------------------ referente a “BAJA DE VEHICULOS Y OTROS BIENES – EJERCICIO 2020”--
ARTICULO 2º: Autorizar la venta de los vehículos que se detallan en Anexo I, por los ------------------ precios base mínimos que allí se indican, quedando a cargo del/los comprador/es todos los gastos que demande la transferencia de titularidad.------------------------
ARTICULO 3º: Aprobar el Pliego de Requisitos y Condiciones, Anexo II y la Planilla de Coti-
------------------ zación, Anexo III, que forman parte de la presente----------------------------------
ARTICULO 4º: Efectuar las publicaciones por 2 (dos) días en el BOLETIN OFICIAL DE LA ------------------- PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por 2 (dos) días en el DIARIO LA CAPITAL de Mar del Plata de esta Compulsa------------------------------------------------.-----------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a Compras y Cúmplase-------------
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
BIENES DESTINADOS A LA VENTA
Nº Censo |
Vehículos |
Patente |
Valor Estimado Venta |
137 |
Pick Up CHEVROLET LUV CAB DOBLE |
BCT 728 |
65.000,00 |
166 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 802 |
65.000,00 |
167 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 803 |
65.000,00 |
177 |
Furgón FORD TRANSIT 190 L |
CDP 815 |
65.000,00 |
144 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 380 |
140.000,00
|
150 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 387 |
140.000,00 |
152 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 389 |
140.000,00 |
156 |
Furgón Utilitario FIAT FIORINO 1.7 D |
BUF 499 |
130.000,00 |
173 |
Camión FORD 4000 DIESEL |
CBL 968 |
240.000,00 |
|
Total Unidades: 9 (nueve) |
|
1.050.000,00
|
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO II
PLIEGO DE REQUISITOS Y CONDICIONES PARA VENTA VEHICULOS
A efectos de la venta de los vehículos detallados en la Planilla de Cotización, se deberá tener en cuenta:
-Valor total de la Venta de todas las unidades: $ 1.050.000,00 (PESOS UN MILLON CINCUENTA MIL)
-Se cotizará por unidad, pudiendo hacerse una oferta por el
total de las unidades (renglones).
-La Planilla de Cotización deberá ser presentada en sobre
cerrado, expresando el importe total en letras al pie de la misma, firmándola de conformidad, hasta la hora fijada para la apertura de propuestas, en la Oficina de Compras.
-Junto con la oferta deberá presentarse copia de las
constancias de Inscripción en AFIP e Ingresos Brutos, según corresponda, la Cédula de Invitación, el Pliego de Requisitos y Condiciones y la Planilla de Cotización, todo firmado.
-OSSE podrá adjudicar la venta de las unidades, por renglón o por la totalidad de los renglones, a un único oferente, según sea la conveniencia para OSSE.
-Los vehículos podrán ser observados y revisados, 2 (dos) días hábiles antes del día fijado para la apertura de las propuestas. Se exhibirán en el horario de 10:00 a 13:00 horas en el predio ubicado en las calles Mario Bravo y Colombres, de esta Ciudad Mar del Plata.
-Para poder ingresar a los lugares donde se guardan los
vehículos que se venden, deberá tramitarse la correspondiente autorización en la Oficina de Compras.
-Los vehículos se entregarán en el estado en que se encuentran, no pudiendo efectuar reclamo alguno por algún faltante de partes y/o condiciones de funcionamiento.
-El Comprador tomará a su cargo todos los gastos (Aranceles, Formularios, Certificaciones de Firma, Gastos de Verificación del Automotor, Grabado de autopartes, etc.), que demande la transferencia y/o que surgiera con motivo de la transferencia de dominio del/los vehículo/s, incluso los que OSSE hubiera ya abonado, los que deberán ser reintegrados por la parte compradora.
-El pago se hará efectivo en la Tesorería de OSSE, en la cuenta habilitada a tal efecto, dentro de los 5 (cinco) días hábiles de notificada la adjudicación.
-Los trámites de transferencia de titularidad de el/los vehículos, deberán estar concluídos dentro de los 30 (treinta) días corridos de haberse efectivizado el pago del precio convenido, en la Tesorería de OSSE.-
-La entrega de la/s unidad/es se efectivizará, una vez verificado el pago por las unidades compradas y concluídos todos los trámites de la/s transferencia/s.
-Para Consultas se podrá contactar al CP Walter Caballero, tel. 499-2900 Int. 234 o a la Srta. Marisa Rabanal, al tel. 499-2900, Int. 256.
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANEXO III
PLANILLA DE COTIZACION
Valor de referencia |
Tipo de Vehiculo |
Dominio |
Precio Total Cotizado |
65.000,00 |
Pick Up CHEVROLET LUV CAB DOBLE |
BCT 728 |
|
65.000,00 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 802 |
|
65.000,00 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 803 |
|
65.000,00 |
Furgón FORD TRANSIT 190 L |
CDP 815 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 380 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 387 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 389 |
|
130.000,00 |
Furgón Utilitario FIAT FIORINO 1.7 D |
BUF 499 |
|
240.000,00 |
Camión FORD 4000 DIESEL |
CBL 968 |
|
|
TOTAL |
-.- |
|
Total final en números y letras $............................... (SON …………………………………………………………………………………………………
PESOS
………………………………………………………………………………………………………)
Firma del Oferente
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
VISTO la incorporación de alumnos de la Facultad de arquitectura Urbanismo y Diseño en calidad de pasantes, de acuerdo a la ley 26427 de Pasantías Educativas que regula su ejercicio; y
CONSIDERANDO
Quelos pasantes SEIJO, Esteban, MASSENZIO, Daiana, GALITO, Eric, ORLANDO, German, VEUTHEY, Nieve y DE MARCO, Sofia asignadosal Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores utilizan como medio de movilidad el transporte publico de pasajeros, en el horario de desarrollo de la pasantía, para cumplir con las tareas inherentes alasconsignas asignadas;
Que Obras Sanitarias Mar del Plata reconoce a los Pasantes dependientes delÁrea Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, la necesidad de abonar la movilidad;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Fíjase a partirdel 1 de Noviembredel 2021 yhastael 31 deJuliodel 2022------------------- para lospasantes SEIJO, Esteban, MASSENZIO, Daiana, GALITO, Eric, ORLANDO, German, VEUTHEY, Nieve y DE MARCO, Sofia dependientes del Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, un viatico adicional por movilidad por el uso del transporte público de pasajeros al servicio de O.S.S.E., equivalentes a un máximo de 3 pasajes por cada día hábil, lo que deberán ser certificados por el jefe de las Áreas correspondientes.---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°:Impútese el presente gasto a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 -------------------- GERENCIA DE GRANDES CONSUMIDORES, Categoría Programática 03.00.06 Apoyo G. Consumidores y 03.00.07Emisión y Distribución - Objeto del gasto 3.7.1. Pasaje Via Terrestre y 3.7.1 Servicio Transporte Publico Urbano de Pasajeros. ---------------
ARTICULO 3º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes ------------------ corresponda y cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 752-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto la necesidadde la GerenciaGeneral de Grandes Consumidores de realizar inspecciones en todo el partido de General Pueyrredón; y
CONSIDERANDO
Que algunos de susdependientes,para cumplir con las tareas inherentes al trabajo asignado,utilizan como medio de movilidad el transporte publico de pasajeros, en el horario de labor;
Que el inspector COMPANY, Sergio (CI - 390)se encuentra dentro del universo subjetivo de trabajadores a los que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E reconoce el pago de la movilidadpara realizar la tarea asignada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Reconocera partirdel 1 de Septiembre yhastael 31 de --------------------- Diciembredel 2021-ambos inclusive- al agente COMPANY, Sergio (CI - 390) dependiente dela Gerencia General de Grandes Consumidores, un adicional por movilidad poreluso del transporte público de pasajeros al servicio de O.S.S.E., equivalentes a un máximo de 6 pasajes por cada día hábil, los que deberán ser certificados por la jefatura y la Gerencia previo a su efectivización.----------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Impútese el presente gasto a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 --------------------- GERENCIA DE GRANDES CONSUMIDORES, Categoría Programática 03.00.06 Apoyo G. Consumidores y 03.00.07Emisión y Distribución - Objeto del gasto 3.7.1. Pasaje Via Terrestre y 3.7.1 Servicio Transporte Publico Urbano de Pasajeros. -------
ARTICULO 3º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes ------------------ corresponda y cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 753-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION DE PICK UP CABINA SIMPLE” que tramita bajo la Licitación Privada Nº 22/2021 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia, habiéndose incorporado en el mismo las modificaciones sugeridas por la Gerencia de Logística Operativa según Nota Nº 29;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de la --------------------Licitación Privada Nº 22/2021.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada Nº 22/2021 referente a la “ADQUISICION DE
------------------ PICK UP CABINA SIMPLE” cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la -------------------Licitación Privada N° 22/2021 la cual estará compuesta por el Ing. Pablo Simoni quien presidirá la misma como titular y el Ing. Negri Joaquín como suplente, ambos por la Gerencia de Logística Operativa, la Lic. Daiana Chica como titular y el CP Hernán Mingioni como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Graciela Leone como titular y la Dra. Paulina Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.----------
ARTICULO 4º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 754-2021 FIRMADA
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MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 431-O-2021 Cpos 01 y 02 referente al “COMPLETAMIENTO PLUVIALES 2021 - RAMALES SECUNDARIOS” - Licitación Pública N° 24/21 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones para la obra de referencia el cual se encuentra incorporado de fs. 49 a 226 ambas inclusive del citado expediente;
Que de fs. 232 a 234 obran dictámenes de la Gerencia de Compras y Suministros, Área Contaduría y la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos. Por lo que, en virtud de las modificaciones propuestas por la Contaduría (fs. 233), la Gerencia de Planeamiento y Obras incorpora las modificaciones pertinentes obrante de fs. 236 a 239 ambas inclusive. Respecto a lo recomendado por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos respecto a incorporar en el Art 11 Inc 1.16 la leyenda “El Certificado Ley 10490 deberá ser presentado por el oferente al que resulte adjudicada la Obra”, la Gerencia de Obras conviene no modificar el texto de Condiciones Particulares en ese punto en razón que el Art. 6.2 requiere como requisito a cumplir por el Preadjudicatario la presentación de la constancia de cumplimiento de la Ley 10490;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 236 a 239 y 58 a 225, ------------------- todas inclusive del Expediente 431-O-2021 Cpo 01 y 02 ----------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 24/21 referente al “COMPLETAMIENTO -------------------- PLUVIALES 2021 - RAMALES SECUNDARIOS” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros.
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------Licitación Pública N° 24/21 integrada por el Ing Juan Carlos Szpyrnal quien presidirá la misma como titular y la Ing Milena Macchirola como suplente ambos por la Gerencia Obras, la Lic María Marta Solera como titular y el CP Mariano Bianchini como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Paulina Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 755-2021 FIRMADA
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MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 675-C-17 Cpo. 01 a 07 referente al: “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑO 2017/18” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 352/17 obrante a fs. 141 se adjudicó la Licitación Pública N° 05/17referente al “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA. en la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SEIS ($7.659306,00), con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego (Orden de Compra Nº 425/17, fs. 552 a 554);
Que por Resolución de Directorio Nº 331/18 de fecha 04/07/18 (fs. 1123) se autorizó a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 5/17, a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO ($ 240.381,00) (3070 hs a $78,30), con impuestos incluidos (Orden de Compra Nº 394/18, fs. 1131/32)
Que por Resolución de Directorio Nº 361/18 de fecha 18/07/18 (fs. 1157) se autorizó en su artículo 2 a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 5/17, a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 20/100 ($ 246.958,20) (3154 hs a $78,30), para arribar al final de la contratación que opera el 11/07/2018 (Orden de Compra Nº 431/18, fs. 1174/77), y se autorizo en su artículo 3 la Prórroga del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 05/17, a la Cooperativa mencionada anteriormente, en la suma total de $ 4.902.206,40, (PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS SEIS CON 40/100), con impuestos incluidos por el término de 07 meses, desde el 11/07/18 al 11/02/19 inclusive (Orden de Compra Nº 432/17, fs. 1178 a 1181);
Que por Resolución de Directorio Nº 435/18 de fecha 17/08/18 (fs. 1215) se autorizó a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 05/17, a la Cooperativa mencionada en el considerando anterior, , en la suma total de $ 549.666,00 (PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS) (7020 hs a $78,30), con impuestos incluidos, siendo dicho monto equivalente al 7,1764% del monto total de la contratación original, a valor hora surgido de la Orden de Compra Nº 425/17 de fecha 12/07/2017, en el marco de referencia de esta Licitación Pública (Orden de Compra Nº 503/18, fs. 1228/9) ;
Que por Resolución de Directorio Nº 661/18 de fecha 29/11/18 (fs. 1192/3 Alcance 6 Cuerpo 6)) se autorizo la renegociación de la contratación por los meses de Abril 2018 a Febrero 2019 del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑO 2017/18”, correspondiente a la Licitación Pública Nº 05/17 con la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA., por la suma total de $2,240,419.23 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON 23/100) correspondiente a 26009 horas para los meses Abril, Mayo y Junio de 2018 inclusive por $12.90 por hora y 72901 horas para los meses de Julio 2018 hasta Febrero 2019 por $26.13 por hora, detallado a fs. 1176 (Orden de Compra Nº 710/18, fs. 1199 a 1201);
Que por Resolución de Directorio Nº 088/19 de fecha 11/02/19 (fs. 1264) se adjudico la Contratación Directa Art 156 LOM a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA por la suma total PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 76/100 ($875.729,76) con impuestos incluidos por el periodo 11/02/19 a 28/02/19 hasta las 12 hs inclusive (Valor Hora $139.27) en el marco de referencia de esta Licitación Pública (Orden de Compra Nº 134/19, fs. 1268 a 1271);
Que el Área Intendencia informa que la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA ha cumplido con lo requerido en la Licitación Pública 05/17 “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18”, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra N° 425/17, Nº 394/18, Nº 431/18, Nº 432/18, Nº 503/18, Nº 503/18, Nº 710/18 y Nº 134/19 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA se encuentran totalmente canceladas, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución de los Depósitos de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 143/17 (fs. 558) de fecha 17 de Julio de 2017, Recibo Oficial Nº 151/18 (fs. 1208) de fecha 03 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 154/18 (fs. 1219) de fecha 13 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 157/18 (fs. 1230) de fecha 31 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 227/18 (fs. 1203 Alcance 6 Cuerpo 6) de fecha 06 de Diciembre de 2018 y Recibo Oficial Nº 27/19 (fs. 1267) de fecha 13 de Febrero de 2019 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO ------------------ LTDA. la Licitación Pública Nº 05/17 referente al “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18”.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución de los Depósitos de Garantía ------------------ de Adjudicación Recibo Oficial Nº 143/17 (fs. 558) de fecha 17 de Julio de 2017, Recibo Oficial Nº 151/18 (fs. 1208) de fecha 03 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 154/18 (fs. 1219) de fecha 13 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 157/18 (fs. 1230) de fecha 31 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 227/18 (fs. 1203 Alcance 6 Cuerpo 6) de fecha 06 de Diciembre de 2018 y Recibo Oficial Nº 27/19 (fs. 1267) de fecha 13 de Febrero de 2019 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA.--------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 756-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 274-R-2020 Cpos. 01 a 04 y Anexo 1 referente a la Obra “PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE Nº 354/21 de fecha 19/05/2021 se resolvió Adjudicar la Licitación Pública Nº 01/21 Segundo llamado “PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON”a la firma FORTINI MAURICIO ANTONIO en la suma total de PESOS VENTISEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUARENTA CON 20/100 ($26.151.040,20) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones - Orden de Compra Nº 508/21 de fecha 08/06/2021 (fs. 464 a 466);
Que con fecha 03/09/21 la firma FORTINI MAURICIO ANTONIO presenta Nota solicitando que la adjudicación de la Licitación Pública Nº 01/21 Segundo llamado sea trasladada a la nueva razón social: Sociedad MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION, con CUIT 33-71726257-9 y domicilio en la calle Av. Colón Nº 3045 Piso 2 Depto. B, de la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón;
Que la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION ha realizado la Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE adjuntándose Certificado a fs. 741, constando toda la documentación acompañada de fs. 827 a 833, a saber: Formulario Nº 1 Solicitud de Admisión, Comodato y Acta de Directorio (todos certificados ante Escribano Público);
Que se considera necesario realizar las adecuaciones y/o modificaciones que correspondan para que la adjudicación realizada a la firma MAURICIO ANTONIO FORTINI por Resolución de Directorio Nº 354/21 correspondiente a la Licitación Pública Nº 01/21 2º llamado referente a la Obra“PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON” resulte adjudicada a la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION;
Que la presente Obra se encuentra en ejecución y que a la fecha ha sido presentado el Certificado Nº 1 por $1.875.861,42, el Certificado Nº 2 por $1.883.076,11 (los cuales al día de la fecha se encuentran con Orden de Pago) y el Certificado Nº 3 por $3.433.863,68 (el cual al día de la fecha se encuentra en el Area Contaduría con Devengado). Por lo que correspondería emitir la pertinente Orden de Compra bajo la nueva razón social MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION por el saldo de la Obra, el cual ascendería a $18.958.239,29;
Que visto lo solicitado por la firma Mauricio A. Fortini adjudicatario de la Obra de referencia, de trasladar la adjudicación de la Obra a la sociedad MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. en formación con CUIT 33-71726257-9, teniendo en cuenta que el Sr Mauricio Fortini es el Presidente de la nueva sociedad y posee el 99% de las acciones, a fs. 836 toma intervención el Área Contaduría manifestando que no tiene observaciones que formular entendiendo que: *La Sociedad cumple con los requisitos exigidos por el presente Pliego pues para la presente licitación se requirió la inscripción en el Registro de Proveedores y en el Registro de Perforistas; *Presenta del Acta de Directorio de la Sociedad donde la firma Mauricio Fortini Perforaciones SA en formación acepta la adjudicación de la Licitación Pública Nro.01/21, aceptando todos los términos del Pliego de Bases y Condiciones que rigen para dicha contratación y todos los términos de la propuesta realizada por Mauricio Fortini; *Presenta el Formulario 1 del Pliego de Bases y Condiciones, con las formalidades exigidas en el mismo; y *Establece que la propiedad de las maquinarias puestas al servicio para la licitación, van a formar parte del capital de la nueva sociedad, a través de un aporte irrevocable. Agregando que con la aprobación por parte del Directorio se deberá requerir además de nuevas garantías de ejecución del Contrato y de Fondo de Reparo, el Contrato del Representante Técnico y del representante en Seguridad e Higiene a nombre de la sociedad y los seguros que OSSE requiere en el pliego de bases y condiciones;
Que por Resolución de Directorio de OSSE Nº 740/21 de fecha 06/10/2021, bajo Expediente N° 274-R-2020 Alcance 1, se autorizó la REDETERMINACIÓN DE PRECIOS ADECUACIÓN PROVISORIA N° 1 solicitada en el mes de septiembre de 2021 por el contratista de la Obra de referencia (a nombre de MAURICIO ANTONIO FORTINI);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar a las Áreas/Gerencias intervinientes a realizar las adecuaciones y/o modificaciones que correspondan para que la adjudicación realizada a la firma MAURICIO ANTONIO FORTINI por Resolución de Directorio Nº 354/21 correspondiente a la Licitación Pública Nº 01/21 2º llamado referente a la Obra“PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON”, resulte adjudicada a la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION.----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la adecuación a nombre de la sociedad MAURICIO FORTINI
------------------ PERFORACIONES S.A. EN FORMACION de cualquier otro instrumento asociado a la presente contratación.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y
---------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 757-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 360-C-2021 Cuerpos 01 y 02 y Anexo 1 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, - Licitación Privada Nº 17/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 17/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 547/21 de fecha 05/08/21 (fs. 131) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, sólo adquiriendo pliego la firma SAAVEDRA PARK SRL, no presentando sobre para la presente licitación ninguna firma, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 23/08/21;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 615/21 de fecha 25/08/21 (fs. 207), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 06/09/21 que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la presente Licitación Privada N° 17/21 se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 (fs. 227) realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 (fs. 241) presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas;
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la presente Licitación y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/12 y reversos) considerando que para la presente Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021. Por lo correspondería realizar un NUEVO LLAMADO para la misma, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según nota de fs. 313, concluyendo que se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo entendiendo que se podría modificar las clausulas, ello en virtud de la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar fracasado el 1° llamado de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”; y 2) Autorizar a realizar un NUEVO LLAMADO para la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando para dicho llamado los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 229 del Expediente
------------------- N° 360-C-2021 Cuerpos 01 y 02 y Anexo 1 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, - Licitación Privada Nº 17/21.------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar fracasado el 1° llamado de la Contratación Directa art 132 inc. f)
-------------------- Nº 01/2021 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar un NUEVO LLAMADO para la Contratación Directa
-------------------- Nº 01/2021 en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando para dicho llamado los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones del NUEVO LLAMADO, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/12 y reversos).---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 758-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “PLAN FUGA CERO - RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” - Licitación Pública Nº 18/21 y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 18/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 588/21 de fecha 17/08/2021 (fs. 249) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia, habiéndose realizado la apertura de los Sobres Nº 1 según acta de fecha 20/09/21 obrante a fs 305;
Que han presentado sobres 03 (tres) firmas a saber: ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA S.A y ROCMA S.R.L;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación en Actas de Reunión de fechas 22/09/21 (fs 311), 4/10/21 (fs 347) y 12/10/21 (fs 365) informa que las tres firmas oferentes ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA S.A y ROCMA S.R.L, han dado cumplimiento con la presentación de la totalidad de la documentación requerida. En consecuencia, recomiendan declarar admisibles las mismas;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Declarar admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA SA y ROCMA S.R.L procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica), cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 290 del
--------------------- Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “PLAN FUGA CERO - RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” - Licitación Pública Nº 18/21 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO
------------------------ ESTEBAN, ISTRIA SA y ROCMA S.R.L autorizando a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente., a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737.-----------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------
RESOLUCION 759-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 408-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS” - Licitación Privada N° 19/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 19/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 694/21 de fecha 20/09/21 (fs. 128) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, no recibiendo ofertas para el presente llamado a licitación, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 27/09/2021;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 719/21 de fecha 27/09/21 (fs. 133), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 05/10/2021 (fs. 136) que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas.
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 137/8 y reversos) considerando que para la presente Licitación Privada Nº 19/21 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Licitación Privada Nº 19/21. Por lo que se solicita al Area Contaduría emita opinión y dictamine si comparte el criterio en declarar DESIERTOS el 1º y 2º Llamado de la presente Licitación, realizando una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA en el marco del art. 132 LOM inc. f) para la presente Obra, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según actuaciones agregadas de fs. 139 a 141, cumpliendo en informar: 1) “declarar DESIERTOS el 1ro y 2do llamado de la presente licitación…”: la Contaduría no tiene objeciones al respecto ya que vista la documentación obrante en el expediente de la presente licitación se observa que en ambos llamados no se presento ninguna firma habiendo cursado invitaciones a una cantidad importante de empresas; 2)“...realizando una Contratación Directa para la presente Obra…”: respecto de este punto la Contaduría no tiene observaciones que formular enmarcando dicha contratación directa en el art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 ( Ley Orgánica de las Municipalidades) y basando este dictamen en la consulta efectuada por la Contaduría al Honorable tribunal de Cuentas de fecha 16 de diciembre 2015, (se adjunta la consulta al presente expediente); 3)“.... trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura”: La doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas establece que “…en el supuesto excepcional del Art. 132 inc f del decreto ley 6769/58 se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo…”. Por último el Área sugiere que la contratación directa tenga la similar difusión al realizado para el llamado de la licitación fracasada;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 19/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación; y 2) Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 134 del Expediente
------------------- N° 408-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS” - Licitación Privada N° 19/21.----------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 19/21 Obra:
----------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA
------------------- de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 137/8 y reversos).--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 760-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 409-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS” - Licitación Privada N° 18/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 18/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 692/21 de fecha 20/09/21 (fs. 132) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, no recibiendo ofertas para el presente llamado a licitación, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 27/09/2021;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 718/21 de fecha 27/09/21 (fs. 141), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 05/10/2021 (fs. 144) que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas.
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 145/6 y reversos) considerando que para la presente Licitación Privada Nº 18/21 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Licitación Privada Nº 18/21. Por lo que se solicita al Area Contaduría emita opinión y dictamine si comparte el criterio en declarar DESIERTOS el 1º y 2º Llamado de la presente Licitación, realizando una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA en el marco del art. 132 LOM inc. f) para la presente Obra, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según actuaciones agregadas de fs. 147 a 149, cumpliendo en informar: 1) “declarar DESIERTOS el 1ro y 2do llamado de la presente licitación…”: la Contaduría no tiene objeciones al respecto ya que vista la documentación obrante en el expediente de la presente licitación se observa que en ambos llamados no se presento ninguna firma habiendo cursado invitaciones a una cantidad importante de empresas; 2)“...realizando una Contratación Directa para la presente Obra…”: respecto de este punto la Contaduría no tiene observaciones que formular enmarcando dicha contratación directa en el art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 ( Ley Orgánica de las Municipalidades) y basando este dictamen en la consulta efectuada por la Contaduría al Honorable tribunal de Cuentas de fecha 16 de diciembre 2015, (se adjunta la consulta al presente expediente); 3)“.... trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura”: La doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas establece que “…en el supuesto excepcional del Art. 132 inc f del decreto ley 6769/58 se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo…”. Por último el Área sugiere que la contratación directa tenga la similar difusión al realizado para el llamado de la licitación fracasada;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 18/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación; y 2) Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 142 del Expediente
------------------- N° 409-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS” - Licitación Privada N° 18/21.--------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 18/21 Obra:
------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA
------------------- de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 145/6 y reversos).--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 761-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 464-C-2021 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-164 de fecha 20/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA). Adjuntan: Plano, Presupuesto Oficial y Planilla de Cotización;
Que, con fecha 22/09/21, el Área Contaduría procede a realizar la imputación preventiva, encuadrando la contratación en el marco del Art. 133 de la L.O.M.;
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Contratación Directa según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado oferta únicamente la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA, la cual cumple con todo lo requerido en el Art. 10 del P.B.y C., cotizando la suma de $726.772,79;
Que, con fecha 07/10/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, habiendo analizado la oferta, informa que la misma cumple técnicamente con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 79/100 ($726.772,79) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente Nº 464-C-2021 referente a -------------------- la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)”. ------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a la COOP. DE --------------------- TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 79/100 ($726.772,79) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial. -------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE TRABAJO ------------------ DEL PARQUE LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE TRABAJO ------------------- DEL PARQUE LTDA que dentro de los 2 (DOS) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 18 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. ----
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 45 días corridos ------------------- a partir de la firma del acta de inicio de obra.-----------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 762-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto lo dispuesto en el Decreto Municipal N°1496/21 referido a la Creación de la Unidad Ejecutora para llevar adelante el Programa de asistencia para la emergencia de viviendas familiares en riesgo convalidado por Ordenanza 17628 y;
CONSIDERANDO
Que en el Artículo 2º se establece la creación de la Unidad Ejecutora integrada por la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano, la Secretaría de Salud, Secretaria de Desarrollo Social, Obras Sanitarias Sociedad de Estado y Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño de la Universidad Nacional de Mar del Plata a través del Grupo de Investigación Ciencia y Tecnología del Hábitat Popular; .
Que en el Artículo 3° hace referencia a los miembros de esa Unidad, nombrando al Presidente Arq Carlos Alberto Katz por OSSE, quien considera pertinente la designación de un Representante suyo para interactuar en la citada Unidad, habiendo seleccionado a la Lic Rosa Alejandra Ferrari por su formación, experiencia y capacidad;
Que a su vez en el Artículo 8° se designa a OSSE para la gestión administrativa de la partida presupuestaria transferida por la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano, procediendo a realizar la compra y gestión de los materiales necesarios,(…) acción que desarrollará a través del Departamento de Relaciones Institucionales (dependiente de la Gerencia de Relaciones Institucionales) con control de la Unidad Ejecutora
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en representación del Sr Presidente de OSSE, Arquitecto
-------------------- Carlos Alberto Katz ante la Unidad Ejecutora creada por Decreto 1496/21 a la Sra Licenciada en Servicio Social Rosa Alejandra Ferrari .-----------------------
ARTÍCULO 2°: Encomendar a la Contaduría la creación de la partida presupuestaria
------------------para la administración de los fondos indicados en el Artículo 8° del Decreto 1496/21 dentro de la Categoría Programática 13.00.02 - Jurisdicción 1.2.2.01.13.000 Gcia de Relaciones Institucionales. -------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda
------------------- Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 763-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al agente Miguel Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, Sub Jefe Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur, y;
CONSIDERANDO
Que el agente se encontrará ausente durante el periodo comprendido entre el día 01 de noviembre de 2021 hasta el 19 de noviembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo de la Sub Jefatura a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la misma;
Que el agente Fabián Alfredo PERNA (CI 298), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio del agente Miguel -------------------Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, en la atención y firma de la Sub Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur de la Gerencia de Producción, al agente Fabián Alfredo PERNA (CI 298), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, desde el día 01 de noviembre de 2021 y hasta el 19 de noviembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------
ARTICULO 2º: No se abonará a los reemplazantes ninguna diferencia si éstos no -------------------cumplieran efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que se realizó el reemplazo.-------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.-----------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Notifíquese al interesado --------------------y a quienes corresponda.- Pase a Contaduría a sus efectos - Cúmplase.------
RESOLUCION 764-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto la compensación por el cumplimiento de los 25 años de servicios dispuesta en el artículo 49 del convenio Colectivo de Trabajo 57/75; y
CONSIDERANDO
Que el agente mencionado en el artículo primero cumple con la condición de haber prestado servicios en forma continua durante 25 años en la Empresa;
Que el artículo 49 del CCT 57/75 otorga una compensación equivalente a un (1) mes integro de haberes, y el artículo 12ª de dicho Convenio prevé la concesión de 15 días de licencia con Goce de Haberes a quienes cumplan 25 años de Servicio;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Otorgar una compensación equivalente a un (1) mes integro de ------------------ haberes al agente PEREYRA Cristian Nieves, CI 629, quien habiendo ingresado el 08 de Abril de 1996 cumplió 25 años de servicio en la Empresa.----------------
ARTICULO 2º: Otorgar al agente mencionado quince (15) días corridos de Licencia con Goce de Haberes que se hará efectiva el próximo año calendario.------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande se imputará al objeto del gasto 1.6.1.02 ------------------- PREMIOS Y BONIFICACION ESPECIAL correspondiente a la jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02. ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.--------------------
ARTICULO 4ª: Dese al registro de Resoluciones, comuníquese y cúmplase.-------------------
RESOLUCION 765-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios
Nº 93/21 referente a “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 93/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 4 (cuatro) empresas del ramo presentaron ofertas 2 (dos) firmas a saber: CIAGESER S.A y OS.LO ARGENTINA SA según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que la firma CIAGESER S.A se encuentra inscripta en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/2022;
Que la Gerencia de Logística Operativa habiendo analizado las ofertas presentadas por las firmas CIAGESER S.A y OS.LO ARGENTINA SA. Informa que las mismas cumplen con lo solicitado;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 93/2021 “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.929.896,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 93/2021 ------------------ referente al “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA”.---------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 93/2021 “SERVICIO DE ALQUILER
------------------CAMION CISTERNA” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.929.896,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial.------------------------
ARTICULO 3°: El servicio a cubrir de reparto de agua en un vehículo con Cisterna montada, ------------------- con provisión de chofer será de Lunes a Viernes de 07:00 a 19:00 Hs, Sábados de 06:00 a 12:00 Hs, Domingos y Feriados, de 07:00 a 15:00 Hs por un período de 568 hs, pudiendo ser modificado según las necesidades del servicio, en la Gerencia de Logística Operativa, área de Gestión de Flota y Logística, con posibilidades de ampliarse hasta el límite para Concurso de Precios si fuese necesario. El transporte de la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, y será donde indique el área de Gestión de Flota y Logística, perteneciente a Gerencia de Logística Operativa, dentro del partido de Gral. Pueyrredón.----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A ------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros de OSSE comunicará a la firma ----------------- adjudicataria el día de inicio de la prestación del servicio contratado y lugar donde deberá presentarse a designar por la Gerencia de Producción o la Gerencia de Logística Operativa de OSSE, dentro del horario asignado tentativo: Lunes a Viernes de 07:00 a 19:00 Hs, Sábados de 06:00 a 12:00 Hs, Domingos y Feriados, de 07:00 a 15:00 Hs. Dentro de ese horario OSSE utilizará los servicios contratados certificando las horas en que efectivamente éste se haya cumplido o haya estado disponible al pié de obra por requerimiento exclusivo de OSSE. OSSE no abonará los días no trabajados por lluvia u otra inclemencia climática y consecuencia. OSSE podrá modificar el horario de acuerdo a sus necesidades, notificándoselo a la contratista con 24 (veinticuatro) horas de anticipación. En caso de emergencia la notificación será telefónica a la Gerencia de Producción o de Logística operativa, siendo efectuada por escrito y en forma fehaciente en el día hábil inmediatamente posterior. O.S.S.E. podrá en forma transitoria o permanente, alterar o adecuar los días y horarios de prestación del servicio según su propia conveniencia, incluyendo sábados; y excepcionalmente domingos, feriados o días no laborables; para lo cual será suficiente la notificación previa a la contratista. Las horas de servicio comenzarán a computarse desde el momento en que el equipo requerido llegue al lugar indicado por OSSE, y dentro del horario acordado, finalizando cuando el mismo se retire del lugar. La Gerencia de Producción certificará las horas prestadas por el adjudicatario, y visará la Gerencia de Logística Operativa.------------------------
ARTICULO 6º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A
------------------- que en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles de notificada la presente deberá dar cumplimiento con la presentación de la documentación requerida en el Art. 18 del PByC.--------
ARTICULO 7º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.--------------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 766-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” - Licitación Pública N° 17/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 17/2021 autorizado por Resolución de Directorio Nº 599/21 de fecha 18/08/21, según surge de las actuaciones agregadas al Expediente digital habiendo presentando ofertas 4 (cuatro) firmas a saber: ABETE Y CIA SA, TRAICO SERVICIOS SRL, ROCASUR SA y WAE SRL según surge del Acta de Apertura de fecha 16/09/21;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación habiendo analizado las ofertas presentadas por las firmas proponentes informan que Actas de reunión de fecha 21/09/2021 y 13/10/21 que “luego de realizar el correspondiente análisis técnico, las firmas ABETE Y CIA S.A., ROCASUR S.A., AGUARTEC – TRAICO SERVICIOS S.R.L. y WAE S.R.L., cumplen técnicamente con lo solicitado en las especificaciones técnicas”. Respecto al análisis de la documentación presentada informan que las firmas cumplieron con lo solicitado por lo que recomienda declarar admisibles todas las ofertas. Agregan que, previamente a considerar el Orden de Mérito de las ofertas basado en el precio de las mismas, se solicitó al Presidente de la Comisión, quien es a su vez Jefe del Área solicitante, que se expida respecto de la compatibilidad de los bienes de distinta marca ofertados por distintas firmas, ya que el PByC en su apartado “Especificaciones Técnicas” establece “El terminal deberá ser original de marca de la manguera ofertada” pero el PByC establece que la adjudicación deberá hacerse por ítem. En respuesta, el Ing. Daniel Luti manifiesta que existe compatibilidad entre los bienes ofrecidos por los distintos oferentes, con lo cual la adjudicación puede realizarse por ítem, sin inconvenientes. En virtud de lo dictaminado, procede a valorar las ofertas económicas y la información recabada se resume en el siguiente cuadro:
Por todo lo expresado, la Comisión recomienda el siguiente Orden de Mérito: Renglón 1: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 2: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 3: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 4: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 5: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 6: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 7: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 8: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 9: 1° Abete y Cia /// 2° RocaSur SA /// 3° Traico SRL /// 4° WAE SRL;
Que en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” de la siguiente manera: a la firma TRAICO SERVICIOS S.R.L (Oferta Alternativa Bienes Importados cotización del dólar tipo vendedor del BNA: $103.50 de fecha 15/09/2020) los Renglones Nº 01, 04 a 06 inclusive y 08 en la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100 ($4.644.928,40) con impuestos incluidos; a la firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 02, 03, 07 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DOCE ($2.158.412,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 40/100 ($6..803.340,40) con impuestos incluidos; por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($10.947.556.76);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública -------------------- Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID”.---------
ARTICULO 2º:ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ------------------ ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” de la siguiente manera: a la firma TRAICO SERVICIOS S.R.L (Oferta Alternativa Bienes Importados cotización del dólar tipo vendedor del BNA: $103.50 de fecha 15/09/2020) los Renglones Nº 01, 04 a 06 inclusive y 08 en la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100 ($4.644.928,40) con impuestos incluidos; a la firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 02, 03, 07 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DOCE ($2.158.412,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 40/100 ($6..803.340,40) con impuestos incluidos; por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($10.947.556.76).---------------------
ARTICULO 3°: El plazo de entrega de los bienes objeto de la presente contratación será dentro de los ------------------- 15 (quince) días hábiles de notificada la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias.---
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria ABETE Y CIA SA y ------------------ TRAICO SERVICIOS SRL que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------
ARTICULO 5º Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la adjudicación ------------------ propuesta indicada en el Artículo 2º.-------------------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-----------------------------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a fin -------------------- de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------
RESOLUCION 767-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 87/21 referente a la “ADQUISICION HERRAMIENTAS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 87/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 20 (veinte) empresas del ramo presentaron ofertas 05 (cinco) firmas a saber: SEYCO SACIF, DISTRIBUIDORA OLLANTA S.R.L, MARCHESAN PABLO CESAR, MACROFER PASEO FERRETERO S.A y 4MDQ STORE SRL según surge del Acta de Apertura de fecha 21/09/2021;
Que todos los oferentes se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que las Gerencia de Logística Operativa, Gerencia de Producción, Gerencia de Irregularidades en el Servicio y Gerencia de Servicios , informan que todos los renglones cotizados por las firmas proponentes cumplen con lo requerido excepción de los detallados a continuación: para el Renglón Nº 42 (Marca TOTAL) la firma SEYCO SACIF no cumple con lo solicitado, porque no cuenta con uno de los accesorios requeridos en la solicitud (bolso de transporte) y tiene especificaciones de menor calidad que las solicitadas (Voltaje de la batería, revoluciones). No se trata de la marca solicitada y tampoco de una primera marca; para los Renglones Nº 36 y 39, la firma MACROFER PASEO FERRETERO S.A, no cumplen técnicamente dado que cotizan medidas distintas a las solicitadas; para los Renglones Nº 17, 35 y 37, DITRIBUIDOTA OLLANTA S.RL no cumplen técnicamente dado que cotizan marcas de inferior calidad a las solicitadas y; para el Renglón Nº 25 la firma 4 MDQ STORE S.R.L., no cumple técnicamente con lo solicitado. Respecto al Renglón Nº 44 la Gerencia de Logística Operativa en virtud que firma SEYCO SACIF no especifica marca y la firma MARCHESAN PABLO CESAR para dicho renglón no especifica modelo, informan ambas propuestas no pudieron ser analizadas técnicamente;
Que habiéndose solicitado mediante cedula de fecha 04/10/21 a las firmas SEYCO SACIF y MARCHESAN PABLO CESAR a fin de cumplimiento con la presentación de marca y modelo del Renglón Nº 44 según lo informado por la Gerencia de Logística Operativa las mismas dan cumplimiento con lo requerido. Al respecto, dicha Gerencia informa que no acepta la oferta presentada por la firma SEYCO SACIF dado que la marca informada no cumple con lo solicitado por ser de inferior calidad a lo requerido. Respecto a la firma MARCHESAN PABLO CESAR, acepta la oferta para el Renglón Nº 44 dado que la marca y modelo cumple técnicamente con lo requerido;
Que en virtud que las ofertas más económicas y que cumplen técnicamente con lo requerido para el Renglón Nº 17 correspondiente a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA, Renglón Nº 37 correspondiente a la firma MARCHESAN PABLO CESAR y Nº 38 y 39 correspondiente a la firma SEYCO SACIF superan ampliamente el Presupuesto Oficial para dichos Renglones se les requirió una Mejora de Precios resultando según Acta de Apertura de fecha 06/10/2021 que las mencionadas firmas no pueden mejorar sus precios;
Que si bien, aún luego de solicitada la Mejora de Precios, los Renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive ($23.140,19) superan, en promedio, un 146% el Presupuesto Oficial para dichos Renglones ($9.420.23), esta Gerencia se comunicó telefónicamente con las firmas utilizadas para la confección del Presupuesto Oficial resultando que la firma Eslabones no presentó cotización en virtud que no cuenta con los elementos requeridos y la firma SEYCO SACIF manifiesta que debido a las fluctuaciones de precios y al desabastecimiento de varios de los ítems requeridos debieron buscar otros proveedores a fin de presentar su oferta por ello las variaciones de precios. Por lo que visto que las ofertas presentadas para los Renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive no resultan económicamente convenientes a los intereses de OSSE, es opinión de esta Gerencia que los mismos deberían declararse fracasados desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación;
Que si bien para los Renglones Nº 06, 28 a 36 inclusive, 42, 44, 45, 46 y 50 a 52 inclusive, consta sólo una oferta válida la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";
Que el Artículo mencionado en el considerando anterior se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Adjudicar el Concurso de Precios Nº 87/2021 “ADQUISICION HERRAMIENTAS” de la siguiente manera: a la firma SEYCO SACIF los Renglones Nº 02 a 10 inclusive, 13, 18, 22 a 36 inclusive, 45, 47, 48 y 52 en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 52/100 ($192.188,52) ;a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 12, 15, 16, 19 a 21 inclusive, 42 y 46 en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOCE CON 44/100 ($146.712,44) con impuestos incluidos; a la firma 4MDQ STORE SRL el renglón Nº 50 en la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($8.824,00) con impuestos incluidos; a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 11, 14, 43 y 51 en la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($25.530,00) con impuestos incluidos y a la firma MARCHESAN PABLO CESAR los renglones Nº 01, 41 y 44 por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA ($42.270,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 96/100 ($415.524,96) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($535.445,51); 2) Rechazar los renglones Nº 42 y 44 correspondientes a la firma SEYCO SACIF; Renglones Nº 36 y 39 correspondientes a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA; renglón Nº 25 correspondiente a la firma 4 MDQ STORE SRL y renglones Nº 17, 35 y 37 correspondiente a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL por los motivos expuestos precedentemente y; 3) DECLARAR FRACASADOS los renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive por no resultar las ofertas económicamente conveniente a los intereses de OSSE y DESIERTOS los renglones Nº 40 y 49 por inexistencia de ofertas desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 87/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION HERRAMIENTAS”.--------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 87/2021 “ADQUISICION --------------------- HERRAMIENTAS” de la siguiente manera: a la firma SEYCO SACIF los Renglones Nº 02 a 10 inclusive, 13, 18, 22 a 36 inclusive, 45, 47, 48 y 52 en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 52/100 ($192.188,52) ;a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 12, 15, 16, 19 a 21 inclusive, 42 y 46 en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOCE CON 44/100 ($146.712,44) con impuestos incluidos; a la firma 4MDQ STORE SRL el renglón Nº 50 en la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($8.824,00) con impuestos incluidos; a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 11, 14, 43 y 51 en la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($25.530,00) con impuestos incluidos y a la firma MARCHESAN PABLO CESAR los renglones Nº 01, 41 y 44 por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA ($42.270,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 96/100 ($415.524,96) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la ------------------- orden de compra a las firmas adjudicatarias y de acuerdo al siguiente detalle: Renglones Nº 42, 45 al 47 inclusive y 50 dentro de los 10 (DIEZ) días corridos; Renglones Nº 1 al 5 inclusive, 7 a 10 inclusive y 12 , 15, 16 , 18, 19, 21 a 24 inclusive, 26, 27, 35, 36, 41, 43, 44 y 48 dentro de los 15 (QUINCE) días corridos; Renglones Nº11, 14, 25, 43 y 51 dentro de los 20 (VEINTE) días corridos y Renglones Nº 06,13,20, 28 al 34 inclusive y 52 dentro de los 30 (TREINTA) días corridos.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Rechazar los renglones Nº 42 y 44 correspondientes a la firma SEYCO SACIF; ------------------Renglones Nº 36 y 39 correspondientes a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA; renglón Nº 25 correspondiente a la firma 4 MDQ STORE SRL y renglones Nº 17, 35 y 37 correspondiente a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º DECLARAR FRACASADOS los renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive por no ------------------ resultar las ofertas económicamente conveniente a los intereses de OSSE y DESIERTOS los renglones Nº 40 y 49 por inexistencia de ofertas desistiendo de la adquisición de los mismos bajo la presente modalidad de contratación.---------------------------------------------
ARTICULO 6º: Autorizar a las Áreas solicitante a iniciar en caso de resultar necesario un ------------------- nuevo trámite de compra para los Renglones declarados DESIERTOS y FRACASADOS indicados en el Artículo 5º.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 7ª Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------ adjudicación propuesta indicada en el Artículo 2º y a desafectar los renglones declarados desiertos y fracasados indicados en el Artículo 5º.-------------------------------------
ARTICULO 8º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 9º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 768-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1134-I-18 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 114/21 y 431/21 se aprueba la actualización del presupuesto de mano de obra para Obras de Agua y Cloaca de Menor Envergadura;
Que por Resolución de Directorio Nº 216/21 se adjudicaron los precios unitarios cotizados por las 09 (NUEVE) Cooperativas y 03 (TRES) PYMES a saber: COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO EL CHE LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LTDA, COOPERATIVA CONSTRUCCIONES 15 DE ENERO LTDA. COOPERATIVA DE TRABAJO SEGUIMOS LUCHANDO LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA BATANENSE LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO 1º DE MAYO LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LTDA y las firmas NASARA CONSTRUCTORA S.A., SAAVEDRA PARK S.R.L. e INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCION S.A.-INDARCCO. Asimismo, declaran admisibles los precios unitarios, según Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de menor Envergadura de Red de Cloaca que se adjunta como ANEXO I y Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de menor Envergadura de Red Agua que se adjunta como ANEXO II, por ser sus propuestas consideradas convenientes a los intereses de OSSE y estar igual al Presupuesto Oficial;
Que por el Artículo 3º se autoriza a la Gerencia de Compras y Suministros a asignar las Obras de Menor Envergadura y a emitir las Órdenes de Compra correspondientes por cada una de las obras, de acuerdo a los precios unitarios cotizados y adjudicados;
Que por el Artículo 4º se autoriza que las Órdenes de Compras emitidas de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior se les aplicarán lo establecido en el Artículo 15 del Anexo I “Procedimiento para tramitación de cada Obra de Menor Envergadura en particular”;
Que a fs. 33 la Gerencia General de Grandes Consumidores, mediante Solicitud de Pedido Nº 203-300-5 solicita gestionar la contratación de la Obra: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”, asignándose la misma por Disposición de la Gerencia de Compras y Suministros Nº 15/21 de fecha 01 de Julio del 2021 a la firma COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de $76.528,17 emitiéndose al efecto la Orden de Compra Nº 647/21 de fecha 20/07/21 (fs. 108 a 110);
Que a fs. 143 el Área Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca solicita a la GGGC generar la Solicitud para la Ampliación de la Orden de Compra Nº 647/21 por la suma de $20.616,95 debido a los incrementos sufridos durante la ejecución de la OME del ítem 1.2 EXCAVACION EN SUELO DURO Y/O NAPA FREATICA, 3.2 COLOCACION DE BOCAS DE REGISTRO DE HºAº y 4.3. REENLACE;
Que a fs 144 la Gerencia General de Grandes Consumidores, habiendo verificado lo informado por el Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca, informa que el monto a ampliar representa un 26.94% del monto de la Orden de Compra original, encontrándose este importe por encima del 20% establecido en la Resolución 114/21 Anexo III Art. 4, llegando la contratación a la suma de total de $97.145,12. Por lo expuesto, solicitan se autorice los mayores costos , emitiendo al efecto Solicitud de Pedido Nº 203-300-17 (fs.145);
Que por mencionado precedentemene, la Gerencia de Compras y Suministros, de acuerdo a lo solicitado por la GGGC y el Area Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca, considerando los incrementos sufridos durante la ejecución de la Obra, que no pueden ser previstos en el presupuesto de mano de obra, aconseja autorizar la ampliación de la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 95/100 ($20.616,95), lo cual representa un 26.94% de la Orden de Compra 647/21;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446; Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1134-I-18 Cpo. 01 --------------------referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”. -----------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Contratación Directa 133 LOM Nº 03/21, a la ------------------- firma COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 95/100 ($20.616,95), lo cual representa un 26.94% de la Orden de Compra 647/21. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a descontar del -------------------- Certificado de Obra, el 5% en concepto de Depósito de Garantía, según lo establecido en el Art. 11 “Formas de Constituir las garantías” inc 2 del Pliego de Obras Públicas de Agua y Cloaca de Menor Envergadura,“las Cooperativas y Pymes podrán presentar por escrito o vía mail, una nota solicitando que sea descontado del certificado de obra el 5% en concepto de Deposito de Garantía.”----
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a fin de realizar la ------------------ Imputación Preventiva. Cumplido pase a la Gcia. de Compras a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase. ----------------------------------------
RESOLUCION 769-2021 FIRMADA
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 2° llamado a Licitación Pública N° 19/21, autorizado por Resolución de Directorio Nº 657/21 de fecha 07/09/21 (fs. 297), según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;
Que ha presentado sobre 01 (una) firma a saber RECONSTRUCCION CAÑOS S.A según consta en Acta de Apertura de fecha 12/10/21 (fs 362);
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación habiendo procedido a analizar la documentación del Sobre Nº 1 presentada por la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. informa que no presenta o resulta incompleta la siguiente documentación:A.1) Art. 4.2 inc. 1.13 del P.B.yC.: presenta nota informando que está en trámite de actualización la inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE. Al respecto la Comisión incorpora copia de la conclusión de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE. Presenta el resto de la documentación requerida en el P.B.yC. En conclusión, recomiendan: Declarar ADMISIBLE la oferta presentada por la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. y proceder a la apertura de Sobre 2 de la mencionada firma;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Declarar admisible la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica), cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 335 del
---------------------Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 ---
ARTICULO 2°: Declarar admisible la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A
---------------------autorizando a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737.---------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a
-------------------- fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------
RESOLUCION 770-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 424/21 de fecha 22/06/21 se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 52/21 "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS ($1.407.500,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto oficial de $1.453.500,00 – Orden de Compra Nº 590/21 de fecha 08/07/21;
Que la Gerencia de Producción mediante Solicitud Nº 3-200-179 por $776.500,00 solicita la Ampliación del servicio de referencia (Orden de Compra Nº 590/21 por $1.407.500,00 - firma adjudicataria: COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA.). Dicha ampliación no supera lo establecido en el Art. 3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (se amplía al máximo permitido para Concurso de Precios ($2.187.480.00);
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la ampliación solicitada bajo Nº 5-982 informando que no tiene observaciones que formular, ya que el total con ampliación es de $ 2.184.000, encontrándose por debajo del TOPE establecido en la L.O.M. para Concursos de Precios;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “AMPLIACIÓN - DISMINUCIÓN: Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el /los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta el monto tope establecido en la LOM para gestionar Concursos de Precios. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte Contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Ampliar la Orden de Compra Nº 590/2021 perteneciente a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA correspondiente al Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” por la suma de total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($776.500,00), el cual sumado al monto adjudicado originalmente ($1.407.500,00) no supera el tope establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital del Concurso de ------------------- Precios Nº 52/21 "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS”. -
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 590/2021 perteneciente a la
------------------ firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA correspondiente al Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” por la suma de total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($776.500,00), el cual sumado al monto adjudicado originalmente ($1.407.500,00) no supera el tope establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma ------------------ COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total ampliado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. ---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente. --------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ Suministros Área Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase. --------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 771-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 90/21 referente a la “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 90/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentando ofertas 03 (tres) firmas a saber: CASA BLANCO SA, TECNOELECTRICA SA y O.A.C.I. S.A según surge del Acta de Apertura de fecha 12/10/2021;
Que de las ofertas presentadas surge que la firma CASA BLANCO SA y O.A.C.I. S.A se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/22;
Que la Gerencia de Servicios informa que todas las ofertas presentadas por las firmas proponentes cumplen técnicamente con lo solicitado por dicha Gerencia. Respecto al Reglón Nº 1, solicitan contactar con la empresa Racklatina para la provisión del rele térmico requerido, dado que son los únicos proveedores del equipo especificado;
Que habiéndose contactado esta Gerencia con la firma RACKLATINA SA éstos manifiestan que omitieron presentar cotización para el Item 1 “E100 1-5 A Pass-Thru Ovrload Rly” en virtud que los demás bienes no los comercializan. Agregan que están en condiciones de cotizarlo. Por lo tanto es opinión de esta Gerencia que debería realizarse un Segundo llamado para el Renglón 1 “Relé térmico electrónico 1-5 A”;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Adjudicar el Concurso de Precios Nº 90/2021 “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” de la siguiente manera: a la firma CASA BLANCO SA el Renglón Nº 08 en las suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($63.400,00) con impuestos incluidos y a la firma O.A.C.I. S.A los Renglones Nº 02, 03 (Oferta Alternativa) y 04 a 07 ambos inclusive y Nº 09 en las suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ($746.200,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($809.600,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos ($1.007.260,90) y; 2) Declarar DESIERTO el Renglón Nº 01 por inexistencia de ofertas procediendo a realizar un SEGUNDO LLAMADO para el mismo cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 90/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS”.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 90/2021 “ADQUISICION --------------------- MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” de la siguiente manera: a la firma CASA BLANCO SA el Renglón Nº 08 en las suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($63.400,00) con impuestos incluidos y a la firma O.A.C.I. S.A los Renglones Nº 02, 03 (Oferta Alternativa) y 04 a 07 ambos inclusive y Nº 09 en las suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS($746.200,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($809.600,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos ($1.007.260,90)----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Declarar DESIERTO el Renglón Nº 01 por inexistencia de ofertas procediendo -------------------a realizar un SEGUNDO LLAMADO para el mismo cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la ------------------- Orden de Compra a las firmas adjudicatarias y de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº 02, 03 (Oferta Alternativa), 04 y 06 inmediato (3 (tres) días hábiles); Renglones Nº 05 y 09 dentro de los 45/60 días; Renglón Nº 7 dentro de los 12/15 días y Renglón Nº 8 dentro de los 90 (noventa) días corridos-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma O.A.C.I. S.A -------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------
ARTICULO 6º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 2º.-----------------------------------------------
ARTICULO 7º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 772-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA,
Visto el Decreto N° 219 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO
Que por Expediente HCD 1755-D-2021 se tramita un Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza a O.S.S.E. a la suscripción de un Convenio con la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias;
Que el objeto primordial del Proyecto es el de introducir la porcentualización del valor a abonar por el fortalecimiento de las prestaciones medico asistenciales de la Obra Social Fe.N.T.O.S., asumiendo esta última el compromiso de trasladar al personal de O.S.S.E. que sean beneficiarios de ésta en la cartilla médica del plan SC250;
Que al contar la iniciativa con despacho favorable y unánime de las Comisiones Internas del HCD a las que fuera girado el mencionado Proyecto el Sr. Presidente del HCD autorizo mediante Decreto la suscripción del Convenio ad referéndum de ese Honorable Cuerpo, correspondiendo su suscripción en los términos allí establecidos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Autorizar la suscripción del Convenio con la OSFENTOS, en los ---------------------términos establecidos en el Decreto N° 219 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, que como Anexo I se acompaña a la presente.----------
ARTÍCULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes ----------------------corresponda. Cúmplase.-----------------------------------------------------------
ANEXO I
CONVENIO
En la ciudad de Mar del Plata, a los …20….. días del mes OCTUBRE de 2021 entre la Empresa Obras Sanitarias Mar del Plata S.E., representada en este acto por su Presidente, Arq Carlos Alberto Katz DNI 16.593.363, con domicilio en la calle French 6737 de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires (en adelante “La Empresa”), por una parte, y por la otra la Federación Nacional de Obras Sanitarias (Fe.N.T.O.S.) representada por ……………………………………………..DNI……………………………, con domicilio en la calle Pasco Nº580 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante “La Federación”), se acuerda lo siguiente:
CLAUSULA 1º: A partir del mes de promulgación de la ordenanza correspondiente, la Empresa aportará mensualmente a la Federación, el 3.46% del valor que resulte – al mes de realización de dicho aporte – para el cargo Peón P 3 Clase I Jornada de 35 hs, por cada uno de los empleados de la Empresa que, conforme sus propios registros, sea beneficiario titular de la Obra Social Federal de Fe.N.T.O.S. Ello con destino al fortalecimiento de las prestaciones médico asistenciales que brinda la citada obra social y con el compromiso de ésta, de trasladar a dicho, personal los beneficios contenidos en la Cartilla Médico Asistencial del Plan SC250”. Los pagos se deberán efectuar del 1 al 10 de cada mes. -------------------------------------------------------------------------------------------------
CLAUSULA 2º: La contribución voluntaria mensual indicada en la cláusula precedente, se extenderá por el plazo de un (1) año, prorrogable automáticamente o dejado sin efecto mediante comunicación fehaciente de cualquiera de las partes. ---------------------------------
CLAUSULA 3º: La Federación suministrará a O.S.S.E. los datos correspondientes al Banco, número de cuenta y CBU donde deberán depositarse los importes mensuales, asumiendo la Federación la obligación de aplicar la totalidad de los mismos a la satisfacción del objeto del presente acuerdo. --------------------------------------------------------
CLAUSULA 4º: A Junio/2021, el padrón de afiliados a los que se hace referencia en el Cláusula 1º está compuesto por un total de 146 empleados, que se agrega como Anexo Convenio. -------------------------------------------------------------------------------------------------
De conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor.
RESOLUCION 773-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO Convenio
C.I. |
APELLIDO Y NOMBRE |
00000221-66 |
ALLER DANIEL EDUARDO |
00000226-66 |
SIMEONE CARLOS LUCIO |
00000253-67 |
MORALES ALFREDO MIGUEL |
00000298-66 |
PERNA FABIAN ALFREDO |
00000371-65 |
MORALES PATRICIO ARTURO |
00000377-69 |
CASTILLO SERGIO DANIEL |
00000434-66 |
YANNI RUBEN DARIO |
00000459-65 |
GARCIA MAURICIO ALBERTO |
00000480-66 |
DIAZ EDUARDO MAURICIO |
00000483-65 |
QUIROGA MIGUEL LEONARDO |
00000485-67 |
COLUNGA JORGE HORACIO |
00000513-66 |
ENRIQUE MIGUEL ANGEL |
00000535-66 |
RUBIEDA RENE ALBERTO JAVIER |
00000536-65 |
LEDESMA JORGE MILCIADES |
00000541-65 |
CARABAJAL JORGE ARNALDO |
00000616-66 |
RAMIREZ ALEJANDRO EMILIO |
00000627-65 |
LEDESMA RAUL MARCELO |
00000635-65 |
SAMULAK GUILLERMO MARCELO |
00000637-67 |
LUNA RICARDO WALTER |
00000638-55 |
PRADILLA GUILLERMO HUGO |
00000639-65 |
ROSALES WALTER ARTURO |
00000647-66 |
EPUL MARCOS EDUARDO |
00000649-69 |
LAZARTE GUSTAVO ALEJANDRO |
00000656-56 |
D'AMICO CARLOS ALFONSO |
00000667-66 |
CETTOUR GUSTAVO CARLOS JAVIER |
00000798-66 |
OLEA SERGIO MARTIN |
00000801-68 |
ROTH JORGE RICARDO |
00000805-65 |
DE LA VEGA JUAN NICOLAS |
00000807-67 |
RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL |
00000822-68 |
RAMALLO RICARDO ALEJANDRO |
00000825-68 |
FERNANDEZ JUAN CARLOS |
00000837-66 |
DOBAL GUSTAVO ADOLFO |
00000846-67 |
MARISEVICH JORGE EDUARDO |
00000865-69 |
PAILLAPAN MARIA VERONICA |
00000868-68 |
BELMONTE ANAHI SILVIA RAQUEL |
00000887-69 |
MANGIERI CARLOS ALBERTO |
00000890-66 |
ZARATEGUI EZEQUIEL MAXIMILIANO |
00000900-67 |
BARONE HUGO LUJAN |
00000912-67 |
YANNI EDUARDO JORGE |
00000916-66 |
PEREZ CLAUDIO NICOLAS |
00000937-67 |
SOTTO CARLOS ISAIAS |
00000940-66 |
BIROLETTI ALEJANDRO OSCAR |
00000945-68 |
LEDESMA RAUL JONATHAN |
00000948-66 |
WEIGUM MARTIN GABRIEL |
00000957-70 |
BARROSO EDUARDO VICTOR |
00000971-65 |
FALCON LEONARDO JOSE |
00000975-10 |
JOFRE PABLO ANTONIO |
00000986-69 |
PATINIOTIS ROJAS ANDREAS ALEJANDRO |
00000995-66 |
COLOMBO JAVIER ALEJANDRO |
00001000-4 |
LEDESMA JORGE DAMIAN |
00001007-67 |
ACTIS GROSSO CRISTIAN DANIEL |
00001008-66 |
CARABAJAL AUGUSTO GERMAN |
CI |
APELLIDO Y NOMBRE |
00001009-68 |
CEPEDA CARRASCO DAMIAN ARIEL |
00001010-68 |
DELFINO JONATAN JESUS EDUARDO |
00001011-68 |
JUNCO OSCAR RENE |
00001020-68 |
CANALES GUSTAVO DANIEL |
00001029-67 |
ORDAS MORALES FRANCISCO ALEJANDRO |
00001030-68 |
LOIZA MAXIMILIANO ANDRES |
00001034-66 |
MARTINEZ ROBERTO DANIEL |
00001038-67 |
TARELA MARA YAMILA |
00001053-67 |
BARRIONUEVO LEANDRO NAHUEL |
00001066-67 |
EYHERABIDE EZEQUIEL |
00001068-66 |
IZAGUIRRE JORGE DANIEL |
00001069-66 |
JACUE NICOLAS JORGE |
00001073-69 |
BAGALINI MARIANA LORENA |
00001074-66 |
DIAZ AGUSTIN DANIEL |
00001076-67 |
QUIROGA FACUNDO |
00001080-3 |
ARCE BRUNO ALBERTO |
00001081-67 |
MORALES LUCAS IVAN |
00001084-66 |
MENILLO CLAUDIO OMAR DANIEL |
00001090-6 |
PERNA LEANDRO ISAAC |
00001091-66 |
BERON ERIC LEONARDO |
00001092-67 |
BELMONTE ARIEL LEOPOLDO JUAN |
00001095-69 |
CISNEROS ROBERTO CARLOS |
00001098-67 |
DUARTE JOSE NICOLAS |
00001099-68 |
DIAZ ENZO DANEL |
00001110-6 |
GARCIA NESTOR FABIAN |
00001111-67 |
PUCHE LUCIANA PAULA |
00001120-66 |
PUGLIESE FEDERICO YAMIL |
00001125-68 |
MIGNINI ANA MARIA |
00001126-69 |
ALHAITS MARIO EDUARDO |
00001127-69 |
ALGAMIZ VALERIA MONICA |
00001135-5 |
VILLAVERDE DAVID HERNAN |
00001136-4 |
GALLARDO JORGE MATIAS |
00001137-5 |
LUIS JUAN MANUEL |
00001143-4 |
RAMOS GABRIEL ALEJANDRO CEFERINO |
00001146-5 |
EPUL LUCAS WALTER |
00001148-7 |
PEREYRA ADRIANA LUJAN |
00001152-8 |
HECH JUAN PABLO |
00001153-6 |
QUIROGA ANGEL FABIAN |
00001154-5 |
FALCON DAMIAN ANDRES |
00001162-3 |
CORREA LUCAS JOSE LUIS |
00001163-4 |
SAMULAK DAVID MARCELO |
00001169-4 |
PEREZ JULIAN NAHUEL |
00001174-5 |
TOTARO KEVIN RODRIGO |
00001177-7 |
LEDESMA SANHUEZA NESTOR EMMANUEL |
00001178-5 |
MONTES MARCELO ALEJANDRO |
00001185-5 |
LARES DAVID MANUEL |
00001187-5 |
SEGOVIA MIGUEL ANGEL |
00001188-4 |
CASTILLO JUAN CARLOS |
00001202-6 |
AGUIRRE ADRIAN EDUARDO |
00001203-5 |
FERRERO GUILLERMO VICENTE |
00001206-8 |
GIMENEZ JORGE RAIMUNDO |
00001211-5 |
BARROSO GERMAN EMANUEL |
00001212-5 |
GIMENO NAHUEL EZEQUIEL |
00001214-4 |
CARBAJO MAURICIO NICOLAS |
00001215-5 |
PUCCI CRISTIAN BLAS |
00001216-4 |
LEDESMA MARCELO EZEQUIEL |
00001219-6 |
DALPRATO GERMAN EMANUEL ALEJANDRO |
00001220-6 |
PASO SERGIO MAURICIO |
00001246-4 |
LEDESMA CLAUDIO ALEJANDRO |
00001260-3 |
DERBIZ NATALIA NOEMI |
00001263-4 |
CORDOBA JOSE LUIS DE CONSOLACION |
00001268-4 |
MIRANDA CARMEN CAROLINA |
00001270-5 |
HERMO BRIAN EZEQUIEL |
00001271-6 |
MEDINA LEIVA PATROCINIO |
00001272-3 |
VALENZUELA ARIEL HERNAN |
00001275-3 |
SIMEONE FRANCO JOEL |
00001277-3 |
EPUL AGUSTIN EXEQUIEL |
00001280-3 |
KREN BRAIAN ALAN |
00001283-2 |
ABALOS DAMIAN EZEQUIEL |
00001284-2 |
SALAS JUAN EZEQUIEL |
00001285-2 |
FUENTES MATIAS ESTEBAN |
00001289-2 |
ROCHE DARIO ABEL |
00001290-2 |
RAMIREZ JUAN MANUEL |
00001291-3 |
MORALES GASTON ARTURO |
00001292-3 |
RUBIEDA MARCOS ROMAN |
00001293-3 |
RAMIREZ ESTEBAN MARTIN |
00001294-3 |
GONZALEZ JEREMIAS ISRAEL |
00001298-2 |
DIAZ RODRIGO EZEQUIEL LEON |
00001299-2 |
TORASSO MANCUSO KEVIN DAMIAN |
00001301-1 |
MAIDANA MAXIMILIANO EDUARDO |
00001304-1 |
MAFFIA MAILEN SOLANGE |
00001306-1 |
CORDOBA PAULA LORENA |
00001318-2 |
LEDESMA GUSTAVO ALBERTO |
00001320-1 |
PETRUCCELLI CAMILA ANTONELLA |
00001323-1 |
CASTILLO LEMMO MATÍAS JAVIER |
00001324-1 |
RODRIGUEZ BAUTISTA |
00001325-1 |
ROMAN HERNAN DARIO |
00001327-1 |
HERNANDEZ SEBASTIAN |
00001336-1 |
MAFFIA ARIEL FRANCO |
00001339-1 |
PAVON SIHUEN MANUEL |
00001340-1 |
LUSI FACUNDO NICOLAS |
00001341-1 |
PAIS FRANCO LEONEL |
00001342-1 |
SAMULAK ALEJANDRO DANIEL |
00001344-1 |
PEREZ JONATHAN ADRIAN |
Cantidad de personal beneficiado al 30/06/2021= 146
RESOLUCION 773-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
|
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la Licitación Pública Nº 25/21: “ADQUISICION DE FURGONES MEDIANOS” y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia, habiéndose incorporado en el mismo las modificaciones sugeridas por la Gerencia de Logística Operativa según nota de fecha 01/10/21 y por el Área Contaduría según Nota Nº 14 (12/10/21);
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de -------------------- la Licitación Pública N° 25/21. ---------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 25/21 referente a la “ADQUISICION
---------------------- DE FURGONES MEDIANOS” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros.
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.-------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------- Licitación Pública N° 25/21 integrada por el Ing Pablo Simoni, quien presidirá la misma como titular y como suplente el Ing Joaquín Negri ambos por la Gerencia de Logística Operativa y el CP Mariano Bianchini como titular y la Lic Maria Marta Solera como suplente, ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Paula Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.----------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 774-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 215-C-13 Cpo. 01 a 04 y 05 (digital) referente a las “OBRAS DE MENOR ENVERGADURA P/ PYMES Y COOPERATIVAS” y ;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 114/21 de fecha 18 de Febrero de 2021, se aprueban las modificaciones presentadas en los ítems de mano de obra y Pliego de bases y Condiciones con el fin de aclarar y resolver situaciones problemáticas que se presentan cotidianamente;
Que en virtud de dar cumplimiento con el procedimiento de determinación de precios oficiales establecido en el Punto 2 II del Anexo I: “Modalidad para determinación de los Ítems, los precios oficiales y Adjudicación de precios unitarios”, el Área Contaduría, incorpora la Resolución nº 6/2021 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil el cual establece en su Artículo Nº 1 el valor vigente a partir del 1º de Septiembre de 2021.
Que el Área Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca en conjunto con el Área Apoyo e Ingeniería de la Gerencia de Obras, actualiza al 1º de Octubre del 2021, el presupuesto oficial a los valores vigentes de Salario Mínimo Vital y Móvil para este tipo de Obras, agregando en formato digital el presupuesto de mano de obra actualizado para AGUA y CLOACA;
Que con la finalidad de agilizar el procedimiento de actualización de precios para Obras de Menor Envergadura, la Gerencia de Compras y Suministros en concordancia con la Gerencia de Obras, Gerencia de Grandes Consumidores y el Area Contaduría, sugieren la posibilidad de que se realice la actualización automática de los precios cuando se produzca una variación el SMVM;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a ---------------------las OBRAS DE MENOR ENVERGADURA P/ PYMES Y COOPERATIVAS.--------------------------------------
ARTICULO 2º: Aprobar la actualización de precios, en cumplimiento al procedimiento --------------------de determinación de precios oficiales establecido en el Punto 2 II del Anexo I: “Modalidad para determinación de los Ítems, los precios oficiales y Adjudicación de precios unitarios”.--------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Gerencia de Obras a realizar la actualización -----------------------automática de los precios, cuando el Area Cantaduría informe que se ha producido una modificación en el SMVM.----------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a invitar a las ----------------------Cooperativas y PYMES a cotizar los precios actualizados para Obras de Menor Envergadura a fin de realizar el acto administrativo correspondiente a la adjudicación de precios.--------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Gerencia --------------------General de Grandes Consumidores, Gerencia de Compras y Suministros, Gerencia de Obras, Contaduría y a quienes más corresponda y cúmplase.-
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 21/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 92/21 referente a la “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 92/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 4 (cuatro) empresas del ramo solo presentó oferta 1 (una) firma a saber: CIAGESER S.A según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que CIAGESER S.A se encuentra inscripta en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/2022.
Que el Área Pañol y Administración dependiente de la Gerencia de Logística Operativa informa que habiendo analizado la oferta presentada, la firma CIAGESER S.A. cumple con lo solicitado
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 92/2021 “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.032.800,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 92/2021 ------------------ referente al “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR”.-----------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 92/2021 “SERVICIO DE ALQUILER ----------------- DE CAMION DESOBSTRUCTOR” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.032.800,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial.---------------------------------------------
ARTICULO 3°: Los servicios serán prestados por 160 horas en días hábiles, a partir del día ------------------ siguiente a haber recibido la Orden de Compra respectiva. O.S.S.E. brindará el personal para la desobstrucción. La certificación se realizará por hora trabajada. El plazo prestación del servicio será de 20 (veinte) días hábiles.--------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A ------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros de OSSE comunicará a la firma ----------------- adjudicataria el día de inicio de la prestación del servicio contratado y lugar donde deberá presentarse a designar por la Gerencia de Producción o la Gerencia de Logística Operativa de OSSE, dentro del horario asignado tentativo: LUNES A VIERNES DE 6.30 A 14.30 HS. Dentro de ese horario OSSE utilizará los servicios contratados certificando las horas en que efectivamente éste se haya cumplido o haya estado disponible al pié de obra por requerimiento exclusivo de OSSE. OSSE no abonará los días no trabajados por lluvia u otra inclemencia climática y consecuencia. OSSE podrá modificar el horario de acuerdo a sus necesidades, notificándoselo a la contratista con 24 (veinticuatro) horas de anticipación. En caso de emergencia la notificación será telefónica a la Gerencia de Producción o de Logística operativa, siendo efectuada por escrito y en forma fehaciente en el día hábil inmediatamente posterior. O.S.S.E. podrá en forma transitoria o permanente, alterar o adecuar los días y horarios de prestación del servicio según su propia conveniencia, incluyendo sábados; y excepcionalmente domingos, feriados o días no laborables; para lo cual será suficiente la notificación previa a la contratista. Las horas de servicio comenzarán a computarse desde el momento en que el equipo requerido llegue al lugar indicado por OSSE, y dentro del horario acordado, finalizando cuando el mismo se retire del lugar. La Gerencia de Producción certificará las horas prestadas por el adjudicatario, y visará la Gerencia de Logística Operativa.--------------------------------------------------
ARTICULO 6º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A
------------------- que en un plazo máximo de 5 ( cinco) días hábiles de notificada la presente deberá dar cumplimiento con la presentación de la documentación requerida en el Art. 18 del PByC.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 776-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 21/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado para los Renglones Nº 07 y 09 y Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 04 al oferente JUAREZ RAMON ANGEL autorizado por Resolución de Directorio Nº 722/2021 de fecha 29/09/21 según da cuenta la documentación agregada al Expediente digital de referencia;
Que con fecha 01/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 04 correspondiente a JUAREZ ANGEL RAMON y con fecha 14/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de sobres del Segundo llamado a Licitación de referencia presentándose para el mismo 2 (dos) oferentes: VINITZKY CLAUDIO JOSE y LEON ROBERTO WALTER;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 18/10/2021 informa lo siguiente: 1) MEJORA DE PRECIOS (Renglón Nº 04) habiéndose requerido una Mejora de Precios al Sr JUAREZ ANGEL RAMON para el Renglón Nº 04 el mismo cotizó la suma de $504 mejorando así un 18.85% su oferta original y en coincidencia con el Presupuesto Oficial. En consecuencia recomiendan asignar el Renglón Nº 04 (p/ Gerencia de Producción – Batán) al mencionado oferente; 2) SEGUNDO LLAMADO (renglones Nº 07 y 09) a) Análisis de Documentación: VINITZKY CLAUDIO: Presenta la totalidad de la documentación requerida en el PByC cotiza renglones Nº 07 y 09; LEON ROBERTO WALTER: El oferente presenta Anexo 5 incompleto y advierte que el Anexo 4 al constituir domicilio no indica el piso y departamento consignado en el Anexo 5. Presenta el resto de la documentación requerida y cotiza el Renglón Nº 9; b) Análisis Técnico: DECLARAN ADMISIBLES las siguientes ofertas: Renglón Nº 7 VINITZKY CLAUDIO JOSE y Renglón Nº 09 LEON ROBERTO WALTER y declarar INADMISIBLE el renglón Nº 07 cotizado por LEON ROBERTO WALTER en virtud que cotiza con vehículo Pick Up marca Fiat Toro 2.0 siendo requerida camioneta todo terreno apta para trabajos fuertes y terrenos agrestes de tipo chevrolet S10, Nissan Frontier, Amarok, Toyota Hilux, Ford Ranger o similar doble tracción no menor a 2.5 cilindradas. Por lo expuesto la Comisión recomienda:1) Renglón Nº 07: Solicitar una Mejora de Precios al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE ya que el precios cotizado se encuentra un 33.77% por encima del Presupuesto Oficial y; 2) Asignar el Renglón Nº 9 (Gerencia de Producción – Operaciones CAS sur) al oferente LEON WALTER ROBERTO quedando la misma supeditada a que previamente el oferente complete con sus datos los Anexos 4 y 5;
Que esta Gerencia observa del Acta de Comisión que por un error involuntario invirtieron los números de los Renglones cotizados por cada proponente para el Segundo llamado a Licitación siendo los correctos los siguientes VINITZKY CLAUDIO cotiza el Renglón Nº 7 y LEON ROBERTO WALTER cotiza los Renglones Nº 07 y 09;
Que el oferente LEON WALTER ROBERTO ha dado cumplimiento con la presentación de los Anexo 4 y 5 completos;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: 1) Rechazar las oferta presentada por el oferente LEON ROBERTO WALTER para el Renglón Nº 07 por los motivos expuestos precedentemente;2) Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras y; 3) ADJUDICAR los Renglones 04 y 09 de la Licitación Pública Nº 15/2021 Mejora de Ofertas y Segundo llamado “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 04: |
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OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
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JUAREZ RAMON ANGEL |
Renault Master Modelo 2011 Patente: JXO 622 |
$ 504.00 |
Area Control de Flota |
L A V |
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Renglón Nº 09: |
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OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
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LEON ROBERTO WALTER |
Fiat Toro 2.0 4x4 Volcano Modelo 2018 Patente: AC828EA |
$ 681.00 |
Area Control de Flota |
L A D |
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Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2: Rechazar las oferta presentada por el oferente LEON ROBERTO WALTER ------------------ para el Renglón Nº 07 en virtud que cotiza con vehículo Pick Up marca Fiat Toro 2.0 siendo requerida camioneta todo terreno apta para trabajos fuertes y terrenos agrestes de tipo chevrolet S10, Nissan Frontier, Amarok, Toyota Hilux, Ford Ranger o similar doble tracción no menor a 2.5 cilindradas.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: ADJUDICAR los Renglones 04 y 09 de la Licitación Pública Nº 15/2021 -------------------- Mejora de Ofertas y Segundo llamado “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
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ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a los adjudicatarios que --------------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán constituir un Depósito de Garantía equivalente al 5% del monto contractual (Art. 5.3 de las Cláusulas Generales), el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE de acuerdo a lo establecido en el Art. 3.5 de las Cláusulas Generales. En caso de hacer uso de la opción del descuento en una única cuota deducible de la primer factura, en igual plazo, deberán presentar nota al respecto (Art. 5.4 de las Cláusulas Generales).--------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a los adjudicatarios que ----------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán presentar la documentación requerida en el Art. 13 de las Cláusulas Particulares.-------------------------------
ARTICULO 6º: El servicio se prestará por el plazo de 6 (seis) meses, a partir de la notificación de la presente o hasta agotar las horas contratadas de servicio efectivo del vehículo, pudiendo OSSE hacer uso de la Opción prevista en el Art. 3 de las presentes Cláusulas.---------------------
ARTICULO 7º: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para ------------------ el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial para el mencionado Renglón cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras----
ARTICULO 8º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 3º.----------------------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 777-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION UNIFORMES” que tramita bajo la Licitación Pública Nº 16/2021; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 16/2021 autorizado por Resolución de Directorio Nº 603/21 de fecha 24/08/21, según surge de las actuaciones agregadas al Expediente digital habiendo presentando oferta 6 (seis) firmas a saber PATAGONYKA GROUP SA, CONFAL SA, VENDITTI LUIS ALBERTO, ALVAREZ ROCIO BELEN, CALE URBANO SA y ABETE Y CIA SA según surge del Acta de Apertura de fecha 22/09/21;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación mediante Acta de reunión de fecha 04/10/21informa lo siguiente: Análisis de documentación la firma PATAGONYKA GROUP S.A, no presenta copia del Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, sí acompaña el resto de la documentación requerida y; las firmas ABETE y CIA S.A., VENDITI LUIS ALBERTO, CONFAL S.A., CALE URBANO S.A. y ALVAREZ ROCIO BELEN presentan la totalidad de documentación exigida. Análisis de Muestras: PATAGONYKA GROUP S.A. RENGLON 01 (Camisa Grafa)): NO CUMPLE. No tiene logo estampado ni cinta reflectiva; presenta muestra de color verde. Presenta nota respecto al color; RENGLON 02 Pantalón Grafa): NO CUMPLE. Falta cinta reflectaiva, botones y trabas en el bolsillo trasero; RENGLON 03 (Jean caballero): CUMPLE; RENGLON 04 (Buzo de algodón) NO CUMPLE. Falta la etiqueta que describe la composición de la tela. La cinta reflectiva, no cumple con el ancho de 40 mm, la medida del contorno de tórax no corresponde con el talle "M" del cuadro OSSE presente en el PBC y las medidas del refuerzo del codo tampoco cumplen con las medidas exigidas; RENGLON 05 (Campera de abrigo): NO CUMPLE Falta logo, falta cruce cubre barbijo, no cumple con las medidas del bolsillo interno, no cumple con las medidas del velcro, no cumple con las medidas del talle de la muestra que ofrece (talle L) y RENGLON 06 (Chomba): NO CUMPLE Falta logo (pero se observa la calidad del estampado en el buzo -renglón 4- presentado por la firma), los botones no son azules, no cumple con la medida de largo correspondiente al talle de la muestra (XL) con las del cuadro OSSE presente en el PByC. ABETE Y CIA S.A. RENGLON 03 (Jean caballero – Oferta Alternativa): CUMPLE; RENGLON 06 (Chomba Oferta Alternativa): NO CUMPLE: El porcentaje solicitado en la composición de la tela (es 100% de algodón y se solicita mezcla con poliéster en el PByC), se observa confección defectuosa y no cumple con las medidas del cuadro OSSE y RENGLON 08 (Jean dama – Oferta Alternativa): CUMPLE. VENDITTI LUIS ALBERTO: RENGLON 03 (Jean caballero): NO CUMPLE. El tipo de tela y la doble costura cañón solicitada en el PByC; RENGLON 06 (Chomba): NO CUMPLE. Los botones son blancos, no tiene logo estampado. En el caso de adjudicarse sugieren notificar fehacientemente al proveedor que deberá respetar la curva de talles de OSSE presente en el PByC y deberá presentar la muestra con logo estampado, etiqueta y botones azules; RENGLON 07 (Pantalón vestir dama) y RENGLON 09 (camisa manga larga dama): CUMPLEN; RENGLON 10 (Camisa manga corta dama): CUMPLE. Se sugiere notificar fehacientemente al proveedor que las medidas del bolsillo coincidan con lo solicitado en el PByC; RENGLON 11 (Cárdigan dama); RENGLON 12 (Pantalón de vestir caballero); RENGLON 13 (Camisa caballero manga larga)y RENGLON 14 (camisa caballero manga corta): CUMPLEN y; RENGLON 15 (sweater cashmilon caballero): NO CUMPLE con la curva de talles establecidos. Presenta nota respecto al plazo de entrega. Sugieren solicitar al proveedor respetar los plazos establecidos por OSSE para cada renglón. ALVAREZ ROCIO BELEN. RENGLON 04 (Buzo algodón): CUMPLE. Presenta una muestra talle 04 con las medidas para un talle 03. Sugieren notificar fehacientemente al proveedor que deberá respetar la curva de talles de OSSE; RENGLON 05 (Campera de abrigo); RENGLON 07 (Pantalón de vestir dama); RENGLON 09 (Camisa dama manga larga); RENGLON 09 (Camisa dama manga larga – Oferta Alternativa); RENGLON 10 (Camisa manga corta dama): CUMPLE; RENGLON 10 (Camisa manga corta dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El largo de la manga de acuerdo a lo especificado en el PByC y RENGLON 12 (Pantalón de vestir caballero): NO CUMPLE. La tela interna es contrastante (color blanco) y se observan desprolijidades en las costuras en la confección de la prenda (además, se observa que se añadió un trozo de tela para colocar el botón interno). CALE URBANO S.A RENGLON 01 (Camisa Grafa - Oferta Básica): NO CUMPLE. La muestra no posee cinta reflectiva, el logo no es el que se solicita y tampoco cumple con el color. Pero el proveedor presenta nota aclaratoria junto con la cotización, donde se compromete a cumplir con lo establecido en el pliego; RENGLON 02 (Pantalón Grafa - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. La muestra no tiene la traba ni los botones en los bolsillos traseros. No cumple con el color de la prenda ni posee la cinta reflectiva.- Pero el proveedor presenta nota aclaratoria junto con la cotización, donde se compromete a cumplir con lo establecido en el pliego; RENGLON 03 (Jean caballero -Oferta Básica): NO CUMPLE. No tiene costura doble cañón necesaria en un pantalón de trabajo, el color no es el solicitado, no posee etiqueta con el talle, lo que impide evaluar el resto de las características; RENGLON 04 (Buzo de algodón - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No tiene la cinta reflectiva, el logo no es el solicitado, la tela no posee la composición requerida, no tiene refuerzos en los codos; RENGLON 05 (Campera de abrigo Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No tiene manta en el cuello, el puño mide 2 cm (se solicita 5 cm) Posee 3 broches muy espaciados, en lugar de 4 como mínimo que se solicita. El logo no es el correcto; RENGLON 06 (Chomba - Oferta Básica): NO CUMPLE. La presentación de la muestra es confusa (presenta dos muestras una azul como básica con la nota abrochada y una gris sin aclaraciones lo que impide su análisis), el diagrama del logo no es el correcto, la chomba azul no tiene 3 cm de ribb en la terminación de la manga como se solicita en el PBC. No indican talle lo que impide evaluar si las medidas son las que corresponden; RENGLON 07 (Pantalón vestir dama - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. La tela utilizada para su confección es " Cotton satén", que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada; RENGLON 08 (Jean dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Es pinzado en la cintura. Se observa una costura desprolija en la parte inferior de ambas piernas; RENGLON 09 (Camisa dama manga larga – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Falta bolsillo, el logo no es el solicitado, tela traslúcida, no cumple con la distancia de 7 cm entre botones indispensable en camisa de dama para evitar aberturas; RENGLON 10 (Camisa dama manga corta – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Posee manga ¾, no cumple con las medidas de largo de manga solicitado en PBC.- No cumple con la distancia de 7 cm entre botones indispensable en camisa de dama para evitar aberturas; RENGLON 11 (Cárdigan dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El tejido es de hilo que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. De resultar adjudicado se sugiere solicitar al proveedor presentar la muestra en color azul; RENGLON 12 (Pantalón vestir caballero – No se aclara si la Oferta es Básica o Alternativa: NO CUMPLE. La tela es alpaca que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. Le falta el botón interno y la etiqueta de talle.- Se sugiere solicitar al proveedor se ajuste a las medidas del cuadro de talles OSSE del PBC; RENGLON 13 (Camisa manga larga caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El cuello es blando y deformable. El logo no es el correcto, no posee bolsillos, no posee etiquetas lo que impide su correcta evaluación; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El cuello es blando y deformable. El logo no es el correcto, no posee bolsillos, no posee etiquetas lo que impide su correcta evaluación; RENGLON 15 (Sweater escote v caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El tejido es de hilo que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. CONFAL S.A: RENGLON 01 (Camisa Grafa): NO CUMPLE las especificaciones pero presenta nota con otros plazos de entrega más extensos que los del pliego. Aceptando su opción del estampado en el lugar superior al bolsillo (aceptado por OSSE como excepción en la O. de C. 292/2020 - Concurso de Precios 13/20); RENGLON 02 (Pantalón Grafa): CUMPLE las especificaciones pero presenta nota con otros plazos de entrega más extensos que los del pliego. De adjudicarse se sugiere solicitar al proveedor que el plazo de entrega sea 45 días como plazo máximo; RENGLON 03 (Jean caballero) CUMPLE. De adjudicarse, se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON 04 (Buzo algodón): CUMPLE. De adjudicarse se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON 05 (Campera de abrigo): NO CUMPLE las especificaciones. Se sugiere la oferta básica de manga recta, y aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor. Presenta un modelo alternativo que CUMPLE con las especificaciones técnicas, con la única diferencia que es .manga ranglan; RENGLON 06 (Chomba) NO CUMPLE no tiene el logo. Se sugiere solicitar al proveedor presentar la muestra con logo estampado. Se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON13 (Camisa manga larga caballero): NO CUMPLE, si bien no posee logo, ni bolsillos, ni el bordado del logo, el proveedor presenta NOTA ACLARATORIA EN LA OFERTA, donde expresa que de ser adjudicado cumplirá con lo solicitado en el PBC. Y que el logo está en poder de OSSE pues fue presentado en la licitación 4/2020. Se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON13 (Camisa manga larga caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No se puede evaluar la confección en un trozo de tela de 10 cm x 10 cm aprox. que es lo presentado; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero): NO CUMPLE. Presenta NOTA ACLARATORIA EN LA OFERTA, donde expresa que de ser adjudicado cumplirá con lo solicitado en el PBC. Y que el logo está en poder de OSSE pues fue presentado en la licitación 4/2020; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No se puede evaluar la confección en un trozo de tela de 10 cm x 10 cm aprox. que es lo presentado y; RENGLON 15 (Sweater caballero): Color azulino. Sugieren aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor. Por lo tanto recomiendan: 1) DECLARAR ADMISIBLE: PATAGONYKA GROUP S.A: Renglón 03, Oferta Básica.; ABETE Y CIA S.A.: Renglones 03 y 08, Oferta Alternativa; VENDITI LUIS: Renglones 07, 09 ,10, 11 12,13 y 14, Oferta Básica; CONFAL S.A: Renglones 02, 03 04 y 15, Oferta Básica y ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones 04, 05, 07 y 10, Oferta Básica y Renglón 09 Oferta Alternativa; 2) Solicitar a todas las firmas oferentes que NO CUMPLEN, presenten nuevamente muestras de las prendas en los términos consignados en las especificaciones técnicas, y de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 08 último párrafo del PByC, en un plazo de 05 días hábiles y; 3) Completar la Documentación Faltante Solicitada
Que la Gerencia de Compras y Suministros previo a remitir lo requerido realizó un análisis de las actuaciones indicando lo siguiente: CONFAL SA: Renglón Nº 01 “Camisa Grafa” La comisión indica que la muestra presentada no cumple pero en forma siguiente agregan que aceptan la opción del estampado en el lugar superior del bolsillo el cual fue aprobado oportunamente por OSSE en el marco del Concurso de Precios Nº 13/2020 (OC 292/20). Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestras de este ítem; Renglón Nº 05 “Campera de Abrigo” (Oferta Básica) La comisión indica que no cumple las especificaciones pero sugieren la oferta básica manga recta, y aceptar la propuesta de 45 días como plazo máximo. Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestra de este ítem; Renglón Nº 15 “Sweater Caballero” La comisión no especifica si la misma cumple o no con lo requerido pero sugieren aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega. Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestra de este ítem. CALE URBANO SA: Al respecto, la Comisión requirió, entre otros, la presentación de nuevas muestras para los Renglones los Renglones Nº 07 “Pantalón de vestir dama” Oferta Alternativa; Renglón Nº 11 “Cardigan Dama” (Oferta Alternativa) y Renglón Nº 15 “Sweater escote caballero” (Oferta Alternativa). Al respecto esta Gerencia entiende que las mismas cumplirían técnicamente en virtud de tratarse de ofertas alternativas y que la tela utilizada, según lo informado por la Comisión, es de calidad superior a la solicitada dando cumplimiento con el requisitos de calidad y confección requerido en las Cláusulas Técnicas. Por lo tanto no se les requirió la presentación de nuevas muestras. En virtud de lo expuesto resultarían ofertas ADMISIBLES las siguientes: VENDITTI LUIS ALBERTO Renglones Nº 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 03 (Oferta Alternativas) y 08 (Oferta Alternativa); ALVAREZ ROCIO BELEN Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta Básica y Alternativa) y 10 (Oferta Básica); PATAGONYKA GROUP SA Renglón Nº 03; CONFAL SA Renglón Nº 01 a 05 y 15 y CALE URBANO los renglones Nº 07 (Oferta Alternativa) Nº11 (Alternativa) y Nº 15 (Alternativa)
Que en función del análisis realizado por esta Gerencia, se les requirió a las firmas proponentes mediante Cédula de Notificación la presentación de nuevas muestras y aclaraciones para los Renglones correspondientes. Al respecto, dichas firmas dan cumplimiento con la presentación de la documentación requerida;
Que la Comisión de Estudio de Oferta en Acta de Reunión de fecha 22/10/2021 informa lo siguiente: ACLARACIONES PREVIAS observan que La firma ABETE y CIA S.A no presentó nuevas muestras para el renglón 6 (oferta alternativa). La firma PATAGONYKA GROUP S.A. presenta nota manifestando la imposibilidad de modificar las muestras presentadas en el plazo requerido por OSSE, razón por la cual no acompañan nuevas muestras La firma VENDITTI LUIS ALBERTO presenta nota en la que advierten que no llegan a presentar muestra para el renglón 3 y que cumplirán con las especificaciones técnicas para los renglones 6 y 10. Asimismo, informa con respecto al renglón 15, que se ajustará a la curva de talles dispuesta por OSSE. La firma ALVAREZ ROCIO BELEN manifiesta que en lo que se refiere al renglón 10 que es una oferta alternativa y que cumplirán con las especificaciones técnicas requeridas para el renglón. En cuanto al renglón 4 se ajustará a los talles requeridos por OSSE. Ofrece opciones en cuanto a plazos de entrega, de los cuales optan por la opción entrega 100% a los 30 días corridos También presenta nota manifestando que mantiene su cotización hasta el 22/10/2021. CONFAL S.A. presenta nota manifestando que se ven imposibilitados de presentar nuevas muestras para los renglones 6 y 13 y que la chomba cotizada y presentada es la misma que se ofertó en la Licitación Pública N° 4/2020 Orden de Compra 661. No presentan nuevas muestras para los renglones 13 (ofertas básicas y alternativas) y 14 ( ofertas básicas y alternativas). Asimismo manifiestan que su propuesta se mantiene hasta el 22/10/2021. La firma CALE URBANO S.A. presenta nota manifestando que no presentarán muestras nuevas de los renglones 5, 6 y 12. 1.-Análisis de las muestras presentadas . Procedieron a la evaluación de las nuevas muestras presentadas por CALE URBANO S.A. , ALVAREZ ROCIO y CONFAL SA El resultado fue el siguiente: CONFAL S.A. Renglón 6 CHOMBA CUMPLE; CALE URBANO S.A: Renglón 1 CAMISA TELA TIPO GRAFA : CUMPLE (presentó dos muestras, en una se observa el logo y en otra la cinta reflectiva ); Renglón 2 : PANTALON GRAFA CUMPLE; Renglón 3 : JEAN CABALLERO CUMPLE; Renglón 4: BUZO ALGODÓN CUMPLE; Renglón 8 :JEAN DAMA CUMPLE; Renglones 9 y 10 : CAMISAS DAMA MANGA LARGA Y CORTA NO CUMPLEN ( las medidas de los bolsillos y la distancia entre botones no coinciden con lo requerido en las especificaciones técnicas); Renglón 13 : CAMISA MANGA LARGA CABALLERO ADM CUMPLE; Renglón 14 : CAMISA MANGA CORTA CABALLERO ADM CUMPLE. ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglon 4 BUZO ALGODON CUMPLE; Renglón 10 ( alternativa) CAMISA DAMA MANGA CORTA CUMPLE y Renglón 12 : PANTALON VESTIR CABALLERO CUMPLE. 2.-Habiendo analizado técnicamente las muestras mencionadas, RECOMIENDAN : 2.a) Declarar TECNICAMENTE ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL S.A renglones 1, 2, 3 , 4, 5, 6 y 15 (ofertas básicas) inclusive. PATAGONYKA GROUP S.A. renglón 3 (básica). ABETE Y CIA S.A renglón 3 ( oferta alternativa) y 8 ( oferta alternativa). ALVAREZ ROCIO BELEN : renglones 4, 5, 7. 9 ( oferta básica y alternativa, 10 (básica y alternativa ) y 12. VENDITTI LUIS ALBERTO renglones 6, 7 y 9 a 15 inclusive y CALE URBANO S.A. renglones 1, 2, (alternativa) 3, 4 (alternativa) 7 (alternativa) 8 (alternativa) 11 (alternativa) y 13 a 15 inclusive (alternativas). 2.b) RECHAZAR las siguientes ofertas que NO CUMPLEN con las especificaciones técnicas: CONFAL S.A. renglones 13 (básica y alternativa) y 14 ( básica y alternativa) PATAGONYKA GROUP S.A: renglones 1, 2, 4, 5 y 6 ( la firma no presentó nuevas muestras de estos renglones) ABETE Y CIA S.A renglón 6 ( alternativa) VENDITTI LUIS ALBERTO renglón 3. CALE URBANO S.A. : renglones 5 (alternativa), 6, 9 (alternativa), 10 (alternativa) y 12 (alternativa). 2. c) Habiendo analizado económicamente las ofertas ADMISIBLES recomiendan asignar los renglones de la siguiente manera: A la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los renglones 6 y 9 (ofertas básicas) por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 2.153.291,80.-); a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones 5, 7, 10 (Básica) y 12 por la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ( $ 1.540.850,00.-) Aclaran que se optó por la entrega del 100 % a los 30 días corridos. y; a la firma CALE URBANO S.A los renglones 1, 2 (alternativa), 3, 4 (alternativa), 8 (alternativa), 13 (alternativa y 14 (alternativa) por la suma de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ( $ 5.544.619,93.-) 2.-d) Se recomienda solicitar MEJORA DE PRECIOS a las firmas CONFAL S.A, y VENDITTI LUIS ALBERTO para los renglones 15 (los precios superan al P.O) y VENDITTI LUIS ALBERTO para el renglón 11 ( los precios superan al P.O).La Comisión recomienda a la Oficina de Compras aclarar a las oferentes que resulten preadjudicatarias que deberán indefectiblemente cumplir con la curva de talles establecida para las prendas ;
Que las firmas CONFAL SA y ALVAREZ ROCIO BELEN presentan nota informando que amplían el mantenimiento de sus propuestas hasta el día 27/10/2021 y 29/10/2021 ambos inclusive;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda 1) DECLARAR ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL SA renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03; 2) RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y Alternativa) y 14 (Ofertas Básicas y Alternativas); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive; ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones. ($10.296.514,00) y; 4) Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para el Renglón Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación -------------------- Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES”--------------------------------
ARTICULO 2º: DECLARAR ADMISIBLES de la Licitación Pública Nº 16/2021 las siguientes ------------------- ofertas: CONFAL SA: Renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA: Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03. -------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y ------------------ Alternativa) y 14 (Oferta Básica y Alternativa); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA los Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive.---------------
ARTICULO 4°: ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION -------------------UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones.--------------
ARTICULO 5º El plazo de entrega será de acuerdo al siguiente detalle: renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 05, 07, 10 (Oferta básica), 12, 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra con los talles; Renglón 08 (Oferta Alternativa) dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra; Renglones Nº 06 y 09 dentro de los 30 (treinta) a 40 (cuarenta) días hábiles de notificada la Orden de Compra y la toma de talles.----------------------------------------
ARTICULO 6°: La oficina de Compras comunicará a las firmas adjudicatarias que dentro de los 5 ------------------- (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------
ARTICULO 7º La Gerencia de compras y Suministros comunicará a las firmas adjudicatarias que ----------------- deberán cumplir con las curvas de talles establecidas por OSSE para las prendas.---
ARTICULO 8º: Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para ----------------- los Renglones Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 778-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 91/21 referente a la “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 91/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 02 (dos) firmas a saber: GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) y DOMINGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMINGUEZ ARZONDO ALEJANDRO S.H según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que todos los oferentes se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Servicios habiendo analizado las propuestas económicas presentadas por las firmas GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) y DOMINGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMINGUEZ ARZONDO ALEJANDRO S.H informa que ambas ofertas cumplen con lo requerido en las Especificaciones Técnicas;
Que en virtud que el domicilio declarado por la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en el Anexo 4 y 5 del Pedido de Cotización (Bordabehere Nº 222 Cta OSSE nº 409600/000) posee a la fecha una Deuda por Servicio Sanitario de $ 41.648.50, dicha firma con fecha 21/10/2021 presenta nota en cumplimiento del Art 6 Inc f) del PByC Particulares en la cual solicita, en caso de ser adjudicado, que se le descuente la deuda;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 91/2021 “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” a la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en las suma total de PESOS UN MILLON TREINTA MIL ($1.030.000,00)) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $1.269.290,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 91/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES”.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 91/2021 “ADQUISICION CARROS ------------------- PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” a la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en las suma total de PESOS UN MILLON TREINTA MIL ($1.030.000,00)) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar al Área Tesorería a descontar del pago a realizarse a la firma ------------------ GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) el saldo correspondiente a la deuda por Servicio Sanitario del domicilio de la calle Bordabehere Nº 222 (Cta OSSE nº 409600/000) declarado en el Anexo 4 y 5.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El plazo de entrega será a partir de la notificación de la orden de compra a la ------------------- firma adjudicataria y de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº 1 a los 90 (noventa) días corridos y; Renglón Nº 2 a los 30 (treinta) días corridos.--------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma ------------------- GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.
RESOLUCION 779-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” y;
CONSIDERANDO
Que Por Resolución de Directorio Nº 306/20 de fecha 16/06/20 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 49/20 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($636.000.-) siendo el plazo de entrega en forma parcial y a requerimiento de OSSE otorgando una vez efectuado dicho requerimiento un plazo de hasta 7 días hábiles para hacer efectiva la entrega (Orden de Compra Nº 367/2020);
Que la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA constituyo Depósito de Garantía de Contrato en efectivo según Recibo Oficial Nº 125/20 por la suma de $31.800,00;
Que de acuerdo a lo informado por el Área Control de Flota de OSSE, respecto a que reiteraron varias veces a la Cooperativa el pedido de provisión de vallas sin tener resultado, la Gerencia de Compras y Suministros intimó mediante Cédula de fecha 13/05/2021 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA a hacer efectiva la entrega de las mencionadas vallas. Ante la falta de respuesta por parte de la Cooperativa con fecha 25/06/21 se los intimo nuevamente a dar cumplimiento con la entrega de las 213 vallas de señalización de madera restantes correspondiente a la Orden de Compra Nº 367/20. Al respecto, habiéndose vencido el día 01/07/21 el plazo para dar cumplimiento con la entrega de las vallas la Cooperativa no realizó la entrega correspondiente. Dicha situación ha afectado gravemente la operatoria de OSSE en virtud de la importancia que revisten las mismas para realizar los trabajos en la vía pública;
Que la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa con fecha 28/06/2021 solicito al Área Contaduría proceda a la desafectación definitiva del saldo restante de la Orden de Compra Nº 367/2020 ($112.890) por no haber dado cumplimiento con la entrega de las mencionadas vallas de señalización;
Que en virtud de lo anterior se solicitó al Área Contaduría y a la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos tome conocimiento y se expida respecto a si comparte el criterio de rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” por causas atribuibles a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA realizando el Acto administrativo que autorice a ejecutar el Depósito de Garantía de Contrato Nº 125/20 de $31.800,00 y a suspender a la mencionada Cooperativa del Registro de Proveedores de OSSE por el término de 1 (un) año. Al respecto el Área Contaduría informa lo siguiente: 1) En cumplimiento de lo solicitado, se ha procedido a desafectar, mediante documento 17-00065, el importe de $112.890 como saldo restante de la orden de compra 15/367 2020, reimputada en el corriente año bajo el numero 190-20200367, 2) Se comparte el criterio del Área de Compras, de rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a vallas de señalización vertical de madera, por causas atribuibles a la Cooperativa de trabajo LA RAZON DE MI VIDA LTDA., con lo cual se deberá realizar el Acto Administrativo que autorice a ejecutar el Depósito de Garantía de Contrato Nro. 125/20 de $31.800, aplicar las sanciones que correspondan al proveedor por incumplimiento de contrato en un todo de acuerdo con la normativa vigente y la que rige para la presente contratación, e incluir en dicho acto administrativo la aprobación de la desafectación efectuada por esta Contaduría en cumplimiento de lo solicitado por la Jefatura de Compras en el punto anterior. En igual sentido, la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos informa que comparte el criterio de la Sra. Jefa de Compras, entendiendo que es procedente la rescisión del Concurso de Precios N° 49/2020 por causas atribuibles a la Cooperativa de Trabajo “La razón de mi vida” Ltda., la ejecución del Depósito en Garantía del contrato n° 125/20 de $31.800,00 y la determinación de la sanción que estime la Gerencia de Compras por el plazo que se considere adecuado;
Que en razón a lo anteriormente expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) Rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” adjudicado a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA., por causas atribuibles exclusivamente a la Cooperativa por los motivos expuestos en el exordio de la presente , 2) Autorizar a la Contaduría y Tesorería a ejecutar el Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 125/20 de fecha 18/06/2020, y 3) Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a suspender a la Cooperativa por el término de (02) dos años a partir de su notificación en el Registro de Proveedores de OSSE notificando a la Municipalidad y a todos les entes Municipales, a fin de que procedan en el mismo sentido, en virtud de los perjuicios operativos y económicos ocasionados a OSSE,;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente al ------------------- Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS”.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Rescindir la contratación correspondiente al Concurso de Precios Nº 49/20 referente ------------------- a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” efectuada con la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA., por causas atribuibles exclusivamente a la cooperativa.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría y a la Tesorería a proceder a la ejecución del Depósito ------------------ de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 125/20 de fecha 18/06/2020 perteneciente a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA. ----
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a la desafectación de la Orden de Compra Nº 367/20 ------------------- reimputada en el corriente año bajo el numero 190-20200367, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a suspender del Registro de ------------------- Proveedores de OSSE a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por el término de (02) dos años, notificando a la Municipalidad y a todos les entes Municipales, a fin de que procedan en el mismo sentido, inhabilitando a la misma para participar en futuras contrataciones, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto en la presente resolución.----------------------------
ARTICULO 7º: Dese al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a ------------------- los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase-
RESOLUCION 780-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 451-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JUANA MANSO Y CARASA” y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones para la obra de referencia el cual se encuentra incorporado de fs. 10 a 116, ambos inclusive, del citado expediente;
Que a fs. 119 y 120 obran dictámenes de la Gerencia de Contaduría y la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos quienes informan no tener observaciones para formular sobre el mismo;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 10 a 116, ambos ------------------- inclusive, del expediente Nº 451-C-2021. -----------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada Nº 21/2021 referente a la Obra ------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JUANA MANSO Y CARASA”, cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días corridos de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la -------------------Licitación Privada Nº 21/2021 integrada por el Ing. Pablo Senci quien presidirá la misma como titular y la Arq. Alejandra Franco como suplente, ambos por la Gerencia de Producción; la Lic. María Marta Solera como titular y el CP Mariano Bianchini como suplente ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Graciela Leone como titular y Dra. Paulina Archimio como suplente ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------
RESOLUCION 781-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED” que tramita bajo la Licitación Privada Nº 14/2020 y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 051/21 de fecha 28 de Enero de 2021, se adjudicó la Licitación Privada Nº 14/2020 Segundo llamado “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED” a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A en su Oferta Tipo: Alternativa 2 Bienes Importados (Tipo de Cambio vendedor utilizado BNA de fecha 06/01/21 $89.75) por la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 56/100 ($1.451.145,56) con impuestos incluidos, ofreciendo para los Renglones 3 y 4 una mayor cantidad de productos a fin de completar 2 SFPs por Switch junto con su Patch Cords., por cumplir con lo requerido en el pliego, ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse por debajo del presupuesto oficial de $ 1.515.011,90 (Orden de Compra Nº 110/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A , ha dado cumplimiento con todo lo requerido por su gerencia según Orden de Compra Nº 110/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 110/21 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 17/21 de fecha 04 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A --------------------la Licitación Privada Nº 14/2020 Segundo llamado “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED”.---------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 17/21 de fecha 04 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A.-----------------------------
ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 782-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 60/20 referente al “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 321/20 de fecha 25/06/2020, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 60/20 “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” a la firma M.O.S.T S.A por la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 396.000,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $408.000,00 (Orden de compra Nº 419/20 ( 190-20200419/21);
Que por Resolución de Directorio Nº 413/21 de fecha 18 de Junio de 2021, se resolvió Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 419/20 perteneciente a la firma M.O.S.T SA correspondiente al Concurso de Precios Nº 60/20 “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” por la suma de total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($66.000,00), equivalente al 16,66% del monto contratado originalmente encontrándose el mismo por debajo del límite fijado en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones (Orden de compra Nº 574/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma M.O.S.T SA ha dado total cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a las Órdenes de Compra Nº 419/20 y Nº 574/21 (ampliación), constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra Nº 419/20 y Nº 574/21 (ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA a la fecha se encuentran totalmente canceladas, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 134/20 de fecha 02 de Julio de 2020 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159/21 de fecha 02 de Julio de 2021(ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma M.O.S.T SA el Concurso de Precios Nº ------------------ 60/20 referente al " SERVICIO DE SOPORTE ORACLE”. ------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 134/20 de fecha 02 de Julio de 2020 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159/21 de fecha 02 de Julio de 2021(ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA. -------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 783-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 45/21 referente a la “ADQUISICION MEDIDORES DE AGUA CLASE B DE GRANDES DIMENSIONES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 381/21 de fecha 03 de Junio de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 45/21 referente a la “ADQUISICION MEDIDORES DE AGUA CLASE B DE GRANDES DIMENSIONES” de la siguiente manera: a la firma BOIERO SA el renglón 3 en su Oferta Alternativa Bienes Importados (COTIZACIÓN DEL DOLAR TIPO VENDEDOR DEL BNA DEL DÍA 21-05-21 a $99,25) por la suma total de $321.097,30 con impuestos incluidos; y a la firma EXION S.R.L los renglones 1, 2 y 4 (en su Oferta Básica Bienes Nacionales) por la suma total de $361.449,00 con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 30/100 ($682.546,30) con impuestos incluidos (Órdenes de Compra Nª 510/21 y Nº 527/21 respectivamente);
Que la Gerencia de Servicios informa que las firmas BOIERO S.A. y EXION S.R.L cumplieron satisfactoriamente con los productos entregados, según consta en actuaciones agregadas digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra Nº 510/21 y Nº 527/21 pertenecientes a las firmas BOIERO S.A. y EXION S.R.L respectivamente, a la fecha se encuentran totalmente canceladas, según consta en actuaciones agregadas digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 146 de fecha 11 de Junio de 2021 perteneciente a la firma EXION S.R.L. Respecto a la firma BOIERO S.A. se le eximió de la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación en virtud que la adjudicación propuesta para la firma se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($343.761,00), en cumplimiento a lo establecido en el Punto 2 del Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma EXION S.R.L y BOIERO S.A. el Concurso -------------------de Precios Nº 45/21 ---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 146 de fecha 11 de Junio de 2021 perteneciente a la firma EXION S.R.L. Respecto a la firma BOIERO S.A. se le eximió de la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación en virtud que la adjudicación propuesta para la firma se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($343.761,00), en cumplimiento a lo establecido en el Punto 2 del Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales -------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 784-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 46/2021 referente al servicio de “RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 342/21 de fecha 14/05/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 46/2021 “RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM” a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS VENTIDOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($822.674,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser la misma menor al Presupuesto Oficial de $850.062,00 (Orden de compra Nº 464/21);
Que la Gerencia de Logística Operativa informa que la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN ha cumplimentado satisfactoriamente con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a las Orden de Compra Nº 464/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 464/21 perteneciente a la CASUSCELLI MARCELO DAMIAN a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 129/21 de fecha 31 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN el --------------------Concurso de Precios Nº 46/2021 referente al servicio de" RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM”--------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 129/21 de fecha 31 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN.----------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 785-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 108/21 de fecha 11/02/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE”, entre otros, a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES) los renglones 1 y 2 en su oferta mejorada por la suma total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($381.979,00) con impuestos incluidos, (Orden de compra Nº 140/21);
Que la Gerencia de Producción informa que la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES), ha dado cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, según Orden de Compra Nº 140/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 140/21 perteneciente a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES) se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 23/21 de fecha 22 de Febrero de 2021 perteneciente a la MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO ------------------- (BRONZO ALEACIONES) el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE”. --------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 23/21 de fecha 22 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES). --------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 786-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la "ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 332/21 de fecha 12/05/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES”, entre otras, a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L los renglones Nº 11, 14, 17, 20, 26, 27, 28 y 29 (estos dos últimos en sus ofertas mejoradas) en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($446.380,00) con impuestos incluidos, (Orden de compra Nº450/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L cumplió con todo lo requerido técnicamente en la entrega de los materiales según la Orden de Compra N° 450/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 450/21 perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L, a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 99/21 de fecha 19 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L, el
-------------------Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES”. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- de Adjudicación Recibo Oficial Nº 99/21 de fecha 19 de Mayo de 2021, perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA SRL.-----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 787-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 555/21 de fecha 10 de Agosto de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES” a la firma NUMACO S.A, por la suma total de $1.100.000,00 con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y resultar la misma igual al Presupuesto Oficial (Orden de Compra Nº 805/21);
Que la Gerencia de Producción informa que la firma NUMACO S.A, ha dado total cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 805/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 805/21 perteneciente a la firma NUMACO S.A, se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 189/21 de fecha 20 de Agosto de 2021 perteneciente a la firma NUMACO S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma NUMACO S.A el Concurso de Precios Nº ------------------ 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES”. ----------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de Garantía ------------------- de Adjudicación Recibo Oficial Nº 189/21 de fecha 20 de Agosto de 2021, perteneciente a la firma NUMACO S.A. ----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 788-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
VISTO la sentencia definitiva dictada en autos caratulados "PALMISCIANO CRISTIAN NICOLAS C/ OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP S/ DESPIDO" (Expte. 64.153), de trámite por ante el Tribunal del Trabajo Nº 2 de Mar del Plata; y
CONSIDERANDO
Que en las mencionadas actuaciones iniciadas a partir de la demanda promovida por CRISTIAN NICOLÁS PALMISCIANO contra OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO, en fecha 22/10/2021 se dictó sentencia definitiva con fallo dividido resolviendo –por mayoría–: “1.- Hacer lugar -por mayoría Dra. Slavin y Dr. Escobar- parcialmente a la demanda incoada por CRISTIAN NICOLAS PALMISCIANO (DNI 33.273.344) condenando a OBRAS SANITARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO MAR DEL PLATA (O.S.S.E.) (CUIT 30-63046762-0) a pagar en concepto de capital la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y TRES Y CUATRO CENTAVOS ($239.163,04) por los siguientes rubros: Diferencia marzo 2016, abril 2016, días mayo 2016 (2 días), SAC proporcional diferencia, integración del mes de despido con SAC (28 días), indemnización sustitutiva de preaviso c/SAC, indemnización por despido c/ SAC (6 meses), e indemnización art. 2 ley 25.323.- 2.- Los intereses son liquidados desde que se devengó cada crédito y hasta la notificación de la demanda (30/03/17), a la tasa pasiva CAT (tasa digital, opción: Plazo Fijo Tradicional) que el Banco Provincia de Buenos Aires paga en las operaciones de depósito a plazo fijo a 30 días vigentes en los distintos periodos de aplicación, para un mínimo de $ 1.000, los que ascienden a la suma de $45.501,24, que se acumulan al capital totalizando la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y VEINTIOCHO CENTAVOS ($284.664,28) (art. 770 inc. B) CCCN). El importe resultante de la acumulación de capital más intereses devenga el mismo tipo de interés moratorio referido hasta que quede firme la sentencia, efectuándose ese cálculo hasta el 12/10/2021 ascendiendo a la suma de $ 423.454,61. Totalizando la demanda en concepto de capital más intereses la suma de PESOS SETECIENTOS OCHO MIL CIENTO DIECIOCHO Y OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($708.118,89) sin perjuicio de calcular los intereses que correspondan por el período posterior al 12 de Octubre de 2021 y hasta que quede firme la presente. En caso de falta de pago de la liquidación judicial en el plazo que otorga la sentencia, los intereses moratorios allí liquidados se acumularán al capital (art. 770 inc. c. C.C.C.N.).- 3.- Imponer las costas a la demandada en su calidad de vencida (Art. 19 Ley 11.653).- 4.- La suma condenada deberá ser depositada dentro de los diez días de notificada la presente, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a la orden del Tribunal y cuenta de autos.- 5.- Considero justo regular el honorario del Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 70.811,88, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 7.224 JUS (equivalentes al día de la fecha a $23.603,96 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $708.118,89, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS hasta tanto acredite el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 49.568,32con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 49.568,32 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 49.568,32 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 6.- Sin perjuicio de ello, y atento lo dispuesto por los arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT y doctrina legal de la SCBA L 117.701 “Titos c. Atento” S 20/05/2015, entre otros, corresponde limitar la responsabilidad de la demandada condenada en costas por los porcentajes de honorarios indicados en el punto anterior, a los que a continuación se detallan, excluyendo -por mayoría Dra. Slavin y Dra. Sallette- de la limitación mencionada el I.V.A. (CNAT SALA VIII, Expte. 28.486/2012 Sentencia del 9/9/2014 “Liendro, Carlos Alberto c/ Benteler Automotive S.A. s/ Despido”; C. 181 XXIV del 16 de junio de 1993 “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación”): Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 37.810,71, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 3.857 JUS (equivalentes al día de la fecha a $12.603,57 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $708.118,89, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS hasta tanto acredite el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 26.467,50 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $26.467,50 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 26.467,50 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 7.- Desestimar los rubros diferencias salariales con inc. SAC, art. 53 ter, art. 132 bis, vacaciones no gozadas con inc. SAC e indemnización art.80 LCT, imponiéndose sobre estos rubros las costas a la actora (Arts. 19, 65 y ccds. Ley 11.653 y art.68 C.Pr.), con el beneficio de gratuidad (arts.20 de la LCT, 22 de la Ley 11.653 y Ley 12.200).- 8.- A fin de la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes se toma en consideración el monto de los rubros rechazados que ascienden a $115.302,41 y la ponderación de las circunstancias relevantes de la litis (SCBA L.107.497, entre otros): Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 8.071,17, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 0.823 JUS (equivalentes al día de la fecha a $2.690,39 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $115.302,41, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS y Dr. PABLO SERGIO SZPYRNAL hasta tanto acrediten el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 8.071,17 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 8.071,17 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 8.071,17 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 9.- Sin perjuicio de ello, y atento lo dispuesto por los arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT y doctrina legal de la SCBA L 117.701 “Titos c. Atento” S 20/05/2015, entre otros, corresponde limitar la responsabilidad de la demandada condenada en costas por los porcentajes de honorarios indicados en el punto anterior, a los que a continuación se detallan, excluyendo -por mayoría Dra. Slavin y Dra. Sallette- de la limitación mencionada el I.V.A. (CNAT SALA VIII, Expte. 28.486/2012 Sentencia del 9/9/2014 “Liendro, Carlos Alberto c/ Benteler Automotive S.A. s/ Despido”; C. 181 XXIV del 16 de junio de 1993 “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación”): Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 4.309,68 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 4.309,68 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 4.309,68 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).-…”;
Que conforme el Artículo 56 de la Ley 11.653 “En el caso de sentencia condenatoria, los recursos se concederán únicamente previo depósito del capital, intereses y costas con la sola excepción de los honorarios de los profesionales que representan o patrocinan a la parte recurrente.”, de modo tal que aún en caso de recurrir corresponderá depositar a la orden del órgano jurisdiccional la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SEIS CON OCHENTA y DOS CENTAVOS ($890.706,82) equivalente al tope de responsabilidad por costas fijado en Punto 6 del decisorio de acuerdo a lo establecido en arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT excluyendo de la limitación mencionada el I.V.A. Ello habida cuenta la falta de regulación de honorarios del Dr. Farías, la cual se encuentra pendiente. La constancia respectiva deberá ser remitida a la Asesoría Laboral no más allá del viernes 05/11/2021 a fines de acreditar dicha circunstancia en el expediente judicial en tiempo y forma;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Depositar o transferir a la orden del Tribunal de Trabajo Nº 2 de Mar del Plata en la cuenta judicial en pesos Nº 827368/0 CBU 01404238-27610282736804 abierta en Banco Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales Mar del Plata, correspondiente a los autos caratulados "PALMISCIANO CRISTIAN NICOLAS C/ OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP S/ DESPIDO" (Expte. 64.153), la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SEIS CON OCHENTA y DOS CENTAVOS ($890.706,82) y entregar constancia documentada de ello a la Asesoría Laboral no más allá del viernes 05/11/2021 a fines de acreditar dicha circunstancia en el expediente judicial en tiempo y forma.-
ARTÍCULO 2º: Los gastos que demande el cumplimiento de la dispuesto en el artículo precedente deberán ser imputados a la Jurisdicción 1.2.2.01.01.000 “Directorio”; Categoría Programática 01.00.10 “Asesoría Laboral”; Objeto del Gasto 3.8.4 “Multas, Recargos y Gastos judiciales”; Fuente de Financiamiento 1.2.0 “Recursos Propios”. La Contaduría queda facultada a efectuar las transferencias que eventualmente correspondan.-
ARTÍCULO 3 : Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.-
RESOLUCION 789-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto el artículo 93 de la Ordenanza Nº 25005; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº 25005 en su artículo 93 “se autoriza a Obras Sanitarias S.E. a establecer por el período comprendido entre el 1° vencimiento y el día efectivo del pago: a) un interés Resarcitorio…” “…un interés Punitorio I….” “….un interés Punitorio II….”;
Que en vista del escenario económico-social, a fin de fomentar el pago y recupero de deuda a través de los Planes de Facilidades de Pago previstos en el art. 93 del RGSS, se proponen alternativas y propuestas de financiamiento de deudas para las Zonas III, IV y V, para facilitar a los usuarios del Servicio Sanitario, una accesibilidad adecuada a los tiempos que corren;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Fijar para el mes de Noviembre de 2021 los siguientes intereses: ---------------------resarcitorio del 1.34 % (uno punto treinta y cuatro por ciento), un interés Punitorio I del 2.01% (dos punto cero uno por ciento) y un interés Punitorio II del 2.52 % (dos punto cincuenta y dos por ciento).----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Fijar para el sistema permanente de financiación un interés del 2.55% -------------------- (dos punto cincuenta y cinco por ciento).--------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer planes de facilidades de pago con la quita sobre --------------------- actualizaciones, intereses y recargos según la modalidad de pago conforme el siguiente esquema:
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado: para períodos hasta año 2015 inclusive |
100 % |
Contado: para períodos desde el año 2016 |
50% |
De dos a seis cuotas. |
30% |
De siete a doce cuotas. |
10% |
Escasos Recursos hasta treinta y seis cuotas. |
80% |
De trece a veinticuatro cuotas |
0 % |
Planes de Facilidades de Pago (Zonas III, IV y V).
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado. |
60 % |
De dos a seis cuotas. |
40% |
De siete a doce cuotas. |
20% |
Planes de Facilidades de Pago en cuentas de Gestión Judicial.
Modalidad de pago |
% de descuento |
De una a veinticuatro cuotas - Juridico |
0 % |
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN 790-2021 FIRMADO:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA 26/10/2021
Visto las tareas asignadas a la Gerencia de Logística Operativa; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de criterios de mejora continua se ha considerado asignar un responsable de Flota y Logística en las instalaciones de Base Sur, jerarquizando necesariamente la operatividad desarrollada por la Gerencia de Logística Operativa, para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro-;
Que el agente Cesar Ariel PERAZA (CI 1168) se encuentra calificado para desempeñar las funciones, correspondiendo su promoción a la Función Encargado Oficial Polifuncional;
Que el agente Francisco Alejandro ORDAS MORALES (CI 1029), integrante del equipo de trabajo, se encuentra en régimen de guardia rotativa -siendo ello incompatible con el servicio que desarrolla- correspondiendo desafectarlo de dicha modalidad e incorporarlo al Módulo “B” del Acta Paritaria Nº 8/2013 de Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo en el Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, manteniendo su situación escalafonaria;
Que como requisito esencial de la tarea en el Sector los agentes deberán mantener actualizadas las licencias especiales otorgadas por la autoridad competente para la conducción de vehículos y equipos móviles;
Que el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Promocionar al agente Cesar Ariel PERAZA (CI 1168) a la Función ------------------- Encargado Oficial Polifuncional para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro----
ARTÍCULO 2º: Incorporar al agente Francisco Alejandro ORDAS MORALES (CI 1029) ------------------- dentro del marco del Módulo B del Acta Paritaria 08/2013 (8 hs. diarias o 40 semanales de lunes a viernes), manteniendo su situación escalafonaria, desafectándolo del sistema de guardia rotativa.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer que los cambios entrarán en vigencia a partir del primer día -------------------- del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.-------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------
RESOLUCION 791-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
Encargado Redes de Agua Base Norte
Nivel Escalafonario: Encargado Polifuncional
Dependencia Directa: Jefe de Área Gestión de Flota y Logística.
FUNCIONES:
791-2021
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al agente CP Walter Eduardo CABALLERO (CI 397 durante el periodo comprendido desde el día 14 de octubre de 2021 al día 31 de diciembre de 2021, y;
CONSIDERANDO
Que dicho agente se encuentra a cargo del Área Patrimonio, y las funciones Jerárquicas específicas que desempeña fueron resumidas por la Jefatura del Área;
Que la Contaduría a través de la Disposición Nro 62/2021 ha dispuesto el reemplazo del cargo del Area a la Agente María Isabel RABANAL (CI 310);
Que siendo necesario llevar adelante la interacción con diversos Organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales y realizar trámites ante los Registros de Propiedad Automotor, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras por los vehículos y por otros bienes patrimoniales de propiedad de la Empresa, es necesario tramitar la autorización pertinente en esos organismos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Autorizar al agente Maria Isabel RABANAL (CI 310) a interactuar con -------------------diversos organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales y realizar trámites ante los Registros Nacionales de Propiedad Automotor, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras por los vehículos y por otros bienes patrimoniales de propiedad de la Empresa.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------corresponda.- Cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 792-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la Ordenanza Nº 25.006 de fecha 22/01/2021, de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, aprobando el Presupuesto de Gastos, el Cálculo de Recursos de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado para el Ejercicio 2021 y la Resolución Nro. 110/21 del 12/02/2021; y
CONSIDERANDO
Que dicha Ordenanza fue promulgada mediante Decreto Nº 139 de fecha 22/01/2021;
Que por los artículos 5º y 6º se autoriza al Directorio de O.S.S.E. a efectuar Ampliaciones y Modificaciones Presupuestarias;
Que el artículo 16 del Decreto 2980/00 establece que “El Cálculo de Recursos a incluir en el proyecto de Ordenanza de Presupuesto considerará todos los rubros que se estima ingresarán durante el ejercicio que se presupuesta, representen o no entradas de dinero en efectivo al Tesoro, así como los excedentes de ejercicios anteriores que se estimen existentes a la fecha de cierre del ejercicio anterior al que se presupuesta…”;
Que en virtud de lo expresado, y por aplicación de los Criterios Prácticos del Honorable Tribunal de Cuentas, en el ejercicio 2021 se debe proceder a ajustar los fondos que se encuentran entre las disponibilidades;
Que por Resolución Nro. 110/21 del 12/02/2021, se procedió a ajustar los saldos iniciales del año 2021 de las fuentes de fondos de libre disponibilidad y afectadas y el presupuesto de la deuda flotante;
Que en una nueva revisión, se advirtió una diferencia de $ 17.284 en el ajuste de los saldos de libre disponibilidad, conforme se detalla en el Anexo I, que se ajustarán por la presente resolución,
Que en el Anexo II, se detalla los ajustes indicados;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Disminuir el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos en la -------------------suma de $ 17.284,00 (Pesos Diecisiete mil doscientos ochenta y cuatro con 0 centavos), para los Recursos y Gastos de Origen Municipal de Libre Disponibilidad, conforme se detalla en el Anexo II.----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a Contaduría y ------------------- Tesorería y cúmplase.------------------------------------------------------------
RESOLUCION 793-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I –
SALDOS PRESUPUESTADOS Y SALDOS CONTABLES AL INICIO |
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DETALLE DE RUBROS |
PRESUPUESTO |
AL 31/12/2020 |
Diferencias |
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CALCULO DE RECURSOS |
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2021 |
SALDO CONTABLE |
Disminución |
1.2.0 Recursos |
Libre Disponibilidad |
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3.5.1.01 |
Caja y Banco de Libre Disponibilidad |
173.667.453,97 |
173.650.169,97 |
-17.284,00 |
|
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173.667.453,97 |
173.650.169,97 |
-17.284,00 |
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ANEXO II- AJUSTES SALDOS AL INICIO – LIBRE DISPONIBILIDAD
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CALCULO DE RECURSOS |
Importe |
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1.2.2.01.10.000 |
Oficinas de Ley s/Ley Orgánica Municipal |
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3.5.1 |
Disponibilidades |
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3.5.1.01 |
De caja y Bancos – De Libre Disponibilidad |
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-17.284,00 |
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PRESUPUESTO DE GASTOS |
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1.2.2.01.14.000 |
Gerencia de Recursos Humanos |
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14.00.02 |
Administración de Recursos Humanos |
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1.1.5.03 |
Generales |
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-17.284,00 |
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MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la Nota presentada por la PROAS Cooperativa de Provisión de Bienes y Servicios Consumo, Crédito y Vivienda para Profesionales Universitarios Ltda. registrada bajo el Numero 111-2021-15, incorporada al expediente 25500-2021-436-S- 1; y
CONSIDERANDO
Que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. se encuentra en la búsqueda de inmuebles cercanos a la Base Szpyrnal en función de la necesidad de espacio para poder llevar adelante en forma correcta sus funciones;
Que el Directorio ha dado el visto bueno al ofrecimiento realizado por la cooperativa PROAS;
Que el impacto de las actividades de OSSE en la comunidad adyacente es importante siendo necesario un mejor ordenamiento para lo cual se requiere de espacio;
Que se encuentra incluido en el Presupuesto 2020 y 2021 la adquisición de terreno/s para la posible expansión de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. pero en virtud de la pandemia declarada COVID -19 el mercado retrajo la oferta y por lo tanto no se dio inicio la licitación para la adquisición;
Que se considera conveniente aceptar el ofrecimiento en Comodato Gratuito por ser un inmueble ubicado en las inmediaciones de la Base Szpyrnal lo que llevaría a lograr un alivio para los vecinos del lugar;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Apruébese el convenio, que como Anexo I forma parte de la presente, --------------------- de Comodato Gratuito de la porción de 2018,00 mts cuadrados del Inmueble identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN VI –SECCION A-MANZANA 37P PARCELA I, del partido de General Pueyrredon por el término de veinticuatro (24) a partir del mes de de Noviembre del año 2021, suscripto entre Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. y la firma PROAS Cooperativa de Provisión de Bienes y Servicios Consumo, Crédito y Vivienda para Profesionales Universitarios Ltda., en virtud de lo mencionado en los considerandos de la presente, Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon. -----------------------
ARTICULO 2º: Dese al Registro de Resoluciones. Notifíquese a la Intendencia de --------------------- OSSE, a la Contaduría y a la Tesorería a los efectos de dar cumplimiento a la presente. Cúmplase------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO I
CONTRATO DE COMODATO
En la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredon, Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de octubre de 2021, comparecen SERGIO DANIEL LUTI (DNI 13.824.652) y MARIO ALBERTO REAL (DNI 21.076.485) en representación de la COOPERATIVA PROAS DE PROVISIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, CRÉDITO Y VIVIENDA PARA PROFESIONALES UNIVERSITARIOS LTDA., en su carácter de presidente y secretario de la misma respectivamente, con domicilio en calle FRENCH Nro. 6690 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante la COMODANTE; y el Sr. CARLOS ALBERTO KATZ (DNI 16.593.363) en representación de OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. en su carácter de Presidente de la misma, con domicilio en calle FRENCH 6737 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante, la COMODATARIA; y convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO -ad referéndum de su aprobación por el Honorable Concejo Deliberante-, sujeto a las cláusulas que siguen:
PRIMERA. ANTECEDENTES: LA COMODANTE es propietaria de un inmueble en esta localidad delimitado por las calles French, República del Líbano, Brandsen y linderos, que se encuentra designado con Nomenclatura Catastral Circunscripción VI - Sección A - Manzana 37p - Parcela 1, pudiendo otorgar uso exclusivo a la COMODATARIA de una porción del mismo que se designa en plano adjunto (en adelante el PREDIO), que en la actualidad carece de destino específico y tiene dos mil dieciocho (2.018) m2 de superficie. Por su emplazamiento en proximidad a edificios de la COMODATARIA, las partes consideran que el PREDIO puede ser aprovechado por ésta última, con ventajas para ambas partes, a saber: por un lado la COMODANTE reduce costos de conservación y mantenimiento; mientras que la COMODATARIA adquiere el derecho al uso y goce gratuito de un terreno ubicado en lugar conveniente para soporte logístico de sus actividades de modo tal que las dos se benefician con mejoras en las condiciones de seguridad e integración urbana.-
SEGUNDA. OBJETO: LA COMODANTE da en comodato o préstamo gratuito de uso a la COMODATARIA, el PREDIO de dos mil dieciocho (2.018) m2 de superficie cuya identificación surge de designación en plano adjunto que integra el presente.-
TERCERA. DESTINO: LA COMODATARIA se compromete a destinar el PREDIO objeto del contrato para el desarrollo de su actividad y se obliga a poner toda diligencia en la conservación del mismo asumiendo responsabilidad por todo detrimento que sufra por su culpa. Queda expresamente prohibido el cambio de destino, como así también ceder, alquilar, dar en comodato y, en general, cualquier otro acto que otorgue la tenencia a terceros.-
CUARTA. PLAZO: La duración del presente será por el término de veinticuatro meses (24) meses a partir del día 01/11/2021, considerándose renovado en forma automática por períodos iguales de doce (12) meses, salvo comunicación en contrario y en forma fehaciente de cualquiera de las partes a la otra con no menos de cuarenta y cinco (45) días de antelación.-
QUINTA. OBRAS Y MEJORAS: LA COMODATARIA se obliga a reintegrar el PREDIO objeto del contrato en las mismas condiciones de uso en que fue recibido, salvo el deterioro que resulte por el uso normal y habitual de las cosas. Sin embargo, las partes reconocen la necesidad de ejecutar obras y mejoras que permitan a la COMODATARIA hacer uso exclusivo del PREDIO objeto del contrato, como así también emplazar módulos de oficinas móviles. Dichas obras y mejoras deberán adecuarse a las normas y reglamentos vigentes y serán acordadas por las partes en acta por escrito en forma previa al inicio de su ejecución. A la finalización del presente contrato por cualquier causa la COMODATARIA tendrá derecho a retirar los módulos de oficinas móviles y cualquier otra obra que pueda ser removida sin daño para el inmueble. EL COMODANTE podrá quedarse con las mejoras ó instalaciones realizadas por el COMODATARIO que le resulten útiles o necesarias, sin previo pago, a menos que en el acta respectiva se hubiere pactado expresamente lo contrario. Las partes dejan contemplada la posibilidad que para el supuesto de futura venta (total o parcial) de este predio en favor de Obras Sanitarias Mar del Plata SE y/o del Municipio de General Pueyrredón, las mejoras que hubieren sido introducidas por LA COMODATARIA puedan ser valuadas y deducidas del precio de venta.----
SEXTA: GARANTÍA DE INDEMNIDAD: Todo personal contratado por la COMODATARIA para realizar las obras o prestar tareas, deberá contar con seguros y certificados que demanda la legislación vigente para el desarrollo de dicha actividad. Corre por exclusiva cuenta de la COMODATARIA gestionar, obtener y mantener la totalidad de las habilitaciones, permisos o autorizaciones exigibles a nivel municipal, provincial y nacional, que fueran requeridas para el desarrollo de las actividades en el PREDIO objeto del contrato. La COMODATARIA será absolutamente responsable por todos los daños que experimente LA COMODANTE y/o terceros, incluído el personal de la COMODATARIA, en sus personas o bienes, como consecuencia del uso por la COMODATARIA del PREDIO y/o sus accesorios, y/o del destino pactado y/o de cualquier otro hecho de la COMODATARIA, y/o sus dependientes y/o terceros, y/o de cualquier otra circunstancia, siniestro o evento no imputable a la COMODANTE. En consecuencia, la COMODATARIA se obliga a contratar y mantener actualizados el pago de los seguros necesarios para cubrir los riesgos de siniestros que pudieran afectar las construcciones y a las personas y a mantener indemne a la COMODANTE frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiera experimentar por los daños referidos en los párrafos precedentes, salvo cuando deriven de vicios ocultos de la cosa.
SÉPTIMA. PAGO DE SERVICIOS E IMPUESTOS: Sin perjuicio de que éste comodato es gratuito, se acuerda que la COMODATARIA asuma en forma exclusiva el pago de todos los servicios que consuma en el PREDIO objeto del contrato durante todo el tiempo que tenga vigencia el mismo. En consecuencia, es obligación de la COMODATARIA efectuar el pago de las facturas por la provisión de agua potable, energía eléctrica, gas natural, teléfono, y/u otro servicio que en el futuro pudiera recibir en el PREDIO. Igual responsabilidad de pago asume respecto a los impuestos, contribuciones y/o tasas municipales, provinciales o nacionales que graven al inmueble del cual el PREDIO objeto del contrato forma parte o a las actividades allí desarrolladas. EL COMODANTE queda obligado a cumplir con su obligación de colaboración y cooperación, facilitando la documentación e información que eventualmente se le requiera.
OCTAVA: RESTITUCIÓN: El PREDIO deberá ser restituído libre de ocupantes y sin deudas, debiéndose acreditar con los comprobantes respectivos el pago o la exención parcial o total de los servicios, como así también de las tasas, contribuciones y/o impuestos que graven al PREDIO o a las actividades allí desarrolladas. La restitución, que únicamente podrá probarse por escrito, deberá hacerse en domicilio de la COMODANTE sito en calle FRENCH Nro. 6690 de Mar del Plata pudiendo cambiar de lugar la COMODANTE para lo cual deberá notificar por medio fehaciente dicho cambio a la COMODATARIA.-
NOVENA: El COMODATO celebrado en este acto es de esencia gratuita y las partes convienen regir su relación conforme los artículos 1533, subsiguientes y concordantes del Código Civil y Comercial.-
DECIMA: RESCISIÓN: El incumplimiento por parte de la COMODATARIA de cualquiera de las obligaciones que asume por el CONTRATO DE COMODATO dará derecho a la COMODANTE a resolverlo de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna y a exigir la inmediata restitución del PREDIO y reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.-A su vez, el incumplimiento por parte de la COMODANTE a las obligaciones que le competen por la asunción del presente contrato, y, en especial a sus obligaciones de cooperación y de no privación y/o turbación del uso y goce del inmueble, dará derecho a la COMODATARIA a resolverlo de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, quedando habilitado para retirarse del predio y reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.-En caso que la COMODANTE no reciba el inmueble objeto del presente contrato, por cualquier causa; la COMODATARIA queda autorizada a labrar acta notarial dejando constancia de su retiro y si hubiere bienes con cerramiento podrá depositar las llaves de los mismos en la Escribanía seleccionada.
DÉCIMO PRIMERA: JURISDICCIÓN: Para todos los efectos legales emergentes del contrato las partes se someten a la competencia de los tribunales del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mar de Plata, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo al efecto como especiales los domicilios consignados precedentemente, en los cuales se tendrán por válidas cualesquiera intimaciones o notificaciones judiciales o extrajudiciales.-
DÉCIMO SEGUNDA: DOMICILIOS CONTRACTUALES: Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados al principio en donde serán tenidas por válidas todas las notificaciones que se cursen.-
DÉCIMO TERCERA: CONTRATO “AD REFERENDUM”: Las partes aceptan que éste contrato es provisorio y no obliga a! COMODATARIO hasta tanto el Honorable Concejo Deliberante sancione la respectiva ordenanza aprobándolo en los términos del art. 24 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. No obstante, la COMODANTE otorga permiso precario a la COMODATARIA para que inmediatamente después de la firma del presente pueda depositar contenedores en el PREDIO que es objeto del contrato, realizando las adecuaciones que fueren imprescindibles para ello, y emplazar una garita de seguridad.-
En prueba de conformidad se firman tres copias de un mismo tenor y a un solo efecto, dejándose constancia que cada parte hace retiro de su ejemplar.-
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 770/2021 de fecha 19/10/2021 (fs 371) se declaró admisible la oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA procediéndose a la apertura del Sobre Nº 02 “Oferta Económica” según surge del Acta de Apertura de fecha 21/10/2021 (fs 374);
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación en Actas de reunión de fechas 22/10/21 (fs 396) y 26/10/2021 (fs 403) habiendo la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. procedido a dar cumplimiento a lo consignado en el Acta de Reunión 02 de la Licitación Pública 19/21 referida a rectificación del valor Precio Unitario cotizado y el correspondiente Análisis de Precio del Ítem 4.2 Relleno con Mortero de Densidad Controlada , informa que reconoce como Oferta Valida la propuesta presentada por la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. Indican que el Presupuesto Oficial asciende a $31.399.093,95, con Impuestos Incluidos, el cual actualizado por Departamento de Presupuesto, Gráfica y Datos Estratégicos, de la Gerencia de Obras a la fecha de apertura asciende a $33.124.321,54, con Impuestos Incluidos. La oferta de la firma, por su parte, asciende a $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos. En conclusión, recomienda solicitarle a la oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. mejora de oferta toda vez que el valor ofrecido resulta un 12.79% superior al del Presupuesto Oficial actualizado;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Solicitar a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA una Mejora de Ofertas en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 372 del
---------------------Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 ------------
ARTICULO 2º: Solicitar a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA una Mejora de Ofertas ------------------ en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras---------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 795-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 777/21 de fecha 21/10/2021 se resolvió, entre otros, solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial para el mencionado Renglón;
Que con fecha 22/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 correspondiente al mencionado oferente;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 26/10/2021 informa lo siguiente: MEJORA DE PRECIOS (Renglón 7) Sr. Vinitzky Claudio Jose cotizó la suma de $ 850, 00-, mejorando así en un 7,17% su oferta original pero aun encontrándose un 24.82% por encima del Presupuesto Oficial. Según nota presentada por parte del Gerente del sector solicitante ante la Gerencia de Logística Operativa donde informa que se encuentra en curso los trabajos de estudio de pozos y mediciones en los ensayos de bombeos, estos pozos se encuentran en cuencas del arroyo el Durazno, Los Padres y nacientes del Vivorata que implican distancias mayores a las recorridas en forma habitual, sumado a la complejidad de los accesos a estos terrenos. Motivo de lo mencionado es que se realizó una actualización del Presupuesto Oficial debido a una mayor cantidad de km a recorrer, y el mismo dio como resultado un valor hora de $ 730, 00- lo que achica esa brecha a 16, 44%. Sin embargo, la Comisión entiende que el valor sigue siendo elevado en relación al Presupuesto Oficial y solicita una nueva Mejora de Precios de la Oferta;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una nueva Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta, aún luego de realizada la Mejora de Precios autorizada por Resolución de Directorio Nº 777/21, el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una nueva Mejora de ------------------ Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta, aún luego de realizada la Mejora autorizada por Resolución de Directorio Nº 777/21, el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------
ARTICULO 3°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 796-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
VISTO la Compensación por Uso de Vehículo Particular establecida por las Resoluciones Nº 341/12; 295/18; 885/19 y 747/21 en donde se aprueba el procedimiento de otorgamiento y uso; y
CONSIDERANDO
Que existe la necesidad de actualizar el procedimiento de otorgamiento y uso de la Compensación por Uso de Vehículo Particular, adaptándolo a las nuevas condiciones laborales de la Empresa;
Que el Directorio es el único facultado para designar a los agentes que afectarán sus vehículos a las tareas que se desarrollan en OSSE, estableciéndose un valor único de compensación más 4 litros del combustible que corresponda utilizar;
Que la Gerencia de Logística Operativa manifiesta la necesidad de implementar controles sobre los vehículos particulares utilizados por los Agentes para la prestación del Servicio;
Que las Gerencias y Departamentos certificarán a los agentes que afecten y/o desafecten sus vehículos con periodicidad mensual y por los días de utilización efectiva;
Que en la Resolución 341/12 se fijó en $ 12,31 el valor para la Compensación por Uso de Vehículo Particular por cada día efectivamente utilizado el vehículo, más 4 litros de Combustible, actualizándose dicho monto a $ 50,00 según Resolución Nº 295/18;
Que el valor actualmente vigente fue aprobado el 14/06/18, por lo que se considera oportuno su actualización a través del Índice de Precios al Consumidor Nivel General, desde Junio de 2018 a Septiembre 2021, quedando establecido el nuevo monto en la suma total de $180,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 341/12; 295/18, 885/19 y 747/21 las --------------------- que quedarán reemplazadas por la presente en todos sus términos.----------
ARTICULO 2°: Entiéndase como Compensación por Uso de Vehículo Particular la --------------------- utilización de automóviles particulares de los agentes puestos a disposición de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado para el cumplimiento de las tareas propias de su cargo y / o las encomendadas por su dependencia.----------------------
ARTÍCULO 3º: Autorizar a los agentes que afectarán sus vehículos a las tareas que ---------------------- desarrollan en OSSE que han sido propuestos por las Gerencias y que se detallan en el listado que como Anexo I forma parte de la presente, a percibir la Compensación por Uso de Vehículo Particular, en un todo de acuerdo a la presente resolución. -----------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Apruébese como “Valor Único” – “Compensación por Uso de Vehículo ---------------------- Particular” lo establecido en el Anexo II que forma parte de la presente, fijándose el nuevo valor diario en la suma de $ 180,00 en concepto de mantenimiento, más 4 litros del combustible que corresponda utilizar para su vehículo particular por día laborable y efectivamente consumido por el vehículo con provisión de Tarjeta de Combustible por parte de OSSE.---------------------------------
ARTÍCULO 5º: Los Agentes que perciben la Compensación por Uso de Vehículo Particular --------------------- deberán cumplir con el Relevamiento Anual a efectuarse por la Gerencia de Logística Operativa según Anexo II que forma parte de la presente.---------------------------
ARTÍCULO 6º: La Contaduría recibirá del 1 al 10 de cada mes las certificaciones --------------------- mensuales de las Gerencias y Departamentos que mínimamente deberán contener:
ARTÍCULO 7º: La Contaduría, la Gerencia de Servicios y la Gerencia de Logística --------------------- Operativa podrán disponer medidas adicionales de verificación, reducción y/o ampliación de controles a los efectos de un mejor procedimiento.-----------------------------
ARTÍCULO 8º: La Gerencia de Servicios reglamentará la utilización de la Tarjeta de --------------------- combustible.---------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 9º: Establecer la vigencia de la presente a partir del primer día del mes --------------------- siguiente a su aprobación.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 10º: Regístrese, dese al Registro de Resoluciones. Comuníquese a las ----------------------- Gerencias, Departamentos y Oficinas de Ley. Cúmplase.--------------------
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
C.I. APELLIDO Y NOMBRE
130 SCALELLA LUIS ALBERTO
191 PATRONI GUSTAVO JOSE
274 HERRERA RICARDO
350 CASTELLAN PAPE CARLOS FABIAN
391 EGEA ADRIANA VERONICA
394 GONZALEZ ALTAMIRANDA CLAUDIO
425 VINCIGUERRA MIGUEL ANGEL
427 MOSER FEDERICO JOSE
428 VIGLIETTI JOSE MARIA
461 MELLINO ALFREDO ANDRES
492 GAYOSO GUSTAVO DANIEL
516 FARIAS JOSE LUIS
638 PRADILLA GUILLERMO HUGO
780 BURGOS RAUL OSCAR
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO II
CARACTERÍSTICAS GENERALES:
RELEVAMIENTO ANUAL:
La Gerencia de Logística Operativa realizará anualmente, al 30 de Junio de cada año, un Relevamiento de los vehículos particulares utilizados por los agentes para las tareas propias de su cargo y/o encomendadas por su dependencia.
La documentación mínima que deberá verificar es la siguiente:
Se establece por única vez que la realización del relevamiento anual se efectuará dentro de los 30 días siguientes contados a partir de la firma de la presente.
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 28/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION UNIFORMES” que tramita bajo la Licitación Pública Nº 16/2021; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 778/21 de fecha 26/10/21 se resolvió: 1) DECLARAR ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL SA renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03; 2) RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y Alternativa) y 14 (Ofertas Básicas y Alternativas); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive; 3) ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones. ($10.296.514,00) y; 4) Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para el Renglón Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones;
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a MEJORA DE OFERTAS según surge del Acta de Apertura de fecha 27/10/21, presentándose para la misma la firma CONFAL S.A, la cual presenta Mejora para el Renglón Nº 15 otorgando un 2 % de descuento sobre el valor cotizado oportunamente. (Valor Sweater caballero: $1.999) y la firma VENDITTI LUIS ALBERTO, la cual presenta Mejora para los Renglones Nº 11 y 15 otorgando un 1% de descuento sobre el valor cotizado oportunamente;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación mediante Acta de reunión de fecha 27/10/21 informa lo siguiente: Las mejoras de precios ofrecidas por las firmas CONFAL S.A y VENDITTI LUIS ALBERTO son las siguientes: CONFAL S.A ofrece un descuento de 2% sobre el valor oportunamente cotizado para el Renglón 15 (sweater caballero) y VENDITTI LUIS ALBERTO ofrece un descuento de 1% para los renglones 11 y 15. Si se analiza solamente los valores ofrecidos para la mejora de precios para estos dos renglones (11 y 15), los cotizados en esta instancia superan al P. O en un 25,09 %. Agrega que teniendo en cuenta la inflación y que los precios del Presupuesto Oficial son de 03/2021, si se los actualizara al mes 09/2021, por SISTEMA DE INDICES DE PRECIOS MAYORISTAS (SIPM) (Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), del INDEC, Código 173 (Tejidos y Artículos de Punto), los precios de la Oferta respecto a los Precios del Presupuesto ajustados, estarían un 0.55% por debajo, según Coeficiente de actualización: 1.25789246. Si se los actualizara por SISTEMA DE INDICES DE PRECIOS MAYORISTAS (SIPM), Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB), del INDEC, la Oferta, respecto a los Precios del Presupuesto ajustados, daría una variación del 1.32 % por encima del Presupuesto Oficial según Coeficiente de actualización: 1.23457279. Asimismo, considerando la adjudicación global, con las mejoras ofrecidas el porcentaje de variación en relación al Presupuesto Oficial Total es de un 8,01 %, por debajo del mismo. Agrega que de considerarse conveniente las mejoras ofrecidas por los oferentes antes mencionados, aconsejaría asignar el renglón 15 a la firma CONFAL S.A por la suma de Pesos CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE con 00/100 ($ 445.777,00) y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el renglón 11 por la suma de Pesos CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($ 433.855,24);
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda ADJUDICAR los Renglones Nº 11 y 15 – Mejora de Ofertas de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” de la siguiente manera: a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el Renglón Nº 11: CARDIGANS PARA DAMA por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($433.855,24) con impuestos incluidos y a la firma CONFAL S.A el Renglón Nº 15: SWEATER ESCOTE EN V PARA CABALLEROS ADMINISTRATIVOS por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($445.777,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 24/100 ($879.632,24) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación -------------------- Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES.--------------------------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR los Renglones Nº 11 y 15 – Mejora de Ofertas de la Licitación Pública
----------------- Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” de la siguiente manera: a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el Renglón Nº 11: CARDIGANS PARA DAMA por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($433.855,24) con impuestos incluidos y a la firma CONFAL S.A el Renglón Nº 15: SWEATER ESCOTE EN V PARA CABALLEROS ADMINISTRATIVOS por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($445.777,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 24/100 ($879.632,24) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC.---
ARTICULO 3º: El plazo de entrega será de acuerdo al siguiente detalle: RENGLON 11: Cardigans
------------------ para Dama: dentro de los 30 (treinta) a 40 (cuarenta) días hábiles de notificada la Orden de Compra y entregado los talles luego de la prueba y armado de curva por parte de OSSE; y RENGLON 15: Sweater Escote V para Caballero: dentro de los 30 (TREINTA) días corridos de recibida la Orden de Compra con los talles.------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria CONFAL S.A que
--------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------------------------
ARTICULO 5º La Gerencia de compras y Suministros comunicará a las firmas adjudicatarias que ----------------- deberán cumplir con las curvas de talles establecidas por OSSE para las prendas.---
ARTICULO 6º: Autorizar al Area Contaduría a realizar los ajustes necesarios a la adjudicación
---------------- propuesta en el Artículo 2º.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7°: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 8°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 798-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Nuevo llamado a Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE autorizado por Resolución de Directorio Nº 796/2021 de fecha 27/10/21 según da cuenta la documentación agregada al Expediente digital de referencia;
Que con fecha 28/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 correspondiente al mencionado oferente;;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 28/10/2021 habiéndose requerido una nueva Mejora de Precios al Sr. Vinitzky Claudio Jose para el renglón 7 informa que el mismo cotizó la suma de $ 730,00-, encontrándose una mejora significativa siendo la misma igual al Presupuesto Oficial actualizado. Con respecto al segundo vehículo solicitado no se realizaron ofertas. Por lo expuesto, esta Comisión considera el valor cotizado por Vinitzky Claudio Jose se encuentra acorde a los intereses de OSSE recomendando asignar dicho turno y para el turno que quedo desierto iniciar un nuevo trámite para la contratación;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: 1) ADJUDICAR el Renglón Nº 7 (1 turno) de la Licitación Pública Nº 15/2021 “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 07: |
|
|||
OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
VINITZKY CLAUDIO JOSE |
Toyota Hilux 4x4 cabina doble. Mod 2011 Patente: JTZ 471 |
$ 730.00 |
Área Control de Flota |
L A V |
y; 2) DECLARAR DESIERTO 1 (un) turno del Renglón Nº 07 por inexistencia de oferta desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación autorizando al Área solicitante a iniciar un nuevo tramite;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2: ADJUDICAR el Renglón Nº 7 (1 turno) de la Licitación Pública Nº 15/2021 -------------------“SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 07: |
|
|||
OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
VINITZKY CLAUDIO JOSE |
Toyota Hilux 4x4 cabina doble. Mod 2011 Patente: JTZ 471 |
$ 730.00 |
Área Control de Flota |
L A V |
ARTÍCULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará al adjudicatario que --------------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán constituir un Depósito de Garantía equivalente al 5% del monto contractual (Art. 5.3 de las Cláusulas Generales), el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE de acuerdo a lo establecido en el Art. 3.5 de las Cláusulas Generales. En caso de hacer uso de la opción del descuento en una única cuota deducible de la primer factura, en igual plazo, deberán presentar nota al respecto (Art. 5.4 de las Cláusulas Generales).---------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará al adjudicatario que ----------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán presentar la documentación requerida en el Art. 13 de las Cláusulas Particulares.-------------------------------
ARTICULO 5º: El servicio se prestará a partir del día 01/11/2021 por el plazo de 6 (seis) meses, o hasta agotar las horas contratadas de servicio efectivo del vehículo, pudiendo OSSE hacer uso de la Opción prevista en el Art. 3 de las presentes Cláusulas.---------------------------
ARTICULO 6º DECLARAR DESIERTO 1 (un) turno del Renglón Nº 07 por inexistencia de ------------------ ofertas desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación.----
ARTICULO 7º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 2º y a desafectar el saldo correspondiente al turno del Renglón Nº 7 declarado desiertos indicado en el Artículo 6º--------
ARTICULO 8º: Autorizar a la Gerencia solicitante a iniciar, un nuevo trámite de contratación ------------------- por el turno del Renglón Nº 07 declarado desierto.----------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 799-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 referente a la 6º prórroga del “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 366/19 de fecha 18/06/2019 obrante a fs. 292/3 se adjudicó la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego – Orden de Compra Nº 605/19 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 20 de Junio de 2019;
Que por Resolución de Directorio N° 290/20 de fecha 04/06/2020, obrante a fs. 535/37 se resolvió autorizar a la Oficina de Compras a confeccionar la orden de compra por la nueva renegociación de la contratación por los meses de Diciembre 2019 a 20/06/2020 del "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO - AÑO 2019-2020", correspondiente a la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., por la suma total de $1,262,414.50 (PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 50/100), quedando el nuevo valor hora para el mes de Diciembre 2019 (a partir del día 20, día que se cumple el período mínimo de 6 (seis) meses de ejecución de contrato hasta el 31/12/2019), en $336.91 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 91/100) para un total de 644.26 horas ; para el mes de Enero 2020 en $368.20 (PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 20/100) para un total de 1932.77 horas, para el mes de Febrero 2020 en $396.30 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 30/100) para un total de 1932.77 horas, para los meses de Marzo y Abril 2020 en $402.70 (PESOS CUATROCIENTOS DOS CON 70/100) para un total de 3865.54 horas y para el mes de Mayo y Junio hasta el día 20 inclusive en $396.30 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 30/100) para un total de 3221.28 horas. (Orden de Compra Nº 420/2020);
Que por Resolución de Directorio N° 303/20 de fecha 12/06/2020, obrante a fs. 550 se resolvió autorizar a la Oficina de Compras a realizar la prórroga del “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” de la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019, a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 01/100 ($9.191.481,01), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 396,30). Plazo de prestación del servicio 12 (doce) meses contados a partir de las 12 hs. del día 20/06/2020 y hasta las 12 hs. del día 20/06/2021, en un todo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 3 y 10 de las Cláusulas Particulares del Pliego. (Orden de Compra Nº 390/2020);
Que por Resolución de Directorio N° 341/21 de fecha 14/05/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 79/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 10 (diez) días desde las 12 hs. del día 20/06/2021 hasta las 12 hs del día 01/07/2021 en la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SESENTA Y TRES CON 19/100 ($363.063,19), con impuestos incluidos (Valor Hora $369,30).(Orden de Compra Nº 439/2021);
Que por Resolución de Directorio N° 410/21 de fecha 18/06/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 92/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 02 (dos) meses desde las 12 hs. del día 01/07/2021 hasta las 12 hs del día 31/08/2021 ambos inclusive en la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 50/100 ($1.674.187,50) con impuestos incluidos (Valor hora: $446.45) (Orden de Compra Nº 543/2021);
Que por Resolución de Directorio N° 614/21 de fecha 25/08/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 183/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 31/08/2021 hasta las 12 hs del día 01/10/2021 ambos inclusive en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON 75/100 ($837.093,75) con impuestos incluidos (Valor hora $446,45) (Orden de Compra Nº 823/21);
Que por Resolución de Directorio N° 705/21 de fecha 24/09/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 201/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/10/2021 hasta las 12 hs del día 01/11/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON 75/100 ($837.093,75) con impuestos incluidos (Valor hora $446,45) (Orden de Compra Nº 972/21);
Que atento que con fecha 01/11/2021 finaliza la 5º prórroga autorizada por Resolución de Directorio N° 705/21 y siendo que se encuentra en instancia de tramitación el Segundo llamado la Licitación Pública Nº 04/21 “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO – AÑO 2021/2022” el Área Intendencia a fin de no resentir el servicio de limpieza de todas las dependencias de OSSE, con fecha 27/10/2021 confecciona la Solicitud de Pedido Nº 3-151-71 por la suma de $990.918,75 con impuestos incluidos. La misma corresponde a la 6º prórroga por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive;
Que para la Confección de la Solicitud de Pedido Nº 3- 151-71 se tomó un Valor Hora de $528.45 que surge del Análisis de Costos confeccionado por esta Gerencia el cual se encuentra adjunto a las presentes actuaciones. Dicho valor hora surge de incrementar el Salario Básico y presentismo según aumento salarial otorgado por el Sindicato de Obreros de la Maestranza (SOMRA) a Septiembre 2021 respecto de los mismos conceptos utilizados para la Contratación Directa Art 156 Inc 8 LOM Nº 201/21. Al respecto, continuando la estructura que indica el PByC en el Art 11.5 para las Redeterminaciones de Precios variando los únicos conceptos redeterminables (Mano de Obra) y manteniendo fijos los conceptos no redeterminables, se obtendría un valor hora que alcanza el Valor hora de $528.49;
Que habiendo tomado intervención el Área Contaduría, procede a imputar la Solicitud de Pedido Nº 3-151-71, encuadrando la misma bajo la modalidad de Contratación Directa Art 156 Inc 8 de la LOM;
Que la firma HIPOLITO INTEGRAL SA presenta Pedido de Cotización de la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 completo y firmado por la suma total de $990.918,75. Mediante nota prestan conformidad para la contratación del servicio de limpieza por modalidad de contratación directa para el mes de Noviembre. Adjuntan análisis de precios resultando un valor hora para noviembre sin rentabilidad de $570,30 mientras que el aprobado para esta Contratación de es de $528.49. No obstante lo expuesto aceptan la presente contratación con el objeto de dar continuidad al servicio de limpieza considerando un servicio crítico en el presente contexto;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 75/100 ($990.918,75) con impuestos incluidos (Valor hora $528,49);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º:Aprobar las actuaciones digitales correspondiente a la Contratación Directa Art. ------------------ 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”.----------------------------
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 -------------------- correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 75/100 ($990.918,75) con impuestos incluidos (Valor hora $528,49).----------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: El plazo de prestación del servicio de referencia será por el término de ------------------- 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive.----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-
RESOLUCION 800-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y02 referente a la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 795/21 de fecha 27/10/2021 (fs. 405) se solicitó a la firma RECONSTRUCCIÓN CAÑOS S.A una Mejora de Precios en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial;
Que con fecha 28/10/21 se realizó la apertura de sobre de la mejora de oferta de la licitación de referencia según surge del acta obrante a fs. 409;
Que en Acta de reunión del día 28/10/21(fs. 413) la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación informa lo siguiente: En Acta de Reunión Nº 03 de fecha 26 de octubre de 2021 se solicitó a la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A una mejora de oferta. Con fecha 27 de octubre de 2021 la firma oferente remitió una nota en la cual señala que no es posible mejorar su oferta. Indican que el Presupuesto Oficial asciende a $31.399.093,95, con Impuestos Incluidos, el cual fue confeccionado a fecha julio 2021, el cual actualizado por Departamento de Presupuesto, Gráfica y Datos Estratégicos, de la Gerencia de Obras a la fecha de apertura asciende a $33.124.321,54, con Impuestos Incluidos. La oferta de la firma, asciende a $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos. En conclusión, la oferta asciende tan solo a un 12.97% sobre el presupuesto oficial actualizado. Atento que en el primer llamado solo se presentaron dos oferentes de los cuales solo una oferta resultó válida; que se procedió a un segundo llamado presentándose solo un oferente, a pesar de haberse realizado la publicidad y los avisos en tiempo y forma; que se detectó un defecto en la confección de la planilla de cotización, que al subsanarse supone una merma en la expectativa de beneficio del oferente; que se solicitó mejora de precio y que el Presidente de la Comisión, en carácter de autoridad del área solicitante enfatiza el interés que reviste la obra y el costo que significa para OSSE dilatar su ejecución; la comisión entiende que la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A por $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos resulta conveniente a los Intereses de OSSE;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 19/21 Segundo llamado “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS OCHO CON 66/100 ($37.421.808,66) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 406 del Expediente N° 344-
------------------- O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 19/21 Segundo Llamado “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” a la firma RECONSTRUCCIÓN CAÑOS S.A por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS OCHO CON 66/100 ($37.421.808,66) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.----------------------------------------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN -------------------TEJEDOR 2° ETAPA” será de 120 (CIENTO VEINTE) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.-----------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Preadjudicataria ------------------ que dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ---------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ----------------- Garantía de Mantenimiento de Oferta a la firma: POLIZUL S.R.L según Recibo N° 221 de fecha 17/09/21 (fs. 326).-------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y --------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 801-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 63/21 Nuevo llamado referente a la " ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 596/21 de fecha 18/08/21 se resolvió: 1) Adjudicar los Renglones Nº 7 y 8 (mejorado) a la firma SERVELEC SRL. bajo Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 101.25 al día 16/07/2021) en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 25/100 ($494.687,25) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones de $534.916,00 y; 2) Realizar un NUEVO LLAMADO para los Renglones Nº 1 a 6 del Concurso de referencia, trazando las modificaciones necesarias para el mismo, por los motivos expuestos en la citada resolución;
Que se ha cumplido con las formalidades del NUEVO LLAMADO a Concurso de Precios Nº 63/2021 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 21 (veintiún) empresas del ramo, solo presentó oferta la firma CASA BLANCO SA cotizando la totalidad de los Renglones en la suma total de $408.031,00 con impuestos incluidos según surge del Acta de Apertura de fecha 16/09/2021.
Que en virtud que los precios ofrecidos por la mencionada firma superaba ampliamente el Presupuesto Oficial para dichos renglones ($255.210,57) en un 59.88%, se realizó un relevamiento telefónico con las firmas utilizadas para la confección del Presupuesto Oficial y otras empresas del ramo resultando que la firma MICROTEC INGENIERIA SRL y DS TECH ARGENTINA presentan presupuesto en la suma total de $271.862,05 y $368.124,31 respectivamente solicitando Anticipo Financiero del 100% y no incluyendo flete;
Que de lo indicado precedentemente se desprende que la oferta presentada por el único oferente para el nuevo llamado a Concurso de referencia, CASA BLANCO SA, no resulta económicamente convenientes a los intereses de OSSE por lo que deberían declararse fracasados los mismos, desistiendo de la adquisición bajo la presente modalidad de contratación.
Que en virtud de lo expuesto precedentemente esta Gerencia considera conveniente realizar, una vez confeccionada la nueva solicitud por la Gerencia solicitante, una Contratación Directa para los mencionados renglones trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE:
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) DECLARAR FRACASADO el NUEVO LLAMADO (Renglones Nº 1 a 6) del Concurso de Precios Nº 63/21 "ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” por no resultar los valores ofertados económicamente convenientes a los intereses de OSSE, desistiendo de la adquisición de dichos materiales bajo la presente modalidad de contratación y; 2) Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar una Contratación Directa para los renglones declarados fracasados trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 63/21 Nuevo ------------------ llamado referente a la " ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS”.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: DECLARAR FRACASADO el NUEVO LLAMADO (Renglones Nº 1 a 6) del
--------------------- Concurso de Precios Nº 63/21 "ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” por no resultar los valores ofertados económicamente convenientes a los intereses de OSSE, desistiendo de la adquisición de dichos materiales bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar al Área Contaduría a desafectar los renglones fracasados indicados en el Artículo 2º------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Gerencia solicitante a iniciar, en caso de resultar necesario un ------------------ nuevo tramite de compra por los renglones desistidos indicados en el Artículo 2º -
ARTICULO 5º Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar una Contratación ------------------ Directa para los renglones declarados fracasados trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE.------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 802-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la Licitación Pública Nº 21/21: “SERVICIO PROVISION Y COLOCACION ELECTROBOMBA SOLAR C/EQUIPAMIENTO” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio 700/21 fecha 22/10/21 se aprueba el llamado a licitación pública de la contratación de referencia, creándose la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, la cual se encuentra integrada por el Ing. Luis Mérida, quien presidirá la misma como titular y el cartógrafo Ignacio Redin como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos; la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo;
Que, con fecha 26/10/21, la Gcia. de Energías Renovables y Recursos Hídricos solicita la modificación de dicha comisión recomendando su integración de la siguiente manera: el Ing. José Luis Morea como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente;
Que, por lo expuesto, la Gcia. de Compras y Suministros aconseja modificar la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación de la presente contratación, resultando: el Ing. José Luis Morea quien presidirá la misma como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos, la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Modificar la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación de la presente -------------------- contratación, resultando de la siguiente manera: el Ing. José Luis Morea quien presidirá la misma como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos; la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ----------------------------------------------
ARTICULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase al Área Compras a fin de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.------------------------------
RESOLUCION 803-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Servicios, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-500-184 de fecha 23/09/21 solicita la adquisición de repuestos para electrobombas GRUNDFOS S3.135.600 instaladas en el sistema de bombeo principal de la EDAR dado que uno de los 6 equipos instalados presenta un informe de fallas y ha quedado fuera de servicio y los kit de reparación son para efectuar las tareas de mantenimiento que resulten necesarias dada la proximidad de la época estival, solicitando sea adjudicada de forma urgente y directa a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la provisión del material requerido, siendo esta firma la filial local de la firma GRUNDFOS , fabricante del equipo y proveedor oficial de repuestos originales;
Que el Área Contaduría, con fecha 04/10/21, sin encontrar objeciones, procede a imputar la Solicitud Nº 3-500-184 enmarcando la misma en el Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM, los cuales establecen: “Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: … 1° Cuando se trate de artículos de venta exclusiva. … 6° La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general.”
Que la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. presenta Pliego de Bases y Condiciones completo y firmado, cotizando la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44);
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 ------------------ de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS”. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la --------------------Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial.-------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Adjudicataria -------------------que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. -------------------
ARTICULO 4°: El plazo de Entrega será dentro de los TREINTA Y CINCO (35) días corridos de ------------------- notificada la Orden de Compra.----------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.---------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras ------------------ a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase----------------------------
RESOLUCION 804-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 360-C-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Contratación Directa Art 132 Inc. f) LOM N° 01/21: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-123 de fecha 12/07/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle JARA 2098 Y OTROS, adjuntando: Presupuesto Oficial, Memoria Descriptiva y Especificaciones Técnicas Particulares;
Que, el área Contaduría procede a imputar la contratación en el marco del procedimiento de LICITACION PRIVADA, conforme al Art. 133 L.O.M;
Que, se ha cumplido con las formalidades del 1º y 2º llamado a Licitación Privada Nº 17/21, autorizado por Resoluciones Nº 547/21 de fecha 05/08/21 y Nº 615/21 de fecha 25/08/21, respectivamente, declarándose ambos fracasados por inexistencia de ofertas;
Que, mediante Resolución Nº 676/21 de fecha 13/09/21 se autoriza la realización de una Contratación Directa, encuadrando la misma en el marco del Art. 132 Inc. f) de la L.O.M., el cual en su parte pertinente establece: “…Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:… f) Se haya realizado una licitación y no haya habido proponentes o no se hubieren hecho ofertas convenientes…”. Asimismo, se aprueba modificar el Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la cláusula de la Capacidad Técnica Financiera;
Que, aún luego de haberse realizado modificaciones al pliego de bases y condiciones y, habiéndose cumplido las formalidades del llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) L.O.M. Nº 01/21, únicamente presentó oferta la firma SAAVEDRA PARK, la cual cotiza un total de $3.593.561,00 superando el Presupuesto Oficial en un 28%. Habiendo solicitado mejora, la misma manifiesta la imposibilidad de reducir sus valores ofertados originalmente en virtud de, entre otras causas, los altos costos que surgen de la necesidad de realizar un contrato de representación técnica con un ingeniero ya que poseen un arquitecto en planta permanente;
Que, visto que aún con las modificaciones realizadas al Pliego de Bases y Condiciones no se presentan ofertas convenientes a los intereses de OSSE, la Gcia. de Compras y Suministros, mediante nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/21), realiza consulta al Área Contaduría a fin indique si comparte el criterio de adecuar el pliego de bases y condiciones a los requisitos que se solicitan para las Obras de Menor Envergadura. En respuesta, la Contaduría informa a fs. 313 que se podrían realizar dichas modificaciones, teniendo en consideración la doctrina sentada por el Honorable Tribunal de Cuentas;
Que, mediante Resolución Nº 758/21 de fecha 14/08/21, se aprueba la realización de un NUEVO LLAMADO para la Contratación Directa de referencia, trazando para ésta los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Mejor Envergadura;
Que, según Acta de Apertura de fecha 26/10/21 ha presentado oferta para el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) L.O.M. Nº 01/21, la firma SAAVEDRA PARK S.R.L., la cual cotiza la suma total de $3.367.486,00 superando el Presupuesto Oficial en un 19.98%, Sin perjuicio de lo expuesto, esta Gcia. Observa que, con fecha 29/09/21, la Gcia. de Producción, solicita a la Gcia. de Obras la actualización del Presupuesto Oficial, ascendiendo el mismo a la suma de $2.925.064,96 (fs. 282). En consecuencia, la oferta presentada por la firma oferente resulta un 15,12% por encima del presupuesto Oficial actualizado;
Que, con fecha 26/10/21 la Gcia. de Producción se expide respecto a la oferta presentada, concluyendo que, visto que la presente contratación tiene un plazo de ejecución de 75 días corridos y teniendo en consideración el actual impacto inflacionario, la misma resulta conveniente a los intereses de OSSE, solicitando la adjudicación a la brevedad;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” a la firma SAAVEDRA PARK S.R.L. por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($3.367.486,00) por ser su propuesta conveniente y cumplir con lo solicitado en el P. B y C.;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes a partir de fs. 316 del expediente Nº 360-C- -------------------- 2021 Cpo. 02 referente al Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”. -----------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la ------------------- L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” a la firma SAAVEDRA PARK S.R.L. por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($3.367.486,00) por ser su propuesta conveniente y cumplir con lo solicitado en el P. B y C. -------------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la SAAVEDRA PARK ------------------- S.R.L. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la SAAVEDRA PARK ------------------ S.R.L. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 19 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. ----
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 75 días corridos ------------------- a partir de la firma del acta de inicio de obra.-----------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 805-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 a 03 referente a la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 759/21 de fecha 14/10/2021 (fs. 368) se declararon admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO ESTEBAN,
ISTRIA S.A. y ROCMA S.R.L., procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) con fecha 19 de Octubre de 2021 según consta en Acta de fs. 372;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, en Acta de Reunión de fecha 20/10/21 (fs. 496) informa que habiéndose procedido a la apertura del Sobre Nº 2 de la licitación que cuenta con un Presupuesto Oficial (Julio de 2021) de $ 28.166.986,61, que contiene la “Propuesta Económica” de los Oferentes ROCMA S.R.L, CONSTRUCTORA PABLO ROMERO e ISTRIA S.A se da lugar a analizar el contenido de cada propuesta. Las firmas ROCMA S.R.L, CONSTRUCTORA PABLO ROMERO e ISTRIA S.A han dado cumplimiento con toda la documentación exigida en el P.B.C. El siguiente cuadro presenta Orden de Prelación, confeccionado con los montos totales de las Ofertas admisibles con y sin los descuentos, con impuestos incluidos:
Las firmas ROCMA S.R.L y CONSTRUCTORA PABLO ROMERO han presentado la documentación en forma correcta no habiendo observaciones que formular. La firma ISTRIA S.A al momento de presentar la planilla de cotización incluye una copia transcripta en donde consigna para el Ítem 5.6 Empalme a redes secundarias la cantidad de 8 unidades cuando el Presupuesto Oficial señala desarrollar 6 unidades. Es así que se procedió a re calcular la oferta. Surgiendo de ese recalculo el siguiente orden de prelación:
El recalculo de la oferta de la firma ISTRIA S.A no modifica el orden de prelación sugerido por la Comisión. Sin perjuicio de la recomendación del orden de mérito, sugerido por la Comisión, la firma que resulte preadjudicataria deberá presentar los Análisis de precio y Planilla de Cotización ajustada con el descuento ofrecido;
Que la firma ISTRIA S.A. presenta Análisis de Precios y Planilla de cotización ajustada con el descuento ofrecido, ello según actuaciones obrantes de fs. 498 a 504 ambas inclusive. En efecto, a fs. 506 el Subgerente de Obras concluye que la oferente se ajusta plena y satisfactoriamente a lo solicitado;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación y a lo informado por el Subgerente de Obras recomienda: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 18/21 “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” a la firma ISTRIA SA en su Oferta con descuento por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 31/100 ($22.032.473,31) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $28.166.986,61;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 369 del Expediente N° 359-
------------------- O-2021 Cpos. 01 a 03 referente a la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1”.----------------------
ARTICULO 2°: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 18/21 “PLAN FUGA CERO –
------------------- RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” a la firma ISTRIA SA en su Oferta con descuento por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 31/100 ($22.032.473,31) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $28.166.986,61.--------------------------------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE ------------------- CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” será de 180 (CIENTO OCHENTA) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.-------------------------------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Preadjudicataria ------------------ que dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ---------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ----------------- Garantía de Mantenimiento de Oferta de las firmas: ROCMA SRL según Recibo N° 216 de fecha 15/09/21 (fs. 302) y ROMERO PABLO ESTEBAN según Recibo N° 218 de fecha 16/09/21 (fs. 304).---------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y --------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 806-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la solicitud de Licencia sin Goce de Haberes presentada por el agente Estefanía FERNANDEZ (CI 1243); y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente peticiona el uso de Licencia sin Goce de Haberes por cuestiones de índole estrictamente personal, a partir del día 11 de noviembre de 2021 por el término de 1 (un) año;
Que ingresó en planta permanente en Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado el día 15/09/2017;
Que de acuerdo a lo informado por el Gerente General de Grandes Consumidores, las tareas del agente podrán ser redistribuidas y ejecutadas por el personal de la Gerencia;
Que el Gerente de Recursos Humanos pone de manifiesto que la Gerencia ha requerido personal para cumplimentar el servicio asignado a la dependencia, con lo cual no correspondería acceder a lo solicitado, se han tomado en consideración los motivos esgrimidos por la trabajadora, autorizándose excepcionalmente la licencia por un plazo de un (1) año;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Conceder Licencia sin Goce de Haberes al agente Estefanía FERNANDEZ -------------------(CI 1243), dependiente de la Gerencia General de Grandes Consumidores, desde el día 11 de noviembre de 2021 al 10 de noviembre de 2022, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Tomar conocimiento el interesado que, a partir de la fecha de la ---------------------notificación de la presente y en virtud del carácter que reviste el beneficio otorgado, queda en suspenso durante el término de dicha licencia los aportes previsionales y los correspondientes a la asistencia médico farmacéutica y seguros de vida, debiendo tramitar ante las prestadoras de dichos servicios su continuidad o en su caso la baja conforme lo considera pertinente.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al registro de resoluciones, comuníquese y cúmplase.-------------------
RESOLUCION 807-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al Jefe del Departamento de Presupuestos, Gráfica y Datos Estratégicos, dependiente de la Gerencia de Obras, Oscar Enrique RODRIGUEZ (CI 256), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX; y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente se ausentará durante el período comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Martín Oscar MARTELO (CI 619), Jefe del Área Cómputos y Presupuesto, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir en forma transitoria el cargo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Martín Oscar --------------------MARTELO (CI 619), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, en la firma y despacho de la Jefatura del Departamento de Presupuestos, Gráfica y Datos Estratégicos, dependiente de la Gerencia de Obras, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX, desde el día 08 de noviembre de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al ---------------------objeto del gasto 1. 1. 5. 02. “Bonificación por Reemplazos”.---------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------- corresponda. - Cúmplase.----------------------------------------------------------
RESOLUCION 808-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Sr. Gerente de Calidad Lic. Marcelo Omar SCAGLIOLA (CI 396), y;
CONSIDERANDO
Que el Sr. Gerente se ausentará durante el periodo comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 al 19 de noviembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia de Calidad, sin las funciones asignadas por Resolución Nº 443/18;
Que el agente Gabriela VON HAEFTEN (CI 686) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, designada a cargo de la Jefatura del Laboratorio de Aguas de la Gerencia de Calidad, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de Gerente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXII;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que asimismo corresponde encomendar al agente reemplazante el manejo de la Caja Chica de la Gerencia asignado por Resolución Nº 694/20, durante el período indicado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º : Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Gabriela ----------------------VON HAEFTEN (CI 686) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, Jefe del Laboratorio de Aguas de la Gerencia de Calidad, en la atención y firma del despacho de la Gerencia de Calidad, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII, sin las funciones asignadas por Resolución Nº 443/18, durante el periodo comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 al 19 de noviembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------
ARTICULO 2º : No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3º: Encomendar el manejo de la Caja Chica de la Gerencia de Calidad -------------------- asignado por Resolución Nº 694/20, por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto ------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.----------------------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 809-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio puestas de manifiesto por la Gerencia de Producción, y;
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.446), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.446);
Que la Gerencia de Producción ha manifestado la posibilidad de modificar el lugar operativo de prestación de servicio de los agentes Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional” y Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional”, fundado en cuestiones operativas y de índole personal de los involucrados;
Que la Gerencia de Recursos Humanos ha evaluado la oportunidad y conveniencia de atender dicha solicitud, constatando que la reubicación no resentirá la normal prestación del servicio de desagües cloacales ni la operatividad tanto de Base Norte como de Base Sur y que favorecerá la calidad de vida de los trabajadores, no causándoles ningún perjuicio de carácter material ni moral;
Que a tal fin Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional” presta su consentimiento para renunciar al concepto “Adicional Retén” y adherirse al régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes, en el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asiento en Base Sur -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Asimismo el agente Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional” presta su consentimiento para prestar servicio al Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Norte, manteniendo su actual situación escalafonaria -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar a partir del día 1° de Noviembre de 2021 al equipo de trabajo -------------------del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Sur -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional”, en el régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes.-------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Incorporar a partir del día 1° de Noviembre de 2021 al equipo de trabajo --------------------del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Norte, -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional”, manteniendo su actual situación escalafonaria.-----------------------
ARTICULO 3º: Aceptar la renuncia del agente Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función -------------------MOPF “MedioOficial Polifuncional” al concepto “Adicional Retén”.-------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias -----------------que pudieren corresponder.----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.------------------
RESOLUCION 810-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la renuncia presentada por María Susana ROLDÁN(CI568);para acogerse al beneficio previsional y
CONSIDERANDO
Que en fecha 21/10/2021 se recibió Telegrama TCL 978 enviado el 20/10/2021 por María Susana ROLDÁN (CI 568); donde comunica su renuncia partir del día 01/12/2021 para acogerse a beneficio previsional (Art. 240 LCT);
Que el trabajador ha optado por acogerse al régimen previsto en Ley 12.950 y sus modificatorias (Anticipo Jubilatorio), lo que supone el cumplimiento de los recaudos necesarios para la obtención de beneficio previsional del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS);
Que sin que implique asumir responsabilidad por la verificación de los requisitos respectivos, corresponde aceptar la renuncia comunicada a efectos del inicio de los trámites jubilatorios ante dicho organismo;
Que corresponde autorizar al Sr. Presidente de OSSE a celebrar con el trabajador Convenio de Anticipo Jubilatorio, cuyo texto se aprueba en Anexo I;
Que de acuerdo a lo previsto en Ley 12.950 y sus modificatorias a partir del mes siguiente a que el trabajador deje de percibir haberes como trabajador activo; OSSE abonará a aquel en concepto de Anticipo Jubilatorio un importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de la remuneración mensual correspondiente a su categoría y jornada al momento de su baja, incluyendo el sueldo anual complementario (SAC), el que será actualizado de conformidad a la paritaria vigente de cada año calendario hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional por parte del IPS. Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo, y serán deducidas por IPS al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes;
Que corresponde autorizar a Contaduría a abonar al trabajador su liquidación final, comprensiva -de corresponder- de: el beneficio establecido en el Art. 76º de la CCT 57/1975 para el personal dado de baja al acogerse a la jubilación ordinaria; indemnizaciones sustitutivas de licencias no gozadas de conformidad con lo establecido en Art. 9º inc. “c” de la CCT 57/75; y aguinaldo proporcional (Art. 123 LCT);
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2021, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia comunicada por María Susana ROLDÁN-----------------------DNI 10.590.867Función Encargado Oficial Polifuncional EOPF a partir del 01/12/2021 para acogerse al beneficio previsional. -------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Sr. Presidente de OSSE a celebrar con el trabajador --------------------Convenio de Anticipo Jubilatorio, cuyo texto se aprueba en Anexo I.--------
ARTICULO 3º:Autorizar a la Contaduría a abonar al trabajador su liquidación final ---------------------comprensiva -de corresponder- de: el beneficio establecido en el Art. 76º de la CCT 57/1975 para el personal dado de baja al acogerse a la jubilación ordinaria; indemnizaciones sustitutivas de licencias no gozadas de conformidad con lo establecido en Art. 9º inc. “c” de la CCT 57/75; y aguinaldo proporcional (Art. 123 LCT).-------------------
ARTICULO 4º:Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes -------------------presupuestados para el año 2021 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan. --------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 GERENCIA GENERAL DE GRANDES CONSUMIDORES; Categoría Programática 03.00.08ATENCIÓN AL CLIENTE y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, notifíquese y cúmplase. --------------------
RESOLUCION 811-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
CONVENIO DE ANTICIPO JUBILATORIO
Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO, en adelante OSSE, representada en este acto por el presidente del Directorio Arq. CARLOS ALBERTO KATZ, DNI16.593.363 por una parte, y la Sra. MARÍA SUSANA ROLDAN, DNI Nº10.590.867,en adelante EL BENEFICIARIO por la otra parte, acuerdan en celebrar el presente Convenio de Anticipo Jubilatorio.
PRIMERA: Habiendo cesado en su condición de trabajador activo por renuncia a efectos del inicio de trámite jubilatorio, y manifestando cumplir los recaudos necesarios para la obtención de beneficio previsional del Instituto de Previsión en de la Provincia de Buenos Aires, en adelante IPS, el BENEFICIARIO en este acto solicita expresamente acogerse a los beneficios establecidos en Ley 12.950 y sus modificatorias.
SEGUNDA: En consecuencia, de acuerdo a lo previsto en la normativa aplicable, a partir del mes siguiente a que el BENEFICIARIO deje o hubiere dejado de percibir haberes como trabajador activo; OSSE abonará a aquel en concepto de Anticipo Jubilatorio un importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de la remuneración mensual correspondiente a su categoría y jornada al momento de su baja, incluyendo el sueldo anual complementario (SAC), el que será actualizado de conformidad a la paritaria vigente de cada año calendario hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional por parte del IPS.
TERCERA: Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo y, una vez concedido el beneficio jubilatorio, serán deducidas por IPS al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes, depositando en la cuenta de OSSE los aportes pagados por ésta y abonando el saldo al BENEFICIARIO.-
CUARTA: En caso de que la liquidación del retroactivo no alcanzare a cubrir la totalidad de anticipos abonados por OSSE, el BENEFICIARIO no será incorporado en Planillas de Pago del IPS hasta tanto se produzca tal cobertura por acumulación de haberes jubilatorios no liquidados. Ello a efectos de su transferencia por IPS a OSSE.
QUINTA: En caso de que el IPS omita efectuar las retenciones sobre el retroactivo o los haberes mensuales mencionadas en las cláusulas tercera y cuarta, el BENEFICIARIO resultará responsable personalmente por la devolución a OSSE de las sumas abonadas en concepto de anticipo jubilatorio, debiendo hacerlo dentro del plazo de 48 horas de cada percepción indebida. En caso de mora se devengará un interés compensatorio aplicándose una tasa de interés equivalente a la que perciba el IPS de los deudores por contribuciones previsionales.
SEXTA: En caso de denegatoria o rechazo del beneficio jubilatorio por parte del IPS el BENEFICIARIO deberá restituir a OSSE los fondos por ella abonados en concepto de anticipo jubilatorio con más los intereses compensatorios devengados desde cada pago, aplicándose la tasa de interés indicada en la cláusula anterior.
SÉPTIMA: Para todos los fines legales EL BENEFICIARIO constituye domicilio especial en la calle ROSALES LEONARDO Nº6621 de Mar del Plata y domicilio electrónico MSUROLDAN@GMAIL.COM y OSSE domicilio especial en calle French Nº 6737 – Piso 2º - de Mar del Plata y domicilio electrónico RECHUMANOS@OSMGP.GOV.AR, y se someten las partes a los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Mar del Plata, competentes para atender en los hechos o cuestiones que se susciten, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares en la ciudad de Mar del Plata a los …29….días del mes de OCTUBRE………… del año …2021..-
RESOLUCION 811-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto el informe elaborado por el Sr. Tesorero, obrante en expediente digital N° 545-T-2006; y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al Procedimiento para la destrucción de comprobantes de recaudación aprobado como Anexo II mediante Resolución de Directorio 778/12, el Sr. Tesorero informa listado de comprobantes que se encuentran en condiciones de ser dados de baja por haber cumplimentado el tiempo de 10 años de guarda;
Que en el mencionado listado se encuentran diferentes comprobantes correspondientes a los años 1997 al 2010;
Que de acuerdo a las indicaciones del Archivo histórico de la Provincia de Buenos Aires estos comprobantes no revisten valor histórico ni estadístico, pero de igual manera se deja una muestra por año para contribuir con una futura investigación histórica;
Que para cumplimentar con el Procedimiento se dará intervención a la Jefatura del Archivo General - Sra. Jefa de Mesa General de Entradas, a los efectos de coordinar con la Unidad de Gestión Ambiental, dependiente de la Gerencia de Calidad el retiro, traslado, destrucción, confección de Acta que deberá ser avalada por la mencionada Jefatura y recepción del certificado de destrucción extendido a los efectos;
Que la Unidad de Gestión Ambiental cuenta con convenio vigente para la recepción y destrucción de papel en el marco del Proyecto Interno de Reciclado de Papel;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24672 del Honorable concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Autorizar a dar de baja la documentación cuyo listado obra cono Anexo I ---------------------de la presente, en las condiciones Reglamentadas en la Resolución de Directorio 778/12.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°: Autorizar a la Unidad de Gestión Ambiental, dependiente de la Gerencia ---------------------de Calidad a realizar las acciones tendientes a la destrucción de la documentación, solicitando el certificado correspondiente.---------------------------------------
ARTÍCULO 3°: Encomendar a la Jefatura del Archivo General – Sra. Jefa de Mesa ---------------------General de Entradas y la Jefatura de la Unidad de Gestión Ambiental la coordinación, supervisión y cumplimiento de las tareas encomendadas.------------------------
ARTÍCULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 812-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
DOCUMENTACION PARA DESTRUIR |
||||
Incluye boletas, ordenes de pago y documentación hasta el año 2010 inclusive. Total: 150 cajas |
||||
Nº CAJA NUEVO |
CAJA Nº |
DETALLE |
MES |
AÑO |
26 |
552 |
Convenios:1al 8 |
|
1997 |
27 |
553 |
SERVICIO MEDIDO |
|
1998/1999 |
28 |
554 |
Convenios:9 al 12 |
|
1997 |
29 |
555 |
Convenios:13 al 16 |
|
1997 |
30 |
556 |
Convenios:17 al 20 |
|
1997 |
31 |
557 |
Convenios:21 al 24 |
|
1997 |
32 |
558 |
Convenios:25 al 28 |
|
1997 |
33 |
559 |
Convenios: 29 al 32 |
|
1997 |
34 |
560 |
Convenios: 33 al 36 |
|
1997 |
35 |
561 |
Convenios: 37 al 40 |
|
1997 |
36 |
562 |
Convenios: 41 al 44 |
|
1997 |
37 |
563 |
Convenios: 45 al 48 |
|
1997 |
38 |
564 |
Convenios: 49 al 52 |
|
1997 |
39 |
565 |
Convenios: 53 al 56 |
|
1997 |
40 |
566 |
Convenios: 57 al 60 |
|
1997 |
42 |
573 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
43 |
574 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
44 |
575 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
48 |
601 |
Boletas días: 05-06-09-10 y 11 |
septiembre |
2002 |
123 |
1071 |
Notas MEP Bco Credicoop |
|
2003 |
|
|
Boletas de deposito - 2004 / 2005 |
enero/sept - |
2004 |
|
|
Cheques anulados - Año 2000 |
|
2000 |
|
|
Copias P.F. Agosto a Noviembre 2003 |
agosto/nov. |
2003 |
270 |
1218 |
Boletas días: 16-19-20-21-23-26-27-28-29-30/Todo diciembre/todo enero ´08/01-04-05-06-07-08-11-12-13-14-15-18-19-20-21-22 |
nov/dic/enero/febrero |
2007/2008 |
275 |
1223 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
enero a abril |
2008 |
284 |
1232 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
enero a marzo |
2008 |
311 |
1259 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
abril a mayo |
2008 |
312 |
1260 |
Boletas días: 25-26-27-28 y 29/Todo marzo a junio |
feb./mar/abril/ |
2008 |
313 |
1261 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
junio a julio |
2008 |
314 |
1262 |
Desacreditaciones 2002-2006. Errores de acred. Y cierres de caja nov.-dic./05 y 2008 |
|
|
318 |
1266 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
agosto-setiembre |
2008 |
319 |
1267 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
octubre-noviembre |
2008 |
320 |
1268 |
PAGOS VISTOS RESUELTOS 2008 - LISTADO PAGOS VISTOS 2008 |
|
2008/2009 |
321 |
1269 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
mayo a agosto |
2008 |
322 |
1270 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
sept. a diciembre |
2008 |
323 |
1271 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
enero a abril |
2009 |
324 |
1272 |
O.P. 2008 Extrapres. 1 a 120 / Ejerc. Anter. 1 a 120 |
O.P. (77 y 78) |
2008 |
325 |
1273 |
Boletas días: todo |
nov. a marzo |
2008/2009 |
326 |
1274 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
mayo a septiembre |
2009 |
327 |
1275 |
Comprob. Ing.Vs.ANULADOS AÑO 2006 (40980-41083-41096-41097) |
Comprobantes |
2006 |
328 |
1276 |
Tira Testigo Timbradora AÑO 2008 (Enero a Octubre Completo) |
Comprobantes |
2008 |
329 |
1277 |
O.P. 2008 - Ejerc. Anteriores 120 a 305 |
Ej.Ant. 120 a 305 |
2008 |
330 |
1278 |
O.P. 2008 - (21) 1 a 151 |
O.P. 1 a 151 |
2008 |
331 |
1279 |
O.P. 2008 - (21) 152 a 300 |
O.P. 152 a 300 |
2008 |
332 |
1280 |
O.P. 2008 - (21) 301 - 460 |
O.P. 301 a 460 |
2008 |
333 |
1281 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
marzo-mayo |
2009 |
334 |
1282 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
dic./enero-feb. |
2008/2009 |
335 |
1283 |
O.P. (21) 461 a 625 |
O.P. 461 a 625 |
2008 |
336 |
1284 |
O.P. 2008 - (21) 626 a 799 |
O.P. 626 a 799 |
2008 |
337 |
1285 |
O.P. 2008- (21) - 800 a 1000 |
O.P. 800 a 1000 |
2008 |
338 |
1286 |
O.P. 2008 - (21) 1001 a 1177 |
O.P. 1001 a 1177 |
2008 |
339 |
1287 |
O.P. 2008 - (21) 1178 a 1350 |
O.P. 1178 a 1350 |
2008 |
340 |
1288 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
junio-julio |
2009 |
341 |
1289 |
Boletas días: todo |
abril a julio |
2009 |
342 |
1290 |
Tarjetas de Crédito y Débito 2002-Transferencias Bco. Pcia. 2007-Comisiones Bcos.Particulares 1ºsemestre´99 |
|
|
344 |
1292 |
Año 2007 - O.P. 3461 a 3560 - Año 2008: Extrapres. 121 a 326 |
O.P. y O.P. Extrap. |
2007/08 |
345 |
1293 |
Año 2007 - O.P. 3561 a 3611 - Año 2008: Extrapres. 327 a 566 |
O.P. y O.P. Extrap. |
2007/08 |
346 |
1294 |
Año 2008 - O.P. 1351 a 1509 |
O.P. 1351-1509 |
2008 |
347 |
1295 |
Año 2008 - O.P. 1510 a 1656 |
O.P. 1510-1656 |
2008 |
348 |
1296 |
Año 2008 - O.P. 1657 a 1870 |
O.P. 1657-1870 |
2008 |
349 |
1297 |
Año 2008 - O.P. 1871 a 2220 |
O.P. 1871-2220 |
2008 |
350 |
1298 |
Año 2008 - O.P. 2221 a 2490 |
O.P. 2221 a 2490 |
2008 |
351 |
1299 |
Año 2008 - O.P. 2491 a 2781 |
O.P. 2491 a 2781 |
2008 |
352 |
1300 |
Año 2008 - O.P. 2782 a 3067 |
O.P. 2782 a 3067 |
2008 |
353 |
1301 |
Documentacion de Respaldo Bco. Particulares |
agosto/set. |
2009 |
358 |
1306 |
Documentacion de Respaldo Bco. Particulares |
octubre-diciembre |
2009 |
359 |
1307 |
Extractos bancarios (88/8-183/6-195/9-198/0-237/2-258/7-270/9-283/9-284/6-319/1-341/2-493/4-645/9-45141/9-45142/6-45147/1-45282/5-45469/2-47685/4-50617/1-55761/7-55762/5-55763/3-350123146/3) |
|
|
360 |
1308 |
Tira Testigo Timbradora AÑO 2008 (Noviembre a Diciembre Completo) |
|
2008/2009 |
361 |
1309 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
enero-marzo |
2010 |
362 |
1310 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
abril-junio |
2010 |
363 |
1311 |
O.P. 3068 A 3352 - AÑO 2008 |
|
2008 |
364 |
1312 |
O.P. 3353 A 3696 - AÑO 2008 |
|
2008 |
365 |
1313 |
O.P. 3697 A 4008 - AÑO 2008 |
|
2008 |
368 |
1316 |
O.P. 405 A 683 - AÑO 2009 |
|
2009 |
369 |
1317 |
O.P. 684 A 1006 - AÑO 2009 |
|
2009 |
370 |
1318 |
O.P. 1008 A 1279 - AÑO 2009 |
|
2009 |
371 |
1319 |
O.P. 1280 A 1595 - AÑO 2009 |
|
2009 |
373 |
1321 |
O.P. 1871 A 2095 - AÑO 2009 |
|
2009 |
374 |
1322 |
O.P. 2096 A 2365 - AÑO 2009 |
|
2009 |
375 |
1323 |
O.P. 2366 A 2601 - AÑO 2009 |
|
2009 |
376 |
1324 |
O.P. 2602 A 2913 - AÑO 2009 |
|
2009 |
377 |
1325 |
O.P. 2914 A 3196 - AÑO 2009 |
|
2009 |
380 |
1328 |
O.P. 3197 A 3485 - AÑO 2009 |
|
2009 |
381 |
1329 |
O.P. 3486 A 3715 - AÑO 2009 |
|
2009 |
382 |
1330 |
O.P. 3716 A 4006 -AÑO 2009 |
|
2009 |
383 |
1331 |
O.P. 4007 A 4266 - AÑO 2009 |
|
2009 |
384 |
1332 |
O.P. 4267 A 4495 - AÑO 2009 |
|
2009 |
385 |
1333 |
O.P. 4496 A 4723 - AÑO 2009 |
|
2009 |
386 |
1334 |
O.P. 4724 A 4903 - AÑO 2009 |
|
2009 |
387 |
1335 |
O.P. 4904 A 5075 - AÑO 2009 |
|
2009 |
388 |
1336 |
O.P. 5076 A 5235 - AÑO 2009 |
|
2009 |
389 |
1337 |
O.P. 5236 A 5412 - AÑO 2009 |
|
2009 |
390 |
1338 |
O.P. EXTR. 1 A 105 - LIQ. DEV. 1 A 10 - OP EJ.ANT. 1 A 170 |
|
2009 |
391 |
1339 |
CANC. EJEC. ANTERIORES O.P. 171 A 287 - AÑO 2009 |
|
2009 |
392 |
1340 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
Octubre 2009 a enero 2010 |
2009/2010 |
393 |
1341 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
febrero a mayo |
2010 |
394 |
1342 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
junio a Sept. |
2010 |
395 |
1343 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
Julio a Sept. |
2010 |
396 |
1344 |
Boletas Caja 301 (Sept. Y Oct.) Año 2009 Acred.-reacred y Cierre de Caja Año 2009 |
|
2009 |
398 |
1346 |
O.P. 5413 a 5589 - AÑO 2009 |
|
2009 |
399 |
1347 |
O.P. 5590 a 5749 - AÑO 2009 |
|
2009 |
400 |
1348 |
O.P. 5750 a 5914 - AÑO 2009 |
|
2009 |
401 |
1349 |
O.P. 5915 a 6085 - AÑO 2009 |
|
2009 |
402 |
1350 |
CANC. EJERC. ANTERIORES O.P. 001 A 170 - AÑO 2010 |
|
2010 |
403 |
1351 |
CANC. EJERC. ANTERIORES OP. 171 A 295 - AÑO 2010 |
|
2010 |
404 |
1352 |
CANC. EJERC. ANTER. OP. 296 A 382 - OP. 1 A 114 - AÑO 2010 |
|
2010 |
405 |
1353 |
O.P. 115 A 289 - AÑO 2010 |
op 115-289 |
2010 |
406 |
1354 |
OP. 290 A 434 - AÑO 2010 |
op 290-434 |
2010 |
407 |
1355 |
OP. 435 A 615 - AÑO 2010 |
op 435-615 |
2010 |
408 |
1356 |
OP. 616 A 774 - AÑO 2010 |
op 616-774 |
2010 |
409 |
1357 |
OP. 775 A 929 - AÑO 2010 |
op 775-929 |
2010 |
410 |
1358 |
OP 930 A 1094 - AÑO 2010 |
op 930-1094 |
2010 |
411 |
1359 |
OP 1095 A 1264 - AÑO 2010 |
op 1095-1264 |
2010 |
412 |
1360 |
OP 1265 A 1419 - AÑO 2010 |
op 1265-1419 |
2010 |
413 |
1361 |
PAGOS VISTOS RESUELTOS 2010 |
|
2010 |
414 |
1362 |
OP. 1420 A 1599 - AÑO 2010 |
op 1420-1599 |
2010 |
415 |
1363 |
O.P. 1600 A 1784 - AÑO 2010 |
op 1600-1784 |
2010 |
417 |
1365 |
Doc. Respaldo Bco. Pcia. (2005/2006/2007) Planillas Tarjetas Créd./Deb. (CAJA 301) |
Mayo a Dic |
2010 |
419 |
1367 |
BALANCES DIARIOS |
Enero a Marzo |
2009 |
420 |
1368 |
BALANCES DIARIOS |
Abril a Junio |
2009 |
421 |
1369 |
BALANCES DIARIOS |
Julio a Sept. |
2009 |
422 |
1370 |
BALANCES DIARIOS |
Dic. 2009 Enero a Feb. 2010 |
2009/2010 |
423 |
1371 |
BALANCES DIARIOS |
Marzo a Mayo |
2010 |
424 |
1372 |
BALANCES DIARIOS |
Junio a Agosto |
2010 |
425 |
1373 |
BALANCES DIARIOS |
Sept. a Noviembre |
2010 |
429 |
1377 |
OP. 2010 - 1785 A 1965 |
OP 1785 A 1965 |
2010 |
430 |
1378 |
OP. 2010 - 1966 A 2114 |
OP 1966 A 2114 |
2010 |
431 |
1379 |
OP. 2010 - 2115 A 2295 |
OP 2115 A 2295 |
2010 |
432 |
1380 |
OP. 2010 - 2296 A 2450 |
OP 2296 A 2450 |
2010 |
433 |
1381 |
OP. 2010 - 2451 a 2614 |
OP 2451 A 2614 |
2010 |
434 |
1382 |
OP. 2010 - 2615 a 2785 |
OP 2615 A 2785 |
2010 |
435 |
1383 |
OP. 2010 - 2786 A 2966 |
OP 2786 A 2966 |
2010 |
436 |
1384 |
OP. 2010 - 2967 A 3160 |
OP 2967 A 3160 |
2010 |
437 |
1385 |
Boletas de Depósito (originales) Notas Bco. Pcia. 2003/2008 |
|
2007-2008-2009 |
438 |
1386 |
Notas Asuntos Juridicos 2007/2008 Notas Bco. Pcia. 2007/2008/2009 Notas Contaduria 2004 al /2009 |
|
|
439 |
1387 |
Notas Asuntos Jurídicos 2009 Facturas Bapro Medios de Pago del 2003al 2009 Facturas Gire del 2004 al 2009 Facturas Pago Facil del 2003 al 2007 |
|
|
440 |
1388 |
Ajustes Caja y Reingreso OP. 2006 Ajustes Caja 2007/2008 Acreditación y Cierre de Caja 2010 Resumen mensual VISA 11/2003-05/2004 |
|
|
441 |
1389 |
BALANCES DIARIOS |
Abril a Junio |
2008 |
443 |
1391 |
OP. 2010 - 3161 A 3359 |
OP 3161 A 3359 |
2010 |
444 |
1392 |
OP- 2010 - 3360 A 3570 |
OP 3360 A 3570 |
2010 |
445 |
1393 |
OP. 2010 - 3571 a 3765 |
OP 3571 A 3765 |
2010 |
446 |
1394 |
OP. 2010 - 3766 a 3940 |
OP 3766 A 3940 |
2010 |
447 |
1395 |
OP. 2010 - 3941 a 4100 |
OP 3941 S 4100 |
2010 |
450 |
1398 |
OP. 2010 - 4265 a 4435 |
op 4265 a 4435 |
2010 |
451 |
1399 |
OP. 2010 - 4101 a 4264 y 4436 a 4454 |
4101/4264 4436/4454 |
2010 |
462 |
1410 |
BALANCES DIARIOS 2008 |
|
2008 |
463 |
1411 |
BALANCES DIARIOS 2008 |
|
2008 |
464 |
1412 |
GARANTIAS DEVUELTAS 2003 A 2010 |
GTIAS DEVUELTAS |
2003-2010 |
468 |
1416 |
Extractos Bancarios Cta. Cte. 51334/0 |
|
2007/2008 |
|
547 |
Tiras Testigo de Timbradoras de Caja |
Enero-Julio |
2010 |
S/Nº |
|
Tarjetas Credito y Debito |
Nov |
2004 |
S/Nº |
|
OP 4151 - 4443 |
|
2005 |
S/Nº |
|
Comisiones Bancarias |
Mayo - Agosto |
2000 |
RESOLUCION 812-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Subgerente de Cobranzas de la Gerencia General de Grandes Consumidores, MORENO, Diego Alejandro (CI 507) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXI, y;
CONSIDERANDO
Que el agente solicita licencia ordinaria por el período comprendido entre los días 11 de noviembre del 2021 hasta el 19 de noviembre del 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia mencionada;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente IGLESIAS, Pablo Enrique (CI 402) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente IGLESIAS, ---------------------- Pablo Enrique (CI 402) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, durante el periodo comprendido entre los días 11 de noviembre del 2021 hasta el 19 de noviembre del 2021 inclusive, para la atención y firma del despacho de la Subgerencia de Cobranzas, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si este no cumpliera ----------------------efectivamente con el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-----------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al
-------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Bonificación por Reemplazo”.-------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda.
---------------------Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 813-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA 29/10/2021
Visto las tareas asignadas a la Gerencia General de Grandes Consumidores; y
CONSIDERANDO:
Que Matias Daniel FERRERO (CI 903) se encontró desarrollando -durante la irrupción del nuevo coronavirus (Covid 19)- el reemplazo transitorio dela Jefatura delSector “Verificaciones Técnico Comerciales”;
Que el titular del Area, Luis Alberto SCALELLA (CI 130) permaneció hasta el mes agosto inclusive, de licencia por prescripción médica;
Que habiéndose reincorporado a sus tareas iniciaráel trámite jubilatorio por lo cual el Sr. Gerente General de Grandes Consumidores ha evaluado la ventaja de designar permanentemente a quien fuera el reemplazante transitorio para evitar resentir el funcionamiento del servicio, -capacitando a un personal de conducción con el que no se podrá contar a mediano plazo, y a la vez recuperando su experiencia y trayectoria en la formación y capacitación del personal del Area-;
Queasimismo, en función del crecimiento de la demanda de tareas hacia el Sector, se evaluó incorporar al Sector al agente Roberto Maximiliano OLIVERA (CI 626), para desarrollar las tareas que a título enunciativo se detallan en el Anexo II -sin perjuicio de los cambios que se susciten en el futuro-;
Que el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º:Designar al agente Matias Daniel FERRERO (CI 903) en la Función P-07 ------------------ (“Personal de Conducción”) Clase XVI para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro, a cargo de la Jefatura del Sector “Verificaciones Técnico Comerciales”.-------------
ARTÍCULO 2º:Incorporar al equipo de trabajo del Sector enunciado precedentemente al ------------------- agente Roberto Maximiliano OLIVERA (CI 626), para desarrollar las tareas que a título enunciativo se detallan en el Anexo II -sin perjuicio de los cambios que se susciten en el futuro, manteniendo su actual situación escalafonaria.------------------------
ARTICULO 3°: Establecer que los cambios entrarán en vigencia a partir del primer día -------------------- del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------
ARTICULO 4°:Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.-------------------------------------------------------
ARTICULO 5°:Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------
RESOLUCION 814-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
JEFE DE SECTOR INSPECCION TECNICO COMERCIAL
Nivel Escalafonario: P-07(“Personal de Conducción”) Clase XVI
Dependencia Directa: Jefe de CatastroEconomico
Requerimiento para el cargo: Estudio Secundario Completoy antigüedad no menor a 3 años.
MISION
FUNCIONES
ANEXO II
INSPECTOR TECNICO COMERCIAL
Nivel Escalafonario: Oficial Polifuncional
Dependencia Directa: Jefe de Sector Verificaciones Técnico Comerciales
Requerimiento para el cargo: Estudio Secundario Completo
MISION
FUNCIONES
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 94/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 94/2021 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose presentado ofertas 03 (tres) firmas a saber: BOIERO S.A, XARE HOLDING S.A y ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. según surge del Acta de Apertura de Sobres de fecha 27/10/21;
Que las firmas BOIERO S.A, XARE HOLDING S.A y ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que habiendo analizado las ofertas recibidas la Gerencia de Producción concluye que todos los oferentes cumplen con lo solicitado por esa gerencia;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 94/2021 “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA” a la firma BOIERO S.A Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 104,75 al día 26/10/2021) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO 23/100 $237.931,23 con impuestos incluidos; por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $450.693,66;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 94/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA”.-----------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 94/2021 “ADQUISICION DE ----------------- VALVULAS MARIPOSA” a la firma BOIERO S.A Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 104,75 al día 26/10/2021) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON 23/100 $237.931,23 con impuestos incluidos; por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial ----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3: El plazo de entrega a los 20 (veinte) días corridos de notificada la Orden de ------------------Compra a la firma adjudicataria.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ----------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 815-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 450-C-2021 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-162 de fecha 17/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle Alberti 2598 (esq. Córdoba). Adjuntan: Presupuesto Oficial, Planilla de Cotización y Croquis de la Obra;
Que, con fecha 21/09/21, el Área Contaduría procede a realizar la imputación preventiva, encuadrando la contratación dentro del Art. 133 de la L.O.M. “Contratación Directa”;
Que la COOP. EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA presenta toda la documentación exigida en el Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones. Cotiza la suma total de $583.978,49 y ofrece un descuento especial del 5,8%, según Formulario Nº 2, resultando su oferta en un total de $550.107,73 con impuestos incluidos;
Que, con fecha 31/05/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, luego de haber analizado la oferta presentada, informa que la misma cumple con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gcia. de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)” a la COOP. DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SIETE CON 73/100 ($550.107,73) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial de $583.978,49;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente Nº 450-C-2021 Cpo. 01 ------------------- referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)”. -----------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a la COOP. EL -------------------- BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SIETE CON 73/100 ($550.107,73) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial. ----------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. EL BARRIO ----------------- EN SUS PUÑOS LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. EL BARRIO ----------------- EN SUS PUÑOS LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá presentar la documentación solicitada en el Art. 12 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones. ------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 30 días corridos ------------------ a partir de la firma del acta de inicio de obra.------------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 816-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION POSTAL AÑO 2022” - Licitación Pública N° 23/21 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia;
Que en virtud de lo dictaminado por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos respecto de evaluar las condiciones presentes en el art.12 de las Cláusulas Legales Particulares que responde a los convenios de redespacho, se solicitó a la Gerencia Generales de Grandes Consumidores dictamen al respecto. Con fecha 06/10/21 dicha Gerencia considera que se debe mantener el mencionado Artículo debido a que lo allí solicitado permite tomar conocimiento acerca de la firma que la oferente contrate y además permite también realizar los controles sobre el ámbito geográfico de distribución autorizados por la ENACOM, a la empresa que en definitiva realizará la distribución de la correspondencia de OSSE;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de la -------------------- Licitación Pública N° 23/21. -----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 23/21 referente al “SERVICIO DE -------------------- DISTRIBUCION POSTAL AÑO 2022” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros. -----------
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------Licitación Pública N° 23/21 integrada por el Sr. Moreno Diego quien presidirá la misma como titular y el Sr Leonardo Tonon como suplente ambos por la Gerencia General de Grandes Consumidores, la Lic Daiana Chica como titular y el CP Hernan Mingioni como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Graciela Leone como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. -----------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 741-2021
FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 89/21 referente a la “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 89/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 03 (tres) firmas a saber: SANCHEZ GUILLERMO PEDRO, MAMESI SRL y GRANET SA según surge del Acta de Apertura de fecha 28/09/2021;
Que todas las firmas se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Sistemas informa que las propuestas cumplen técnicamente con lo requerido. Con referencia a la nota presentada por GRANET SA indican que no hay impedimento para aceptar un plazo de entrega mayor al de la solicitud debido a las causas manifestadas;
Que en virtud de exceder las ofertas más económicas para el Renglón Nº 01 correspondiente a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO y para los Renglones Nº 05 y 06 correspondiente a la firma GRANET SA el Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones, se les solicitó una Mejora de Precios resultando, según Acta de Apertura de fecha 01/10/21, que la firma GRANET SA ofrece un descuento del 1.5 % y la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO manifiesta que le es imposible realizar mejora del precio;
Que si bien aún luego de solicitada la Mejora de Precios para los Renglones mencionados precedentemente las ofertas correspondientes a las firmas SANCHEZ GUILLERMO PEDRO y GRANET SA ($962.831,00) se encuentra, en promedio, un 13.23% por encima del Presupuesto Oficial de $850.334,20, esta Gerencia observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-602-54 se utilizó un Presupuesto de Mayo 2021 para el Renglón Nº 01 y de Agosto 2021 para los Renglones Nº 05 y 06. Al respecto, habiéndose invitado a 14 (catorce) empresas del ramo solo presentaron ofertas tres oferentes para el Renglón Nº 01 y un oferente para los Renglones Nº 05 y 06, sumado a los constantes aumentos de precios debido a la situación que atraviesa el país en virtud de la pandemia acaecida por la irrupción del COVID 19; a la necesidad de la Gerencia solicitante de contar con los equipos y siendo que en caso de realizar un Segundo llamado no habría certeza si se presentarías oferentes y los valores que cotizarían, resultaría conveniente adjudicar los Renglones antes mencionados en esta instancia;
Que si bien para los Renglones Nº 05 y 06 consta sólo una oferta válida la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";
Que el Artículo mencionado en el considerando anterior se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 89/2021 “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS” de la siguiente manera: a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO los renglones Nº 01, 02 y 03 en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($839.178,00) con impuestos incluidos y a la firma GRANET SA los renglones Nº 04 ,05 y 06 (Oferta Bienes Importados Tipo de cambio vendedor BNA de fecha 28/09/21 $103.75) en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($841.473,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($1.680.651,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $ 1.845.285,70;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 89/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS”.---------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 89/2021 “ADQUISICION IMPRESORAS y ----------------- CARTUCHOS” de la siguiente manera: a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO los renglones Nº 01, 02 y 03 en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($839.178,00) con impuestos incluidos y a la firma GRANET SA los renglones Nº 04 ,05 y 06 (Oferta Bienes Importados Tipo de cambio vendedor BNA de fecha 28/09/21 $103.75) en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($841.473,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($1.680.651,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de la misma por debajo del Presupuesto Oficial.--------------------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de entrega de la totalidad de los equipos objeto de la presente contratación ------------------- dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias--------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a las firmas GRANET SA y
------------------- SANCHEZ GUILLERMO PEDRO que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------ adjudicación propuesta indicada en el Artículo 2º.-------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.------------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministro ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----
RESOLUCION 742-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 463-C-2021 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-163 de fecha 20/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO), requiriendo que la presente obra no sea agrupada con otras de la misma naturaleza fundado ello en las distintas ubicaciones geográficas y su compleja logística. Adjuntan: Presupuesto Oficial, Planilla de Cotización, Memoria descriptiva y Gráficos;
Que, con fecha 23/09/21, el Área Contaduría realiza la Imputación Preventiva, encuadrando la contratación en el marco del Art. 133 de la L.O.M. “Contratación Directa”;
Que la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA presenta toda la documentación exigida en el Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones, según Acta de Apertura de fecha 30/09/21;
Que, con fecha 01/10/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, habiendo analizado la documentación presentada por la firma oferente, informa que la misma cumple con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 86/100 ($213.217,86) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente digital referente a la -------------------- la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” ---------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a firma COOP. DE ------------------ TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 86/100 ($213.217,86) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial. -------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE ------------------- TRABAJO DEL PARQUE LTDA que dentro de los 2 (DOS) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 18 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. -------
ARTÍCULO 4º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 30 días hábiles a ------------------ partir de la firma del acta de inicio de obra.--------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 743-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 31-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE N° 542/21 (fs. 551) de fecha 04/08/2021 se peadjudicó la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Que la firma preadjudicataria ha presentado la documentación requerida en el artículo 4º de la mencionada Resolución;
Que se instrumentó el procedimiento referido al 2º Registro de Oposición ello requerido en el artículo 6º de la mencionada Resolución. Al respecto, la Gerencia General de Grandes Consumidores informa a fs. 593 que ha finalizado el plazo del mismo y no se han presentado propietarios en oposición a la obra;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 552 obrantes en el --------------------- Expediente N° 31-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO”.------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL ------------------- DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.-------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “AMPLIACION RED CLOACAL DON ------------------ DIEGO” será de 150 (CIENTO CINCUENTA) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de -----------------Mantenimiento de Oferta correspondiente a la firma ROMERO PABLO ESTEBAN según Recibo N° 114 de fecha 26/05/21 (fs 289).------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria ------------------ que previo a la firma del Contrato deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.----------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-
RESOLUCION 744-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 32-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE N° 543/21 (fs. 520) de fecha 04/08/2021 se Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Que la firma preadjudicataria ha presentado la documentación requerida en el artículo 4º de la mencionada Resolución;
Que se instrumentó el procedimiento referido al 2º Registro de Oposición ello requerido en el artículo 6º de la mencionada Resolución. Al respecto, la Gerencia General de Grandes Consumidores informa a fs. 551 que ha finalizado el plazo del mismo y no se han presentado propietarios en oposición a la obra;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 521 obrantes en el --------------------- Expediente N° 32-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO”.-------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.----------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN ------------------ EL MORRITO” será de 90 (noventa) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de
--------------- Mantenimiento de Oferta correspondiente a la firma ISTRIA SA según Recibo N° 112 de fecha 26/05/21 (fs 290).------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria ------------------ que previo a la firma del Contrato deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.----------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 745-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 299-C-19 Cpos. 01 a 04 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 366/19 de fecha 18/06/2019 obrante a fs. 292/3 se adjudicó la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 281,599757 valor promedio entre el valor hora Jornada Completa y Media Jornada) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego todo ello en el marco de los términos del PByC de la Licitación Pública Nº 03/19 – Orden de Compra Nº 605/19 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 20 de Junio de 2019;
Que el día 05/01/2021 la Asesoría Laboral informó que OSSE recibió Telegrama Ley 23.789 enviado por el Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA sobre la base de supuesta responsabilidad solidaria de OSSE con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que con fecha 07/01/2021 la Gerencia de Compras y Suministros intimó por cédula a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. a que informen el estado del vínculo con la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA y a que presenten la documentación respaldatoria que acredite la resolución del reclamo. Asimismo se dejo constancia que OSSE podría realizar las retenciones que estime convenientes en caso de considerarlo necesario, a fin de realizar las previsiones pertinentes, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que la Asesoría Laboral estimó el monto que eventualmente podría ser reclamado en demanda judicial promovida por ESPINDOLA MAGDALENA GISELA en la suma de $224.406,00, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que a fin de mantener protegida a OSSE mediante el deber de indemnidad en razón del reclamo efectuado, en un todo de acuerdo con el PByC se efectuó la retención del pago correspondiente de la suma de $224.406,00 con el objeto de constituir una Garantía Adicional (Recibo Oficial Nº 150/21), constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que con fecha 27/09/2021 la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. envió mail solicitando la devolución de la retención que se efectuó en el pago de la factura del mes de Diciembre 2020 adjuntando convenio de homologación con la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA y constancia de transferencia bancaria del pago realizado, visto lo cual la Gerencia de Compras y Suministros remitió las actuaciones a la Asesoría Laboral. Al respecto la Asesoría Laboral informó que mediante consulta en Mesa de Entradas Virtual del Tribunal de Trabajo nº 3 de Mar del Plata ha podido corroborar en autos caratulados “ESPINDOLA MAGDALENA GISELA C/HIPOLITO INTEGRAL S.A S/DESPIDO”, la homologación firme y consentida del acuerdo transaccional celebrado entre la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A y la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA, en la cual en su clausula Sexta pacto: “Que la Sra. Espindola acepta la suma convenida en la clausula CUARTA, conceptos y forma de pago, manifestando en este acto que una vez percibida la totalidad del importe acordado NO TENDRA MAS NADA QUE RECLAMAR A HIPOLITO INTEGRAL S.A POR NINGUNO DE LOS RUBROS OBJETO DE ESTE PROCESO. Como así tampoco a ninguno de sus socios y/o accionistas y/o miembros del Directorio, ni a tercera persona física y/o jurídica alguna, por los rubros mencionados ni por cualquier otro concepto sea obligación de dar y/o hacer, emergente de la invocada pauta de relación laboral y/o proveniente de su extinción, aun cuando no las haya incluido en este reclamo. Desistiendo consecuentemente de toda acción y derecho de cualquier índole, que reconozcan su causa en los antecedentes antes mencionados”. En virtud de lo expuesto Asesoría Laboral considera que el proveedor ha cumplido en forma adecuada, con la obligación indicada en cedula, desinteresando, en cuanto de él depende, a la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA del reclamo efectuando a OSSE;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución de la Garantía Adicional de Responsabilidad Civil Recibo Oficial Nº 150/21 de fecha 29 de Junio de 2021, perteneciente a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por acreditado a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. la resolución
------------------ del conflicto con Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA ---------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución de la Garantía Adicional de ----------------- Responsabilidad Civil Recibo Oficial Nº 150/21 de fecha 29 de Junio de 2021, perteneciente a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A.-------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 746-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION POSTAL AÑO 2022” - Licitación Pública N° 23/21 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia;
Que en virtud de lo dictaminado por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos respecto de evaluar las condiciones presentes en el art.12 de las Cláusulas Legales Particulares que responde a los convenios de redespacho, se solicitó a la Gerencia Generales de Grandes Consumidores dictamen al respecto. Con fecha 06/10/21 dicha Gerencia considera que se debe mantener el mencionado Artículo debido a que lo allí solicitado permite tomar conocimiento acerca de la firma que la oferente contrate y además permite también realizar los controles sobre el ámbito geográfico de distribución autorizados por la ENACOM, a la empresa que en definitiva realizará la distribución de la correspondencia de OSSE;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de la -------------------- Licitación Pública N° 23/21. -----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 23/21 referente al “SERVICIO DE -------------------- DISTRIBUCION POSTAL AÑO 2022” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros. -----------
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------Licitación Pública N° 23/21 integrada por el Sr. Moreno Diego quien presidirá la misma como titular y el Sr Leonardo Tonon como suplente ambos por la Gerencia General de Grandes Consumidores, la Lic Daiana Chica como titular y el CP Hernan Mingioni como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Graciela Leone como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. -----------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 741-2021
FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 89/21 referente a la “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 89/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 03 (tres) firmas a saber: SANCHEZ GUILLERMO PEDRO, MAMESI SRL y GRANET SA según surge del Acta de Apertura de fecha 28/09/2021;
Que todas las firmas se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Sistemas informa que las propuestas cumplen técnicamente con lo requerido. Con referencia a la nota presentada por GRANET SA indican que no hay impedimento para aceptar un plazo de entrega mayor al de la solicitud debido a las causas manifestadas;
Que en virtud de exceder las ofertas más económicas para el Renglón Nº 01 correspondiente a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO y para los Renglones Nº 05 y 06 correspondiente a la firma GRANET SA el Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones, se les solicitó una Mejora de Precios resultando, según Acta de Apertura de fecha 01/10/21, que la firma GRANET SA ofrece un descuento del 1.5 % y la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO manifiesta que le es imposible realizar mejora del precio;
Que si bien aún luego de solicitada la Mejora de Precios para los Renglones mencionados precedentemente las ofertas correspondientes a las firmas SANCHEZ GUILLERMO PEDRO y GRANET SA ($962.831,00) se encuentra, en promedio, un 13.23% por encima del Presupuesto Oficial de $850.334,20, esta Gerencia observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-602-54 se utilizó un Presupuesto de Mayo 2021 para el Renglón Nº 01 y de Agosto 2021 para los Renglones Nº 05 y 06. Al respecto, habiéndose invitado a 14 (catorce) empresas del ramo solo presentaron ofertas tres oferentes para el Renglón Nº 01 y un oferente para los Renglones Nº 05 y 06, sumado a los constantes aumentos de precios debido a la situación que atraviesa el país en virtud de la pandemia acaecida por la irrupción del COVID 19; a la necesidad de la Gerencia solicitante de contar con los equipos y siendo que en caso de realizar un Segundo llamado no habría certeza si se presentarías oferentes y los valores que cotizarían, resultaría conveniente adjudicar los Renglones antes mencionados en esta instancia;
Que si bien para los Renglones Nº 05 y 06 consta sólo una oferta válida la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";
Que el Artículo mencionado en el considerando anterior se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 89/2021 “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS” de la siguiente manera: a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO los renglones Nº 01, 02 y 03 en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($839.178,00) con impuestos incluidos y a la firma GRANET SA los renglones Nº 04 ,05 y 06 (Oferta Bienes Importados Tipo de cambio vendedor BNA de fecha 28/09/21 $103.75) en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($841.473,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($1.680.651,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $ 1.845.285,70;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 89/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS”.---------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 89/2021 “ADQUISICION IMPRESORAS y ----------------- CARTUCHOS” de la siguiente manera: a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO los renglones Nº 01, 02 y 03 en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($839.178,00) con impuestos incluidos y a la firma GRANET SA los renglones Nº 04 ,05 y 06 (Oferta Bienes Importados Tipo de cambio vendedor BNA de fecha 28/09/21 $103.75) en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($841.473,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($1.680.651,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de la misma por debajo del Presupuesto Oficial.--------------------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de entrega de la totalidad de los equipos objeto de la presente contratación ------------------- dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias--------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a las firmas GRANET SA y
------------------- SANCHEZ GUILLERMO PEDRO que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------ adjudicación propuesta indicada en el Artículo 2º.-------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.------------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministro ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----
RESOLUCION 742-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 463-C-2021 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-163 de fecha 20/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO), requiriendo que la presente obra no sea agrupada con otras de la misma naturaleza fundado ello en las distintas ubicaciones geográficas y su compleja logística. Adjuntan: Presupuesto Oficial, Planilla de Cotización, Memoria descriptiva y Gráficos;
Que, con fecha 23/09/21, el Área Contaduría realiza la Imputación Preventiva, encuadrando la contratación en el marco del Art. 133 de la L.O.M. “Contratación Directa”;
Que la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA presenta toda la documentación exigida en el Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones, según Acta de Apertura de fecha 30/09/21;
Que, con fecha 01/10/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, habiendo analizado la documentación presentada por la firma oferente, informa que la misma cumple con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 86/100 ($213.217,86) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente digital referente a la -------------------- la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” ---------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a firma COOP. DE ------------------ TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 86/100 ($213.217,86) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial. -------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE ------------------- TRABAJO DEL PARQUE LTDA que dentro de los 2 (DOS) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 18 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. -------
ARTÍCULO 4º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 30 días hábiles a ------------------ partir de la firma del acta de inicio de obra.--------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 743-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 31-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE N° 542/21 (fs. 551) de fecha 04/08/2021 se peadjudicó la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Que la firma preadjudicataria ha presentado la documentación requerida en el artículo 4º de la mencionada Resolución;
Que se instrumentó el procedimiento referido al 2º Registro de Oposición ello requerido en el artículo 6º de la mencionada Resolución. Al respecto, la Gerencia General de Grandes Consumidores informa a fs. 593 que ha finalizado el plazo del mismo y no se han presentado propietarios en oposición a la obra;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 552 obrantes en el --------------------- Expediente N° 31-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO”.------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL ------------------- DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.-------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “AMPLIACION RED CLOACAL DON ------------------ DIEGO” será de 150 (CIENTO CINCUENTA) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de -----------------Mantenimiento de Oferta correspondiente a la firma ROMERO PABLO ESTEBAN según Recibo N° 114 de fecha 26/05/21 (fs 289).------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria ------------------ que previo a la firma del Contrato deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.----------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-
RESOLUCION 744-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 32-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE N° 543/21 (fs. 520) de fecha 04/08/2021 se Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Que la firma preadjudicataria ha presentado la documentación requerida en el artículo 4º de la mencionada Resolución;
Que se instrumentó el procedimiento referido al 2º Registro de Oposición ello requerido en el artículo 6º de la mencionada Resolución. Al respecto, la Gerencia General de Grandes Consumidores informa a fs. 551 que ha finalizado el plazo del mismo y no se han presentado propietarios en oposición a la obra;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 521 obrantes en el --------------------- Expediente N° 32-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO”.-------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.----------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN ------------------ EL MORRITO” será de 90 (noventa) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de
--------------- Mantenimiento de Oferta correspondiente a la firma ISTRIA SA según Recibo N° 112 de fecha 26/05/21 (fs 290).------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria ------------------ que previo a la firma del Contrato deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.----------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 745-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 299-C-19 Cpos. 01 a 04 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 366/19 de fecha 18/06/2019 obrante a fs. 292/3 se adjudicó la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 281,599757 valor promedio entre el valor hora Jornada Completa y Media Jornada) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego todo ello en el marco de los términos del PByC de la Licitación Pública Nº 03/19 – Orden de Compra Nº 605/19 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 20 de Junio de 2019;
Que el día 05/01/2021 la Asesoría Laboral informó que OSSE recibió Telegrama Ley 23.789 enviado por el Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA sobre la base de supuesta responsabilidad solidaria de OSSE con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que con fecha 07/01/2021 la Gerencia de Compras y Suministros intimó por cédula a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. a que informen el estado del vínculo con la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA y a que presenten la documentación respaldatoria que acredite la resolución del reclamo. Asimismo se dejo constancia que OSSE podría realizar las retenciones que estime convenientes en caso de considerarlo necesario, a fin de realizar las previsiones pertinentes, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que la Asesoría Laboral estimó el monto que eventualmente podría ser reclamado en demanda judicial promovida por ESPINDOLA MAGDALENA GISELA en la suma de $224.406,00, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que a fin de mantener protegida a OSSE mediante el deber de indemnidad en razón del reclamo efectuado, en un todo de acuerdo con el PByC se efectuó la retención del pago correspondiente de la suma de $224.406,00 con el objeto de constituir una Garantía Adicional (Recibo Oficial Nº 150/21), constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que con fecha 27/09/2021 la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. envió mail solicitando la devolución de la retención que se efectuó en el pago de la factura del mes de Diciembre 2020 adjuntando convenio de homologación con la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA y constancia de transferencia bancaria del pago realizado, visto lo cual la Gerencia de Compras y Suministros remitió las actuaciones a la Asesoría Laboral. Al respecto la Asesoría Laboral informó que mediante consulta en Mesa de Entradas Virtual del Tribunal de Trabajo nº 3 de Mar del Plata ha podido corroborar en autos caratulados “ESPINDOLA MAGDALENA GISELA C/HIPOLITO INTEGRAL S.A S/DESPIDO”, la homologación firme y consentida del acuerdo transaccional celebrado entre la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A y la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA, en la cual en su clausula Sexta pacto: “Que la Sra. Espindola acepta la suma convenida en la clausula CUARTA, conceptos y forma de pago, manifestando en este acto que una vez percibida la totalidad del importe acordado NO TENDRA MAS NADA QUE RECLAMAR A HIPOLITO INTEGRAL S.A POR NINGUNO DE LOS RUBROS OBJETO DE ESTE PROCESO. Como así tampoco a ninguno de sus socios y/o accionistas y/o miembros del Directorio, ni a tercera persona física y/o jurídica alguna, por los rubros mencionados ni por cualquier otro concepto sea obligación de dar y/o hacer, emergente de la invocada pauta de relación laboral y/o proveniente de su extinción, aun cuando no las haya incluido en este reclamo. Desistiendo consecuentemente de toda acción y derecho de cualquier índole, que reconozcan su causa en los antecedentes antes mencionados”. En virtud de lo expuesto Asesoría Laboral considera que el proveedor ha cumplido en forma adecuada, con la obligación indicada en cedula, desinteresando, en cuanto de él depende, a la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA del reclamo efectuando a OSSE;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución de la Garantía Adicional de Responsabilidad Civil Recibo Oficial Nº 150/21 de fecha 29 de Junio de 2021, perteneciente a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por acreditado a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. la resolución
------------------ del conflicto con Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA ---------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución de la Garantía Adicional de ----------------- Responsabilidad Civil Recibo Oficial Nº 150/21 de fecha 29 de Junio de 2021, perteneciente a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A.-------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 746-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la Resolución de Directorio Nº 341/12 y 295/18 que reglamenta el pago de compensación de Vehículo Particular; y
CONSIDERANDO
Que el Gerente de Sistemas informa sobre la necesidad de contar con movilidad para las tareas de inspección;
Que el agente Alfredo Andrés Mellino (461) designado para esta función, ha prestado su conformidad en afectar su vehículo particular para el cumplimiento de las mencionadas tareas;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.466 y 24.672 del Honorable Consejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Compensar por uso de vehículo particular al agente Alfredo --------------------- Andrés Mellino (461), incorporándose al Anexo I de la Resolución Nº295/18 correspondiendo aplicar lo establecido en el artículo 1º de la citada Resolución “…Apruébese como Valor Único – Compensación por Uso de Vehículo Particular lo establecido en el Anexo I que forma parte de la presente, fijándose para el período vigente el valor de $ 50.00 en concepto de mantenimiento, más 4 litros de combustible que corresponda utilizar para su vehículo por día laborable y efectivamente consumido por el vehículo con provisión de Tarjeta Combustible por parte de OSSE…”.-----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Reconocer al agente mencionado el pago de esta Compensación -------------------- a partir del primer día del mes posterior a la firma de la presente.---
ARTÍCULO 3º: El Agente enumerado en el artículo 1º de la presente deberá -------------------- dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento Utilización de la Tarjeta de Combustible. -------------------
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a la Gerencia de -------------------Servicios, a la Gerencia de Logística Operativa, a la Gerencia de Sistemas y a la Contaduría. Cúmplase --
RESOLUCION 747-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la Resolución 407/08; y
CONSIDERANDO
Que mediante el citado acto administrativo se dispuso “la implementación progresiva de los Adicionales “Nivel de Formación”, “Práctica de Nivel de Formación” y “Ejercicio de Cargo de Estructura”, a favor del personal de OSSE que reúna las condiciones y requisitos respectivos”;
Que en el Anexo II de la Resolución 407/08 se describen las Áreas, las tareas y los títulos que se reconocen a los efectos de la liquidación de los niveles de formación;
Que, habiendo transcurrido el tiempo, se han generado situaciones vinculadas a la dinámica del funcionamiento de la organización que requieren su actualización, incorporando títulos que no se consideraron oportunamente, subsanando situaciones de inequidad;
Que un dictamen al Departamento de Asesoría Laboral se expide manifestando que a efectos de incorporar los títulos que van surgiendo de acuerdo a las necesidades prácticas laborables de la empresa, corresponde emitir un acto administrativo “en abstracto”, es decir relacionando el cargo con el nivel de formación requerido, a los efectos de que sea de aplicación a todos los agentes que en igualdad de circunstancias (ya sea en la actualidad o en lo sucesivo), constituyendo por otra parte un requisito para la cobertura del cargo cuando se produzca alguna vacante;
Que la declaración no atiende a la categoría asignada al trabajador destinado circunstancialmente al puesto, sino la correspondiente a las tareas inherentes al mismo;
Que por lo expuesto corresponde complementar el Anexo II de la Resolución 407/08 con el anexo que acompaña la presente y que forma parte integrante de la misma;
Que mediante Resol. 390/11, 071/12, 454/16, 033/18, 537/18, 467/19, 708/19 y 830/19 se procedió a incorporar a las distintas Áreas/Gerencias, nuevas tareas y títulos acordes, que complementan la resolución 407/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N.º 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Complementar la Resolución 407/2008 con el Anexo I que forma parte ------------------- integrante de la presente, a los efectos del reconocimiento de la Práctica del Nivel de Formación a los agentes que cuenten con el título requerido para el puesto de trabajo y cumplan con los requisitos establecidos. -------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ------------------- que pudieren corresponder.--------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. ------------------- Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 748-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
GERENCIA |
TAREA |
DESCRIPCION |
TITULO
|
ENERGIAS RENOVABLES Y RECURSOS HIDRICOS |
A-14 EOPF |
Ayudante Técnico Encargado Oficial Polifuncional |
Ing. Industrial Ing en Recursos Hídricos Ing. en Perforaciones Ing. en Minas Ing. Electromecánico Ing. Electrónico Ing. Electricista Ing./Lic. en Geofísica Ing./Lic. en Química Lic. en Geomática Cartógrafo Técnicos Ambientales Técnicos Superior en procedimientos y Tecnologías Ambientales Técnicos Electromecánicos Técnicos Electricistas Maestro Mayor de Obras
|
748-2021
Mar del Plata, 07/10/2021
Visto que OSSE ha desarrollado OSSE Móvil, una aplicación para dispositivos móviles que permite descargar comprobantes, enviar/recibir mensajes y hacer reclamos de servicio, entre otras funcionalidades; y
CONSIDERANDO
Que para distribuir la aplicación existen dos tipos de sistemas operativos: los Android y los iOS, en ambos casos, se requiere una suscripción anual;
Que con sistemas operativos iOS (AppStore) el pago sólo puede realizarse mediante tarjeta de crédito por la página web de Apple, Estados Unidos, por un importe de U$S 99,00;
Que en el caso de los dispositivos con sistema Android (PlayStore) el pago realizará, al momento de su vencimiento, en pesos pudiendo efectivizarse por distintos medios de pago habiendo realizado el del ejercicio 2020 con fondos de Caja Chica correspondiente a la Gcia de Sistemas;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanzas Nº 7446 y 24672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar la suscripción anual de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. --------------------- en el APP-Store Apple, por la suma de $ 9.677,25 (Nueve Mil Seiscientos Setenta y Siete Pesos con Veinticinco Centavos), equivalente a U$S 99 al valor de cotización de $ 97,75 mas la suma de $ 2.925,15 (Dos Mil Novecientos Veinticinco Pesos con Quince Centavos) en concepto de Impuesto PAIS, por los motivos expuestos en los considerando de la presente. ---------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría y Tesorería de OSSE a reintegrar al agente ------------------- Rodríguez Patricia (CI 546) los gastos efectivamente abonados en cumplimiento de lo ordenado en el Artículo 1º de la presente. --------------------------------
ARTICULO 3º: Dese al registro de Resoluciones.- Comuníquese Gcia de Sistemas, -------------------Contaduria y Tesorería de OSSE.- Cúmplase.---------------------------------
RESOLUCION 749-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la solicitud de extensión de la Licencia Ordinaria y Licencia por Estudio otorgada ala Sra. Jefe de Secretaría del Directorio,Graciela Rosa FUNES (CI 668), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX, y;
CONSIDERANDO
Que el agenteGraciela Rosa FUNES (CI 668)se ausentó hasta el día 12 de octubre de 2021inclusive;
Que resultó necesario cubrir el cargo durante la ausencia del su titular, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización de dichaSecretaría;
Que el agenteDaiana Mabel RODRIGUEZ(CI 764), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII,se encontraba realizando el reemplazo en forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitoriosy sus modificatorias ResolucionesNº 151/05 y 371/08;
Que resulta necesario encomendar el manejo de la Caja Chica dedicha Secretaraotorgada por Resolución nº 694/20, al agente reemplazantepor el período mencionado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N°7.446y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º:Prorrogar el reemplazo transitorio de la atención y firma ------------------- del despacho de la Secretaría del Directorio, en la Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX,realizado por elagenteDaiana Mabel RODRIGUEZ (CI 764), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII, hasta el día 12 de octubre de 2021inclusive,por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al ----------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.--------------------------------------
ARTICULO 4°:Encomendar el manejo de la Caja Chica de Secretaría del Directorio ---------------------por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.-
ARTICULO 5°:Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes corresponda ---------------------Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 750-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro.
39-C-2020 Cpo 1, referente a “BAJA DE VEHICULOS Y OTROS BIENES – EJERCICIO 2020”; y
CONSIDERANDO
Que los artículos 2° de las Ordenanzas Nº 24720 y 24880 respectivamente, autorizan a OSSE a vender o entregar en parte de pago o donación o disposición final como chatarra, entre otros, los vehículos detallados en el Anexo I: Pick Up Chevrolet LUV c/Cabina Doble – BCT 728; Pick Up Mitsubishi L 200, 2,5 Diesel, c/Cabina Simple – BUU 802; Pick Up Mitsubishi L 200, 2,5 Diesel, c/Cabina Simple – BUU 803; Furgón Ford Transit 190 L – CDP 815; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 380; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 387; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 389; Furgón Utilitario Fiat Fiorino 1.7 D – BUF 499 y Camión Ford 4000 Diesel – CBL 968;
Que se ha elaborado un Pliego de Requisitos y Condiciones (Anexo II), conjuntamente con una Planilla de Cotización (Anexo III), a efectos de esta venta;
Que la Oficina de Compras, en cumplimiento de tales disposiciones y siguiendo los procedimientos habituales para este tipo de operación, pondrá a la venta los vehículos detallados precedentemente.
Que el área Patrimonio tramitará la transferencia de los vehículos que se vendan, en los respectivos Registros Nacionales de la Propiedad Automotor, quedando a cargo del/los Comprador/es todos los gastos que demande dicho trámite. La entrega de las unidades se efectivizará una vez concluídas estas tramitaciones.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por
Ordenanzas Nos. 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 39-C-2020 Cpo. 1 ------------------ referente a “BAJA DE VEHICULOS Y OTROS BIENES – EJERCICIO 2020”--
ARTICULO 2º: Autorizar la venta de los vehículos que se detallan en Anexo I, por los ------------------ precios base mínimos que allí se indican, quedando a cargo del/los comprador/es todos los gastos que demande la transferencia de titularidad.------------------------
ARTICULO 3º: Aprobar el Pliego de Requisitos y Condiciones, Anexo II y la Planilla de Coti-
------------------ zación, Anexo III, que forman parte de la presente----------------------------------
ARTICULO 4º: Efectuar las publicaciones por 2 (dos) días en el BOLETIN OFICIAL DE LA ------------------- PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por 2 (dos) días en el DIARIO LA CAPITAL de Mar del Plata de esta Compulsa------------------------------------------------.-----------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a Compras y Cúmplase-------------
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
BIENES DESTINADOS A LA VENTA
Nº Censo |
Vehículos |
Patente |
Valor Estimado Venta |
137 |
Pick Up CHEVROLET LUV CAB DOBLE |
BCT 728 |
65.000,00 |
166 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 802 |
65.000,00 |
167 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 803 |
65.000,00 |
177 |
Furgón FORD TRANSIT 190 L |
CDP 815 |
65.000,00 |
144 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 380 |
140.000,00
|
150 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 387 |
140.000,00 |
152 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 389 |
140.000,00 |
156 |
Furgón Utilitario FIAT FIORINO 1.7 D |
BUF 499 |
130.000,00 |
173 |
Camión FORD 4000 DIESEL |
CBL 968 |
240.000,00 |
|
Total Unidades: 9 (nueve) |
|
1.050.000,00
|
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO II
PLIEGO DE REQUISITOS Y CONDICIONES PARA VENTA VEHICULOS
A efectos de la venta de los vehículos detallados en la Planilla de Cotización, se deberá tener en cuenta:
-Valor total de la Venta de todas las unidades: $ 1.050.000,00 (PESOS UN MILLON CINCUENTA MIL)
-Se cotizará por unidad, pudiendo hacerse una oferta por el
total de las unidades (renglones).
-La Planilla de Cotización deberá ser presentada en sobre
cerrado, expresando el importe total en letras al pie de la misma, firmándola de conformidad, hasta la hora fijada para la apertura de propuestas, en la Oficina de Compras.
-Junto con la oferta deberá presentarse copia de las
constancias de Inscripción en AFIP e Ingresos Brutos, según corresponda, la Cédula de Invitación, el Pliego de Requisitos y Condiciones y la Planilla de Cotización, todo firmado.
-OSSE podrá adjudicar la venta de las unidades, por renglón o por la totalidad de los renglones, a un único oferente, según sea la conveniencia para OSSE.
-Los vehículos podrán ser observados y revisados, 2 (dos) días hábiles antes del día fijado para la apertura de las propuestas. Se exhibirán en el horario de 10:00 a 13:00 horas en el predio ubicado en las calles Mario Bravo y Colombres, de esta Ciudad Mar del Plata.
-Para poder ingresar a los lugares donde se guardan los
vehículos que se venden, deberá tramitarse la correspondiente autorización en la Oficina de Compras.
-Los vehículos se entregarán en el estado en que se encuentran, no pudiendo efectuar reclamo alguno por algún faltante de partes y/o condiciones de funcionamiento.
-El Comprador tomará a su cargo todos los gastos (Aranceles, Formularios, Certificaciones de Firma, Gastos de Verificación del Automotor, Grabado de autopartes, etc.), que demande la transferencia y/o que surgiera con motivo de la transferencia de dominio del/los vehículo/s, incluso los que OSSE hubiera ya abonado, los que deberán ser reintegrados por la parte compradora.
-El pago se hará efectivo en la Tesorería de OSSE, en la cuenta habilitada a tal efecto, dentro de los 5 (cinco) días hábiles de notificada la adjudicación.
-Los trámites de transferencia de titularidad de el/los vehículos, deberán estar concluídos dentro de los 30 (treinta) días corridos de haberse efectivizado el pago del precio convenido, en la Tesorería de OSSE.-
-La entrega de la/s unidad/es se efectivizará, una vez verificado el pago por las unidades compradas y concluídos todos los trámites de la/s transferencia/s.
-Para Consultas se podrá contactar al CP Walter Caballero, tel. 499-2900 Int. 234 o a la Srta. Marisa Rabanal, al tel. 499-2900, Int. 256.
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANEXO III
PLANILLA DE COTIZACION
Valor de referencia |
Tipo de Vehiculo |
Dominio |
Precio Total Cotizado |
65.000,00 |
Pick Up CHEVROLET LUV CAB DOBLE |
BCT 728 |
|
65.000,00 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 802 |
|
65.000,00 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 803 |
|
65.000,00 |
Furgón FORD TRANSIT 190 L |
CDP 815 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 380 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 387 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 389 |
|
130.000,00 |
Furgón Utilitario FIAT FIORINO 1.7 D |
BUF 499 |
|
240.000,00 |
Camión FORD 4000 DIESEL |
CBL 968 |
|
|
TOTAL |
-.- |
|
Total final en números y letras $............................... (SON …………………………………………………………………………………………………
PESOS
………………………………………………………………………………………………………)
Firma del Oferente
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
VISTO la incorporación de alumnos de la Facultad de arquitectura Urbanismo y Diseño en calidad de pasantes, de acuerdo a la ley 26427 de Pasantías Educativas que regula su ejercicio; y
CONSIDERANDO
Quelos pasantes SEIJO, Esteban, MASSENZIO, Daiana, GALITO, Eric, ORLANDO, German, VEUTHEY, Nieve y DE MARCO, Sofia asignadosal Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores utilizan como medio de movilidad el transporte publico de pasajeros, en el horario de desarrollo de la pasantía, para cumplir con las tareas inherentes alasconsignas asignadas;
Que Obras Sanitarias Mar del Plata reconoce a los Pasantes dependientes delÁrea Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, la necesidad de abonar la movilidad;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Fíjase a partirdel 1 de Noviembredel 2021 yhastael 31 deJuliodel 2022------------------- para lospasantes SEIJO, Esteban, MASSENZIO, Daiana, GALITO, Eric, ORLANDO, German, VEUTHEY, Nieve y DE MARCO, Sofia dependientes del Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, un viatico adicional por movilidad por el uso del transporte público de pasajeros al servicio de O.S.S.E., equivalentes a un máximo de 3 pasajes por cada día hábil, lo que deberán ser certificados por el jefe de las Áreas correspondientes.---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°:Impútese el presente gasto a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 -------------------- GERENCIA DE GRANDES CONSUMIDORES, Categoría Programática 03.00.06 Apoyo G. Consumidores y 03.00.07Emisión y Distribución - Objeto del gasto 3.7.1. Pasaje Via Terrestre y 3.7.1 Servicio Transporte Publico Urbano de Pasajeros. ---------------
ARTICULO 3º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes ------------------ corresponda y cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 752-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto la necesidadde la GerenciaGeneral de Grandes Consumidores de realizar inspecciones en todo el partido de General Pueyrredón; y
CONSIDERANDO
Que algunos de susdependientes,para cumplir con las tareas inherentes al trabajo asignado,utilizan como medio de movilidad el transporte publico de pasajeros, en el horario de labor;
Que el inspector COMPANY, Sergio (CI - 390)se encuentra dentro del universo subjetivo de trabajadores a los que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E reconoce el pago de la movilidadpara realizar la tarea asignada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Reconocera partirdel 1 de Septiembre yhastael 31 de --------------------- Diciembredel 2021-ambos inclusive- al agente COMPANY, Sergio (CI - 390) dependiente dela Gerencia General de Grandes Consumidores, un adicional por movilidad poreluso del transporte público de pasajeros al servicio de O.S.S.E., equivalentes a un máximo de 6 pasajes por cada día hábil, los que deberán ser certificados por la jefatura y la Gerencia previo a su efectivización.----------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Impútese el presente gasto a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 --------------------- GERENCIA DE GRANDES CONSUMIDORES, Categoría Programática 03.00.06 Apoyo G. Consumidores y 03.00.07Emisión y Distribución - Objeto del gasto 3.7.1. Pasaje Via Terrestre y 3.7.1 Servicio Transporte Publico Urbano de Pasajeros. -------
ARTICULO 3º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes ------------------ corresponda y cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 753-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION DE PICK UP CABINA SIMPLE” que tramita bajo la Licitación Privada Nº 22/2021 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia, habiéndose incorporado en el mismo las modificaciones sugeridas por la Gerencia de Logística Operativa según Nota Nº 29;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de la --------------------Licitación Privada Nº 22/2021.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada Nº 22/2021 referente a la “ADQUISICION DE
------------------ PICK UP CABINA SIMPLE” cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la -------------------Licitación Privada N° 22/2021 la cual estará compuesta por el Ing. Pablo Simoni quien presidirá la misma como titular y el Ing. Negri Joaquín como suplente, ambos por la Gerencia de Logística Operativa, la Lic. Daiana Chica como titular y el CP Hernán Mingioni como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Graciela Leone como titular y la Dra. Paulina Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.----------
ARTICULO 4º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 754-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 431-O-2021 Cpos 01 y 02 referente al “COMPLETAMIENTO PLUVIALES 2021 - RAMALES SECUNDARIOS” - Licitación Pública N° 24/21 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones para la obra de referencia el cual se encuentra incorporado de fs. 49 a 226 ambas inclusive del citado expediente;
Que de fs. 232 a 234 obran dictámenes de la Gerencia de Compras y Suministros, Área Contaduría y la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos. Por lo que, en virtud de las modificaciones propuestas por la Contaduría (fs. 233), la Gerencia de Planeamiento y Obras incorpora las modificaciones pertinentes obrante de fs. 236 a 239 ambas inclusive. Respecto a lo recomendado por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos respecto a incorporar en el Art 11 Inc 1.16 la leyenda “El Certificado Ley 10490 deberá ser presentado por el oferente al que resulte adjudicada la Obra”, la Gerencia de Obras conviene no modificar el texto de Condiciones Particulares en ese punto en razón que el Art. 6.2 requiere como requisito a cumplir por el Preadjudicatario la presentación de la constancia de cumplimiento de la Ley 10490;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 236 a 239 y 58 a 225, ------------------- todas inclusive del Expediente 431-O-2021 Cpo 01 y 02 ----------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 24/21 referente al “COMPLETAMIENTO -------------------- PLUVIALES 2021 - RAMALES SECUNDARIOS” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros.
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------Licitación Pública N° 24/21 integrada por el Ing Juan Carlos Szpyrnal quien presidirá la misma como titular y la Ing Milena Macchirola como suplente ambos por la Gerencia Obras, la Lic María Marta Solera como titular y el CP Mariano Bianchini como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Paulina Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 755-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 675-C-17 Cpo. 01 a 07 referente al: “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑO 2017/18” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 352/17 obrante a fs. 141 se adjudicó la Licitación Pública N° 05/17referente al “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA. en la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SEIS ($7.659306,00), con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego (Orden de Compra Nº 425/17, fs. 552 a 554);
Que por Resolución de Directorio Nº 331/18 de fecha 04/07/18 (fs. 1123) se autorizó a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 5/17, a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO ($ 240.381,00) (3070 hs a $78,30), con impuestos incluidos (Orden de Compra Nº 394/18, fs. 1131/32)
Que por Resolución de Directorio Nº 361/18 de fecha 18/07/18 (fs. 1157) se autorizó en su artículo 2 a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 5/17, a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 20/100 ($ 246.958,20) (3154 hs a $78,30), para arribar al final de la contratación que opera el 11/07/2018 (Orden de Compra Nº 431/18, fs. 1174/77), y se autorizo en su artículo 3 la Prórroga del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 05/17, a la Cooperativa mencionada anteriormente, en la suma total de $ 4.902.206,40, (PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS SEIS CON 40/100), con impuestos incluidos por el término de 07 meses, desde el 11/07/18 al 11/02/19 inclusive (Orden de Compra Nº 432/17, fs. 1178 a 1181);
Que por Resolución de Directorio Nº 435/18 de fecha 17/08/18 (fs. 1215) se autorizó a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 05/17, a la Cooperativa mencionada en el considerando anterior, , en la suma total de $ 549.666,00 (PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS) (7020 hs a $78,30), con impuestos incluidos, siendo dicho monto equivalente al 7,1764% del monto total de la contratación original, a valor hora surgido de la Orden de Compra Nº 425/17 de fecha 12/07/2017, en el marco de referencia de esta Licitación Pública (Orden de Compra Nº 503/18, fs. 1228/9) ;
Que por Resolución de Directorio Nº 661/18 de fecha 29/11/18 (fs. 1192/3 Alcance 6 Cuerpo 6)) se autorizo la renegociación de la contratación por los meses de Abril 2018 a Febrero 2019 del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑO 2017/18”, correspondiente a la Licitación Pública Nº 05/17 con la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA., por la suma total de $2,240,419.23 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON 23/100) correspondiente a 26009 horas para los meses Abril, Mayo y Junio de 2018 inclusive por $12.90 por hora y 72901 horas para los meses de Julio 2018 hasta Febrero 2019 por $26.13 por hora, detallado a fs. 1176 (Orden de Compra Nº 710/18, fs. 1199 a 1201);
Que por Resolución de Directorio Nº 088/19 de fecha 11/02/19 (fs. 1264) se adjudico la Contratación Directa Art 156 LOM a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA por la suma total PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 76/100 ($875.729,76) con impuestos incluidos por el periodo 11/02/19 a 28/02/19 hasta las 12 hs inclusive (Valor Hora $139.27) en el marco de referencia de esta Licitación Pública (Orden de Compra Nº 134/19, fs. 1268 a 1271);
Que el Área Intendencia informa que la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA ha cumplido con lo requerido en la Licitación Pública 05/17 “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18”, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra N° 425/17, Nº 394/18, Nº 431/18, Nº 432/18, Nº 503/18, Nº 503/18, Nº 710/18 y Nº 134/19 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA se encuentran totalmente canceladas, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución de los Depósitos de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 143/17 (fs. 558) de fecha 17 de Julio de 2017, Recibo Oficial Nº 151/18 (fs. 1208) de fecha 03 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 154/18 (fs. 1219) de fecha 13 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 157/18 (fs. 1230) de fecha 31 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 227/18 (fs. 1203 Alcance 6 Cuerpo 6) de fecha 06 de Diciembre de 2018 y Recibo Oficial Nº 27/19 (fs. 1267) de fecha 13 de Febrero de 2019 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO ------------------ LTDA. la Licitación Pública Nº 05/17 referente al “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18”.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución de los Depósitos de Garantía ------------------ de Adjudicación Recibo Oficial Nº 143/17 (fs. 558) de fecha 17 de Julio de 2017, Recibo Oficial Nº 151/18 (fs. 1208) de fecha 03 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 154/18 (fs. 1219) de fecha 13 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 157/18 (fs. 1230) de fecha 31 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 227/18 (fs. 1203 Alcance 6 Cuerpo 6) de fecha 06 de Diciembre de 2018 y Recibo Oficial Nº 27/19 (fs. 1267) de fecha 13 de Febrero de 2019 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA.--------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 756-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 274-R-2020 Cpos. 01 a 04 y Anexo 1 referente a la Obra “PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE Nº 354/21 de fecha 19/05/2021 se resolvió Adjudicar la Licitación Pública Nº 01/21 Segundo llamado “PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON”a la firma FORTINI MAURICIO ANTONIO en la suma total de PESOS VENTISEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUARENTA CON 20/100 ($26.151.040,20) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones - Orden de Compra Nº 508/21 de fecha 08/06/2021 (fs. 464 a 466);
Que con fecha 03/09/21 la firma FORTINI MAURICIO ANTONIO presenta Nota solicitando que la adjudicación de la Licitación Pública Nº 01/21 Segundo llamado sea trasladada a la nueva razón social: Sociedad MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION, con CUIT 33-71726257-9 y domicilio en la calle Av. Colón Nº 3045 Piso 2 Depto. B, de la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón;
Que la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION ha realizado la Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE adjuntándose Certificado a fs. 741, constando toda la documentación acompañada de fs. 827 a 833, a saber: Formulario Nº 1 Solicitud de Admisión, Comodato y Acta de Directorio (todos certificados ante Escribano Público);
Que se considera necesario realizar las adecuaciones y/o modificaciones que correspondan para que la adjudicación realizada a la firma MAURICIO ANTONIO FORTINI por Resolución de Directorio Nº 354/21 correspondiente a la Licitación Pública Nº 01/21 2º llamado referente a la Obra“PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON” resulte adjudicada a la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION;
Que la presente Obra se encuentra en ejecución y que a la fecha ha sido presentado el Certificado Nº 1 por $1.875.861,42, el Certificado Nº 2 por $1.883.076,11 (los cuales al día de la fecha se encuentran con Orden de Pago) y el Certificado Nº 3 por $3.433.863,68 (el cual al día de la fecha se encuentra en el Area Contaduría con Devengado). Por lo que correspondería emitir la pertinente Orden de Compra bajo la nueva razón social MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION por el saldo de la Obra, el cual ascendería a $18.958.239,29;
Que visto lo solicitado por la firma Mauricio A. Fortini adjudicatario de la Obra de referencia, de trasladar la adjudicación de la Obra a la sociedad MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. en formación con CUIT 33-71726257-9, teniendo en cuenta que el Sr Mauricio Fortini es el Presidente de la nueva sociedad y posee el 99% de las acciones, a fs. 836 toma intervención el Área Contaduría manifestando que no tiene observaciones que formular entendiendo que: *La Sociedad cumple con los requisitos exigidos por el presente Pliego pues para la presente licitación se requirió la inscripción en el Registro de Proveedores y en el Registro de Perforistas; *Presenta del Acta de Directorio de la Sociedad donde la firma Mauricio Fortini Perforaciones SA en formación acepta la adjudicación de la Licitación Pública Nro.01/21, aceptando todos los términos del Pliego de Bases y Condiciones que rigen para dicha contratación y todos los términos de la propuesta realizada por Mauricio Fortini; *Presenta el Formulario 1 del Pliego de Bases y Condiciones, con las formalidades exigidas en el mismo; y *Establece que la propiedad de las maquinarias puestas al servicio para la licitación, van a formar parte del capital de la nueva sociedad, a través de un aporte irrevocable. Agregando que con la aprobación por parte del Directorio se deberá requerir además de nuevas garantías de ejecución del Contrato y de Fondo de Reparo, el Contrato del Representante Técnico y del representante en Seguridad e Higiene a nombre de la sociedad y los seguros que OSSE requiere en el pliego de bases y condiciones;
Que por Resolución de Directorio de OSSE Nº 740/21 de fecha 06/10/2021, bajo Expediente N° 274-R-2020 Alcance 1, se autorizó la REDETERMINACIÓN DE PRECIOS ADECUACIÓN PROVISORIA N° 1 solicitada en el mes de septiembre de 2021 por el contratista de la Obra de referencia (a nombre de MAURICIO ANTONIO FORTINI);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar a las Áreas/Gerencias intervinientes a realizar las adecuaciones y/o modificaciones que correspondan para que la adjudicación realizada a la firma MAURICIO ANTONIO FORTINI por Resolución de Directorio Nº 354/21 correspondiente a la Licitación Pública Nº 01/21 2º llamado referente a la Obra“PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON”, resulte adjudicada a la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION.----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la adecuación a nombre de la sociedad MAURICIO FORTINI
------------------ PERFORACIONES S.A. EN FORMACION de cualquier otro instrumento asociado a la presente contratación.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y
---------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 757-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 360-C-2021 Cuerpos 01 y 02 y Anexo 1 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, - Licitación Privada Nº 17/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 17/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 547/21 de fecha 05/08/21 (fs. 131) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, sólo adquiriendo pliego la firma SAAVEDRA PARK SRL, no presentando sobre para la presente licitación ninguna firma, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 23/08/21;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 615/21 de fecha 25/08/21 (fs. 207), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 06/09/21 que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la presente Licitación Privada N° 17/21 se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 (fs. 227) realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 (fs. 241) presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas;
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la presente Licitación y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/12 y reversos) considerando que para la presente Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021. Por lo correspondería realizar un NUEVO LLAMADO para la misma, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según nota de fs. 313, concluyendo que se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo entendiendo que se podría modificar las clausulas, ello en virtud de la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar fracasado el 1° llamado de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”; y 2) Autorizar a realizar un NUEVO LLAMADO para la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando para dicho llamado los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 229 del Expediente
------------------- N° 360-C-2021 Cuerpos 01 y 02 y Anexo 1 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, - Licitación Privada Nº 17/21.------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar fracasado el 1° llamado de la Contratación Directa art 132 inc. f)
-------------------- Nº 01/2021 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar un NUEVO LLAMADO para la Contratación Directa
-------------------- Nº 01/2021 en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando para dicho llamado los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones del NUEVO LLAMADO, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/12 y reversos).---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 758-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “PLAN FUGA CERO - RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” - Licitación Pública Nº 18/21 y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 18/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 588/21 de fecha 17/08/2021 (fs. 249) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia, habiéndose realizado la apertura de los Sobres Nº 1 según acta de fecha 20/09/21 obrante a fs 305;
Que han presentado sobres 03 (tres) firmas a saber: ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA S.A y ROCMA S.R.L;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación en Actas de Reunión de fechas 22/09/21 (fs 311), 4/10/21 (fs 347) y 12/10/21 (fs 365) informa que las tres firmas oferentes ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA S.A y ROCMA S.R.L, han dado cumplimiento con la presentación de la totalidad de la documentación requerida. En consecuencia, recomiendan declarar admisibles las mismas;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Declarar admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA SA y ROCMA S.R.L procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica), cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 290 del
--------------------- Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “PLAN FUGA CERO - RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” - Licitación Pública Nº 18/21 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO
------------------------ ESTEBAN, ISTRIA SA y ROCMA S.R.L autorizando a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente., a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737.-----------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------
RESOLUCION 759-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 408-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS” - Licitación Privada N° 19/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 19/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 694/21 de fecha 20/09/21 (fs. 128) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, no recibiendo ofertas para el presente llamado a licitación, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 27/09/2021;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 719/21 de fecha 27/09/21 (fs. 133), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 05/10/2021 (fs. 136) que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas.
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 137/8 y reversos) considerando que para la presente Licitación Privada Nº 19/21 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Licitación Privada Nº 19/21. Por lo que se solicita al Area Contaduría emita opinión y dictamine si comparte el criterio en declarar DESIERTOS el 1º y 2º Llamado de la presente Licitación, realizando una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA en el marco del art. 132 LOM inc. f) para la presente Obra, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según actuaciones agregadas de fs. 139 a 141, cumpliendo en informar: 1) “declarar DESIERTOS el 1ro y 2do llamado de la presente licitación…”: la Contaduría no tiene objeciones al respecto ya que vista la documentación obrante en el expediente de la presente licitación se observa que en ambos llamados no se presento ninguna firma habiendo cursado invitaciones a una cantidad importante de empresas; 2)“...realizando una Contratación Directa para la presente Obra…”: respecto de este punto la Contaduría no tiene observaciones que formular enmarcando dicha contratación directa en el art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 ( Ley Orgánica de las Municipalidades) y basando este dictamen en la consulta efectuada por la Contaduría al Honorable tribunal de Cuentas de fecha 16 de diciembre 2015, (se adjunta la consulta al presente expediente); 3)“.... trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura”: La doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas establece que “…en el supuesto excepcional del Art. 132 inc f del decreto ley 6769/58 se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo…”. Por último el Área sugiere que la contratación directa tenga la similar difusión al realizado para el llamado de la licitación fracasada;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 19/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación; y 2) Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 134 del Expediente
------------------- N° 408-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS” - Licitación Privada N° 19/21.----------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 19/21 Obra:
----------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA
------------------- de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 137/8 y reversos).--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 760-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 409-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS” - Licitación Privada N° 18/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 18/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 692/21 de fecha 20/09/21 (fs. 132) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, no recibiendo ofertas para el presente llamado a licitación, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 27/09/2021;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 718/21 de fecha 27/09/21 (fs. 141), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 05/10/2021 (fs. 144) que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas.
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 145/6 y reversos) considerando que para la presente Licitación Privada Nº 18/21 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Licitación Privada Nº 18/21. Por lo que se solicita al Area Contaduría emita opinión y dictamine si comparte el criterio en declarar DESIERTOS el 1º y 2º Llamado de la presente Licitación, realizando una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA en el marco del art. 132 LOM inc. f) para la presente Obra, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según actuaciones agregadas de fs. 147 a 149, cumpliendo en informar: 1) “declarar DESIERTOS el 1ro y 2do llamado de la presente licitación…”: la Contaduría no tiene objeciones al respecto ya que vista la documentación obrante en el expediente de la presente licitación se observa que en ambos llamados no se presento ninguna firma habiendo cursado invitaciones a una cantidad importante de empresas; 2)“...realizando una Contratación Directa para la presente Obra…”: respecto de este punto la Contaduría no tiene observaciones que formular enmarcando dicha contratación directa en el art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 ( Ley Orgánica de las Municipalidades) y basando este dictamen en la consulta efectuada por la Contaduría al Honorable tribunal de Cuentas de fecha 16 de diciembre 2015, (se adjunta la consulta al presente expediente); 3)“.... trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura”: La doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas establece que “…en el supuesto excepcional del Art. 132 inc f del decreto ley 6769/58 se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo…”. Por último el Área sugiere que la contratación directa tenga la similar difusión al realizado para el llamado de la licitación fracasada;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 18/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación; y 2) Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 142 del Expediente
------------------- N° 409-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS” - Licitación Privada N° 18/21.--------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 18/21 Obra:
------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA
------------------- de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 145/6 y reversos).--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 761-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 464-C-2021 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-164 de fecha 20/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA). Adjuntan: Plano, Presupuesto Oficial y Planilla de Cotización;
Que, con fecha 22/09/21, el Área Contaduría procede a realizar la imputación preventiva, encuadrando la contratación en el marco del Art. 133 de la L.O.M.;
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Contratación Directa según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado oferta únicamente la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA, la cual cumple con todo lo requerido en el Art. 10 del P.B.y C., cotizando la suma de $726.772,79;
Que, con fecha 07/10/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, habiendo analizado la oferta, informa que la misma cumple técnicamente con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 79/100 ($726.772,79) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente Nº 464-C-2021 referente a -------------------- la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)”. ------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a la COOP. DE --------------------- TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 79/100 ($726.772,79) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial. -------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE TRABAJO ------------------ DEL PARQUE LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE TRABAJO ------------------- DEL PARQUE LTDA que dentro de los 2 (DOS) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 18 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. ----
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 45 días corridos ------------------- a partir de la firma del acta de inicio de obra.-----------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 762-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto lo dispuesto en el Decreto Municipal N°1496/21 referido a la Creación de la Unidad Ejecutora para llevar adelante el Programa de asistencia para la emergencia de viviendas familiares en riesgo convalidado por Ordenanza 17628 y;
CONSIDERANDO
Que en el Artículo 2º se establece la creación de la Unidad Ejecutora integrada por la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano, la Secretaría de Salud, Secretaria de Desarrollo Social, Obras Sanitarias Sociedad de Estado y Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño de la Universidad Nacional de Mar del Plata a través del Grupo de Investigación Ciencia y Tecnología del Hábitat Popular; .
Que en el Artículo 3° hace referencia a los miembros de esa Unidad, nombrando al Presidente Arq Carlos Alberto Katz por OSSE, quien considera pertinente la designación de un Representante suyo para interactuar en la citada Unidad, habiendo seleccionado a la Lic Rosa Alejandra Ferrari por su formación, experiencia y capacidad;
Que a su vez en el Artículo 8° se designa a OSSE para la gestión administrativa de la partida presupuestaria transferida por la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano, procediendo a realizar la compra y gestión de los materiales necesarios,(…) acción que desarrollará a través del Departamento de Relaciones Institucionales (dependiente de la Gerencia de Relaciones Institucionales) con control de la Unidad Ejecutora
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en representación del Sr Presidente de OSSE, Arquitecto
-------------------- Carlos Alberto Katz ante la Unidad Ejecutora creada por Decreto 1496/21 a la Sra Licenciada en Servicio Social Rosa Alejandra Ferrari .-----------------------
ARTÍCULO 2°: Encomendar a la Contaduría la creación de la partida presupuestaria
------------------para la administración de los fondos indicados en el Artículo 8° del Decreto 1496/21 dentro de la Categoría Programática 13.00.02 - Jurisdicción 1.2.2.01.13.000 Gcia de Relaciones Institucionales. -------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda
------------------- Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 763-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al agente Miguel Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, Sub Jefe Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur, y;
CONSIDERANDO
Que el agente se encontrará ausente durante el periodo comprendido entre el día 01 de noviembre de 2021 hasta el 19 de noviembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo de la Sub Jefatura a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la misma;
Que el agente Fabián Alfredo PERNA (CI 298), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio del agente Miguel -------------------Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, en la atención y firma de la Sub Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur de la Gerencia de Producción, al agente Fabián Alfredo PERNA (CI 298), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, desde el día 01 de noviembre de 2021 y hasta el 19 de noviembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------
ARTICULO 2º: No se abonará a los reemplazantes ninguna diferencia si éstos no -------------------cumplieran efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que se realizó el reemplazo.-------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.-----------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Notifíquese al interesado --------------------y a quienes corresponda.- Pase a Contaduría a sus efectos - Cúmplase.------
RESOLUCION 764-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto la compensación por el cumplimiento de los 25 años de servicios dispuesta en el artículo 49 del convenio Colectivo de Trabajo 57/75; y
CONSIDERANDO
Que el agente mencionado en el artículo primero cumple con la condición de haber prestado servicios en forma continua durante 25 años en la Empresa;
Que el artículo 49 del CCT 57/75 otorga una compensación equivalente a un (1) mes integro de haberes, y el artículo 12ª de dicho Convenio prevé la concesión de 15 días de licencia con Goce de Haberes a quienes cumplan 25 años de Servicio;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Otorgar una compensación equivalente a un (1) mes integro de ------------------ haberes al agente PEREYRA Cristian Nieves, CI 629, quien habiendo ingresado el 08 de Abril de 1996 cumplió 25 años de servicio en la Empresa.----------------
ARTICULO 2º: Otorgar al agente mencionado quince (15) días corridos de Licencia con Goce de Haberes que se hará efectiva el próximo año calendario.------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande se imputará al objeto del gasto 1.6.1.02 ------------------- PREMIOS Y BONIFICACION ESPECIAL correspondiente a la jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02. ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.--------------------
ARTICULO 4ª: Dese al registro de Resoluciones, comuníquese y cúmplase.-------------------
RESOLUCION 765-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios
Nº 93/21 referente a “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 93/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 4 (cuatro) empresas del ramo presentaron ofertas 2 (dos) firmas a saber: CIAGESER S.A y OS.LO ARGENTINA SA según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que la firma CIAGESER S.A se encuentra inscripta en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/2022;
Que la Gerencia de Logística Operativa habiendo analizado las ofertas presentadas por las firmas CIAGESER S.A y OS.LO ARGENTINA SA. Informa que las mismas cumplen con lo solicitado;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 93/2021 “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.929.896,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 93/2021 ------------------ referente al “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA”.---------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 93/2021 “SERVICIO DE ALQUILER
------------------CAMION CISTERNA” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.929.896,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial.------------------------
ARTICULO 3°: El servicio a cubrir de reparto de agua en un vehículo con Cisterna montada, ------------------- con provisión de chofer será de Lunes a Viernes de 07:00 a 19:00 Hs, Sábados de 06:00 a 12:00 Hs, Domingos y Feriados, de 07:00 a 15:00 Hs por un período de 568 hs, pudiendo ser modificado según las necesidades del servicio, en la Gerencia de Logística Operativa, área de Gestión de Flota y Logística, con posibilidades de ampliarse hasta el límite para Concurso de Precios si fuese necesario. El transporte de la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, y será donde indique el área de Gestión de Flota y Logística, perteneciente a Gerencia de Logística Operativa, dentro del partido de Gral. Pueyrredón.----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A ------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros de OSSE comunicará a la firma ----------------- adjudicataria el día de inicio de la prestación del servicio contratado y lugar donde deberá presentarse a designar por la Gerencia de Producción o la Gerencia de Logística Operativa de OSSE, dentro del horario asignado tentativo: Lunes a Viernes de 07:00 a 19:00 Hs, Sábados de 06:00 a 12:00 Hs, Domingos y Feriados, de 07:00 a 15:00 Hs. Dentro de ese horario OSSE utilizará los servicios contratados certificando las horas en que efectivamente éste se haya cumplido o haya estado disponible al pié de obra por requerimiento exclusivo de OSSE. OSSE no abonará los días no trabajados por lluvia u otra inclemencia climática y consecuencia. OSSE podrá modificar el horario de acuerdo a sus necesidades, notificándoselo a la contratista con 24 (veinticuatro) horas de anticipación. En caso de emergencia la notificación será telefónica a la Gerencia de Producción o de Logística operativa, siendo efectuada por escrito y en forma fehaciente en el día hábil inmediatamente posterior. O.S.S.E. podrá en forma transitoria o permanente, alterar o adecuar los días y horarios de prestación del servicio según su propia conveniencia, incluyendo sábados; y excepcionalmente domingos, feriados o días no laborables; para lo cual será suficiente la notificación previa a la contratista. Las horas de servicio comenzarán a computarse desde el momento en que el equipo requerido llegue al lugar indicado por OSSE, y dentro del horario acordado, finalizando cuando el mismo se retire del lugar. La Gerencia de Producción certificará las horas prestadas por el adjudicatario, y visará la Gerencia de Logística Operativa.------------------------
ARTICULO 6º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A
------------------- que en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles de notificada la presente deberá dar cumplimiento con la presentación de la documentación requerida en el Art. 18 del PByC.--------
ARTICULO 7º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.--------------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 766-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” - Licitación Pública N° 17/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 17/2021 autorizado por Resolución de Directorio Nº 599/21 de fecha 18/08/21, según surge de las actuaciones agregadas al Expediente digital habiendo presentando ofertas 4 (cuatro) firmas a saber: ABETE Y CIA SA, TRAICO SERVICIOS SRL, ROCASUR SA y WAE SRL según surge del Acta de Apertura de fecha 16/09/21;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación habiendo analizado las ofertas presentadas por las firmas proponentes informan que Actas de reunión de fecha 21/09/2021 y 13/10/21 que “luego de realizar el correspondiente análisis técnico, las firmas ABETE Y CIA S.A., ROCASUR S.A., AGUARTEC – TRAICO SERVICIOS S.R.L. y WAE S.R.L., cumplen técnicamente con lo solicitado en las especificaciones técnicas”. Respecto al análisis de la documentación presentada informan que las firmas cumplieron con lo solicitado por lo que recomienda declarar admisibles todas las ofertas. Agregan que, previamente a considerar el Orden de Mérito de las ofertas basado en el precio de las mismas, se solicitó al Presidente de la Comisión, quien es a su vez Jefe del Área solicitante, que se expida respecto de la compatibilidad de los bienes de distinta marca ofertados por distintas firmas, ya que el PByC en su apartado “Especificaciones Técnicas” establece “El terminal deberá ser original de marca de la manguera ofertada” pero el PByC establece que la adjudicación deberá hacerse por ítem. En respuesta, el Ing. Daniel Luti manifiesta que existe compatibilidad entre los bienes ofrecidos por los distintos oferentes, con lo cual la adjudicación puede realizarse por ítem, sin inconvenientes. En virtud de lo dictaminado, procede a valorar las ofertas económicas y la información recabada se resume en el siguiente cuadro:
Por todo lo expresado, la Comisión recomienda el siguiente Orden de Mérito: Renglón 1: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 2: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 3: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 4: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 5: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 6: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 7: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 8: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 9: 1° Abete y Cia /// 2° RocaSur SA /// 3° Traico SRL /// 4° WAE SRL;
Que en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” de la siguiente manera: a la firma TRAICO SERVICIOS S.R.L (Oferta Alternativa Bienes Importados cotización del dólar tipo vendedor del BNA: $103.50 de fecha 15/09/2020) los Renglones Nº 01, 04 a 06 inclusive y 08 en la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100 ($4.644.928,40) con impuestos incluidos; a la firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 02, 03, 07 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DOCE ($2.158.412,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 40/100 ($6..803.340,40) con impuestos incluidos; por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($10.947.556.76);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública -------------------- Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID”.---------
ARTICULO 2º:ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ------------------ ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” de la siguiente manera: a la firma TRAICO SERVICIOS S.R.L (Oferta Alternativa Bienes Importados cotización del dólar tipo vendedor del BNA: $103.50 de fecha 15/09/2020) los Renglones Nº 01, 04 a 06 inclusive y 08 en la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100 ($4.644.928,40) con impuestos incluidos; a la firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 02, 03, 07 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DOCE ($2.158.412,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 40/100 ($6..803.340,40) con impuestos incluidos; por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($10.947.556.76).---------------------
ARTICULO 3°: El plazo de entrega de los bienes objeto de la presente contratación será dentro de los ------------------- 15 (quince) días hábiles de notificada la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias.---
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria ABETE Y CIA SA y ------------------ TRAICO SERVICIOS SRL que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------
ARTICULO 5º Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la adjudicación ------------------ propuesta indicada en el Artículo 2º.-------------------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-----------------------------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a fin -------------------- de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------
RESOLUCION 767-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 87/21 referente a la “ADQUISICION HERRAMIENTAS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 87/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 20 (veinte) empresas del ramo presentaron ofertas 05 (cinco) firmas a saber: SEYCO SACIF, DISTRIBUIDORA OLLANTA S.R.L, MARCHESAN PABLO CESAR, MACROFER PASEO FERRETERO S.A y 4MDQ STORE SRL según surge del Acta de Apertura de fecha 21/09/2021;
Que todos los oferentes se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que las Gerencia de Logística Operativa, Gerencia de Producción, Gerencia de Irregularidades en el Servicio y Gerencia de Servicios , informan que todos los renglones cotizados por las firmas proponentes cumplen con lo requerido excepción de los detallados a continuación: para el Renglón Nº 42 (Marca TOTAL) la firma SEYCO SACIF no cumple con lo solicitado, porque no cuenta con uno de los accesorios requeridos en la solicitud (bolso de transporte) y tiene especificaciones de menor calidad que las solicitadas (Voltaje de la batería, revoluciones). No se trata de la marca solicitada y tampoco de una primera marca; para los Renglones Nº 36 y 39, la firma MACROFER PASEO FERRETERO S.A, no cumplen técnicamente dado que cotizan medidas distintas a las solicitadas; para los Renglones Nº 17, 35 y 37, DITRIBUIDOTA OLLANTA S.RL no cumplen técnicamente dado que cotizan marcas de inferior calidad a las solicitadas y; para el Renglón Nº 25 la firma 4 MDQ STORE S.R.L., no cumple técnicamente con lo solicitado. Respecto al Renglón Nº 44 la Gerencia de Logística Operativa en virtud que firma SEYCO SACIF no especifica marca y la firma MARCHESAN PABLO CESAR para dicho renglón no especifica modelo, informan ambas propuestas no pudieron ser analizadas técnicamente;
Que habiéndose solicitado mediante cedula de fecha 04/10/21 a las firmas SEYCO SACIF y MARCHESAN PABLO CESAR a fin de cumplimiento con la presentación de marca y modelo del Renglón Nº 44 según lo informado por la Gerencia de Logística Operativa las mismas dan cumplimiento con lo requerido. Al respecto, dicha Gerencia informa que no acepta la oferta presentada por la firma SEYCO SACIF dado que la marca informada no cumple con lo solicitado por ser de inferior calidad a lo requerido. Respecto a la firma MARCHESAN PABLO CESAR, acepta la oferta para el Renglón Nº 44 dado que la marca y modelo cumple técnicamente con lo requerido;
Que en virtud que las ofertas más económicas y que cumplen técnicamente con lo requerido para el Renglón Nº 17 correspondiente a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA, Renglón Nº 37 correspondiente a la firma MARCHESAN PABLO CESAR y Nº 38 y 39 correspondiente a la firma SEYCO SACIF superan ampliamente el Presupuesto Oficial para dichos Renglones se les requirió una Mejora de Precios resultando según Acta de Apertura de fecha 06/10/2021 que las mencionadas firmas no pueden mejorar sus precios;
Que si bien, aún luego de solicitada la Mejora de Precios, los Renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive ($23.140,19) superan, en promedio, un 146% el Presupuesto Oficial para dichos Renglones ($9.420.23), esta Gerencia se comunicó telefónicamente con las firmas utilizadas para la confección del Presupuesto Oficial resultando que la firma Eslabones no presentó cotización en virtud que no cuenta con los elementos requeridos y la firma SEYCO SACIF manifiesta que debido a las fluctuaciones de precios y al desabastecimiento de varios de los ítems requeridos debieron buscar otros proveedores a fin de presentar su oferta por ello las variaciones de precios. Por lo que visto que las ofertas presentadas para los Renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive no resultan económicamente convenientes a los intereses de OSSE, es opinión de esta Gerencia que los mismos deberían declararse fracasados desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación;
Que si bien para los Renglones Nº 06, 28 a 36 inclusive, 42, 44, 45, 46 y 50 a 52 inclusive, consta sólo una oferta válida la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";
Que el Artículo mencionado en el considerando anterior se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Adjudicar el Concurso de Precios Nº 87/2021 “ADQUISICION HERRAMIENTAS” de la siguiente manera: a la firma SEYCO SACIF los Renglones Nº 02 a 10 inclusive, 13, 18, 22 a 36 inclusive, 45, 47, 48 y 52 en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 52/100 ($192.188,52) ;a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 12, 15, 16, 19 a 21 inclusive, 42 y 46 en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOCE CON 44/100 ($146.712,44) con impuestos incluidos; a la firma 4MDQ STORE SRL el renglón Nº 50 en la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($8.824,00) con impuestos incluidos; a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 11, 14, 43 y 51 en la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($25.530,00) con impuestos incluidos y a la firma MARCHESAN PABLO CESAR los renglones Nº 01, 41 y 44 por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA ($42.270,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 96/100 ($415.524,96) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($535.445,51); 2) Rechazar los renglones Nº 42 y 44 correspondientes a la firma SEYCO SACIF; Renglones Nº 36 y 39 correspondientes a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA; renglón Nº 25 correspondiente a la firma 4 MDQ STORE SRL y renglones Nº 17, 35 y 37 correspondiente a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL por los motivos expuestos precedentemente y; 3) DECLARAR FRACASADOS los renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive por no resultar las ofertas económicamente conveniente a los intereses de OSSE y DESIERTOS los renglones Nº 40 y 49 por inexistencia de ofertas desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 87/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION HERRAMIENTAS”.--------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 87/2021 “ADQUISICION --------------------- HERRAMIENTAS” de la siguiente manera: a la firma SEYCO SACIF los Renglones Nº 02 a 10 inclusive, 13, 18, 22 a 36 inclusive, 45, 47, 48 y 52 en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 52/100 ($192.188,52) ;a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 12, 15, 16, 19 a 21 inclusive, 42 y 46 en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOCE CON 44/100 ($146.712,44) con impuestos incluidos; a la firma 4MDQ STORE SRL el renglón Nº 50 en la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($8.824,00) con impuestos incluidos; a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 11, 14, 43 y 51 en la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($25.530,00) con impuestos incluidos y a la firma MARCHESAN PABLO CESAR los renglones Nº 01, 41 y 44 por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA ($42.270,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 96/100 ($415.524,96) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la ------------------- orden de compra a las firmas adjudicatarias y de acuerdo al siguiente detalle: Renglones Nº 42, 45 al 47 inclusive y 50 dentro de los 10 (DIEZ) días corridos; Renglones Nº 1 al 5 inclusive, 7 a 10 inclusive y 12 , 15, 16 , 18, 19, 21 a 24 inclusive, 26, 27, 35, 36, 41, 43, 44 y 48 dentro de los 15 (QUINCE) días corridos; Renglones Nº11, 14, 25, 43 y 51 dentro de los 20 (VEINTE) días corridos y Renglones Nº 06,13,20, 28 al 34 inclusive y 52 dentro de los 30 (TREINTA) días corridos.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Rechazar los renglones Nº 42 y 44 correspondientes a la firma SEYCO SACIF; ------------------Renglones Nº 36 y 39 correspondientes a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA; renglón Nº 25 correspondiente a la firma 4 MDQ STORE SRL y renglones Nº 17, 35 y 37 correspondiente a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º DECLARAR FRACASADOS los renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive por no ------------------ resultar las ofertas económicamente conveniente a los intereses de OSSE y DESIERTOS los renglones Nº 40 y 49 por inexistencia de ofertas desistiendo de la adquisición de los mismos bajo la presente modalidad de contratación.---------------------------------------------
ARTICULO 6º: Autorizar a las Áreas solicitante a iniciar en caso de resultar necesario un ------------------- nuevo trámite de compra para los Renglones declarados DESIERTOS y FRACASADOS indicados en el Artículo 5º.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 7ª Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------ adjudicación propuesta indicada en el Artículo 2º y a desafectar los renglones declarados desiertos y fracasados indicados en el Artículo 5º.-------------------------------------
ARTICULO 8º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 9º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 768-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1134-I-18 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 114/21 y 431/21 se aprueba la actualización del presupuesto de mano de obra para Obras de Agua y Cloaca de Menor Envergadura;
Que por Resolución de Directorio Nº 216/21 se adjudicaron los precios unitarios cotizados por las 09 (NUEVE) Cooperativas y 03 (TRES) PYMES a saber: COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO EL CHE LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LTDA, COOPERATIVA CONSTRUCCIONES 15 DE ENERO LTDA. COOPERATIVA DE TRABAJO SEGUIMOS LUCHANDO LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA BATANENSE LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO 1º DE MAYO LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LTDA y las firmas NASARA CONSTRUCTORA S.A., SAAVEDRA PARK S.R.L. e INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCION S.A.-INDARCCO. Asimismo, declaran admisibles los precios unitarios, según Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de menor Envergadura de Red de Cloaca que se adjunta como ANEXO I y Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de menor Envergadura de Red Agua que se adjunta como ANEXO II, por ser sus propuestas consideradas convenientes a los intereses de OSSE y estar igual al Presupuesto Oficial;
Que por el Artículo 3º se autoriza a la Gerencia de Compras y Suministros a asignar las Obras de Menor Envergadura y a emitir las Órdenes de Compra correspondientes por cada una de las obras, de acuerdo a los precios unitarios cotizados y adjudicados;
Que por el Artículo 4º se autoriza que las Órdenes de Compras emitidas de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior se les aplicarán lo establecido en el Artículo 15 del Anexo I “Procedimiento para tramitación de cada Obra de Menor Envergadura en particular”;
Que a fs. 33 la Gerencia General de Grandes Consumidores, mediante Solicitud de Pedido Nº 203-300-5 solicita gestionar la contratación de la Obra: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”, asignándose la misma por Disposición de la Gerencia de Compras y Suministros Nº 15/21 de fecha 01 de Julio del 2021 a la firma COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de $76.528,17 emitiéndose al efecto la Orden de Compra Nº 647/21 de fecha 20/07/21 (fs. 108 a 110);
Que a fs. 143 el Área Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca solicita a la GGGC generar la Solicitud para la Ampliación de la Orden de Compra Nº 647/21 por la suma de $20.616,95 debido a los incrementos sufridos durante la ejecución de la OME del ítem 1.2 EXCAVACION EN SUELO DURO Y/O NAPA FREATICA, 3.2 COLOCACION DE BOCAS DE REGISTRO DE HºAº y 4.3. REENLACE;
Que a fs 144 la Gerencia General de Grandes Consumidores, habiendo verificado lo informado por el Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca, informa que el monto a ampliar representa un 26.94% del monto de la Orden de Compra original, encontrándose este importe por encima del 20% establecido en la Resolución 114/21 Anexo III Art. 4, llegando la contratación a la suma de total de $97.145,12. Por lo expuesto, solicitan se autorice los mayores costos , emitiendo al efecto Solicitud de Pedido Nº 203-300-17 (fs.145);
Que por mencionado precedentemene, la Gerencia de Compras y Suministros, de acuerdo a lo solicitado por la GGGC y el Area Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca, considerando los incrementos sufridos durante la ejecución de la Obra, que no pueden ser previstos en el presupuesto de mano de obra, aconseja autorizar la ampliación de la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 95/100 ($20.616,95), lo cual representa un 26.94% de la Orden de Compra 647/21;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446; Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1134-I-18 Cpo. 01 --------------------referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”. -----------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Contratación Directa 133 LOM Nº 03/21, a la ------------------- firma COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 95/100 ($20.616,95), lo cual representa un 26.94% de la Orden de Compra 647/21. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a descontar del -------------------- Certificado de Obra, el 5% en concepto de Depósito de Garantía, según lo establecido en el Art. 11 “Formas de Constituir las garantías” inc 2 del Pliego de Obras Públicas de Agua y Cloaca de Menor Envergadura,“las Cooperativas y Pymes podrán presentar por escrito o vía mail, una nota solicitando que sea descontado del certificado de obra el 5% en concepto de Deposito de Garantía.”----
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a fin de realizar la ------------------ Imputación Preventiva. Cumplido pase a la Gcia. de Compras a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase. ----------------------------------------
RESOLUCION 769-2021 FIRMADA
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 2° llamado a Licitación Pública N° 19/21, autorizado por Resolución de Directorio Nº 657/21 de fecha 07/09/21 (fs. 297), según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;
Que ha presentado sobre 01 (una) firma a saber RECONSTRUCCION CAÑOS S.A según consta en Acta de Apertura de fecha 12/10/21 (fs 362);
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación habiendo procedido a analizar la documentación del Sobre Nº 1 presentada por la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. informa que no presenta o resulta incompleta la siguiente documentación:A.1) Art. 4.2 inc. 1.13 del P.B.yC.: presenta nota informando que está en trámite de actualización la inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE. Al respecto la Comisión incorpora copia de la conclusión de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE. Presenta el resto de la documentación requerida en el P.B.yC. En conclusión, recomiendan: Declarar ADMISIBLE la oferta presentada por la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. y proceder a la apertura de Sobre 2 de la mencionada firma;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Declarar admisible la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica), cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 335 del
---------------------Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 ---
ARTICULO 2°: Declarar admisible la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A
---------------------autorizando a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737.---------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a
-------------------- fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------
RESOLUCION 770-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 424/21 de fecha 22/06/21 se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 52/21 "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS ($1.407.500,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto oficial de $1.453.500,00 – Orden de Compra Nº 590/21 de fecha 08/07/21;
Que la Gerencia de Producción mediante Solicitud Nº 3-200-179 por $776.500,00 solicita la Ampliación del servicio de referencia (Orden de Compra Nº 590/21 por $1.407.500,00 - firma adjudicataria: COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA.). Dicha ampliación no supera lo establecido en el Art. 3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (se amplía al máximo permitido para Concurso de Precios ($2.187.480.00);
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la ampliación solicitada bajo Nº 5-982 informando que no tiene observaciones que formular, ya que el total con ampliación es de $ 2.184.000, encontrándose por debajo del TOPE establecido en la L.O.M. para Concursos de Precios;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “AMPLIACIÓN - DISMINUCIÓN: Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el /los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta el monto tope establecido en la LOM para gestionar Concursos de Precios. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte Contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Ampliar la Orden de Compra Nº 590/2021 perteneciente a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA correspondiente al Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” por la suma de total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($776.500,00), el cual sumado al monto adjudicado originalmente ($1.407.500,00) no supera el tope establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital del Concurso de ------------------- Precios Nº 52/21 "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS”. -
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 590/2021 perteneciente a la
------------------ firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA correspondiente al Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” por la suma de total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($776.500,00), el cual sumado al monto adjudicado originalmente ($1.407.500,00) no supera el tope establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma ------------------ COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total ampliado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. ---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente. --------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ Suministros Área Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase. --------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 771-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 90/21 referente a la “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 90/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentando ofertas 03 (tres) firmas a saber: CASA BLANCO SA, TECNOELECTRICA SA y O.A.C.I. S.A según surge del Acta de Apertura de fecha 12/10/2021;
Que de las ofertas presentadas surge que la firma CASA BLANCO SA y O.A.C.I. S.A se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/22;
Que la Gerencia de Servicios informa que todas las ofertas presentadas por las firmas proponentes cumplen técnicamente con lo solicitado por dicha Gerencia. Respecto al Reglón Nº 1, solicitan contactar con la empresa Racklatina para la provisión del rele térmico requerido, dado que son los únicos proveedores del equipo especificado;
Que habiéndose contactado esta Gerencia con la firma RACKLATINA SA éstos manifiestan que omitieron presentar cotización para el Item 1 “E100 1-5 A Pass-Thru Ovrload Rly” en virtud que los demás bienes no los comercializan. Agregan que están en condiciones de cotizarlo. Por lo tanto es opinión de esta Gerencia que debería realizarse un Segundo llamado para el Renglón 1 “Relé térmico electrónico 1-5 A”;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Adjudicar el Concurso de Precios Nº 90/2021 “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” de la siguiente manera: a la firma CASA BLANCO SA el Renglón Nº 08 en las suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($63.400,00) con impuestos incluidos y a la firma O.A.C.I. S.A los Renglones Nº 02, 03 (Oferta Alternativa) y 04 a 07 ambos inclusive y Nº 09 en las suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ($746.200,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($809.600,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos ($1.007.260,90) y; 2) Declarar DESIERTO el Renglón Nº 01 por inexistencia de ofertas procediendo a realizar un SEGUNDO LLAMADO para el mismo cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 90/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS”.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 90/2021 “ADQUISICION --------------------- MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” de la siguiente manera: a la firma CASA BLANCO SA el Renglón Nº 08 en las suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($63.400,00) con impuestos incluidos y a la firma O.A.C.I. S.A los Renglones Nº 02, 03 (Oferta Alternativa) y 04 a 07 ambos inclusive y Nº 09 en las suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS($746.200,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($809.600,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos ($1.007.260,90)----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Declarar DESIERTO el Renglón Nº 01 por inexistencia de ofertas procediendo -------------------a realizar un SEGUNDO LLAMADO para el mismo cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la ------------------- Orden de Compra a las firmas adjudicatarias y de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº 02, 03 (Oferta Alternativa), 04 y 06 inmediato (3 (tres) días hábiles); Renglones Nº 05 y 09 dentro de los 45/60 días; Renglón Nº 7 dentro de los 12/15 días y Renglón Nº 8 dentro de los 90 (noventa) días corridos-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma O.A.C.I. S.A -------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------
ARTICULO 6º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 2º.-----------------------------------------------
ARTICULO 7º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 772-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA,
Visto el Decreto N° 219 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO
Que por Expediente HCD 1755-D-2021 se tramita un Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza a O.S.S.E. a la suscripción de un Convenio con la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias;
Que el objeto primordial del Proyecto es el de introducir la porcentualización del valor a abonar por el fortalecimiento de las prestaciones medico asistenciales de la Obra Social Fe.N.T.O.S., asumiendo esta última el compromiso de trasladar al personal de O.S.S.E. que sean beneficiarios de ésta en la cartilla médica del plan SC250;
Que al contar la iniciativa con despacho favorable y unánime de las Comisiones Internas del HCD a las que fuera girado el mencionado Proyecto el Sr. Presidente del HCD autorizo mediante Decreto la suscripción del Convenio ad referéndum de ese Honorable Cuerpo, correspondiendo su suscripción en los términos allí establecidos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Autorizar la suscripción del Convenio con la OSFENTOS, en los ---------------------términos establecidos en el Decreto N° 219 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, que como Anexo I se acompaña a la presente.----------
ARTÍCULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes ----------------------corresponda. Cúmplase.-----------------------------------------------------------
ANEXO I
CONVENIO
En la ciudad de Mar del Plata, a los …20….. días del mes OCTUBRE de 2021 entre la Empresa Obras Sanitarias Mar del Plata S.E., representada en este acto por su Presidente, Arq Carlos Alberto Katz DNI 16.593.363, con domicilio en la calle French 6737 de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires (en adelante “La Empresa”), por una parte, y por la otra la Federación Nacional de Obras Sanitarias (Fe.N.T.O.S.) representada por ……………………………………………..DNI……………………………, con domicilio en la calle Pasco Nº580 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante “La Federación”), se acuerda lo siguiente:
CLAUSULA 1º: A partir del mes de promulgación de la ordenanza correspondiente, la Empresa aportará mensualmente a la Federación, el 3.46% del valor que resulte – al mes de realización de dicho aporte – para el cargo Peón P 3 Clase I Jornada de 35 hs, por cada uno de los empleados de la Empresa que, conforme sus propios registros, sea beneficiario titular de la Obra Social Federal de Fe.N.T.O.S. Ello con destino al fortalecimiento de las prestaciones médico asistenciales que brinda la citada obra social y con el compromiso de ésta, de trasladar a dicho, personal los beneficios contenidos en la Cartilla Médico Asistencial del Plan SC250”. Los pagos se deberán efectuar del 1 al 10 de cada mes. -------------------------------------------------------------------------------------------------
CLAUSULA 2º: La contribución voluntaria mensual indicada en la cláusula precedente, se extenderá por el plazo de un (1) año, prorrogable automáticamente o dejado sin efecto mediante comunicación fehaciente de cualquiera de las partes. ---------------------------------
CLAUSULA 3º: La Federación suministrará a O.S.S.E. los datos correspondientes al Banco, número de cuenta y CBU donde deberán depositarse los importes mensuales, asumiendo la Federación la obligación de aplicar la totalidad de los mismos a la satisfacción del objeto del presente acuerdo. --------------------------------------------------------
CLAUSULA 4º: A Junio/2021, el padrón de afiliados a los que se hace referencia en el Cláusula 1º está compuesto por un total de 146 empleados, que se agrega como Anexo Convenio. -------------------------------------------------------------------------------------------------
De conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor.
RESOLUCION 773-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO Convenio
C.I. |
APELLIDO Y NOMBRE |
00000221-66 |
ALLER DANIEL EDUARDO |
00000226-66 |
SIMEONE CARLOS LUCIO |
00000253-67 |
MORALES ALFREDO MIGUEL |
00000298-66 |
PERNA FABIAN ALFREDO |
00000371-65 |
MORALES PATRICIO ARTURO |
00000377-69 |
CASTILLO SERGIO DANIEL |
00000434-66 |
YANNI RUBEN DARIO |
00000459-65 |
GARCIA MAURICIO ALBERTO |
00000480-66 |
DIAZ EDUARDO MAURICIO |
00000483-65 |
QUIROGA MIGUEL LEONARDO |
00000485-67 |
COLUNGA JORGE HORACIO |
00000513-66 |
ENRIQUE MIGUEL ANGEL |
00000535-66 |
RUBIEDA RENE ALBERTO JAVIER |
00000536-65 |
LEDESMA JORGE MILCIADES |
00000541-65 |
CARABAJAL JORGE ARNALDO |
00000616-66 |
RAMIREZ ALEJANDRO EMILIO |
00000627-65 |
LEDESMA RAUL MARCELO |
00000635-65 |
SAMULAK GUILLERMO MARCELO |
00000637-67 |
LUNA RICARDO WALTER |
00000638-55 |
PRADILLA GUILLERMO HUGO |
00000639-65 |
ROSALES WALTER ARTURO |
00000647-66 |
EPUL MARCOS EDUARDO |
00000649-69 |
LAZARTE GUSTAVO ALEJANDRO |
00000656-56 |
D'AMICO CARLOS ALFONSO |
00000667-66 |
CETTOUR GUSTAVO CARLOS JAVIER |
00000798-66 |
OLEA SERGIO MARTIN |
00000801-68 |
ROTH JORGE RICARDO |
00000805-65 |
DE LA VEGA JUAN NICOLAS |
00000807-67 |
RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL |
00000822-68 |
RAMALLO RICARDO ALEJANDRO |
00000825-68 |
FERNANDEZ JUAN CARLOS |
00000837-66 |
DOBAL GUSTAVO ADOLFO |
00000846-67 |
MARISEVICH JORGE EDUARDO |
00000865-69 |
PAILLAPAN MARIA VERONICA |
00000868-68 |
BELMONTE ANAHI SILVIA RAQUEL |
00000887-69 |
MANGIERI CARLOS ALBERTO |
00000890-66 |
ZARATEGUI EZEQUIEL MAXIMILIANO |
00000900-67 |
BARONE HUGO LUJAN |
00000912-67 |
YANNI EDUARDO JORGE |
00000916-66 |
PEREZ CLAUDIO NICOLAS |
00000937-67 |
SOTTO CARLOS ISAIAS |
00000940-66 |
BIROLETTI ALEJANDRO OSCAR |
00000945-68 |
LEDESMA RAUL JONATHAN |
00000948-66 |
WEIGUM MARTIN GABRIEL |
00000957-70 |
BARROSO EDUARDO VICTOR |
00000971-65 |
FALCON LEONARDO JOSE |
00000975-10 |
JOFRE PABLO ANTONIO |
00000986-69 |
PATINIOTIS ROJAS ANDREAS ALEJANDRO |
00000995-66 |
COLOMBO JAVIER ALEJANDRO |
00001000-4 |
LEDESMA JORGE DAMIAN |
00001007-67 |
ACTIS GROSSO CRISTIAN DANIEL |
00001008-66 |
CARABAJAL AUGUSTO GERMAN |
CI |
APELLIDO Y NOMBRE |
00001009-68 |
CEPEDA CARRASCO DAMIAN ARIEL |
00001010-68 |
DELFINO JONATAN JESUS EDUARDO |
00001011-68 |
JUNCO OSCAR RENE |
00001020-68 |
CANALES GUSTAVO DANIEL |
00001029-67 |
ORDAS MORALES FRANCISCO ALEJANDRO |
00001030-68 |
LOIZA MAXIMILIANO ANDRES |
00001034-66 |
MARTINEZ ROBERTO DANIEL |
00001038-67 |
TARELA MARA YAMILA |
00001053-67 |
BARRIONUEVO LEANDRO NAHUEL |
00001066-67 |
EYHERABIDE EZEQUIEL |
00001068-66 |
IZAGUIRRE JORGE DANIEL |
00001069-66 |
JACUE NICOLAS JORGE |
00001073-69 |
BAGALINI MARIANA LORENA |
00001074-66 |
DIAZ AGUSTIN DANIEL |
00001076-67 |
QUIROGA FACUNDO |
00001080-3 |
ARCE BRUNO ALBERTO |
00001081-67 |
MORALES LUCAS IVAN |
00001084-66 |
MENILLO CLAUDIO OMAR DANIEL |
00001090-6 |
PERNA LEANDRO ISAAC |
00001091-66 |
BERON ERIC LEONARDO |
00001092-67 |
BELMONTE ARIEL LEOPOLDO JUAN |
00001095-69 |
CISNEROS ROBERTO CARLOS |
00001098-67 |
DUARTE JOSE NICOLAS |
00001099-68 |
DIAZ ENZO DANEL |
00001110-6 |
GARCIA NESTOR FABIAN |
00001111-67 |
PUCHE LUCIANA PAULA |
00001120-66 |
PUGLIESE FEDERICO YAMIL |
00001125-68 |
MIGNINI ANA MARIA |
00001126-69 |
ALHAITS MARIO EDUARDO |
00001127-69 |
ALGAMIZ VALERIA MONICA |
00001135-5 |
VILLAVERDE DAVID HERNAN |
00001136-4 |
GALLARDO JORGE MATIAS |
00001137-5 |
LUIS JUAN MANUEL |
00001143-4 |
RAMOS GABRIEL ALEJANDRO CEFERINO |
00001146-5 |
EPUL LUCAS WALTER |
00001148-7 |
PEREYRA ADRIANA LUJAN |
00001152-8 |
HECH JUAN PABLO |
00001153-6 |
QUIROGA ANGEL FABIAN |
00001154-5 |
FALCON DAMIAN ANDRES |
00001162-3 |
CORREA LUCAS JOSE LUIS |
00001163-4 |
SAMULAK DAVID MARCELO |
00001169-4 |
PEREZ JULIAN NAHUEL |
00001174-5 |
TOTARO KEVIN RODRIGO |
00001177-7 |
LEDESMA SANHUEZA NESTOR EMMANUEL |
00001178-5 |
MONTES MARCELO ALEJANDRO |
00001185-5 |
LARES DAVID MANUEL |
00001187-5 |
SEGOVIA MIGUEL ANGEL |
00001188-4 |
CASTILLO JUAN CARLOS |
00001202-6 |
AGUIRRE ADRIAN EDUARDO |
00001203-5 |
FERRERO GUILLERMO VICENTE |
00001206-8 |
GIMENEZ JORGE RAIMUNDO |
00001211-5 |
BARROSO GERMAN EMANUEL |
00001212-5 |
GIMENO NAHUEL EZEQUIEL |
00001214-4 |
CARBAJO MAURICIO NICOLAS |
00001215-5 |
PUCCI CRISTIAN BLAS |
00001216-4 |
LEDESMA MARCELO EZEQUIEL |
00001219-6 |
DALPRATO GERMAN EMANUEL ALEJANDRO |
00001220-6 |
PASO SERGIO MAURICIO |
00001246-4 |
LEDESMA CLAUDIO ALEJANDRO |
00001260-3 |
DERBIZ NATALIA NOEMI |
00001263-4 |
CORDOBA JOSE LUIS DE CONSOLACION |
00001268-4 |
MIRANDA CARMEN CAROLINA |
00001270-5 |
HERMO BRIAN EZEQUIEL |
00001271-6 |
MEDINA LEIVA PATROCINIO |
00001272-3 |
VALENZUELA ARIEL HERNAN |
00001275-3 |
SIMEONE FRANCO JOEL |
00001277-3 |
EPUL AGUSTIN EXEQUIEL |
00001280-3 |
KREN BRAIAN ALAN |
00001283-2 |
ABALOS DAMIAN EZEQUIEL |
00001284-2 |
SALAS JUAN EZEQUIEL |
00001285-2 |
FUENTES MATIAS ESTEBAN |
00001289-2 |
ROCHE DARIO ABEL |
00001290-2 |
RAMIREZ JUAN MANUEL |
00001291-3 |
MORALES GASTON ARTURO |
00001292-3 |
RUBIEDA MARCOS ROMAN |
00001293-3 |
RAMIREZ ESTEBAN MARTIN |
00001294-3 |
GONZALEZ JEREMIAS ISRAEL |
00001298-2 |
DIAZ RODRIGO EZEQUIEL LEON |
00001299-2 |
TORASSO MANCUSO KEVIN DAMIAN |
00001301-1 |
MAIDANA MAXIMILIANO EDUARDO |
00001304-1 |
MAFFIA MAILEN SOLANGE |
00001306-1 |
CORDOBA PAULA LORENA |
00001318-2 |
LEDESMA GUSTAVO ALBERTO |
00001320-1 |
PETRUCCELLI CAMILA ANTONELLA |
00001323-1 |
CASTILLO LEMMO MATÍAS JAVIER |
00001324-1 |
RODRIGUEZ BAUTISTA |
00001325-1 |
ROMAN HERNAN DARIO |
00001327-1 |
HERNANDEZ SEBASTIAN |
00001336-1 |
MAFFIA ARIEL FRANCO |
00001339-1 |
PAVON SIHUEN MANUEL |
00001340-1 |
LUSI FACUNDO NICOLAS |
00001341-1 |
PAIS FRANCO LEONEL |
00001342-1 |
SAMULAK ALEJANDRO DANIEL |
00001344-1 |
PEREZ JONATHAN ADRIAN |
Cantidad de personal beneficiado al 30/06/2021= 146
RESOLUCION 773-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
|
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la Licitación Pública Nº 25/21: “ADQUISICION DE FURGONES MEDIANOS” y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia, habiéndose incorporado en el mismo las modificaciones sugeridas por la Gerencia de Logística Operativa según nota de fecha 01/10/21 y por el Área Contaduría según Nota Nº 14 (12/10/21);
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de -------------------- la Licitación Pública N° 25/21. ---------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 25/21 referente a la “ADQUISICION
---------------------- DE FURGONES MEDIANOS” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros.
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.-------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------- Licitación Pública N° 25/21 integrada por el Ing Pablo Simoni, quien presidirá la misma como titular y como suplente el Ing Joaquín Negri ambos por la Gerencia de Logística Operativa y el CP Mariano Bianchini como titular y la Lic Maria Marta Solera como suplente, ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Paula Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.----------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 774-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 215-C-13 Cpo. 01 a 04 y 05 (digital) referente a las “OBRAS DE MENOR ENVERGADURA P/ PYMES Y COOPERATIVAS” y ;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 114/21 de fecha 18 de Febrero de 2021, se aprueban las modificaciones presentadas en los ítems de mano de obra y Pliego de bases y Condiciones con el fin de aclarar y resolver situaciones problemáticas que se presentan cotidianamente;
Que en virtud de dar cumplimiento con el procedimiento de determinación de precios oficiales establecido en el Punto 2 II del Anexo I: “Modalidad para determinación de los Ítems, los precios oficiales y Adjudicación de precios unitarios”, el Área Contaduría, incorpora la Resolución nº 6/2021 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil el cual establece en su Artículo Nº 1 el valor vigente a partir del 1º de Septiembre de 2021.
Que el Área Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca en conjunto con el Área Apoyo e Ingeniería de la Gerencia de Obras, actualiza al 1º de Octubre del 2021, el presupuesto oficial a los valores vigentes de Salario Mínimo Vital y Móvil para este tipo de Obras, agregando en formato digital el presupuesto de mano de obra actualizado para AGUA y CLOACA;
Que con la finalidad de agilizar el procedimiento de actualización de precios para Obras de Menor Envergadura, la Gerencia de Compras y Suministros en concordancia con la Gerencia de Obras, Gerencia de Grandes Consumidores y el Area Contaduría, sugieren la posibilidad de que se realice la actualización automática de los precios cuando se produzca una variación el SMVM;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a ---------------------las OBRAS DE MENOR ENVERGADURA P/ PYMES Y COOPERATIVAS.--------------------------------------
ARTICULO 2º: Aprobar la actualización de precios, en cumplimiento al procedimiento --------------------de determinación de precios oficiales establecido en el Punto 2 II del Anexo I: “Modalidad para determinación de los Ítems, los precios oficiales y Adjudicación de precios unitarios”.--------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Gerencia de Obras a realizar la actualización -----------------------automática de los precios, cuando el Area Cantaduría informe que se ha producido una modificación en el SMVM.----------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a invitar a las ----------------------Cooperativas y PYMES a cotizar los precios actualizados para Obras de Menor Envergadura a fin de realizar el acto administrativo correspondiente a la adjudicación de precios.--------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Gerencia --------------------General de Grandes Consumidores, Gerencia de Compras y Suministros, Gerencia de Obras, Contaduría y a quienes más corresponda y cúmplase.-
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 21/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 92/21 referente a la “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 92/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 4 (cuatro) empresas del ramo solo presentó oferta 1 (una) firma a saber: CIAGESER S.A según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que CIAGESER S.A se encuentra inscripta en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/2022.
Que el Área Pañol y Administración dependiente de la Gerencia de Logística Operativa informa que habiendo analizado la oferta presentada, la firma CIAGESER S.A. cumple con lo solicitado
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 92/2021 “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.032.800,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 92/2021 ------------------ referente al “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR”.-----------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 92/2021 “SERVICIO DE ALQUILER ----------------- DE CAMION DESOBSTRUCTOR” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.032.800,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial.---------------------------------------------
ARTICULO 3°: Los servicios serán prestados por 160 horas en días hábiles, a partir del día ------------------ siguiente a haber recibido la Orden de Compra respectiva. O.S.S.E. brindará el personal para la desobstrucción. La certificación se realizará por hora trabajada. El plazo prestación del servicio será de 20 (veinte) días hábiles.--------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A ------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros de OSSE comunicará a la firma ----------------- adjudicataria el día de inicio de la prestación del servicio contratado y lugar donde deberá presentarse a designar por la Gerencia de Producción o la Gerencia de Logística Operativa de OSSE, dentro del horario asignado tentativo: LUNES A VIERNES DE 6.30 A 14.30 HS. Dentro de ese horario OSSE utilizará los servicios contratados certificando las horas en que efectivamente éste se haya cumplido o haya estado disponible al pié de obra por requerimiento exclusivo de OSSE. OSSE no abonará los días no trabajados por lluvia u otra inclemencia climática y consecuencia. OSSE podrá modificar el horario de acuerdo a sus necesidades, notificándoselo a la contratista con 24 (veinticuatro) horas de anticipación. En caso de emergencia la notificación será telefónica a la Gerencia de Producción o de Logística operativa, siendo efectuada por escrito y en forma fehaciente en el día hábil inmediatamente posterior. O.S.S.E. podrá en forma transitoria o permanente, alterar o adecuar los días y horarios de prestación del servicio según su propia conveniencia, incluyendo sábados; y excepcionalmente domingos, feriados o días no laborables; para lo cual será suficiente la notificación previa a la contratista. Las horas de servicio comenzarán a computarse desde el momento en que el equipo requerido llegue al lugar indicado por OSSE, y dentro del horario acordado, finalizando cuando el mismo se retire del lugar. La Gerencia de Producción certificará las horas prestadas por el adjudicatario, y visará la Gerencia de Logística Operativa.--------------------------------------------------
ARTICULO 6º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A
------------------- que en un plazo máximo de 5 ( cinco) días hábiles de notificada la presente deberá dar cumplimiento con la presentación de la documentación requerida en el Art. 18 del PByC.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 776-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 21/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado para los Renglones Nº 07 y 09 y Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 04 al oferente JUAREZ RAMON ANGEL autorizado por Resolución de Directorio Nº 722/2021 de fecha 29/09/21 según da cuenta la documentación agregada al Expediente digital de referencia;
Que con fecha 01/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 04 correspondiente a JUAREZ ANGEL RAMON y con fecha 14/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de sobres del Segundo llamado a Licitación de referencia presentándose para el mismo 2 (dos) oferentes: VINITZKY CLAUDIO JOSE y LEON ROBERTO WALTER;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 18/10/2021 informa lo siguiente: 1) MEJORA DE PRECIOS (Renglón Nº 04) habiéndose requerido una Mejora de Precios al Sr JUAREZ ANGEL RAMON para el Renglón Nº 04 el mismo cotizó la suma de $504 mejorando así un 18.85% su oferta original y en coincidencia con el Presupuesto Oficial. En consecuencia recomiendan asignar el Renglón Nº 04 (p/ Gerencia de Producción – Batán) al mencionado oferente; 2) SEGUNDO LLAMADO (renglones Nº 07 y 09) a) Análisis de Documentación: VINITZKY CLAUDIO: Presenta la totalidad de la documentación requerida en el PByC cotiza renglones Nº 07 y 09; LEON ROBERTO WALTER: El oferente presenta Anexo 5 incompleto y advierte que el Anexo 4 al constituir domicilio no indica el piso y departamento consignado en el Anexo 5. Presenta el resto de la documentación requerida y cotiza el Renglón Nº 9; b) Análisis Técnico: DECLARAN ADMISIBLES las siguientes ofertas: Renglón Nº 7 VINITZKY CLAUDIO JOSE y Renglón Nº 09 LEON ROBERTO WALTER y declarar INADMISIBLE el renglón Nº 07 cotizado por LEON ROBERTO WALTER en virtud que cotiza con vehículo Pick Up marca Fiat Toro 2.0 siendo requerida camioneta todo terreno apta para trabajos fuertes y terrenos agrestes de tipo chevrolet S10, Nissan Frontier, Amarok, Toyota Hilux, Ford Ranger o similar doble tracción no menor a 2.5 cilindradas. Por lo expuesto la Comisión recomienda:1) Renglón Nº 07: Solicitar una Mejora de Precios al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE ya que el precios cotizado se encuentra un 33.77% por encima del Presupuesto Oficial y; 2) Asignar el Renglón Nº 9 (Gerencia de Producción – Operaciones CAS sur) al oferente LEON WALTER ROBERTO quedando la misma supeditada a que previamente el oferente complete con sus datos los Anexos 4 y 5;
Que esta Gerencia observa del Acta de Comisión que por un error involuntario invirtieron los números de los Renglones cotizados por cada proponente para el Segundo llamado a Licitación siendo los correctos los siguientes VINITZKY CLAUDIO cotiza el Renglón Nº 7 y LEON ROBERTO WALTER cotiza los Renglones Nº 07 y 09;
Que el oferente LEON WALTER ROBERTO ha dado cumplimiento con la presentación de los Anexo 4 y 5 completos;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: 1) Rechazar las oferta presentada por el oferente LEON ROBERTO WALTER para el Renglón Nº 07 por los motivos expuestos precedentemente;2) Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras y; 3) ADJUDICAR los Renglones 04 y 09 de la Licitación Pública Nº 15/2021 Mejora de Ofertas y Segundo llamado “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 04: |
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OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
||
JUAREZ RAMON ANGEL |
Renault Master Modelo 2011 Patente: JXO 622 |
$ 504.00 |
Area Control de Flota |
L A V |
||
|
|
|
|
|
||
|
|
|
||||
Renglón Nº 09: |
|
|||||
OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
||
LEON ROBERTO WALTER |
Fiat Toro 2.0 4x4 Volcano Modelo 2018 Patente: AC828EA |
$ 681.00 |
Area Control de Flota |
L A D |
||
|
|
|
|
|
||
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2: Rechazar las oferta presentada por el oferente LEON ROBERTO WALTER ------------------ para el Renglón Nº 07 en virtud que cotiza con vehículo Pick Up marca Fiat Toro 2.0 siendo requerida camioneta todo terreno apta para trabajos fuertes y terrenos agrestes de tipo chevrolet S10, Nissan Frontier, Amarok, Toyota Hilux, Ford Ranger o similar doble tracción no menor a 2.5 cilindradas.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: ADJUDICAR los Renglones 04 y 09 de la Licitación Pública Nº 15/2021 -------------------- Mejora de Ofertas y Segundo llamado “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
|
|
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ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a los adjudicatarios que --------------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán constituir un Depósito de Garantía equivalente al 5% del monto contractual (Art. 5.3 de las Cláusulas Generales), el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE de acuerdo a lo establecido en el Art. 3.5 de las Cláusulas Generales. En caso de hacer uso de la opción del descuento en una única cuota deducible de la primer factura, en igual plazo, deberán presentar nota al respecto (Art. 5.4 de las Cláusulas Generales).--------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a los adjudicatarios que ----------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán presentar la documentación requerida en el Art. 13 de las Cláusulas Particulares.-------------------------------
ARTICULO 6º: El servicio se prestará por el plazo de 6 (seis) meses, a partir de la notificación de la presente o hasta agotar las horas contratadas de servicio efectivo del vehículo, pudiendo OSSE hacer uso de la Opción prevista en el Art. 3 de las presentes Cláusulas.---------------------
ARTICULO 7º: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para ------------------ el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial para el mencionado Renglón cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras----
ARTICULO 8º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 3º.----------------------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 777-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION UNIFORMES” que tramita bajo la Licitación Pública Nº 16/2021; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 16/2021 autorizado por Resolución de Directorio Nº 603/21 de fecha 24/08/21, según surge de las actuaciones agregadas al Expediente digital habiendo presentando oferta 6 (seis) firmas a saber PATAGONYKA GROUP SA, CONFAL SA, VENDITTI LUIS ALBERTO, ALVAREZ ROCIO BELEN, CALE URBANO SA y ABETE Y CIA SA según surge del Acta de Apertura de fecha 22/09/21;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación mediante Acta de reunión de fecha 04/10/21informa lo siguiente: Análisis de documentación la firma PATAGONYKA GROUP S.A, no presenta copia del Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, sí acompaña el resto de la documentación requerida y; las firmas ABETE y CIA S.A., VENDITI LUIS ALBERTO, CONFAL S.A., CALE URBANO S.A. y ALVAREZ ROCIO BELEN presentan la totalidad de documentación exigida. Análisis de Muestras: PATAGONYKA GROUP S.A. RENGLON 01 (Camisa Grafa)): NO CUMPLE. No tiene logo estampado ni cinta reflectiva; presenta muestra de color verde. Presenta nota respecto al color; RENGLON 02 Pantalón Grafa): NO CUMPLE. Falta cinta reflectaiva, botones y trabas en el bolsillo trasero; RENGLON 03 (Jean caballero): CUMPLE; RENGLON 04 (Buzo de algodón) NO CUMPLE. Falta la etiqueta que describe la composición de la tela. La cinta reflectiva, no cumple con el ancho de 40 mm, la medida del contorno de tórax no corresponde con el talle "M" del cuadro OSSE presente en el PBC y las medidas del refuerzo del codo tampoco cumplen con las medidas exigidas; RENGLON 05 (Campera de abrigo): NO CUMPLE Falta logo, falta cruce cubre barbijo, no cumple con las medidas del bolsillo interno, no cumple con las medidas del velcro, no cumple con las medidas del talle de la muestra que ofrece (talle L) y RENGLON 06 (Chomba): NO CUMPLE Falta logo (pero se observa la calidad del estampado en el buzo -renglón 4- presentado por la firma), los botones no son azules, no cumple con la medida de largo correspondiente al talle de la muestra (XL) con las del cuadro OSSE presente en el PByC. ABETE Y CIA S.A. RENGLON 03 (Jean caballero – Oferta Alternativa): CUMPLE; RENGLON 06 (Chomba Oferta Alternativa): NO CUMPLE: El porcentaje solicitado en la composición de la tela (es 100% de algodón y se solicita mezcla con poliéster en el PByC), se observa confección defectuosa y no cumple con las medidas del cuadro OSSE y RENGLON 08 (Jean dama – Oferta Alternativa): CUMPLE. VENDITTI LUIS ALBERTO: RENGLON 03 (Jean caballero): NO CUMPLE. El tipo de tela y la doble costura cañón solicitada en el PByC; RENGLON 06 (Chomba): NO CUMPLE. Los botones son blancos, no tiene logo estampado. En el caso de adjudicarse sugieren notificar fehacientemente al proveedor que deberá respetar la curva de talles de OSSE presente en el PByC y deberá presentar la muestra con logo estampado, etiqueta y botones azules; RENGLON 07 (Pantalón vestir dama) y RENGLON 09 (camisa manga larga dama): CUMPLEN; RENGLON 10 (Camisa manga corta dama): CUMPLE. Se sugiere notificar fehacientemente al proveedor que las medidas del bolsillo coincidan con lo solicitado en el PByC; RENGLON 11 (Cárdigan dama); RENGLON 12 (Pantalón de vestir caballero); RENGLON 13 (Camisa caballero manga larga)y RENGLON 14 (camisa caballero manga corta): CUMPLEN y; RENGLON 15 (sweater cashmilon caballero): NO CUMPLE con la curva de talles establecidos. Presenta nota respecto al plazo de entrega. Sugieren solicitar al proveedor respetar los plazos establecidos por OSSE para cada renglón. ALVAREZ ROCIO BELEN. RENGLON 04 (Buzo algodón): CUMPLE. Presenta una muestra talle 04 con las medidas para un talle 03. Sugieren notificar fehacientemente al proveedor que deberá respetar la curva de talles de OSSE; RENGLON 05 (Campera de abrigo); RENGLON 07 (Pantalón de vestir dama); RENGLON 09 (Camisa dama manga larga); RENGLON 09 (Camisa dama manga larga – Oferta Alternativa); RENGLON 10 (Camisa manga corta dama): CUMPLE; RENGLON 10 (Camisa manga corta dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El largo de la manga de acuerdo a lo especificado en el PByC y RENGLON 12 (Pantalón de vestir caballero): NO CUMPLE. La tela interna es contrastante (color blanco) y se observan desprolijidades en las costuras en la confección de la prenda (además, se observa que se añadió un trozo de tela para colocar el botón interno). CALE URBANO S.A RENGLON 01 (Camisa Grafa - Oferta Básica): NO CUMPLE. La muestra no posee cinta reflectiva, el logo no es el que se solicita y tampoco cumple con el color. Pero el proveedor presenta nota aclaratoria junto con la cotización, donde se compromete a cumplir con lo establecido en el pliego; RENGLON 02 (Pantalón Grafa - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. La muestra no tiene la traba ni los botones en los bolsillos traseros. No cumple con el color de la prenda ni posee la cinta reflectiva.- Pero el proveedor presenta nota aclaratoria junto con la cotización, donde se compromete a cumplir con lo establecido en el pliego; RENGLON 03 (Jean caballero -Oferta Básica): NO CUMPLE. No tiene costura doble cañón necesaria en un pantalón de trabajo, el color no es el solicitado, no posee etiqueta con el talle, lo que impide evaluar el resto de las características; RENGLON 04 (Buzo de algodón - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No tiene la cinta reflectiva, el logo no es el solicitado, la tela no posee la composición requerida, no tiene refuerzos en los codos; RENGLON 05 (Campera de abrigo Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No tiene manta en el cuello, el puño mide 2 cm (se solicita 5 cm) Posee 3 broches muy espaciados, en lugar de 4 como mínimo que se solicita. El logo no es el correcto; RENGLON 06 (Chomba - Oferta Básica): NO CUMPLE. La presentación de la muestra es confusa (presenta dos muestras una azul como básica con la nota abrochada y una gris sin aclaraciones lo que impide su análisis), el diagrama del logo no es el correcto, la chomba azul no tiene 3 cm de ribb en la terminación de la manga como se solicita en el PBC. No indican talle lo que impide evaluar si las medidas son las que corresponden; RENGLON 07 (Pantalón vestir dama - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. La tela utilizada para su confección es " Cotton satén", que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada; RENGLON 08 (Jean dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Es pinzado en la cintura. Se observa una costura desprolija en la parte inferior de ambas piernas; RENGLON 09 (Camisa dama manga larga – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Falta bolsillo, el logo no es el solicitado, tela traslúcida, no cumple con la distancia de 7 cm entre botones indispensable en camisa de dama para evitar aberturas; RENGLON 10 (Camisa dama manga corta – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Posee manga ¾, no cumple con las medidas de largo de manga solicitado en PBC.- No cumple con la distancia de 7 cm entre botones indispensable en camisa de dama para evitar aberturas; RENGLON 11 (Cárdigan dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El tejido es de hilo que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. De resultar adjudicado se sugiere solicitar al proveedor presentar la muestra en color azul; RENGLON 12 (Pantalón vestir caballero – No se aclara si la Oferta es Básica o Alternativa: NO CUMPLE. La tela es alpaca que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. Le falta el botón interno y la etiqueta de talle.- Se sugiere solicitar al proveedor se ajuste a las medidas del cuadro de talles OSSE del PBC; RENGLON 13 (Camisa manga larga caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El cuello es blando y deformable. El logo no es el correcto, no posee bolsillos, no posee etiquetas lo que impide su correcta evaluación; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El cuello es blando y deformable. El logo no es el correcto, no posee bolsillos, no posee etiquetas lo que impide su correcta evaluación; RENGLON 15 (Sweater escote v caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El tejido es de hilo que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. CONFAL S.A: RENGLON 01 (Camisa Grafa): NO CUMPLE las especificaciones pero presenta nota con otros plazos de entrega más extensos que los del pliego. Aceptando su opción del estampado en el lugar superior al bolsillo (aceptado por OSSE como excepción en la O. de C. 292/2020 - Concurso de Precios 13/20); RENGLON 02 (Pantalón Grafa): CUMPLE las especificaciones pero presenta nota con otros plazos de entrega más extensos que los del pliego. De adjudicarse se sugiere solicitar al proveedor que el plazo de entrega sea 45 días como plazo máximo; RENGLON 03 (Jean caballero) CUMPLE. De adjudicarse, se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON 04 (Buzo algodón): CUMPLE. De adjudicarse se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON 05 (Campera de abrigo): NO CUMPLE las especificaciones. Se sugiere la oferta básica de manga recta, y aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor. Presenta un modelo alternativo que CUMPLE con las especificaciones técnicas, con la única diferencia que es .manga ranglan; RENGLON 06 (Chomba) NO CUMPLE no tiene el logo. Se sugiere solicitar al proveedor presentar la muestra con logo estampado. Se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON13 (Camisa manga larga caballero): NO CUMPLE, si bien no posee logo, ni bolsillos, ni el bordado del logo, el proveedor presenta NOTA ACLARATORIA EN LA OFERTA, donde expresa que de ser adjudicado cumplirá con lo solicitado en el PBC. Y que el logo está en poder de OSSE pues fue presentado en la licitación 4/2020. Se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON13 (Camisa manga larga caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No se puede evaluar la confección en un trozo de tela de 10 cm x 10 cm aprox. que es lo presentado; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero): NO CUMPLE. Presenta NOTA ACLARATORIA EN LA OFERTA, donde expresa que de ser adjudicado cumplirá con lo solicitado en el PBC. Y que el logo está en poder de OSSE pues fue presentado en la licitación 4/2020; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No se puede evaluar la confección en un trozo de tela de 10 cm x 10 cm aprox. que es lo presentado y; RENGLON 15 (Sweater caballero): Color azulino. Sugieren aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor. Por lo tanto recomiendan: 1) DECLARAR ADMISIBLE: PATAGONYKA GROUP S.A: Renglón 03, Oferta Básica.; ABETE Y CIA S.A.: Renglones 03 y 08, Oferta Alternativa; VENDITI LUIS: Renglones 07, 09 ,10, 11 12,13 y 14, Oferta Básica; CONFAL S.A: Renglones 02, 03 04 y 15, Oferta Básica y ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones 04, 05, 07 y 10, Oferta Básica y Renglón 09 Oferta Alternativa; 2) Solicitar a todas las firmas oferentes que NO CUMPLEN, presenten nuevamente muestras de las prendas en los términos consignados en las especificaciones técnicas, y de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 08 último párrafo del PByC, en un plazo de 05 días hábiles y; 3) Completar la Documentación Faltante Solicitada
Que la Gerencia de Compras y Suministros previo a remitir lo requerido realizó un análisis de las actuaciones indicando lo siguiente: CONFAL SA: Renglón Nº 01 “Camisa Grafa” La comisión indica que la muestra presentada no cumple pero en forma siguiente agregan que aceptan la opción del estampado en el lugar superior del bolsillo el cual fue aprobado oportunamente por OSSE en el marco del Concurso de Precios Nº 13/2020 (OC 292/20). Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestras de este ítem; Renglón Nº 05 “Campera de Abrigo” (Oferta Básica) La comisión indica que no cumple las especificaciones pero sugieren la oferta básica manga recta, y aceptar la propuesta de 45 días como plazo máximo. Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestra de este ítem; Renglón Nº 15 “Sweater Caballero” La comisión no especifica si la misma cumple o no con lo requerido pero sugieren aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega. Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestra de este ítem. CALE URBANO SA: Al respecto, la Comisión requirió, entre otros, la presentación de nuevas muestras para los Renglones los Renglones Nº 07 “Pantalón de vestir dama” Oferta Alternativa; Renglón Nº 11 “Cardigan Dama” (Oferta Alternativa) y Renglón Nº 15 “Sweater escote caballero” (Oferta Alternativa). Al respecto esta Gerencia entiende que las mismas cumplirían técnicamente en virtud de tratarse de ofertas alternativas y que la tela utilizada, según lo informado por la Comisión, es de calidad superior a la solicitada dando cumplimiento con el requisitos de calidad y confección requerido en las Cláusulas Técnicas. Por lo tanto no se les requirió la presentación de nuevas muestras. En virtud de lo expuesto resultarían ofertas ADMISIBLES las siguientes: VENDITTI LUIS ALBERTO Renglones Nº 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 03 (Oferta Alternativas) y 08 (Oferta Alternativa); ALVAREZ ROCIO BELEN Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta Básica y Alternativa) y 10 (Oferta Básica); PATAGONYKA GROUP SA Renglón Nº 03; CONFAL SA Renglón Nº 01 a 05 y 15 y CALE URBANO los renglones Nº 07 (Oferta Alternativa) Nº11 (Alternativa) y Nº 15 (Alternativa)
Que en función del análisis realizado por esta Gerencia, se les requirió a las firmas proponentes mediante Cédula de Notificación la presentación de nuevas muestras y aclaraciones para los Renglones correspondientes. Al respecto, dichas firmas dan cumplimiento con la presentación de la documentación requerida;
Que la Comisión de Estudio de Oferta en Acta de Reunión de fecha 22/10/2021 informa lo siguiente: ACLARACIONES PREVIAS observan que La firma ABETE y CIA S.A no presentó nuevas muestras para el renglón 6 (oferta alternativa). La firma PATAGONYKA GROUP S.A. presenta nota manifestando la imposibilidad de modificar las muestras presentadas en el plazo requerido por OSSE, razón por la cual no acompañan nuevas muestras La firma VENDITTI LUIS ALBERTO presenta nota en la que advierten que no llegan a presentar muestra para el renglón 3 y que cumplirán con las especificaciones técnicas para los renglones 6 y 10. Asimismo, informa con respecto al renglón 15, que se ajustará a la curva de talles dispuesta por OSSE. La firma ALVAREZ ROCIO BELEN manifiesta que en lo que se refiere al renglón 10 que es una oferta alternativa y que cumplirán con las especificaciones técnicas requeridas para el renglón. En cuanto al renglón 4 se ajustará a los talles requeridos por OSSE. Ofrece opciones en cuanto a plazos de entrega, de los cuales optan por la opción entrega 100% a los 30 días corridos También presenta nota manifestando que mantiene su cotización hasta el 22/10/2021. CONFAL S.A. presenta nota manifestando que se ven imposibilitados de presentar nuevas muestras para los renglones 6 y 13 y que la chomba cotizada y presentada es la misma que se ofertó en la Licitación Pública N° 4/2020 Orden de Compra 661. No presentan nuevas muestras para los renglones 13 (ofertas básicas y alternativas) y 14 ( ofertas básicas y alternativas). Asimismo manifiestan que su propuesta se mantiene hasta el 22/10/2021. La firma CALE URBANO S.A. presenta nota manifestando que no presentarán muestras nuevas de los renglones 5, 6 y 12. 1.-Análisis de las muestras presentadas . Procedieron a la evaluación de las nuevas muestras presentadas por CALE URBANO S.A. , ALVAREZ ROCIO y CONFAL SA El resultado fue el siguiente: CONFAL S.A. Renglón 6 CHOMBA CUMPLE; CALE URBANO S.A: Renglón 1 CAMISA TELA TIPO GRAFA : CUMPLE (presentó dos muestras, en una se observa el logo y en otra la cinta reflectiva ); Renglón 2 : PANTALON GRAFA CUMPLE; Renglón 3 : JEAN CABALLERO CUMPLE; Renglón 4: BUZO ALGODÓN CUMPLE; Renglón 8 :JEAN DAMA CUMPLE; Renglones 9 y 10 : CAMISAS DAMA MANGA LARGA Y CORTA NO CUMPLEN ( las medidas de los bolsillos y la distancia entre botones no coinciden con lo requerido en las especificaciones técnicas); Renglón 13 : CAMISA MANGA LARGA CABALLERO ADM CUMPLE; Renglón 14 : CAMISA MANGA CORTA CABALLERO ADM CUMPLE. ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglon 4 BUZO ALGODON CUMPLE; Renglón 10 ( alternativa) CAMISA DAMA MANGA CORTA CUMPLE y Renglón 12 : PANTALON VESTIR CABALLERO CUMPLE. 2.-Habiendo analizado técnicamente las muestras mencionadas, RECOMIENDAN : 2.a) Declarar TECNICAMENTE ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL S.A renglones 1, 2, 3 , 4, 5, 6 y 15 (ofertas básicas) inclusive. PATAGONYKA GROUP S.A. renglón 3 (básica). ABETE Y CIA S.A renglón 3 ( oferta alternativa) y 8 ( oferta alternativa). ALVAREZ ROCIO BELEN : renglones 4, 5, 7. 9 ( oferta básica y alternativa, 10 (básica y alternativa ) y 12. VENDITTI LUIS ALBERTO renglones 6, 7 y 9 a 15 inclusive y CALE URBANO S.A. renglones 1, 2, (alternativa) 3, 4 (alternativa) 7 (alternativa) 8 (alternativa) 11 (alternativa) y 13 a 15 inclusive (alternativas). 2.b) RECHAZAR las siguientes ofertas que NO CUMPLEN con las especificaciones técnicas: CONFAL S.A. renglones 13 (básica y alternativa) y 14 ( básica y alternativa) PATAGONYKA GROUP S.A: renglones 1, 2, 4, 5 y 6 ( la firma no presentó nuevas muestras de estos renglones) ABETE Y CIA S.A renglón 6 ( alternativa) VENDITTI LUIS ALBERTO renglón 3. CALE URBANO S.A. : renglones 5 (alternativa), 6, 9 (alternativa), 10 (alternativa) y 12 (alternativa). 2. c) Habiendo analizado económicamente las ofertas ADMISIBLES recomiendan asignar los renglones de la siguiente manera: A la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los renglones 6 y 9 (ofertas básicas) por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 2.153.291,80.-); a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones 5, 7, 10 (Básica) y 12 por la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ( $ 1.540.850,00.-) Aclaran que se optó por la entrega del 100 % a los 30 días corridos. y; a la firma CALE URBANO S.A los renglones 1, 2 (alternativa), 3, 4 (alternativa), 8 (alternativa), 13 (alternativa y 14 (alternativa) por la suma de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ( $ 5.544.619,93.-) 2.-d) Se recomienda solicitar MEJORA DE PRECIOS a las firmas CONFAL S.A, y VENDITTI LUIS ALBERTO para los renglones 15 (los precios superan al P.O) y VENDITTI LUIS ALBERTO para el renglón 11 ( los precios superan al P.O).La Comisión recomienda a la Oficina de Compras aclarar a las oferentes que resulten preadjudicatarias que deberán indefectiblemente cumplir con la curva de talles establecida para las prendas ;
Que las firmas CONFAL SA y ALVAREZ ROCIO BELEN presentan nota informando que amplían el mantenimiento de sus propuestas hasta el día 27/10/2021 y 29/10/2021 ambos inclusive;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda 1) DECLARAR ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL SA renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03; 2) RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y Alternativa) y 14 (Ofertas Básicas y Alternativas); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive; ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones. ($10.296.514,00) y; 4) Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para el Renglón Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación -------------------- Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES”--------------------------------
ARTICULO 2º: DECLARAR ADMISIBLES de la Licitación Pública Nº 16/2021 las siguientes ------------------- ofertas: CONFAL SA: Renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA: Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03. -------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y ------------------ Alternativa) y 14 (Oferta Básica y Alternativa); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA los Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive.---------------
ARTICULO 4°: ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION -------------------UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones.--------------
ARTICULO 5º El plazo de entrega será de acuerdo al siguiente detalle: renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 05, 07, 10 (Oferta básica), 12, 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra con los talles; Renglón 08 (Oferta Alternativa) dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra; Renglones Nº 06 y 09 dentro de los 30 (treinta) a 40 (cuarenta) días hábiles de notificada la Orden de Compra y la toma de talles.----------------------------------------
ARTICULO 6°: La oficina de Compras comunicará a las firmas adjudicatarias que dentro de los 5 ------------------- (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------
ARTICULO 7º La Gerencia de compras y Suministros comunicará a las firmas adjudicatarias que ----------------- deberán cumplir con las curvas de talles establecidas por OSSE para las prendas.---
ARTICULO 8º: Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para ----------------- los Renglones Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 778-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 91/21 referente a la “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 91/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 02 (dos) firmas a saber: GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) y DOMINGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMINGUEZ ARZONDO ALEJANDRO S.H según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que todos los oferentes se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Servicios habiendo analizado las propuestas económicas presentadas por las firmas GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) y DOMINGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMINGUEZ ARZONDO ALEJANDRO S.H informa que ambas ofertas cumplen con lo requerido en las Especificaciones Técnicas;
Que en virtud que el domicilio declarado por la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en el Anexo 4 y 5 del Pedido de Cotización (Bordabehere Nº 222 Cta OSSE nº 409600/000) posee a la fecha una Deuda por Servicio Sanitario de $ 41.648.50, dicha firma con fecha 21/10/2021 presenta nota en cumplimiento del Art 6 Inc f) del PByC Particulares en la cual solicita, en caso de ser adjudicado, que se le descuente la deuda;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 91/2021 “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” a la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en las suma total de PESOS UN MILLON TREINTA MIL ($1.030.000,00)) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $1.269.290,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 91/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES”.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 91/2021 “ADQUISICION CARROS ------------------- PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” a la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en las suma total de PESOS UN MILLON TREINTA MIL ($1.030.000,00)) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar al Área Tesorería a descontar del pago a realizarse a la firma ------------------ GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) el saldo correspondiente a la deuda por Servicio Sanitario del domicilio de la calle Bordabehere Nº 222 (Cta OSSE nº 409600/000) declarado en el Anexo 4 y 5.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El plazo de entrega será a partir de la notificación de la orden de compra a la ------------------- firma adjudicataria y de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº 1 a los 90 (noventa) días corridos y; Renglón Nº 2 a los 30 (treinta) días corridos.--------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma ------------------- GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.
RESOLUCION 779-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” y;
CONSIDERANDO
Que Por Resolución de Directorio Nº 306/20 de fecha 16/06/20 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 49/20 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($636.000.-) siendo el plazo de entrega en forma parcial y a requerimiento de OSSE otorgando una vez efectuado dicho requerimiento un plazo de hasta 7 días hábiles para hacer efectiva la entrega (Orden de Compra Nº 367/2020);
Que la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA constituyo Depósito de Garantía de Contrato en efectivo según Recibo Oficial Nº 125/20 por la suma de $31.800,00;
Que de acuerdo a lo informado por el Área Control de Flota de OSSE, respecto a que reiteraron varias veces a la Cooperativa el pedido de provisión de vallas sin tener resultado, la Gerencia de Compras y Suministros intimó mediante Cédula de fecha 13/05/2021 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA a hacer efectiva la entrega de las mencionadas vallas. Ante la falta de respuesta por parte de la Cooperativa con fecha 25/06/21 se los intimo nuevamente a dar cumplimiento con la entrega de las 213 vallas de señalización de madera restantes correspondiente a la Orden de Compra Nº 367/20. Al respecto, habiéndose vencido el día 01/07/21 el plazo para dar cumplimiento con la entrega de las vallas la Cooperativa no realizó la entrega correspondiente. Dicha situación ha afectado gravemente la operatoria de OSSE en virtud de la importancia que revisten las mismas para realizar los trabajos en la vía pública;
Que la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa con fecha 28/06/2021 solicito al Área Contaduría proceda a la desafectación definitiva del saldo restante de la Orden de Compra Nº 367/2020 ($112.890) por no haber dado cumplimiento con la entrega de las mencionadas vallas de señalización;
Que en virtud de lo anterior se solicitó al Área Contaduría y a la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos tome conocimiento y se expida respecto a si comparte el criterio de rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” por causas atribuibles a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA realizando el Acto administrativo que autorice a ejecutar el Depósito de Garantía de Contrato Nº 125/20 de $31.800,00 y a suspender a la mencionada Cooperativa del Registro de Proveedores de OSSE por el término de 1 (un) año. Al respecto el Área Contaduría informa lo siguiente: 1) En cumplimiento de lo solicitado, se ha procedido a desafectar, mediante documento 17-00065, el importe de $112.890 como saldo restante de la orden de compra 15/367 2020, reimputada en el corriente año bajo el numero 190-20200367, 2) Se comparte el criterio del Área de Compras, de rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a vallas de señalización vertical de madera, por causas atribuibles a la Cooperativa de trabajo LA RAZON DE MI VIDA LTDA., con lo cual se deberá realizar el Acto Administrativo que autorice a ejecutar el Depósito de Garantía de Contrato Nro. 125/20 de $31.800, aplicar las sanciones que correspondan al proveedor por incumplimiento de contrato en un todo de acuerdo con la normativa vigente y la que rige para la presente contratación, e incluir en dicho acto administrativo la aprobación de la desafectación efectuada por esta Contaduría en cumplimiento de lo solicitado por la Jefatura de Compras en el punto anterior. En igual sentido, la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos informa que comparte el criterio de la Sra. Jefa de Compras, entendiendo que es procedente la rescisión del Concurso de Precios N° 49/2020 por causas atribuibles a la Cooperativa de Trabajo “La razón de mi vida” Ltda., la ejecución del Depósito en Garantía del contrato n° 125/20 de $31.800,00 y la determinación de la sanción que estime la Gerencia de Compras por el plazo que se considere adecuado;
Que en razón a lo anteriormente expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) Rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” adjudicado a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA., por causas atribuibles exclusivamente a la Cooperativa por los motivos expuestos en el exordio de la presente , 2) Autorizar a la Contaduría y Tesorería a ejecutar el Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 125/20 de fecha 18/06/2020, y 3) Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a suspender a la Cooperativa por el término de (02) dos años a partir de su notificación en el Registro de Proveedores de OSSE notificando a la Municipalidad y a todos les entes Municipales, a fin de que procedan en el mismo sentido, en virtud de los perjuicios operativos y económicos ocasionados a OSSE,;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente al ------------------- Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS”.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Rescindir la contratación correspondiente al Concurso de Precios Nº 49/20 referente ------------------- a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” efectuada con la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA., por causas atribuibles exclusivamente a la cooperativa.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría y a la Tesorería a proceder a la ejecución del Depósito ------------------ de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 125/20 de fecha 18/06/2020 perteneciente a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA. ----
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a la desafectación de la Orden de Compra Nº 367/20 ------------------- reimputada en el corriente año bajo el numero 190-20200367, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a suspender del Registro de ------------------- Proveedores de OSSE a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por el término de (02) dos años, notificando a la Municipalidad y a todos les entes Municipales, a fin de que procedan en el mismo sentido, inhabilitando a la misma para participar en futuras contrataciones, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto en la presente resolución.----------------------------
ARTICULO 7º: Dese al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a ------------------- los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase-
RESOLUCION 780-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 451-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JUANA MANSO Y CARASA” y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones para la obra de referencia el cual se encuentra incorporado de fs. 10 a 116, ambos inclusive, del citado expediente;
Que a fs. 119 y 120 obran dictámenes de la Gerencia de Contaduría y la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos quienes informan no tener observaciones para formular sobre el mismo;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 10 a 116, ambos ------------------- inclusive, del expediente Nº 451-C-2021. -----------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada Nº 21/2021 referente a la Obra ------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JUANA MANSO Y CARASA”, cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días corridos de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la -------------------Licitación Privada Nº 21/2021 integrada por el Ing. Pablo Senci quien presidirá la misma como titular y la Arq. Alejandra Franco como suplente, ambos por la Gerencia de Producción; la Lic. María Marta Solera como titular y el CP Mariano Bianchini como suplente ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Graciela Leone como titular y Dra. Paulina Archimio como suplente ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------
RESOLUCION 781-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED” que tramita bajo la Licitación Privada Nº 14/2020 y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 051/21 de fecha 28 de Enero de 2021, se adjudicó la Licitación Privada Nº 14/2020 Segundo llamado “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED” a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A en su Oferta Tipo: Alternativa 2 Bienes Importados (Tipo de Cambio vendedor utilizado BNA de fecha 06/01/21 $89.75) por la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 56/100 ($1.451.145,56) con impuestos incluidos, ofreciendo para los Renglones 3 y 4 una mayor cantidad de productos a fin de completar 2 SFPs por Switch junto con su Patch Cords., por cumplir con lo requerido en el pliego, ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse por debajo del presupuesto oficial de $ 1.515.011,90 (Orden de Compra Nº 110/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A , ha dado cumplimiento con todo lo requerido por su gerencia según Orden de Compra Nº 110/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 110/21 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 17/21 de fecha 04 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A --------------------la Licitación Privada Nº 14/2020 Segundo llamado “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED”.---------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 17/21 de fecha 04 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A.-----------------------------
ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 782-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 60/20 referente al “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 321/20 de fecha 25/06/2020, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 60/20 “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” a la firma M.O.S.T S.A por la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 396.000,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $408.000,00 (Orden de compra Nº 419/20 ( 190-20200419/21);
Que por Resolución de Directorio Nº 413/21 de fecha 18 de Junio de 2021, se resolvió Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 419/20 perteneciente a la firma M.O.S.T SA correspondiente al Concurso de Precios Nº 60/20 “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” por la suma de total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($66.000,00), equivalente al 16,66% del monto contratado originalmente encontrándose el mismo por debajo del límite fijado en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones (Orden de compra Nº 574/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma M.O.S.T SA ha dado total cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a las Órdenes de Compra Nº 419/20 y Nº 574/21 (ampliación), constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra Nº 419/20 y Nº 574/21 (ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA a la fecha se encuentran totalmente canceladas, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 134/20 de fecha 02 de Julio de 2020 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159/21 de fecha 02 de Julio de 2021(ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma M.O.S.T SA el Concurso de Precios Nº ------------------ 60/20 referente al " SERVICIO DE SOPORTE ORACLE”. ------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 134/20 de fecha 02 de Julio de 2020 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159/21 de fecha 02 de Julio de 2021(ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA. -------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 783-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 45/21 referente a la “ADQUISICION MEDIDORES DE AGUA CLASE B DE GRANDES DIMENSIONES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 381/21 de fecha 03 de Junio de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 45/21 referente a la “ADQUISICION MEDIDORES DE AGUA CLASE B DE GRANDES DIMENSIONES” de la siguiente manera: a la firma BOIERO SA el renglón 3 en su Oferta Alternativa Bienes Importados (COTIZACIÓN DEL DOLAR TIPO VENDEDOR DEL BNA DEL DÍA 21-05-21 a $99,25) por la suma total de $321.097,30 con impuestos incluidos; y a la firma EXION S.R.L los renglones 1, 2 y 4 (en su Oferta Básica Bienes Nacionales) por la suma total de $361.449,00 con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 30/100 ($682.546,30) con impuestos incluidos (Órdenes de Compra Nª 510/21 y Nº 527/21 respectivamente);
Que la Gerencia de Servicios informa que las firmas BOIERO S.A. y EXION S.R.L cumplieron satisfactoriamente con los productos entregados, según consta en actuaciones agregadas digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra Nº 510/21 y Nº 527/21 pertenecientes a las firmas BOIERO S.A. y EXION S.R.L respectivamente, a la fecha se encuentran totalmente canceladas, según consta en actuaciones agregadas digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 146 de fecha 11 de Junio de 2021 perteneciente a la firma EXION S.R.L. Respecto a la firma BOIERO S.A. se le eximió de la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación en virtud que la adjudicación propuesta para la firma se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($343.761,00), en cumplimiento a lo establecido en el Punto 2 del Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma EXION S.R.L y BOIERO S.A. el Concurso -------------------de Precios Nº 45/21 ---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 146 de fecha 11 de Junio de 2021 perteneciente a la firma EXION S.R.L. Respecto a la firma BOIERO S.A. se le eximió de la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación en virtud que la adjudicación propuesta para la firma se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($343.761,00), en cumplimiento a lo establecido en el Punto 2 del Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales -------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 784-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 46/2021 referente al servicio de “RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 342/21 de fecha 14/05/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 46/2021 “RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM” a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS VENTIDOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($822.674,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser la misma menor al Presupuesto Oficial de $850.062,00 (Orden de compra Nº 464/21);
Que la Gerencia de Logística Operativa informa que la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN ha cumplimentado satisfactoriamente con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a las Orden de Compra Nº 464/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 464/21 perteneciente a la CASUSCELLI MARCELO DAMIAN a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 129/21 de fecha 31 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN el --------------------Concurso de Precios Nº 46/2021 referente al servicio de" RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM”--------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 129/21 de fecha 31 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN.----------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 785-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 108/21 de fecha 11/02/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE”, entre otros, a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES) los renglones 1 y 2 en su oferta mejorada por la suma total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($381.979,00) con impuestos incluidos, (Orden de compra Nº 140/21);
Que la Gerencia de Producción informa que la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES), ha dado cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, según Orden de Compra Nº 140/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 140/21 perteneciente a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES) se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 23/21 de fecha 22 de Febrero de 2021 perteneciente a la MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO ------------------- (BRONZO ALEACIONES) el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE”. --------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 23/21 de fecha 22 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES). --------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 786-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la "ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 332/21 de fecha 12/05/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES”, entre otras, a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L los renglones Nº 11, 14, 17, 20, 26, 27, 28 y 29 (estos dos últimos en sus ofertas mejoradas) en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($446.380,00) con impuestos incluidos, (Orden de compra Nº450/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L cumplió con todo lo requerido técnicamente en la entrega de los materiales según la Orden de Compra N° 450/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 450/21 perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L, a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 99/21 de fecha 19 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L, el
-------------------Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES”. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- de Adjudicación Recibo Oficial Nº 99/21 de fecha 19 de Mayo de 2021, perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA SRL.-----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 787-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 555/21 de fecha 10 de Agosto de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES” a la firma NUMACO S.A, por la suma total de $1.100.000,00 con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y resultar la misma igual al Presupuesto Oficial (Orden de Compra Nº 805/21);
Que la Gerencia de Producción informa que la firma NUMACO S.A, ha dado total cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 805/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 805/21 perteneciente a la firma NUMACO S.A, se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 189/21 de fecha 20 de Agosto de 2021 perteneciente a la firma NUMACO S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma NUMACO S.A el Concurso de Precios Nº ------------------ 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES”. ----------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de Garantía ------------------- de Adjudicación Recibo Oficial Nº 189/21 de fecha 20 de Agosto de 2021, perteneciente a la firma NUMACO S.A. ----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 788-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
VISTO la sentencia definitiva dictada en autos caratulados "PALMISCIANO CRISTIAN NICOLAS C/ OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP S/ DESPIDO" (Expte. 64.153), de trámite por ante el Tribunal del Trabajo Nº 2 de Mar del Plata; y
CONSIDERANDO
Que en las mencionadas actuaciones iniciadas a partir de la demanda promovida por CRISTIAN NICOLÁS PALMISCIANO contra OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO, en fecha 22/10/2021 se dictó sentencia definitiva con fallo dividido resolviendo –por mayoría–: “1.- Hacer lugar -por mayoría Dra. Slavin y Dr. Escobar- parcialmente a la demanda incoada por CRISTIAN NICOLAS PALMISCIANO (DNI 33.273.344) condenando a OBRAS SANITARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO MAR DEL PLATA (O.S.S.E.) (CUIT 30-63046762-0) a pagar en concepto de capital la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y TRES Y CUATRO CENTAVOS ($239.163,04) por los siguientes rubros: Diferencia marzo 2016, abril 2016, días mayo 2016 (2 días), SAC proporcional diferencia, integración del mes de despido con SAC (28 días), indemnización sustitutiva de preaviso c/SAC, indemnización por despido c/ SAC (6 meses), e indemnización art. 2 ley 25.323.- 2.- Los intereses son liquidados desde que se devengó cada crédito y hasta la notificación de la demanda (30/03/17), a la tasa pasiva CAT (tasa digital, opción: Plazo Fijo Tradicional) que el Banco Provincia de Buenos Aires paga en las operaciones de depósito a plazo fijo a 30 días vigentes en los distintos periodos de aplicación, para un mínimo de $ 1.000, los que ascienden a la suma de $45.501,24, que se acumulan al capital totalizando la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y VEINTIOCHO CENTAVOS ($284.664,28) (art. 770 inc. B) CCCN). El importe resultante de la acumulación de capital más intereses devenga el mismo tipo de interés moratorio referido hasta que quede firme la sentencia, efectuándose ese cálculo hasta el 12/10/2021 ascendiendo a la suma de $ 423.454,61. Totalizando la demanda en concepto de capital más intereses la suma de PESOS SETECIENTOS OCHO MIL CIENTO DIECIOCHO Y OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($708.118,89) sin perjuicio de calcular los intereses que correspondan por el período posterior al 12 de Octubre de 2021 y hasta que quede firme la presente. En caso de falta de pago de la liquidación judicial en el plazo que otorga la sentencia, los intereses moratorios allí liquidados se acumularán al capital (art. 770 inc. c. C.C.C.N.).- 3.- Imponer las costas a la demandada en su calidad de vencida (Art. 19 Ley 11.653).- 4.- La suma condenada deberá ser depositada dentro de los diez días de notificada la presente, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a la orden del Tribunal y cuenta de autos.- 5.- Considero justo regular el honorario del Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 70.811,88, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 7.224 JUS (equivalentes al día de la fecha a $23.603,96 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $708.118,89, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS hasta tanto acredite el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 49.568,32con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 49.568,32 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 49.568,32 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 6.- Sin perjuicio de ello, y atento lo dispuesto por los arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT y doctrina legal de la SCBA L 117.701 “Titos c. Atento” S 20/05/2015, entre otros, corresponde limitar la responsabilidad de la demandada condenada en costas por los porcentajes de honorarios indicados en el punto anterior, a los que a continuación se detallan, excluyendo -por mayoría Dra. Slavin y Dra. Sallette- de la limitación mencionada el I.V.A. (CNAT SALA VIII, Expte. 28.486/2012 Sentencia del 9/9/2014 “Liendro, Carlos Alberto c/ Benteler Automotive S.A. s/ Despido”; C. 181 XXIV del 16 de junio de 1993 “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación”): Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 37.810,71, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 3.857 JUS (equivalentes al día de la fecha a $12.603,57 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $708.118,89, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS hasta tanto acredite el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 26.467,50 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $26.467,50 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 26.467,50 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 7.- Desestimar los rubros diferencias salariales con inc. SAC, art. 53 ter, art. 132 bis, vacaciones no gozadas con inc. SAC e indemnización art.80 LCT, imponiéndose sobre estos rubros las costas a la actora (Arts. 19, 65 y ccds. Ley 11.653 y art.68 C.Pr.), con el beneficio de gratuidad (arts.20 de la LCT, 22 de la Ley 11.653 y Ley 12.200).- 8.- A fin de la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes se toma en consideración el monto de los rubros rechazados que ascienden a $115.302,41 y la ponderación de las circunstancias relevantes de la litis (SCBA L.107.497, entre otros): Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 8.071,17, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 0.823 JUS (equivalentes al día de la fecha a $2.690,39 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $115.302,41, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS y Dr. PABLO SERGIO SZPYRNAL hasta tanto acrediten el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 8.071,17 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 8.071,17 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 8.071,17 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 9.- Sin perjuicio de ello, y atento lo dispuesto por los arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT y doctrina legal de la SCBA L 117.701 “Titos c. Atento” S 20/05/2015, entre otros, corresponde limitar la responsabilidad de la demandada condenada en costas por los porcentajes de honorarios indicados en el punto anterior, a los que a continuación se detallan, excluyendo -por mayoría Dra. Slavin y Dra. Sallette- de la limitación mencionada el I.V.A. (CNAT SALA VIII, Expte. 28.486/2012 Sentencia del 9/9/2014 “Liendro, Carlos Alberto c/ Benteler Automotive S.A. s/ Despido”; C. 181 XXIV del 16 de junio de 1993 “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación”): Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 4.309,68 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 4.309,68 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 4.309,68 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).-…”;
Que conforme el Artículo 56 de la Ley 11.653 “En el caso de sentencia condenatoria, los recursos se concederán únicamente previo depósito del capital, intereses y costas con la sola excepción de los honorarios de los profesionales que representan o patrocinan a la parte recurrente.”, de modo tal que aún en caso de recurrir corresponderá depositar a la orden del órgano jurisdiccional la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SEIS CON OCHENTA y DOS CENTAVOS ($890.706,82) equivalente al tope de responsabilidad por costas fijado en Punto 6 del decisorio de acuerdo a lo establecido en arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT excluyendo de la limitación mencionada el I.V.A. Ello habida cuenta la falta de regulación de honorarios del Dr. Farías, la cual se encuentra pendiente. La constancia respectiva deberá ser remitida a la Asesoría Laboral no más allá del viernes 05/11/2021 a fines de acreditar dicha circunstancia en el expediente judicial en tiempo y forma;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Depositar o transferir a la orden del Tribunal de Trabajo Nº 2 de Mar del Plata en la cuenta judicial en pesos Nº 827368/0 CBU 01404238-27610282736804 abierta en Banco Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales Mar del Plata, correspondiente a los autos caratulados "PALMISCIANO CRISTIAN NICOLAS C/ OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP S/ DESPIDO" (Expte. 64.153), la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SEIS CON OCHENTA y DOS CENTAVOS ($890.706,82) y entregar constancia documentada de ello a la Asesoría Laboral no más allá del viernes 05/11/2021 a fines de acreditar dicha circunstancia en el expediente judicial en tiempo y forma.-
ARTÍCULO 2º: Los gastos que demande el cumplimiento de la dispuesto en el artículo precedente deberán ser imputados a la Jurisdicción 1.2.2.01.01.000 “Directorio”; Categoría Programática 01.00.10 “Asesoría Laboral”; Objeto del Gasto 3.8.4 “Multas, Recargos y Gastos judiciales”; Fuente de Financiamiento 1.2.0 “Recursos Propios”. La Contaduría queda facultada a efectuar las transferencias que eventualmente correspondan.-
ARTÍCULO 3 : Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.-
RESOLUCION 789-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto el artículo 93 de la Ordenanza Nº 25005; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº 25005 en su artículo 93 “se autoriza a Obras Sanitarias S.E. a establecer por el período comprendido entre el 1° vencimiento y el día efectivo del pago: a) un interés Resarcitorio…” “…un interés Punitorio I….” “….un interés Punitorio II….”;
Que en vista del escenario económico-social, a fin de fomentar el pago y recupero de deuda a través de los Planes de Facilidades de Pago previstos en el art. 93 del RGSS, se proponen alternativas y propuestas de financiamiento de deudas para las Zonas III, IV y V, para facilitar a los usuarios del Servicio Sanitario, una accesibilidad adecuada a los tiempos que corren;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Fijar para el mes de Noviembre de 2021 los siguientes intereses: ---------------------resarcitorio del 1.34 % (uno punto treinta y cuatro por ciento), un interés Punitorio I del 2.01% (dos punto cero uno por ciento) y un interés Punitorio II del 2.52 % (dos punto cincuenta y dos por ciento).----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Fijar para el sistema permanente de financiación un interés del 2.55% -------------------- (dos punto cincuenta y cinco por ciento).--------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer planes de facilidades de pago con la quita sobre --------------------- actualizaciones, intereses y recargos según la modalidad de pago conforme el siguiente esquema:
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado: para períodos hasta año 2015 inclusive |
100 % |
Contado: para períodos desde el año 2016 |
50% |
De dos a seis cuotas. |
30% |
De siete a doce cuotas. |
10% |
Escasos Recursos hasta treinta y seis cuotas. |
80% |
De trece a veinticuatro cuotas |
0 % |
Planes de Facilidades de Pago (Zonas III, IV y V).
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado. |
60 % |
De dos a seis cuotas. |
40% |
De siete a doce cuotas. |
20% |
Planes de Facilidades de Pago en cuentas de Gestión Judicial.
Modalidad de pago |
% de descuento |
De una a veinticuatro cuotas - Juridico |
0 % |
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN 790-2021 FIRMADO:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA 26/10/2021
Visto las tareas asignadas a la Gerencia de Logística Operativa; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de criterios de mejora continua se ha considerado asignar un responsable de Flota y Logística en las instalaciones de Base Sur, jerarquizando necesariamente la operatividad desarrollada por la Gerencia de Logística Operativa, para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro-;
Que el agente Cesar Ariel PERAZA (CI 1168) se encuentra calificado para desempeñar las funciones, correspondiendo su promoción a la Función Encargado Oficial Polifuncional;
Que el agente Francisco Alejandro ORDAS MORALES (CI 1029), integrante del equipo de trabajo, se encuentra en régimen de guardia rotativa -siendo ello incompatible con el servicio que desarrolla- correspondiendo desafectarlo de dicha modalidad e incorporarlo al Módulo “B” del Acta Paritaria Nº 8/2013 de Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo en el Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, manteniendo su situación escalafonaria;
Que como requisito esencial de la tarea en el Sector los agentes deberán mantener actualizadas las licencias especiales otorgadas por la autoridad competente para la conducción de vehículos y equipos móviles;
Que el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Promocionar al agente Cesar Ariel PERAZA (CI 1168) a la Función ------------------- Encargado Oficial Polifuncional para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro----
ARTÍCULO 2º: Incorporar al agente Francisco Alejandro ORDAS MORALES (CI 1029) ------------------- dentro del marco del Módulo B del Acta Paritaria 08/2013 (8 hs. diarias o 40 semanales de lunes a viernes), manteniendo su situación escalafonaria, desafectándolo del sistema de guardia rotativa.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer que los cambios entrarán en vigencia a partir del primer día -------------------- del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.-------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------
RESOLUCION 791-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
Encargado Redes de Agua Base Norte
Nivel Escalafonario: Encargado Polifuncional
Dependencia Directa: Jefe de Área Gestión de Flota y Logística.
FUNCIONES:
791-2021
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al agente CP Walter Eduardo CABALLERO (CI 397 durante el periodo comprendido desde el día 14 de octubre de 2021 al día 31 de diciembre de 2021, y;
CONSIDERANDO
Que dicho agente se encuentra a cargo del Área Patrimonio, y las funciones Jerárquicas específicas que desempeña fueron resumidas por la Jefatura del Área;
Que la Contaduría a través de la Disposición Nro 62/2021 ha dispuesto el reemplazo del cargo del Area a la Agente María Isabel RABANAL (CI 310);
Que siendo necesario llevar adelante la interacción con diversos Organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales y realizar trámites ante los Registros de Propiedad Automotor, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras por los vehículos y por otros bienes patrimoniales de propiedad de la Empresa, es necesario tramitar la autorización pertinente en esos organismos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Autorizar al agente Maria Isabel RABANAL (CI 310) a interactuar con -------------------diversos organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales y realizar trámites ante los Registros Nacionales de Propiedad Automotor, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras por los vehículos y por otros bienes patrimoniales de propiedad de la Empresa.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------corresponda.- Cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 792-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la Ordenanza Nº 25.006 de fecha 22/01/2021, de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, aprobando el Presupuesto de Gastos, el Cálculo de Recursos de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado para el Ejercicio 2021 y la Resolución Nro. 110/21 del 12/02/2021; y
CONSIDERANDO
Que dicha Ordenanza fue promulgada mediante Decreto Nº 139 de fecha 22/01/2021;
Que por los artículos 5º y 6º se autoriza al Directorio de O.S.S.E. a efectuar Ampliaciones y Modificaciones Presupuestarias;
Que el artículo 16 del Decreto 2980/00 establece que “El Cálculo de Recursos a incluir en el proyecto de Ordenanza de Presupuesto considerará todos los rubros que se estima ingresarán durante el ejercicio que se presupuesta, representen o no entradas de dinero en efectivo al Tesoro, así como los excedentes de ejercicios anteriores que se estimen existentes a la fecha de cierre del ejercicio anterior al que se presupuesta…”;
Que en virtud de lo expresado, y por aplicación de los Criterios Prácticos del Honorable Tribunal de Cuentas, en el ejercicio 2021 se debe proceder a ajustar los fondos que se encuentran entre las disponibilidades;
Que por Resolución Nro. 110/21 del 12/02/2021, se procedió a ajustar los saldos iniciales del año 2021 de las fuentes de fondos de libre disponibilidad y afectadas y el presupuesto de la deuda flotante;
Que en una nueva revisión, se advirtió una diferencia de $ 17.284 en el ajuste de los saldos de libre disponibilidad, conforme se detalla en el Anexo I, que se ajustarán por la presente resolución,
Que en el Anexo II, se detalla los ajustes indicados;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Disminuir el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos en la -------------------suma de $ 17.284,00 (Pesos Diecisiete mil doscientos ochenta y cuatro con 0 centavos), para los Recursos y Gastos de Origen Municipal de Libre Disponibilidad, conforme se detalla en el Anexo II.----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a Contaduría y ------------------- Tesorería y cúmplase.------------------------------------------------------------
RESOLUCION 793-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I –
SALDOS PRESUPUESTADOS Y SALDOS CONTABLES AL INICIO |
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DETALLE DE RUBROS |
PRESUPUESTO |
AL 31/12/2020 |
Diferencias |
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CALCULO DE RECURSOS |
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2021 |
SALDO CONTABLE |
Disminución |
1.2.0 Recursos |
Libre Disponibilidad |
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3.5.1.01 |
Caja y Banco de Libre Disponibilidad |
173.667.453,97 |
173.650.169,97 |
-17.284,00 |
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173.667.453,97 |
173.650.169,97 |
-17.284,00 |
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ANEXO II- AJUSTES SALDOS AL INICIO – LIBRE DISPONIBILIDAD
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CALCULO DE RECURSOS |
Importe |
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1.2.2.01.10.000 |
Oficinas de Ley s/Ley Orgánica Municipal |
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3.5.1 |
Disponibilidades |
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3.5.1.01 |
De caja y Bancos – De Libre Disponibilidad |
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-17.284,00 |
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PRESUPUESTO DE GASTOS |
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1.2.2.01.14.000 |
Gerencia de Recursos Humanos |
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14.00.02 |
Administración de Recursos Humanos |
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1.1.5.03 |
Generales |
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-17.284,00 |
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MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la Nota presentada por la PROAS Cooperativa de Provisión de Bienes y Servicios Consumo, Crédito y Vivienda para Profesionales Universitarios Ltda. registrada bajo el Numero 111-2021-15, incorporada al expediente 25500-2021-436-S- 1; y
CONSIDERANDO
Que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. se encuentra en la búsqueda de inmuebles cercanos a la Base Szpyrnal en función de la necesidad de espacio para poder llevar adelante en forma correcta sus funciones;
Que el Directorio ha dado el visto bueno al ofrecimiento realizado por la cooperativa PROAS;
Que el impacto de las actividades de OSSE en la comunidad adyacente es importante siendo necesario un mejor ordenamiento para lo cual se requiere de espacio;
Que se encuentra incluido en el Presupuesto 2020 y 2021 la adquisición de terreno/s para la posible expansión de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. pero en virtud de la pandemia declarada COVID -19 el mercado retrajo la oferta y por lo tanto no se dio inicio la licitación para la adquisición;
Que se considera conveniente aceptar el ofrecimiento en Comodato Gratuito por ser un inmueble ubicado en las inmediaciones de la Base Szpyrnal lo que llevaría a lograr un alivio para los vecinos del lugar;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Apruébese el convenio, que como Anexo I forma parte de la presente, --------------------- de Comodato Gratuito de la porción de 2018,00 mts cuadrados del Inmueble identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN VI –SECCION A-MANZANA 37P PARCELA I, del partido de General Pueyrredon por el término de veinticuatro (24) a partir del mes de de Noviembre del año 2021, suscripto entre Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. y la firma PROAS Cooperativa de Provisión de Bienes y Servicios Consumo, Crédito y Vivienda para Profesionales Universitarios Ltda., en virtud de lo mencionado en los considerandos de la presente, Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon. -----------------------
ARTICULO 2º: Dese al Registro de Resoluciones. Notifíquese a la Intendencia de --------------------- OSSE, a la Contaduría y a la Tesorería a los efectos de dar cumplimiento a la presente. Cúmplase------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO I
CONTRATO DE COMODATO
En la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredon, Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de octubre de 2021, comparecen SERGIO DANIEL LUTI (DNI 13.824.652) y MARIO ALBERTO REAL (DNI 21.076.485) en representación de la COOPERATIVA PROAS DE PROVISIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, CRÉDITO Y VIVIENDA PARA PROFESIONALES UNIVERSITARIOS LTDA., en su carácter de presidente y secretario de la misma respectivamente, con domicilio en calle FRENCH Nro. 6690 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante la COMODANTE; y el Sr. CARLOS ALBERTO KATZ (DNI 16.593.363) en representación de OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. en su carácter de Presidente de la misma, con domicilio en calle FRENCH 6737 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante, la COMODATARIA; y convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO -ad referéndum de su aprobación por el Honorable Concejo Deliberante-, sujeto a las cláusulas que siguen:
PRIMERA. ANTECEDENTES: LA COMODANTE es propietaria de un inmueble en esta localidad delimitado por las calles French, República del Líbano, Brandsen y linderos, que se encuentra designado con Nomenclatura Catastral Circunscripción VI - Sección A - Manzana 37p - Parcela 1, pudiendo otorgar uso exclusivo a la COMODATARIA de una porción del mismo que se designa en plano adjunto (en adelante el PREDIO), que en la actualidad carece de destino específico y tiene dos mil dieciocho (2.018) m2 de superficie. Por su emplazamiento en proximidad a edificios de la COMODATARIA, las partes consideran que el PREDIO puede ser aprovechado por ésta última, con ventajas para ambas partes, a saber: por un lado la COMODANTE reduce costos de conservación y mantenimiento; mientras que la COMODATARIA adquiere el derecho al uso y goce gratuito de un terreno ubicado en lugar conveniente para soporte logístico de sus actividades de modo tal que las dos se benefician con mejoras en las condiciones de seguridad e integración urbana.-
SEGUNDA. OBJETO: LA COMODANTE da en comodato o préstamo gratuito de uso a la COMODATARIA, el PREDIO de dos mil dieciocho (2.018) m2 de superficie cuya identificación surge de designación en plano adjunto que integra el presente.-
TERCERA. DESTINO: LA COMODATARIA se compromete a destinar el PREDIO objeto del contrato para el desarrollo de su actividad y se obliga a poner toda diligencia en la conservación del mismo asumiendo responsabilidad por todo detrimento que sufra por su culpa. Queda expresamente prohibido el cambio de destino, como así también ceder, alquilar, dar en comodato y, en general, cualquier otro acto que otorgue la tenencia a terceros.-
CUARTA. PLAZO: La duración del presente será por el término de veinticuatro meses (24) meses a partir del día 01/11/2021, considerándose renovado en forma automática por períodos iguales de doce (12) meses, salvo comunicación en contrario y en forma fehaciente de cualquiera de las partes a la otra con no menos de cuarenta y cinco (45) días de antelación.-
QUINTA. OBRAS Y MEJORAS: LA COMODATARIA se obliga a reintegrar el PREDIO objeto del contrato en las mismas condiciones de uso en que fue recibido, salvo el deterioro que resulte por el uso normal y habitual de las cosas. Sin embargo, las partes reconocen la necesidad de ejecutar obras y mejoras que permitan a la COMODATARIA hacer uso exclusivo del PREDIO objeto del contrato, como así también emplazar módulos de oficinas móviles. Dichas obras y mejoras deberán adecuarse a las normas y reglamentos vigentes y serán acordadas por las partes en acta por escrito en forma previa al inicio de su ejecución. A la finalización del presente contrato por cualquier causa la COMODATARIA tendrá derecho a retirar los módulos de oficinas móviles y cualquier otra obra que pueda ser removida sin daño para el inmueble. EL COMODANTE podrá quedarse con las mejoras ó instalaciones realizadas por el COMODATARIO que le resulten útiles o necesarias, sin previo pago, a menos que en el acta respectiva se hubiere pactado expresamente lo contrario. Las partes dejan contemplada la posibilidad que para el supuesto de futura venta (total o parcial) de este predio en favor de Obras Sanitarias Mar del Plata SE y/o del Municipio de General Pueyrredón, las mejoras que hubieren sido introducidas por LA COMODATARIA puedan ser valuadas y deducidas del precio de venta.----
SEXTA: GARANTÍA DE INDEMNIDAD: Todo personal contratado por la COMODATARIA para realizar las obras o prestar tareas, deberá contar con seguros y certificados que demanda la legislación vigente para el desarrollo de dicha actividad. Corre por exclusiva cuenta de la COMODATARIA gestionar, obtener y mantener la totalidad de las habilitaciones, permisos o autorizaciones exigibles a nivel municipal, provincial y nacional, que fueran requeridas para el desarrollo de las actividades en el PREDIO objeto del contrato. La COMODATARIA será absolutamente responsable por todos los daños que experimente LA COMODANTE y/o terceros, incluído el personal de la COMODATARIA, en sus personas o bienes, como consecuencia del uso por la COMODATARIA del PREDIO y/o sus accesorios, y/o del destino pactado y/o de cualquier otro hecho de la COMODATARIA, y/o sus dependientes y/o terceros, y/o de cualquier otra circunstancia, siniestro o evento no imputable a la COMODANTE. En consecuencia, la COMODATARIA se obliga a contratar y mantener actualizados el pago de los seguros necesarios para cubrir los riesgos de siniestros que pudieran afectar las construcciones y a las personas y a mantener indemne a la COMODANTE frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiera experimentar por los daños referidos en los párrafos precedentes, salvo cuando deriven de vicios ocultos de la cosa.
SÉPTIMA. PAGO DE SERVICIOS E IMPUESTOS: Sin perjuicio de que éste comodato es gratuito, se acuerda que la COMODATARIA asuma en forma exclusiva el pago de todos los servicios que consuma en el PREDIO objeto del contrato durante todo el tiempo que tenga vigencia el mismo. En consecuencia, es obligación de la COMODATARIA efectuar el pago de las facturas por la provisión de agua potable, energía eléctrica, gas natural, teléfono, y/u otro servicio que en el futuro pudiera recibir en el PREDIO. Igual responsabilidad de pago asume respecto a los impuestos, contribuciones y/o tasas municipales, provinciales o nacionales que graven al inmueble del cual el PREDIO objeto del contrato forma parte o a las actividades allí desarrolladas. EL COMODANTE queda obligado a cumplir con su obligación de colaboración y cooperación, facilitando la documentación e información que eventualmente se le requiera.
OCTAVA: RESTITUCIÓN: El PREDIO deberá ser restituído libre de ocupantes y sin deudas, debiéndose acreditar con los comprobantes respectivos el pago o la exención parcial o total de los servicios, como así también de las tasas, contribuciones y/o impuestos que graven al PREDIO o a las actividades allí desarrolladas. La restitución, que únicamente podrá probarse por escrito, deberá hacerse en domicilio de la COMODANTE sito en calle FRENCH Nro. 6690 de Mar del Plata pudiendo cambiar de lugar la COMODANTE para lo cual deberá notificar por medio fehaciente dicho cambio a la COMODATARIA.-
NOVENA: El COMODATO celebrado en este acto es de esencia gratuita y las partes convienen regir su relación conforme los artículos 1533, subsiguientes y concordantes del Código Civil y Comercial.-
DECIMA: RESCISIÓN: El incumplimiento por parte de la COMODATARIA de cualquiera de las obligaciones que asume por el CONTRATO DE COMODATO dará derecho a la COMODANTE a resolverlo de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna y a exigir la inmediata restitución del PREDIO y reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.-A su vez, el incumplimiento por parte de la COMODANTE a las obligaciones que le competen por la asunción del presente contrato, y, en especial a sus obligaciones de cooperación y de no privación y/o turbación del uso y goce del inmueble, dará derecho a la COMODATARIA a resolverlo de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, quedando habilitado para retirarse del predio y reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.-En caso que la COMODANTE no reciba el inmueble objeto del presente contrato, por cualquier causa; la COMODATARIA queda autorizada a labrar acta notarial dejando constancia de su retiro y si hubiere bienes con cerramiento podrá depositar las llaves de los mismos en la Escribanía seleccionada.
DÉCIMO PRIMERA: JURISDICCIÓN: Para todos los efectos legales emergentes del contrato las partes se someten a la competencia de los tribunales del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mar de Plata, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo al efecto como especiales los domicilios consignados precedentemente, en los cuales se tendrán por válidas cualesquiera intimaciones o notificaciones judiciales o extrajudiciales.-
DÉCIMO SEGUNDA: DOMICILIOS CONTRACTUALES: Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados al principio en donde serán tenidas por válidas todas las notificaciones que se cursen.-
DÉCIMO TERCERA: CONTRATO “AD REFERENDUM”: Las partes aceptan que éste contrato es provisorio y no obliga a! COMODATARIO hasta tanto el Honorable Concejo Deliberante sancione la respectiva ordenanza aprobándolo en los términos del art. 24 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. No obstante, la COMODANTE otorga permiso precario a la COMODATARIA para que inmediatamente después de la firma del presente pueda depositar contenedores en el PREDIO que es objeto del contrato, realizando las adecuaciones que fueren imprescindibles para ello, y emplazar una garita de seguridad.-
En prueba de conformidad se firman tres copias de un mismo tenor y a un solo efecto, dejándose constancia que cada parte hace retiro de su ejemplar.-
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 770/2021 de fecha 19/10/2021 (fs 371) se declaró admisible la oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA procediéndose a la apertura del Sobre Nº 02 “Oferta Económica” según surge del Acta de Apertura de fecha 21/10/2021 (fs 374);
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación en Actas de reunión de fechas 22/10/21 (fs 396) y 26/10/2021 (fs 403) habiendo la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. procedido a dar cumplimiento a lo consignado en el Acta de Reunión 02 de la Licitación Pública 19/21 referida a rectificación del valor Precio Unitario cotizado y el correspondiente Análisis de Precio del Ítem 4.2 Relleno con Mortero de Densidad Controlada , informa que reconoce como Oferta Valida la propuesta presentada por la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. Indican que el Presupuesto Oficial asciende a $31.399.093,95, con Impuestos Incluidos, el cual actualizado por Departamento de Presupuesto, Gráfica y Datos Estratégicos, de la Gerencia de Obras a la fecha de apertura asciende a $33.124.321,54, con Impuestos Incluidos. La oferta de la firma, por su parte, asciende a $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos. En conclusión, recomienda solicitarle a la oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. mejora de oferta toda vez que el valor ofrecido resulta un 12.79% superior al del Presupuesto Oficial actualizado;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Solicitar a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA una Mejora de Ofertas en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 372 del
---------------------Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 ------------
ARTICULO 2º: Solicitar a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA una Mejora de Ofertas ------------------ en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras---------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 795-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 777/21 de fecha 21/10/2021 se resolvió, entre otros, solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial para el mencionado Renglón;
Que con fecha 22/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 correspondiente al mencionado oferente;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 26/10/2021 informa lo siguiente: MEJORA DE PRECIOS (Renglón 7) Sr. Vinitzky Claudio Jose cotizó la suma de $ 850, 00-, mejorando así en un 7,17% su oferta original pero aun encontrándose un 24.82% por encima del Presupuesto Oficial. Según nota presentada por parte del Gerente del sector solicitante ante la Gerencia de Logística Operativa donde informa que se encuentra en curso los trabajos de estudio de pozos y mediciones en los ensayos de bombeos, estos pozos se encuentran en cuencas del arroyo el Durazno, Los Padres y nacientes del Vivorata que implican distancias mayores a las recorridas en forma habitual, sumado a la complejidad de los accesos a estos terrenos. Motivo de lo mencionado es que se realizó una actualización del Presupuesto Oficial debido a una mayor cantidad de km a recorrer, y el mismo dio como resultado un valor hora de $ 730, 00- lo que achica esa brecha a 16, 44%. Sin embargo, la Comisión entiende que el valor sigue siendo elevado en relación al Presupuesto Oficial y solicita una nueva Mejora de Precios de la Oferta;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una nueva Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta, aún luego de realizada la Mejora de Precios autorizada por Resolución de Directorio Nº 777/21, el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una nueva Mejora de ------------------ Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta, aún luego de realizada la Mejora autorizada por Resolución de Directorio Nº 777/21, el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------
ARTICULO 3°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 796-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
VISTO la Compensación por Uso de Vehículo Particular establecida por las Resoluciones Nº 341/12; 295/18; 885/19 y 747/21 en donde se aprueba el procedimiento de otorgamiento y uso; y
CONSIDERANDO
Que existe la necesidad de actualizar el procedimiento de otorgamiento y uso de la Compensación por Uso de Vehículo Particular, adaptándolo a las nuevas condiciones laborales de la Empresa;
Que el Directorio es el único facultado para designar a los agentes que afectarán sus vehículos a las tareas que se desarrollan en OSSE, estableciéndose un valor único de compensación más 4 litros del combustible que corresponda utilizar;
Que la Gerencia de Logística Operativa manifiesta la necesidad de implementar controles sobre los vehículos particulares utilizados por los Agentes para la prestación del Servicio;
Que las Gerencias y Departamentos certificarán a los agentes que afecten y/o desafecten sus vehículos con periodicidad mensual y por los días de utilización efectiva;
Que en la Resolución 341/12 se fijó en $ 12,31 el valor para la Compensación por Uso de Vehículo Particular por cada día efectivamente utilizado el vehículo, más 4 litros de Combustible, actualizándose dicho monto a $ 50,00 según Resolución Nº 295/18;
Que el valor actualmente vigente fue aprobado el 14/06/18, por lo que se considera oportuno su actualización a través del Índice de Precios al Consumidor Nivel General, desde Junio de 2018 a Septiembre 2021, quedando establecido el nuevo monto en la suma total de $180,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 341/12; 295/18, 885/19 y 747/21 las --------------------- que quedarán reemplazadas por la presente en todos sus términos.----------
ARTICULO 2°: Entiéndase como Compensación por Uso de Vehículo Particular la --------------------- utilización de automóviles particulares de los agentes puestos a disposición de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado para el cumplimiento de las tareas propias de su cargo y / o las encomendadas por su dependencia.----------------------
ARTÍCULO 3º: Autorizar a los agentes que afectarán sus vehículos a las tareas que ---------------------- desarrollan en OSSE que han sido propuestos por las Gerencias y que se detallan en el listado que como Anexo I forma parte de la presente, a percibir la Compensación por Uso de Vehículo Particular, en un todo de acuerdo a la presente resolución. -----------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Apruébese como “Valor Único” – “Compensación por Uso de Vehículo ---------------------- Particular” lo establecido en el Anexo II que forma parte de la presente, fijándose el nuevo valor diario en la suma de $ 180,00 en concepto de mantenimiento, más 4 litros del combustible que corresponda utilizar para su vehículo particular por día laborable y efectivamente consumido por el vehículo con provisión de Tarjeta de Combustible por parte de OSSE.---------------------------------
ARTÍCULO 5º: Los Agentes que perciben la Compensación por Uso de Vehículo Particular --------------------- deberán cumplir con el Relevamiento Anual a efectuarse por la Gerencia de Logística Operativa según Anexo II que forma parte de la presente.---------------------------
ARTÍCULO 6º: La Contaduría recibirá del 1 al 10 de cada mes las certificaciones --------------------- mensuales de las Gerencias y Departamentos que mínimamente deberán contener:
ARTÍCULO 7º: La Contaduría, la Gerencia de Servicios y la Gerencia de Logística --------------------- Operativa podrán disponer medidas adicionales de verificación, reducción y/o ampliación de controles a los efectos de un mejor procedimiento.-----------------------------
ARTÍCULO 8º: La Gerencia de Servicios reglamentará la utilización de la Tarjeta de --------------------- combustible.---------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 9º: Establecer la vigencia de la presente a partir del primer día del mes --------------------- siguiente a su aprobación.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 10º: Regístrese, dese al Registro de Resoluciones. Comuníquese a las ----------------------- Gerencias, Departamentos y Oficinas de Ley. Cúmplase.--------------------
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
C.I. APELLIDO Y NOMBRE
130 SCALELLA LUIS ALBERTO
191 PATRONI GUSTAVO JOSE
274 HERRERA RICARDO
350 CASTELLAN PAPE CARLOS FABIAN
391 EGEA ADRIANA VERONICA
394 GONZALEZ ALTAMIRANDA CLAUDIO
425 VINCIGUERRA MIGUEL ANGEL
427 MOSER FEDERICO JOSE
428 VIGLIETTI JOSE MARIA
461 MELLINO ALFREDO ANDRES
492 GAYOSO GUSTAVO DANIEL
516 FARIAS JOSE LUIS
638 PRADILLA GUILLERMO HUGO
780 BURGOS RAUL OSCAR
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO II
CARACTERÍSTICAS GENERALES:
RELEVAMIENTO ANUAL:
La Gerencia de Logística Operativa realizará anualmente, al 30 de Junio de cada año, un Relevamiento de los vehículos particulares utilizados por los agentes para las tareas propias de su cargo y/o encomendadas por su dependencia.
La documentación mínima que deberá verificar es la siguiente:
Se establece por única vez que la realización del relevamiento anual se efectuará dentro de los 30 días siguientes contados a partir de la firma de la presente.
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 28/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION UNIFORMES” que tramita bajo la Licitación Pública Nº 16/2021; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 778/21 de fecha 26/10/21 se resolvió: 1) DECLARAR ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL SA renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03; 2) RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y Alternativa) y 14 (Ofertas Básicas y Alternativas); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive; 3) ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones. ($10.296.514,00) y; 4) Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para el Renglón Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones;
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a MEJORA DE OFERTAS según surge del Acta de Apertura de fecha 27/10/21, presentándose para la misma la firma CONFAL S.A, la cual presenta Mejora para el Renglón Nº 15 otorgando un 2 % de descuento sobre el valor cotizado oportunamente. (Valor Sweater caballero: $1.999) y la firma VENDITTI LUIS ALBERTO, la cual presenta Mejora para los Renglones Nº 11 y 15 otorgando un 1% de descuento sobre el valor cotizado oportunamente;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación mediante Acta de reunión de fecha 27/10/21 informa lo siguiente: Las mejoras de precios ofrecidas por las firmas CONFAL S.A y VENDITTI LUIS ALBERTO son las siguientes: CONFAL S.A ofrece un descuento de 2% sobre el valor oportunamente cotizado para el Renglón 15 (sweater caballero) y VENDITTI LUIS ALBERTO ofrece un descuento de 1% para los renglones 11 y 15. Si se analiza solamente los valores ofrecidos para la mejora de precios para estos dos renglones (11 y 15), los cotizados en esta instancia superan al P. O en un 25,09 %. Agrega que teniendo en cuenta la inflación y que los precios del Presupuesto Oficial son de 03/2021, si se los actualizara al mes 09/2021, por SISTEMA DE INDICES DE PRECIOS MAYORISTAS (SIPM) (Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), del INDEC, Código 173 (Tejidos y Artículos de Punto), los precios de la Oferta respecto a los Precios del Presupuesto ajustados, estarían un 0.55% por debajo, según Coeficiente de actualización: 1.25789246. Si se los actualizara por SISTEMA DE INDICES DE PRECIOS MAYORISTAS (SIPM), Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB), del INDEC, la Oferta, respecto a los Precios del Presupuesto ajustados, daría una variación del 1.32 % por encima del Presupuesto Oficial según Coeficiente de actualización: 1.23457279. Asimismo, considerando la adjudicación global, con las mejoras ofrecidas el porcentaje de variación en relación al Presupuesto Oficial Total es de un 8,01 %, por debajo del mismo. Agrega que de considerarse conveniente las mejoras ofrecidas por los oferentes antes mencionados, aconsejaría asignar el renglón 15 a la firma CONFAL S.A por la suma de Pesos CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE con 00/100 ($ 445.777,00) y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el renglón 11 por la suma de Pesos CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($ 433.855,24);
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda ADJUDICAR los Renglones Nº 11 y 15 – Mejora de Ofertas de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” de la siguiente manera: a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el Renglón Nº 11: CARDIGANS PARA DAMA por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($433.855,24) con impuestos incluidos y a la firma CONFAL S.A el Renglón Nº 15: SWEATER ESCOTE EN V PARA CABALLEROS ADMINISTRATIVOS por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($445.777,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 24/100 ($879.632,24) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación -------------------- Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES.--------------------------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR los Renglones Nº 11 y 15 – Mejora de Ofertas de la Licitación Pública
----------------- Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” de la siguiente manera: a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el Renglón Nº 11: CARDIGANS PARA DAMA por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($433.855,24) con impuestos incluidos y a la firma CONFAL S.A el Renglón Nº 15: SWEATER ESCOTE EN V PARA CABALLEROS ADMINISTRATIVOS por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($445.777,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 24/100 ($879.632,24) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC.---
ARTICULO 3º: El plazo de entrega será de acuerdo al siguiente detalle: RENGLON 11: Cardigans
------------------ para Dama: dentro de los 30 (treinta) a 40 (cuarenta) días hábiles de notificada la Orden de Compra y entregado los talles luego de la prueba y armado de curva por parte de OSSE; y RENGLON 15: Sweater Escote V para Caballero: dentro de los 30 (TREINTA) días corridos de recibida la Orden de Compra con los talles.------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria CONFAL S.A que
--------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------------------------
ARTICULO 5º La Gerencia de compras y Suministros comunicará a las firmas adjudicatarias que ----------------- deberán cumplir con las curvas de talles establecidas por OSSE para las prendas.---
ARTICULO 6º: Autorizar al Area Contaduría a realizar los ajustes necesarios a la adjudicación
---------------- propuesta en el Artículo 2º.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7°: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 8°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 798-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Nuevo llamado a Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE autorizado por Resolución de Directorio Nº 796/2021 de fecha 27/10/21 según da cuenta la documentación agregada al Expediente digital de referencia;
Que con fecha 28/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 correspondiente al mencionado oferente;;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 28/10/2021 habiéndose requerido una nueva Mejora de Precios al Sr. Vinitzky Claudio Jose para el renglón 7 informa que el mismo cotizó la suma de $ 730,00-, encontrándose una mejora significativa siendo la misma igual al Presupuesto Oficial actualizado. Con respecto al segundo vehículo solicitado no se realizaron ofertas. Por lo expuesto, esta Comisión considera el valor cotizado por Vinitzky Claudio Jose se encuentra acorde a los intereses de OSSE recomendando asignar dicho turno y para el turno que quedo desierto iniciar un nuevo trámite para la contratación;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: 1) ADJUDICAR el Renglón Nº 7 (1 turno) de la Licitación Pública Nº 15/2021 “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 07: |
|
|||
OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
VINITZKY CLAUDIO JOSE |
Toyota Hilux 4x4 cabina doble. Mod 2011 Patente: JTZ 471 |
$ 730.00 |
Área Control de Flota |
L A V |
y; 2) DECLARAR DESIERTO 1 (un) turno del Renglón Nº 07 por inexistencia de oferta desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación autorizando al Área solicitante a iniciar un nuevo tramite;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2: ADJUDICAR el Renglón Nº 7 (1 turno) de la Licitación Pública Nº 15/2021 -------------------“SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 07: |
|
|||
OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
VINITZKY CLAUDIO JOSE |
Toyota Hilux 4x4 cabina doble. Mod 2011 Patente: JTZ 471 |
$ 730.00 |
Área Control de Flota |
L A V |
ARTÍCULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará al adjudicatario que --------------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán constituir un Depósito de Garantía equivalente al 5% del monto contractual (Art. 5.3 de las Cláusulas Generales), el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE de acuerdo a lo establecido en el Art. 3.5 de las Cláusulas Generales. En caso de hacer uso de la opción del descuento en una única cuota deducible de la primer factura, en igual plazo, deberán presentar nota al respecto (Art. 5.4 de las Cláusulas Generales).---------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará al adjudicatario que ----------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán presentar la documentación requerida en el Art. 13 de las Cláusulas Particulares.-------------------------------
ARTICULO 5º: El servicio se prestará a partir del día 01/11/2021 por el plazo de 6 (seis) meses, o hasta agotar las horas contratadas de servicio efectivo del vehículo, pudiendo OSSE hacer uso de la Opción prevista en el Art. 3 de las presentes Cláusulas.---------------------------
ARTICULO 6º DECLARAR DESIERTO 1 (un) turno del Renglón Nº 07 por inexistencia de ------------------ ofertas desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación.----
ARTICULO 7º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 2º y a desafectar el saldo correspondiente al turno del Renglón Nº 7 declarado desiertos indicado en el Artículo 6º--------
ARTICULO 8º: Autorizar a la Gerencia solicitante a iniciar, un nuevo trámite de contratación ------------------- por el turno del Renglón Nº 07 declarado desierto.----------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 799-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 referente a la 6º prórroga del “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 366/19 de fecha 18/06/2019 obrante a fs. 292/3 se adjudicó la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego – Orden de Compra Nº 605/19 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 20 de Junio de 2019;
Que por Resolución de Directorio N° 290/20 de fecha 04/06/2020, obrante a fs. 535/37 se resolvió autorizar a la Oficina de Compras a confeccionar la orden de compra por la nueva renegociación de la contratación por los meses de Diciembre 2019 a 20/06/2020 del "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO - AÑO 2019-2020", correspondiente a la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., por la suma total de $1,262,414.50 (PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 50/100), quedando el nuevo valor hora para el mes de Diciembre 2019 (a partir del día 20, día que se cumple el período mínimo de 6 (seis) meses de ejecución de contrato hasta el 31/12/2019), en $336.91 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 91/100) para un total de 644.26 horas ; para el mes de Enero 2020 en $368.20 (PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 20/100) para un total de 1932.77 horas, para el mes de Febrero 2020 en $396.30 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 30/100) para un total de 1932.77 horas, para los meses de Marzo y Abril 2020 en $402.70 (PESOS CUATROCIENTOS DOS CON 70/100) para un total de 3865.54 horas y para el mes de Mayo y Junio hasta el día 20 inclusive en $396.30 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 30/100) para un total de 3221.28 horas. (Orden de Compra Nº 420/2020);
Que por Resolución de Directorio N° 303/20 de fecha 12/06/2020, obrante a fs. 550 se resolvió autorizar a la Oficina de Compras a realizar la prórroga del “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” de la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019, a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 01/100 ($9.191.481,01), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 396,30). Plazo de prestación del servicio 12 (doce) meses contados a partir de las 12 hs. del día 20/06/2020 y hasta las 12 hs. del día 20/06/2021, en un todo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 3 y 10 de las Cláusulas Particulares del Pliego. (Orden de Compra Nº 390/2020);
Que por Resolución de Directorio N° 341/21 de fecha 14/05/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 79/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 10 (diez) días desde las 12 hs. del día 20/06/2021 hasta las 12 hs del día 01/07/2021 en la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SESENTA Y TRES CON 19/100 ($363.063,19), con impuestos incluidos (Valor Hora $369,30).(Orden de Compra Nº 439/2021);
Que por Resolución de Directorio N° 410/21 de fecha 18/06/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 92/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 02 (dos) meses desde las 12 hs. del día 01/07/2021 hasta las 12 hs del día 31/08/2021 ambos inclusive en la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 50/100 ($1.674.187,50) con impuestos incluidos (Valor hora: $446.45) (Orden de Compra Nº 543/2021);
Que por Resolución de Directorio N° 614/21 de fecha 25/08/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 183/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 31/08/2021 hasta las 12 hs del día 01/10/2021 ambos inclusive en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON 75/100 ($837.093,75) con impuestos incluidos (Valor hora $446,45) (Orden de Compra Nº 823/21);
Que por Resolución de Directorio N° 705/21 de fecha 24/09/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 201/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/10/2021 hasta las 12 hs del día 01/11/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON 75/100 ($837.093,75) con impuestos incluidos (Valor hora $446,45) (Orden de Compra Nº 972/21);
Que atento que con fecha 01/11/2021 finaliza la 5º prórroga autorizada por Resolución de Directorio N° 705/21 y siendo que se encuentra en instancia de tramitación el Segundo llamado la Licitación Pública Nº 04/21 “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO – AÑO 2021/2022” el Área Intendencia a fin de no resentir el servicio de limpieza de todas las dependencias de OSSE, con fecha 27/10/2021 confecciona la Solicitud de Pedido Nº 3-151-71 por la suma de $990.918,75 con impuestos incluidos. La misma corresponde a la 6º prórroga por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive;
Que para la Confección de la Solicitud de Pedido Nº 3- 151-71 se tomó un Valor Hora de $528.45 que surge del Análisis de Costos confeccionado por esta Gerencia el cual se encuentra adjunto a las presentes actuaciones. Dicho valor hora surge de incrementar el Salario Básico y presentismo según aumento salarial otorgado por el Sindicato de Obreros de la Maestranza (SOMRA) a Septiembre 2021 respecto de los mismos conceptos utilizados para la Contratación Directa Art 156 Inc 8 LOM Nº 201/21. Al respecto, continuando la estructura que indica el PByC en el Art 11.5 para las Redeterminaciones de Precios variando los únicos conceptos redeterminables (Mano de Obra) y manteniendo fijos los conceptos no redeterminables, se obtendría un valor hora que alcanza el Valor hora de $528.49;
Que habiendo tomado intervención el Área Contaduría, procede a imputar la Solicitud de Pedido Nº 3-151-71, encuadrando la misma bajo la modalidad de Contratación Directa Art 156 Inc 8 de la LOM;
Que la firma HIPOLITO INTEGRAL SA presenta Pedido de Cotización de la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 completo y firmado por la suma total de $990.918,75. Mediante nota prestan conformidad para la contratación del servicio de limpieza por modalidad de contratación directa para el mes de Noviembre. Adjuntan análisis de precios resultando un valor hora para noviembre sin rentabilidad de $570,30 mientras que el aprobado para esta Contratación de es de $528.49. No obstante lo expuesto aceptan la presente contratación con el objeto de dar continuidad al servicio de limpieza considerando un servicio crítico en el presente contexto;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 75/100 ($990.918,75) con impuestos incluidos (Valor hora $528,49);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º:Aprobar las actuaciones digitales correspondiente a la Contratación Directa Art. ------------------ 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”.----------------------------
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 -------------------- correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 75/100 ($990.918,75) con impuestos incluidos (Valor hora $528,49).----------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: El plazo de prestación del servicio de referencia será por el término de ------------------- 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive.----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-
RESOLUCION 800-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y02 referente a la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 795/21 de fecha 27/10/2021 (fs. 405) se solicitó a la firma RECONSTRUCCIÓN CAÑOS S.A una Mejora de Precios en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial;
Que con fecha 28/10/21 se realizó la apertura de sobre de la mejora de oferta de la licitación de referencia según surge del acta obrante a fs. 409;
Que en Acta de reunión del día 28/10/21(fs. 413) la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación informa lo siguiente: En Acta de Reunión Nº 03 de fecha 26 de octubre de 2021 se solicitó a la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A una mejora de oferta. Con fecha 27 de octubre de 2021 la firma oferente remitió una nota en la cual señala que no es posible mejorar su oferta. Indican que el Presupuesto Oficial asciende a $31.399.093,95, con Impuestos Incluidos, el cual fue confeccionado a fecha julio 2021, el cual actualizado por Departamento de Presupuesto, Gráfica y Datos Estratégicos, de la Gerencia de Obras a la fecha de apertura asciende a $33.124.321,54, con Impuestos Incluidos. La oferta de la firma, asciende a $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos. En conclusión, la oferta asciende tan solo a un 12.97% sobre el presupuesto oficial actualizado. Atento que en el primer llamado solo se presentaron dos oferentes de los cuales solo una oferta resultó válida; que se procedió a un segundo llamado presentándose solo un oferente, a pesar de haberse realizado la publicidad y los avisos en tiempo y forma; que se detectó un defecto en la confección de la planilla de cotización, que al subsanarse supone una merma en la expectativa de beneficio del oferente; que se solicitó mejora de precio y que el Presidente de la Comisión, en carácter de autoridad del área solicitante enfatiza el interés que reviste la obra y el costo que significa para OSSE dilatar su ejecución; la comisión entiende que la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A por $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos resulta conveniente a los Intereses de OSSE;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 19/21 Segundo llamado “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS OCHO CON 66/100 ($37.421.808,66) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 406 del Expediente N° 344-
------------------- O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 19/21 Segundo Llamado “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” a la firma RECONSTRUCCIÓN CAÑOS S.A por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS OCHO CON 66/100 ($37.421.808,66) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.----------------------------------------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN -------------------TEJEDOR 2° ETAPA” será de 120 (CIENTO VEINTE) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.-----------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Preadjudicataria ------------------ que dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ---------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ----------------- Garantía de Mantenimiento de Oferta a la firma: POLIZUL S.R.L según Recibo N° 221 de fecha 17/09/21 (fs. 326).-------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y --------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 801-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 63/21 Nuevo llamado referente a la " ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 596/21 de fecha 18/08/21 se resolvió: 1) Adjudicar los Renglones Nº 7 y 8 (mejorado) a la firma SERVELEC SRL. bajo Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 101.25 al día 16/07/2021) en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 25/100 ($494.687,25) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones de $534.916,00 y; 2) Realizar un NUEVO LLAMADO para los Renglones Nº 1 a 6 del Concurso de referencia, trazando las modificaciones necesarias para el mismo, por los motivos expuestos en la citada resolución;
Que se ha cumplido con las formalidades del NUEVO LLAMADO a Concurso de Precios Nº 63/2021 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 21 (veintiún) empresas del ramo, solo presentó oferta la firma CASA BLANCO SA cotizando la totalidad de los Renglones en la suma total de $408.031,00 con impuestos incluidos según surge del Acta de Apertura de fecha 16/09/2021.
Que en virtud que los precios ofrecidos por la mencionada firma superaba ampliamente el Presupuesto Oficial para dichos renglones ($255.210,57) en un 59.88%, se realizó un relevamiento telefónico con las firmas utilizadas para la confección del Presupuesto Oficial y otras empresas del ramo resultando que la firma MICROTEC INGENIERIA SRL y DS TECH ARGENTINA presentan presupuesto en la suma total de $271.862,05 y $368.124,31 respectivamente solicitando Anticipo Financiero del 100% y no incluyendo flete;
Que de lo indicado precedentemente se desprende que la oferta presentada por el único oferente para el nuevo llamado a Concurso de referencia, CASA BLANCO SA, no resulta económicamente convenientes a los intereses de OSSE por lo que deberían declararse fracasados los mismos, desistiendo de la adquisición bajo la presente modalidad de contratación.
Que en virtud de lo expuesto precedentemente esta Gerencia considera conveniente realizar, una vez confeccionada la nueva solicitud por la Gerencia solicitante, una Contratación Directa para los mencionados renglones trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE:
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) DECLARAR FRACASADO el NUEVO LLAMADO (Renglones Nº 1 a 6) del Concurso de Precios Nº 63/21 "ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” por no resultar los valores ofertados económicamente convenientes a los intereses de OSSE, desistiendo de la adquisición de dichos materiales bajo la presente modalidad de contratación y; 2) Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar una Contratación Directa para los renglones declarados fracasados trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 63/21 Nuevo ------------------ llamado referente a la " ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS”.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: DECLARAR FRACASADO el NUEVO LLAMADO (Renglones Nº 1 a 6) del
--------------------- Concurso de Precios Nº 63/21 "ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” por no resultar los valores ofertados económicamente convenientes a los intereses de OSSE, desistiendo de la adquisición de dichos materiales bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar al Área Contaduría a desafectar los renglones fracasados indicados en el Artículo 2º------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Gerencia solicitante a iniciar, en caso de resultar necesario un ------------------ nuevo tramite de compra por los renglones desistidos indicados en el Artículo 2º -
ARTICULO 5º Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar una Contratación ------------------ Directa para los renglones declarados fracasados trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE.------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 802-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la Licitación Pública Nº 21/21: “SERVICIO PROVISION Y COLOCACION ELECTROBOMBA SOLAR C/EQUIPAMIENTO” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio 700/21 fecha 22/10/21 se aprueba el llamado a licitación pública de la contratación de referencia, creándose la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, la cual se encuentra integrada por el Ing. Luis Mérida, quien presidirá la misma como titular y el cartógrafo Ignacio Redin como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos; la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo;
Que, con fecha 26/10/21, la Gcia. de Energías Renovables y Recursos Hídricos solicita la modificación de dicha comisión recomendando su integración de la siguiente manera: el Ing. José Luis Morea como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente;
Que, por lo expuesto, la Gcia. de Compras y Suministros aconseja modificar la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación de la presente contratación, resultando: el Ing. José Luis Morea quien presidirá la misma como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos, la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Modificar la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación de la presente -------------------- contratación, resultando de la siguiente manera: el Ing. José Luis Morea quien presidirá la misma como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos; la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ----------------------------------------------
ARTICULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase al Área Compras a fin de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.------------------------------
RESOLUCION 803-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Servicios, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-500-184 de fecha 23/09/21 solicita la adquisición de repuestos para electrobombas GRUNDFOS S3.135.600 instaladas en el sistema de bombeo principal de la EDAR dado que uno de los 6 equipos instalados presenta un informe de fallas y ha quedado fuera de servicio y los kit de reparación son para efectuar las tareas de mantenimiento que resulten necesarias dada la proximidad de la época estival, solicitando sea adjudicada de forma urgente y directa a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la provisión del material requerido, siendo esta firma la filial local de la firma GRUNDFOS , fabricante del equipo y proveedor oficial de repuestos originales;
Que el Área Contaduría, con fecha 04/10/21, sin encontrar objeciones, procede a imputar la Solicitud Nº 3-500-184 enmarcando la misma en el Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM, los cuales establecen: “Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: … 1° Cuando se trate de artículos de venta exclusiva. … 6° La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general.”
Que la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. presenta Pliego de Bases y Condiciones completo y firmado, cotizando la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44);
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 ------------------ de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS”. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la --------------------Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial.-------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Adjudicataria -------------------que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. -------------------
ARTICULO 4°: El plazo de Entrega será dentro de los TREINTA Y CINCO (35) días corridos de ------------------- notificada la Orden de Compra.----------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.---------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras ------------------ a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase----------------------------
RESOLUCION 804-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 360-C-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Contratación Directa Art 132 Inc. f) LOM N° 01/21: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-123 de fecha 12/07/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle JARA 2098 Y OTROS, adjuntando: Presupuesto Oficial, Memoria Descriptiva y Especificaciones Técnicas Particulares;
Que, el área Contaduría procede a imputar la contratación en el marco del procedimiento de LICITACION PRIVADA, conforme al Art. 133 L.O.M;
Que, se ha cumplido con las formalidades del 1º y 2º llamado a Licitación Privada Nº 17/21, autorizado por Resoluciones Nº 547/21 de fecha 05/08/21 y Nº 615/21 de fecha 25/08/21, respectivamente, declarándose ambos fracasados por inexistencia de ofertas;
Que, mediante Resolución Nº 676/21 de fecha 13/09/21 se autoriza la realización de una Contratación Directa, encuadrando la misma en el marco del Art. 132 Inc. f) de la L.O.M., el cual en su parte pertinente establece: “…Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:… f) Se haya realizado una licitación y no haya habido proponentes o no se hubieren hecho ofertas convenientes…”. Asimismo, se aprueba modificar el Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la cláusula de la Capacidad Técnica Financiera;
Que, aún luego de haberse realizado modificaciones al pliego de bases y condiciones y, habiéndose cumplido las formalidades del llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) L.O.M. Nº 01/21, únicamente presentó oferta la firma SAAVEDRA PARK, la cual cotiza un total de $3.593.561,00 superando el Presupuesto Oficial en un 28%. Habiendo solicitado mejora, la misma manifiesta la imposibilidad de reducir sus valores ofertados originalmente en virtud de, entre otras causas, los altos costos que surgen de la necesidad de realizar un contrato de representación técnica con un ingeniero ya que poseen un arquitecto en planta permanente;
Que, visto que aún con las modificaciones realizadas al Pliego de Bases y Condiciones no se presentan ofertas convenientes a los intereses de OSSE, la Gcia. de Compras y Suministros, mediante nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/21), realiza consulta al Área Contaduría a fin indique si comparte el criterio de adecuar el pliego de bases y condiciones a los requisitos que se solicitan para las Obras de Menor Envergadura. En respuesta, la Contaduría informa a fs. 313 que se podrían realizar dichas modificaciones, teniendo en consideración la doctrina sentada por el Honorable Tribunal de Cuentas;
Que, mediante Resolución Nº 758/21 de fecha 14/08/21, se aprueba la realización de un NUEVO LLAMADO para la Contratación Directa de referencia, trazando para ésta los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Mejor Envergadura;
Que, según Acta de Apertura de fecha 26/10/21 ha presentado oferta para el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) L.O.M. Nº 01/21, la firma SAAVEDRA PARK S.R.L., la cual cotiza la suma total de $3.367.486,00 superando el Presupuesto Oficial en un 19.98%, Sin perjuicio de lo expuesto, esta Gcia. Observa que, con fecha 29/09/21, la Gcia. de Producción, solicita a la Gcia. de Obras la actualización del Presupuesto Oficial, ascendiendo el mismo a la suma de $2.925.064,96 (fs. 282). En consecuencia, la oferta presentada por la firma oferente resulta un 15,12% por encima del presupuesto Oficial actualizado;
Que, con fecha 26/10/21 la Gcia. de Producción se expide respecto a la oferta presentada, concluyendo que, visto que la presente contratación tiene un plazo de ejecución de 75 días corridos y teniendo en consideración el actual impacto inflacionario, la misma resulta conveniente a los intereses de OSSE, solicitando la adjudicación a la brevedad;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” a la firma SAAVEDRA PARK S.R.L. por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($3.367.486,00) por ser su propuesta conveniente y cumplir con lo solicitado en el P. B y C.;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes a partir de fs. 316 del expediente Nº 360-C- -------------------- 2021 Cpo. 02 referente al Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”. -----------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la ------------------- L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” a la firma SAAVEDRA PARK S.R.L. por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($3.367.486,00) por ser su propuesta conveniente y cumplir con lo solicitado en el P. B y C. -------------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la SAAVEDRA PARK ------------------- S.R.L. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la SAAVEDRA PARK ------------------ S.R.L. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 19 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. ----
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 75 días corridos ------------------- a partir de la firma del acta de inicio de obra.-----------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 805-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 a 03 referente a la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 759/21 de fecha 14/10/2021 (fs. 368) se declararon admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO ESTEBAN,
ISTRIA S.A. y ROCMA S.R.L., procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) con fecha 19 de Octubre de 2021 según consta en Acta de fs. 372;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, en Acta de Reunión de fecha 20/10/21 (fs. 496) informa que habiéndose procedido a la apertura del Sobre Nº 2 de la licitación que cuenta con un Presupuesto Oficial (Julio de 2021) de $ 28.166.986,61, que contiene la “Propuesta Económica” de los Oferentes ROCMA S.R.L, CONSTRUCTORA PABLO ROMERO e ISTRIA S.A se da lugar a analizar el contenido de cada propuesta. Las firmas ROCMA S.R.L, CONSTRUCTORA PABLO ROMERO e ISTRIA S.A han dado cumplimiento con toda la documentación exigida en el P.B.C. El siguiente cuadro presenta Orden de Prelación, confeccionado con los montos totales de las Ofertas admisibles con y sin los descuentos, con impuestos incluidos:
Las firmas ROCMA S.R.L y CONSTRUCTORA PABLO ROMERO han presentado la documentación en forma correcta no habiendo observaciones que formular. La firma ISTRIA S.A al momento de presentar la planilla de cotización incluye una copia transcripta en donde consigna para el Ítem 5.6 Empalme a redes secundarias la cantidad de 8 unidades cuando el Presupuesto Oficial señala desarrollar 6 unidades. Es así que se procedió a re calcular la oferta. Surgiendo de ese recalculo el siguiente orden de prelación:
El recalculo de la oferta de la firma ISTRIA S.A no modifica el orden de prelación sugerido por la Comisión. Sin perjuicio de la recomendación del orden de mérito, sugerido por la Comisión, la firma que resulte preadjudicataria deberá presentar los Análisis de precio y Planilla de Cotización ajustada con el descuento ofrecido;
Que la firma ISTRIA S.A. presenta Análisis de Precios y Planilla de cotización ajustada con el descuento ofrecido, ello según actuaciones obrantes de fs. 498 a 504 ambas inclusive. En efecto, a fs. 506 el Subgerente de Obras concluye que la oferente se ajusta plena y satisfactoriamente a lo solicitado;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación y a lo informado por el Subgerente de Obras recomienda: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 18/21 “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” a la firma ISTRIA SA en su Oferta con descuento por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 31/100 ($22.032.473,31) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $28.166.986,61;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 369 del Expediente N° 359-
------------------- O-2021 Cpos. 01 a 03 referente a la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1”.----------------------
ARTICULO 2°: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 18/21 “PLAN FUGA CERO –
------------------- RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” a la firma ISTRIA SA en su Oferta con descuento por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 31/100 ($22.032.473,31) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $28.166.986,61.--------------------------------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE ------------------- CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” será de 180 (CIENTO OCHENTA) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.-------------------------------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Preadjudicataria ------------------ que dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ---------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ----------------- Garantía de Mantenimiento de Oferta de las firmas: ROCMA SRL según Recibo N° 216 de fecha 15/09/21 (fs. 302) y ROMERO PABLO ESTEBAN según Recibo N° 218 de fecha 16/09/21 (fs. 304).---------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y --------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 806-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la solicitud de Licencia sin Goce de Haberes presentada por el agente Estefanía FERNANDEZ (CI 1243); y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente peticiona el uso de Licencia sin Goce de Haberes por cuestiones de índole estrictamente personal, a partir del día 11 de noviembre de 2021 por el término de 1 (un) año;
Que ingresó en planta permanente en Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado el día 15/09/2017;
Que de acuerdo a lo informado por el Gerente General de Grandes Consumidores, las tareas del agente podrán ser redistribuidas y ejecutadas por el personal de la Gerencia;
Que el Gerente de Recursos Humanos pone de manifiesto que la Gerencia ha requerido personal para cumplimentar el servicio asignado a la dependencia, con lo cual no correspondería acceder a lo solicitado, se han tomado en consideración los motivos esgrimidos por la trabajadora, autorizándose excepcionalmente la licencia por un plazo de un (1) año;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Conceder Licencia sin Goce de Haberes al agente Estefanía FERNANDEZ -------------------(CI 1243), dependiente de la Gerencia General de Grandes Consumidores, desde el día 11 de noviembre de 2021 al 10 de noviembre de 2022, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Tomar conocimiento el interesado que, a partir de la fecha de la ---------------------notificación de la presente y en virtud del carácter que reviste el beneficio otorgado, queda en suspenso durante el término de dicha licencia los aportes previsionales y los correspondientes a la asistencia médico farmacéutica y seguros de vida, debiendo tramitar ante las prestadoras de dichos servicios su continuidad o en su caso la baja conforme lo considera pertinente.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al registro de resoluciones, comuníquese y cúmplase.-------------------
RESOLUCION 807-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al Jefe del Departamento de Presupuestos, Gráfica y Datos Estratégicos, dependiente de la Gerencia de Obras, Oscar Enrique RODRIGUEZ (CI 256), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX; y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente se ausentará durante el período comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Martín Oscar MARTELO (CI 619), Jefe del Área Cómputos y Presupuesto, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir en forma transitoria el cargo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Martín Oscar --------------------MARTELO (CI 619), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, en la firma y despacho de la Jefatura del Departamento de Presupuestos, Gráfica y Datos Estratégicos, dependiente de la Gerencia de Obras, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX, desde el día 08 de noviembre de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al ---------------------objeto del gasto 1. 1. 5. 02. “Bonificación por Reemplazos”.---------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------- corresponda. - Cúmplase.----------------------------------------------------------
RESOLUCION 808-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Sr. Gerente de Calidad Lic. Marcelo Omar SCAGLIOLA (CI 396), y;
CONSIDERANDO
Que el Sr. Gerente se ausentará durante el periodo comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 al 19 de noviembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia de Calidad, sin las funciones asignadas por Resolución Nº 443/18;
Que el agente Gabriela VON HAEFTEN (CI 686) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, designada a cargo de la Jefatura del Laboratorio de Aguas de la Gerencia de Calidad, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de Gerente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXII;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que asimismo corresponde encomendar al agente reemplazante el manejo de la Caja Chica de la Gerencia asignado por Resolución Nº 694/20, durante el período indicado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º : Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Gabriela ----------------------VON HAEFTEN (CI 686) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, Jefe del Laboratorio de Aguas de la Gerencia de Calidad, en la atención y firma del despacho de la Gerencia de Calidad, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII, sin las funciones asignadas por Resolución Nº 443/18, durante el periodo comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 al 19 de noviembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------
ARTICULO 2º : No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3º: Encomendar el manejo de la Caja Chica de la Gerencia de Calidad -------------------- asignado por Resolución Nº 694/20, por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto ------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.----------------------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 809-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio puestas de manifiesto por la Gerencia de Producción, y;
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.446), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.446);
Que la Gerencia de Producción ha manifestado la posibilidad de modificar el lugar operativo de prestación de servicio de los agentes Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional” y Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional”, fundado en cuestiones operativas y de índole personal de los involucrados;
Que la Gerencia de Recursos Humanos ha evaluado la oportunidad y conveniencia de atender dicha solicitud, constatando que la reubicación no resentirá la normal prestación del servicio de desagües cloacales ni la operatividad tanto de Base Norte como de Base Sur y que favorecerá la calidad de vida de los trabajadores, no causándoles ningún perjuicio de carácter material ni moral;
Que a tal fin Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional” presta su consentimiento para renunciar al concepto “Adicional Retén” y adherirse al régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes, en el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asiento en Base Sur -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Asimismo el agente Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional” presta su consentimiento para prestar servicio al Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Norte, manteniendo su actual situación escalafonaria -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar a partir del día 1° de Noviembre de 2021 al equipo de trabajo -------------------del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Sur -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional”, en el régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes.-------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Incorporar a partir del día 1° de Noviembre de 2021 al equipo de trabajo --------------------del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Norte, -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional”, manteniendo su actual situación escalafonaria.-----------------------
ARTICULO 3º: Aceptar la renuncia del agente Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función -------------------MOPF “MedioOficial Polifuncional” al concepto “Adicional Retén”.-------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias -----------------que pudieren corresponder.----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.------------------
RESOLUCION 810-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la renuncia presentada por María Susana ROLDÁN(CI568);para acogerse al beneficio previsional y
CONSIDERANDO
Que en fecha 21/10/2021 se recibió Telegrama TCL 978 enviado el 20/10/2021 por María Susana ROLDÁN (CI 568); donde comunica su renuncia partir del día 01/12/2021 para acogerse a beneficio previsional (Art. 240 LCT);
Que el trabajador ha optado por acogerse al régimen previsto en Ley 12.950 y sus modificatorias (Anticipo Jubilatorio), lo que supone el cumplimiento de los recaudos necesarios para la obtención de beneficio previsional del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS);
Que sin que implique asumir responsabilidad por la verificación de los requisitos respectivos, corresponde aceptar la renuncia comunicada a efectos del inicio de los trámites jubilatorios ante dicho organismo;
Que corresponde autorizar al Sr. Presidente de OSSE a celebrar con el trabajador Convenio de Anticipo Jubilatorio, cuyo texto se aprueba en Anexo I;
Que de acuerdo a lo previsto en Ley 12.950 y sus modificatorias a partir del mes siguiente a que el trabajador deje de percibir haberes como trabajador activo; OSSE abonará a aquel en concepto de Anticipo Jubilatorio un importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de la remuneración mensual correspondiente a su categoría y jornada al momento de su baja, incluyendo el sueldo anual complementario (SAC), el que será actualizado de conformidad a la paritaria vigente de cada año calendario hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional por parte del IPS. Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo, y serán deducidas por IPS al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes;
Que corresponde autorizar a Contaduría a abonar al trabajador su liquidación final, comprensiva -de corresponder- de: el beneficio establecido en el Art. 76º de la CCT 57/1975 para el personal dado de baja al acogerse a la jubilación ordinaria; indemnizaciones sustitutivas de licencias no gozadas de conformidad con lo establecido en Art. 9º inc. “c” de la CCT 57/75; y aguinaldo proporcional (Art. 123 LCT);
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2021, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia comunicada por María Susana ROLDÁN-----------------------DNI 10.590.867Función Encargado Oficial Polifuncional EOPF a partir del 01/12/2021 para acogerse al beneficio previsional. -------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Sr. Presidente de OSSE a celebrar con el trabajador --------------------Convenio de Anticipo Jubilatorio, cuyo texto se aprueba en Anexo I.--------
ARTICULO 3º:Autorizar a la Contaduría a abonar al trabajador su liquidación final ---------------------comprensiva -de corresponder- de: el beneficio establecido en el Art. 76º de la CCT 57/1975 para el personal dado de baja al acogerse a la jubilación ordinaria; indemnizaciones sustitutivas de licencias no gozadas de conformidad con lo establecido en Art. 9º inc. “c” de la CCT 57/75; y aguinaldo proporcional (Art. 123 LCT).-------------------
ARTICULO 4º:Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes -------------------presupuestados para el año 2021 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan. --------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 GERENCIA GENERAL DE GRANDES CONSUMIDORES; Categoría Programática 03.00.08ATENCIÓN AL CLIENTE y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, notifíquese y cúmplase. --------------------
RESOLUCION 811-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
CONVENIO DE ANTICIPO JUBILATORIO
Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO, en adelante OSSE, representada en este acto por el presidente del Directorio Arq. CARLOS ALBERTO KATZ, DNI16.593.363 por una parte, y la Sra. MARÍA SUSANA ROLDAN, DNI Nº10.590.867,en adelante EL BENEFICIARIO por la otra parte, acuerdan en celebrar el presente Convenio de Anticipo Jubilatorio.
PRIMERA: Habiendo cesado en su condición de trabajador activo por renuncia a efectos del inicio de trámite jubilatorio, y manifestando cumplir los recaudos necesarios para la obtención de beneficio previsional del Instituto de Previsión en de la Provincia de Buenos Aires, en adelante IPS, el BENEFICIARIO en este acto solicita expresamente acogerse a los beneficios establecidos en Ley 12.950 y sus modificatorias.
SEGUNDA: En consecuencia, de acuerdo a lo previsto en la normativa aplicable, a partir del mes siguiente a que el BENEFICIARIO deje o hubiere dejado de percibir haberes como trabajador activo; OSSE abonará a aquel en concepto de Anticipo Jubilatorio un importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de la remuneración mensual correspondiente a su categoría y jornada al momento de su baja, incluyendo el sueldo anual complementario (SAC), el que será actualizado de conformidad a la paritaria vigente de cada año calendario hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional por parte del IPS.
TERCERA: Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo y, una vez concedido el beneficio jubilatorio, serán deducidas por IPS al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes, depositando en la cuenta de OSSE los aportes pagados por ésta y abonando el saldo al BENEFICIARIO.-
CUARTA: En caso de que la liquidación del retroactivo no alcanzare a cubrir la totalidad de anticipos abonados por OSSE, el BENEFICIARIO no será incorporado en Planillas de Pago del IPS hasta tanto se produzca tal cobertura por acumulación de haberes jubilatorios no liquidados. Ello a efectos de su transferencia por IPS a OSSE.
QUINTA: En caso de que el IPS omita efectuar las retenciones sobre el retroactivo o los haberes mensuales mencionadas en las cláusulas tercera y cuarta, el BENEFICIARIO resultará responsable personalmente por la devolución a OSSE de las sumas abonadas en concepto de anticipo jubilatorio, debiendo hacerlo dentro del plazo de 48 horas de cada percepción indebida. En caso de mora se devengará un interés compensatorio aplicándose una tasa de interés equivalente a la que perciba el IPS de los deudores por contribuciones previsionales.
SEXTA: En caso de denegatoria o rechazo del beneficio jubilatorio por parte del IPS el BENEFICIARIO deberá restituir a OSSE los fondos por ella abonados en concepto de anticipo jubilatorio con más los intereses compensatorios devengados desde cada pago, aplicándose la tasa de interés indicada en la cláusula anterior.
SÉPTIMA: Para todos los fines legales EL BENEFICIARIO constituye domicilio especial en la calle ROSALES LEONARDO Nº6621 de Mar del Plata y domicilio electrónico MSUROLDAN@GMAIL.COM y OSSE domicilio especial en calle French Nº 6737 – Piso 2º - de Mar del Plata y domicilio electrónico RECHUMANOS@OSMGP.GOV.AR, y se someten las partes a los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Mar del Plata, competentes para atender en los hechos o cuestiones que se susciten, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares en la ciudad de Mar del Plata a los …29….días del mes de OCTUBRE………… del año …2021..-
RESOLUCION 811-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto el informe elaborado por el Sr. Tesorero, obrante en expediente digital N° 545-T-2006; y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al Procedimiento para la destrucción de comprobantes de recaudación aprobado como Anexo II mediante Resolución de Directorio 778/12, el Sr. Tesorero informa listado de comprobantes que se encuentran en condiciones de ser dados de baja por haber cumplimentado el tiempo de 10 años de guarda;
Que en el mencionado listado se encuentran diferentes comprobantes correspondientes a los años 1997 al 2010;
Que de acuerdo a las indicaciones del Archivo histórico de la Provincia de Buenos Aires estos comprobantes no revisten valor histórico ni estadístico, pero de igual manera se deja una muestra por año para contribuir con una futura investigación histórica;
Que para cumplimentar con el Procedimiento se dará intervención a la Jefatura del Archivo General - Sra. Jefa de Mesa General de Entradas, a los efectos de coordinar con la Unidad de Gestión Ambiental, dependiente de la Gerencia de Calidad el retiro, traslado, destrucción, confección de Acta que deberá ser avalada por la mencionada Jefatura y recepción del certificado de destrucción extendido a los efectos;
Que la Unidad de Gestión Ambiental cuenta con convenio vigente para la recepción y destrucción de papel en el marco del Proyecto Interno de Reciclado de Papel;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24672 del Honorable concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Autorizar a dar de baja la documentación cuyo listado obra cono Anexo I ---------------------de la presente, en las condiciones Reglamentadas en la Resolución de Directorio 778/12.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°: Autorizar a la Unidad de Gestión Ambiental, dependiente de la Gerencia ---------------------de Calidad a realizar las acciones tendientes a la destrucción de la documentación, solicitando el certificado correspondiente.---------------------------------------
ARTÍCULO 3°: Encomendar a la Jefatura del Archivo General – Sra. Jefa de Mesa ---------------------General de Entradas y la Jefatura de la Unidad de Gestión Ambiental la coordinación, supervisión y cumplimiento de las tareas encomendadas.------------------------
ARTÍCULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 812-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
DOCUMENTACION PARA DESTRUIR |
||||
Incluye boletas, ordenes de pago y documentación hasta el año 2010 inclusive. Total: 150 cajas |
||||
Nº CAJA NUEVO |
CAJA Nº |
DETALLE |
MES |
AÑO |
26 |
552 |
Convenios:1al 8 |
|
1997 |
27 |
553 |
SERVICIO MEDIDO |
|
1998/1999 |
28 |
554 |
Convenios:9 al 12 |
|
1997 |
29 |
555 |
Convenios:13 al 16 |
|
1997 |
30 |
556 |
Convenios:17 al 20 |
|
1997 |
31 |
557 |
Convenios:21 al 24 |
|
1997 |
32 |
558 |
Convenios:25 al 28 |
|
1997 |
33 |
559 |
Convenios: 29 al 32 |
|
1997 |
34 |
560 |
Convenios: 33 al 36 |
|
1997 |
35 |
561 |
Convenios: 37 al 40 |
|
1997 |
36 |
562 |
Convenios: 41 al 44 |
|
1997 |
37 |
563 |
Convenios: 45 al 48 |
|
1997 |
38 |
564 |
Convenios: 49 al 52 |
|
1997 |
39 |
565 |
Convenios: 53 al 56 |
|
1997 |
40 |
566 |
Convenios: 57 al 60 |
|
1997 |
42 |
573 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
43 |
574 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
44 |
575 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
48 |
601 |
Boletas días: 05-06-09-10 y 11 |
septiembre |
2002 |
123 |
1071 |
Notas MEP Bco Credicoop |
|
2003 |
|
|
Boletas de deposito - 2004 / 2005 |
enero/sept - |
2004 |
|
|
Cheques anulados - Año 2000 |
|
2000 |
|
|
Copias P.F. Agosto a Noviembre 2003 |
agosto/nov. |
2003 |
270 |
1218 |
Boletas días: 16-19-20-21-23-26-27-28-29-30/Todo diciembre/todo enero ´08/01-04-05-06-07-08-11-12-13-14-15-18-19-20-21-22 |
nov/dic/enero/febrero |
2007/2008 |
275 |
1223 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
enero a abril |
2008 |
284 |
1232 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
enero a marzo |
2008 |
311 |
1259 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
abril a mayo |
2008 |
312 |
1260 |
Boletas días: 25-26-27-28 y 29/Todo marzo a junio |
feb./mar/abril/ |
2008 |
313 |
1261 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
junio a julio |
2008 |
314 |
1262 |
Desacreditaciones 2002-2006. Errores de acred. Y cierres de caja nov.-dic./05 y 2008 |
|
|
318 |
1266 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
agosto-setiembre |
2008 |
319 |
1267 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
octubre-noviembre |
2008 |
320 |
1268 |
PAGOS VISTOS RESUELTOS 2008 - LISTADO PAGOS VISTOS 2008 |
|
2008/2009 |
321 |
1269 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
mayo a agosto |
2008 |
322 |
1270 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
sept. a diciembre |
2008 |
323 |
1271 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
enero a abril |
2009 |
324 |
1272 |
O.P. 2008 Extrapres. 1 a 120 / Ejerc. Anter. 1 a 120 |
O.P. (77 y 78) |
2008 |
325 |
1273 |
Boletas días: todo |
nov. a marzo |
2008/2009 |
326 |
1274 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
mayo a septiembre |
2009 |
327 |
1275 |
Comprob. Ing.Vs.ANULADOS AÑO 2006 (40980-41083-41096-41097) |
Comprobantes |
2006 |
328 |
1276 |
Tira Testigo Timbradora AÑO 2008 (Enero a Octubre Completo) |
Comprobantes |
2008 |
329 |
1277 |
O.P. 2008 - Ejerc. Anteriores 120 a 305 |
Ej.Ant. 120 a 305 |
2008 |
330 |
1278 |
O.P. 2008 - (21) 1 a 151 |
O.P. 1 a 151 |
2008 |
331 |
1279 |
O.P. 2008 - (21) 152 a 300 |
O.P. 152 a 300 |
2008 |
332 |
1280 |
O.P. 2008 - (21) 301 - 460 |
O.P. 301 a 460 |
2008 |
333 |
1281 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
marzo-mayo |
2009 |
334 |
1282 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
dic./enero-feb. |
2008/2009 |
335 |
1283 |
O.P. (21) 461 a 625 |
O.P. 461 a 625 |
2008 |
336 |
1284 |
O.P. 2008 - (21) 626 a 799 |
O.P. 626 a 799 |
2008 |
337 |
1285 |
O.P. 2008- (21) - 800 a 1000 |
O.P. 800 a 1000 |
2008 |
338 |
1286 |
O.P. 2008 - (21) 1001 a 1177 |
O.P. 1001 a 1177 |
2008 |
339 |
1287 |
O.P. 2008 - (21) 1178 a 1350 |
O.P. 1178 a 1350 |
2008 |
340 |
1288 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
junio-julio |
2009 |
341 |
1289 |
Boletas días: todo |
abril a julio |
2009 |
342 |
1290 |
Tarjetas de Crédito y Débito 2002-Transferencias Bco. Pcia. 2007-Comisiones Bcos.Particulares 1ºsemestre´99 |
|
|
344 |
1292 |
Año 2007 - O.P. 3461 a 3560 - Año 2008: Extrapres. 121 a 326 |
O.P. y O.P. Extrap. |
2007/08 |
345 |
1293 |
Año 2007 - O.P. 3561 a 3611 - Año 2008: Extrapres. 327 a 566 |
O.P. y O.P. Extrap. |
2007/08 |
346 |
1294 |
Año 2008 - O.P. 1351 a 1509 |
O.P. 1351-1509 |
2008 |
347 |
1295 |
Año 2008 - O.P. 1510 a 1656 |
O.P. 1510-1656 |
2008 |
348 |
1296 |
Año 2008 - O.P. 1657 a 1870 |
O.P. 1657-1870 |
2008 |
349 |
1297 |
Año 2008 - O.P. 1871 a 2220 |
O.P. 1871-2220 |
2008 |
350 |
1298 |
Año 2008 - O.P. 2221 a 2490 |
O.P. 2221 a 2490 |
2008 |
351 |
1299 |
Año 2008 - O.P. 2491 a 2781 |
O.P. 2491 a 2781 |
2008 |
352 |
1300 |
Año 2008 - O.P. 2782 a 3067 |
O.P. 2782 a 3067 |
2008 |
353 |
1301 |
Documentacion de Respaldo Bco. Particulares |
agosto/set. |
2009 |
358 |
1306 |
Documentacion de Respaldo Bco. Particulares |
octubre-diciembre |
2009 |
359 |
1307 |
Extractos bancarios (88/8-183/6-195/9-198/0-237/2-258/7-270/9-283/9-284/6-319/1-341/2-493/4-645/9-45141/9-45142/6-45147/1-45282/5-45469/2-47685/4-50617/1-55761/7-55762/5-55763/3-350123146/3) |
|
|
360 |
1308 |
Tira Testigo Timbradora AÑO 2008 (Noviembre a Diciembre Completo) |
|
2008/2009 |
361 |
1309 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
enero-marzo |
2010 |
362 |
1310 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
abril-junio |
2010 |
363 |
1311 |
O.P. 3068 A 3352 - AÑO 2008 |
|
2008 |
364 |
1312 |
O.P. 3353 A 3696 - AÑO 2008 |
|
2008 |
365 |
1313 |
O.P. 3697 A 4008 - AÑO 2008 |
|
2008 |
368 |
1316 |
O.P. 405 A 683 - AÑO 2009 |
|
2009 |
369 |
1317 |
O.P. 684 A 1006 - AÑO 2009 |
|
2009 |
370 |
1318 |
O.P. 1008 A 1279 - AÑO 2009 |
|
2009 |
371 |
1319 |
O.P. 1280 A 1595 - AÑO 2009 |
|
2009 |
373 |
1321 |
O.P. 1871 A 2095 - AÑO 2009 |
|
2009 |
374 |
1322 |
O.P. 2096 A 2365 - AÑO 2009 |
|
2009 |
375 |
1323 |
O.P. 2366 A 2601 - AÑO 2009 |
|
2009 |
376 |
1324 |
O.P. 2602 A 2913 - AÑO 2009 |
|
2009 |
377 |
1325 |
O.P. 2914 A 3196 - AÑO 2009 |
|
2009 |
380 |
1328 |
O.P. 3197 A 3485 - AÑO 2009 |
|
2009 |
381 |
1329 |
O.P. 3486 A 3715 - AÑO 2009 |
|
2009 |
382 |
1330 |
O.P. 3716 A 4006 -AÑO 2009 |
|
2009 |
383 |
1331 |
O.P. 4007 A 4266 - AÑO 2009 |
|
2009 |
384 |
1332 |
O.P. 4267 A 4495 - AÑO 2009 |
|
2009 |
385 |
1333 |
O.P. 4496 A 4723 - AÑO 2009 |
|
2009 |
386 |
1334 |
O.P. 4724 A 4903 - AÑO 2009 |
|
2009 |
387 |
1335 |
O.P. 4904 A 5075 - AÑO 2009 |
|
2009 |
388 |
1336 |
O.P. 5076 A 5235 - AÑO 2009 |
|
2009 |
389 |
1337 |
O.P. 5236 A 5412 - AÑO 2009 |
|
2009 |
390 |
1338 |
O.P. EXTR. 1 A 105 - LIQ. DEV. 1 A 10 - OP EJ.ANT. 1 A 170 |
|
2009 |
391 |
1339 |
CANC. EJEC. ANTERIORES O.P. 171 A 287 - AÑO 2009 |
|
2009 |
392 |
1340 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
Octubre 2009 a enero 2010 |
2009/2010 |
393 |
1341 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
febrero a mayo |
2010 |
394 |
1342 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
junio a Sept. |
2010 |
395 |
1343 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
Julio a Sept. |
2010 |
396 |
1344 |
Boletas Caja 301 (Sept. Y Oct.) Año 2009 Acred.-reacred y Cierre de Caja Año 2009 |
|
2009 |
398 |
1346 |
O.P. 5413 a 5589 - AÑO 2009 |
|
2009 |
399 |
1347 |
O.P. 5590 a 5749 - AÑO 2009 |
|
2009 |
400 |
1348 |
O.P. 5750 a 5914 - AÑO 2009 |
|
2009 |
401 |
1349 |
O.P. 5915 a 6085 - AÑO 2009 |
|
2009 |
402 |
1350 |
CANC. EJERC. ANTERIORES O.P. 001 A 170 - AÑO 2010 |
|
2010 |
403 |
1351 |
CANC. EJERC. ANTERIORES OP. 171 A 295 - AÑO 2010 |
|
2010 |
404 |
1352 |
CANC. EJERC. ANTER. OP. 296 A 382 - OP. 1 A 114 - AÑO 2010 |
|
2010 |
405 |
1353 |
O.P. 115 A 289 - AÑO 2010 |
op 115-289 |
2010 |
406 |
1354 |
OP. 290 A 434 - AÑO 2010 |
op 290-434 |
2010 |
407 |
1355 |
OP. 435 A 615 - AÑO 2010 |
op 435-615 |
2010 |
408 |
1356 |
OP. 616 A 774 - AÑO 2010 |
op 616-774 |
2010 |
409 |
1357 |
OP. 775 A 929 - AÑO 2010 |
op 775-929 |
2010 |
410 |
1358 |
OP 930 A 1094 - AÑO 2010 |
op 930-1094 |
2010 |
411 |
1359 |
OP 1095 A 1264 - AÑO 2010 |
op 1095-1264 |
2010 |
412 |
1360 |
OP 1265 A 1419 - AÑO 2010 |
op 1265-1419 |
2010 |
413 |
1361 |
PAGOS VISTOS RESUELTOS 2010 |
|
2010 |
414 |
1362 |
OP. 1420 A 1599 - AÑO 2010 |
op 1420-1599 |
2010 |
415 |
1363 |
O.P. 1600 A 1784 - AÑO 2010 |
op 1600-1784 |
2010 |
417 |
1365 |
Doc. Respaldo Bco. Pcia. (2005/2006/2007) Planillas Tarjetas Créd./Deb. (CAJA 301) |
Mayo a Dic |
2010 |
419 |
1367 |
BALANCES DIARIOS |
Enero a Marzo |
2009 |
420 |
1368 |
BALANCES DIARIOS |
Abril a Junio |
2009 |
421 |
1369 |
BALANCES DIARIOS |
Julio a Sept. |
2009 |
422 |
1370 |
BALANCES DIARIOS |
Dic. 2009 Enero a Feb. 2010 |
2009/2010 |
423 |
1371 |
BALANCES DIARIOS |
Marzo a Mayo |
2010 |
424 |
1372 |
BALANCES DIARIOS |
Junio a Agosto |
2010 |
425 |
1373 |
BALANCES DIARIOS |
Sept. a Noviembre |
2010 |
429 |
1377 |
OP. 2010 - 1785 A 1965 |
OP 1785 A 1965 |
2010 |
430 |
1378 |
OP. 2010 - 1966 A 2114 |
OP 1966 A 2114 |
2010 |
431 |
1379 |
OP. 2010 - 2115 A 2295 |
OP 2115 A 2295 |
2010 |
432 |
1380 |
OP. 2010 - 2296 A 2450 |
OP 2296 A 2450 |
2010 |
433 |
1381 |
OP. 2010 - 2451 a 2614 |
OP 2451 A 2614 |
2010 |
434 |
1382 |
OP. 2010 - 2615 a 2785 |
OP 2615 A 2785 |
2010 |
435 |
1383 |
OP. 2010 - 2786 A 2966 |
OP 2786 A 2966 |
2010 |
436 |
1384 |
OP. 2010 - 2967 A 3160 |
OP 2967 A 3160 |
2010 |
437 |
1385 |
Boletas de Depósito (originales) Notas Bco. Pcia. 2003/2008 |
|
2007-2008-2009 |
438 |
1386 |
Notas Asuntos Juridicos 2007/2008 Notas Bco. Pcia. 2007/2008/2009 Notas Contaduria 2004 al /2009 |
|
|
439 |
1387 |
Notas Asuntos Jurídicos 2009 Facturas Bapro Medios de Pago del 2003al 2009 Facturas Gire del 2004 al 2009 Facturas Pago Facil del 2003 al 2007 |
|
|
440 |
1388 |
Ajustes Caja y Reingreso OP. 2006 Ajustes Caja 2007/2008 Acreditación y Cierre de Caja 2010 Resumen mensual VISA 11/2003-05/2004 |
|
|
441 |
1389 |
BALANCES DIARIOS |
Abril a Junio |
2008 |
443 |
1391 |
OP. 2010 - 3161 A 3359 |
OP 3161 A 3359 |
2010 |
444 |
1392 |
OP- 2010 - 3360 A 3570 |
OP 3360 A 3570 |
2010 |
445 |
1393 |
OP. 2010 - 3571 a 3765 |
OP 3571 A 3765 |
2010 |
446 |
1394 |
OP. 2010 - 3766 a 3940 |
OP 3766 A 3940 |
2010 |
447 |
1395 |
OP. 2010 - 3941 a 4100 |
OP 3941 S 4100 |
2010 |
450 |
1398 |
OP. 2010 - 4265 a 4435 |
op 4265 a 4435 |
2010 |
451 |
1399 |
OP. 2010 - 4101 a 4264 y 4436 a 4454 |
4101/4264 4436/4454 |
2010 |
462 |
1410 |
BALANCES DIARIOS 2008 |
|
2008 |
463 |
1411 |
BALANCES DIARIOS 2008 |
|
2008 |
464 |
1412 |
GARANTIAS DEVUELTAS 2003 A 2010 |
GTIAS DEVUELTAS |
2003-2010 |
468 |
1416 |
Extractos Bancarios Cta. Cte. 51334/0 |
|
2007/2008 |
|
547 |
Tiras Testigo de Timbradoras de Caja |
Enero-Julio |
2010 |
S/Nº |
|
Tarjetas Credito y Debito |
Nov |
2004 |
S/Nº |
|
OP 4151 - 4443 |
|
2005 |
S/Nº |
|
Comisiones Bancarias |
Mayo - Agosto |
2000 |
RESOLUCION 812-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Subgerente de Cobranzas de la Gerencia General de Grandes Consumidores, MORENO, Diego Alejandro (CI 507) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXI, y;
CONSIDERANDO
Que el agente solicita licencia ordinaria por el período comprendido entre los días 11 de noviembre del 2021 hasta el 19 de noviembre del 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia mencionada;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente IGLESIAS, Pablo Enrique (CI 402) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente IGLESIAS, ---------------------- Pablo Enrique (CI 402) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, durante el periodo comprendido entre los días 11 de noviembre del 2021 hasta el 19 de noviembre del 2021 inclusive, para la atención y firma del despacho de la Subgerencia de Cobranzas, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si este no cumpliera ----------------------efectivamente con el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-----------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al
-------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Bonificación por Reemplazo”.-------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda.
---------------------Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 813-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA 29/10/2021
Visto las tareas asignadas a la Gerencia General de Grandes Consumidores; y
CONSIDERANDO:
Que Matias Daniel FERRERO (CI 903) se encontró desarrollando -durante la irrupción del nuevo coronavirus (Covid 19)- el reemplazo transitorio dela Jefatura delSector “Verificaciones Técnico Comerciales”;
Que el titular del Area, Luis Alberto SCALELLA (CI 130) permaneció hasta el mes agosto inclusive, de licencia por prescripción médica;
Que habiéndose reincorporado a sus tareas iniciaráel trámite jubilatorio por lo cual el Sr. Gerente General de Grandes Consumidores ha evaluado la ventaja de designar permanentemente a quien fuera el reemplazante transitorio para evitar resentir el funcionamiento del servicio, -capacitando a un personal de conducción con el que no se podrá contar a mediano plazo, y a la vez recuperando su experiencia y trayectoria en la formación y capacitación del personal del Area-;
Queasimismo, en función del crecimiento de la demanda de tareas hacia el Sector, se evaluó incorporar al Sector al agente Roberto Maximiliano OLIVERA (CI 626), para desarrollar las tareas que a título enunciativo se detallan en el Anexo II -sin perjuicio de los cambios que se susciten en el futuro-;
Que el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º:Designar al agente Matias Daniel FERRERO (CI 903) en la Función P-07 ------------------ (“Personal de Conducción”) Clase XVI para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro, a cargo de la Jefatura del Sector “Verificaciones Técnico Comerciales”.-------------
ARTÍCULO 2º:Incorporar al equipo de trabajo del Sector enunciado precedentemente al ------------------- agente Roberto Maximiliano OLIVERA (CI 626), para desarrollar las tareas que a título enunciativo se detallan en el Anexo II -sin perjuicio de los cambios que se susciten en el futuro, manteniendo su actual situación escalafonaria.------------------------
ARTICULO 3°: Establecer que los cambios entrarán en vigencia a partir del primer día -------------------- del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------
ARTICULO 4°:Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.-------------------------------------------------------
ARTICULO 5°:Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------
RESOLUCION 814-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
JEFE DE SECTOR INSPECCION TECNICO COMERCIAL
Nivel Escalafonario: P-07(“Personal de Conducción”) Clase XVI
Dependencia Directa: Jefe de CatastroEconomico
Requerimiento para el cargo: Estudio Secundario Completoy antigüedad no menor a 3 años.
MISION
FUNCIONES
ANEXO II
INSPECTOR TECNICO COMERCIAL
Nivel Escalafonario: Oficial Polifuncional
Dependencia Directa: Jefe de Sector Verificaciones Técnico Comerciales
Requerimiento para el cargo: Estudio Secundario Completo
MISION
FUNCIONES
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 94/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 94/2021 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose presentado ofertas 03 (tres) firmas a saber: BOIERO S.A, XARE HOLDING S.A y ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. según surge del Acta de Apertura de Sobres de fecha 27/10/21;
Que las firmas BOIERO S.A, XARE HOLDING S.A y ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que habiendo analizado las ofertas recibidas la Gerencia de Producción concluye que todos los oferentes cumplen con lo solicitado por esa gerencia;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 94/2021 “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA” a la firma BOIERO S.A Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 104,75 al día 26/10/2021) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO 23/100 $237.931,23 con impuestos incluidos; por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $450.693,66;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 94/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA”.-----------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 94/2021 “ADQUISICION DE ----------------- VALVULAS MARIPOSA” a la firma BOIERO S.A Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 104,75 al día 26/10/2021) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON 23/100 $237.931,23 con impuestos incluidos; por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial ----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3: El plazo de entrega a los 20 (veinte) días corridos de notificada la Orden de ------------------Compra a la firma adjudicataria.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ----------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 815-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 450-C-2021 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-162 de fecha 17/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle Alberti 2598 (esq. Córdoba). Adjuntan: Presupuesto Oficial, Planilla de Cotización y Croquis de la Obra;
Que, con fecha 21/09/21, el Área Contaduría procede a realizar la imputación preventiva, encuadrando la contratación dentro del Art. 133 de la L.O.M. “Contratación Directa”;
Que la COOP. EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA presenta toda la documentación exigida en el Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones. Cotiza la suma total de $583.978,49 y ofrece un descuento especial del 5,8%, según Formulario Nº 2, resultando su oferta en un total de $550.107,73 con impuestos incluidos;
Que, con fecha 31/05/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, luego de haber analizado la oferta presentada, informa que la misma cumple con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gcia. de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)” a la COOP. DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SIETE CON 73/100 ($550.107,73) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial de $583.978,49;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente Nº 450-C-2021 Cpo. 01 ------------------- referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)”. -----------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a la COOP. EL -------------------- BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SIETE CON 73/100 ($550.107,73) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial. ----------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. EL BARRIO ----------------- EN SUS PUÑOS LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. EL BARRIO ----------------- EN SUS PUÑOS LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá presentar la documentación solicitada en el Art. 12 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones. ------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 30 días corridos ------------------ a partir de la firma del acta de inicio de obra.------------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 816-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION POSTAL AÑO 2022” - Licitación Pública N° 23/21 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia;
Que en virtud de lo dictaminado por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos respecto de evaluar las condiciones presentes en el art.12 de las Cláusulas Legales Particulares que responde a los convenios de redespacho, se solicitó a la Gerencia Generales de Grandes Consumidores dictamen al respecto. Con fecha 06/10/21 dicha Gerencia considera que se debe mantener el mencionado Artículo debido a que lo allí solicitado permite tomar conocimiento acerca de la firma que la oferente contrate y además permite también realizar los controles sobre el ámbito geográfico de distribución autorizados por la ENACOM, a la empresa que en definitiva realizará la distribución de la correspondencia de OSSE;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de la -------------------- Licitación Pública N° 23/21. -----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 23/21 referente al “SERVICIO DE -------------------- DISTRIBUCION POSTAL AÑO 2022” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros. -----------
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------Licitación Pública N° 23/21 integrada por el Sr. Moreno Diego quien presidirá la misma como titular y el Sr Leonardo Tonon como suplente ambos por la Gerencia General de Grandes Consumidores, la Lic Daiana Chica como titular y el CP Hernan Mingioni como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Graciela Leone como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. -----------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 741-2021
FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 89/21 referente a la “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 89/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 03 (tres) firmas a saber: SANCHEZ GUILLERMO PEDRO, MAMESI SRL y GRANET SA según surge del Acta de Apertura de fecha 28/09/2021;
Que todas las firmas se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Sistemas informa que las propuestas cumplen técnicamente con lo requerido. Con referencia a la nota presentada por GRANET SA indican que no hay impedimento para aceptar un plazo de entrega mayor al de la solicitud debido a las causas manifestadas;
Que en virtud de exceder las ofertas más económicas para el Renglón Nº 01 correspondiente a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO y para los Renglones Nº 05 y 06 correspondiente a la firma GRANET SA el Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones, se les solicitó una Mejora de Precios resultando, según Acta de Apertura de fecha 01/10/21, que la firma GRANET SA ofrece un descuento del 1.5 % y la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO manifiesta que le es imposible realizar mejora del precio;
Que si bien aún luego de solicitada la Mejora de Precios para los Renglones mencionados precedentemente las ofertas correspondientes a las firmas SANCHEZ GUILLERMO PEDRO y GRANET SA ($962.831,00) se encuentra, en promedio, un 13.23% por encima del Presupuesto Oficial de $850.334,20, esta Gerencia observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-602-54 se utilizó un Presupuesto de Mayo 2021 para el Renglón Nº 01 y de Agosto 2021 para los Renglones Nº 05 y 06. Al respecto, habiéndose invitado a 14 (catorce) empresas del ramo solo presentaron ofertas tres oferentes para el Renglón Nº 01 y un oferente para los Renglones Nº 05 y 06, sumado a los constantes aumentos de precios debido a la situación que atraviesa el país en virtud de la pandemia acaecida por la irrupción del COVID 19; a la necesidad de la Gerencia solicitante de contar con los equipos y siendo que en caso de realizar un Segundo llamado no habría certeza si se presentarías oferentes y los valores que cotizarían, resultaría conveniente adjudicar los Renglones antes mencionados en esta instancia;
Que si bien para los Renglones Nº 05 y 06 consta sólo una oferta válida la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";
Que el Artículo mencionado en el considerando anterior se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 89/2021 “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS” de la siguiente manera: a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO los renglones Nº 01, 02 y 03 en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($839.178,00) con impuestos incluidos y a la firma GRANET SA los renglones Nº 04 ,05 y 06 (Oferta Bienes Importados Tipo de cambio vendedor BNA de fecha 28/09/21 $103.75) en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($841.473,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($1.680.651,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $ 1.845.285,70;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 89/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION IMPRESORAS y CARTUCHOS”.---------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 89/2021 “ADQUISICION IMPRESORAS y ----------------- CARTUCHOS” de la siguiente manera: a la firma SANCHEZ GUILLERMO PEDRO los renglones Nº 01, 02 y 03 en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($839.178,00) con impuestos incluidos y a la firma GRANET SA los renglones Nº 04 ,05 y 06 (Oferta Bienes Importados Tipo de cambio vendedor BNA de fecha 28/09/21 $103.75) en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($841.473,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($1.680.651,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de la misma por debajo del Presupuesto Oficial.--------------------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de entrega de la totalidad de los equipos objeto de la presente contratación ------------------- dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias--------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a las firmas GRANET SA y
------------------- SANCHEZ GUILLERMO PEDRO que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------ adjudicación propuesta indicada en el Artículo 2º.-------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.------------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministro ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----
RESOLUCION 742-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 463-C-2021 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-163 de fecha 20/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO), requiriendo que la presente obra no sea agrupada con otras de la misma naturaleza fundado ello en las distintas ubicaciones geográficas y su compleja logística. Adjuntan: Presupuesto Oficial, Planilla de Cotización, Memoria descriptiva y Gráficos;
Que, con fecha 23/09/21, el Área Contaduría realiza la Imputación Preventiva, encuadrando la contratación en el marco del Art. 133 de la L.O.M. “Contratación Directa”;
Que la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA presenta toda la documentación exigida en el Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones, según Acta de Apertura de fecha 30/09/21;
Que, con fecha 01/10/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, habiendo analizado la documentación presentada por la firma oferente, informa que la misma cumple con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 86/100 ($213.217,86) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente digital referente a la -------------------- la Contratación Directa Art 133 LOM N°19/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS SAN JUAN 2398 (ESQ. FALUCHO)” ---------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a firma COOP. DE ------------------ TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 86/100 ($213.217,86) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial. -------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE ------------------- TRABAJO DEL PARQUE LTDA que dentro de los 2 (DOS) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 18 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. -------
ARTÍCULO 4º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 30 días hábiles a ------------------ partir de la firma del acta de inicio de obra.--------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 743-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 31-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE N° 542/21 (fs. 551) de fecha 04/08/2021 se peadjudicó la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Que la firma preadjudicataria ha presentado la documentación requerida en el artículo 4º de la mencionada Resolución;
Que se instrumentó el procedimiento referido al 2º Registro de Oposición ello requerido en el artículo 6º de la mencionada Resolución. Al respecto, la Gerencia General de Grandes Consumidores informa a fs. 593 que ha finalizado el plazo del mismo y no se han presentado propietarios en oposición a la obra;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 552 obrantes en el --------------------- Expediente N° 31-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL DON DIEGO”.------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Licitación Pública Nº 09/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL ------------------- DON DIEGO” a la firma PABLO ESTEBAN ROMERO, en la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 88/100 ($16.399.847,88) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.-------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “AMPLIACION RED CLOACAL DON ------------------ DIEGO” será de 150 (CIENTO CINCUENTA) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de -----------------Mantenimiento de Oferta correspondiente a la firma ROMERO PABLO ESTEBAN según Recibo N° 114 de fecha 26/05/21 (fs 289).------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria ------------------ que previo a la firma del Contrato deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.----------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-
RESOLUCION 744-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 32-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE N° 543/21 (fs. 520) de fecha 04/08/2021 se Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Que la firma preadjudicataria ha presentado la documentación requerida en el artículo 4º de la mencionada Resolución;
Que se instrumentó el procedimiento referido al 2º Registro de Oposición ello requerido en el artículo 6º de la mencionada Resolución. Al respecto, la Gerencia General de Grandes Consumidores informa a fs. 551 que ha finalizado el plazo del mismo y no se han presentado propietarios en oposición a la obra;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 521 obrantes en el --------------------- Expediente N° 32-O-2021 Cuerpos 01 a 03 referente a la Obra: “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO”.-------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Licitación Pública Nº 08/21 “ AMPLIACION RED CLOACAL BATAN – EL MORRITO ” a la firma ISTRIA S.A.,en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 90/100 ($10.149.291,90) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.----------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “AMPLIACION RED CLOACAL BATAN ------------------ EL MORRITO” será de 90 (noventa) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de
--------------- Mantenimiento de Oferta correspondiente a la firma ISTRIA SA según Recibo N° 112 de fecha 26/05/21 (fs 290).------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria ------------------ que previo a la firma del Contrato deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.----------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 745-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 299-C-19 Cpos. 01 a 04 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 366/19 de fecha 18/06/2019 obrante a fs. 292/3 se adjudicó la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 281,599757 valor promedio entre el valor hora Jornada Completa y Media Jornada) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego todo ello en el marco de los términos del PByC de la Licitación Pública Nº 03/19 – Orden de Compra Nº 605/19 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 20 de Junio de 2019;
Que el día 05/01/2021 la Asesoría Laboral informó que OSSE recibió Telegrama Ley 23.789 enviado por el Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA sobre la base de supuesta responsabilidad solidaria de OSSE con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que con fecha 07/01/2021 la Gerencia de Compras y Suministros intimó por cédula a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. a que informen el estado del vínculo con la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA y a que presenten la documentación respaldatoria que acredite la resolución del reclamo. Asimismo se dejo constancia que OSSE podría realizar las retenciones que estime convenientes en caso de considerarlo necesario, a fin de realizar las previsiones pertinentes, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que la Asesoría Laboral estimó el monto que eventualmente podría ser reclamado en demanda judicial promovida por ESPINDOLA MAGDALENA GISELA en la suma de $224.406,00, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que a fin de mantener protegida a OSSE mediante el deber de indemnidad en razón del reclamo efectuado, en un todo de acuerdo con el PByC se efectuó la retención del pago correspondiente de la suma de $224.406,00 con el objeto de constituir una Garantía Adicional (Recibo Oficial Nº 150/21), constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que con fecha 27/09/2021 la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. envió mail solicitando la devolución de la retención que se efectuó en el pago de la factura del mes de Diciembre 2020 adjuntando convenio de homologación con la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA y constancia de transferencia bancaria del pago realizado, visto lo cual la Gerencia de Compras y Suministros remitió las actuaciones a la Asesoría Laboral. Al respecto la Asesoría Laboral informó que mediante consulta en Mesa de Entradas Virtual del Tribunal de Trabajo nº 3 de Mar del Plata ha podido corroborar en autos caratulados “ESPINDOLA MAGDALENA GISELA C/HIPOLITO INTEGRAL S.A S/DESPIDO”, la homologación firme y consentida del acuerdo transaccional celebrado entre la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A y la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA, en la cual en su clausula Sexta pacto: “Que la Sra. Espindola acepta la suma convenida en la clausula CUARTA, conceptos y forma de pago, manifestando en este acto que una vez percibida la totalidad del importe acordado NO TENDRA MAS NADA QUE RECLAMAR A HIPOLITO INTEGRAL S.A POR NINGUNO DE LOS RUBROS OBJETO DE ESTE PROCESO. Como así tampoco a ninguno de sus socios y/o accionistas y/o miembros del Directorio, ni a tercera persona física y/o jurídica alguna, por los rubros mencionados ni por cualquier otro concepto sea obligación de dar y/o hacer, emergente de la invocada pauta de relación laboral y/o proveniente de su extinción, aun cuando no las haya incluido en este reclamo. Desistiendo consecuentemente de toda acción y derecho de cualquier índole, que reconozcan su causa en los antecedentes antes mencionados”. En virtud de lo expuesto Asesoría Laboral considera que el proveedor ha cumplido en forma adecuada, con la obligación indicada en cedula, desinteresando, en cuanto de él depende, a la Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA del reclamo efectuando a OSSE;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución de la Garantía Adicional de Responsabilidad Civil Recibo Oficial Nº 150/21 de fecha 29 de Junio de 2021, perteneciente a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por acreditado a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. la resolución
------------------ del conflicto con Sra. ESPINDOLA MAGDALENA GISELA ---------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución de la Garantía Adicional de ----------------- Responsabilidad Civil Recibo Oficial Nº 150/21 de fecha 29 de Junio de 2021, perteneciente a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A.-------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 746-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la Resolución de Directorio Nº 341/12 y 295/18 que reglamenta el pago de compensación de Vehículo Particular; y
CONSIDERANDO
Que el Gerente de Sistemas informa sobre la necesidad de contar con movilidad para las tareas de inspección;
Que el agente Alfredo Andrés Mellino (461) designado para esta función, ha prestado su conformidad en afectar su vehículo particular para el cumplimiento de las mencionadas tareas;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.466 y 24.672 del Honorable Consejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Compensar por uso de vehículo particular al agente Alfredo --------------------- Andrés Mellino (461), incorporándose al Anexo I de la Resolución Nº295/18 correspondiendo aplicar lo establecido en el artículo 1º de la citada Resolución “…Apruébese como Valor Único – Compensación por Uso de Vehículo Particular lo establecido en el Anexo I que forma parte de la presente, fijándose para el período vigente el valor de $ 50.00 en concepto de mantenimiento, más 4 litros de combustible que corresponda utilizar para su vehículo por día laborable y efectivamente consumido por el vehículo con provisión de Tarjeta Combustible por parte de OSSE…”.-----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Reconocer al agente mencionado el pago de esta Compensación -------------------- a partir del primer día del mes posterior a la firma de la presente.---
ARTÍCULO 3º: El Agente enumerado en el artículo 1º de la presente deberá -------------------- dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento Utilización de la Tarjeta de Combustible. -------------------
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a la Gerencia de -------------------Servicios, a la Gerencia de Logística Operativa, a la Gerencia de Sistemas y a la Contaduría. Cúmplase --
RESOLUCION 747-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la Resolución 407/08; y
CONSIDERANDO
Que mediante el citado acto administrativo se dispuso “la implementación progresiva de los Adicionales “Nivel de Formación”, “Práctica de Nivel de Formación” y “Ejercicio de Cargo de Estructura”, a favor del personal de OSSE que reúna las condiciones y requisitos respectivos”;
Que en el Anexo II de la Resolución 407/08 se describen las Áreas, las tareas y los títulos que se reconocen a los efectos de la liquidación de los niveles de formación;
Que, habiendo transcurrido el tiempo, se han generado situaciones vinculadas a la dinámica del funcionamiento de la organización que requieren su actualización, incorporando títulos que no se consideraron oportunamente, subsanando situaciones de inequidad;
Que un dictamen al Departamento de Asesoría Laboral se expide manifestando que a efectos de incorporar los títulos que van surgiendo de acuerdo a las necesidades prácticas laborables de la empresa, corresponde emitir un acto administrativo “en abstracto”, es decir relacionando el cargo con el nivel de formación requerido, a los efectos de que sea de aplicación a todos los agentes que en igualdad de circunstancias (ya sea en la actualidad o en lo sucesivo), constituyendo por otra parte un requisito para la cobertura del cargo cuando se produzca alguna vacante;
Que la declaración no atiende a la categoría asignada al trabajador destinado circunstancialmente al puesto, sino la correspondiente a las tareas inherentes al mismo;
Que por lo expuesto corresponde complementar el Anexo II de la Resolución 407/08 con el anexo que acompaña la presente y que forma parte integrante de la misma;
Que mediante Resol. 390/11, 071/12, 454/16, 033/18, 537/18, 467/19, 708/19 y 830/19 se procedió a incorporar a las distintas Áreas/Gerencias, nuevas tareas y títulos acordes, que complementan la resolución 407/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N.º 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Complementar la Resolución 407/2008 con el Anexo I que forma parte ------------------- integrante de la presente, a los efectos del reconocimiento de la Práctica del Nivel de Formación a los agentes que cuenten con el título requerido para el puesto de trabajo y cumplan con los requisitos establecidos. -------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ------------------- que pudieren corresponder.--------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. ------------------- Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 748-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
GERENCIA |
TAREA |
DESCRIPCION |
TITULO
|
ENERGIAS RENOVABLES Y RECURSOS HIDRICOS |
A-14 EOPF |
Ayudante Técnico Encargado Oficial Polifuncional |
Ing. Industrial Ing en Recursos Hídricos Ing. en Perforaciones Ing. en Minas Ing. Electromecánico Ing. Electrónico Ing. Electricista Ing./Lic. en Geofísica Ing./Lic. en Química Lic. en Geomática Cartógrafo Técnicos Ambientales Técnicos Superior en procedimientos y Tecnologías Ambientales Técnicos Electromecánicos Técnicos Electricistas Maestro Mayor de Obras
|
748-2021
Mar del Plata, 07/10/2021
Visto que OSSE ha desarrollado OSSE Móvil, una aplicación para dispositivos móviles que permite descargar comprobantes, enviar/recibir mensajes y hacer reclamos de servicio, entre otras funcionalidades; y
CONSIDERANDO
Que para distribuir la aplicación existen dos tipos de sistemas operativos: los Android y los iOS, en ambos casos, se requiere una suscripción anual;
Que con sistemas operativos iOS (AppStore) el pago sólo puede realizarse mediante tarjeta de crédito por la página web de Apple, Estados Unidos, por un importe de U$S 99,00;
Que en el caso de los dispositivos con sistema Android (PlayStore) el pago realizará, al momento de su vencimiento, en pesos pudiendo efectivizarse por distintos medios de pago habiendo realizado el del ejercicio 2020 con fondos de Caja Chica correspondiente a la Gcia de Sistemas;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanzas Nº 7446 y 24672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar la suscripción anual de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. --------------------- en el APP-Store Apple, por la suma de $ 9.677,25 (Nueve Mil Seiscientos Setenta y Siete Pesos con Veinticinco Centavos), equivalente a U$S 99 al valor de cotización de $ 97,75 mas la suma de $ 2.925,15 (Dos Mil Novecientos Veinticinco Pesos con Quince Centavos) en concepto de Impuesto PAIS, por los motivos expuestos en los considerando de la presente. ---------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría y Tesorería de OSSE a reintegrar al agente ------------------- Rodríguez Patricia (CI 546) los gastos efectivamente abonados en cumplimiento de lo ordenado en el Artículo 1º de la presente. --------------------------------
ARTICULO 3º: Dese al registro de Resoluciones.- Comuníquese Gcia de Sistemas, -------------------Contaduria y Tesorería de OSSE.- Cúmplase.---------------------------------
RESOLUCION 749-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la solicitud de extensión de la Licencia Ordinaria y Licencia por Estudio otorgada ala Sra. Jefe de Secretaría del Directorio,Graciela Rosa FUNES (CI 668), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX, y;
CONSIDERANDO
Que el agenteGraciela Rosa FUNES (CI 668)se ausentó hasta el día 12 de octubre de 2021inclusive;
Que resultó necesario cubrir el cargo durante la ausencia del su titular, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización de dichaSecretaría;
Que el agenteDaiana Mabel RODRIGUEZ(CI 764), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII,se encontraba realizando el reemplazo en forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitoriosy sus modificatorias ResolucionesNº 151/05 y 371/08;
Que resulta necesario encomendar el manejo de la Caja Chica dedicha Secretaraotorgada por Resolución nº 694/20, al agente reemplazantepor el período mencionado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N°7.446y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º:Prorrogar el reemplazo transitorio de la atención y firma ------------------- del despacho de la Secretaría del Directorio, en la Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX,realizado por elagenteDaiana Mabel RODRIGUEZ (CI 764), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII, hasta el día 12 de octubre de 2021inclusive,por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al ----------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.--------------------------------------
ARTICULO 4°:Encomendar el manejo de la Caja Chica de Secretaría del Directorio ---------------------por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.-
ARTICULO 5°:Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes corresponda ---------------------Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 750-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro.
39-C-2020 Cpo 1, referente a “BAJA DE VEHICULOS Y OTROS BIENES – EJERCICIO 2020”; y
CONSIDERANDO
Que los artículos 2° de las Ordenanzas Nº 24720 y 24880 respectivamente, autorizan a OSSE a vender o entregar en parte de pago o donación o disposición final como chatarra, entre otros, los vehículos detallados en el Anexo I: Pick Up Chevrolet LUV c/Cabina Doble – BCT 728; Pick Up Mitsubishi L 200, 2,5 Diesel, c/Cabina Simple – BUU 802; Pick Up Mitsubishi L 200, 2,5 Diesel, c/Cabina Simple – BUU 803; Furgón Ford Transit 190 L – CDP 815; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 380; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 387; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 389; Furgón Utilitario Fiat Fiorino 1.7 D – BUF 499 y Camión Ford 4000 Diesel – CBL 968;
Que se ha elaborado un Pliego de Requisitos y Condiciones (Anexo II), conjuntamente con una Planilla de Cotización (Anexo III), a efectos de esta venta;
Que la Oficina de Compras, en cumplimiento de tales disposiciones y siguiendo los procedimientos habituales para este tipo de operación, pondrá a la venta los vehículos detallados precedentemente.
Que el área Patrimonio tramitará la transferencia de los vehículos que se vendan, en los respectivos Registros Nacionales de la Propiedad Automotor, quedando a cargo del/los Comprador/es todos los gastos que demande dicho trámite. La entrega de las unidades se efectivizará una vez concluídas estas tramitaciones.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por
Ordenanzas Nos. 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 39-C-2020 Cpo. 1 ------------------ referente a “BAJA DE VEHICULOS Y OTROS BIENES – EJERCICIO 2020”--
ARTICULO 2º: Autorizar la venta de los vehículos que se detallan en Anexo I, por los ------------------ precios base mínimos que allí se indican, quedando a cargo del/los comprador/es todos los gastos que demande la transferencia de titularidad.------------------------
ARTICULO 3º: Aprobar el Pliego de Requisitos y Condiciones, Anexo II y la Planilla de Coti-
------------------ zación, Anexo III, que forman parte de la presente----------------------------------
ARTICULO 4º: Efectuar las publicaciones por 2 (dos) días en el BOLETIN OFICIAL DE LA ------------------- PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por 2 (dos) días en el DIARIO LA CAPITAL de Mar del Plata de esta Compulsa------------------------------------------------.-----------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a Compras y Cúmplase-------------
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
BIENES DESTINADOS A LA VENTA
Nº Censo |
Vehículos |
Patente |
Valor Estimado Venta |
137 |
Pick Up CHEVROLET LUV CAB DOBLE |
BCT 728 |
65.000,00 |
166 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 802 |
65.000,00 |
167 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 803 |
65.000,00 |
177 |
Furgón FORD TRANSIT 190 L |
CDP 815 |
65.000,00 |
144 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 380 |
140.000,00
|
150 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 387 |
140.000,00 |
152 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 389 |
140.000,00 |
156 |
Furgón Utilitario FIAT FIORINO 1.7 D |
BUF 499 |
130.000,00 |
173 |
Camión FORD 4000 DIESEL |
CBL 968 |
240.000,00 |
|
Total Unidades: 9 (nueve) |
|
1.050.000,00
|
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO II
PLIEGO DE REQUISITOS Y CONDICIONES PARA VENTA VEHICULOS
A efectos de la venta de los vehículos detallados en la Planilla de Cotización, se deberá tener en cuenta:
-Valor total de la Venta de todas las unidades: $ 1.050.000,00 (PESOS UN MILLON CINCUENTA MIL)
-Se cotizará por unidad, pudiendo hacerse una oferta por el
total de las unidades (renglones).
-La Planilla de Cotización deberá ser presentada en sobre
cerrado, expresando el importe total en letras al pie de la misma, firmándola de conformidad, hasta la hora fijada para la apertura de propuestas, en la Oficina de Compras.
-Junto con la oferta deberá presentarse copia de las
constancias de Inscripción en AFIP e Ingresos Brutos, según corresponda, la Cédula de Invitación, el Pliego de Requisitos y Condiciones y la Planilla de Cotización, todo firmado.
-OSSE podrá adjudicar la venta de las unidades, por renglón o por la totalidad de los renglones, a un único oferente, según sea la conveniencia para OSSE.
-Los vehículos podrán ser observados y revisados, 2 (dos) días hábiles antes del día fijado para la apertura de las propuestas. Se exhibirán en el horario de 10:00 a 13:00 horas en el predio ubicado en las calles Mario Bravo y Colombres, de esta Ciudad Mar del Plata.
-Para poder ingresar a los lugares donde se guardan los
vehículos que se venden, deberá tramitarse la correspondiente autorización en la Oficina de Compras.
-Los vehículos se entregarán en el estado en que se encuentran, no pudiendo efectuar reclamo alguno por algún faltante de partes y/o condiciones de funcionamiento.
-El Comprador tomará a su cargo todos los gastos (Aranceles, Formularios, Certificaciones de Firma, Gastos de Verificación del Automotor, Grabado de autopartes, etc.), que demande la transferencia y/o que surgiera con motivo de la transferencia de dominio del/los vehículo/s, incluso los que OSSE hubiera ya abonado, los que deberán ser reintegrados por la parte compradora.
-El pago se hará efectivo en la Tesorería de OSSE, en la cuenta habilitada a tal efecto, dentro de los 5 (cinco) días hábiles de notificada la adjudicación.
-Los trámites de transferencia de titularidad de el/los vehículos, deberán estar concluídos dentro de los 30 (treinta) días corridos de haberse efectivizado el pago del precio convenido, en la Tesorería de OSSE.-
-La entrega de la/s unidad/es se efectivizará, una vez verificado el pago por las unidades compradas y concluídos todos los trámites de la/s transferencia/s.
-Para Consultas se podrá contactar al CP Walter Caballero, tel. 499-2900 Int. 234 o a la Srta. Marisa Rabanal, al tel. 499-2900, Int. 256.
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANEXO III
PLANILLA DE COTIZACION
Valor de referencia |
Tipo de Vehiculo |
Dominio |
Precio Total Cotizado |
65.000,00 |
Pick Up CHEVROLET LUV CAB DOBLE |
BCT 728 |
|
65.000,00 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 802 |
|
65.000,00 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 803 |
|
65.000,00 |
Furgón FORD TRANSIT 190 L |
CDP 815 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 380 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 387 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 389 |
|
130.000,00 |
Furgón Utilitario FIAT FIORINO 1.7 D |
BUF 499 |
|
240.000,00 |
Camión FORD 4000 DIESEL |
CBL 968 |
|
|
TOTAL |
-.- |
|
Total final en números y letras $............................... (SON …………………………………………………………………………………………………
PESOS
………………………………………………………………………………………………………)
Firma del Oferente
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
VISTO la incorporación de alumnos de la Facultad de arquitectura Urbanismo y Diseño en calidad de pasantes, de acuerdo a la ley 26427 de Pasantías Educativas que regula su ejercicio; y
CONSIDERANDO
Quelos pasantes SEIJO, Esteban, MASSENZIO, Daiana, GALITO, Eric, ORLANDO, German, VEUTHEY, Nieve y DE MARCO, Sofia asignadosal Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores utilizan como medio de movilidad el transporte publico de pasajeros, en el horario de desarrollo de la pasantía, para cumplir con las tareas inherentes alasconsignas asignadas;
Que Obras Sanitarias Mar del Plata reconoce a los Pasantes dependientes delÁrea Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, la necesidad de abonar la movilidad;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Fíjase a partirdel 1 de Noviembredel 2021 yhastael 31 deJuliodel 2022------------------- para lospasantes SEIJO, Esteban, MASSENZIO, Daiana, GALITO, Eric, ORLANDO, German, VEUTHEY, Nieve y DE MARCO, Sofia dependientes del Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, un viatico adicional por movilidad por el uso del transporte público de pasajeros al servicio de O.S.S.E., equivalentes a un máximo de 3 pasajes por cada día hábil, lo que deberán ser certificados por el jefe de las Áreas correspondientes.---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°:Impútese el presente gasto a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 -------------------- GERENCIA DE GRANDES CONSUMIDORES, Categoría Programática 03.00.06 Apoyo G. Consumidores y 03.00.07Emisión y Distribución - Objeto del gasto 3.7.1. Pasaje Via Terrestre y 3.7.1 Servicio Transporte Publico Urbano de Pasajeros. ---------------
ARTICULO 3º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes ------------------ corresponda y cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 752-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto la necesidadde la GerenciaGeneral de Grandes Consumidores de realizar inspecciones en todo el partido de General Pueyrredón; y
CONSIDERANDO
Que algunos de susdependientes,para cumplir con las tareas inherentes al trabajo asignado,utilizan como medio de movilidad el transporte publico de pasajeros, en el horario de labor;
Que el inspector COMPANY, Sergio (CI - 390)se encuentra dentro del universo subjetivo de trabajadores a los que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E reconoce el pago de la movilidadpara realizar la tarea asignada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Reconocera partirdel 1 de Septiembre yhastael 31 de --------------------- Diciembredel 2021-ambos inclusive- al agente COMPANY, Sergio (CI - 390) dependiente dela Gerencia General de Grandes Consumidores, un adicional por movilidad poreluso del transporte público de pasajeros al servicio de O.S.S.E., equivalentes a un máximo de 6 pasajes por cada día hábil, los que deberán ser certificados por la jefatura y la Gerencia previo a su efectivización.----------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Impútese el presente gasto a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 --------------------- GERENCIA DE GRANDES CONSUMIDORES, Categoría Programática 03.00.06 Apoyo G. Consumidores y 03.00.07Emisión y Distribución - Objeto del gasto 3.7.1. Pasaje Via Terrestre y 3.7.1 Servicio Transporte Publico Urbano de Pasajeros. -------
ARTICULO 3º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes ------------------ corresponda y cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 753-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION DE PICK UP CABINA SIMPLE” que tramita bajo la Licitación Privada Nº 22/2021 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia, habiéndose incorporado en el mismo las modificaciones sugeridas por la Gerencia de Logística Operativa según Nota Nº 29;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de la --------------------Licitación Privada Nº 22/2021.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada Nº 22/2021 referente a la “ADQUISICION DE
------------------ PICK UP CABINA SIMPLE” cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la -------------------Licitación Privada N° 22/2021 la cual estará compuesta por el Ing. Pablo Simoni quien presidirá la misma como titular y el Ing. Negri Joaquín como suplente, ambos por la Gerencia de Logística Operativa, la Lic. Daiana Chica como titular y el CP Hernán Mingioni como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Graciela Leone como titular y la Dra. Paulina Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.----------
ARTICULO 4º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 754-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 431-O-2021 Cpos 01 y 02 referente al “COMPLETAMIENTO PLUVIALES 2021 - RAMALES SECUNDARIOS” - Licitación Pública N° 24/21 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones para la obra de referencia el cual se encuentra incorporado de fs. 49 a 226 ambas inclusive del citado expediente;
Que de fs. 232 a 234 obran dictámenes de la Gerencia de Compras y Suministros, Área Contaduría y la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos. Por lo que, en virtud de las modificaciones propuestas por la Contaduría (fs. 233), la Gerencia de Planeamiento y Obras incorpora las modificaciones pertinentes obrante de fs. 236 a 239 ambas inclusive. Respecto a lo recomendado por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos respecto a incorporar en el Art 11 Inc 1.16 la leyenda “El Certificado Ley 10490 deberá ser presentado por el oferente al que resulte adjudicada la Obra”, la Gerencia de Obras conviene no modificar el texto de Condiciones Particulares en ese punto en razón que el Art. 6.2 requiere como requisito a cumplir por el Preadjudicatario la presentación de la constancia de cumplimiento de la Ley 10490;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 236 a 239 y 58 a 225, ------------------- todas inclusive del Expediente 431-O-2021 Cpo 01 y 02 ----------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 24/21 referente al “COMPLETAMIENTO -------------------- PLUVIALES 2021 - RAMALES SECUNDARIOS” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros.
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------Licitación Pública N° 24/21 integrada por el Ing Juan Carlos Szpyrnal quien presidirá la misma como titular y la Ing Milena Macchirola como suplente ambos por la Gerencia Obras, la Lic María Marta Solera como titular y el CP Mariano Bianchini como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Paulina Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 755-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 675-C-17 Cpo. 01 a 07 referente al: “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑO 2017/18” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 352/17 obrante a fs. 141 se adjudicó la Licitación Pública N° 05/17referente al “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA. en la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SEIS ($7.659306,00), con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego (Orden de Compra Nº 425/17, fs. 552 a 554);
Que por Resolución de Directorio Nº 331/18 de fecha 04/07/18 (fs. 1123) se autorizó a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 5/17, a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO ($ 240.381,00) (3070 hs a $78,30), con impuestos incluidos (Orden de Compra Nº 394/18, fs. 1131/32)
Que por Resolución de Directorio Nº 361/18 de fecha 18/07/18 (fs. 1157) se autorizó en su artículo 2 a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 5/17, a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 20/100 ($ 246.958,20) (3154 hs a $78,30), para arribar al final de la contratación que opera el 11/07/2018 (Orden de Compra Nº 431/18, fs. 1174/77), y se autorizo en su artículo 3 la Prórroga del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 05/17, a la Cooperativa mencionada anteriormente, en la suma total de $ 4.902.206,40, (PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS SEIS CON 40/100), con impuestos incluidos por el término de 07 meses, desde el 11/07/18 al 11/02/19 inclusive (Orden de Compra Nº 432/17, fs. 1178 a 1181);
Que por Resolución de Directorio Nº 435/18 de fecha 17/08/18 (fs. 1215) se autorizó a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 05/17, a la Cooperativa mencionada en el considerando anterior, , en la suma total de $ 549.666,00 (PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS) (7020 hs a $78,30), con impuestos incluidos, siendo dicho monto equivalente al 7,1764% del monto total de la contratación original, a valor hora surgido de la Orden de Compra Nº 425/17 de fecha 12/07/2017, en el marco de referencia de esta Licitación Pública (Orden de Compra Nº 503/18, fs. 1228/9) ;
Que por Resolución de Directorio Nº 661/18 de fecha 29/11/18 (fs. 1192/3 Alcance 6 Cuerpo 6)) se autorizo la renegociación de la contratación por los meses de Abril 2018 a Febrero 2019 del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑO 2017/18”, correspondiente a la Licitación Pública Nº 05/17 con la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA., por la suma total de $2,240,419.23 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON 23/100) correspondiente a 26009 horas para los meses Abril, Mayo y Junio de 2018 inclusive por $12.90 por hora y 72901 horas para los meses de Julio 2018 hasta Febrero 2019 por $26.13 por hora, detallado a fs. 1176 (Orden de Compra Nº 710/18, fs. 1199 a 1201);
Que por Resolución de Directorio Nº 088/19 de fecha 11/02/19 (fs. 1264) se adjudico la Contratación Directa Art 156 LOM a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA por la suma total PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 76/100 ($875.729,76) con impuestos incluidos por el periodo 11/02/19 a 28/02/19 hasta las 12 hs inclusive (Valor Hora $139.27) en el marco de referencia de esta Licitación Pública (Orden de Compra Nº 134/19, fs. 1268 a 1271);
Que el Área Intendencia informa que la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA ha cumplido con lo requerido en la Licitación Pública 05/17 “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18”, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra N° 425/17, Nº 394/18, Nº 431/18, Nº 432/18, Nº 503/18, Nº 503/18, Nº 710/18 y Nº 134/19 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA se encuentran totalmente canceladas, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución de los Depósitos de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 143/17 (fs. 558) de fecha 17 de Julio de 2017, Recibo Oficial Nº 151/18 (fs. 1208) de fecha 03 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 154/18 (fs. 1219) de fecha 13 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 157/18 (fs. 1230) de fecha 31 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 227/18 (fs. 1203 Alcance 6 Cuerpo 6) de fecha 06 de Diciembre de 2018 y Recibo Oficial Nº 27/19 (fs. 1267) de fecha 13 de Febrero de 2019 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO ------------------ LTDA. la Licitación Pública Nº 05/17 referente al “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18”.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución de los Depósitos de Garantía ------------------ de Adjudicación Recibo Oficial Nº 143/17 (fs. 558) de fecha 17 de Julio de 2017, Recibo Oficial Nº 151/18 (fs. 1208) de fecha 03 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 154/18 (fs. 1219) de fecha 13 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 157/18 (fs. 1230) de fecha 31 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 227/18 (fs. 1203 Alcance 6 Cuerpo 6) de fecha 06 de Diciembre de 2018 y Recibo Oficial Nº 27/19 (fs. 1267) de fecha 13 de Febrero de 2019 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA.--------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 756-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 274-R-2020 Cpos. 01 a 04 y Anexo 1 referente a la Obra “PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE Nº 354/21 de fecha 19/05/2021 se resolvió Adjudicar la Licitación Pública Nº 01/21 Segundo llamado “PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON”a la firma FORTINI MAURICIO ANTONIO en la suma total de PESOS VENTISEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUARENTA CON 20/100 ($26.151.040,20) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones - Orden de Compra Nº 508/21 de fecha 08/06/2021 (fs. 464 a 466);
Que con fecha 03/09/21 la firma FORTINI MAURICIO ANTONIO presenta Nota solicitando que la adjudicación de la Licitación Pública Nº 01/21 Segundo llamado sea trasladada a la nueva razón social: Sociedad MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION, con CUIT 33-71726257-9 y domicilio en la calle Av. Colón Nº 3045 Piso 2 Depto. B, de la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón;
Que la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION ha realizado la Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE adjuntándose Certificado a fs. 741, constando toda la documentación acompañada de fs. 827 a 833, a saber: Formulario Nº 1 Solicitud de Admisión, Comodato y Acta de Directorio (todos certificados ante Escribano Público);
Que se considera necesario realizar las adecuaciones y/o modificaciones que correspondan para que la adjudicación realizada a la firma MAURICIO ANTONIO FORTINI por Resolución de Directorio Nº 354/21 correspondiente a la Licitación Pública Nº 01/21 2º llamado referente a la Obra“PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON” resulte adjudicada a la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION;
Que la presente Obra se encuentra en ejecución y que a la fecha ha sido presentado el Certificado Nº 1 por $1.875.861,42, el Certificado Nº 2 por $1.883.076,11 (los cuales al día de la fecha se encuentran con Orden de Pago) y el Certificado Nº 3 por $3.433.863,68 (el cual al día de la fecha se encuentra en el Area Contaduría con Devengado). Por lo que correspondería emitir la pertinente Orden de Compra bajo la nueva razón social MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION por el saldo de la Obra, el cual ascendería a $18.958.239,29;
Que visto lo solicitado por la firma Mauricio A. Fortini adjudicatario de la Obra de referencia, de trasladar la adjudicación de la Obra a la sociedad MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. en formación con CUIT 33-71726257-9, teniendo en cuenta que el Sr Mauricio Fortini es el Presidente de la nueva sociedad y posee el 99% de las acciones, a fs. 836 toma intervención el Área Contaduría manifestando que no tiene observaciones que formular entendiendo que: *La Sociedad cumple con los requisitos exigidos por el presente Pliego pues para la presente licitación se requirió la inscripción en el Registro de Proveedores y en el Registro de Perforistas; *Presenta del Acta de Directorio de la Sociedad donde la firma Mauricio Fortini Perforaciones SA en formación acepta la adjudicación de la Licitación Pública Nro.01/21, aceptando todos los términos del Pliego de Bases y Condiciones que rigen para dicha contratación y todos los términos de la propuesta realizada por Mauricio Fortini; *Presenta el Formulario 1 del Pliego de Bases y Condiciones, con las formalidades exigidas en el mismo; y *Establece que la propiedad de las maquinarias puestas al servicio para la licitación, van a formar parte del capital de la nueva sociedad, a través de un aporte irrevocable. Agregando que con la aprobación por parte del Directorio se deberá requerir además de nuevas garantías de ejecución del Contrato y de Fondo de Reparo, el Contrato del Representante Técnico y del representante en Seguridad e Higiene a nombre de la sociedad y los seguros que OSSE requiere en el pliego de bases y condiciones;
Que por Resolución de Directorio de OSSE Nº 740/21 de fecha 06/10/2021, bajo Expediente N° 274-R-2020 Alcance 1, se autorizó la REDETERMINACIÓN DE PRECIOS ADECUACIÓN PROVISORIA N° 1 solicitada en el mes de septiembre de 2021 por el contratista de la Obra de referencia (a nombre de MAURICIO ANTONIO FORTINI);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar a las Áreas/Gerencias intervinientes a realizar las adecuaciones y/o modificaciones que correspondan para que la adjudicación realizada a la firma MAURICIO ANTONIO FORTINI por Resolución de Directorio Nº 354/21 correspondiente a la Licitación Pública Nº 01/21 2º llamado referente a la Obra“PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON”, resulte adjudicada a la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION.----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la adecuación a nombre de la sociedad MAURICIO FORTINI
------------------ PERFORACIONES S.A. EN FORMACION de cualquier otro instrumento asociado a la presente contratación.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y
---------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 757-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 360-C-2021 Cuerpos 01 y 02 y Anexo 1 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, - Licitación Privada Nº 17/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 17/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 547/21 de fecha 05/08/21 (fs. 131) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, sólo adquiriendo pliego la firma SAAVEDRA PARK SRL, no presentando sobre para la presente licitación ninguna firma, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 23/08/21;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 615/21 de fecha 25/08/21 (fs. 207), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 06/09/21 que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la presente Licitación Privada N° 17/21 se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 (fs. 227) realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 (fs. 241) presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas;
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la presente Licitación y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/12 y reversos) considerando que para la presente Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021. Por lo correspondería realizar un NUEVO LLAMADO para la misma, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según nota de fs. 313, concluyendo que se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo entendiendo que se podría modificar las clausulas, ello en virtud de la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar fracasado el 1° llamado de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”; y 2) Autorizar a realizar un NUEVO LLAMADO para la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando para dicho llamado los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 229 del Expediente
------------------- N° 360-C-2021 Cuerpos 01 y 02 y Anexo 1 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, - Licitación Privada Nº 17/21.------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar fracasado el 1° llamado de la Contratación Directa art 132 inc. f)
-------------------- Nº 01/2021 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar un NUEVO LLAMADO para la Contratación Directa
-------------------- Nº 01/2021 en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando para dicho llamado los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones del NUEVO LLAMADO, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/12 y reversos).---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 758-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “PLAN FUGA CERO - RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” - Licitación Pública Nº 18/21 y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 18/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 588/21 de fecha 17/08/2021 (fs. 249) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia, habiéndose realizado la apertura de los Sobres Nº 1 según acta de fecha 20/09/21 obrante a fs 305;
Que han presentado sobres 03 (tres) firmas a saber: ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA S.A y ROCMA S.R.L;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación en Actas de Reunión de fechas 22/09/21 (fs 311), 4/10/21 (fs 347) y 12/10/21 (fs 365) informa que las tres firmas oferentes ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA S.A y ROCMA S.R.L, han dado cumplimiento con la presentación de la totalidad de la documentación requerida. En consecuencia, recomiendan declarar admisibles las mismas;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Declarar admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA SA y ROCMA S.R.L procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica), cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 290 del
--------------------- Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “PLAN FUGA CERO - RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” - Licitación Pública Nº 18/21 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO
------------------------ ESTEBAN, ISTRIA SA y ROCMA S.R.L autorizando a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente., a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737.-----------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------
RESOLUCION 759-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 408-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS” - Licitación Privada N° 19/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 19/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 694/21 de fecha 20/09/21 (fs. 128) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, no recibiendo ofertas para el presente llamado a licitación, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 27/09/2021;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 719/21 de fecha 27/09/21 (fs. 133), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 05/10/2021 (fs. 136) que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas.
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 137/8 y reversos) considerando que para la presente Licitación Privada Nº 19/21 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Licitación Privada Nº 19/21. Por lo que se solicita al Area Contaduría emita opinión y dictamine si comparte el criterio en declarar DESIERTOS el 1º y 2º Llamado de la presente Licitación, realizando una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA en el marco del art. 132 LOM inc. f) para la presente Obra, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según actuaciones agregadas de fs. 139 a 141, cumpliendo en informar: 1) “declarar DESIERTOS el 1ro y 2do llamado de la presente licitación…”: la Contaduría no tiene objeciones al respecto ya que vista la documentación obrante en el expediente de la presente licitación se observa que en ambos llamados no se presento ninguna firma habiendo cursado invitaciones a una cantidad importante de empresas; 2)“...realizando una Contratación Directa para la presente Obra…”: respecto de este punto la Contaduría no tiene observaciones que formular enmarcando dicha contratación directa en el art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 ( Ley Orgánica de las Municipalidades) y basando este dictamen en la consulta efectuada por la Contaduría al Honorable tribunal de Cuentas de fecha 16 de diciembre 2015, (se adjunta la consulta al presente expediente); 3)“.... trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura”: La doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas establece que “…en el supuesto excepcional del Art. 132 inc f del decreto ley 6769/58 se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo…”. Por último el Área sugiere que la contratación directa tenga la similar difusión al realizado para el llamado de la licitación fracasada;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 19/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación; y 2) Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 134 del Expediente
------------------- N° 408-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS” - Licitación Privada N° 19/21.----------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 19/21 Obra:
----------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA
------------------- de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 137/8 y reversos).--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 760-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 409-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS” - Licitación Privada N° 18/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 18/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 692/21 de fecha 20/09/21 (fs. 132) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, no recibiendo ofertas para el presente llamado a licitación, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 27/09/2021;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 718/21 de fecha 27/09/21 (fs. 141), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 05/10/2021 (fs. 144) que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas.
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 145/6 y reversos) considerando que para la presente Licitación Privada Nº 18/21 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Licitación Privada Nº 18/21. Por lo que se solicita al Area Contaduría emita opinión y dictamine si comparte el criterio en declarar DESIERTOS el 1º y 2º Llamado de la presente Licitación, realizando una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA en el marco del art. 132 LOM inc. f) para la presente Obra, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según actuaciones agregadas de fs. 147 a 149, cumpliendo en informar: 1) “declarar DESIERTOS el 1ro y 2do llamado de la presente licitación…”: la Contaduría no tiene objeciones al respecto ya que vista la documentación obrante en el expediente de la presente licitación se observa que en ambos llamados no se presento ninguna firma habiendo cursado invitaciones a una cantidad importante de empresas; 2)“...realizando una Contratación Directa para la presente Obra…”: respecto de este punto la Contaduría no tiene observaciones que formular enmarcando dicha contratación directa en el art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 ( Ley Orgánica de las Municipalidades) y basando este dictamen en la consulta efectuada por la Contaduría al Honorable tribunal de Cuentas de fecha 16 de diciembre 2015, (se adjunta la consulta al presente expediente); 3)“.... trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura”: La doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas establece que “…en el supuesto excepcional del Art. 132 inc f del decreto ley 6769/58 se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo…”. Por último el Área sugiere que la contratación directa tenga la similar difusión al realizado para el llamado de la licitación fracasada;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 18/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación; y 2) Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 142 del Expediente
------------------- N° 409-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS” - Licitación Privada N° 18/21.--------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 18/21 Obra:
------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA
------------------- de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 145/6 y reversos).--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 761-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 464-C-2021 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-164 de fecha 20/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA). Adjuntan: Plano, Presupuesto Oficial y Planilla de Cotización;
Que, con fecha 22/09/21, el Área Contaduría procede a realizar la imputación preventiva, encuadrando la contratación en el marco del Art. 133 de la L.O.M.;
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Contratación Directa según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado oferta únicamente la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA, la cual cumple con todo lo requerido en el Art. 10 del P.B.y C., cotizando la suma de $726.772,79;
Que, con fecha 07/10/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, habiendo analizado la oferta, informa que la misma cumple técnicamente con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 79/100 ($726.772,79) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente Nº 464-C-2021 referente a -------------------- la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)”. ------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a la COOP. DE --------------------- TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 79/100 ($726.772,79) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial. -------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE TRABAJO ------------------ DEL PARQUE LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE TRABAJO ------------------- DEL PARQUE LTDA que dentro de los 2 (DOS) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 18 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. ----
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 45 días corridos ------------------- a partir de la firma del acta de inicio de obra.-----------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 762-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto lo dispuesto en el Decreto Municipal N°1496/21 referido a la Creación de la Unidad Ejecutora para llevar adelante el Programa de asistencia para la emergencia de viviendas familiares en riesgo convalidado por Ordenanza 17628 y;
CONSIDERANDO
Que en el Artículo 2º se establece la creación de la Unidad Ejecutora integrada por la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano, la Secretaría de Salud, Secretaria de Desarrollo Social, Obras Sanitarias Sociedad de Estado y Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño de la Universidad Nacional de Mar del Plata a través del Grupo de Investigación Ciencia y Tecnología del Hábitat Popular; .
Que en el Artículo 3° hace referencia a los miembros de esa Unidad, nombrando al Presidente Arq Carlos Alberto Katz por OSSE, quien considera pertinente la designación de un Representante suyo para interactuar en la citada Unidad, habiendo seleccionado a la Lic Rosa Alejandra Ferrari por su formación, experiencia y capacidad;
Que a su vez en el Artículo 8° se designa a OSSE para la gestión administrativa de la partida presupuestaria transferida por la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano, procediendo a realizar la compra y gestión de los materiales necesarios,(…) acción que desarrollará a través del Departamento de Relaciones Institucionales (dependiente de la Gerencia de Relaciones Institucionales) con control de la Unidad Ejecutora
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en representación del Sr Presidente de OSSE, Arquitecto
-------------------- Carlos Alberto Katz ante la Unidad Ejecutora creada por Decreto 1496/21 a la Sra Licenciada en Servicio Social Rosa Alejandra Ferrari .-----------------------
ARTÍCULO 2°: Encomendar a la Contaduría la creación de la partida presupuestaria
------------------para la administración de los fondos indicados en el Artículo 8° del Decreto 1496/21 dentro de la Categoría Programática 13.00.02 - Jurisdicción 1.2.2.01.13.000 Gcia de Relaciones Institucionales. -------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda
------------------- Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 763-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al agente Miguel Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, Sub Jefe Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur, y;
CONSIDERANDO
Que el agente se encontrará ausente durante el periodo comprendido entre el día 01 de noviembre de 2021 hasta el 19 de noviembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo de la Sub Jefatura a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la misma;
Que el agente Fabián Alfredo PERNA (CI 298), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio del agente Miguel -------------------Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, en la atención y firma de la Sub Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur de la Gerencia de Producción, al agente Fabián Alfredo PERNA (CI 298), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, desde el día 01 de noviembre de 2021 y hasta el 19 de noviembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------
ARTICULO 2º: No se abonará a los reemplazantes ninguna diferencia si éstos no -------------------cumplieran efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que se realizó el reemplazo.-------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.-----------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Notifíquese al interesado --------------------y a quienes corresponda.- Pase a Contaduría a sus efectos - Cúmplase.------
RESOLUCION 764-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto la compensación por el cumplimiento de los 25 años de servicios dispuesta en el artículo 49 del convenio Colectivo de Trabajo 57/75; y
CONSIDERANDO
Que el agente mencionado en el artículo primero cumple con la condición de haber prestado servicios en forma continua durante 25 años en la Empresa;
Que el artículo 49 del CCT 57/75 otorga una compensación equivalente a un (1) mes integro de haberes, y el artículo 12ª de dicho Convenio prevé la concesión de 15 días de licencia con Goce de Haberes a quienes cumplan 25 años de Servicio;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Otorgar una compensación equivalente a un (1) mes integro de ------------------ haberes al agente PEREYRA Cristian Nieves, CI 629, quien habiendo ingresado el 08 de Abril de 1996 cumplió 25 años de servicio en la Empresa.----------------
ARTICULO 2º: Otorgar al agente mencionado quince (15) días corridos de Licencia con Goce de Haberes que se hará efectiva el próximo año calendario.------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande se imputará al objeto del gasto 1.6.1.02 ------------------- PREMIOS Y BONIFICACION ESPECIAL correspondiente a la jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02. ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.--------------------
ARTICULO 4ª: Dese al registro de Resoluciones, comuníquese y cúmplase.-------------------
RESOLUCION 765-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios
Nº 93/21 referente a “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 93/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 4 (cuatro) empresas del ramo presentaron ofertas 2 (dos) firmas a saber: CIAGESER S.A y OS.LO ARGENTINA SA según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que la firma CIAGESER S.A se encuentra inscripta en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/2022;
Que la Gerencia de Logística Operativa habiendo analizado las ofertas presentadas por las firmas CIAGESER S.A y OS.LO ARGENTINA SA. Informa que las mismas cumplen con lo solicitado;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 93/2021 “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.929.896,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 93/2021 ------------------ referente al “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA”.---------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 93/2021 “SERVICIO DE ALQUILER
------------------CAMION CISTERNA” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.929.896,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial.------------------------
ARTICULO 3°: El servicio a cubrir de reparto de agua en un vehículo con Cisterna montada, ------------------- con provisión de chofer será de Lunes a Viernes de 07:00 a 19:00 Hs, Sábados de 06:00 a 12:00 Hs, Domingos y Feriados, de 07:00 a 15:00 Hs por un período de 568 hs, pudiendo ser modificado según las necesidades del servicio, en la Gerencia de Logística Operativa, área de Gestión de Flota y Logística, con posibilidades de ampliarse hasta el límite para Concurso de Precios si fuese necesario. El transporte de la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, y será donde indique el área de Gestión de Flota y Logística, perteneciente a Gerencia de Logística Operativa, dentro del partido de Gral. Pueyrredón.----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A ------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros de OSSE comunicará a la firma ----------------- adjudicataria el día de inicio de la prestación del servicio contratado y lugar donde deberá presentarse a designar por la Gerencia de Producción o la Gerencia de Logística Operativa de OSSE, dentro del horario asignado tentativo: Lunes a Viernes de 07:00 a 19:00 Hs, Sábados de 06:00 a 12:00 Hs, Domingos y Feriados, de 07:00 a 15:00 Hs. Dentro de ese horario OSSE utilizará los servicios contratados certificando las horas en que efectivamente éste se haya cumplido o haya estado disponible al pié de obra por requerimiento exclusivo de OSSE. OSSE no abonará los días no trabajados por lluvia u otra inclemencia climática y consecuencia. OSSE podrá modificar el horario de acuerdo a sus necesidades, notificándoselo a la contratista con 24 (veinticuatro) horas de anticipación. En caso de emergencia la notificación será telefónica a la Gerencia de Producción o de Logística operativa, siendo efectuada por escrito y en forma fehaciente en el día hábil inmediatamente posterior. O.S.S.E. podrá en forma transitoria o permanente, alterar o adecuar los días y horarios de prestación del servicio según su propia conveniencia, incluyendo sábados; y excepcionalmente domingos, feriados o días no laborables; para lo cual será suficiente la notificación previa a la contratista. Las horas de servicio comenzarán a computarse desde el momento en que el equipo requerido llegue al lugar indicado por OSSE, y dentro del horario acordado, finalizando cuando el mismo se retire del lugar. La Gerencia de Producción certificará las horas prestadas por el adjudicatario, y visará la Gerencia de Logística Operativa.------------------------
ARTICULO 6º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A
------------------- que en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles de notificada la presente deberá dar cumplimiento con la presentación de la documentación requerida en el Art. 18 del PByC.--------
ARTICULO 7º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.--------------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 766-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” - Licitación Pública N° 17/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 17/2021 autorizado por Resolución de Directorio Nº 599/21 de fecha 18/08/21, según surge de las actuaciones agregadas al Expediente digital habiendo presentando ofertas 4 (cuatro) firmas a saber: ABETE Y CIA SA, TRAICO SERVICIOS SRL, ROCASUR SA y WAE SRL según surge del Acta de Apertura de fecha 16/09/21;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación habiendo analizado las ofertas presentadas por las firmas proponentes informan que Actas de reunión de fecha 21/09/2021 y 13/10/21 que “luego de realizar el correspondiente análisis técnico, las firmas ABETE Y CIA S.A., ROCASUR S.A., AGUARTEC – TRAICO SERVICIOS S.R.L. y WAE S.R.L., cumplen técnicamente con lo solicitado en las especificaciones técnicas”. Respecto al análisis de la documentación presentada informan que las firmas cumplieron con lo solicitado por lo que recomienda declarar admisibles todas las ofertas. Agregan que, previamente a considerar el Orden de Mérito de las ofertas basado en el precio de las mismas, se solicitó al Presidente de la Comisión, quien es a su vez Jefe del Área solicitante, que se expida respecto de la compatibilidad de los bienes de distinta marca ofertados por distintas firmas, ya que el PByC en su apartado “Especificaciones Técnicas” establece “El terminal deberá ser original de marca de la manguera ofertada” pero el PByC establece que la adjudicación deberá hacerse por ítem. En respuesta, el Ing. Daniel Luti manifiesta que existe compatibilidad entre los bienes ofrecidos por los distintos oferentes, con lo cual la adjudicación puede realizarse por ítem, sin inconvenientes. En virtud de lo dictaminado, procede a valorar las ofertas económicas y la información recabada se resume en el siguiente cuadro:
Por todo lo expresado, la Comisión recomienda el siguiente Orden de Mérito: Renglón 1: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 2: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 3: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 4: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 5: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 6: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 7: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 8: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 9: 1° Abete y Cia /// 2° RocaSur SA /// 3° Traico SRL /// 4° WAE SRL;
Que en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” de la siguiente manera: a la firma TRAICO SERVICIOS S.R.L (Oferta Alternativa Bienes Importados cotización del dólar tipo vendedor del BNA: $103.50 de fecha 15/09/2020) los Renglones Nº 01, 04 a 06 inclusive y 08 en la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100 ($4.644.928,40) con impuestos incluidos; a la firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 02, 03, 07 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DOCE ($2.158.412,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 40/100 ($6..803.340,40) con impuestos incluidos; por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($10.947.556.76);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública -------------------- Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID”.---------
ARTICULO 2º:ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ------------------ ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” de la siguiente manera: a la firma TRAICO SERVICIOS S.R.L (Oferta Alternativa Bienes Importados cotización del dólar tipo vendedor del BNA: $103.50 de fecha 15/09/2020) los Renglones Nº 01, 04 a 06 inclusive y 08 en la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100 ($4.644.928,40) con impuestos incluidos; a la firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 02, 03, 07 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DOCE ($2.158.412,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 40/100 ($6..803.340,40) con impuestos incluidos; por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($10.947.556.76).---------------------
ARTICULO 3°: El plazo de entrega de los bienes objeto de la presente contratación será dentro de los ------------------- 15 (quince) días hábiles de notificada la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias.---
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria ABETE Y CIA SA y ------------------ TRAICO SERVICIOS SRL que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------
ARTICULO 5º Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la adjudicación ------------------ propuesta indicada en el Artículo 2º.-------------------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-----------------------------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a fin -------------------- de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------
RESOLUCION 767-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 87/21 referente a la “ADQUISICION HERRAMIENTAS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 87/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 20 (veinte) empresas del ramo presentaron ofertas 05 (cinco) firmas a saber: SEYCO SACIF, DISTRIBUIDORA OLLANTA S.R.L, MARCHESAN PABLO CESAR, MACROFER PASEO FERRETERO S.A y 4MDQ STORE SRL según surge del Acta de Apertura de fecha 21/09/2021;
Que todos los oferentes se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que las Gerencia de Logística Operativa, Gerencia de Producción, Gerencia de Irregularidades en el Servicio y Gerencia de Servicios , informan que todos los renglones cotizados por las firmas proponentes cumplen con lo requerido excepción de los detallados a continuación: para el Renglón Nº 42 (Marca TOTAL) la firma SEYCO SACIF no cumple con lo solicitado, porque no cuenta con uno de los accesorios requeridos en la solicitud (bolso de transporte) y tiene especificaciones de menor calidad que las solicitadas (Voltaje de la batería, revoluciones). No se trata de la marca solicitada y tampoco de una primera marca; para los Renglones Nº 36 y 39, la firma MACROFER PASEO FERRETERO S.A, no cumplen técnicamente dado que cotizan medidas distintas a las solicitadas; para los Renglones Nº 17, 35 y 37, DITRIBUIDOTA OLLANTA S.RL no cumplen técnicamente dado que cotizan marcas de inferior calidad a las solicitadas y; para el Renglón Nº 25 la firma 4 MDQ STORE S.R.L., no cumple técnicamente con lo solicitado. Respecto al Renglón Nº 44 la Gerencia de Logística Operativa en virtud que firma SEYCO SACIF no especifica marca y la firma MARCHESAN PABLO CESAR para dicho renglón no especifica modelo, informan ambas propuestas no pudieron ser analizadas técnicamente;
Que habiéndose solicitado mediante cedula de fecha 04/10/21 a las firmas SEYCO SACIF y MARCHESAN PABLO CESAR a fin de cumplimiento con la presentación de marca y modelo del Renglón Nº 44 según lo informado por la Gerencia de Logística Operativa las mismas dan cumplimiento con lo requerido. Al respecto, dicha Gerencia informa que no acepta la oferta presentada por la firma SEYCO SACIF dado que la marca informada no cumple con lo solicitado por ser de inferior calidad a lo requerido. Respecto a la firma MARCHESAN PABLO CESAR, acepta la oferta para el Renglón Nº 44 dado que la marca y modelo cumple técnicamente con lo requerido;
Que en virtud que las ofertas más económicas y que cumplen técnicamente con lo requerido para el Renglón Nº 17 correspondiente a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA, Renglón Nº 37 correspondiente a la firma MARCHESAN PABLO CESAR y Nº 38 y 39 correspondiente a la firma SEYCO SACIF superan ampliamente el Presupuesto Oficial para dichos Renglones se les requirió una Mejora de Precios resultando según Acta de Apertura de fecha 06/10/2021 que las mencionadas firmas no pueden mejorar sus precios;
Que si bien, aún luego de solicitada la Mejora de Precios, los Renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive ($23.140,19) superan, en promedio, un 146% el Presupuesto Oficial para dichos Renglones ($9.420.23), esta Gerencia se comunicó telefónicamente con las firmas utilizadas para la confección del Presupuesto Oficial resultando que la firma Eslabones no presentó cotización en virtud que no cuenta con los elementos requeridos y la firma SEYCO SACIF manifiesta que debido a las fluctuaciones de precios y al desabastecimiento de varios de los ítems requeridos debieron buscar otros proveedores a fin de presentar su oferta por ello las variaciones de precios. Por lo que visto que las ofertas presentadas para los Renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive no resultan económicamente convenientes a los intereses de OSSE, es opinión de esta Gerencia que los mismos deberían declararse fracasados desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación;
Que si bien para los Renglones Nº 06, 28 a 36 inclusive, 42, 44, 45, 46 y 50 a 52 inclusive, consta sólo una oferta válida la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";
Que el Artículo mencionado en el considerando anterior se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Adjudicar el Concurso de Precios Nº 87/2021 “ADQUISICION HERRAMIENTAS” de la siguiente manera: a la firma SEYCO SACIF los Renglones Nº 02 a 10 inclusive, 13, 18, 22 a 36 inclusive, 45, 47, 48 y 52 en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 52/100 ($192.188,52) ;a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 12, 15, 16, 19 a 21 inclusive, 42 y 46 en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOCE CON 44/100 ($146.712,44) con impuestos incluidos; a la firma 4MDQ STORE SRL el renglón Nº 50 en la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($8.824,00) con impuestos incluidos; a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 11, 14, 43 y 51 en la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($25.530,00) con impuestos incluidos y a la firma MARCHESAN PABLO CESAR los renglones Nº 01, 41 y 44 por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA ($42.270,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 96/100 ($415.524,96) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($535.445,51); 2) Rechazar los renglones Nº 42 y 44 correspondientes a la firma SEYCO SACIF; Renglones Nº 36 y 39 correspondientes a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA; renglón Nº 25 correspondiente a la firma 4 MDQ STORE SRL y renglones Nº 17, 35 y 37 correspondiente a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL por los motivos expuestos precedentemente y; 3) DECLARAR FRACASADOS los renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive por no resultar las ofertas económicamente conveniente a los intereses de OSSE y DESIERTOS los renglones Nº 40 y 49 por inexistencia de ofertas desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 87/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION HERRAMIENTAS”.--------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 87/2021 “ADQUISICION --------------------- HERRAMIENTAS” de la siguiente manera: a la firma SEYCO SACIF los Renglones Nº 02 a 10 inclusive, 13, 18, 22 a 36 inclusive, 45, 47, 48 y 52 en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 52/100 ($192.188,52) ;a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 12, 15, 16, 19 a 21 inclusive, 42 y 46 en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOCE CON 44/100 ($146.712,44) con impuestos incluidos; a la firma 4MDQ STORE SRL el renglón Nº 50 en la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($8.824,00) con impuestos incluidos; a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 11, 14, 43 y 51 en la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($25.530,00) con impuestos incluidos y a la firma MARCHESAN PABLO CESAR los renglones Nº 01, 41 y 44 por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA ($42.270,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 96/100 ($415.524,96) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la ------------------- orden de compra a las firmas adjudicatarias y de acuerdo al siguiente detalle: Renglones Nº 42, 45 al 47 inclusive y 50 dentro de los 10 (DIEZ) días corridos; Renglones Nº 1 al 5 inclusive, 7 a 10 inclusive y 12 , 15, 16 , 18, 19, 21 a 24 inclusive, 26, 27, 35, 36, 41, 43, 44 y 48 dentro de los 15 (QUINCE) días corridos; Renglones Nº11, 14, 25, 43 y 51 dentro de los 20 (VEINTE) días corridos y Renglones Nº 06,13,20, 28 al 34 inclusive y 52 dentro de los 30 (TREINTA) días corridos.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Rechazar los renglones Nº 42 y 44 correspondientes a la firma SEYCO SACIF; ------------------Renglones Nº 36 y 39 correspondientes a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA; renglón Nº 25 correspondiente a la firma 4 MDQ STORE SRL y renglones Nº 17, 35 y 37 correspondiente a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º DECLARAR FRACASADOS los renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive por no ------------------ resultar las ofertas económicamente conveniente a los intereses de OSSE y DESIERTOS los renglones Nº 40 y 49 por inexistencia de ofertas desistiendo de la adquisición de los mismos bajo la presente modalidad de contratación.---------------------------------------------
ARTICULO 6º: Autorizar a las Áreas solicitante a iniciar en caso de resultar necesario un ------------------- nuevo trámite de compra para los Renglones declarados DESIERTOS y FRACASADOS indicados en el Artículo 5º.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 7ª Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------ adjudicación propuesta indicada en el Artículo 2º y a desafectar los renglones declarados desiertos y fracasados indicados en el Artículo 5º.-------------------------------------
ARTICULO 8º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 9º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 768-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1134-I-18 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 114/21 y 431/21 se aprueba la actualización del presupuesto de mano de obra para Obras de Agua y Cloaca de Menor Envergadura;
Que por Resolución de Directorio Nº 216/21 se adjudicaron los precios unitarios cotizados por las 09 (NUEVE) Cooperativas y 03 (TRES) PYMES a saber: COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO EL CHE LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LTDA, COOPERATIVA CONSTRUCCIONES 15 DE ENERO LTDA. COOPERATIVA DE TRABAJO SEGUIMOS LUCHANDO LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA BATANENSE LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO 1º DE MAYO LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LTDA y las firmas NASARA CONSTRUCTORA S.A., SAAVEDRA PARK S.R.L. e INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCION S.A.-INDARCCO. Asimismo, declaran admisibles los precios unitarios, según Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de menor Envergadura de Red de Cloaca que se adjunta como ANEXO I y Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de menor Envergadura de Red Agua que se adjunta como ANEXO II, por ser sus propuestas consideradas convenientes a los intereses de OSSE y estar igual al Presupuesto Oficial;
Que por el Artículo 3º se autoriza a la Gerencia de Compras y Suministros a asignar las Obras de Menor Envergadura y a emitir las Órdenes de Compra correspondientes por cada una de las obras, de acuerdo a los precios unitarios cotizados y adjudicados;
Que por el Artículo 4º se autoriza que las Órdenes de Compras emitidas de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior se les aplicarán lo establecido en el Artículo 15 del Anexo I “Procedimiento para tramitación de cada Obra de Menor Envergadura en particular”;
Que a fs. 33 la Gerencia General de Grandes Consumidores, mediante Solicitud de Pedido Nº 203-300-5 solicita gestionar la contratación de la Obra: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”, asignándose la misma por Disposición de la Gerencia de Compras y Suministros Nº 15/21 de fecha 01 de Julio del 2021 a la firma COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de $76.528,17 emitiéndose al efecto la Orden de Compra Nº 647/21 de fecha 20/07/21 (fs. 108 a 110);
Que a fs. 143 el Área Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca solicita a la GGGC generar la Solicitud para la Ampliación de la Orden de Compra Nº 647/21 por la suma de $20.616,95 debido a los incrementos sufridos durante la ejecución de la OME del ítem 1.2 EXCAVACION EN SUELO DURO Y/O NAPA FREATICA, 3.2 COLOCACION DE BOCAS DE REGISTRO DE HºAº y 4.3. REENLACE;
Que a fs 144 la Gerencia General de Grandes Consumidores, habiendo verificado lo informado por el Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca, informa que el monto a ampliar representa un 26.94% del monto de la Orden de Compra original, encontrándose este importe por encima del 20% establecido en la Resolución 114/21 Anexo III Art. 4, llegando la contratación a la suma de total de $97.145,12. Por lo expuesto, solicitan se autorice los mayores costos , emitiendo al efecto Solicitud de Pedido Nº 203-300-17 (fs.145);
Que por mencionado precedentemene, la Gerencia de Compras y Suministros, de acuerdo a lo solicitado por la GGGC y el Area Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca, considerando los incrementos sufridos durante la ejecución de la Obra, que no pueden ser previstos en el presupuesto de mano de obra, aconseja autorizar la ampliación de la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 95/100 ($20.616,95), lo cual representa un 26.94% de la Orden de Compra 647/21;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446; Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1134-I-18 Cpo. 01 --------------------referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”. -----------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Contratación Directa 133 LOM Nº 03/21, a la ------------------- firma COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 95/100 ($20.616,95), lo cual representa un 26.94% de la Orden de Compra 647/21. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a descontar del -------------------- Certificado de Obra, el 5% en concepto de Depósito de Garantía, según lo establecido en el Art. 11 “Formas de Constituir las garantías” inc 2 del Pliego de Obras Públicas de Agua y Cloaca de Menor Envergadura,“las Cooperativas y Pymes podrán presentar por escrito o vía mail, una nota solicitando que sea descontado del certificado de obra el 5% en concepto de Deposito de Garantía.”----
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a fin de realizar la ------------------ Imputación Preventiva. Cumplido pase a la Gcia. de Compras a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase. ----------------------------------------
RESOLUCION 769-2021 FIRMADA
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 2° llamado a Licitación Pública N° 19/21, autorizado por Resolución de Directorio Nº 657/21 de fecha 07/09/21 (fs. 297), según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;
Que ha presentado sobre 01 (una) firma a saber RECONSTRUCCION CAÑOS S.A según consta en Acta de Apertura de fecha 12/10/21 (fs 362);
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación habiendo procedido a analizar la documentación del Sobre Nº 1 presentada por la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. informa que no presenta o resulta incompleta la siguiente documentación:A.1) Art. 4.2 inc. 1.13 del P.B.yC.: presenta nota informando que está en trámite de actualización la inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE. Al respecto la Comisión incorpora copia de la conclusión de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE. Presenta el resto de la documentación requerida en el P.B.yC. En conclusión, recomiendan: Declarar ADMISIBLE la oferta presentada por la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. y proceder a la apertura de Sobre 2 de la mencionada firma;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Declarar admisible la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica), cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 335 del
---------------------Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 ---
ARTICULO 2°: Declarar admisible la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A
---------------------autorizando a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737.---------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a
-------------------- fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------
RESOLUCION 770-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 424/21 de fecha 22/06/21 se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 52/21 "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS ($1.407.500,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto oficial de $1.453.500,00 – Orden de Compra Nº 590/21 de fecha 08/07/21;
Que la Gerencia de Producción mediante Solicitud Nº 3-200-179 por $776.500,00 solicita la Ampliación del servicio de referencia (Orden de Compra Nº 590/21 por $1.407.500,00 - firma adjudicataria: COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA.). Dicha ampliación no supera lo establecido en el Art. 3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (se amplía al máximo permitido para Concurso de Precios ($2.187.480.00);
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la ampliación solicitada bajo Nº 5-982 informando que no tiene observaciones que formular, ya que el total con ampliación es de $ 2.184.000, encontrándose por debajo del TOPE establecido en la L.O.M. para Concursos de Precios;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “AMPLIACIÓN - DISMINUCIÓN: Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el /los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta el monto tope establecido en la LOM para gestionar Concursos de Precios. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte Contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Ampliar la Orden de Compra Nº 590/2021 perteneciente a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA correspondiente al Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” por la suma de total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($776.500,00), el cual sumado al monto adjudicado originalmente ($1.407.500,00) no supera el tope establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital del Concurso de ------------------- Precios Nº 52/21 "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS”. -
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 590/2021 perteneciente a la
------------------ firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA correspondiente al Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” por la suma de total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($776.500,00), el cual sumado al monto adjudicado originalmente ($1.407.500,00) no supera el tope establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma ------------------ COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total ampliado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. ---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente. --------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ Suministros Área Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase. --------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 771-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 90/21 referente a la “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 90/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentando ofertas 03 (tres) firmas a saber: CASA BLANCO SA, TECNOELECTRICA SA y O.A.C.I. S.A según surge del Acta de Apertura de fecha 12/10/2021;
Que de las ofertas presentadas surge que la firma CASA BLANCO SA y O.A.C.I. S.A se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/22;
Que la Gerencia de Servicios informa que todas las ofertas presentadas por las firmas proponentes cumplen técnicamente con lo solicitado por dicha Gerencia. Respecto al Reglón Nº 1, solicitan contactar con la empresa Racklatina para la provisión del rele térmico requerido, dado que son los únicos proveedores del equipo especificado;
Que habiéndose contactado esta Gerencia con la firma RACKLATINA SA éstos manifiestan que omitieron presentar cotización para el Item 1 “E100 1-5 A Pass-Thru Ovrload Rly” en virtud que los demás bienes no los comercializan. Agregan que están en condiciones de cotizarlo. Por lo tanto es opinión de esta Gerencia que debería realizarse un Segundo llamado para el Renglón 1 “Relé térmico electrónico 1-5 A”;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Adjudicar el Concurso de Precios Nº 90/2021 “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” de la siguiente manera: a la firma CASA BLANCO SA el Renglón Nº 08 en las suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($63.400,00) con impuestos incluidos y a la firma O.A.C.I. S.A los Renglones Nº 02, 03 (Oferta Alternativa) y 04 a 07 ambos inclusive y Nº 09 en las suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ($746.200,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($809.600,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos ($1.007.260,90) y; 2) Declarar DESIERTO el Renglón Nº 01 por inexistencia de ofertas procediendo a realizar un SEGUNDO LLAMADO para el mismo cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 90/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS”.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 90/2021 “ADQUISICION --------------------- MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” de la siguiente manera: a la firma CASA BLANCO SA el Renglón Nº 08 en las suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($63.400,00) con impuestos incluidos y a la firma O.A.C.I. S.A los Renglones Nº 02, 03 (Oferta Alternativa) y 04 a 07 ambos inclusive y Nº 09 en las suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS($746.200,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($809.600,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos ($1.007.260,90)----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Declarar DESIERTO el Renglón Nº 01 por inexistencia de ofertas procediendo -------------------a realizar un SEGUNDO LLAMADO para el mismo cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la ------------------- Orden de Compra a las firmas adjudicatarias y de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº 02, 03 (Oferta Alternativa), 04 y 06 inmediato (3 (tres) días hábiles); Renglones Nº 05 y 09 dentro de los 45/60 días; Renglón Nº 7 dentro de los 12/15 días y Renglón Nº 8 dentro de los 90 (noventa) días corridos-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma O.A.C.I. S.A -------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------
ARTICULO 6º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 2º.-----------------------------------------------
ARTICULO 7º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 772-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA,
Visto el Decreto N° 219 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO
Que por Expediente HCD 1755-D-2021 se tramita un Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza a O.S.S.E. a la suscripción de un Convenio con la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias;
Que el objeto primordial del Proyecto es el de introducir la porcentualización del valor a abonar por el fortalecimiento de las prestaciones medico asistenciales de la Obra Social Fe.N.T.O.S., asumiendo esta última el compromiso de trasladar al personal de O.S.S.E. que sean beneficiarios de ésta en la cartilla médica del plan SC250;
Que al contar la iniciativa con despacho favorable y unánime de las Comisiones Internas del HCD a las que fuera girado el mencionado Proyecto el Sr. Presidente del HCD autorizo mediante Decreto la suscripción del Convenio ad referéndum de ese Honorable Cuerpo, correspondiendo su suscripción en los términos allí establecidos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Autorizar la suscripción del Convenio con la OSFENTOS, en los ---------------------términos establecidos en el Decreto N° 219 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, que como Anexo I se acompaña a la presente.----------
ARTÍCULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes ----------------------corresponda. Cúmplase.-----------------------------------------------------------
ANEXO I
CONVENIO
En la ciudad de Mar del Plata, a los …20….. días del mes OCTUBRE de 2021 entre la Empresa Obras Sanitarias Mar del Plata S.E., representada en este acto por su Presidente, Arq Carlos Alberto Katz DNI 16.593.363, con domicilio en la calle French 6737 de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires (en adelante “La Empresa”), por una parte, y por la otra la Federación Nacional de Obras Sanitarias (Fe.N.T.O.S.) representada por ……………………………………………..DNI……………………………, con domicilio en la calle Pasco Nº580 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante “La Federación”), se acuerda lo siguiente:
CLAUSULA 1º: A partir del mes de promulgación de la ordenanza correspondiente, la Empresa aportará mensualmente a la Federación, el 3.46% del valor que resulte – al mes de realización de dicho aporte – para el cargo Peón P 3 Clase I Jornada de 35 hs, por cada uno de los empleados de la Empresa que, conforme sus propios registros, sea beneficiario titular de la Obra Social Federal de Fe.N.T.O.S. Ello con destino al fortalecimiento de las prestaciones médico asistenciales que brinda la citada obra social y con el compromiso de ésta, de trasladar a dicho, personal los beneficios contenidos en la Cartilla Médico Asistencial del Plan SC250”. Los pagos se deberán efectuar del 1 al 10 de cada mes. -------------------------------------------------------------------------------------------------
CLAUSULA 2º: La contribución voluntaria mensual indicada en la cláusula precedente, se extenderá por el plazo de un (1) año, prorrogable automáticamente o dejado sin efecto mediante comunicación fehaciente de cualquiera de las partes. ---------------------------------
CLAUSULA 3º: La Federación suministrará a O.S.S.E. los datos correspondientes al Banco, número de cuenta y CBU donde deberán depositarse los importes mensuales, asumiendo la Federación la obligación de aplicar la totalidad de los mismos a la satisfacción del objeto del presente acuerdo. --------------------------------------------------------
CLAUSULA 4º: A Junio/2021, el padrón de afiliados a los que se hace referencia en el Cláusula 1º está compuesto por un total de 146 empleados, que se agrega como Anexo Convenio. -------------------------------------------------------------------------------------------------
De conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor.
RESOLUCION 773-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO Convenio
C.I. |
APELLIDO Y NOMBRE |
00000221-66 |
ALLER DANIEL EDUARDO |
00000226-66 |
SIMEONE CARLOS LUCIO |
00000253-67 |
MORALES ALFREDO MIGUEL |
00000298-66 |
PERNA FABIAN ALFREDO |
00000371-65 |
MORALES PATRICIO ARTURO |
00000377-69 |
CASTILLO SERGIO DANIEL |
00000434-66 |
YANNI RUBEN DARIO |
00000459-65 |
GARCIA MAURICIO ALBERTO |
00000480-66 |
DIAZ EDUARDO MAURICIO |
00000483-65 |
QUIROGA MIGUEL LEONARDO |
00000485-67 |
COLUNGA JORGE HORACIO |
00000513-66 |
ENRIQUE MIGUEL ANGEL |
00000535-66 |
RUBIEDA RENE ALBERTO JAVIER |
00000536-65 |
LEDESMA JORGE MILCIADES |
00000541-65 |
CARABAJAL JORGE ARNALDO |
00000616-66 |
RAMIREZ ALEJANDRO EMILIO |
00000627-65 |
LEDESMA RAUL MARCELO |
00000635-65 |
SAMULAK GUILLERMO MARCELO |
00000637-67 |
LUNA RICARDO WALTER |
00000638-55 |
PRADILLA GUILLERMO HUGO |
00000639-65 |
ROSALES WALTER ARTURO |
00000647-66 |
EPUL MARCOS EDUARDO |
00000649-69 |
LAZARTE GUSTAVO ALEJANDRO |
00000656-56 |
D'AMICO CARLOS ALFONSO |
00000667-66 |
CETTOUR GUSTAVO CARLOS JAVIER |
00000798-66 |
OLEA SERGIO MARTIN |
00000801-68 |
ROTH JORGE RICARDO |
00000805-65 |
DE LA VEGA JUAN NICOLAS |
00000807-67 |
RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL |
00000822-68 |
RAMALLO RICARDO ALEJANDRO |
00000825-68 |
FERNANDEZ JUAN CARLOS |
00000837-66 |
DOBAL GUSTAVO ADOLFO |
00000846-67 |
MARISEVICH JORGE EDUARDO |
00000865-69 |
PAILLAPAN MARIA VERONICA |
00000868-68 |
BELMONTE ANAHI SILVIA RAQUEL |
00000887-69 |
MANGIERI CARLOS ALBERTO |
00000890-66 |
ZARATEGUI EZEQUIEL MAXIMILIANO |
00000900-67 |
BARONE HUGO LUJAN |
00000912-67 |
YANNI EDUARDO JORGE |
00000916-66 |
PEREZ CLAUDIO NICOLAS |
00000937-67 |
SOTTO CARLOS ISAIAS |
00000940-66 |
BIROLETTI ALEJANDRO OSCAR |
00000945-68 |
LEDESMA RAUL JONATHAN |
00000948-66 |
WEIGUM MARTIN GABRIEL |
00000957-70 |
BARROSO EDUARDO VICTOR |
00000971-65 |
FALCON LEONARDO JOSE |
00000975-10 |
JOFRE PABLO ANTONIO |
00000986-69 |
PATINIOTIS ROJAS ANDREAS ALEJANDRO |
00000995-66 |
COLOMBO JAVIER ALEJANDRO |
00001000-4 |
LEDESMA JORGE DAMIAN |
00001007-67 |
ACTIS GROSSO CRISTIAN DANIEL |
00001008-66 |
CARABAJAL AUGUSTO GERMAN |
CI |
APELLIDO Y NOMBRE |
00001009-68 |
CEPEDA CARRASCO DAMIAN ARIEL |
00001010-68 |
DELFINO JONATAN JESUS EDUARDO |
00001011-68 |
JUNCO OSCAR RENE |
00001020-68 |
CANALES GUSTAVO DANIEL |
00001029-67 |
ORDAS MORALES FRANCISCO ALEJANDRO |
00001030-68 |
LOIZA MAXIMILIANO ANDRES |
00001034-66 |
MARTINEZ ROBERTO DANIEL |
00001038-67 |
TARELA MARA YAMILA |
00001053-67 |
BARRIONUEVO LEANDRO NAHUEL |
00001066-67 |
EYHERABIDE EZEQUIEL |
00001068-66 |
IZAGUIRRE JORGE DANIEL |
00001069-66 |
JACUE NICOLAS JORGE |
00001073-69 |
BAGALINI MARIANA LORENA |
00001074-66 |
DIAZ AGUSTIN DANIEL |
00001076-67 |
QUIROGA FACUNDO |
00001080-3 |
ARCE BRUNO ALBERTO |
00001081-67 |
MORALES LUCAS IVAN |
00001084-66 |
MENILLO CLAUDIO OMAR DANIEL |
00001090-6 |
PERNA LEANDRO ISAAC |
00001091-66 |
BERON ERIC LEONARDO |
00001092-67 |
BELMONTE ARIEL LEOPOLDO JUAN |
00001095-69 |
CISNEROS ROBERTO CARLOS |
00001098-67 |
DUARTE JOSE NICOLAS |
00001099-68 |
DIAZ ENZO DANEL |
00001110-6 |
GARCIA NESTOR FABIAN |
00001111-67 |
PUCHE LUCIANA PAULA |
00001120-66 |
PUGLIESE FEDERICO YAMIL |
00001125-68 |
MIGNINI ANA MARIA |
00001126-69 |
ALHAITS MARIO EDUARDO |
00001127-69 |
ALGAMIZ VALERIA MONICA |
00001135-5 |
VILLAVERDE DAVID HERNAN |
00001136-4 |
GALLARDO JORGE MATIAS |
00001137-5 |
LUIS JUAN MANUEL |
00001143-4 |
RAMOS GABRIEL ALEJANDRO CEFERINO |
00001146-5 |
EPUL LUCAS WALTER |
00001148-7 |
PEREYRA ADRIANA LUJAN |
00001152-8 |
HECH JUAN PABLO |
00001153-6 |
QUIROGA ANGEL FABIAN |
00001154-5 |
FALCON DAMIAN ANDRES |
00001162-3 |
CORREA LUCAS JOSE LUIS |
00001163-4 |
SAMULAK DAVID MARCELO |
00001169-4 |
PEREZ JULIAN NAHUEL |
00001174-5 |
TOTARO KEVIN RODRIGO |
00001177-7 |
LEDESMA SANHUEZA NESTOR EMMANUEL |
00001178-5 |
MONTES MARCELO ALEJANDRO |
00001185-5 |
LARES DAVID MANUEL |
00001187-5 |
SEGOVIA MIGUEL ANGEL |
00001188-4 |
CASTILLO JUAN CARLOS |
00001202-6 |
AGUIRRE ADRIAN EDUARDO |
00001203-5 |
FERRERO GUILLERMO VICENTE |
00001206-8 |
GIMENEZ JORGE RAIMUNDO |
00001211-5 |
BARROSO GERMAN EMANUEL |
00001212-5 |
GIMENO NAHUEL EZEQUIEL |
00001214-4 |
CARBAJO MAURICIO NICOLAS |
00001215-5 |
PUCCI CRISTIAN BLAS |
00001216-4 |
LEDESMA MARCELO EZEQUIEL |
00001219-6 |
DALPRATO GERMAN EMANUEL ALEJANDRO |
00001220-6 |
PASO SERGIO MAURICIO |
00001246-4 |
LEDESMA CLAUDIO ALEJANDRO |
00001260-3 |
DERBIZ NATALIA NOEMI |
00001263-4 |
CORDOBA JOSE LUIS DE CONSOLACION |
00001268-4 |
MIRANDA CARMEN CAROLINA |
00001270-5 |
HERMO BRIAN EZEQUIEL |
00001271-6 |
MEDINA LEIVA PATROCINIO |
00001272-3 |
VALENZUELA ARIEL HERNAN |
00001275-3 |
SIMEONE FRANCO JOEL |
00001277-3 |
EPUL AGUSTIN EXEQUIEL |
00001280-3 |
KREN BRAIAN ALAN |
00001283-2 |
ABALOS DAMIAN EZEQUIEL |
00001284-2 |
SALAS JUAN EZEQUIEL |
00001285-2 |
FUENTES MATIAS ESTEBAN |
00001289-2 |
ROCHE DARIO ABEL |
00001290-2 |
RAMIREZ JUAN MANUEL |
00001291-3 |
MORALES GASTON ARTURO |
00001292-3 |
RUBIEDA MARCOS ROMAN |
00001293-3 |
RAMIREZ ESTEBAN MARTIN |
00001294-3 |
GONZALEZ JEREMIAS ISRAEL |
00001298-2 |
DIAZ RODRIGO EZEQUIEL LEON |
00001299-2 |
TORASSO MANCUSO KEVIN DAMIAN |
00001301-1 |
MAIDANA MAXIMILIANO EDUARDO |
00001304-1 |
MAFFIA MAILEN SOLANGE |
00001306-1 |
CORDOBA PAULA LORENA |
00001318-2 |
LEDESMA GUSTAVO ALBERTO |
00001320-1 |
PETRUCCELLI CAMILA ANTONELLA |
00001323-1 |
CASTILLO LEMMO MATÍAS JAVIER |
00001324-1 |
RODRIGUEZ BAUTISTA |
00001325-1 |
ROMAN HERNAN DARIO |
00001327-1 |
HERNANDEZ SEBASTIAN |
00001336-1 |
MAFFIA ARIEL FRANCO |
00001339-1 |
PAVON SIHUEN MANUEL |
00001340-1 |
LUSI FACUNDO NICOLAS |
00001341-1 |
PAIS FRANCO LEONEL |
00001342-1 |
SAMULAK ALEJANDRO DANIEL |
00001344-1 |
PEREZ JONATHAN ADRIAN |
Cantidad de personal beneficiado al 30/06/2021= 146
RESOLUCION 773-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
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MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la Licitación Pública Nº 25/21: “ADQUISICION DE FURGONES MEDIANOS” y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia, habiéndose incorporado en el mismo las modificaciones sugeridas por la Gerencia de Logística Operativa según nota de fecha 01/10/21 y por el Área Contaduría según Nota Nº 14 (12/10/21);
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de -------------------- la Licitación Pública N° 25/21. ---------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 25/21 referente a la “ADQUISICION
---------------------- DE FURGONES MEDIANOS” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros.
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.-------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------- Licitación Pública N° 25/21 integrada por el Ing Pablo Simoni, quien presidirá la misma como titular y como suplente el Ing Joaquín Negri ambos por la Gerencia de Logística Operativa y el CP Mariano Bianchini como titular y la Lic Maria Marta Solera como suplente, ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Paula Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.----------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 774-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 215-C-13 Cpo. 01 a 04 y 05 (digital) referente a las “OBRAS DE MENOR ENVERGADURA P/ PYMES Y COOPERATIVAS” y ;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 114/21 de fecha 18 de Febrero de 2021, se aprueban las modificaciones presentadas en los ítems de mano de obra y Pliego de bases y Condiciones con el fin de aclarar y resolver situaciones problemáticas que se presentan cotidianamente;
Que en virtud de dar cumplimiento con el procedimiento de determinación de precios oficiales establecido en el Punto 2 II del Anexo I: “Modalidad para determinación de los Ítems, los precios oficiales y Adjudicación de precios unitarios”, el Área Contaduría, incorpora la Resolución nº 6/2021 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil el cual establece en su Artículo Nº 1 el valor vigente a partir del 1º de Septiembre de 2021.
Que el Área Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca en conjunto con el Área Apoyo e Ingeniería de la Gerencia de Obras, actualiza al 1º de Octubre del 2021, el presupuesto oficial a los valores vigentes de Salario Mínimo Vital y Móvil para este tipo de Obras, agregando en formato digital el presupuesto de mano de obra actualizado para AGUA y CLOACA;
Que con la finalidad de agilizar el procedimiento de actualización de precios para Obras de Menor Envergadura, la Gerencia de Compras y Suministros en concordancia con la Gerencia de Obras, Gerencia de Grandes Consumidores y el Area Contaduría, sugieren la posibilidad de que se realice la actualización automática de los precios cuando se produzca una variación el SMVM;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a ---------------------las OBRAS DE MENOR ENVERGADURA P/ PYMES Y COOPERATIVAS.--------------------------------------
ARTICULO 2º: Aprobar la actualización de precios, en cumplimiento al procedimiento --------------------de determinación de precios oficiales establecido en el Punto 2 II del Anexo I: “Modalidad para determinación de los Ítems, los precios oficiales y Adjudicación de precios unitarios”.--------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Gerencia de Obras a realizar la actualización -----------------------automática de los precios, cuando el Area Cantaduría informe que se ha producido una modificación en el SMVM.----------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a invitar a las ----------------------Cooperativas y PYMES a cotizar los precios actualizados para Obras de Menor Envergadura a fin de realizar el acto administrativo correspondiente a la adjudicación de precios.--------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Gerencia --------------------General de Grandes Consumidores, Gerencia de Compras y Suministros, Gerencia de Obras, Contaduría y a quienes más corresponda y cúmplase.-
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 21/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 92/21 referente a la “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 92/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 4 (cuatro) empresas del ramo solo presentó oferta 1 (una) firma a saber: CIAGESER S.A según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que CIAGESER S.A se encuentra inscripta en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/2022.
Que el Área Pañol y Administración dependiente de la Gerencia de Logística Operativa informa que habiendo analizado la oferta presentada, la firma CIAGESER S.A. cumple con lo solicitado
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 92/2021 “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.032.800,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 92/2021 ------------------ referente al “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR”.-----------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 92/2021 “SERVICIO DE ALQUILER ----------------- DE CAMION DESOBSTRUCTOR” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.032.800,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial.---------------------------------------------
ARTICULO 3°: Los servicios serán prestados por 160 horas en días hábiles, a partir del día ------------------ siguiente a haber recibido la Orden de Compra respectiva. O.S.S.E. brindará el personal para la desobstrucción. La certificación se realizará por hora trabajada. El plazo prestación del servicio será de 20 (veinte) días hábiles.--------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A ------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros de OSSE comunicará a la firma ----------------- adjudicataria el día de inicio de la prestación del servicio contratado y lugar donde deberá presentarse a designar por la Gerencia de Producción o la Gerencia de Logística Operativa de OSSE, dentro del horario asignado tentativo: LUNES A VIERNES DE 6.30 A 14.30 HS. Dentro de ese horario OSSE utilizará los servicios contratados certificando las horas en que efectivamente éste se haya cumplido o haya estado disponible al pié de obra por requerimiento exclusivo de OSSE. OSSE no abonará los días no trabajados por lluvia u otra inclemencia climática y consecuencia. OSSE podrá modificar el horario de acuerdo a sus necesidades, notificándoselo a la contratista con 24 (veinticuatro) horas de anticipación. En caso de emergencia la notificación será telefónica a la Gerencia de Producción o de Logística operativa, siendo efectuada por escrito y en forma fehaciente en el día hábil inmediatamente posterior. O.S.S.E. podrá en forma transitoria o permanente, alterar o adecuar los días y horarios de prestación del servicio según su propia conveniencia, incluyendo sábados; y excepcionalmente domingos, feriados o días no laborables; para lo cual será suficiente la notificación previa a la contratista. Las horas de servicio comenzarán a computarse desde el momento en que el equipo requerido llegue al lugar indicado por OSSE, y dentro del horario acordado, finalizando cuando el mismo se retire del lugar. La Gerencia de Producción certificará las horas prestadas por el adjudicatario, y visará la Gerencia de Logística Operativa.--------------------------------------------------
ARTICULO 6º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A
------------------- que en un plazo máximo de 5 ( cinco) días hábiles de notificada la presente deberá dar cumplimiento con la presentación de la documentación requerida en el Art. 18 del PByC.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 776-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 21/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado para los Renglones Nº 07 y 09 y Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 04 al oferente JUAREZ RAMON ANGEL autorizado por Resolución de Directorio Nº 722/2021 de fecha 29/09/21 según da cuenta la documentación agregada al Expediente digital de referencia;
Que con fecha 01/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 04 correspondiente a JUAREZ ANGEL RAMON y con fecha 14/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de sobres del Segundo llamado a Licitación de referencia presentándose para el mismo 2 (dos) oferentes: VINITZKY CLAUDIO JOSE y LEON ROBERTO WALTER;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 18/10/2021 informa lo siguiente: 1) MEJORA DE PRECIOS (Renglón Nº 04) habiéndose requerido una Mejora de Precios al Sr JUAREZ ANGEL RAMON para el Renglón Nº 04 el mismo cotizó la suma de $504 mejorando así un 18.85% su oferta original y en coincidencia con el Presupuesto Oficial. En consecuencia recomiendan asignar el Renglón Nº 04 (p/ Gerencia de Producción – Batán) al mencionado oferente; 2) SEGUNDO LLAMADO (renglones Nº 07 y 09) a) Análisis de Documentación: VINITZKY CLAUDIO: Presenta la totalidad de la documentación requerida en el PByC cotiza renglones Nº 07 y 09; LEON ROBERTO WALTER: El oferente presenta Anexo 5 incompleto y advierte que el Anexo 4 al constituir domicilio no indica el piso y departamento consignado en el Anexo 5. Presenta el resto de la documentación requerida y cotiza el Renglón Nº 9; b) Análisis Técnico: DECLARAN ADMISIBLES las siguientes ofertas: Renglón Nº 7 VINITZKY CLAUDIO JOSE y Renglón Nº 09 LEON ROBERTO WALTER y declarar INADMISIBLE el renglón Nº 07 cotizado por LEON ROBERTO WALTER en virtud que cotiza con vehículo Pick Up marca Fiat Toro 2.0 siendo requerida camioneta todo terreno apta para trabajos fuertes y terrenos agrestes de tipo chevrolet S10, Nissan Frontier, Amarok, Toyota Hilux, Ford Ranger o similar doble tracción no menor a 2.5 cilindradas. Por lo expuesto la Comisión recomienda:1) Renglón Nº 07: Solicitar una Mejora de Precios al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE ya que el precios cotizado se encuentra un 33.77% por encima del Presupuesto Oficial y; 2) Asignar el Renglón Nº 9 (Gerencia de Producción – Operaciones CAS sur) al oferente LEON WALTER ROBERTO quedando la misma supeditada a que previamente el oferente complete con sus datos los Anexos 4 y 5;
Que esta Gerencia observa del Acta de Comisión que por un error involuntario invirtieron los números de los Renglones cotizados por cada proponente para el Segundo llamado a Licitación siendo los correctos los siguientes VINITZKY CLAUDIO cotiza el Renglón Nº 7 y LEON ROBERTO WALTER cotiza los Renglones Nº 07 y 09;
Que el oferente LEON WALTER ROBERTO ha dado cumplimiento con la presentación de los Anexo 4 y 5 completos;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: 1) Rechazar las oferta presentada por el oferente LEON ROBERTO WALTER para el Renglón Nº 07 por los motivos expuestos precedentemente;2) Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras y; 3) ADJUDICAR los Renglones 04 y 09 de la Licitación Pública Nº 15/2021 Mejora de Ofertas y Segundo llamado “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 04: |
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OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
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JUAREZ RAMON ANGEL |
Renault Master Modelo 2011 Patente: JXO 622 |
$ 504.00 |
Area Control de Flota |
L A V |
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Renglón Nº 09: |
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OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
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LEON ROBERTO WALTER |
Fiat Toro 2.0 4x4 Volcano Modelo 2018 Patente: AC828EA |
$ 681.00 |
Area Control de Flota |
L A D |
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Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2: Rechazar las oferta presentada por el oferente LEON ROBERTO WALTER ------------------ para el Renglón Nº 07 en virtud que cotiza con vehículo Pick Up marca Fiat Toro 2.0 siendo requerida camioneta todo terreno apta para trabajos fuertes y terrenos agrestes de tipo chevrolet S10, Nissan Frontier, Amarok, Toyota Hilux, Ford Ranger o similar doble tracción no menor a 2.5 cilindradas.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: ADJUDICAR los Renglones 04 y 09 de la Licitación Pública Nº 15/2021 -------------------- Mejora de Ofertas y Segundo llamado “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
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ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a los adjudicatarios que --------------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán constituir un Depósito de Garantía equivalente al 5% del monto contractual (Art. 5.3 de las Cláusulas Generales), el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE de acuerdo a lo establecido en el Art. 3.5 de las Cláusulas Generales. En caso de hacer uso de la opción del descuento en una única cuota deducible de la primer factura, en igual plazo, deberán presentar nota al respecto (Art. 5.4 de las Cláusulas Generales).--------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a los adjudicatarios que ----------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán presentar la documentación requerida en el Art. 13 de las Cláusulas Particulares.-------------------------------
ARTICULO 6º: El servicio se prestará por el plazo de 6 (seis) meses, a partir de la notificación de la presente o hasta agotar las horas contratadas de servicio efectivo del vehículo, pudiendo OSSE hacer uso de la Opción prevista en el Art. 3 de las presentes Cláusulas.---------------------
ARTICULO 7º: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para ------------------ el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial para el mencionado Renglón cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras----
ARTICULO 8º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 3º.----------------------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 777-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION UNIFORMES” que tramita bajo la Licitación Pública Nº 16/2021; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 16/2021 autorizado por Resolución de Directorio Nº 603/21 de fecha 24/08/21, según surge de las actuaciones agregadas al Expediente digital habiendo presentando oferta 6 (seis) firmas a saber PATAGONYKA GROUP SA, CONFAL SA, VENDITTI LUIS ALBERTO, ALVAREZ ROCIO BELEN, CALE URBANO SA y ABETE Y CIA SA según surge del Acta de Apertura de fecha 22/09/21;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación mediante Acta de reunión de fecha 04/10/21informa lo siguiente: Análisis de documentación la firma PATAGONYKA GROUP S.A, no presenta copia del Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, sí acompaña el resto de la documentación requerida y; las firmas ABETE y CIA S.A., VENDITI LUIS ALBERTO, CONFAL S.A., CALE URBANO S.A. y ALVAREZ ROCIO BELEN presentan la totalidad de documentación exigida. Análisis de Muestras: PATAGONYKA GROUP S.A. RENGLON 01 (Camisa Grafa)): NO CUMPLE. No tiene logo estampado ni cinta reflectiva; presenta muestra de color verde. Presenta nota respecto al color; RENGLON 02 Pantalón Grafa): NO CUMPLE. Falta cinta reflectaiva, botones y trabas en el bolsillo trasero; RENGLON 03 (Jean caballero): CUMPLE; RENGLON 04 (Buzo de algodón) NO CUMPLE. Falta la etiqueta que describe la composición de la tela. La cinta reflectiva, no cumple con el ancho de 40 mm, la medida del contorno de tórax no corresponde con el talle "M" del cuadro OSSE presente en el PBC y las medidas del refuerzo del codo tampoco cumplen con las medidas exigidas; RENGLON 05 (Campera de abrigo): NO CUMPLE Falta logo, falta cruce cubre barbijo, no cumple con las medidas del bolsillo interno, no cumple con las medidas del velcro, no cumple con las medidas del talle de la muestra que ofrece (talle L) y RENGLON 06 (Chomba): NO CUMPLE Falta logo (pero se observa la calidad del estampado en el buzo -renglón 4- presentado por la firma), los botones no son azules, no cumple con la medida de largo correspondiente al talle de la muestra (XL) con las del cuadro OSSE presente en el PByC. ABETE Y CIA S.A. RENGLON 03 (Jean caballero – Oferta Alternativa): CUMPLE; RENGLON 06 (Chomba Oferta Alternativa): NO CUMPLE: El porcentaje solicitado en la composición de la tela (es 100% de algodón y se solicita mezcla con poliéster en el PByC), se observa confección defectuosa y no cumple con las medidas del cuadro OSSE y RENGLON 08 (Jean dama – Oferta Alternativa): CUMPLE. VENDITTI LUIS ALBERTO: RENGLON 03 (Jean caballero): NO CUMPLE. El tipo de tela y la doble costura cañón solicitada en el PByC; RENGLON 06 (Chomba): NO CUMPLE. Los botones son blancos, no tiene logo estampado. En el caso de adjudicarse sugieren notificar fehacientemente al proveedor que deberá respetar la curva de talles de OSSE presente en el PByC y deberá presentar la muestra con logo estampado, etiqueta y botones azules; RENGLON 07 (Pantalón vestir dama) y RENGLON 09 (camisa manga larga dama): CUMPLEN; RENGLON 10 (Camisa manga corta dama): CUMPLE. Se sugiere notificar fehacientemente al proveedor que las medidas del bolsillo coincidan con lo solicitado en el PByC; RENGLON 11 (Cárdigan dama); RENGLON 12 (Pantalón de vestir caballero); RENGLON 13 (Camisa caballero manga larga)y RENGLON 14 (camisa caballero manga corta): CUMPLEN y; RENGLON 15 (sweater cashmilon caballero): NO CUMPLE con la curva de talles establecidos. Presenta nota respecto al plazo de entrega. Sugieren solicitar al proveedor respetar los plazos establecidos por OSSE para cada renglón. ALVAREZ ROCIO BELEN. RENGLON 04 (Buzo algodón): CUMPLE. Presenta una muestra talle 04 con las medidas para un talle 03. Sugieren notificar fehacientemente al proveedor que deberá respetar la curva de talles de OSSE; RENGLON 05 (Campera de abrigo); RENGLON 07 (Pantalón de vestir dama); RENGLON 09 (Camisa dama manga larga); RENGLON 09 (Camisa dama manga larga – Oferta Alternativa); RENGLON 10 (Camisa manga corta dama): CUMPLE; RENGLON 10 (Camisa manga corta dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El largo de la manga de acuerdo a lo especificado en el PByC y RENGLON 12 (Pantalón de vestir caballero): NO CUMPLE. La tela interna es contrastante (color blanco) y se observan desprolijidades en las costuras en la confección de la prenda (además, se observa que se añadió un trozo de tela para colocar el botón interno). CALE URBANO S.A RENGLON 01 (Camisa Grafa - Oferta Básica): NO CUMPLE. La muestra no posee cinta reflectiva, el logo no es el que se solicita y tampoco cumple con el color. Pero el proveedor presenta nota aclaratoria junto con la cotización, donde se compromete a cumplir con lo establecido en el pliego; RENGLON 02 (Pantalón Grafa - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. La muestra no tiene la traba ni los botones en los bolsillos traseros. No cumple con el color de la prenda ni posee la cinta reflectiva.- Pero el proveedor presenta nota aclaratoria junto con la cotización, donde se compromete a cumplir con lo establecido en el pliego; RENGLON 03 (Jean caballero -Oferta Básica): NO CUMPLE. No tiene costura doble cañón necesaria en un pantalón de trabajo, el color no es el solicitado, no posee etiqueta con el talle, lo que impide evaluar el resto de las características; RENGLON 04 (Buzo de algodón - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No tiene la cinta reflectiva, el logo no es el solicitado, la tela no posee la composición requerida, no tiene refuerzos en los codos; RENGLON 05 (Campera de abrigo Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No tiene manta en el cuello, el puño mide 2 cm (se solicita 5 cm) Posee 3 broches muy espaciados, en lugar de 4 como mínimo que se solicita. El logo no es el correcto; RENGLON 06 (Chomba - Oferta Básica): NO CUMPLE. La presentación de la muestra es confusa (presenta dos muestras una azul como básica con la nota abrochada y una gris sin aclaraciones lo que impide su análisis), el diagrama del logo no es el correcto, la chomba azul no tiene 3 cm de ribb en la terminación de la manga como se solicita en el PBC. No indican talle lo que impide evaluar si las medidas son las que corresponden; RENGLON 07 (Pantalón vestir dama - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. La tela utilizada para su confección es " Cotton satén", que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada; RENGLON 08 (Jean dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Es pinzado en la cintura. Se observa una costura desprolija en la parte inferior de ambas piernas; RENGLON 09 (Camisa dama manga larga – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Falta bolsillo, el logo no es el solicitado, tela traslúcida, no cumple con la distancia de 7 cm entre botones indispensable en camisa de dama para evitar aberturas; RENGLON 10 (Camisa dama manga corta – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Posee manga ¾, no cumple con las medidas de largo de manga solicitado en PBC.- No cumple con la distancia de 7 cm entre botones indispensable en camisa de dama para evitar aberturas; RENGLON 11 (Cárdigan dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El tejido es de hilo que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. De resultar adjudicado se sugiere solicitar al proveedor presentar la muestra en color azul; RENGLON 12 (Pantalón vestir caballero – No se aclara si la Oferta es Básica o Alternativa: NO CUMPLE. La tela es alpaca que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. Le falta el botón interno y la etiqueta de talle.- Se sugiere solicitar al proveedor se ajuste a las medidas del cuadro de talles OSSE del PBC; RENGLON 13 (Camisa manga larga caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El cuello es blando y deformable. El logo no es el correcto, no posee bolsillos, no posee etiquetas lo que impide su correcta evaluación; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El cuello es blando y deformable. El logo no es el correcto, no posee bolsillos, no posee etiquetas lo que impide su correcta evaluación; RENGLON 15 (Sweater escote v caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El tejido es de hilo que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. CONFAL S.A: RENGLON 01 (Camisa Grafa): NO CUMPLE las especificaciones pero presenta nota con otros plazos de entrega más extensos que los del pliego. Aceptando su opción del estampado en el lugar superior al bolsillo (aceptado por OSSE como excepción en la O. de C. 292/2020 - Concurso de Precios 13/20); RENGLON 02 (Pantalón Grafa): CUMPLE las especificaciones pero presenta nota con otros plazos de entrega más extensos que los del pliego. De adjudicarse se sugiere solicitar al proveedor que el plazo de entrega sea 45 días como plazo máximo; RENGLON 03 (Jean caballero) CUMPLE. De adjudicarse, se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON 04 (Buzo algodón): CUMPLE. De adjudicarse se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON 05 (Campera de abrigo): NO CUMPLE las especificaciones. Se sugiere la oferta básica de manga recta, y aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor. Presenta un modelo alternativo que CUMPLE con las especificaciones técnicas, con la única diferencia que es .manga ranglan; RENGLON 06 (Chomba) NO CUMPLE no tiene el logo. Se sugiere solicitar al proveedor presentar la muestra con logo estampado. Se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON13 (Camisa manga larga caballero): NO CUMPLE, si bien no posee logo, ni bolsillos, ni el bordado del logo, el proveedor presenta NOTA ACLARATORIA EN LA OFERTA, donde expresa que de ser adjudicado cumplirá con lo solicitado en el PBC. Y que el logo está en poder de OSSE pues fue presentado en la licitación 4/2020. Se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON13 (Camisa manga larga caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No se puede evaluar la confección en un trozo de tela de 10 cm x 10 cm aprox. que es lo presentado; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero): NO CUMPLE. Presenta NOTA ACLARATORIA EN LA OFERTA, donde expresa que de ser adjudicado cumplirá con lo solicitado en el PBC. Y que el logo está en poder de OSSE pues fue presentado en la licitación 4/2020; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No se puede evaluar la confección en un trozo de tela de 10 cm x 10 cm aprox. que es lo presentado y; RENGLON 15 (Sweater caballero): Color azulino. Sugieren aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor. Por lo tanto recomiendan: 1) DECLARAR ADMISIBLE: PATAGONYKA GROUP S.A: Renglón 03, Oferta Básica.; ABETE Y CIA S.A.: Renglones 03 y 08, Oferta Alternativa; VENDITI LUIS: Renglones 07, 09 ,10, 11 12,13 y 14, Oferta Básica; CONFAL S.A: Renglones 02, 03 04 y 15, Oferta Básica y ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones 04, 05, 07 y 10, Oferta Básica y Renglón 09 Oferta Alternativa; 2) Solicitar a todas las firmas oferentes que NO CUMPLEN, presenten nuevamente muestras de las prendas en los términos consignados en las especificaciones técnicas, y de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 08 último párrafo del PByC, en un plazo de 05 días hábiles y; 3) Completar la Documentación Faltante Solicitada
Que la Gerencia de Compras y Suministros previo a remitir lo requerido realizó un análisis de las actuaciones indicando lo siguiente: CONFAL SA: Renglón Nº 01 “Camisa Grafa” La comisión indica que la muestra presentada no cumple pero en forma siguiente agregan que aceptan la opción del estampado en el lugar superior del bolsillo el cual fue aprobado oportunamente por OSSE en el marco del Concurso de Precios Nº 13/2020 (OC 292/20). Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestras de este ítem; Renglón Nº 05 “Campera de Abrigo” (Oferta Básica) La comisión indica que no cumple las especificaciones pero sugieren la oferta básica manga recta, y aceptar la propuesta de 45 días como plazo máximo. Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestra de este ítem; Renglón Nº 15 “Sweater Caballero” La comisión no especifica si la misma cumple o no con lo requerido pero sugieren aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega. Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestra de este ítem. CALE URBANO SA: Al respecto, la Comisión requirió, entre otros, la presentación de nuevas muestras para los Renglones los Renglones Nº 07 “Pantalón de vestir dama” Oferta Alternativa; Renglón Nº 11 “Cardigan Dama” (Oferta Alternativa) y Renglón Nº 15 “Sweater escote caballero” (Oferta Alternativa). Al respecto esta Gerencia entiende que las mismas cumplirían técnicamente en virtud de tratarse de ofertas alternativas y que la tela utilizada, según lo informado por la Comisión, es de calidad superior a la solicitada dando cumplimiento con el requisitos de calidad y confección requerido en las Cláusulas Técnicas. Por lo tanto no se les requirió la presentación de nuevas muestras. En virtud de lo expuesto resultarían ofertas ADMISIBLES las siguientes: VENDITTI LUIS ALBERTO Renglones Nº 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 03 (Oferta Alternativas) y 08 (Oferta Alternativa); ALVAREZ ROCIO BELEN Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta Básica y Alternativa) y 10 (Oferta Básica); PATAGONYKA GROUP SA Renglón Nº 03; CONFAL SA Renglón Nº 01 a 05 y 15 y CALE URBANO los renglones Nº 07 (Oferta Alternativa) Nº11 (Alternativa) y Nº 15 (Alternativa)
Que en función del análisis realizado por esta Gerencia, se les requirió a las firmas proponentes mediante Cédula de Notificación la presentación de nuevas muestras y aclaraciones para los Renglones correspondientes. Al respecto, dichas firmas dan cumplimiento con la presentación de la documentación requerida;
Que la Comisión de Estudio de Oferta en Acta de Reunión de fecha 22/10/2021 informa lo siguiente: ACLARACIONES PREVIAS observan que La firma ABETE y CIA S.A no presentó nuevas muestras para el renglón 6 (oferta alternativa). La firma PATAGONYKA GROUP S.A. presenta nota manifestando la imposibilidad de modificar las muestras presentadas en el plazo requerido por OSSE, razón por la cual no acompañan nuevas muestras La firma VENDITTI LUIS ALBERTO presenta nota en la que advierten que no llegan a presentar muestra para el renglón 3 y que cumplirán con las especificaciones técnicas para los renglones 6 y 10. Asimismo, informa con respecto al renglón 15, que se ajustará a la curva de talles dispuesta por OSSE. La firma ALVAREZ ROCIO BELEN manifiesta que en lo que se refiere al renglón 10 que es una oferta alternativa y que cumplirán con las especificaciones técnicas requeridas para el renglón. En cuanto al renglón 4 se ajustará a los talles requeridos por OSSE. Ofrece opciones en cuanto a plazos de entrega, de los cuales optan por la opción entrega 100% a los 30 días corridos También presenta nota manifestando que mantiene su cotización hasta el 22/10/2021. CONFAL S.A. presenta nota manifestando que se ven imposibilitados de presentar nuevas muestras para los renglones 6 y 13 y que la chomba cotizada y presentada es la misma que se ofertó en la Licitación Pública N° 4/2020 Orden de Compra 661. No presentan nuevas muestras para los renglones 13 (ofertas básicas y alternativas) y 14 ( ofertas básicas y alternativas). Asimismo manifiestan que su propuesta se mantiene hasta el 22/10/2021. La firma CALE URBANO S.A. presenta nota manifestando que no presentarán muestras nuevas de los renglones 5, 6 y 12. 1.-Análisis de las muestras presentadas . Procedieron a la evaluación de las nuevas muestras presentadas por CALE URBANO S.A. , ALVAREZ ROCIO y CONFAL SA El resultado fue el siguiente: CONFAL S.A. Renglón 6 CHOMBA CUMPLE; CALE URBANO S.A: Renglón 1 CAMISA TELA TIPO GRAFA : CUMPLE (presentó dos muestras, en una se observa el logo y en otra la cinta reflectiva ); Renglón 2 : PANTALON GRAFA CUMPLE; Renglón 3 : JEAN CABALLERO CUMPLE; Renglón 4: BUZO ALGODÓN CUMPLE; Renglón 8 :JEAN DAMA CUMPLE; Renglones 9 y 10 : CAMISAS DAMA MANGA LARGA Y CORTA NO CUMPLEN ( las medidas de los bolsillos y la distancia entre botones no coinciden con lo requerido en las especificaciones técnicas); Renglón 13 : CAMISA MANGA LARGA CABALLERO ADM CUMPLE; Renglón 14 : CAMISA MANGA CORTA CABALLERO ADM CUMPLE. ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglon 4 BUZO ALGODON CUMPLE; Renglón 10 ( alternativa) CAMISA DAMA MANGA CORTA CUMPLE y Renglón 12 : PANTALON VESTIR CABALLERO CUMPLE. 2.-Habiendo analizado técnicamente las muestras mencionadas, RECOMIENDAN : 2.a) Declarar TECNICAMENTE ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL S.A renglones 1, 2, 3 , 4, 5, 6 y 15 (ofertas básicas) inclusive. PATAGONYKA GROUP S.A. renglón 3 (básica). ABETE Y CIA S.A renglón 3 ( oferta alternativa) y 8 ( oferta alternativa). ALVAREZ ROCIO BELEN : renglones 4, 5, 7. 9 ( oferta básica y alternativa, 10 (básica y alternativa ) y 12. VENDITTI LUIS ALBERTO renglones 6, 7 y 9 a 15 inclusive y CALE URBANO S.A. renglones 1, 2, (alternativa) 3, 4 (alternativa) 7 (alternativa) 8 (alternativa) 11 (alternativa) y 13 a 15 inclusive (alternativas). 2.b) RECHAZAR las siguientes ofertas que NO CUMPLEN con las especificaciones técnicas: CONFAL S.A. renglones 13 (básica y alternativa) y 14 ( básica y alternativa) PATAGONYKA GROUP S.A: renglones 1, 2, 4, 5 y 6 ( la firma no presentó nuevas muestras de estos renglones) ABETE Y CIA S.A renglón 6 ( alternativa) VENDITTI LUIS ALBERTO renglón 3. CALE URBANO S.A. : renglones 5 (alternativa), 6, 9 (alternativa), 10 (alternativa) y 12 (alternativa). 2. c) Habiendo analizado económicamente las ofertas ADMISIBLES recomiendan asignar los renglones de la siguiente manera: A la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los renglones 6 y 9 (ofertas básicas) por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 2.153.291,80.-); a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones 5, 7, 10 (Básica) y 12 por la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ( $ 1.540.850,00.-) Aclaran que se optó por la entrega del 100 % a los 30 días corridos. y; a la firma CALE URBANO S.A los renglones 1, 2 (alternativa), 3, 4 (alternativa), 8 (alternativa), 13 (alternativa y 14 (alternativa) por la suma de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ( $ 5.544.619,93.-) 2.-d) Se recomienda solicitar MEJORA DE PRECIOS a las firmas CONFAL S.A, y VENDITTI LUIS ALBERTO para los renglones 15 (los precios superan al P.O) y VENDITTI LUIS ALBERTO para el renglón 11 ( los precios superan al P.O).La Comisión recomienda a la Oficina de Compras aclarar a las oferentes que resulten preadjudicatarias que deberán indefectiblemente cumplir con la curva de talles establecida para las prendas ;
Que las firmas CONFAL SA y ALVAREZ ROCIO BELEN presentan nota informando que amplían el mantenimiento de sus propuestas hasta el día 27/10/2021 y 29/10/2021 ambos inclusive;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda 1) DECLARAR ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL SA renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03; 2) RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y Alternativa) y 14 (Ofertas Básicas y Alternativas); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive; ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones. ($10.296.514,00) y; 4) Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para el Renglón Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación -------------------- Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES”--------------------------------
ARTICULO 2º: DECLARAR ADMISIBLES de la Licitación Pública Nº 16/2021 las siguientes ------------------- ofertas: CONFAL SA: Renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA: Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03. -------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y ------------------ Alternativa) y 14 (Oferta Básica y Alternativa); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA los Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive.---------------
ARTICULO 4°: ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION -------------------UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones.--------------
ARTICULO 5º El plazo de entrega será de acuerdo al siguiente detalle: renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 05, 07, 10 (Oferta básica), 12, 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra con los talles; Renglón 08 (Oferta Alternativa) dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra; Renglones Nº 06 y 09 dentro de los 30 (treinta) a 40 (cuarenta) días hábiles de notificada la Orden de Compra y la toma de talles.----------------------------------------
ARTICULO 6°: La oficina de Compras comunicará a las firmas adjudicatarias que dentro de los 5 ------------------- (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------
ARTICULO 7º La Gerencia de compras y Suministros comunicará a las firmas adjudicatarias que ----------------- deberán cumplir con las curvas de talles establecidas por OSSE para las prendas.---
ARTICULO 8º: Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para ----------------- los Renglones Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 778-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 91/21 referente a la “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 91/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 02 (dos) firmas a saber: GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) y DOMINGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMINGUEZ ARZONDO ALEJANDRO S.H según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que todos los oferentes se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Servicios habiendo analizado las propuestas económicas presentadas por las firmas GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) y DOMINGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMINGUEZ ARZONDO ALEJANDRO S.H informa que ambas ofertas cumplen con lo requerido en las Especificaciones Técnicas;
Que en virtud que el domicilio declarado por la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en el Anexo 4 y 5 del Pedido de Cotización (Bordabehere Nº 222 Cta OSSE nº 409600/000) posee a la fecha una Deuda por Servicio Sanitario de $ 41.648.50, dicha firma con fecha 21/10/2021 presenta nota en cumplimiento del Art 6 Inc f) del PByC Particulares en la cual solicita, en caso de ser adjudicado, que se le descuente la deuda;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 91/2021 “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” a la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en las suma total de PESOS UN MILLON TREINTA MIL ($1.030.000,00)) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $1.269.290,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 91/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES”.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 91/2021 “ADQUISICION CARROS ------------------- PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” a la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en las suma total de PESOS UN MILLON TREINTA MIL ($1.030.000,00)) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar al Área Tesorería a descontar del pago a realizarse a la firma ------------------ GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) el saldo correspondiente a la deuda por Servicio Sanitario del domicilio de la calle Bordabehere Nº 222 (Cta OSSE nº 409600/000) declarado en el Anexo 4 y 5.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El plazo de entrega será a partir de la notificación de la orden de compra a la ------------------- firma adjudicataria y de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº 1 a los 90 (noventa) días corridos y; Renglón Nº 2 a los 30 (treinta) días corridos.--------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma ------------------- GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.
RESOLUCION 779-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” y;
CONSIDERANDO
Que Por Resolución de Directorio Nº 306/20 de fecha 16/06/20 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 49/20 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($636.000.-) siendo el plazo de entrega en forma parcial y a requerimiento de OSSE otorgando una vez efectuado dicho requerimiento un plazo de hasta 7 días hábiles para hacer efectiva la entrega (Orden de Compra Nº 367/2020);
Que la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA constituyo Depósito de Garantía de Contrato en efectivo según Recibo Oficial Nº 125/20 por la suma de $31.800,00;
Que de acuerdo a lo informado por el Área Control de Flota de OSSE, respecto a que reiteraron varias veces a la Cooperativa el pedido de provisión de vallas sin tener resultado, la Gerencia de Compras y Suministros intimó mediante Cédula de fecha 13/05/2021 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA a hacer efectiva la entrega de las mencionadas vallas. Ante la falta de respuesta por parte de la Cooperativa con fecha 25/06/21 se los intimo nuevamente a dar cumplimiento con la entrega de las 213 vallas de señalización de madera restantes correspondiente a la Orden de Compra Nº 367/20. Al respecto, habiéndose vencido el día 01/07/21 el plazo para dar cumplimiento con la entrega de las vallas la Cooperativa no realizó la entrega correspondiente. Dicha situación ha afectado gravemente la operatoria de OSSE en virtud de la importancia que revisten las mismas para realizar los trabajos en la vía pública;
Que la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa con fecha 28/06/2021 solicito al Área Contaduría proceda a la desafectación definitiva del saldo restante de la Orden de Compra Nº 367/2020 ($112.890) por no haber dado cumplimiento con la entrega de las mencionadas vallas de señalización;
Que en virtud de lo anterior se solicitó al Área Contaduría y a la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos tome conocimiento y se expida respecto a si comparte el criterio de rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” por causas atribuibles a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA realizando el Acto administrativo que autorice a ejecutar el Depósito de Garantía de Contrato Nº 125/20 de $31.800,00 y a suspender a la mencionada Cooperativa del Registro de Proveedores de OSSE por el término de 1 (un) año. Al respecto el Área Contaduría informa lo siguiente: 1) En cumplimiento de lo solicitado, se ha procedido a desafectar, mediante documento 17-00065, el importe de $112.890 como saldo restante de la orden de compra 15/367 2020, reimputada en el corriente año bajo el numero 190-20200367, 2) Se comparte el criterio del Área de Compras, de rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a vallas de señalización vertical de madera, por causas atribuibles a la Cooperativa de trabajo LA RAZON DE MI VIDA LTDA., con lo cual se deberá realizar el Acto Administrativo que autorice a ejecutar el Depósito de Garantía de Contrato Nro. 125/20 de $31.800, aplicar las sanciones que correspondan al proveedor por incumplimiento de contrato en un todo de acuerdo con la normativa vigente y la que rige para la presente contratación, e incluir en dicho acto administrativo la aprobación de la desafectación efectuada por esta Contaduría en cumplimiento de lo solicitado por la Jefatura de Compras en el punto anterior. En igual sentido, la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos informa que comparte el criterio de la Sra. Jefa de Compras, entendiendo que es procedente la rescisión del Concurso de Precios N° 49/2020 por causas atribuibles a la Cooperativa de Trabajo “La razón de mi vida” Ltda., la ejecución del Depósito en Garantía del contrato n° 125/20 de $31.800,00 y la determinación de la sanción que estime la Gerencia de Compras por el plazo que se considere adecuado;
Que en razón a lo anteriormente expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) Rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” adjudicado a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA., por causas atribuibles exclusivamente a la Cooperativa por los motivos expuestos en el exordio de la presente , 2) Autorizar a la Contaduría y Tesorería a ejecutar el Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 125/20 de fecha 18/06/2020, y 3) Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a suspender a la Cooperativa por el término de (02) dos años a partir de su notificación en el Registro de Proveedores de OSSE notificando a la Municipalidad y a todos les entes Municipales, a fin de que procedan en el mismo sentido, en virtud de los perjuicios operativos y económicos ocasionados a OSSE,;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente al ------------------- Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS”.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Rescindir la contratación correspondiente al Concurso de Precios Nº 49/20 referente ------------------- a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” efectuada con la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA., por causas atribuibles exclusivamente a la cooperativa.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría y a la Tesorería a proceder a la ejecución del Depósito ------------------ de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 125/20 de fecha 18/06/2020 perteneciente a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA. ----
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a la desafectación de la Orden de Compra Nº 367/20 ------------------- reimputada en el corriente año bajo el numero 190-20200367, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a suspender del Registro de ------------------- Proveedores de OSSE a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por el término de (02) dos años, notificando a la Municipalidad y a todos les entes Municipales, a fin de que procedan en el mismo sentido, inhabilitando a la misma para participar en futuras contrataciones, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto en la presente resolución.----------------------------
ARTICULO 7º: Dese al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a ------------------- los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase-
RESOLUCION 780-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 451-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JUANA MANSO Y CARASA” y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones para la obra de referencia el cual se encuentra incorporado de fs. 10 a 116, ambos inclusive, del citado expediente;
Que a fs. 119 y 120 obran dictámenes de la Gerencia de Contaduría y la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos quienes informan no tener observaciones para formular sobre el mismo;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 10 a 116, ambos ------------------- inclusive, del expediente Nº 451-C-2021. -----------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada Nº 21/2021 referente a la Obra ------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JUANA MANSO Y CARASA”, cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días corridos de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la -------------------Licitación Privada Nº 21/2021 integrada por el Ing. Pablo Senci quien presidirá la misma como titular y la Arq. Alejandra Franco como suplente, ambos por la Gerencia de Producción; la Lic. María Marta Solera como titular y el CP Mariano Bianchini como suplente ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Graciela Leone como titular y Dra. Paulina Archimio como suplente ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------
RESOLUCION 781-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED” que tramita bajo la Licitación Privada Nº 14/2020 y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 051/21 de fecha 28 de Enero de 2021, se adjudicó la Licitación Privada Nº 14/2020 Segundo llamado “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED” a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A en su Oferta Tipo: Alternativa 2 Bienes Importados (Tipo de Cambio vendedor utilizado BNA de fecha 06/01/21 $89.75) por la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 56/100 ($1.451.145,56) con impuestos incluidos, ofreciendo para los Renglones 3 y 4 una mayor cantidad de productos a fin de completar 2 SFPs por Switch junto con su Patch Cords., por cumplir con lo requerido en el pliego, ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse por debajo del presupuesto oficial de $ 1.515.011,90 (Orden de Compra Nº 110/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A , ha dado cumplimiento con todo lo requerido por su gerencia según Orden de Compra Nº 110/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 110/21 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 17/21 de fecha 04 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A --------------------la Licitación Privada Nº 14/2020 Segundo llamado “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED”.---------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 17/21 de fecha 04 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A.-----------------------------
ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 782-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 60/20 referente al “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 321/20 de fecha 25/06/2020, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 60/20 “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” a la firma M.O.S.T S.A por la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 396.000,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $408.000,00 (Orden de compra Nº 419/20 ( 190-20200419/21);
Que por Resolución de Directorio Nº 413/21 de fecha 18 de Junio de 2021, se resolvió Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 419/20 perteneciente a la firma M.O.S.T SA correspondiente al Concurso de Precios Nº 60/20 “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” por la suma de total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($66.000,00), equivalente al 16,66% del monto contratado originalmente encontrándose el mismo por debajo del límite fijado en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones (Orden de compra Nº 574/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma M.O.S.T SA ha dado total cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a las Órdenes de Compra Nº 419/20 y Nº 574/21 (ampliación), constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra Nº 419/20 y Nº 574/21 (ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA a la fecha se encuentran totalmente canceladas, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 134/20 de fecha 02 de Julio de 2020 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159/21 de fecha 02 de Julio de 2021(ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma M.O.S.T SA el Concurso de Precios Nº ------------------ 60/20 referente al " SERVICIO DE SOPORTE ORACLE”. ------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 134/20 de fecha 02 de Julio de 2020 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159/21 de fecha 02 de Julio de 2021(ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA. -------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 783-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 45/21 referente a la “ADQUISICION MEDIDORES DE AGUA CLASE B DE GRANDES DIMENSIONES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 381/21 de fecha 03 de Junio de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 45/21 referente a la “ADQUISICION MEDIDORES DE AGUA CLASE B DE GRANDES DIMENSIONES” de la siguiente manera: a la firma BOIERO SA el renglón 3 en su Oferta Alternativa Bienes Importados (COTIZACIÓN DEL DOLAR TIPO VENDEDOR DEL BNA DEL DÍA 21-05-21 a $99,25) por la suma total de $321.097,30 con impuestos incluidos; y a la firma EXION S.R.L los renglones 1, 2 y 4 (en su Oferta Básica Bienes Nacionales) por la suma total de $361.449,00 con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 30/100 ($682.546,30) con impuestos incluidos (Órdenes de Compra Nª 510/21 y Nº 527/21 respectivamente);
Que la Gerencia de Servicios informa que las firmas BOIERO S.A. y EXION S.R.L cumplieron satisfactoriamente con los productos entregados, según consta en actuaciones agregadas digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra Nº 510/21 y Nº 527/21 pertenecientes a las firmas BOIERO S.A. y EXION S.R.L respectivamente, a la fecha se encuentran totalmente canceladas, según consta en actuaciones agregadas digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 146 de fecha 11 de Junio de 2021 perteneciente a la firma EXION S.R.L. Respecto a la firma BOIERO S.A. se le eximió de la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación en virtud que la adjudicación propuesta para la firma se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($343.761,00), en cumplimiento a lo establecido en el Punto 2 del Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma EXION S.R.L y BOIERO S.A. el Concurso -------------------de Precios Nº 45/21 ---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 146 de fecha 11 de Junio de 2021 perteneciente a la firma EXION S.R.L. Respecto a la firma BOIERO S.A. se le eximió de la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación en virtud que la adjudicación propuesta para la firma se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($343.761,00), en cumplimiento a lo establecido en el Punto 2 del Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales -------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 784-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 46/2021 referente al servicio de “RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 342/21 de fecha 14/05/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 46/2021 “RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM” a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS VENTIDOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($822.674,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser la misma menor al Presupuesto Oficial de $850.062,00 (Orden de compra Nº 464/21);
Que la Gerencia de Logística Operativa informa que la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN ha cumplimentado satisfactoriamente con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a las Orden de Compra Nº 464/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 464/21 perteneciente a la CASUSCELLI MARCELO DAMIAN a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 129/21 de fecha 31 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN el --------------------Concurso de Precios Nº 46/2021 referente al servicio de" RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM”--------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 129/21 de fecha 31 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN.----------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 785-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 108/21 de fecha 11/02/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE”, entre otros, a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES) los renglones 1 y 2 en su oferta mejorada por la suma total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($381.979,00) con impuestos incluidos, (Orden de compra Nº 140/21);
Que la Gerencia de Producción informa que la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES), ha dado cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, según Orden de Compra Nº 140/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 140/21 perteneciente a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES) se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 23/21 de fecha 22 de Febrero de 2021 perteneciente a la MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO ------------------- (BRONZO ALEACIONES) el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE”. --------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 23/21 de fecha 22 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES). --------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 786-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la "ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 332/21 de fecha 12/05/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES”, entre otras, a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L los renglones Nº 11, 14, 17, 20, 26, 27, 28 y 29 (estos dos últimos en sus ofertas mejoradas) en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($446.380,00) con impuestos incluidos, (Orden de compra Nº450/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L cumplió con todo lo requerido técnicamente en la entrega de los materiales según la Orden de Compra N° 450/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 450/21 perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L, a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 99/21 de fecha 19 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L, el
-------------------Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES”. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- de Adjudicación Recibo Oficial Nº 99/21 de fecha 19 de Mayo de 2021, perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA SRL.-----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 787-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 555/21 de fecha 10 de Agosto de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES” a la firma NUMACO S.A, por la suma total de $1.100.000,00 con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y resultar la misma igual al Presupuesto Oficial (Orden de Compra Nº 805/21);
Que la Gerencia de Producción informa que la firma NUMACO S.A, ha dado total cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 805/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 805/21 perteneciente a la firma NUMACO S.A, se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 189/21 de fecha 20 de Agosto de 2021 perteneciente a la firma NUMACO S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma NUMACO S.A el Concurso de Precios Nº ------------------ 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES”. ----------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de Garantía ------------------- de Adjudicación Recibo Oficial Nº 189/21 de fecha 20 de Agosto de 2021, perteneciente a la firma NUMACO S.A. ----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 788-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
VISTO la sentencia definitiva dictada en autos caratulados "PALMISCIANO CRISTIAN NICOLAS C/ OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP S/ DESPIDO" (Expte. 64.153), de trámite por ante el Tribunal del Trabajo Nº 2 de Mar del Plata; y
CONSIDERANDO
Que en las mencionadas actuaciones iniciadas a partir de la demanda promovida por CRISTIAN NICOLÁS PALMISCIANO contra OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO, en fecha 22/10/2021 se dictó sentencia definitiva con fallo dividido resolviendo –por mayoría–: “1.- Hacer lugar -por mayoría Dra. Slavin y Dr. Escobar- parcialmente a la demanda incoada por CRISTIAN NICOLAS PALMISCIANO (DNI 33.273.344) condenando a OBRAS SANITARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO MAR DEL PLATA (O.S.S.E.) (CUIT 30-63046762-0) a pagar en concepto de capital la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y TRES Y CUATRO CENTAVOS ($239.163,04) por los siguientes rubros: Diferencia marzo 2016, abril 2016, días mayo 2016 (2 días), SAC proporcional diferencia, integración del mes de despido con SAC (28 días), indemnización sustitutiva de preaviso c/SAC, indemnización por despido c/ SAC (6 meses), e indemnización art. 2 ley 25.323.- 2.- Los intereses son liquidados desde que se devengó cada crédito y hasta la notificación de la demanda (30/03/17), a la tasa pasiva CAT (tasa digital, opción: Plazo Fijo Tradicional) que el Banco Provincia de Buenos Aires paga en las operaciones de depósito a plazo fijo a 30 días vigentes en los distintos periodos de aplicación, para un mínimo de $ 1.000, los que ascienden a la suma de $45.501,24, que se acumulan al capital totalizando la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y VEINTIOCHO CENTAVOS ($284.664,28) (art. 770 inc. B) CCCN). El importe resultante de la acumulación de capital más intereses devenga el mismo tipo de interés moratorio referido hasta que quede firme la sentencia, efectuándose ese cálculo hasta el 12/10/2021 ascendiendo a la suma de $ 423.454,61. Totalizando la demanda en concepto de capital más intereses la suma de PESOS SETECIENTOS OCHO MIL CIENTO DIECIOCHO Y OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($708.118,89) sin perjuicio de calcular los intereses que correspondan por el período posterior al 12 de Octubre de 2021 y hasta que quede firme la presente. En caso de falta de pago de la liquidación judicial en el plazo que otorga la sentencia, los intereses moratorios allí liquidados se acumularán al capital (art. 770 inc. c. C.C.C.N.).- 3.- Imponer las costas a la demandada en su calidad de vencida (Art. 19 Ley 11.653).- 4.- La suma condenada deberá ser depositada dentro de los diez días de notificada la presente, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a la orden del Tribunal y cuenta de autos.- 5.- Considero justo regular el honorario del Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 70.811,88, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 7.224 JUS (equivalentes al día de la fecha a $23.603,96 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $708.118,89, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS hasta tanto acredite el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 49.568,32con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 49.568,32 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 49.568,32 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 6.- Sin perjuicio de ello, y atento lo dispuesto por los arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT y doctrina legal de la SCBA L 117.701 “Titos c. Atento” S 20/05/2015, entre otros, corresponde limitar la responsabilidad de la demandada condenada en costas por los porcentajes de honorarios indicados en el punto anterior, a los que a continuación se detallan, excluyendo -por mayoría Dra. Slavin y Dra. Sallette- de la limitación mencionada el I.V.A. (CNAT SALA VIII, Expte. 28.486/2012 Sentencia del 9/9/2014 “Liendro, Carlos Alberto c/ Benteler Automotive S.A. s/ Despido”; C. 181 XXIV del 16 de junio de 1993 “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación”): Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 37.810,71, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 3.857 JUS (equivalentes al día de la fecha a $12.603,57 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $708.118,89, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS hasta tanto acredite el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 26.467,50 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $26.467,50 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 26.467,50 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 7.- Desestimar los rubros diferencias salariales con inc. SAC, art. 53 ter, art. 132 bis, vacaciones no gozadas con inc. SAC e indemnización art.80 LCT, imponiéndose sobre estos rubros las costas a la actora (Arts. 19, 65 y ccds. Ley 11.653 y art.68 C.Pr.), con el beneficio de gratuidad (arts.20 de la LCT, 22 de la Ley 11.653 y Ley 12.200).- 8.- A fin de la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes se toma en consideración el monto de los rubros rechazados que ascienden a $115.302,41 y la ponderación de las circunstancias relevantes de la litis (SCBA L.107.497, entre otros): Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 8.071,17, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 0.823 JUS (equivalentes al día de la fecha a $2.690,39 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $115.302,41, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS y Dr. PABLO SERGIO SZPYRNAL hasta tanto acrediten el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 8.071,17 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 8.071,17 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 8.071,17 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 9.- Sin perjuicio de ello, y atento lo dispuesto por los arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT y doctrina legal de la SCBA L 117.701 “Titos c. Atento” S 20/05/2015, entre otros, corresponde limitar la responsabilidad de la demandada condenada en costas por los porcentajes de honorarios indicados en el punto anterior, a los que a continuación se detallan, excluyendo -por mayoría Dra. Slavin y Dra. Sallette- de la limitación mencionada el I.V.A. (CNAT SALA VIII, Expte. 28.486/2012 Sentencia del 9/9/2014 “Liendro, Carlos Alberto c/ Benteler Automotive S.A. s/ Despido”; C. 181 XXIV del 16 de junio de 1993 “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación”): Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 4.309,68 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 4.309,68 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 4.309,68 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).-…”;
Que conforme el Artículo 56 de la Ley 11.653 “En el caso de sentencia condenatoria, los recursos se concederán únicamente previo depósito del capital, intereses y costas con la sola excepción de los honorarios de los profesionales que representan o patrocinan a la parte recurrente.”, de modo tal que aún en caso de recurrir corresponderá depositar a la orden del órgano jurisdiccional la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SEIS CON OCHENTA y DOS CENTAVOS ($890.706,82) equivalente al tope de responsabilidad por costas fijado en Punto 6 del decisorio de acuerdo a lo establecido en arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT excluyendo de la limitación mencionada el I.V.A. Ello habida cuenta la falta de regulación de honorarios del Dr. Farías, la cual se encuentra pendiente. La constancia respectiva deberá ser remitida a la Asesoría Laboral no más allá del viernes 05/11/2021 a fines de acreditar dicha circunstancia en el expediente judicial en tiempo y forma;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Depositar o transferir a la orden del Tribunal de Trabajo Nº 2 de Mar del Plata en la cuenta judicial en pesos Nº 827368/0 CBU 01404238-27610282736804 abierta en Banco Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales Mar del Plata, correspondiente a los autos caratulados "PALMISCIANO CRISTIAN NICOLAS C/ OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP S/ DESPIDO" (Expte. 64.153), la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SEIS CON OCHENTA y DOS CENTAVOS ($890.706,82) y entregar constancia documentada de ello a la Asesoría Laboral no más allá del viernes 05/11/2021 a fines de acreditar dicha circunstancia en el expediente judicial en tiempo y forma.-
ARTÍCULO 2º: Los gastos que demande el cumplimiento de la dispuesto en el artículo precedente deberán ser imputados a la Jurisdicción 1.2.2.01.01.000 “Directorio”; Categoría Programática 01.00.10 “Asesoría Laboral”; Objeto del Gasto 3.8.4 “Multas, Recargos y Gastos judiciales”; Fuente de Financiamiento 1.2.0 “Recursos Propios”. La Contaduría queda facultada a efectuar las transferencias que eventualmente correspondan.-
ARTÍCULO 3 : Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.-
RESOLUCION 789-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto el artículo 93 de la Ordenanza Nº 25005; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº 25005 en su artículo 93 “se autoriza a Obras Sanitarias S.E. a establecer por el período comprendido entre el 1° vencimiento y el día efectivo del pago: a) un interés Resarcitorio…” “…un interés Punitorio I….” “….un interés Punitorio II….”;
Que en vista del escenario económico-social, a fin de fomentar el pago y recupero de deuda a través de los Planes de Facilidades de Pago previstos en el art. 93 del RGSS, se proponen alternativas y propuestas de financiamiento de deudas para las Zonas III, IV y V, para facilitar a los usuarios del Servicio Sanitario, una accesibilidad adecuada a los tiempos que corren;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Fijar para el mes de Noviembre de 2021 los siguientes intereses: ---------------------resarcitorio del 1.34 % (uno punto treinta y cuatro por ciento), un interés Punitorio I del 2.01% (dos punto cero uno por ciento) y un interés Punitorio II del 2.52 % (dos punto cincuenta y dos por ciento).----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Fijar para el sistema permanente de financiación un interés del 2.55% -------------------- (dos punto cincuenta y cinco por ciento).--------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer planes de facilidades de pago con la quita sobre --------------------- actualizaciones, intereses y recargos según la modalidad de pago conforme el siguiente esquema:
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado: para períodos hasta año 2015 inclusive |
100 % |
Contado: para períodos desde el año 2016 |
50% |
De dos a seis cuotas. |
30% |
De siete a doce cuotas. |
10% |
Escasos Recursos hasta treinta y seis cuotas. |
80% |
De trece a veinticuatro cuotas |
0 % |
Planes de Facilidades de Pago (Zonas III, IV y V).
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado. |
60 % |
De dos a seis cuotas. |
40% |
De siete a doce cuotas. |
20% |
Planes de Facilidades de Pago en cuentas de Gestión Judicial.
Modalidad de pago |
% de descuento |
De una a veinticuatro cuotas - Juridico |
0 % |
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN 790-2021 FIRMADO:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA 26/10/2021
Visto las tareas asignadas a la Gerencia de Logística Operativa; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de criterios de mejora continua se ha considerado asignar un responsable de Flota y Logística en las instalaciones de Base Sur, jerarquizando necesariamente la operatividad desarrollada por la Gerencia de Logística Operativa, para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro-;
Que el agente Cesar Ariel PERAZA (CI 1168) se encuentra calificado para desempeñar las funciones, correspondiendo su promoción a la Función Encargado Oficial Polifuncional;
Que el agente Francisco Alejandro ORDAS MORALES (CI 1029), integrante del equipo de trabajo, se encuentra en régimen de guardia rotativa -siendo ello incompatible con el servicio que desarrolla- correspondiendo desafectarlo de dicha modalidad e incorporarlo al Módulo “B” del Acta Paritaria Nº 8/2013 de Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo en el Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, manteniendo su situación escalafonaria;
Que como requisito esencial de la tarea en el Sector los agentes deberán mantener actualizadas las licencias especiales otorgadas por la autoridad competente para la conducción de vehículos y equipos móviles;
Que el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Promocionar al agente Cesar Ariel PERAZA (CI 1168) a la Función ------------------- Encargado Oficial Polifuncional para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro----
ARTÍCULO 2º: Incorporar al agente Francisco Alejandro ORDAS MORALES (CI 1029) ------------------- dentro del marco del Módulo B del Acta Paritaria 08/2013 (8 hs. diarias o 40 semanales de lunes a viernes), manteniendo su situación escalafonaria, desafectándolo del sistema de guardia rotativa.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer que los cambios entrarán en vigencia a partir del primer día -------------------- del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.-------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------
RESOLUCION 791-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
Encargado Redes de Agua Base Norte
Nivel Escalafonario: Encargado Polifuncional
Dependencia Directa: Jefe de Área Gestión de Flota y Logística.
FUNCIONES:
791-2021
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al agente CP Walter Eduardo CABALLERO (CI 397 durante el periodo comprendido desde el día 14 de octubre de 2021 al día 31 de diciembre de 2021, y;
CONSIDERANDO
Que dicho agente se encuentra a cargo del Área Patrimonio, y las funciones Jerárquicas específicas que desempeña fueron resumidas por la Jefatura del Área;
Que la Contaduría a través de la Disposición Nro 62/2021 ha dispuesto el reemplazo del cargo del Area a la Agente María Isabel RABANAL (CI 310);
Que siendo necesario llevar adelante la interacción con diversos Organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales y realizar trámites ante los Registros de Propiedad Automotor, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras por los vehículos y por otros bienes patrimoniales de propiedad de la Empresa, es necesario tramitar la autorización pertinente en esos organismos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Autorizar al agente Maria Isabel RABANAL (CI 310) a interactuar con -------------------diversos organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales y realizar trámites ante los Registros Nacionales de Propiedad Automotor, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras por los vehículos y por otros bienes patrimoniales de propiedad de la Empresa.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------corresponda.- Cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 792-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la Ordenanza Nº 25.006 de fecha 22/01/2021, de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, aprobando el Presupuesto de Gastos, el Cálculo de Recursos de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado para el Ejercicio 2021 y la Resolución Nro. 110/21 del 12/02/2021; y
CONSIDERANDO
Que dicha Ordenanza fue promulgada mediante Decreto Nº 139 de fecha 22/01/2021;
Que por los artículos 5º y 6º se autoriza al Directorio de O.S.S.E. a efectuar Ampliaciones y Modificaciones Presupuestarias;
Que el artículo 16 del Decreto 2980/00 establece que “El Cálculo de Recursos a incluir en el proyecto de Ordenanza de Presupuesto considerará todos los rubros que se estima ingresarán durante el ejercicio que se presupuesta, representen o no entradas de dinero en efectivo al Tesoro, así como los excedentes de ejercicios anteriores que se estimen existentes a la fecha de cierre del ejercicio anterior al que se presupuesta…”;
Que en virtud de lo expresado, y por aplicación de los Criterios Prácticos del Honorable Tribunal de Cuentas, en el ejercicio 2021 se debe proceder a ajustar los fondos que se encuentran entre las disponibilidades;
Que por Resolución Nro. 110/21 del 12/02/2021, se procedió a ajustar los saldos iniciales del año 2021 de las fuentes de fondos de libre disponibilidad y afectadas y el presupuesto de la deuda flotante;
Que en una nueva revisión, se advirtió una diferencia de $ 17.284 en el ajuste de los saldos de libre disponibilidad, conforme se detalla en el Anexo I, que se ajustarán por la presente resolución,
Que en el Anexo II, se detalla los ajustes indicados;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Disminuir el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos en la -------------------suma de $ 17.284,00 (Pesos Diecisiete mil doscientos ochenta y cuatro con 0 centavos), para los Recursos y Gastos de Origen Municipal de Libre Disponibilidad, conforme se detalla en el Anexo II.----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a Contaduría y ------------------- Tesorería y cúmplase.------------------------------------------------------------
RESOLUCION 793-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I –
SALDOS PRESUPUESTADOS Y SALDOS CONTABLES AL INICIO |
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DETALLE DE RUBROS |
PRESUPUESTO |
AL 31/12/2020 |
Diferencias |
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CALCULO DE RECURSOS |
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2021 |
SALDO CONTABLE |
Disminución |
1.2.0 Recursos |
Libre Disponibilidad |
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3.5.1.01 |
Caja y Banco de Libre Disponibilidad |
173.667.453,97 |
173.650.169,97 |
-17.284,00 |
|
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173.667.453,97 |
173.650.169,97 |
-17.284,00 |
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ANEXO II- AJUSTES SALDOS AL INICIO – LIBRE DISPONIBILIDAD
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CALCULO DE RECURSOS |
Importe |
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1.2.2.01.10.000 |
Oficinas de Ley s/Ley Orgánica Municipal |
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3.5.1 |
Disponibilidades |
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3.5.1.01 |
De caja y Bancos – De Libre Disponibilidad |
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-17.284,00 |
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PRESUPUESTO DE GASTOS |
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1.2.2.01.14.000 |
Gerencia de Recursos Humanos |
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14.00.02 |
Administración de Recursos Humanos |
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1.1.5.03 |
Generales |
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-17.284,00 |
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MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la Nota presentada por la PROAS Cooperativa de Provisión de Bienes y Servicios Consumo, Crédito y Vivienda para Profesionales Universitarios Ltda. registrada bajo el Numero 111-2021-15, incorporada al expediente 25500-2021-436-S- 1; y
CONSIDERANDO
Que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. se encuentra en la búsqueda de inmuebles cercanos a la Base Szpyrnal en función de la necesidad de espacio para poder llevar adelante en forma correcta sus funciones;
Que el Directorio ha dado el visto bueno al ofrecimiento realizado por la cooperativa PROAS;
Que el impacto de las actividades de OSSE en la comunidad adyacente es importante siendo necesario un mejor ordenamiento para lo cual se requiere de espacio;
Que se encuentra incluido en el Presupuesto 2020 y 2021 la adquisición de terreno/s para la posible expansión de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. pero en virtud de la pandemia declarada COVID -19 el mercado retrajo la oferta y por lo tanto no se dio inicio la licitación para la adquisición;
Que se considera conveniente aceptar el ofrecimiento en Comodato Gratuito por ser un inmueble ubicado en las inmediaciones de la Base Szpyrnal lo que llevaría a lograr un alivio para los vecinos del lugar;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Apruébese el convenio, que como Anexo I forma parte de la presente, --------------------- de Comodato Gratuito de la porción de 2018,00 mts cuadrados del Inmueble identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN VI –SECCION A-MANZANA 37P PARCELA I, del partido de General Pueyrredon por el término de veinticuatro (24) a partir del mes de de Noviembre del año 2021, suscripto entre Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. y la firma PROAS Cooperativa de Provisión de Bienes y Servicios Consumo, Crédito y Vivienda para Profesionales Universitarios Ltda., en virtud de lo mencionado en los considerandos de la presente, Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon. -----------------------
ARTICULO 2º: Dese al Registro de Resoluciones. Notifíquese a la Intendencia de --------------------- OSSE, a la Contaduría y a la Tesorería a los efectos de dar cumplimiento a la presente. Cúmplase------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO I
CONTRATO DE COMODATO
En la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredon, Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de octubre de 2021, comparecen SERGIO DANIEL LUTI (DNI 13.824.652) y MARIO ALBERTO REAL (DNI 21.076.485) en representación de la COOPERATIVA PROAS DE PROVISIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, CRÉDITO Y VIVIENDA PARA PROFESIONALES UNIVERSITARIOS LTDA., en su carácter de presidente y secretario de la misma respectivamente, con domicilio en calle FRENCH Nro. 6690 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante la COMODANTE; y el Sr. CARLOS ALBERTO KATZ (DNI 16.593.363) en representación de OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. en su carácter de Presidente de la misma, con domicilio en calle FRENCH 6737 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante, la COMODATARIA; y convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO -ad referéndum de su aprobación por el Honorable Concejo Deliberante-, sujeto a las cláusulas que siguen:
PRIMERA. ANTECEDENTES: LA COMODANTE es propietaria de un inmueble en esta localidad delimitado por las calles French, República del Líbano, Brandsen y linderos, que se encuentra designado con Nomenclatura Catastral Circunscripción VI - Sección A - Manzana 37p - Parcela 1, pudiendo otorgar uso exclusivo a la COMODATARIA de una porción del mismo que se designa en plano adjunto (en adelante el PREDIO), que en la actualidad carece de destino específico y tiene dos mil dieciocho (2.018) m2 de superficie. Por su emplazamiento en proximidad a edificios de la COMODATARIA, las partes consideran que el PREDIO puede ser aprovechado por ésta última, con ventajas para ambas partes, a saber: por un lado la COMODANTE reduce costos de conservación y mantenimiento; mientras que la COMODATARIA adquiere el derecho al uso y goce gratuito de un terreno ubicado en lugar conveniente para soporte logístico de sus actividades de modo tal que las dos se benefician con mejoras en las condiciones de seguridad e integración urbana.-
SEGUNDA. OBJETO: LA COMODANTE da en comodato o préstamo gratuito de uso a la COMODATARIA, el PREDIO de dos mil dieciocho (2.018) m2 de superficie cuya identificación surge de designación en plano adjunto que integra el presente.-
TERCERA. DESTINO: LA COMODATARIA se compromete a destinar el PREDIO objeto del contrato para el desarrollo de su actividad y se obliga a poner toda diligencia en la conservación del mismo asumiendo responsabilidad por todo detrimento que sufra por su culpa. Queda expresamente prohibido el cambio de destino, como así también ceder, alquilar, dar en comodato y, en general, cualquier otro acto que otorgue la tenencia a terceros.-
CUARTA. PLAZO: La duración del presente será por el término de veinticuatro meses (24) meses a partir del día 01/11/2021, considerándose renovado en forma automática por períodos iguales de doce (12) meses, salvo comunicación en contrario y en forma fehaciente de cualquiera de las partes a la otra con no menos de cuarenta y cinco (45) días de antelación.-
QUINTA. OBRAS Y MEJORAS: LA COMODATARIA se obliga a reintegrar el PREDIO objeto del contrato en las mismas condiciones de uso en que fue recibido, salvo el deterioro que resulte por el uso normal y habitual de las cosas. Sin embargo, las partes reconocen la necesidad de ejecutar obras y mejoras que permitan a la COMODATARIA hacer uso exclusivo del PREDIO objeto del contrato, como así también emplazar módulos de oficinas móviles. Dichas obras y mejoras deberán adecuarse a las normas y reglamentos vigentes y serán acordadas por las partes en acta por escrito en forma previa al inicio de su ejecución. A la finalización del presente contrato por cualquier causa la COMODATARIA tendrá derecho a retirar los módulos de oficinas móviles y cualquier otra obra que pueda ser removida sin daño para el inmueble. EL COMODANTE podrá quedarse con las mejoras ó instalaciones realizadas por el COMODATARIO que le resulten útiles o necesarias, sin previo pago, a menos que en el acta respectiva se hubiere pactado expresamente lo contrario. Las partes dejan contemplada la posibilidad que para el supuesto de futura venta (total o parcial) de este predio en favor de Obras Sanitarias Mar del Plata SE y/o del Municipio de General Pueyrredón, las mejoras que hubieren sido introducidas por LA COMODATARIA puedan ser valuadas y deducidas del precio de venta.----
SEXTA: GARANTÍA DE INDEMNIDAD: Todo personal contratado por la COMODATARIA para realizar las obras o prestar tareas, deberá contar con seguros y certificados que demanda la legislación vigente para el desarrollo de dicha actividad. Corre por exclusiva cuenta de la COMODATARIA gestionar, obtener y mantener la totalidad de las habilitaciones, permisos o autorizaciones exigibles a nivel municipal, provincial y nacional, que fueran requeridas para el desarrollo de las actividades en el PREDIO objeto del contrato. La COMODATARIA será absolutamente responsable por todos los daños que experimente LA COMODANTE y/o terceros, incluído el personal de la COMODATARIA, en sus personas o bienes, como consecuencia del uso por la COMODATARIA del PREDIO y/o sus accesorios, y/o del destino pactado y/o de cualquier otro hecho de la COMODATARIA, y/o sus dependientes y/o terceros, y/o de cualquier otra circunstancia, siniestro o evento no imputable a la COMODANTE. En consecuencia, la COMODATARIA se obliga a contratar y mantener actualizados el pago de los seguros necesarios para cubrir los riesgos de siniestros que pudieran afectar las construcciones y a las personas y a mantener indemne a la COMODANTE frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiera experimentar por los daños referidos en los párrafos precedentes, salvo cuando deriven de vicios ocultos de la cosa.
SÉPTIMA. PAGO DE SERVICIOS E IMPUESTOS: Sin perjuicio de que éste comodato es gratuito, se acuerda que la COMODATARIA asuma en forma exclusiva el pago de todos los servicios que consuma en el PREDIO objeto del contrato durante todo el tiempo que tenga vigencia el mismo. En consecuencia, es obligación de la COMODATARIA efectuar el pago de las facturas por la provisión de agua potable, energía eléctrica, gas natural, teléfono, y/u otro servicio que en el futuro pudiera recibir en el PREDIO. Igual responsabilidad de pago asume respecto a los impuestos, contribuciones y/o tasas municipales, provinciales o nacionales que graven al inmueble del cual el PREDIO objeto del contrato forma parte o a las actividades allí desarrolladas. EL COMODANTE queda obligado a cumplir con su obligación de colaboración y cooperación, facilitando la documentación e información que eventualmente se le requiera.
OCTAVA: RESTITUCIÓN: El PREDIO deberá ser restituído libre de ocupantes y sin deudas, debiéndose acreditar con los comprobantes respectivos el pago o la exención parcial o total de los servicios, como así también de las tasas, contribuciones y/o impuestos que graven al PREDIO o a las actividades allí desarrolladas. La restitución, que únicamente podrá probarse por escrito, deberá hacerse en domicilio de la COMODANTE sito en calle FRENCH Nro. 6690 de Mar del Plata pudiendo cambiar de lugar la COMODANTE para lo cual deberá notificar por medio fehaciente dicho cambio a la COMODATARIA.-
NOVENA: El COMODATO celebrado en este acto es de esencia gratuita y las partes convienen regir su relación conforme los artículos 1533, subsiguientes y concordantes del Código Civil y Comercial.-
DECIMA: RESCISIÓN: El incumplimiento por parte de la COMODATARIA de cualquiera de las obligaciones que asume por el CONTRATO DE COMODATO dará derecho a la COMODANTE a resolverlo de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna y a exigir la inmediata restitución del PREDIO y reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.-A su vez, el incumplimiento por parte de la COMODANTE a las obligaciones que le competen por la asunción del presente contrato, y, en especial a sus obligaciones de cooperación y de no privación y/o turbación del uso y goce del inmueble, dará derecho a la COMODATARIA a resolverlo de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, quedando habilitado para retirarse del predio y reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.-En caso que la COMODANTE no reciba el inmueble objeto del presente contrato, por cualquier causa; la COMODATARIA queda autorizada a labrar acta notarial dejando constancia de su retiro y si hubiere bienes con cerramiento podrá depositar las llaves de los mismos en la Escribanía seleccionada.
DÉCIMO PRIMERA: JURISDICCIÓN: Para todos los efectos legales emergentes del contrato las partes se someten a la competencia de los tribunales del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mar de Plata, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo al efecto como especiales los domicilios consignados precedentemente, en los cuales se tendrán por válidas cualesquiera intimaciones o notificaciones judiciales o extrajudiciales.-
DÉCIMO SEGUNDA: DOMICILIOS CONTRACTUALES: Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados al principio en donde serán tenidas por válidas todas las notificaciones que se cursen.-
DÉCIMO TERCERA: CONTRATO “AD REFERENDUM”: Las partes aceptan que éste contrato es provisorio y no obliga a! COMODATARIO hasta tanto el Honorable Concejo Deliberante sancione la respectiva ordenanza aprobándolo en los términos del art. 24 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. No obstante, la COMODANTE otorga permiso precario a la COMODATARIA para que inmediatamente después de la firma del presente pueda depositar contenedores en el PREDIO que es objeto del contrato, realizando las adecuaciones que fueren imprescindibles para ello, y emplazar una garita de seguridad.-
En prueba de conformidad se firman tres copias de un mismo tenor y a un solo efecto, dejándose constancia que cada parte hace retiro de su ejemplar.-
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 770/2021 de fecha 19/10/2021 (fs 371) se declaró admisible la oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA procediéndose a la apertura del Sobre Nº 02 “Oferta Económica” según surge del Acta de Apertura de fecha 21/10/2021 (fs 374);
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación en Actas de reunión de fechas 22/10/21 (fs 396) y 26/10/2021 (fs 403) habiendo la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. procedido a dar cumplimiento a lo consignado en el Acta de Reunión 02 de la Licitación Pública 19/21 referida a rectificación del valor Precio Unitario cotizado y el correspondiente Análisis de Precio del Ítem 4.2 Relleno con Mortero de Densidad Controlada , informa que reconoce como Oferta Valida la propuesta presentada por la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. Indican que el Presupuesto Oficial asciende a $31.399.093,95, con Impuestos Incluidos, el cual actualizado por Departamento de Presupuesto, Gráfica y Datos Estratégicos, de la Gerencia de Obras a la fecha de apertura asciende a $33.124.321,54, con Impuestos Incluidos. La oferta de la firma, por su parte, asciende a $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos. En conclusión, recomienda solicitarle a la oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. mejora de oferta toda vez que el valor ofrecido resulta un 12.79% superior al del Presupuesto Oficial actualizado;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Solicitar a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA una Mejora de Ofertas en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 372 del
---------------------Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 ------------
ARTICULO 2º: Solicitar a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA una Mejora de Ofertas ------------------ en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras---------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 795-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 777/21 de fecha 21/10/2021 se resolvió, entre otros, solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial para el mencionado Renglón;
Que con fecha 22/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 correspondiente al mencionado oferente;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 26/10/2021 informa lo siguiente: MEJORA DE PRECIOS (Renglón 7) Sr. Vinitzky Claudio Jose cotizó la suma de $ 850, 00-, mejorando así en un 7,17% su oferta original pero aun encontrándose un 24.82% por encima del Presupuesto Oficial. Según nota presentada por parte del Gerente del sector solicitante ante la Gerencia de Logística Operativa donde informa que se encuentra en curso los trabajos de estudio de pozos y mediciones en los ensayos de bombeos, estos pozos se encuentran en cuencas del arroyo el Durazno, Los Padres y nacientes del Vivorata que implican distancias mayores a las recorridas en forma habitual, sumado a la complejidad de los accesos a estos terrenos. Motivo de lo mencionado es que se realizó una actualización del Presupuesto Oficial debido a una mayor cantidad de km a recorrer, y el mismo dio como resultado un valor hora de $ 730, 00- lo que achica esa brecha a 16, 44%. Sin embargo, la Comisión entiende que el valor sigue siendo elevado en relación al Presupuesto Oficial y solicita una nueva Mejora de Precios de la Oferta;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una nueva Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta, aún luego de realizada la Mejora de Precios autorizada por Resolución de Directorio Nº 777/21, el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una nueva Mejora de ------------------ Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta, aún luego de realizada la Mejora autorizada por Resolución de Directorio Nº 777/21, el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------
ARTICULO 3°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 796-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
VISTO la Compensación por Uso de Vehículo Particular establecida por las Resoluciones Nº 341/12; 295/18; 885/19 y 747/21 en donde se aprueba el procedimiento de otorgamiento y uso; y
CONSIDERANDO
Que existe la necesidad de actualizar el procedimiento de otorgamiento y uso de la Compensación por Uso de Vehículo Particular, adaptándolo a las nuevas condiciones laborales de la Empresa;
Que el Directorio es el único facultado para designar a los agentes que afectarán sus vehículos a las tareas que se desarrollan en OSSE, estableciéndose un valor único de compensación más 4 litros del combustible que corresponda utilizar;
Que la Gerencia de Logística Operativa manifiesta la necesidad de implementar controles sobre los vehículos particulares utilizados por los Agentes para la prestación del Servicio;
Que las Gerencias y Departamentos certificarán a los agentes que afecten y/o desafecten sus vehículos con periodicidad mensual y por los días de utilización efectiva;
Que en la Resolución 341/12 se fijó en $ 12,31 el valor para la Compensación por Uso de Vehículo Particular por cada día efectivamente utilizado el vehículo, más 4 litros de Combustible, actualizándose dicho monto a $ 50,00 según Resolución Nº 295/18;
Que el valor actualmente vigente fue aprobado el 14/06/18, por lo que se considera oportuno su actualización a través del Índice de Precios al Consumidor Nivel General, desde Junio de 2018 a Septiembre 2021, quedando establecido el nuevo monto en la suma total de $180,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 341/12; 295/18, 885/19 y 747/21 las --------------------- que quedarán reemplazadas por la presente en todos sus términos.----------
ARTICULO 2°: Entiéndase como Compensación por Uso de Vehículo Particular la --------------------- utilización de automóviles particulares de los agentes puestos a disposición de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado para el cumplimiento de las tareas propias de su cargo y / o las encomendadas por su dependencia.----------------------
ARTÍCULO 3º: Autorizar a los agentes que afectarán sus vehículos a las tareas que ---------------------- desarrollan en OSSE que han sido propuestos por las Gerencias y que se detallan en el listado que como Anexo I forma parte de la presente, a percibir la Compensación por Uso de Vehículo Particular, en un todo de acuerdo a la presente resolución. -----------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Apruébese como “Valor Único” – “Compensación por Uso de Vehículo ---------------------- Particular” lo establecido en el Anexo II que forma parte de la presente, fijándose el nuevo valor diario en la suma de $ 180,00 en concepto de mantenimiento, más 4 litros del combustible que corresponda utilizar para su vehículo particular por día laborable y efectivamente consumido por el vehículo con provisión de Tarjeta de Combustible por parte de OSSE.---------------------------------
ARTÍCULO 5º: Los Agentes que perciben la Compensación por Uso de Vehículo Particular --------------------- deberán cumplir con el Relevamiento Anual a efectuarse por la Gerencia de Logística Operativa según Anexo II que forma parte de la presente.---------------------------
ARTÍCULO 6º: La Contaduría recibirá del 1 al 10 de cada mes las certificaciones --------------------- mensuales de las Gerencias y Departamentos que mínimamente deberán contener:
ARTÍCULO 7º: La Contaduría, la Gerencia de Servicios y la Gerencia de Logística --------------------- Operativa podrán disponer medidas adicionales de verificación, reducción y/o ampliación de controles a los efectos de un mejor procedimiento.-----------------------------
ARTÍCULO 8º: La Gerencia de Servicios reglamentará la utilización de la Tarjeta de --------------------- combustible.---------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 9º: Establecer la vigencia de la presente a partir del primer día del mes --------------------- siguiente a su aprobación.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 10º: Regístrese, dese al Registro de Resoluciones. Comuníquese a las ----------------------- Gerencias, Departamentos y Oficinas de Ley. Cúmplase.--------------------
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
C.I. APELLIDO Y NOMBRE
130 SCALELLA LUIS ALBERTO
191 PATRONI GUSTAVO JOSE
274 HERRERA RICARDO
350 CASTELLAN PAPE CARLOS FABIAN
391 EGEA ADRIANA VERONICA
394 GONZALEZ ALTAMIRANDA CLAUDIO
425 VINCIGUERRA MIGUEL ANGEL
427 MOSER FEDERICO JOSE
428 VIGLIETTI JOSE MARIA
461 MELLINO ALFREDO ANDRES
492 GAYOSO GUSTAVO DANIEL
516 FARIAS JOSE LUIS
638 PRADILLA GUILLERMO HUGO
780 BURGOS RAUL OSCAR
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO II
CARACTERÍSTICAS GENERALES:
RELEVAMIENTO ANUAL:
La Gerencia de Logística Operativa realizará anualmente, al 30 de Junio de cada año, un Relevamiento de los vehículos particulares utilizados por los agentes para las tareas propias de su cargo y/o encomendadas por su dependencia.
La documentación mínima que deberá verificar es la siguiente:
Se establece por única vez que la realización del relevamiento anual se efectuará dentro de los 30 días siguientes contados a partir de la firma de la presente.
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 28/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION UNIFORMES” que tramita bajo la Licitación Pública Nº 16/2021; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 778/21 de fecha 26/10/21 se resolvió: 1) DECLARAR ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL SA renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03; 2) RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y Alternativa) y 14 (Ofertas Básicas y Alternativas); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive; 3) ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones. ($10.296.514,00) y; 4) Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para el Renglón Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones;
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a MEJORA DE OFERTAS según surge del Acta de Apertura de fecha 27/10/21, presentándose para la misma la firma CONFAL S.A, la cual presenta Mejora para el Renglón Nº 15 otorgando un 2 % de descuento sobre el valor cotizado oportunamente. (Valor Sweater caballero: $1.999) y la firma VENDITTI LUIS ALBERTO, la cual presenta Mejora para los Renglones Nº 11 y 15 otorgando un 1% de descuento sobre el valor cotizado oportunamente;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación mediante Acta de reunión de fecha 27/10/21 informa lo siguiente: Las mejoras de precios ofrecidas por las firmas CONFAL S.A y VENDITTI LUIS ALBERTO son las siguientes: CONFAL S.A ofrece un descuento de 2% sobre el valor oportunamente cotizado para el Renglón 15 (sweater caballero) y VENDITTI LUIS ALBERTO ofrece un descuento de 1% para los renglones 11 y 15. Si se analiza solamente los valores ofrecidos para la mejora de precios para estos dos renglones (11 y 15), los cotizados en esta instancia superan al P. O en un 25,09 %. Agrega que teniendo en cuenta la inflación y que los precios del Presupuesto Oficial son de 03/2021, si se los actualizara al mes 09/2021, por SISTEMA DE INDICES DE PRECIOS MAYORISTAS (SIPM) (Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), del INDEC, Código 173 (Tejidos y Artículos de Punto), los precios de la Oferta respecto a los Precios del Presupuesto ajustados, estarían un 0.55% por debajo, según Coeficiente de actualización: 1.25789246. Si se los actualizara por SISTEMA DE INDICES DE PRECIOS MAYORISTAS (SIPM), Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB), del INDEC, la Oferta, respecto a los Precios del Presupuesto ajustados, daría una variación del 1.32 % por encima del Presupuesto Oficial según Coeficiente de actualización: 1.23457279. Asimismo, considerando la adjudicación global, con las mejoras ofrecidas el porcentaje de variación en relación al Presupuesto Oficial Total es de un 8,01 %, por debajo del mismo. Agrega que de considerarse conveniente las mejoras ofrecidas por los oferentes antes mencionados, aconsejaría asignar el renglón 15 a la firma CONFAL S.A por la suma de Pesos CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE con 00/100 ($ 445.777,00) y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el renglón 11 por la suma de Pesos CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($ 433.855,24);
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda ADJUDICAR los Renglones Nº 11 y 15 – Mejora de Ofertas de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” de la siguiente manera: a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el Renglón Nº 11: CARDIGANS PARA DAMA por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($433.855,24) con impuestos incluidos y a la firma CONFAL S.A el Renglón Nº 15: SWEATER ESCOTE EN V PARA CABALLEROS ADMINISTRATIVOS por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($445.777,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 24/100 ($879.632,24) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación -------------------- Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES.--------------------------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR los Renglones Nº 11 y 15 – Mejora de Ofertas de la Licitación Pública
----------------- Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” de la siguiente manera: a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el Renglón Nº 11: CARDIGANS PARA DAMA por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($433.855,24) con impuestos incluidos y a la firma CONFAL S.A el Renglón Nº 15: SWEATER ESCOTE EN V PARA CABALLEROS ADMINISTRATIVOS por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($445.777,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 24/100 ($879.632,24) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC.---
ARTICULO 3º: El plazo de entrega será de acuerdo al siguiente detalle: RENGLON 11: Cardigans
------------------ para Dama: dentro de los 30 (treinta) a 40 (cuarenta) días hábiles de notificada la Orden de Compra y entregado los talles luego de la prueba y armado de curva por parte de OSSE; y RENGLON 15: Sweater Escote V para Caballero: dentro de los 30 (TREINTA) días corridos de recibida la Orden de Compra con los talles.------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria CONFAL S.A que
--------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------------------------
ARTICULO 5º La Gerencia de compras y Suministros comunicará a las firmas adjudicatarias que ----------------- deberán cumplir con las curvas de talles establecidas por OSSE para las prendas.---
ARTICULO 6º: Autorizar al Area Contaduría a realizar los ajustes necesarios a la adjudicación
---------------- propuesta en el Artículo 2º.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7°: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 8°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 798-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Nuevo llamado a Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE autorizado por Resolución de Directorio Nº 796/2021 de fecha 27/10/21 según da cuenta la documentación agregada al Expediente digital de referencia;
Que con fecha 28/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 correspondiente al mencionado oferente;;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 28/10/2021 habiéndose requerido una nueva Mejora de Precios al Sr. Vinitzky Claudio Jose para el renglón 7 informa que el mismo cotizó la suma de $ 730,00-, encontrándose una mejora significativa siendo la misma igual al Presupuesto Oficial actualizado. Con respecto al segundo vehículo solicitado no se realizaron ofertas. Por lo expuesto, esta Comisión considera el valor cotizado por Vinitzky Claudio Jose se encuentra acorde a los intereses de OSSE recomendando asignar dicho turno y para el turno que quedo desierto iniciar un nuevo trámite para la contratación;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: 1) ADJUDICAR el Renglón Nº 7 (1 turno) de la Licitación Pública Nº 15/2021 “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 07: |
|
|||
OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
VINITZKY CLAUDIO JOSE |
Toyota Hilux 4x4 cabina doble. Mod 2011 Patente: JTZ 471 |
$ 730.00 |
Área Control de Flota |
L A V |
y; 2) DECLARAR DESIERTO 1 (un) turno del Renglón Nº 07 por inexistencia de oferta desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación autorizando al Área solicitante a iniciar un nuevo tramite;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2: ADJUDICAR el Renglón Nº 7 (1 turno) de la Licitación Pública Nº 15/2021 -------------------“SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 07: |
|
|||
OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
VINITZKY CLAUDIO JOSE |
Toyota Hilux 4x4 cabina doble. Mod 2011 Patente: JTZ 471 |
$ 730.00 |
Área Control de Flota |
L A V |
ARTÍCULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará al adjudicatario que --------------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán constituir un Depósito de Garantía equivalente al 5% del monto contractual (Art. 5.3 de las Cláusulas Generales), el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE de acuerdo a lo establecido en el Art. 3.5 de las Cláusulas Generales. En caso de hacer uso de la opción del descuento en una única cuota deducible de la primer factura, en igual plazo, deberán presentar nota al respecto (Art. 5.4 de las Cláusulas Generales).---------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará al adjudicatario que ----------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán presentar la documentación requerida en el Art. 13 de las Cláusulas Particulares.-------------------------------
ARTICULO 5º: El servicio se prestará a partir del día 01/11/2021 por el plazo de 6 (seis) meses, o hasta agotar las horas contratadas de servicio efectivo del vehículo, pudiendo OSSE hacer uso de la Opción prevista en el Art. 3 de las presentes Cláusulas.---------------------------
ARTICULO 6º DECLARAR DESIERTO 1 (un) turno del Renglón Nº 07 por inexistencia de ------------------ ofertas desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación.----
ARTICULO 7º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 2º y a desafectar el saldo correspondiente al turno del Renglón Nº 7 declarado desiertos indicado en el Artículo 6º--------
ARTICULO 8º: Autorizar a la Gerencia solicitante a iniciar, un nuevo trámite de contratación ------------------- por el turno del Renglón Nº 07 declarado desierto.----------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 799-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 referente a la 6º prórroga del “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 366/19 de fecha 18/06/2019 obrante a fs. 292/3 se adjudicó la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego – Orden de Compra Nº 605/19 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 20 de Junio de 2019;
Que por Resolución de Directorio N° 290/20 de fecha 04/06/2020, obrante a fs. 535/37 se resolvió autorizar a la Oficina de Compras a confeccionar la orden de compra por la nueva renegociación de la contratación por los meses de Diciembre 2019 a 20/06/2020 del "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO - AÑO 2019-2020", correspondiente a la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., por la suma total de $1,262,414.50 (PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 50/100), quedando el nuevo valor hora para el mes de Diciembre 2019 (a partir del día 20, día que se cumple el período mínimo de 6 (seis) meses de ejecución de contrato hasta el 31/12/2019), en $336.91 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 91/100) para un total de 644.26 horas ; para el mes de Enero 2020 en $368.20 (PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 20/100) para un total de 1932.77 horas, para el mes de Febrero 2020 en $396.30 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 30/100) para un total de 1932.77 horas, para los meses de Marzo y Abril 2020 en $402.70 (PESOS CUATROCIENTOS DOS CON 70/100) para un total de 3865.54 horas y para el mes de Mayo y Junio hasta el día 20 inclusive en $396.30 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 30/100) para un total de 3221.28 horas. (Orden de Compra Nº 420/2020);
Que por Resolución de Directorio N° 303/20 de fecha 12/06/2020, obrante a fs. 550 se resolvió autorizar a la Oficina de Compras a realizar la prórroga del “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” de la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019, a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 01/100 ($9.191.481,01), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 396,30). Plazo de prestación del servicio 12 (doce) meses contados a partir de las 12 hs. del día 20/06/2020 y hasta las 12 hs. del día 20/06/2021, en un todo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 3 y 10 de las Cláusulas Particulares del Pliego. (Orden de Compra Nº 390/2020);
Que por Resolución de Directorio N° 341/21 de fecha 14/05/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 79/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 10 (diez) días desde las 12 hs. del día 20/06/2021 hasta las 12 hs del día 01/07/2021 en la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SESENTA Y TRES CON 19/100 ($363.063,19), con impuestos incluidos (Valor Hora $369,30).(Orden de Compra Nº 439/2021);
Que por Resolución de Directorio N° 410/21 de fecha 18/06/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 92/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 02 (dos) meses desde las 12 hs. del día 01/07/2021 hasta las 12 hs del día 31/08/2021 ambos inclusive en la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 50/100 ($1.674.187,50) con impuestos incluidos (Valor hora: $446.45) (Orden de Compra Nº 543/2021);
Que por Resolución de Directorio N° 614/21 de fecha 25/08/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 183/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 31/08/2021 hasta las 12 hs del día 01/10/2021 ambos inclusive en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON 75/100 ($837.093,75) con impuestos incluidos (Valor hora $446,45) (Orden de Compra Nº 823/21);
Que por Resolución de Directorio N° 705/21 de fecha 24/09/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 201/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/10/2021 hasta las 12 hs del día 01/11/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON 75/100 ($837.093,75) con impuestos incluidos (Valor hora $446,45) (Orden de Compra Nº 972/21);
Que atento que con fecha 01/11/2021 finaliza la 5º prórroga autorizada por Resolución de Directorio N° 705/21 y siendo que se encuentra en instancia de tramitación el Segundo llamado la Licitación Pública Nº 04/21 “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO – AÑO 2021/2022” el Área Intendencia a fin de no resentir el servicio de limpieza de todas las dependencias de OSSE, con fecha 27/10/2021 confecciona la Solicitud de Pedido Nº 3-151-71 por la suma de $990.918,75 con impuestos incluidos. La misma corresponde a la 6º prórroga por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive;
Que para la Confección de la Solicitud de Pedido Nº 3- 151-71 se tomó un Valor Hora de $528.45 que surge del Análisis de Costos confeccionado por esta Gerencia el cual se encuentra adjunto a las presentes actuaciones. Dicho valor hora surge de incrementar el Salario Básico y presentismo según aumento salarial otorgado por el Sindicato de Obreros de la Maestranza (SOMRA) a Septiembre 2021 respecto de los mismos conceptos utilizados para la Contratación Directa Art 156 Inc 8 LOM Nº 201/21. Al respecto, continuando la estructura que indica el PByC en el Art 11.5 para las Redeterminaciones de Precios variando los únicos conceptos redeterminables (Mano de Obra) y manteniendo fijos los conceptos no redeterminables, se obtendría un valor hora que alcanza el Valor hora de $528.49;
Que habiendo tomado intervención el Área Contaduría, procede a imputar la Solicitud de Pedido Nº 3-151-71, encuadrando la misma bajo la modalidad de Contratación Directa Art 156 Inc 8 de la LOM;
Que la firma HIPOLITO INTEGRAL SA presenta Pedido de Cotización de la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 completo y firmado por la suma total de $990.918,75. Mediante nota prestan conformidad para la contratación del servicio de limpieza por modalidad de contratación directa para el mes de Noviembre. Adjuntan análisis de precios resultando un valor hora para noviembre sin rentabilidad de $570,30 mientras que el aprobado para esta Contratación de es de $528.49. No obstante lo expuesto aceptan la presente contratación con el objeto de dar continuidad al servicio de limpieza considerando un servicio crítico en el presente contexto;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 75/100 ($990.918,75) con impuestos incluidos (Valor hora $528,49);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º:Aprobar las actuaciones digitales correspondiente a la Contratación Directa Art. ------------------ 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”.----------------------------
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 -------------------- correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 75/100 ($990.918,75) con impuestos incluidos (Valor hora $528,49).----------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: El plazo de prestación del servicio de referencia será por el término de ------------------- 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive.----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-
RESOLUCION 800-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y02 referente a la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 795/21 de fecha 27/10/2021 (fs. 405) se solicitó a la firma RECONSTRUCCIÓN CAÑOS S.A una Mejora de Precios en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial;
Que con fecha 28/10/21 se realizó la apertura de sobre de la mejora de oferta de la licitación de referencia según surge del acta obrante a fs. 409;
Que en Acta de reunión del día 28/10/21(fs. 413) la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación informa lo siguiente: En Acta de Reunión Nº 03 de fecha 26 de octubre de 2021 se solicitó a la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A una mejora de oferta. Con fecha 27 de octubre de 2021 la firma oferente remitió una nota en la cual señala que no es posible mejorar su oferta. Indican que el Presupuesto Oficial asciende a $31.399.093,95, con Impuestos Incluidos, el cual fue confeccionado a fecha julio 2021, el cual actualizado por Departamento de Presupuesto, Gráfica y Datos Estratégicos, de la Gerencia de Obras a la fecha de apertura asciende a $33.124.321,54, con Impuestos Incluidos. La oferta de la firma, asciende a $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos. En conclusión, la oferta asciende tan solo a un 12.97% sobre el presupuesto oficial actualizado. Atento que en el primer llamado solo se presentaron dos oferentes de los cuales solo una oferta resultó válida; que se procedió a un segundo llamado presentándose solo un oferente, a pesar de haberse realizado la publicidad y los avisos en tiempo y forma; que se detectó un defecto en la confección de la planilla de cotización, que al subsanarse supone una merma en la expectativa de beneficio del oferente; que se solicitó mejora de precio y que el Presidente de la Comisión, en carácter de autoridad del área solicitante enfatiza el interés que reviste la obra y el costo que significa para OSSE dilatar su ejecución; la comisión entiende que la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A por $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos resulta conveniente a los Intereses de OSSE;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 19/21 Segundo llamado “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS OCHO CON 66/100 ($37.421.808,66) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 406 del Expediente N° 344-
------------------- O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 19/21 Segundo Llamado “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” a la firma RECONSTRUCCIÓN CAÑOS S.A por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS OCHO CON 66/100 ($37.421.808,66) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.----------------------------------------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN -------------------TEJEDOR 2° ETAPA” será de 120 (CIENTO VEINTE) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.-----------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Preadjudicataria ------------------ que dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ---------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ----------------- Garantía de Mantenimiento de Oferta a la firma: POLIZUL S.R.L según Recibo N° 221 de fecha 17/09/21 (fs. 326).-------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y --------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 801-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 63/21 Nuevo llamado referente a la " ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 596/21 de fecha 18/08/21 se resolvió: 1) Adjudicar los Renglones Nº 7 y 8 (mejorado) a la firma SERVELEC SRL. bajo Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 101.25 al día 16/07/2021) en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 25/100 ($494.687,25) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones de $534.916,00 y; 2) Realizar un NUEVO LLAMADO para los Renglones Nº 1 a 6 del Concurso de referencia, trazando las modificaciones necesarias para el mismo, por los motivos expuestos en la citada resolución;
Que se ha cumplido con las formalidades del NUEVO LLAMADO a Concurso de Precios Nº 63/2021 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 21 (veintiún) empresas del ramo, solo presentó oferta la firma CASA BLANCO SA cotizando la totalidad de los Renglones en la suma total de $408.031,00 con impuestos incluidos según surge del Acta de Apertura de fecha 16/09/2021.
Que en virtud que los precios ofrecidos por la mencionada firma superaba ampliamente el Presupuesto Oficial para dichos renglones ($255.210,57) en un 59.88%, se realizó un relevamiento telefónico con las firmas utilizadas para la confección del Presupuesto Oficial y otras empresas del ramo resultando que la firma MICROTEC INGENIERIA SRL y DS TECH ARGENTINA presentan presupuesto en la suma total de $271.862,05 y $368.124,31 respectivamente solicitando Anticipo Financiero del 100% y no incluyendo flete;
Que de lo indicado precedentemente se desprende que la oferta presentada por el único oferente para el nuevo llamado a Concurso de referencia, CASA BLANCO SA, no resulta económicamente convenientes a los intereses de OSSE por lo que deberían declararse fracasados los mismos, desistiendo de la adquisición bajo la presente modalidad de contratación.
Que en virtud de lo expuesto precedentemente esta Gerencia considera conveniente realizar, una vez confeccionada la nueva solicitud por la Gerencia solicitante, una Contratación Directa para los mencionados renglones trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE:
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) DECLARAR FRACASADO el NUEVO LLAMADO (Renglones Nº 1 a 6) del Concurso de Precios Nº 63/21 "ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” por no resultar los valores ofertados económicamente convenientes a los intereses de OSSE, desistiendo de la adquisición de dichos materiales bajo la presente modalidad de contratación y; 2) Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar una Contratación Directa para los renglones declarados fracasados trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 63/21 Nuevo ------------------ llamado referente a la " ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS”.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: DECLARAR FRACASADO el NUEVO LLAMADO (Renglones Nº 1 a 6) del
--------------------- Concurso de Precios Nº 63/21 "ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” por no resultar los valores ofertados económicamente convenientes a los intereses de OSSE, desistiendo de la adquisición de dichos materiales bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar al Área Contaduría a desafectar los renglones fracasados indicados en el Artículo 2º------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Gerencia solicitante a iniciar, en caso de resultar necesario un ------------------ nuevo tramite de compra por los renglones desistidos indicados en el Artículo 2º -
ARTICULO 5º Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar una Contratación ------------------ Directa para los renglones declarados fracasados trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE.------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 802-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la Licitación Pública Nº 21/21: “SERVICIO PROVISION Y COLOCACION ELECTROBOMBA SOLAR C/EQUIPAMIENTO” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio 700/21 fecha 22/10/21 se aprueba el llamado a licitación pública de la contratación de referencia, creándose la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, la cual se encuentra integrada por el Ing. Luis Mérida, quien presidirá la misma como titular y el cartógrafo Ignacio Redin como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos; la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo;
Que, con fecha 26/10/21, la Gcia. de Energías Renovables y Recursos Hídricos solicita la modificación de dicha comisión recomendando su integración de la siguiente manera: el Ing. José Luis Morea como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente;
Que, por lo expuesto, la Gcia. de Compras y Suministros aconseja modificar la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación de la presente contratación, resultando: el Ing. José Luis Morea quien presidirá la misma como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos, la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Modificar la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación de la presente -------------------- contratación, resultando de la siguiente manera: el Ing. José Luis Morea quien presidirá la misma como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos; la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ----------------------------------------------
ARTICULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase al Área Compras a fin de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.------------------------------
RESOLUCION 803-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Servicios, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-500-184 de fecha 23/09/21 solicita la adquisición de repuestos para electrobombas GRUNDFOS S3.135.600 instaladas en el sistema de bombeo principal de la EDAR dado que uno de los 6 equipos instalados presenta un informe de fallas y ha quedado fuera de servicio y los kit de reparación son para efectuar las tareas de mantenimiento que resulten necesarias dada la proximidad de la época estival, solicitando sea adjudicada de forma urgente y directa a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la provisión del material requerido, siendo esta firma la filial local de la firma GRUNDFOS , fabricante del equipo y proveedor oficial de repuestos originales;
Que el Área Contaduría, con fecha 04/10/21, sin encontrar objeciones, procede a imputar la Solicitud Nº 3-500-184 enmarcando la misma en el Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM, los cuales establecen: “Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: … 1° Cuando se trate de artículos de venta exclusiva. … 6° La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general.”
Que la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. presenta Pliego de Bases y Condiciones completo y firmado, cotizando la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44);
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 ------------------ de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS”. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la --------------------Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial.-------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Adjudicataria -------------------que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. -------------------
ARTICULO 4°: El plazo de Entrega será dentro de los TREINTA Y CINCO (35) días corridos de ------------------- notificada la Orden de Compra.----------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.---------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras ------------------ a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase----------------------------
RESOLUCION 804-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 360-C-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Contratación Directa Art 132 Inc. f) LOM N° 01/21: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-123 de fecha 12/07/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle JARA 2098 Y OTROS, adjuntando: Presupuesto Oficial, Memoria Descriptiva y Especificaciones Técnicas Particulares;
Que, el área Contaduría procede a imputar la contratación en el marco del procedimiento de LICITACION PRIVADA, conforme al Art. 133 L.O.M;
Que, se ha cumplido con las formalidades del 1º y 2º llamado a Licitación Privada Nº 17/21, autorizado por Resoluciones Nº 547/21 de fecha 05/08/21 y Nº 615/21 de fecha 25/08/21, respectivamente, declarándose ambos fracasados por inexistencia de ofertas;
Que, mediante Resolución Nº 676/21 de fecha 13/09/21 se autoriza la realización de una Contratación Directa, encuadrando la misma en el marco del Art. 132 Inc. f) de la L.O.M., el cual en su parte pertinente establece: “…Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:… f) Se haya realizado una licitación y no haya habido proponentes o no se hubieren hecho ofertas convenientes…”. Asimismo, se aprueba modificar el Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la cláusula de la Capacidad Técnica Financiera;
Que, aún luego de haberse realizado modificaciones al pliego de bases y condiciones y, habiéndose cumplido las formalidades del llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) L.O.M. Nº 01/21, únicamente presentó oferta la firma SAAVEDRA PARK, la cual cotiza un total de $3.593.561,00 superando el Presupuesto Oficial en un 28%. Habiendo solicitado mejora, la misma manifiesta la imposibilidad de reducir sus valores ofertados originalmente en virtud de, entre otras causas, los altos costos que surgen de la necesidad de realizar un contrato de representación técnica con un ingeniero ya que poseen un arquitecto en planta permanente;
Que, visto que aún con las modificaciones realizadas al Pliego de Bases y Condiciones no se presentan ofertas convenientes a los intereses de OSSE, la Gcia. de Compras y Suministros, mediante nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/21), realiza consulta al Área Contaduría a fin indique si comparte el criterio de adecuar el pliego de bases y condiciones a los requisitos que se solicitan para las Obras de Menor Envergadura. En respuesta, la Contaduría informa a fs. 313 que se podrían realizar dichas modificaciones, teniendo en consideración la doctrina sentada por el Honorable Tribunal de Cuentas;
Que, mediante Resolución Nº 758/21 de fecha 14/08/21, se aprueba la realización de un NUEVO LLAMADO para la Contratación Directa de referencia, trazando para ésta los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Mejor Envergadura;
Que, según Acta de Apertura de fecha 26/10/21 ha presentado oferta para el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) L.O.M. Nº 01/21, la firma SAAVEDRA PARK S.R.L., la cual cotiza la suma total de $3.367.486,00 superando el Presupuesto Oficial en un 19.98%, Sin perjuicio de lo expuesto, esta Gcia. Observa que, con fecha 29/09/21, la Gcia. de Producción, solicita a la Gcia. de Obras la actualización del Presupuesto Oficial, ascendiendo el mismo a la suma de $2.925.064,96 (fs. 282). En consecuencia, la oferta presentada por la firma oferente resulta un 15,12% por encima del presupuesto Oficial actualizado;
Que, con fecha 26/10/21 la Gcia. de Producción se expide respecto a la oferta presentada, concluyendo que, visto que la presente contratación tiene un plazo de ejecución de 75 días corridos y teniendo en consideración el actual impacto inflacionario, la misma resulta conveniente a los intereses de OSSE, solicitando la adjudicación a la brevedad;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” a la firma SAAVEDRA PARK S.R.L. por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($3.367.486,00) por ser su propuesta conveniente y cumplir con lo solicitado en el P. B y C.;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes a partir de fs. 316 del expediente Nº 360-C- -------------------- 2021 Cpo. 02 referente al Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”. -----------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la ------------------- L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” a la firma SAAVEDRA PARK S.R.L. por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($3.367.486,00) por ser su propuesta conveniente y cumplir con lo solicitado en el P. B y C. -------------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la SAAVEDRA PARK ------------------- S.R.L. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la SAAVEDRA PARK ------------------ S.R.L. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 19 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. ----
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 75 días corridos ------------------- a partir de la firma del acta de inicio de obra.-----------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 805-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 a 03 referente a la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 759/21 de fecha 14/10/2021 (fs. 368) se declararon admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO ESTEBAN,
ISTRIA S.A. y ROCMA S.R.L., procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) con fecha 19 de Octubre de 2021 según consta en Acta de fs. 372;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, en Acta de Reunión de fecha 20/10/21 (fs. 496) informa que habiéndose procedido a la apertura del Sobre Nº 2 de la licitación que cuenta con un Presupuesto Oficial (Julio de 2021) de $ 28.166.986,61, que contiene la “Propuesta Económica” de los Oferentes ROCMA S.R.L, CONSTRUCTORA PABLO ROMERO e ISTRIA S.A se da lugar a analizar el contenido de cada propuesta. Las firmas ROCMA S.R.L, CONSTRUCTORA PABLO ROMERO e ISTRIA S.A han dado cumplimiento con toda la documentación exigida en el P.B.C. El siguiente cuadro presenta Orden de Prelación, confeccionado con los montos totales de las Ofertas admisibles con y sin los descuentos, con impuestos incluidos:
Las firmas ROCMA S.R.L y CONSTRUCTORA PABLO ROMERO han presentado la documentación en forma correcta no habiendo observaciones que formular. La firma ISTRIA S.A al momento de presentar la planilla de cotización incluye una copia transcripta en donde consigna para el Ítem 5.6 Empalme a redes secundarias la cantidad de 8 unidades cuando el Presupuesto Oficial señala desarrollar 6 unidades. Es así que se procedió a re calcular la oferta. Surgiendo de ese recalculo el siguiente orden de prelación:
El recalculo de la oferta de la firma ISTRIA S.A no modifica el orden de prelación sugerido por la Comisión. Sin perjuicio de la recomendación del orden de mérito, sugerido por la Comisión, la firma que resulte preadjudicataria deberá presentar los Análisis de precio y Planilla de Cotización ajustada con el descuento ofrecido;
Que la firma ISTRIA S.A. presenta Análisis de Precios y Planilla de cotización ajustada con el descuento ofrecido, ello según actuaciones obrantes de fs. 498 a 504 ambas inclusive. En efecto, a fs. 506 el Subgerente de Obras concluye que la oferente se ajusta plena y satisfactoriamente a lo solicitado;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación y a lo informado por el Subgerente de Obras recomienda: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 18/21 “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” a la firma ISTRIA SA en su Oferta con descuento por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 31/100 ($22.032.473,31) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $28.166.986,61;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 369 del Expediente N° 359-
------------------- O-2021 Cpos. 01 a 03 referente a la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1”.----------------------
ARTICULO 2°: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 18/21 “PLAN FUGA CERO –
------------------- RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” a la firma ISTRIA SA en su Oferta con descuento por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 31/100 ($22.032.473,31) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $28.166.986,61.--------------------------------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE ------------------- CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” será de 180 (CIENTO OCHENTA) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.-------------------------------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Preadjudicataria ------------------ que dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ---------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ----------------- Garantía de Mantenimiento de Oferta de las firmas: ROCMA SRL según Recibo N° 216 de fecha 15/09/21 (fs. 302) y ROMERO PABLO ESTEBAN según Recibo N° 218 de fecha 16/09/21 (fs. 304).---------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y --------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 806-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la solicitud de Licencia sin Goce de Haberes presentada por el agente Estefanía FERNANDEZ (CI 1243); y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente peticiona el uso de Licencia sin Goce de Haberes por cuestiones de índole estrictamente personal, a partir del día 11 de noviembre de 2021 por el término de 1 (un) año;
Que ingresó en planta permanente en Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado el día 15/09/2017;
Que de acuerdo a lo informado por el Gerente General de Grandes Consumidores, las tareas del agente podrán ser redistribuidas y ejecutadas por el personal de la Gerencia;
Que el Gerente de Recursos Humanos pone de manifiesto que la Gerencia ha requerido personal para cumplimentar el servicio asignado a la dependencia, con lo cual no correspondería acceder a lo solicitado, se han tomado en consideración los motivos esgrimidos por la trabajadora, autorizándose excepcionalmente la licencia por un plazo de un (1) año;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Conceder Licencia sin Goce de Haberes al agente Estefanía FERNANDEZ -------------------(CI 1243), dependiente de la Gerencia General de Grandes Consumidores, desde el día 11 de noviembre de 2021 al 10 de noviembre de 2022, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Tomar conocimiento el interesado que, a partir de la fecha de la ---------------------notificación de la presente y en virtud del carácter que reviste el beneficio otorgado, queda en suspenso durante el término de dicha licencia los aportes previsionales y los correspondientes a la asistencia médico farmacéutica y seguros de vida, debiendo tramitar ante las prestadoras de dichos servicios su continuidad o en su caso la baja conforme lo considera pertinente.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al registro de resoluciones, comuníquese y cúmplase.-------------------
RESOLUCION 807-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al Jefe del Departamento de Presupuestos, Gráfica y Datos Estratégicos, dependiente de la Gerencia de Obras, Oscar Enrique RODRIGUEZ (CI 256), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX; y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente se ausentará durante el período comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Martín Oscar MARTELO (CI 619), Jefe del Área Cómputos y Presupuesto, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir en forma transitoria el cargo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Martín Oscar --------------------MARTELO (CI 619), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, en la firma y despacho de la Jefatura del Departamento de Presupuestos, Gráfica y Datos Estratégicos, dependiente de la Gerencia de Obras, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX, desde el día 08 de noviembre de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al ---------------------objeto del gasto 1. 1. 5. 02. “Bonificación por Reemplazos”.---------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------- corresponda. - Cúmplase.----------------------------------------------------------
RESOLUCION 808-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Sr. Gerente de Calidad Lic. Marcelo Omar SCAGLIOLA (CI 396), y;
CONSIDERANDO
Que el Sr. Gerente se ausentará durante el periodo comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 al 19 de noviembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia de Calidad, sin las funciones asignadas por Resolución Nº 443/18;
Que el agente Gabriela VON HAEFTEN (CI 686) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, designada a cargo de la Jefatura del Laboratorio de Aguas de la Gerencia de Calidad, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de Gerente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXII;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que asimismo corresponde encomendar al agente reemplazante el manejo de la Caja Chica de la Gerencia asignado por Resolución Nº 694/20, durante el período indicado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º : Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Gabriela ----------------------VON HAEFTEN (CI 686) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, Jefe del Laboratorio de Aguas de la Gerencia de Calidad, en la atención y firma del despacho de la Gerencia de Calidad, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII, sin las funciones asignadas por Resolución Nº 443/18, durante el periodo comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 al 19 de noviembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------
ARTICULO 2º : No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3º: Encomendar el manejo de la Caja Chica de la Gerencia de Calidad -------------------- asignado por Resolución Nº 694/20, por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto ------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.----------------------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 809-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio puestas de manifiesto por la Gerencia de Producción, y;
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.446), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.446);
Que la Gerencia de Producción ha manifestado la posibilidad de modificar el lugar operativo de prestación de servicio de los agentes Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional” y Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional”, fundado en cuestiones operativas y de índole personal de los involucrados;
Que la Gerencia de Recursos Humanos ha evaluado la oportunidad y conveniencia de atender dicha solicitud, constatando que la reubicación no resentirá la normal prestación del servicio de desagües cloacales ni la operatividad tanto de Base Norte como de Base Sur y que favorecerá la calidad de vida de los trabajadores, no causándoles ningún perjuicio de carácter material ni moral;
Que a tal fin Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional” presta su consentimiento para renunciar al concepto “Adicional Retén” y adherirse al régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes, en el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asiento en Base Sur -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Asimismo el agente Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional” presta su consentimiento para prestar servicio al Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Norte, manteniendo su actual situación escalafonaria -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar a partir del día 1° de Noviembre de 2021 al equipo de trabajo -------------------del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Sur -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional”, en el régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes.-------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Incorporar a partir del día 1° de Noviembre de 2021 al equipo de trabajo --------------------del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Norte, -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional”, manteniendo su actual situación escalafonaria.-----------------------
ARTICULO 3º: Aceptar la renuncia del agente Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función -------------------MOPF “MedioOficial Polifuncional” al concepto “Adicional Retén”.-------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias -----------------que pudieren corresponder.----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.------------------
RESOLUCION 810-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la renuncia presentada por María Susana ROLDÁN(CI568);para acogerse al beneficio previsional y
CONSIDERANDO
Que en fecha 21/10/2021 se recibió Telegrama TCL 978 enviado el 20/10/2021 por María Susana ROLDÁN (CI 568); donde comunica su renuncia partir del día 01/12/2021 para acogerse a beneficio previsional (Art. 240 LCT);
Que el trabajador ha optado por acogerse al régimen previsto en Ley 12.950 y sus modificatorias (Anticipo Jubilatorio), lo que supone el cumplimiento de los recaudos necesarios para la obtención de beneficio previsional del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS);
Que sin que implique asumir responsabilidad por la verificación de los requisitos respectivos, corresponde aceptar la renuncia comunicada a efectos del inicio de los trámites jubilatorios ante dicho organismo;
Que corresponde autorizar al Sr. Presidente de OSSE a celebrar con el trabajador Convenio de Anticipo Jubilatorio, cuyo texto se aprueba en Anexo I;
Que de acuerdo a lo previsto en Ley 12.950 y sus modificatorias a partir del mes siguiente a que el trabajador deje de percibir haberes como trabajador activo; OSSE abonará a aquel en concepto de Anticipo Jubilatorio un importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de la remuneración mensual correspondiente a su categoría y jornada al momento de su baja, incluyendo el sueldo anual complementario (SAC), el que será actualizado de conformidad a la paritaria vigente de cada año calendario hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional por parte del IPS. Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo, y serán deducidas por IPS al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes;
Que corresponde autorizar a Contaduría a abonar al trabajador su liquidación final, comprensiva -de corresponder- de: el beneficio establecido en el Art. 76º de la CCT 57/1975 para el personal dado de baja al acogerse a la jubilación ordinaria; indemnizaciones sustitutivas de licencias no gozadas de conformidad con lo establecido en Art. 9º inc. “c” de la CCT 57/75; y aguinaldo proporcional (Art. 123 LCT);
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2021, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia comunicada por María Susana ROLDÁN-----------------------DNI 10.590.867Función Encargado Oficial Polifuncional EOPF a partir del 01/12/2021 para acogerse al beneficio previsional. -------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Sr. Presidente de OSSE a celebrar con el trabajador --------------------Convenio de Anticipo Jubilatorio, cuyo texto se aprueba en Anexo I.--------
ARTICULO 3º:Autorizar a la Contaduría a abonar al trabajador su liquidación final ---------------------comprensiva -de corresponder- de: el beneficio establecido en el Art. 76º de la CCT 57/1975 para el personal dado de baja al acogerse a la jubilación ordinaria; indemnizaciones sustitutivas de licencias no gozadas de conformidad con lo establecido en Art. 9º inc. “c” de la CCT 57/75; y aguinaldo proporcional (Art. 123 LCT).-------------------
ARTICULO 4º:Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes -------------------presupuestados para el año 2021 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan. --------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 GERENCIA GENERAL DE GRANDES CONSUMIDORES; Categoría Programática 03.00.08ATENCIÓN AL CLIENTE y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, notifíquese y cúmplase. --------------------
RESOLUCION 811-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
CONVENIO DE ANTICIPO JUBILATORIO
Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO, en adelante OSSE, representada en este acto por el presidente del Directorio Arq. CARLOS ALBERTO KATZ, DNI16.593.363 por una parte, y la Sra. MARÍA SUSANA ROLDAN, DNI Nº10.590.867,en adelante EL BENEFICIARIO por la otra parte, acuerdan en celebrar el presente Convenio de Anticipo Jubilatorio.
PRIMERA: Habiendo cesado en su condición de trabajador activo por renuncia a efectos del inicio de trámite jubilatorio, y manifestando cumplir los recaudos necesarios para la obtención de beneficio previsional del Instituto de Previsión en de la Provincia de Buenos Aires, en adelante IPS, el BENEFICIARIO en este acto solicita expresamente acogerse a los beneficios establecidos en Ley 12.950 y sus modificatorias.
SEGUNDA: En consecuencia, de acuerdo a lo previsto en la normativa aplicable, a partir del mes siguiente a que el BENEFICIARIO deje o hubiere dejado de percibir haberes como trabajador activo; OSSE abonará a aquel en concepto de Anticipo Jubilatorio un importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de la remuneración mensual correspondiente a su categoría y jornada al momento de su baja, incluyendo el sueldo anual complementario (SAC), el que será actualizado de conformidad a la paritaria vigente de cada año calendario hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional por parte del IPS.
TERCERA: Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo y, una vez concedido el beneficio jubilatorio, serán deducidas por IPS al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes, depositando en la cuenta de OSSE los aportes pagados por ésta y abonando el saldo al BENEFICIARIO.-
CUARTA: En caso de que la liquidación del retroactivo no alcanzare a cubrir la totalidad de anticipos abonados por OSSE, el BENEFICIARIO no será incorporado en Planillas de Pago del IPS hasta tanto se produzca tal cobertura por acumulación de haberes jubilatorios no liquidados. Ello a efectos de su transferencia por IPS a OSSE.
QUINTA: En caso de que el IPS omita efectuar las retenciones sobre el retroactivo o los haberes mensuales mencionadas en las cláusulas tercera y cuarta, el BENEFICIARIO resultará responsable personalmente por la devolución a OSSE de las sumas abonadas en concepto de anticipo jubilatorio, debiendo hacerlo dentro del plazo de 48 horas de cada percepción indebida. En caso de mora se devengará un interés compensatorio aplicándose una tasa de interés equivalente a la que perciba el IPS de los deudores por contribuciones previsionales.
SEXTA: En caso de denegatoria o rechazo del beneficio jubilatorio por parte del IPS el BENEFICIARIO deberá restituir a OSSE los fondos por ella abonados en concepto de anticipo jubilatorio con más los intereses compensatorios devengados desde cada pago, aplicándose la tasa de interés indicada en la cláusula anterior.
SÉPTIMA: Para todos los fines legales EL BENEFICIARIO constituye domicilio especial en la calle ROSALES LEONARDO Nº6621 de Mar del Plata y domicilio electrónico MSUROLDAN@GMAIL.COM y OSSE domicilio especial en calle French Nº 6737 – Piso 2º - de Mar del Plata y domicilio electrónico RECHUMANOS@OSMGP.GOV.AR, y se someten las partes a los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Mar del Plata, competentes para atender en los hechos o cuestiones que se susciten, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares en la ciudad de Mar del Plata a los …29….días del mes de OCTUBRE………… del año …2021..-
RESOLUCION 811-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto el informe elaborado por el Sr. Tesorero, obrante en expediente digital N° 545-T-2006; y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al Procedimiento para la destrucción de comprobantes de recaudación aprobado como Anexo II mediante Resolución de Directorio 778/12, el Sr. Tesorero informa listado de comprobantes que se encuentran en condiciones de ser dados de baja por haber cumplimentado el tiempo de 10 años de guarda;
Que en el mencionado listado se encuentran diferentes comprobantes correspondientes a los años 1997 al 2010;
Que de acuerdo a las indicaciones del Archivo histórico de la Provincia de Buenos Aires estos comprobantes no revisten valor histórico ni estadístico, pero de igual manera se deja una muestra por año para contribuir con una futura investigación histórica;
Que para cumplimentar con el Procedimiento se dará intervención a la Jefatura del Archivo General - Sra. Jefa de Mesa General de Entradas, a los efectos de coordinar con la Unidad de Gestión Ambiental, dependiente de la Gerencia de Calidad el retiro, traslado, destrucción, confección de Acta que deberá ser avalada por la mencionada Jefatura y recepción del certificado de destrucción extendido a los efectos;
Que la Unidad de Gestión Ambiental cuenta con convenio vigente para la recepción y destrucción de papel en el marco del Proyecto Interno de Reciclado de Papel;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24672 del Honorable concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Autorizar a dar de baja la documentación cuyo listado obra cono Anexo I ---------------------de la presente, en las condiciones Reglamentadas en la Resolución de Directorio 778/12.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°: Autorizar a la Unidad de Gestión Ambiental, dependiente de la Gerencia ---------------------de Calidad a realizar las acciones tendientes a la destrucción de la documentación, solicitando el certificado correspondiente.---------------------------------------
ARTÍCULO 3°: Encomendar a la Jefatura del Archivo General – Sra. Jefa de Mesa ---------------------General de Entradas y la Jefatura de la Unidad de Gestión Ambiental la coordinación, supervisión y cumplimiento de las tareas encomendadas.------------------------
ARTÍCULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 812-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
DOCUMENTACION PARA DESTRUIR |
||||
Incluye boletas, ordenes de pago y documentación hasta el año 2010 inclusive. Total: 150 cajas |
||||
Nº CAJA NUEVO |
CAJA Nº |
DETALLE |
MES |
AÑO |
26 |
552 |
Convenios:1al 8 |
|
1997 |
27 |
553 |
SERVICIO MEDIDO |
|
1998/1999 |
28 |
554 |
Convenios:9 al 12 |
|
1997 |
29 |
555 |
Convenios:13 al 16 |
|
1997 |
30 |
556 |
Convenios:17 al 20 |
|
1997 |
31 |
557 |
Convenios:21 al 24 |
|
1997 |
32 |
558 |
Convenios:25 al 28 |
|
1997 |
33 |
559 |
Convenios: 29 al 32 |
|
1997 |
34 |
560 |
Convenios: 33 al 36 |
|
1997 |
35 |
561 |
Convenios: 37 al 40 |
|
1997 |
36 |
562 |
Convenios: 41 al 44 |
|
1997 |
37 |
563 |
Convenios: 45 al 48 |
|
1997 |
38 |
564 |
Convenios: 49 al 52 |
|
1997 |
39 |
565 |
Convenios: 53 al 56 |
|
1997 |
40 |
566 |
Convenios: 57 al 60 |
|
1997 |
42 |
573 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
43 |
574 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
44 |
575 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
48 |
601 |
Boletas días: 05-06-09-10 y 11 |
septiembre |
2002 |
123 |
1071 |
Notas MEP Bco Credicoop |
|
2003 |
|
|
Boletas de deposito - 2004 / 2005 |
enero/sept - |
2004 |
|
|
Cheques anulados - Año 2000 |
|
2000 |
|
|
Copias P.F. Agosto a Noviembre 2003 |
agosto/nov. |
2003 |
270 |
1218 |
Boletas días: 16-19-20-21-23-26-27-28-29-30/Todo diciembre/todo enero ´08/01-04-05-06-07-08-11-12-13-14-15-18-19-20-21-22 |
nov/dic/enero/febrero |
2007/2008 |
275 |
1223 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
enero a abril |
2008 |
284 |
1232 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
enero a marzo |
2008 |
311 |
1259 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
abril a mayo |
2008 |
312 |
1260 |
Boletas días: 25-26-27-28 y 29/Todo marzo a junio |
feb./mar/abril/ |
2008 |
313 |
1261 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
junio a julio |
2008 |
314 |
1262 |
Desacreditaciones 2002-2006. Errores de acred. Y cierres de caja nov.-dic./05 y 2008 |
|
|
318 |
1266 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
agosto-setiembre |
2008 |
319 |
1267 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
octubre-noviembre |
2008 |
320 |
1268 |
PAGOS VISTOS RESUELTOS 2008 - LISTADO PAGOS VISTOS 2008 |
|
2008/2009 |
321 |
1269 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
mayo a agosto |
2008 |
322 |
1270 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
sept. a diciembre |
2008 |
323 |
1271 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
enero a abril |
2009 |
324 |
1272 |
O.P. 2008 Extrapres. 1 a 120 / Ejerc. Anter. 1 a 120 |
O.P. (77 y 78) |
2008 |
325 |
1273 |
Boletas días: todo |
nov. a marzo |
2008/2009 |
326 |
1274 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
mayo a septiembre |
2009 |
327 |
1275 |
Comprob. Ing.Vs.ANULADOS AÑO 2006 (40980-41083-41096-41097) |
Comprobantes |
2006 |
328 |
1276 |
Tira Testigo Timbradora AÑO 2008 (Enero a Octubre Completo) |
Comprobantes |
2008 |
329 |
1277 |
O.P. 2008 - Ejerc. Anteriores 120 a 305 |
Ej.Ant. 120 a 305 |
2008 |
330 |
1278 |
O.P. 2008 - (21) 1 a 151 |
O.P. 1 a 151 |
2008 |
331 |
1279 |
O.P. 2008 - (21) 152 a 300 |
O.P. 152 a 300 |
2008 |
332 |
1280 |
O.P. 2008 - (21) 301 - 460 |
O.P. 301 a 460 |
2008 |
333 |
1281 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
marzo-mayo |
2009 |
334 |
1282 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
dic./enero-feb. |
2008/2009 |
335 |
1283 |
O.P. (21) 461 a 625 |
O.P. 461 a 625 |
2008 |
336 |
1284 |
O.P. 2008 - (21) 626 a 799 |
O.P. 626 a 799 |
2008 |
337 |
1285 |
O.P. 2008- (21) - 800 a 1000 |
O.P. 800 a 1000 |
2008 |
338 |
1286 |
O.P. 2008 - (21) 1001 a 1177 |
O.P. 1001 a 1177 |
2008 |
339 |
1287 |
O.P. 2008 - (21) 1178 a 1350 |
O.P. 1178 a 1350 |
2008 |
340 |
1288 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
junio-julio |
2009 |
341 |
1289 |
Boletas días: todo |
abril a julio |
2009 |
342 |
1290 |
Tarjetas de Crédito y Débito 2002-Transferencias Bco. Pcia. 2007-Comisiones Bcos.Particulares 1ºsemestre´99 |
|
|
344 |
1292 |
Año 2007 - O.P. 3461 a 3560 - Año 2008: Extrapres. 121 a 326 |
O.P. y O.P. Extrap. |
2007/08 |
345 |
1293 |
Año 2007 - O.P. 3561 a 3611 - Año 2008: Extrapres. 327 a 566 |
O.P. y O.P. Extrap. |
2007/08 |
346 |
1294 |
Año 2008 - O.P. 1351 a 1509 |
O.P. 1351-1509 |
2008 |
347 |
1295 |
Año 2008 - O.P. 1510 a 1656 |
O.P. 1510-1656 |
2008 |
348 |
1296 |
Año 2008 - O.P. 1657 a 1870 |
O.P. 1657-1870 |
2008 |
349 |
1297 |
Año 2008 - O.P. 1871 a 2220 |
O.P. 1871-2220 |
2008 |
350 |
1298 |
Año 2008 - O.P. 2221 a 2490 |
O.P. 2221 a 2490 |
2008 |
351 |
1299 |
Año 2008 - O.P. 2491 a 2781 |
O.P. 2491 a 2781 |
2008 |
352 |
1300 |
Año 2008 - O.P. 2782 a 3067 |
O.P. 2782 a 3067 |
2008 |
353 |
1301 |
Documentacion de Respaldo Bco. Particulares |
agosto/set. |
2009 |
358 |
1306 |
Documentacion de Respaldo Bco. Particulares |
octubre-diciembre |
2009 |
359 |
1307 |
Extractos bancarios (88/8-183/6-195/9-198/0-237/2-258/7-270/9-283/9-284/6-319/1-341/2-493/4-645/9-45141/9-45142/6-45147/1-45282/5-45469/2-47685/4-50617/1-55761/7-55762/5-55763/3-350123146/3) |
|
|
360 |
1308 |
Tira Testigo Timbradora AÑO 2008 (Noviembre a Diciembre Completo) |
|
2008/2009 |
361 |
1309 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
enero-marzo |
2010 |
362 |
1310 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
abril-junio |
2010 |
363 |
1311 |
O.P. 3068 A 3352 - AÑO 2008 |
|
2008 |
364 |
1312 |
O.P. 3353 A 3696 - AÑO 2008 |
|
2008 |
365 |
1313 |
O.P. 3697 A 4008 - AÑO 2008 |
|
2008 |
368 |
1316 |
O.P. 405 A 683 - AÑO 2009 |
|
2009 |
369 |
1317 |
O.P. 684 A 1006 - AÑO 2009 |
|
2009 |
370 |
1318 |
O.P. 1008 A 1279 - AÑO 2009 |
|
2009 |
371 |
1319 |
O.P. 1280 A 1595 - AÑO 2009 |
|
2009 |
373 |
1321 |
O.P. 1871 A 2095 - AÑO 2009 |
|
2009 |
374 |
1322 |
O.P. 2096 A 2365 - AÑO 2009 |
|
2009 |
375 |
1323 |
O.P. 2366 A 2601 - AÑO 2009 |
|
2009 |
376 |
1324 |
O.P. 2602 A 2913 - AÑO 2009 |
|
2009 |
377 |
1325 |
O.P. 2914 A 3196 - AÑO 2009 |
|
2009 |
380 |
1328 |
O.P. 3197 A 3485 - AÑO 2009 |
|
2009 |
381 |
1329 |
O.P. 3486 A 3715 - AÑO 2009 |
|
2009 |
382 |
1330 |
O.P. 3716 A 4006 -AÑO 2009 |
|
2009 |
383 |
1331 |
O.P. 4007 A 4266 - AÑO 2009 |
|
2009 |
384 |
1332 |
O.P. 4267 A 4495 - AÑO 2009 |
|
2009 |
385 |
1333 |
O.P. 4496 A 4723 - AÑO 2009 |
|
2009 |
386 |
1334 |
O.P. 4724 A 4903 - AÑO 2009 |
|
2009 |
387 |
1335 |
O.P. 4904 A 5075 - AÑO 2009 |
|
2009 |
388 |
1336 |
O.P. 5076 A 5235 - AÑO 2009 |
|
2009 |
389 |
1337 |
O.P. 5236 A 5412 - AÑO 2009 |
|
2009 |
390 |
1338 |
O.P. EXTR. 1 A 105 - LIQ. DEV. 1 A 10 - OP EJ.ANT. 1 A 170 |
|
2009 |
391 |
1339 |
CANC. EJEC. ANTERIORES O.P. 171 A 287 - AÑO 2009 |
|
2009 |
392 |
1340 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
Octubre 2009 a enero 2010 |
2009/2010 |
393 |
1341 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
febrero a mayo |
2010 |
394 |
1342 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
junio a Sept. |
2010 |
395 |
1343 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
Julio a Sept. |
2010 |
396 |
1344 |
Boletas Caja 301 (Sept. Y Oct.) Año 2009 Acred.-reacred y Cierre de Caja Año 2009 |
|
2009 |
398 |
1346 |
O.P. 5413 a 5589 - AÑO 2009 |
|
2009 |
399 |
1347 |
O.P. 5590 a 5749 - AÑO 2009 |
|
2009 |
400 |
1348 |
O.P. 5750 a 5914 - AÑO 2009 |
|
2009 |
401 |
1349 |
O.P. 5915 a 6085 - AÑO 2009 |
|
2009 |
402 |
1350 |
CANC. EJERC. ANTERIORES O.P. 001 A 170 - AÑO 2010 |
|
2010 |
403 |
1351 |
CANC. EJERC. ANTERIORES OP. 171 A 295 - AÑO 2010 |
|
2010 |
404 |
1352 |
CANC. EJERC. ANTER. OP. 296 A 382 - OP. 1 A 114 - AÑO 2010 |
|
2010 |
405 |
1353 |
O.P. 115 A 289 - AÑO 2010 |
op 115-289 |
2010 |
406 |
1354 |
OP. 290 A 434 - AÑO 2010 |
op 290-434 |
2010 |
407 |
1355 |
OP. 435 A 615 - AÑO 2010 |
op 435-615 |
2010 |
408 |
1356 |
OP. 616 A 774 - AÑO 2010 |
op 616-774 |
2010 |
409 |
1357 |
OP. 775 A 929 - AÑO 2010 |
op 775-929 |
2010 |
410 |
1358 |
OP 930 A 1094 - AÑO 2010 |
op 930-1094 |
2010 |
411 |
1359 |
OP 1095 A 1264 - AÑO 2010 |
op 1095-1264 |
2010 |
412 |
1360 |
OP 1265 A 1419 - AÑO 2010 |
op 1265-1419 |
2010 |
413 |
1361 |
PAGOS VISTOS RESUELTOS 2010 |
|
2010 |
414 |
1362 |
OP. 1420 A 1599 - AÑO 2010 |
op 1420-1599 |
2010 |
415 |
1363 |
O.P. 1600 A 1784 - AÑO 2010 |
op 1600-1784 |
2010 |
417 |
1365 |
Doc. Respaldo Bco. Pcia. (2005/2006/2007) Planillas Tarjetas Créd./Deb. (CAJA 301) |
Mayo a Dic |
2010 |
419 |
1367 |
BALANCES DIARIOS |
Enero a Marzo |
2009 |
420 |
1368 |
BALANCES DIARIOS |
Abril a Junio |
2009 |
421 |
1369 |
BALANCES DIARIOS |
Julio a Sept. |
2009 |
422 |
1370 |
BALANCES DIARIOS |
Dic. 2009 Enero a Feb. 2010 |
2009/2010 |
423 |
1371 |
BALANCES DIARIOS |
Marzo a Mayo |
2010 |
424 |
1372 |
BALANCES DIARIOS |
Junio a Agosto |
2010 |
425 |
1373 |
BALANCES DIARIOS |
Sept. a Noviembre |
2010 |
429 |
1377 |
OP. 2010 - 1785 A 1965 |
OP 1785 A 1965 |
2010 |
430 |
1378 |
OP. 2010 - 1966 A 2114 |
OP 1966 A 2114 |
2010 |
431 |
1379 |
OP. 2010 - 2115 A 2295 |
OP 2115 A 2295 |
2010 |
432 |
1380 |
OP. 2010 - 2296 A 2450 |
OP 2296 A 2450 |
2010 |
433 |
1381 |
OP. 2010 - 2451 a 2614 |
OP 2451 A 2614 |
2010 |
434 |
1382 |
OP. 2010 - 2615 a 2785 |
OP 2615 A 2785 |
2010 |
435 |
1383 |
OP. 2010 - 2786 A 2966 |
OP 2786 A 2966 |
2010 |
436 |
1384 |
OP. 2010 - 2967 A 3160 |
OP 2967 A 3160 |
2010 |
437 |
1385 |
Boletas de Depósito (originales) Notas Bco. Pcia. 2003/2008 |
|
2007-2008-2009 |
438 |
1386 |
Notas Asuntos Juridicos 2007/2008 Notas Bco. Pcia. 2007/2008/2009 Notas Contaduria 2004 al /2009 |
|
|
439 |
1387 |
Notas Asuntos Jurídicos 2009 Facturas Bapro Medios de Pago del 2003al 2009 Facturas Gire del 2004 al 2009 Facturas Pago Facil del 2003 al 2007 |
|
|
440 |
1388 |
Ajustes Caja y Reingreso OP. 2006 Ajustes Caja 2007/2008 Acreditación y Cierre de Caja 2010 Resumen mensual VISA 11/2003-05/2004 |
|
|
441 |
1389 |
BALANCES DIARIOS |
Abril a Junio |
2008 |
443 |
1391 |
OP. 2010 - 3161 A 3359 |
OP 3161 A 3359 |
2010 |
444 |
1392 |
OP- 2010 - 3360 A 3570 |
OP 3360 A 3570 |
2010 |
445 |
1393 |
OP. 2010 - 3571 a 3765 |
OP 3571 A 3765 |
2010 |
446 |
1394 |
OP. 2010 - 3766 a 3940 |
OP 3766 A 3940 |
2010 |
447 |
1395 |
OP. 2010 - 3941 a 4100 |
OP 3941 S 4100 |
2010 |
450 |
1398 |
OP. 2010 - 4265 a 4435 |
op 4265 a 4435 |
2010 |
451 |
1399 |
OP. 2010 - 4101 a 4264 y 4436 a 4454 |
4101/4264 4436/4454 |
2010 |
462 |
1410 |
BALANCES DIARIOS 2008 |
|
2008 |
463 |
1411 |
BALANCES DIARIOS 2008 |
|
2008 |
464 |
1412 |
GARANTIAS DEVUELTAS 2003 A 2010 |
GTIAS DEVUELTAS |
2003-2010 |
468 |
1416 |
Extractos Bancarios Cta. Cte. 51334/0 |
|
2007/2008 |
|
547 |
Tiras Testigo de Timbradoras de Caja |
Enero-Julio |
2010 |
S/Nº |
|
Tarjetas Credito y Debito |
Nov |
2004 |
S/Nº |
|
OP 4151 - 4443 |
|
2005 |
S/Nº |
|
Comisiones Bancarias |
Mayo - Agosto |
2000 |
RESOLUCION 812-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Subgerente de Cobranzas de la Gerencia General de Grandes Consumidores, MORENO, Diego Alejandro (CI 507) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXI, y;
CONSIDERANDO
Que el agente solicita licencia ordinaria por el período comprendido entre los días 11 de noviembre del 2021 hasta el 19 de noviembre del 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia mencionada;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente IGLESIAS, Pablo Enrique (CI 402) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente IGLESIAS, ---------------------- Pablo Enrique (CI 402) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, durante el periodo comprendido entre los días 11 de noviembre del 2021 hasta el 19 de noviembre del 2021 inclusive, para la atención y firma del despacho de la Subgerencia de Cobranzas, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si este no cumpliera ----------------------efectivamente con el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-----------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al
-------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Bonificación por Reemplazo”.-------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda.
---------------------Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 813-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA 29/10/2021
Visto las tareas asignadas a la Gerencia General de Grandes Consumidores; y
CONSIDERANDO:
Que Matias Daniel FERRERO (CI 903) se encontró desarrollando -durante la irrupción del nuevo coronavirus (Covid 19)- el reemplazo transitorio dela Jefatura delSector “Verificaciones Técnico Comerciales”;
Que el titular del Area, Luis Alberto SCALELLA (CI 130) permaneció hasta el mes agosto inclusive, de licencia por prescripción médica;
Que habiéndose reincorporado a sus tareas iniciaráel trámite jubilatorio por lo cual el Sr. Gerente General de Grandes Consumidores ha evaluado la ventaja de designar permanentemente a quien fuera el reemplazante transitorio para evitar resentir el funcionamiento del servicio, -capacitando a un personal de conducción con el que no se podrá contar a mediano plazo, y a la vez recuperando su experiencia y trayectoria en la formación y capacitación del personal del Area-;
Queasimismo, en función del crecimiento de la demanda de tareas hacia el Sector, se evaluó incorporar al Sector al agente Roberto Maximiliano OLIVERA (CI 626), para desarrollar las tareas que a título enunciativo se detallan en el Anexo II -sin perjuicio de los cambios que se susciten en el futuro-;
Que el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º:Designar al agente Matias Daniel FERRERO (CI 903) en la Función P-07 ------------------ (“Personal de Conducción”) Clase XVI para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro, a cargo de la Jefatura del Sector “Verificaciones Técnico Comerciales”.-------------
ARTÍCULO 2º:Incorporar al equipo de trabajo del Sector enunciado precedentemente al ------------------- agente Roberto Maximiliano OLIVERA (CI 626), para desarrollar las tareas que a título enunciativo se detallan en el Anexo II -sin perjuicio de los cambios que se susciten en el futuro, manteniendo su actual situación escalafonaria.------------------------
ARTICULO 3°: Establecer que los cambios entrarán en vigencia a partir del primer día -------------------- del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------
ARTICULO 4°:Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.-------------------------------------------------------
ARTICULO 5°:Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------
RESOLUCION 814-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
JEFE DE SECTOR INSPECCION TECNICO COMERCIAL
Nivel Escalafonario: P-07(“Personal de Conducción”) Clase XVI
Dependencia Directa: Jefe de CatastroEconomico
Requerimiento para el cargo: Estudio Secundario Completoy antigüedad no menor a 3 años.
MISION
FUNCIONES
ANEXO II
INSPECTOR TECNICO COMERCIAL
Nivel Escalafonario: Oficial Polifuncional
Dependencia Directa: Jefe de Sector Verificaciones Técnico Comerciales
Requerimiento para el cargo: Estudio Secundario Completo
MISION
FUNCIONES
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 94/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 94/2021 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose presentado ofertas 03 (tres) firmas a saber: BOIERO S.A, XARE HOLDING S.A y ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. según surge del Acta de Apertura de Sobres de fecha 27/10/21;
Que las firmas BOIERO S.A, XARE HOLDING S.A y ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que habiendo analizado las ofertas recibidas la Gerencia de Producción concluye que todos los oferentes cumplen con lo solicitado por esa gerencia;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 94/2021 “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA” a la firma BOIERO S.A Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 104,75 al día 26/10/2021) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO 23/100 $237.931,23 con impuestos incluidos; por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $450.693,66;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 94/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA”.-----------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 94/2021 “ADQUISICION DE ----------------- VALVULAS MARIPOSA” a la firma BOIERO S.A Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 104,75 al día 26/10/2021) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON 23/100 $237.931,23 con impuestos incluidos; por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial ----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3: El plazo de entrega a los 20 (veinte) días corridos de notificada la Orden de ------------------Compra a la firma adjudicataria.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ----------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 815-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 450-C-2021 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-162 de fecha 17/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle Alberti 2598 (esq. Córdoba). Adjuntan: Presupuesto Oficial, Planilla de Cotización y Croquis de la Obra;
Que, con fecha 21/09/21, el Área Contaduría procede a realizar la imputación preventiva, encuadrando la contratación dentro del Art. 133 de la L.O.M. “Contratación Directa”;
Que la COOP. EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA presenta toda la documentación exigida en el Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones. Cotiza la suma total de $583.978,49 y ofrece un descuento especial del 5,8%, según Formulario Nº 2, resultando su oferta en un total de $550.107,73 con impuestos incluidos;
Que, con fecha 31/05/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, luego de haber analizado la oferta presentada, informa que la misma cumple con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gcia. de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)” a la COOP. DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SIETE CON 73/100 ($550.107,73) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial de $583.978,49;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente Nº 450-C-2021 Cpo. 01 ------------------- referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)”. -----------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a la COOP. EL -------------------- BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SIETE CON 73/100 ($550.107,73) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial. ----------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. EL BARRIO ----------------- EN SUS PUÑOS LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. EL BARRIO ----------------- EN SUS PUÑOS LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá presentar la documentación solicitada en el Art. 12 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones. ------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 30 días corridos ------------------ a partir de la firma del acta de inicio de obra.------------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 816-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la Resolución de Directorio Nº 341/12 y 295/18 que reglamenta el pago de compensación de Vehículo Particular; y
CONSIDERANDO
Que el Gerente de Sistemas informa sobre la necesidad de contar con movilidad para las tareas de inspección;
Que el agente Alfredo Andrés Mellino (461) designado para esta función, ha prestado su conformidad en afectar su vehículo particular para el cumplimiento de las mencionadas tareas;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.466 y 24.672 del Honorable Consejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Compensar por uso de vehículo particular al agente Alfredo --------------------- Andrés Mellino (461), incorporándose al Anexo I de la Resolución Nº295/18 correspondiendo aplicar lo establecido en el artículo 1º de la citada Resolución “…Apruébese como Valor Único – Compensación por Uso de Vehículo Particular lo establecido en el Anexo I que forma parte de la presente, fijándose para el período vigente el valor de $ 50.00 en concepto de mantenimiento, más 4 litros de combustible que corresponda utilizar para su vehículo por día laborable y efectivamente consumido por el vehículo con provisión de Tarjeta Combustible por parte de OSSE…”.-----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Reconocer al agente mencionado el pago de esta Compensación -------------------- a partir del primer día del mes posterior a la firma de la presente.---
ARTÍCULO 3º: El Agente enumerado en el artículo 1º de la presente deberá -------------------- dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento Utilización de la Tarjeta de Combustible. -------------------
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a la Gerencia de -------------------Servicios, a la Gerencia de Logística Operativa, a la Gerencia de Sistemas y a la Contaduría. Cúmplase --
RESOLUCION 747-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la Resolución 407/08; y
CONSIDERANDO
Que mediante el citado acto administrativo se dispuso “la implementación progresiva de los Adicionales “Nivel de Formación”, “Práctica de Nivel de Formación” y “Ejercicio de Cargo de Estructura”, a favor del personal de OSSE que reúna las condiciones y requisitos respectivos”;
Que en el Anexo II de la Resolución 407/08 se describen las Áreas, las tareas y los títulos que se reconocen a los efectos de la liquidación de los niveles de formación;
Que, habiendo transcurrido el tiempo, se han generado situaciones vinculadas a la dinámica del funcionamiento de la organización que requieren su actualización, incorporando títulos que no se consideraron oportunamente, subsanando situaciones de inequidad;
Que un dictamen al Departamento de Asesoría Laboral se expide manifestando que a efectos de incorporar los títulos que van surgiendo de acuerdo a las necesidades prácticas laborables de la empresa, corresponde emitir un acto administrativo “en abstracto”, es decir relacionando el cargo con el nivel de formación requerido, a los efectos de que sea de aplicación a todos los agentes que en igualdad de circunstancias (ya sea en la actualidad o en lo sucesivo), constituyendo por otra parte un requisito para la cobertura del cargo cuando se produzca alguna vacante;
Que la declaración no atiende a la categoría asignada al trabajador destinado circunstancialmente al puesto, sino la correspondiente a las tareas inherentes al mismo;
Que por lo expuesto corresponde complementar el Anexo II de la Resolución 407/08 con el anexo que acompaña la presente y que forma parte integrante de la misma;
Que mediante Resol. 390/11, 071/12, 454/16, 033/18, 537/18, 467/19, 708/19 y 830/19 se procedió a incorporar a las distintas Áreas/Gerencias, nuevas tareas y títulos acordes, que complementan la resolución 407/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N.º 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Complementar la Resolución 407/2008 con el Anexo I que forma parte ------------------- integrante de la presente, a los efectos del reconocimiento de la Práctica del Nivel de Formación a los agentes que cuenten con el título requerido para el puesto de trabajo y cumplan con los requisitos establecidos. -------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ------------------- que pudieren corresponder.--------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. ------------------- Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 748-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
GERENCIA |
TAREA |
DESCRIPCION |
TITULO
|
ENERGIAS RENOVABLES Y RECURSOS HIDRICOS |
A-14 EOPF |
Ayudante Técnico Encargado Oficial Polifuncional |
Ing. Industrial Ing en Recursos Hídricos Ing. en Perforaciones Ing. en Minas Ing. Electromecánico Ing. Electrónico Ing. Electricista Ing./Lic. en Geofísica Ing./Lic. en Química Lic. en Geomática Cartógrafo Técnicos Ambientales Técnicos Superior en procedimientos y Tecnologías Ambientales Técnicos Electromecánicos Técnicos Electricistas Maestro Mayor de Obras
|
748-2021
Mar del Plata, 07/10/2021
Visto que OSSE ha desarrollado OSSE Móvil, una aplicación para dispositivos móviles que permite descargar comprobantes, enviar/recibir mensajes y hacer reclamos de servicio, entre otras funcionalidades; y
CONSIDERANDO
Que para distribuir la aplicación existen dos tipos de sistemas operativos: los Android y los iOS, en ambos casos, se requiere una suscripción anual;
Que con sistemas operativos iOS (AppStore) el pago sólo puede realizarse mediante tarjeta de crédito por la página web de Apple, Estados Unidos, por un importe de U$S 99,00;
Que en el caso de los dispositivos con sistema Android (PlayStore) el pago realizará, al momento de su vencimiento, en pesos pudiendo efectivizarse por distintos medios de pago habiendo realizado el del ejercicio 2020 con fondos de Caja Chica correspondiente a la Gcia de Sistemas;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanzas Nº 7446 y 24672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar la suscripción anual de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. --------------------- en el APP-Store Apple, por la suma de $ 9.677,25 (Nueve Mil Seiscientos Setenta y Siete Pesos con Veinticinco Centavos), equivalente a U$S 99 al valor de cotización de $ 97,75 mas la suma de $ 2.925,15 (Dos Mil Novecientos Veinticinco Pesos con Quince Centavos) en concepto de Impuesto PAIS, por los motivos expuestos en los considerando de la presente. ---------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría y Tesorería de OSSE a reintegrar al agente ------------------- Rodríguez Patricia (CI 546) los gastos efectivamente abonados en cumplimiento de lo ordenado en el Artículo 1º de la presente. --------------------------------
ARTICULO 3º: Dese al registro de Resoluciones.- Comuníquese Gcia de Sistemas, -------------------Contaduria y Tesorería de OSSE.- Cúmplase.---------------------------------
RESOLUCION 749-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto la solicitud de extensión de la Licencia Ordinaria y Licencia por Estudio otorgada ala Sra. Jefe de Secretaría del Directorio,Graciela Rosa FUNES (CI 668), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX, y;
CONSIDERANDO
Que el agenteGraciela Rosa FUNES (CI 668)se ausentó hasta el día 12 de octubre de 2021inclusive;
Que resultó necesario cubrir el cargo durante la ausencia del su titular, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización de dichaSecretaría;
Que el agenteDaiana Mabel RODRIGUEZ(CI 764), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII,se encontraba realizando el reemplazo en forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitoriosy sus modificatorias ResolucionesNº 151/05 y 371/08;
Que resulta necesario encomendar el manejo de la Caja Chica dedicha Secretaraotorgada por Resolución nº 694/20, al agente reemplazantepor el período mencionado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N°7.446y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º:Prorrogar el reemplazo transitorio de la atención y firma ------------------- del despacho de la Secretaría del Directorio, en la Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX,realizado por elagenteDaiana Mabel RODRIGUEZ (CI 764), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII, hasta el día 12 de octubre de 2021inclusive,por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al ----------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.--------------------------------------
ARTICULO 4°:Encomendar el manejo de la Caja Chica de Secretaría del Directorio ---------------------por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.-
ARTICULO 5°:Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes corresponda ---------------------Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 750-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 07/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro.
39-C-2020 Cpo 1, referente a “BAJA DE VEHICULOS Y OTROS BIENES – EJERCICIO 2020”; y
CONSIDERANDO
Que los artículos 2° de las Ordenanzas Nº 24720 y 24880 respectivamente, autorizan a OSSE a vender o entregar en parte de pago o donación o disposición final como chatarra, entre otros, los vehículos detallados en el Anexo I: Pick Up Chevrolet LUV c/Cabina Doble – BCT 728; Pick Up Mitsubishi L 200, 2,5 Diesel, c/Cabina Simple – BUU 802; Pick Up Mitsubishi L 200, 2,5 Diesel, c/Cabina Simple – BUU 803; Furgón Ford Transit 190 L – CDP 815; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 380; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 387; Furgón Mercedes Benz Sprinter 310 – BSZ 389; Furgón Utilitario Fiat Fiorino 1.7 D – BUF 499 y Camión Ford 4000 Diesel – CBL 968;
Que se ha elaborado un Pliego de Requisitos y Condiciones (Anexo II), conjuntamente con una Planilla de Cotización (Anexo III), a efectos de esta venta;
Que la Oficina de Compras, en cumplimiento de tales disposiciones y siguiendo los procedimientos habituales para este tipo de operación, pondrá a la venta los vehículos detallados precedentemente.
Que el área Patrimonio tramitará la transferencia de los vehículos que se vendan, en los respectivos Registros Nacionales de la Propiedad Automotor, quedando a cargo del/los Comprador/es todos los gastos que demande dicho trámite. La entrega de las unidades se efectivizará una vez concluídas estas tramitaciones.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por
Ordenanzas Nos. 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 39-C-2020 Cpo. 1 ------------------ referente a “BAJA DE VEHICULOS Y OTROS BIENES – EJERCICIO 2020”--
ARTICULO 2º: Autorizar la venta de los vehículos que se detallan en Anexo I, por los ------------------ precios base mínimos que allí se indican, quedando a cargo del/los comprador/es todos los gastos que demande la transferencia de titularidad.------------------------
ARTICULO 3º: Aprobar el Pliego de Requisitos y Condiciones, Anexo II y la Planilla de Coti-
------------------ zación, Anexo III, que forman parte de la presente----------------------------------
ARTICULO 4º: Efectuar las publicaciones por 2 (dos) días en el BOLETIN OFICIAL DE LA ------------------- PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por 2 (dos) días en el DIARIO LA CAPITAL de Mar del Plata de esta Compulsa------------------------------------------------.-----------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a Compras y Cúmplase-------------
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
BIENES DESTINADOS A LA VENTA
Nº Censo |
Vehículos |
Patente |
Valor Estimado Venta |
137 |
Pick Up CHEVROLET LUV CAB DOBLE |
BCT 728 |
65.000,00 |
166 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 802 |
65.000,00 |
167 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 803 |
65.000,00 |
177 |
Furgón FORD TRANSIT 190 L |
CDP 815 |
65.000,00 |
144 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 380 |
140.000,00
|
150 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 387 |
140.000,00 |
152 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 389 |
140.000,00 |
156 |
Furgón Utilitario FIAT FIORINO 1.7 D |
BUF 499 |
130.000,00 |
173 |
Camión FORD 4000 DIESEL |
CBL 968 |
240.000,00 |
|
Total Unidades: 9 (nueve) |
|
1.050.000,00
|
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO II
PLIEGO DE REQUISITOS Y CONDICIONES PARA VENTA VEHICULOS
A efectos de la venta de los vehículos detallados en la Planilla de Cotización, se deberá tener en cuenta:
-Valor total de la Venta de todas las unidades: $ 1.050.000,00 (PESOS UN MILLON CINCUENTA MIL)
-Se cotizará por unidad, pudiendo hacerse una oferta por el
total de las unidades (renglones).
-La Planilla de Cotización deberá ser presentada en sobre
cerrado, expresando el importe total en letras al pie de la misma, firmándola de conformidad, hasta la hora fijada para la apertura de propuestas, en la Oficina de Compras.
-Junto con la oferta deberá presentarse copia de las
constancias de Inscripción en AFIP e Ingresos Brutos, según corresponda, la Cédula de Invitación, el Pliego de Requisitos y Condiciones y la Planilla de Cotización, todo firmado.
-OSSE podrá adjudicar la venta de las unidades, por renglón o por la totalidad de los renglones, a un único oferente, según sea la conveniencia para OSSE.
-Los vehículos podrán ser observados y revisados, 2 (dos) días hábiles antes del día fijado para la apertura de las propuestas. Se exhibirán en el horario de 10:00 a 13:00 horas en el predio ubicado en las calles Mario Bravo y Colombres, de esta Ciudad Mar del Plata.
-Para poder ingresar a los lugares donde se guardan los
vehículos que se venden, deberá tramitarse la correspondiente autorización en la Oficina de Compras.
-Los vehículos se entregarán en el estado en que se encuentran, no pudiendo efectuar reclamo alguno por algún faltante de partes y/o condiciones de funcionamiento.
-El Comprador tomará a su cargo todos los gastos (Aranceles, Formularios, Certificaciones de Firma, Gastos de Verificación del Automotor, Grabado de autopartes, etc.), que demande la transferencia y/o que surgiera con motivo de la transferencia de dominio del/los vehículo/s, incluso los que OSSE hubiera ya abonado, los que deberán ser reintegrados por la parte compradora.
-El pago se hará efectivo en la Tesorería de OSSE, en la cuenta habilitada a tal efecto, dentro de los 5 (cinco) días hábiles de notificada la adjudicación.
-Los trámites de transferencia de titularidad de el/los vehículos, deberán estar concluídos dentro de los 30 (treinta) días corridos de haberse efectivizado el pago del precio convenido, en la Tesorería de OSSE.-
-La entrega de la/s unidad/es se efectivizará, una vez verificado el pago por las unidades compradas y concluídos todos los trámites de la/s transferencia/s.
-Para Consultas se podrá contactar al CP Walter Caballero, tel. 499-2900 Int. 234 o a la Srta. Marisa Rabanal, al tel. 499-2900, Int. 256.
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANEXO III
PLANILLA DE COTIZACION
Valor de referencia |
Tipo de Vehiculo |
Dominio |
Precio Total Cotizado |
65.000,00 |
Pick Up CHEVROLET LUV CAB DOBLE |
BCT 728 |
|
65.000,00 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 802 |
|
65.000,00 |
Pick Up MITSUBISHI L 200 – 2.5 DIESEL – CAB SIMPLE |
BUU 803 |
|
65.000,00 |
Furgón FORD TRANSIT 190 L |
CDP 815 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 380 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 387 |
|
140.000,00 |
Furgón MERCEDES BENZ SPRINTER 310 |
BSZ 389 |
|
130.000,00 |
Furgón Utilitario FIAT FIORINO 1.7 D |
BUF 499 |
|
240.000,00 |
Camión FORD 4000 DIESEL |
CBL 968 |
|
|
TOTAL |
-.- |
|
Total final en números y letras $............................... (SON …………………………………………………………………………………………………
PESOS
………………………………………………………………………………………………………)
Firma del Oferente
RESOLUCION 751-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
VISTO la incorporación de alumnos de la Facultad de arquitectura Urbanismo y Diseño en calidad de pasantes, de acuerdo a la ley 26427 de Pasantías Educativas que regula su ejercicio; y
CONSIDERANDO
Quelos pasantes SEIJO, Esteban, MASSENZIO, Daiana, GALITO, Eric, ORLANDO, German, VEUTHEY, Nieve y DE MARCO, Sofia asignadosal Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores utilizan como medio de movilidad el transporte publico de pasajeros, en el horario de desarrollo de la pasantía, para cumplir con las tareas inherentes alasconsignas asignadas;
Que Obras Sanitarias Mar del Plata reconoce a los Pasantes dependientes delÁrea Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, la necesidad de abonar la movilidad;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Fíjase a partirdel 1 de Noviembredel 2021 yhastael 31 deJuliodel 2022------------------- para lospasantes SEIJO, Esteban, MASSENZIO, Daiana, GALITO, Eric, ORLANDO, German, VEUTHEY, Nieve y DE MARCO, Sofia dependientes del Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, un viatico adicional por movilidad por el uso del transporte público de pasajeros al servicio de O.S.S.E., equivalentes a un máximo de 3 pasajes por cada día hábil, lo que deberán ser certificados por el jefe de las Áreas correspondientes.---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°:Impútese el presente gasto a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 -------------------- GERENCIA DE GRANDES CONSUMIDORES, Categoría Programática 03.00.06 Apoyo G. Consumidores y 03.00.07Emisión y Distribución - Objeto del gasto 3.7.1. Pasaje Via Terrestre y 3.7.1 Servicio Transporte Publico Urbano de Pasajeros. ---------------
ARTICULO 3º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes ------------------ corresponda y cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 752-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto la necesidadde la GerenciaGeneral de Grandes Consumidores de realizar inspecciones en todo el partido de General Pueyrredón; y
CONSIDERANDO
Que algunos de susdependientes,para cumplir con las tareas inherentes al trabajo asignado,utilizan como medio de movilidad el transporte publico de pasajeros, en el horario de labor;
Que el inspector COMPANY, Sergio (CI - 390)se encuentra dentro del universo subjetivo de trabajadores a los que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E reconoce el pago de la movilidadpara realizar la tarea asignada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Reconocera partirdel 1 de Septiembre yhastael 31 de --------------------- Diciembredel 2021-ambos inclusive- al agente COMPANY, Sergio (CI - 390) dependiente dela Gerencia General de Grandes Consumidores, un adicional por movilidad poreluso del transporte público de pasajeros al servicio de O.S.S.E., equivalentes a un máximo de 6 pasajes por cada día hábil, los que deberán ser certificados por la jefatura y la Gerencia previo a su efectivización.----------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Impútese el presente gasto a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 --------------------- GERENCIA DE GRANDES CONSUMIDORES, Categoría Programática 03.00.06 Apoyo G. Consumidores y 03.00.07Emisión y Distribución - Objeto del gasto 3.7.1. Pasaje Via Terrestre y 3.7.1 Servicio Transporte Publico Urbano de Pasajeros. -------
ARTICULO 3º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes ------------------ corresponda y cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 753-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION DE PICK UP CABINA SIMPLE” que tramita bajo la Licitación Privada Nº 22/2021 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia, habiéndose incorporado en el mismo las modificaciones sugeridas por la Gerencia de Logística Operativa según Nota Nº 29;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de la --------------------Licitación Privada Nº 22/2021.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada Nº 22/2021 referente a la “ADQUISICION DE
------------------ PICK UP CABINA SIMPLE” cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la -------------------Licitación Privada N° 22/2021 la cual estará compuesta por el Ing. Pablo Simoni quien presidirá la misma como titular y el Ing. Negri Joaquín como suplente, ambos por la Gerencia de Logística Operativa, la Lic. Daiana Chica como titular y el CP Hernán Mingioni como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Graciela Leone como titular y la Dra. Paulina Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.----------
ARTICULO 4º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 754-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 431-O-2021 Cpos 01 y 02 referente al “COMPLETAMIENTO PLUVIALES 2021 - RAMALES SECUNDARIOS” - Licitación Pública N° 24/21 y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones para la obra de referencia el cual se encuentra incorporado de fs. 49 a 226 ambas inclusive del citado expediente;
Que de fs. 232 a 234 obran dictámenes de la Gerencia de Compras y Suministros, Área Contaduría y la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos. Por lo que, en virtud de las modificaciones propuestas por la Contaduría (fs. 233), la Gerencia de Planeamiento y Obras incorpora las modificaciones pertinentes obrante de fs. 236 a 239 ambas inclusive. Respecto a lo recomendado por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos respecto a incorporar en el Art 11 Inc 1.16 la leyenda “El Certificado Ley 10490 deberá ser presentado por el oferente al que resulte adjudicada la Obra”, la Gerencia de Obras conviene no modificar el texto de Condiciones Particulares en ese punto en razón que el Art. 6.2 requiere como requisito a cumplir por el Preadjudicatario la presentación de la constancia de cumplimiento de la Ley 10490;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 236 a 239 y 58 a 225, ------------------- todas inclusive del Expediente 431-O-2021 Cpo 01 y 02 ----------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 24/21 referente al “COMPLETAMIENTO -------------------- PLUVIALES 2021 - RAMALES SECUNDARIOS” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros.
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------Licitación Pública N° 24/21 integrada por el Ing Juan Carlos Szpyrnal quien presidirá la misma como titular y la Ing Milena Macchirola como suplente ambos por la Gerencia Obras, la Lic María Marta Solera como titular y el CP Mariano Bianchini como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Paulina Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 755-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 12/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 675-C-17 Cpo. 01 a 07 referente al: “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑO 2017/18” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 352/17 obrante a fs. 141 se adjudicó la Licitación Pública N° 05/17referente al “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA. en la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SEIS ($7.659306,00), con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego (Orden de Compra Nº 425/17, fs. 552 a 554);
Que por Resolución de Directorio Nº 331/18 de fecha 04/07/18 (fs. 1123) se autorizó a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 5/17, a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO ($ 240.381,00) (3070 hs a $78,30), con impuestos incluidos (Orden de Compra Nº 394/18, fs. 1131/32)
Que por Resolución de Directorio Nº 361/18 de fecha 18/07/18 (fs. 1157) se autorizó en su artículo 2 a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 5/17, a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 20/100 ($ 246.958,20) (3154 hs a $78,30), para arribar al final de la contratación que opera el 11/07/2018 (Orden de Compra Nº 431/18, fs. 1174/77), y se autorizo en su artículo 3 la Prórroga del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 05/17, a la Cooperativa mencionada anteriormente, en la suma total de $ 4.902.206,40, (PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS SEIS CON 40/100), con impuestos incluidos por el término de 07 meses, desde el 11/07/18 al 11/02/19 inclusive (Orden de Compra Nº 432/17, fs. 1178 a 1181);
Que por Resolución de Directorio Nº 435/18 de fecha 17/08/18 (fs. 1215) se autorizó a realizar la Ampliación del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18” de la Licitación Pública N° 05/17, a la Cooperativa mencionada en el considerando anterior, , en la suma total de $ 549.666,00 (PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS) (7020 hs a $78,30), con impuestos incluidos, siendo dicho monto equivalente al 7,1764% del monto total de la contratación original, a valor hora surgido de la Orden de Compra Nº 425/17 de fecha 12/07/2017, en el marco de referencia de esta Licitación Pública (Orden de Compra Nº 503/18, fs. 1228/9) ;
Que por Resolución de Directorio Nº 661/18 de fecha 29/11/18 (fs. 1192/3 Alcance 6 Cuerpo 6)) se autorizo la renegociación de la contratación por los meses de Abril 2018 a Febrero 2019 del “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑO 2017/18”, correspondiente a la Licitación Pública Nº 05/17 con la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA., por la suma total de $2,240,419.23 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON 23/100) correspondiente a 26009 horas para los meses Abril, Mayo y Junio de 2018 inclusive por $12.90 por hora y 72901 horas para los meses de Julio 2018 hasta Febrero 2019 por $26.13 por hora, detallado a fs. 1176 (Orden de Compra Nº 710/18, fs. 1199 a 1201);
Que por Resolución de Directorio Nº 088/19 de fecha 11/02/19 (fs. 1264) se adjudico la Contratación Directa Art 156 LOM a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA por la suma total PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 76/100 ($875.729,76) con impuestos incluidos por el periodo 11/02/19 a 28/02/19 hasta las 12 hs inclusive (Valor Hora $139.27) en el marco de referencia de esta Licitación Pública (Orden de Compra Nº 134/19, fs. 1268 a 1271);
Que el Área Intendencia informa que la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA ha cumplido con lo requerido en la Licitación Pública 05/17 “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18”, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra N° 425/17, Nº 394/18, Nº 431/18, Nº 432/18, Nº 503/18, Nº 503/18, Nº 710/18 y Nº 134/19 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA se encuentran totalmente canceladas, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución de los Depósitos de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 143/17 (fs. 558) de fecha 17 de Julio de 2017, Recibo Oficial Nº 151/18 (fs. 1208) de fecha 03 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 154/18 (fs. 1219) de fecha 13 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 157/18 (fs. 1230) de fecha 31 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 227/18 (fs. 1203 Alcance 6 Cuerpo 6) de fecha 06 de Diciembre de 2018 y Recibo Oficial Nº 27/19 (fs. 1267) de fecha 13 de Febrero de 2019 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO ------------------ LTDA. la Licitación Pública Nº 05/17 referente al “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑOS 2017/18”.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución de los Depósitos de Garantía ------------------ de Adjudicación Recibo Oficial Nº 143/17 (fs. 558) de fecha 17 de Julio de 2017, Recibo Oficial Nº 151/18 (fs. 1208) de fecha 03 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 154/18 (fs. 1219) de fecha 13 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 157/18 (fs. 1230) de fecha 31 de Agosto de 2018, Recibo Oficial Nº 227/18 (fs. 1203 Alcance 6 Cuerpo 6) de fecha 06 de Diciembre de 2018 y Recibo Oficial Nº 27/19 (fs. 1267) de fecha 13 de Febrero de 2019 pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA.--------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 756-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 274-R-2020 Cpos. 01 a 04 y Anexo 1 referente a la Obra “PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio de OSSE Nº 354/21 de fecha 19/05/2021 se resolvió Adjudicar la Licitación Pública Nº 01/21 Segundo llamado “PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON”a la firma FORTINI MAURICIO ANTONIO en la suma total de PESOS VENTISEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUARENTA CON 20/100 ($26.151.040,20) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones - Orden de Compra Nº 508/21 de fecha 08/06/2021 (fs. 464 a 466);
Que con fecha 03/09/21 la firma FORTINI MAURICIO ANTONIO presenta Nota solicitando que la adjudicación de la Licitación Pública Nº 01/21 Segundo llamado sea trasladada a la nueva razón social: Sociedad MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION, con CUIT 33-71726257-9 y domicilio en la calle Av. Colón Nº 3045 Piso 2 Depto. B, de la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón;
Que la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION ha realizado la Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE adjuntándose Certificado a fs. 741, constando toda la documentación acompañada de fs. 827 a 833, a saber: Formulario Nº 1 Solicitud de Admisión, Comodato y Acta de Directorio (todos certificados ante Escribano Público);
Que se considera necesario realizar las adecuaciones y/o modificaciones que correspondan para que la adjudicación realizada a la firma MAURICIO ANTONIO FORTINI por Resolución de Directorio Nº 354/21 correspondiente a la Licitación Pública Nº 01/21 2º llamado referente a la Obra“PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON” resulte adjudicada a la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION;
Que la presente Obra se encuentra en ejecución y que a la fecha ha sido presentado el Certificado Nº 1 por $1.875.861,42, el Certificado Nº 2 por $1.883.076,11 (los cuales al día de la fecha se encuentran con Orden de Pago) y el Certificado Nº 3 por $3.433.863,68 (el cual al día de la fecha se encuentra en el Area Contaduría con Devengado). Por lo que correspondería emitir la pertinente Orden de Compra bajo la nueva razón social MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION por el saldo de la Obra, el cual ascendería a $18.958.239,29;
Que visto lo solicitado por la firma Mauricio A. Fortini adjudicatario de la Obra de referencia, de trasladar la adjudicación de la Obra a la sociedad MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. en formación con CUIT 33-71726257-9, teniendo en cuenta que el Sr Mauricio Fortini es el Presidente de la nueva sociedad y posee el 99% de las acciones, a fs. 836 toma intervención el Área Contaduría manifestando que no tiene observaciones que formular entendiendo que: *La Sociedad cumple con los requisitos exigidos por el presente Pliego pues para la presente licitación se requirió la inscripción en el Registro de Proveedores y en el Registro de Perforistas; *Presenta del Acta de Directorio de la Sociedad donde la firma Mauricio Fortini Perforaciones SA en formación acepta la adjudicación de la Licitación Pública Nro.01/21, aceptando todos los términos del Pliego de Bases y Condiciones que rigen para dicha contratación y todos los términos de la propuesta realizada por Mauricio Fortini; *Presenta el Formulario 1 del Pliego de Bases y Condiciones, con las formalidades exigidas en el mismo; y *Establece que la propiedad de las maquinarias puestas al servicio para la licitación, van a formar parte del capital de la nueva sociedad, a través de un aporte irrevocable. Agregando que con la aprobación por parte del Directorio se deberá requerir además de nuevas garantías de ejecución del Contrato y de Fondo de Reparo, el Contrato del Representante Técnico y del representante en Seguridad e Higiene a nombre de la sociedad y los seguros que OSSE requiere en el pliego de bases y condiciones;
Que por Resolución de Directorio de OSSE Nº 740/21 de fecha 06/10/2021, bajo Expediente N° 274-R-2020 Alcance 1, se autorizó la REDETERMINACIÓN DE PRECIOS ADECUACIÓN PROVISORIA N° 1 solicitada en el mes de septiembre de 2021 por el contratista de la Obra de referencia (a nombre de MAURICIO ANTONIO FORTINI);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar a las Áreas/Gerencias intervinientes a realizar las adecuaciones y/o modificaciones que correspondan para que la adjudicación realizada a la firma MAURICIO ANTONIO FORTINI por Resolución de Directorio Nº 354/21 correspondiente a la Licitación Pública Nº 01/21 2º llamado referente a la Obra“PERFORACIONES DE ESTUDIO PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RECURSOS HIDRICOS VERTIENTES NORTE Y SUR – PDO. GRAL PUEYRREDON”, resulte adjudicada a la firma MAURICIO FORTINI PERFORACIONES S.A. EN FORMACION.----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la adecuación a nombre de la sociedad MAURICIO FORTINI
------------------ PERFORACIONES S.A. EN FORMACION de cualquier otro instrumento asociado a la presente contratación.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y
---------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 757-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 360-C-2021 Cuerpos 01 y 02 y Anexo 1 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, - Licitación Privada Nº 17/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 17/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 547/21 de fecha 05/08/21 (fs. 131) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, sólo adquiriendo pliego la firma SAAVEDRA PARK SRL, no presentando sobre para la presente licitación ninguna firma, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 23/08/21;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 615/21 de fecha 25/08/21 (fs. 207), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 06/09/21 que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la presente Licitación Privada N° 17/21 se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 (fs. 227) realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 (fs. 241) presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas;
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la presente Licitación y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/12 y reversos) considerando que para la presente Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021. Por lo correspondería realizar un NUEVO LLAMADO para la misma, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según nota de fs. 313, concluyendo que se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo entendiendo que se podría modificar las clausulas, ello en virtud de la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar fracasado el 1° llamado de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”; y 2) Autorizar a realizar un NUEVO LLAMADO para la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando para dicho llamado los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 229 del Expediente
------------------- N° 360-C-2021 Cuerpos 01 y 02 y Anexo 1 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, - Licitación Privada Nº 17/21.------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar fracasado el 1° llamado de la Contratación Directa art 132 inc. f)
-------------------- Nº 01/2021 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar un NUEVO LLAMADO para la Contratación Directa
-------------------- Nº 01/2021 en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando para dicho llamado los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones del NUEVO LLAMADO, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/12 y reversos).---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 758-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “PLAN FUGA CERO - RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” - Licitación Pública Nº 18/21 y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 18/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 588/21 de fecha 17/08/2021 (fs. 249) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia, habiéndose realizado la apertura de los Sobres Nº 1 según acta de fecha 20/09/21 obrante a fs 305;
Que han presentado sobres 03 (tres) firmas a saber: ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA S.A y ROCMA S.R.L;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación en Actas de Reunión de fechas 22/09/21 (fs 311), 4/10/21 (fs 347) y 12/10/21 (fs 365) informa que las tres firmas oferentes ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA S.A y ROCMA S.R.L, han dado cumplimiento con la presentación de la totalidad de la documentación requerida. En consecuencia, recomiendan declarar admisibles las mismas;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Declarar admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO ESTEBAN, ISTRIA SA y ROCMA S.R.L procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica), cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 290 del
--------------------- Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “PLAN FUGA CERO - RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” - Licitación Pública Nº 18/21 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO
------------------------ ESTEBAN, ISTRIA SA y ROCMA S.R.L autorizando a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente., a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737.-----------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------
RESOLUCION 759-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 408-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS” - Licitación Privada N° 19/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 19/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 694/21 de fecha 20/09/21 (fs. 128) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, no recibiendo ofertas para el presente llamado a licitación, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 27/09/2021;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 719/21 de fecha 27/09/21 (fs. 133), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 05/10/2021 (fs. 136) que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas.
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 137/8 y reversos) considerando que para la presente Licitación Privada Nº 19/21 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Licitación Privada Nº 19/21. Por lo que se solicita al Area Contaduría emita opinión y dictamine si comparte el criterio en declarar DESIERTOS el 1º y 2º Llamado de la presente Licitación, realizando una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA en el marco del art. 132 LOM inc. f) para la presente Obra, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según actuaciones agregadas de fs. 139 a 141, cumpliendo en informar: 1) “declarar DESIERTOS el 1ro y 2do llamado de la presente licitación…”: la Contaduría no tiene objeciones al respecto ya que vista la documentación obrante en el expediente de la presente licitación se observa que en ambos llamados no se presento ninguna firma habiendo cursado invitaciones a una cantidad importante de empresas; 2)“...realizando una Contratación Directa para la presente Obra…”: respecto de este punto la Contaduría no tiene observaciones que formular enmarcando dicha contratación directa en el art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 ( Ley Orgánica de las Municipalidades) y basando este dictamen en la consulta efectuada por la Contaduría al Honorable tribunal de Cuentas de fecha 16 de diciembre 2015, (se adjunta la consulta al presente expediente); 3)“.... trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura”: La doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas establece que “…en el supuesto excepcional del Art. 132 inc f del decreto ley 6769/58 se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo…”. Por último el Área sugiere que la contratación directa tenga la similar difusión al realizado para el llamado de la licitación fracasada;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 19/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación; y 2) Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 134 del Expediente
------------------- N° 408-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS” - Licitación Privada N° 19/21.----------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 19/21 Obra:
----------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL XX DE SEPTIEMBRE 102 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA
------------------- de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 137/8 y reversos).--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 760-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 409-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS” - Licitación Privada N° 18/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 18/21 autorizado por Resolución de Directorio Nº 692/21 de fecha 20/09/21 (fs. 132) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia; habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, no recibiendo ofertas para el presente llamado a licitación, ello según surge del Acta de Apertura de fecha 27/09/2021;
Que ante la inexistencia de ofertas y de acuerdo a lo establecido por Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se procedió a realizar un 2º Llamado para la Licitación de referencia (autorizado por Resolución de Directorio Nº 718/21 de fecha 27/09/21 (fs. 141), surgiendo según Acta de Acta de Apertura de fecha 05/10/2021 (fs. 144) que no se han presentado propuestas, declarándose DESIERTO el mismo;
Que en un todo de acuerdo al Dictamen del Area Contaduría de fecha 08/09/21 en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” se autorizó por Resolución de Directorio Nº 676/21 de fecha 13/09/21 realizar una Contratación Directa de la Obra de referencia encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), efectuando las modificaciones pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la clausula de Capacidad técnica-Financiera para la citada obra. En efecto, se realizó la Apertura de Sobres de la Contratación Directa art 132 inc. f) Nº 01/2021 presentándose únicamente la firma SAAVEDRA PARK. La firma presentó documentación parcialmente pero su oferta supera el Presupuesto Oficial. Habiendo pedido Mejora, la firma indica que no es factible por entre otras causas por los costos de contratos como Representante Técnico un Ingeniero ya que tienen un Arquitecto en la planta permanente. Por lo cual el Area Pluviales solicita se realice una nueva compulsa invitando y consultando a Cooperativas.
Que sin perjuicio del dictamen emitido por el Area Contaduría en el marco de la Licitación Privada N° 17/21 y de los hechos suscitados manifestados anteriormente, a fin que se puedan presentar mas oferentes dado que aun con la excepción del requisito de la Capacidad siguen sin presentarse proveedores, la Gerencia de Compras y Suministros formula consulta al Area Contaduría mediante Nota de fecha 06/10/21 (fs. 145/6 y reversos) considerando que para la presente Licitación Privada Nº 18/21 sería conveniente trazar, aparte de la exclusión de la clausula de Capacidad técnica-Financiera, los requisitos actuales que se plantean en las Obras de Menor Envergadura, proponiendo y detallando en la citada Nota las modificaciones que deberían aplicarse al Pliego de la Licitación Privada Nº 18/21. Por lo que se solicita al Area Contaduría emita opinión y dictamine si comparte el criterio en declarar DESIERTOS el 1º y 2º Llamado de la presente Licitación, realizando una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA en el marco del art. 132 LOM inc. f) para la presente Obra, trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. En efecto, el Área Contaduría toma intervención según actuaciones agregadas de fs. 147 a 149, cumpliendo en informar: 1) “declarar DESIERTOS el 1ro y 2do llamado de la presente licitación…”: la Contaduría no tiene objeciones al respecto ya que vista la documentación obrante en el expediente de la presente licitación se observa que en ambos llamados no se presento ninguna firma habiendo cursado invitaciones a una cantidad importante de empresas; 2)“...realizando una Contratación Directa para la presente Obra…”: respecto de este punto la Contaduría no tiene observaciones que formular enmarcando dicha contratación directa en el art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 ( Ley Orgánica de las Municipalidades) y basando este dictamen en la consulta efectuada por la Contaduría al Honorable tribunal de Cuentas de fecha 16 de diciembre 2015, (se adjunta la consulta al presente expediente); 3)“.... trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura”: La doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas establece que “…en el supuesto excepcional del Art. 132 inc f del decreto ley 6769/58 se podría contratar en forma directa bajo un nuevo marco normativo…”. Por último el Área sugiere que la contratación directa tenga la similar difusión al realizado para el llamado de la licitación fracasada;
Que en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría con fecha 07/10/21, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 18/21 Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación; y 2) Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 142 del Expediente
------------------- N° 409-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS” - Licitación Privada N° 18/21.--------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar desierto el 2° llamado de la Licitación Privada N° 18/21 Obra:
------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL LINIERS 201 Y OTROS”, desistiendo de la misma bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------
ARTICULO 3°: Autorizar a realizar una CONTRATACIÓN DIRECTA OBRA PUBLICA
------------------- de la Obra de referencia, encuadrando la misma en el marco del art 132 inc. f) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.), trazando los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Encomendar a las Areas intervinientes a efectuar las modificaciones
------------------- pertinentes al Pliego de Bases y Condiciones, trazando para el mismo los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Menor Envergadura. Para ello, se deberán contemplar las modificaciones sugeridas en Nota de fecha 06/10/21 (fs. 145/6 y reversos).--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- -Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 761-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 464-C-2021 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-164 de fecha 20/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA). Adjuntan: Plano, Presupuesto Oficial y Planilla de Cotización;
Que, con fecha 22/09/21, el Área Contaduría procede a realizar la imputación preventiva, encuadrando la contratación en el marco del Art. 133 de la L.O.M.;
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Contratación Directa según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado oferta únicamente la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA, la cual cumple con todo lo requerido en el Art. 10 del P.B.y C., cotizando la suma de $726.772,79;
Que, con fecha 07/10/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, habiendo analizado la oferta, informa que la misma cumple técnicamente con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 79/100 ($726.772,79) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente Nº 464-C-2021 referente a -------------------- la Contratación Directa Art 133 LOM N° 20/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS DIAGONAL PUEYRREDON 3002 (ESQ. RIVADAVIA)”. ------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a la COOP. DE --------------------- TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 79/100 ($726.772,79) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser igual al Presupuesto Oficial. -------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE TRABAJO ------------------ DEL PARQUE LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. DE TRABAJO ------------------- DEL PARQUE LTDA que dentro de los 2 (DOS) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 18 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. ----
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 45 días corridos ------------------- a partir de la firma del acta de inicio de obra.-----------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 762-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto lo dispuesto en el Decreto Municipal N°1496/21 referido a la Creación de la Unidad Ejecutora para llevar adelante el Programa de asistencia para la emergencia de viviendas familiares en riesgo convalidado por Ordenanza 17628 y;
CONSIDERANDO
Que en el Artículo 2º se establece la creación de la Unidad Ejecutora integrada por la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano, la Secretaría de Salud, Secretaria de Desarrollo Social, Obras Sanitarias Sociedad de Estado y Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño de la Universidad Nacional de Mar del Plata a través del Grupo de Investigación Ciencia y Tecnología del Hábitat Popular; .
Que en el Artículo 3° hace referencia a los miembros de esa Unidad, nombrando al Presidente Arq Carlos Alberto Katz por OSSE, quien considera pertinente la designación de un Representante suyo para interactuar en la citada Unidad, habiendo seleccionado a la Lic Rosa Alejandra Ferrari por su formación, experiencia y capacidad;
Que a su vez en el Artículo 8° se designa a OSSE para la gestión administrativa de la partida presupuestaria transferida por la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano, procediendo a realizar la compra y gestión de los materiales necesarios,(…) acción que desarrollará a través del Departamento de Relaciones Institucionales (dependiente de la Gerencia de Relaciones Institucionales) con control de la Unidad Ejecutora
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en representación del Sr Presidente de OSSE, Arquitecto
-------------------- Carlos Alberto Katz ante la Unidad Ejecutora creada por Decreto 1496/21 a la Sra Licenciada en Servicio Social Rosa Alejandra Ferrari .-----------------------
ARTÍCULO 2°: Encomendar a la Contaduría la creación de la partida presupuestaria
------------------para la administración de los fondos indicados en el Artículo 8° del Decreto 1496/21 dentro de la Categoría Programática 13.00.02 - Jurisdicción 1.2.2.01.13.000 Gcia de Relaciones Institucionales. -------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda
------------------- Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 763-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al agente Miguel Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, Sub Jefe Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur, y;
CONSIDERANDO
Que el agente se encontrará ausente durante el periodo comprendido entre el día 01 de noviembre de 2021 hasta el 19 de noviembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo de la Sub Jefatura a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la misma;
Que el agente Fabián Alfredo PERNA (CI 298), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio del agente Miguel -------------------Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, en la atención y firma de la Sub Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur de la Gerencia de Producción, al agente Fabián Alfredo PERNA (CI 298), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, desde el día 01 de noviembre de 2021 y hasta el 19 de noviembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------
ARTICULO 2º: No se abonará a los reemplazantes ninguna diferencia si éstos no -------------------cumplieran efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que se realizó el reemplazo.-------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.-----------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Notifíquese al interesado --------------------y a quienes corresponda.- Pase a Contaduría a sus efectos - Cúmplase.------
RESOLUCION 764-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 14/10/2021
Visto la compensación por el cumplimiento de los 25 años de servicios dispuesta en el artículo 49 del convenio Colectivo de Trabajo 57/75; y
CONSIDERANDO
Que el agente mencionado en el artículo primero cumple con la condición de haber prestado servicios en forma continua durante 25 años en la Empresa;
Que el artículo 49 del CCT 57/75 otorga una compensación equivalente a un (1) mes integro de haberes, y el artículo 12ª de dicho Convenio prevé la concesión de 15 días de licencia con Goce de Haberes a quienes cumplan 25 años de Servicio;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Otorgar una compensación equivalente a un (1) mes integro de ------------------ haberes al agente PEREYRA Cristian Nieves, CI 629, quien habiendo ingresado el 08 de Abril de 1996 cumplió 25 años de servicio en la Empresa.----------------
ARTICULO 2º: Otorgar al agente mencionado quince (15) días corridos de Licencia con Goce de Haberes que se hará efectiva el próximo año calendario.------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande se imputará al objeto del gasto 1.6.1.02 ------------------- PREMIOS Y BONIFICACION ESPECIAL correspondiente a la jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02. ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.--------------------
ARTICULO 4ª: Dese al registro de Resoluciones, comuníquese y cúmplase.-------------------
RESOLUCION 765-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios
Nº 93/21 referente a “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 93/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 4 (cuatro) empresas del ramo presentaron ofertas 2 (dos) firmas a saber: CIAGESER S.A y OS.LO ARGENTINA SA según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que la firma CIAGESER S.A se encuentra inscripta en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/2022;
Que la Gerencia de Logística Operativa habiendo analizado las ofertas presentadas por las firmas CIAGESER S.A y OS.LO ARGENTINA SA. Informa que las mismas cumplen con lo solicitado;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 93/2021 “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.929.896,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 93/2021 ------------------ referente al “SERVICIO DE ALQUILER CAMION CISTERNA”.---------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 93/2021 “SERVICIO DE ALQUILER
------------------CAMION CISTERNA” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.929.896,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial.------------------------
ARTICULO 3°: El servicio a cubrir de reparto de agua en un vehículo con Cisterna montada, ------------------- con provisión de chofer será de Lunes a Viernes de 07:00 a 19:00 Hs, Sábados de 06:00 a 12:00 Hs, Domingos y Feriados, de 07:00 a 15:00 Hs por un período de 568 hs, pudiendo ser modificado según las necesidades del servicio, en la Gerencia de Logística Operativa, área de Gestión de Flota y Logística, con posibilidades de ampliarse hasta el límite para Concurso de Precios si fuese necesario. El transporte de la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, y será donde indique el área de Gestión de Flota y Logística, perteneciente a Gerencia de Logística Operativa, dentro del partido de Gral. Pueyrredón.----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A ------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros de OSSE comunicará a la firma ----------------- adjudicataria el día de inicio de la prestación del servicio contratado y lugar donde deberá presentarse a designar por la Gerencia de Producción o la Gerencia de Logística Operativa de OSSE, dentro del horario asignado tentativo: Lunes a Viernes de 07:00 a 19:00 Hs, Sábados de 06:00 a 12:00 Hs, Domingos y Feriados, de 07:00 a 15:00 Hs. Dentro de ese horario OSSE utilizará los servicios contratados certificando las horas en que efectivamente éste se haya cumplido o haya estado disponible al pié de obra por requerimiento exclusivo de OSSE. OSSE no abonará los días no trabajados por lluvia u otra inclemencia climática y consecuencia. OSSE podrá modificar el horario de acuerdo a sus necesidades, notificándoselo a la contratista con 24 (veinticuatro) horas de anticipación. En caso de emergencia la notificación será telefónica a la Gerencia de Producción o de Logística operativa, siendo efectuada por escrito y en forma fehaciente en el día hábil inmediatamente posterior. O.S.S.E. podrá en forma transitoria o permanente, alterar o adecuar los días y horarios de prestación del servicio según su propia conveniencia, incluyendo sábados; y excepcionalmente domingos, feriados o días no laborables; para lo cual será suficiente la notificación previa a la contratista. Las horas de servicio comenzarán a computarse desde el momento en que el equipo requerido llegue al lugar indicado por OSSE, y dentro del horario acordado, finalizando cuando el mismo se retire del lugar. La Gerencia de Producción certificará las horas prestadas por el adjudicatario, y visará la Gerencia de Logística Operativa.------------------------
ARTICULO 6º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A
------------------- que en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles de notificada la presente deberá dar cumplimiento con la presentación de la documentación requerida en el Art. 18 del PByC.--------
ARTICULO 7º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.--------------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 766-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” - Licitación Pública N° 17/21; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 17/2021 autorizado por Resolución de Directorio Nº 599/21 de fecha 18/08/21, según surge de las actuaciones agregadas al Expediente digital habiendo presentando ofertas 4 (cuatro) firmas a saber: ABETE Y CIA SA, TRAICO SERVICIOS SRL, ROCASUR SA y WAE SRL según surge del Acta de Apertura de fecha 16/09/21;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación habiendo analizado las ofertas presentadas por las firmas proponentes informan que Actas de reunión de fecha 21/09/2021 y 13/10/21 que “luego de realizar el correspondiente análisis técnico, las firmas ABETE Y CIA S.A., ROCASUR S.A., AGUARTEC – TRAICO SERVICIOS S.R.L. y WAE S.R.L., cumplen técnicamente con lo solicitado en las especificaciones técnicas”. Respecto al análisis de la documentación presentada informan que las firmas cumplieron con lo solicitado por lo que recomienda declarar admisibles todas las ofertas. Agregan que, previamente a considerar el Orden de Mérito de las ofertas basado en el precio de las mismas, se solicitó al Presidente de la Comisión, quien es a su vez Jefe del Área solicitante, que se expida respecto de la compatibilidad de los bienes de distinta marca ofertados por distintas firmas, ya que el PByC en su apartado “Especificaciones Técnicas” establece “El terminal deberá ser original de marca de la manguera ofertada” pero el PByC establece que la adjudicación deberá hacerse por ítem. En respuesta, el Ing. Daniel Luti manifiesta que existe compatibilidad entre los bienes ofrecidos por los distintos oferentes, con lo cual la adjudicación puede realizarse por ítem, sin inconvenientes. En virtud de lo dictaminado, procede a valorar las ofertas económicas y la información recabada se resume en el siguiente cuadro:
Por todo lo expresado, la Comisión recomienda el siguiente Orden de Mérito: Renglón 1: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 2: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 3: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 4: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 5: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 6: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 7: 1° Abete y Cia /// 2° Traico SRL /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 8: 1° Traico SRL /// 2° Abete y Cia /// 3° RocaSur SA /// 4° WAE SRL; Renglón 9: 1° Abete y Cia /// 2° RocaSur SA /// 3° Traico SRL /// 4° WAE SRL;
Que en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” de la siguiente manera: a la firma TRAICO SERVICIOS S.R.L (Oferta Alternativa Bienes Importados cotización del dólar tipo vendedor del BNA: $103.50 de fecha 15/09/2020) los Renglones Nº 01, 04 a 06 inclusive y 08 en la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100 ($4.644.928,40) con impuestos incluidos; a la firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 02, 03, 07 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DOCE ($2.158.412,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 40/100 ($6..803.340,40) con impuestos incluidos; por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($10.947.556.76);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública -------------------- Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID”.---------
ARTICULO 2º:ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 17/2021 “ADQUISICION MANGUERAS, ------------------ ACOPLES, FUSIBLES y TAPON TIPO OROFLEX WELL P/CAÑERIA VERTICAL DE POZOS DE EXTRACCION DE AGUA - PLAN COVID” de la siguiente manera: a la firma TRAICO SERVICIOS S.R.L (Oferta Alternativa Bienes Importados cotización del dólar tipo vendedor del BNA: $103.50 de fecha 15/09/2020) los Renglones Nº 01, 04 a 06 inclusive y 08 en la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100 ($4.644.928,40) con impuestos incluidos; a la firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 02, 03, 07 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DOCE ($2.158.412,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 40/100 ($6..803.340,40) con impuestos incluidos; por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($10.947.556.76).---------------------
ARTICULO 3°: El plazo de entrega de los bienes objeto de la presente contratación será dentro de los ------------------- 15 (quince) días hábiles de notificada la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias.---
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria ABETE Y CIA SA y ------------------ TRAICO SERVICIOS SRL que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------
ARTICULO 5º Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la adjudicación ------------------ propuesta indicada en el Artículo 2º.-------------------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-----------------------------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a fin -------------------- de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------
RESOLUCION 767-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 87/21 referente a la “ADQUISICION HERRAMIENTAS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 87/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 20 (veinte) empresas del ramo presentaron ofertas 05 (cinco) firmas a saber: SEYCO SACIF, DISTRIBUIDORA OLLANTA S.R.L, MARCHESAN PABLO CESAR, MACROFER PASEO FERRETERO S.A y 4MDQ STORE SRL según surge del Acta de Apertura de fecha 21/09/2021;
Que todos los oferentes se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que las Gerencia de Logística Operativa, Gerencia de Producción, Gerencia de Irregularidades en el Servicio y Gerencia de Servicios , informan que todos los renglones cotizados por las firmas proponentes cumplen con lo requerido excepción de los detallados a continuación: para el Renglón Nº 42 (Marca TOTAL) la firma SEYCO SACIF no cumple con lo solicitado, porque no cuenta con uno de los accesorios requeridos en la solicitud (bolso de transporte) y tiene especificaciones de menor calidad que las solicitadas (Voltaje de la batería, revoluciones). No se trata de la marca solicitada y tampoco de una primera marca; para los Renglones Nº 36 y 39, la firma MACROFER PASEO FERRETERO S.A, no cumplen técnicamente dado que cotizan medidas distintas a las solicitadas; para los Renglones Nº 17, 35 y 37, DITRIBUIDOTA OLLANTA S.RL no cumplen técnicamente dado que cotizan marcas de inferior calidad a las solicitadas y; para el Renglón Nº 25 la firma 4 MDQ STORE S.R.L., no cumple técnicamente con lo solicitado. Respecto al Renglón Nº 44 la Gerencia de Logística Operativa en virtud que firma SEYCO SACIF no especifica marca y la firma MARCHESAN PABLO CESAR para dicho renglón no especifica modelo, informan ambas propuestas no pudieron ser analizadas técnicamente;
Que habiéndose solicitado mediante cedula de fecha 04/10/21 a las firmas SEYCO SACIF y MARCHESAN PABLO CESAR a fin de cumplimiento con la presentación de marca y modelo del Renglón Nº 44 según lo informado por la Gerencia de Logística Operativa las mismas dan cumplimiento con lo requerido. Al respecto, dicha Gerencia informa que no acepta la oferta presentada por la firma SEYCO SACIF dado que la marca informada no cumple con lo solicitado por ser de inferior calidad a lo requerido. Respecto a la firma MARCHESAN PABLO CESAR, acepta la oferta para el Renglón Nº 44 dado que la marca y modelo cumple técnicamente con lo requerido;
Que en virtud que las ofertas más económicas y que cumplen técnicamente con lo requerido para el Renglón Nº 17 correspondiente a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA, Renglón Nº 37 correspondiente a la firma MARCHESAN PABLO CESAR y Nº 38 y 39 correspondiente a la firma SEYCO SACIF superan ampliamente el Presupuesto Oficial para dichos Renglones se les requirió una Mejora de Precios resultando según Acta de Apertura de fecha 06/10/2021 que las mencionadas firmas no pueden mejorar sus precios;
Que si bien, aún luego de solicitada la Mejora de Precios, los Renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive ($23.140,19) superan, en promedio, un 146% el Presupuesto Oficial para dichos Renglones ($9.420.23), esta Gerencia se comunicó telefónicamente con las firmas utilizadas para la confección del Presupuesto Oficial resultando que la firma Eslabones no presentó cotización en virtud que no cuenta con los elementos requeridos y la firma SEYCO SACIF manifiesta que debido a las fluctuaciones de precios y al desabastecimiento de varios de los ítems requeridos debieron buscar otros proveedores a fin de presentar su oferta por ello las variaciones de precios. Por lo que visto que las ofertas presentadas para los Renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive no resultan económicamente convenientes a los intereses de OSSE, es opinión de esta Gerencia que los mismos deberían declararse fracasados desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación;
Que si bien para los Renglones Nº 06, 28 a 36 inclusive, 42, 44, 45, 46 y 50 a 52 inclusive, consta sólo una oferta válida la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";
Que el Artículo mencionado en el considerando anterior se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Adjudicar el Concurso de Precios Nº 87/2021 “ADQUISICION HERRAMIENTAS” de la siguiente manera: a la firma SEYCO SACIF los Renglones Nº 02 a 10 inclusive, 13, 18, 22 a 36 inclusive, 45, 47, 48 y 52 en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 52/100 ($192.188,52) ;a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 12, 15, 16, 19 a 21 inclusive, 42 y 46 en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOCE CON 44/100 ($146.712,44) con impuestos incluidos; a la firma 4MDQ STORE SRL el renglón Nº 50 en la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($8.824,00) con impuestos incluidos; a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 11, 14, 43 y 51 en la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($25.530,00) con impuestos incluidos y a la firma MARCHESAN PABLO CESAR los renglones Nº 01, 41 y 44 por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA ($42.270,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 96/100 ($415.524,96) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($535.445,51); 2) Rechazar los renglones Nº 42 y 44 correspondientes a la firma SEYCO SACIF; Renglones Nº 36 y 39 correspondientes a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA; renglón Nº 25 correspondiente a la firma 4 MDQ STORE SRL y renglones Nº 17, 35 y 37 correspondiente a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL por los motivos expuestos precedentemente y; 3) DECLARAR FRACASADOS los renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive por no resultar las ofertas económicamente conveniente a los intereses de OSSE y DESIERTOS los renglones Nº 40 y 49 por inexistencia de ofertas desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 87/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION HERRAMIENTAS”.--------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 87/2021 “ADQUISICION --------------------- HERRAMIENTAS” de la siguiente manera: a la firma SEYCO SACIF los Renglones Nº 02 a 10 inclusive, 13, 18, 22 a 36 inclusive, 45, 47, 48 y 52 en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 52/100 ($192.188,52) ;a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 12, 15, 16, 19 a 21 inclusive, 42 y 46 en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOCE CON 44/100 ($146.712,44) con impuestos incluidos; a la firma 4MDQ STORE SRL el renglón Nº 50 en la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($8.824,00) con impuestos incluidos; a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 11, 14, 43 y 51 en la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($25.530,00) con impuestos incluidos y a la firma MARCHESAN PABLO CESAR los renglones Nº 01, 41 y 44 por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA ($42.270,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 96/100 ($415.524,96) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la ------------------- orden de compra a las firmas adjudicatarias y de acuerdo al siguiente detalle: Renglones Nº 42, 45 al 47 inclusive y 50 dentro de los 10 (DIEZ) días corridos; Renglones Nº 1 al 5 inclusive, 7 a 10 inclusive y 12 , 15, 16 , 18, 19, 21 a 24 inclusive, 26, 27, 35, 36, 41, 43, 44 y 48 dentro de los 15 (QUINCE) días corridos; Renglones Nº11, 14, 25, 43 y 51 dentro de los 20 (VEINTE) días corridos y Renglones Nº 06,13,20, 28 al 34 inclusive y 52 dentro de los 30 (TREINTA) días corridos.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Rechazar los renglones Nº 42 y 44 correspondientes a la firma SEYCO SACIF; ------------------Renglones Nº 36 y 39 correspondientes a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA; renglón Nº 25 correspondiente a la firma 4 MDQ STORE SRL y renglones Nº 17, 35 y 37 correspondiente a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º DECLARAR FRACASADOS los renglones Nº 17 y 37 a 39 inclusive por no ------------------ resultar las ofertas económicamente conveniente a los intereses de OSSE y DESIERTOS los renglones Nº 40 y 49 por inexistencia de ofertas desistiendo de la adquisición de los mismos bajo la presente modalidad de contratación.---------------------------------------------
ARTICULO 6º: Autorizar a las Áreas solicitante a iniciar en caso de resultar necesario un ------------------- nuevo trámite de compra para los Renglones declarados DESIERTOS y FRACASADOS indicados en el Artículo 5º.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 7ª Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------ adjudicación propuesta indicada en el Artículo 2º y a desafectar los renglones declarados desiertos y fracasados indicados en el Artículo 5º.-------------------------------------
ARTICULO 8º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 9º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 768-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1134-I-18 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 114/21 y 431/21 se aprueba la actualización del presupuesto de mano de obra para Obras de Agua y Cloaca de Menor Envergadura;
Que por Resolución de Directorio Nº 216/21 se adjudicaron los precios unitarios cotizados por las 09 (NUEVE) Cooperativas y 03 (TRES) PYMES a saber: COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO EL CHE LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LTDA, COOPERATIVA CONSTRUCCIONES 15 DE ENERO LTDA. COOPERATIVA DE TRABAJO SEGUIMOS LUCHANDO LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA BATANENSE LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO 1º DE MAYO LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LTDA y las firmas NASARA CONSTRUCTORA S.A., SAAVEDRA PARK S.R.L. e INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCION S.A.-INDARCCO. Asimismo, declaran admisibles los precios unitarios, según Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de menor Envergadura de Red de Cloaca que se adjunta como ANEXO I y Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de menor Envergadura de Red Agua que se adjunta como ANEXO II, por ser sus propuestas consideradas convenientes a los intereses de OSSE y estar igual al Presupuesto Oficial;
Que por el Artículo 3º se autoriza a la Gerencia de Compras y Suministros a asignar las Obras de Menor Envergadura y a emitir las Órdenes de Compra correspondientes por cada una de las obras, de acuerdo a los precios unitarios cotizados y adjudicados;
Que por el Artículo 4º se autoriza que las Órdenes de Compras emitidas de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior se les aplicarán lo establecido en el Artículo 15 del Anexo I “Procedimiento para tramitación de cada Obra de Menor Envergadura en particular”;
Que a fs. 33 la Gerencia General de Grandes Consumidores, mediante Solicitud de Pedido Nº 203-300-5 solicita gestionar la contratación de la Obra: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”, asignándose la misma por Disposición de la Gerencia de Compras y Suministros Nº 15/21 de fecha 01 de Julio del 2021 a la firma COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de $76.528,17 emitiéndose al efecto la Orden de Compra Nº 647/21 de fecha 20/07/21 (fs. 108 a 110);
Que a fs. 143 el Área Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca solicita a la GGGC generar la Solicitud para la Ampliación de la Orden de Compra Nº 647/21 por la suma de $20.616,95 debido a los incrementos sufridos durante la ejecución de la OME del ítem 1.2 EXCAVACION EN SUELO DURO Y/O NAPA FREATICA, 3.2 COLOCACION DE BOCAS DE REGISTRO DE HºAº y 4.3. REENLACE;
Que a fs 144 la Gerencia General de Grandes Consumidores, habiendo verificado lo informado por el Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca, informa que el monto a ampliar representa un 26.94% del monto de la Orden de Compra original, encontrándose este importe por encima del 20% establecido en la Resolución 114/21 Anexo III Art. 4, llegando la contratación a la suma de total de $97.145,12. Por lo expuesto, solicitan se autorice los mayores costos , emitiendo al efecto Solicitud de Pedido Nº 203-300-17 (fs.145);
Que por mencionado precedentemene, la Gerencia de Compras y Suministros, de acuerdo a lo solicitado por la GGGC y el Area Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca, considerando los incrementos sufridos durante la ejecución de la Obra, que no pueden ser previstos en el presupuesto de mano de obra, aconseja autorizar la ampliación de la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO” a la COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 95/100 ($20.616,95), lo cual representa un 26.94% de la Orden de Compra 647/21;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446; Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1134-I-18 Cpo. 01 --------------------referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 03/21: “RED DE CLOACA CALLE ALSINA E/ LAPRIDA Y JUAN J. PASO”. -----------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Contratación Directa 133 LOM Nº 03/21, a la ------------------- firma COOP. DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 95/100 ($20.616,95), lo cual representa un 26.94% de la Orden de Compra 647/21. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a descontar del -------------------- Certificado de Obra, el 5% en concepto de Depósito de Garantía, según lo establecido en el Art. 11 “Formas de Constituir las garantías” inc 2 del Pliego de Obras Públicas de Agua y Cloaca de Menor Envergadura,“las Cooperativas y Pymes podrán presentar por escrito o vía mail, una nota solicitando que sea descontado del certificado de obra el 5% en concepto de Deposito de Garantía.”----
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a fin de realizar la ------------------ Imputación Preventiva. Cumplido pase a la Gcia. de Compras a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase. ----------------------------------------
RESOLUCION 769-2021 FIRMADA
MAR DEL PLATA, 19/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 2° llamado a Licitación Pública N° 19/21, autorizado por Resolución de Directorio Nº 657/21 de fecha 07/09/21 (fs. 297), según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;
Que ha presentado sobre 01 (una) firma a saber RECONSTRUCCION CAÑOS S.A según consta en Acta de Apertura de fecha 12/10/21 (fs 362);
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación habiendo procedido a analizar la documentación del Sobre Nº 1 presentada por la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. informa que no presenta o resulta incompleta la siguiente documentación:A.1) Art. 4.2 inc. 1.13 del P.B.yC.: presenta nota informando que está en trámite de actualización la inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE. Al respecto la Comisión incorpora copia de la conclusión de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE. Presenta el resto de la documentación requerida en el P.B.yC. En conclusión, recomiendan: Declarar ADMISIBLE la oferta presentada por la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. y proceder a la apertura de Sobre 2 de la mencionada firma;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Declarar admisible la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica), cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 335 del
---------------------Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 ---
ARTICULO 2°: Declarar admisible la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A
---------------------autorizando a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) cuya fecha de apertura será a los 2 (dos) días de notificada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737.---------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a
-------------------- fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------
RESOLUCION 770-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 424/21 de fecha 22/06/21 se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 52/21 "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS ($1.407.500,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto oficial de $1.453.500,00 – Orden de Compra Nº 590/21 de fecha 08/07/21;
Que la Gerencia de Producción mediante Solicitud Nº 3-200-179 por $776.500,00 solicita la Ampliación del servicio de referencia (Orden de Compra Nº 590/21 por $1.407.500,00 - firma adjudicataria: COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA.). Dicha ampliación no supera lo establecido en el Art. 3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (se amplía al máximo permitido para Concurso de Precios ($2.187.480.00);
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la ampliación solicitada bajo Nº 5-982 informando que no tiene observaciones que formular, ya que el total con ampliación es de $ 2.184.000, encontrándose por debajo del TOPE establecido en la L.O.M. para Concursos de Precios;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “AMPLIACIÓN - DISMINUCIÓN: Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el /los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta el monto tope establecido en la LOM para gestionar Concursos de Precios. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte Contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Ampliar la Orden de Compra Nº 590/2021 perteneciente a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA correspondiente al Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” por la suma de total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($776.500,00), el cual sumado al monto adjudicado originalmente ($1.407.500,00) no supera el tope establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital del Concurso de ------------------- Precios Nº 52/21 "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS”. -
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 590/2021 perteneciente a la
------------------ firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA correspondiente al Concurso de Precios Nº 52/21 referente al "SERVICIO AUXILIARES P/ CONEXIONES NUEVAS” por la suma de total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($776.500,00), el cual sumado al monto adjudicado originalmente ($1.407.500,00) no supera el tope establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma ------------------ COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total ampliado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. ---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente. --------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Gerencia de Compras y ------------------ Suministros Área Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase. --------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 771-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 90/21 referente a la “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 90/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentando ofertas 03 (tres) firmas a saber: CASA BLANCO SA, TECNOELECTRICA SA y O.A.C.I. S.A según surge del Acta de Apertura de fecha 12/10/2021;
Que de las ofertas presentadas surge que la firma CASA BLANCO SA y O.A.C.I. S.A se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/22;
Que la Gerencia de Servicios informa que todas las ofertas presentadas por las firmas proponentes cumplen técnicamente con lo solicitado por dicha Gerencia. Respecto al Reglón Nº 1, solicitan contactar con la empresa Racklatina para la provisión del rele térmico requerido, dado que son los únicos proveedores del equipo especificado;
Que habiéndose contactado esta Gerencia con la firma RACKLATINA SA éstos manifiestan que omitieron presentar cotización para el Item 1 “E100 1-5 A Pass-Thru Ovrload Rly” en virtud que los demás bienes no los comercializan. Agregan que están en condiciones de cotizarlo. Por lo tanto es opinión de esta Gerencia que debería realizarse un Segundo llamado para el Renglón 1 “Relé térmico electrónico 1-5 A”;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja: 1) Adjudicar el Concurso de Precios Nº 90/2021 “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” de la siguiente manera: a la firma CASA BLANCO SA el Renglón Nº 08 en las suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($63.400,00) con impuestos incluidos y a la firma O.A.C.I. S.A los Renglones Nº 02, 03 (Oferta Alternativa) y 04 a 07 ambos inclusive y Nº 09 en las suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ($746.200,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($809.600,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos ($1.007.260,90) y; 2) Declarar DESIERTO el Renglón Nº 01 por inexistencia de ofertas procediendo a realizar un SEGUNDO LLAMADO para el mismo cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 90/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS”.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 90/2021 “ADQUISICION --------------------- MATERIALES ELECTRICOS PARA MANTENIMIENTO DE TABLEROS” de la siguiente manera: a la firma CASA BLANCO SA el Renglón Nº 08 en las suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($63.400,00) con impuestos incluidos y a la firma O.A.C.I. S.A los Renglones Nº 02, 03 (Oferta Alternativa) y 04 a 07 ambos inclusive y Nº 09 en las suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS($746.200,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($809.600,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos ($1.007.260,90)----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Declarar DESIERTO el Renglón Nº 01 por inexistencia de ofertas procediendo -------------------a realizar un SEGUNDO LLAMADO para el mismo cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la ------------------- Orden de Compra a las firmas adjudicatarias y de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº 02, 03 (Oferta Alternativa), 04 y 06 inmediato (3 (tres) días hábiles); Renglones Nº 05 y 09 dentro de los 45/60 días; Renglón Nº 7 dentro de los 12/15 días y Renglón Nº 8 dentro de los 90 (noventa) días corridos-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma O.A.C.I. S.A -------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------
ARTICULO 6º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 2º.-----------------------------------------------
ARTICULO 7º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 772-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA,
Visto el Decreto N° 219 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO
Que por Expediente HCD 1755-D-2021 se tramita un Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza a O.S.S.E. a la suscripción de un Convenio con la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias;
Que el objeto primordial del Proyecto es el de introducir la porcentualización del valor a abonar por el fortalecimiento de las prestaciones medico asistenciales de la Obra Social Fe.N.T.O.S., asumiendo esta última el compromiso de trasladar al personal de O.S.S.E. que sean beneficiarios de ésta en la cartilla médica del plan SC250;
Que al contar la iniciativa con despacho favorable y unánime de las Comisiones Internas del HCD a las que fuera girado el mencionado Proyecto el Sr. Presidente del HCD autorizo mediante Decreto la suscripción del Convenio ad referéndum de ese Honorable Cuerpo, correspondiendo su suscripción en los términos allí establecidos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Autorizar la suscripción del Convenio con la OSFENTOS, en los ---------------------términos establecidos en el Decreto N° 219 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, que como Anexo I se acompaña a la presente.----------
ARTÍCULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes ----------------------corresponda. Cúmplase.-----------------------------------------------------------
ANEXO I
CONVENIO
En la ciudad de Mar del Plata, a los …20….. días del mes OCTUBRE de 2021 entre la Empresa Obras Sanitarias Mar del Plata S.E., representada en este acto por su Presidente, Arq Carlos Alberto Katz DNI 16.593.363, con domicilio en la calle French 6737 de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires (en adelante “La Empresa”), por una parte, y por la otra la Federación Nacional de Obras Sanitarias (Fe.N.T.O.S.) representada por ……………………………………………..DNI……………………………, con domicilio en la calle Pasco Nº580 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante “La Federación”), se acuerda lo siguiente:
CLAUSULA 1º: A partir del mes de promulgación de la ordenanza correspondiente, la Empresa aportará mensualmente a la Federación, el 3.46% del valor que resulte – al mes de realización de dicho aporte – para el cargo Peón P 3 Clase I Jornada de 35 hs, por cada uno de los empleados de la Empresa que, conforme sus propios registros, sea beneficiario titular de la Obra Social Federal de Fe.N.T.O.S. Ello con destino al fortalecimiento de las prestaciones médico asistenciales que brinda la citada obra social y con el compromiso de ésta, de trasladar a dicho, personal los beneficios contenidos en la Cartilla Médico Asistencial del Plan SC250”. Los pagos se deberán efectuar del 1 al 10 de cada mes. -------------------------------------------------------------------------------------------------
CLAUSULA 2º: La contribución voluntaria mensual indicada en la cláusula precedente, se extenderá por el plazo de un (1) año, prorrogable automáticamente o dejado sin efecto mediante comunicación fehaciente de cualquiera de las partes. ---------------------------------
CLAUSULA 3º: La Federación suministrará a O.S.S.E. los datos correspondientes al Banco, número de cuenta y CBU donde deberán depositarse los importes mensuales, asumiendo la Federación la obligación de aplicar la totalidad de los mismos a la satisfacción del objeto del presente acuerdo. --------------------------------------------------------
CLAUSULA 4º: A Junio/2021, el padrón de afiliados a los que se hace referencia en el Cláusula 1º está compuesto por un total de 146 empleados, que se agrega como Anexo Convenio. -------------------------------------------------------------------------------------------------
De conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor.
RESOLUCION 773-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO Convenio
C.I. |
APELLIDO Y NOMBRE |
00000221-66 |
ALLER DANIEL EDUARDO |
00000226-66 |
SIMEONE CARLOS LUCIO |
00000253-67 |
MORALES ALFREDO MIGUEL |
00000298-66 |
PERNA FABIAN ALFREDO |
00000371-65 |
MORALES PATRICIO ARTURO |
00000377-69 |
CASTILLO SERGIO DANIEL |
00000434-66 |
YANNI RUBEN DARIO |
00000459-65 |
GARCIA MAURICIO ALBERTO |
00000480-66 |
DIAZ EDUARDO MAURICIO |
00000483-65 |
QUIROGA MIGUEL LEONARDO |
00000485-67 |
COLUNGA JORGE HORACIO |
00000513-66 |
ENRIQUE MIGUEL ANGEL |
00000535-66 |
RUBIEDA RENE ALBERTO JAVIER |
00000536-65 |
LEDESMA JORGE MILCIADES |
00000541-65 |
CARABAJAL JORGE ARNALDO |
00000616-66 |
RAMIREZ ALEJANDRO EMILIO |
00000627-65 |
LEDESMA RAUL MARCELO |
00000635-65 |
SAMULAK GUILLERMO MARCELO |
00000637-67 |
LUNA RICARDO WALTER |
00000638-55 |
PRADILLA GUILLERMO HUGO |
00000639-65 |
ROSALES WALTER ARTURO |
00000647-66 |
EPUL MARCOS EDUARDO |
00000649-69 |
LAZARTE GUSTAVO ALEJANDRO |
00000656-56 |
D'AMICO CARLOS ALFONSO |
00000667-66 |
CETTOUR GUSTAVO CARLOS JAVIER |
00000798-66 |
OLEA SERGIO MARTIN |
00000801-68 |
ROTH JORGE RICARDO |
00000805-65 |
DE LA VEGA JUAN NICOLAS |
00000807-67 |
RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL |
00000822-68 |
RAMALLO RICARDO ALEJANDRO |
00000825-68 |
FERNANDEZ JUAN CARLOS |
00000837-66 |
DOBAL GUSTAVO ADOLFO |
00000846-67 |
MARISEVICH JORGE EDUARDO |
00000865-69 |
PAILLAPAN MARIA VERONICA |
00000868-68 |
BELMONTE ANAHI SILVIA RAQUEL |
00000887-69 |
MANGIERI CARLOS ALBERTO |
00000890-66 |
ZARATEGUI EZEQUIEL MAXIMILIANO |
00000900-67 |
BARONE HUGO LUJAN |
00000912-67 |
YANNI EDUARDO JORGE |
00000916-66 |
PEREZ CLAUDIO NICOLAS |
00000937-67 |
SOTTO CARLOS ISAIAS |
00000940-66 |
BIROLETTI ALEJANDRO OSCAR |
00000945-68 |
LEDESMA RAUL JONATHAN |
00000948-66 |
WEIGUM MARTIN GABRIEL |
00000957-70 |
BARROSO EDUARDO VICTOR |
00000971-65 |
FALCON LEONARDO JOSE |
00000975-10 |
JOFRE PABLO ANTONIO |
00000986-69 |
PATINIOTIS ROJAS ANDREAS ALEJANDRO |
00000995-66 |
COLOMBO JAVIER ALEJANDRO |
00001000-4 |
LEDESMA JORGE DAMIAN |
00001007-67 |
ACTIS GROSSO CRISTIAN DANIEL |
00001008-66 |
CARABAJAL AUGUSTO GERMAN |
CI |
APELLIDO Y NOMBRE |
00001009-68 |
CEPEDA CARRASCO DAMIAN ARIEL |
00001010-68 |
DELFINO JONATAN JESUS EDUARDO |
00001011-68 |
JUNCO OSCAR RENE |
00001020-68 |
CANALES GUSTAVO DANIEL |
00001029-67 |
ORDAS MORALES FRANCISCO ALEJANDRO |
00001030-68 |
LOIZA MAXIMILIANO ANDRES |
00001034-66 |
MARTINEZ ROBERTO DANIEL |
00001038-67 |
TARELA MARA YAMILA |
00001053-67 |
BARRIONUEVO LEANDRO NAHUEL |
00001066-67 |
EYHERABIDE EZEQUIEL |
00001068-66 |
IZAGUIRRE JORGE DANIEL |
00001069-66 |
JACUE NICOLAS JORGE |
00001073-69 |
BAGALINI MARIANA LORENA |
00001074-66 |
DIAZ AGUSTIN DANIEL |
00001076-67 |
QUIROGA FACUNDO |
00001080-3 |
ARCE BRUNO ALBERTO |
00001081-67 |
MORALES LUCAS IVAN |
00001084-66 |
MENILLO CLAUDIO OMAR DANIEL |
00001090-6 |
PERNA LEANDRO ISAAC |
00001091-66 |
BERON ERIC LEONARDO |
00001092-67 |
BELMONTE ARIEL LEOPOLDO JUAN |
00001095-69 |
CISNEROS ROBERTO CARLOS |
00001098-67 |
DUARTE JOSE NICOLAS |
00001099-68 |
DIAZ ENZO DANEL |
00001110-6 |
GARCIA NESTOR FABIAN |
00001111-67 |
PUCHE LUCIANA PAULA |
00001120-66 |
PUGLIESE FEDERICO YAMIL |
00001125-68 |
MIGNINI ANA MARIA |
00001126-69 |
ALHAITS MARIO EDUARDO |
00001127-69 |
ALGAMIZ VALERIA MONICA |
00001135-5 |
VILLAVERDE DAVID HERNAN |
00001136-4 |
GALLARDO JORGE MATIAS |
00001137-5 |
LUIS JUAN MANUEL |
00001143-4 |
RAMOS GABRIEL ALEJANDRO CEFERINO |
00001146-5 |
EPUL LUCAS WALTER |
00001148-7 |
PEREYRA ADRIANA LUJAN |
00001152-8 |
HECH JUAN PABLO |
00001153-6 |
QUIROGA ANGEL FABIAN |
00001154-5 |
FALCON DAMIAN ANDRES |
00001162-3 |
CORREA LUCAS JOSE LUIS |
00001163-4 |
SAMULAK DAVID MARCELO |
00001169-4 |
PEREZ JULIAN NAHUEL |
00001174-5 |
TOTARO KEVIN RODRIGO |
00001177-7 |
LEDESMA SANHUEZA NESTOR EMMANUEL |
00001178-5 |
MONTES MARCELO ALEJANDRO |
00001185-5 |
LARES DAVID MANUEL |
00001187-5 |
SEGOVIA MIGUEL ANGEL |
00001188-4 |
CASTILLO JUAN CARLOS |
00001202-6 |
AGUIRRE ADRIAN EDUARDO |
00001203-5 |
FERRERO GUILLERMO VICENTE |
00001206-8 |
GIMENEZ JORGE RAIMUNDO |
00001211-5 |
BARROSO GERMAN EMANUEL |
00001212-5 |
GIMENO NAHUEL EZEQUIEL |
00001214-4 |
CARBAJO MAURICIO NICOLAS |
00001215-5 |
PUCCI CRISTIAN BLAS |
00001216-4 |
LEDESMA MARCELO EZEQUIEL |
00001219-6 |
DALPRATO GERMAN EMANUEL ALEJANDRO |
00001220-6 |
PASO SERGIO MAURICIO |
00001246-4 |
LEDESMA CLAUDIO ALEJANDRO |
00001260-3 |
DERBIZ NATALIA NOEMI |
00001263-4 |
CORDOBA JOSE LUIS DE CONSOLACION |
00001268-4 |
MIRANDA CARMEN CAROLINA |
00001270-5 |
HERMO BRIAN EZEQUIEL |
00001271-6 |
MEDINA LEIVA PATROCINIO |
00001272-3 |
VALENZUELA ARIEL HERNAN |
00001275-3 |
SIMEONE FRANCO JOEL |
00001277-3 |
EPUL AGUSTIN EXEQUIEL |
00001280-3 |
KREN BRAIAN ALAN |
00001283-2 |
ABALOS DAMIAN EZEQUIEL |
00001284-2 |
SALAS JUAN EZEQUIEL |
00001285-2 |
FUENTES MATIAS ESTEBAN |
00001289-2 |
ROCHE DARIO ABEL |
00001290-2 |
RAMIREZ JUAN MANUEL |
00001291-3 |
MORALES GASTON ARTURO |
00001292-3 |
RUBIEDA MARCOS ROMAN |
00001293-3 |
RAMIREZ ESTEBAN MARTIN |
00001294-3 |
GONZALEZ JEREMIAS ISRAEL |
00001298-2 |
DIAZ RODRIGO EZEQUIEL LEON |
00001299-2 |
TORASSO MANCUSO KEVIN DAMIAN |
00001301-1 |
MAIDANA MAXIMILIANO EDUARDO |
00001304-1 |
MAFFIA MAILEN SOLANGE |
00001306-1 |
CORDOBA PAULA LORENA |
00001318-2 |
LEDESMA GUSTAVO ALBERTO |
00001320-1 |
PETRUCCELLI CAMILA ANTONELLA |
00001323-1 |
CASTILLO LEMMO MATÍAS JAVIER |
00001324-1 |
RODRIGUEZ BAUTISTA |
00001325-1 |
ROMAN HERNAN DARIO |
00001327-1 |
HERNANDEZ SEBASTIAN |
00001336-1 |
MAFFIA ARIEL FRANCO |
00001339-1 |
PAVON SIHUEN MANUEL |
00001340-1 |
LUSI FACUNDO NICOLAS |
00001341-1 |
PAIS FRANCO LEONEL |
00001342-1 |
SAMULAK ALEJANDRO DANIEL |
00001344-1 |
PEREZ JONATHAN ADRIAN |
Cantidad de personal beneficiado al 30/06/2021= 146
RESOLUCION 773-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
|
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la Licitación Pública Nº 25/21: “ADQUISICION DE FURGONES MEDIANOS” y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones el cual se encuentra adjunto en el Expediente Digital de referencia, habiéndose incorporado en el mismo las modificaciones sugeridas por la Gerencia de Logística Operativa según nota de fecha 01/10/21 y por el Área Contaduría según Nota Nº 14 (12/10/21);
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones adjunto al Expediente Digital de -------------------- la Licitación Pública N° 25/21. ---------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 25/21 referente a la “ADQUISICION
---------------------- DE FURGONES MEDIANOS” cuya fecha de apertura de sobre se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en el diario local, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Gerencia de Compras y Suministros.
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE -------------------- LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por dos (2) días en el diario local LA CAPITAL.-------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la --------------------- Licitación Pública N° 25/21 integrada por el Ing Pablo Simoni, quien presidirá la misma como titular y como suplente el Ing Joaquín Negri ambos por la Gerencia de Logística Operativa y el CP Mariano Bianchini como titular y la Lic Maria Marta Solera como suplente, ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Paula Archimio como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ------------------------------------------
ARTICULO 5º: Invitar a participar a las firmas del ramo.----------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 774-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 20/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 215-C-13 Cpo. 01 a 04 y 05 (digital) referente a las “OBRAS DE MENOR ENVERGADURA P/ PYMES Y COOPERATIVAS” y ;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 114/21 de fecha 18 de Febrero de 2021, se aprueban las modificaciones presentadas en los ítems de mano de obra y Pliego de bases y Condiciones con el fin de aclarar y resolver situaciones problemáticas que se presentan cotidianamente;
Que en virtud de dar cumplimiento con el procedimiento de determinación de precios oficiales establecido en el Punto 2 II del Anexo I: “Modalidad para determinación de los Ítems, los precios oficiales y Adjudicación de precios unitarios”, el Área Contaduría, incorpora la Resolución nº 6/2021 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil el cual establece en su Artículo Nº 1 el valor vigente a partir del 1º de Septiembre de 2021.
Que el Área Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca en conjunto con el Área Apoyo e Ingeniería de la Gerencia de Obras, actualiza al 1º de Octubre del 2021, el presupuesto oficial a los valores vigentes de Salario Mínimo Vital y Móvil para este tipo de Obras, agregando en formato digital el presupuesto de mano de obra actualizado para AGUA y CLOACA;
Que con la finalidad de agilizar el procedimiento de actualización de precios para Obras de Menor Envergadura, la Gerencia de Compras y Suministros en concordancia con la Gerencia de Obras, Gerencia de Grandes Consumidores y el Area Contaduría, sugieren la posibilidad de que se realice la actualización automática de los precios cuando se produzca una variación el SMVM;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a ---------------------las OBRAS DE MENOR ENVERGADURA P/ PYMES Y COOPERATIVAS.--------------------------------------
ARTICULO 2º: Aprobar la actualización de precios, en cumplimiento al procedimiento --------------------de determinación de precios oficiales establecido en el Punto 2 II del Anexo I: “Modalidad para determinación de los Ítems, los precios oficiales y Adjudicación de precios unitarios”.--------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Gerencia de Obras a realizar la actualización -----------------------automática de los precios, cuando el Area Cantaduría informe que se ha producido una modificación en el SMVM.----------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a invitar a las ----------------------Cooperativas y PYMES a cotizar los precios actualizados para Obras de Menor Envergadura a fin de realizar el acto administrativo correspondiente a la adjudicación de precios.--------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Gerencia --------------------General de Grandes Consumidores, Gerencia de Compras y Suministros, Gerencia de Obras, Contaduría y a quienes más corresponda y cúmplase.-
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
RESOLUCION 775-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 21/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 92/21 referente a la “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 92/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 4 (cuatro) empresas del ramo solo presentó oferta 1 (una) firma a saber: CIAGESER S.A según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que CIAGESER S.A se encuentra inscripta en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/2022.
Que el Área Pañol y Administración dependiente de la Gerencia de Logística Operativa informa que habiendo analizado la oferta presentada, la firma CIAGESER S.A. cumple con lo solicitado
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 92/2021 “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.032.800,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 92/2021 ------------------ referente al “SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DESOBSTRUCTOR”.-----------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 92/2021 “SERVICIO DE ALQUILER ----------------- DE CAMION DESOBSTRUCTOR” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.032.800,00) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser igual al Presupuesto Oficial.---------------------------------------------
ARTICULO 3°: Los servicios serán prestados por 160 horas en días hábiles, a partir del día ------------------ siguiente a haber recibido la Orden de Compra respectiva. O.S.S.E. brindará el personal para la desobstrucción. La certificación se realizará por hora trabajada. El plazo prestación del servicio será de 20 (veinte) días hábiles.--------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A ------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros de OSSE comunicará a la firma ----------------- adjudicataria el día de inicio de la prestación del servicio contratado y lugar donde deberá presentarse a designar por la Gerencia de Producción o la Gerencia de Logística Operativa de OSSE, dentro del horario asignado tentativo: LUNES A VIERNES DE 6.30 A 14.30 HS. Dentro de ese horario OSSE utilizará los servicios contratados certificando las horas en que efectivamente éste se haya cumplido o haya estado disponible al pié de obra por requerimiento exclusivo de OSSE. OSSE no abonará los días no trabajados por lluvia u otra inclemencia climática y consecuencia. OSSE podrá modificar el horario de acuerdo a sus necesidades, notificándoselo a la contratista con 24 (veinticuatro) horas de anticipación. En caso de emergencia la notificación será telefónica a la Gerencia de Producción o de Logística operativa, siendo efectuada por escrito y en forma fehaciente en el día hábil inmediatamente posterior. O.S.S.E. podrá en forma transitoria o permanente, alterar o adecuar los días y horarios de prestación del servicio según su propia conveniencia, incluyendo sábados; y excepcionalmente domingos, feriados o días no laborables; para lo cual será suficiente la notificación previa a la contratista. Las horas de servicio comenzarán a computarse desde el momento en que el equipo requerido llegue al lugar indicado por OSSE, y dentro del horario acordado, finalizando cuando el mismo se retire del lugar. La Gerencia de Producción certificará las horas prestadas por el adjudicatario, y visará la Gerencia de Logística Operativa.--------------------------------------------------
ARTICULO 6º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma CIAGESER S.A
------------------- que en un plazo máximo de 5 ( cinco) días hábiles de notificada la presente deberá dar cumplimiento con la presentación de la documentación requerida en el Art. 18 del PByC.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 8º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 776-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 21/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado para los Renglones Nº 07 y 09 y Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 04 al oferente JUAREZ RAMON ANGEL autorizado por Resolución de Directorio Nº 722/2021 de fecha 29/09/21 según da cuenta la documentación agregada al Expediente digital de referencia;
Que con fecha 01/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 04 correspondiente a JUAREZ ANGEL RAMON y con fecha 14/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de sobres del Segundo llamado a Licitación de referencia presentándose para el mismo 2 (dos) oferentes: VINITZKY CLAUDIO JOSE y LEON ROBERTO WALTER;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 18/10/2021 informa lo siguiente: 1) MEJORA DE PRECIOS (Renglón Nº 04) habiéndose requerido una Mejora de Precios al Sr JUAREZ ANGEL RAMON para el Renglón Nº 04 el mismo cotizó la suma de $504 mejorando así un 18.85% su oferta original y en coincidencia con el Presupuesto Oficial. En consecuencia recomiendan asignar el Renglón Nº 04 (p/ Gerencia de Producción – Batán) al mencionado oferente; 2) SEGUNDO LLAMADO (renglones Nº 07 y 09) a) Análisis de Documentación: VINITZKY CLAUDIO: Presenta la totalidad de la documentación requerida en el PByC cotiza renglones Nº 07 y 09; LEON ROBERTO WALTER: El oferente presenta Anexo 5 incompleto y advierte que el Anexo 4 al constituir domicilio no indica el piso y departamento consignado en el Anexo 5. Presenta el resto de la documentación requerida y cotiza el Renglón Nº 9; b) Análisis Técnico: DECLARAN ADMISIBLES las siguientes ofertas: Renglón Nº 7 VINITZKY CLAUDIO JOSE y Renglón Nº 09 LEON ROBERTO WALTER y declarar INADMISIBLE el renglón Nº 07 cotizado por LEON ROBERTO WALTER en virtud que cotiza con vehículo Pick Up marca Fiat Toro 2.0 siendo requerida camioneta todo terreno apta para trabajos fuertes y terrenos agrestes de tipo chevrolet S10, Nissan Frontier, Amarok, Toyota Hilux, Ford Ranger o similar doble tracción no menor a 2.5 cilindradas. Por lo expuesto la Comisión recomienda:1) Renglón Nº 07: Solicitar una Mejora de Precios al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE ya que el precios cotizado se encuentra un 33.77% por encima del Presupuesto Oficial y; 2) Asignar el Renglón Nº 9 (Gerencia de Producción – Operaciones CAS sur) al oferente LEON WALTER ROBERTO quedando la misma supeditada a que previamente el oferente complete con sus datos los Anexos 4 y 5;
Que esta Gerencia observa del Acta de Comisión que por un error involuntario invirtieron los números de los Renglones cotizados por cada proponente para el Segundo llamado a Licitación siendo los correctos los siguientes VINITZKY CLAUDIO cotiza el Renglón Nº 7 y LEON ROBERTO WALTER cotiza los Renglones Nº 07 y 09;
Que el oferente LEON WALTER ROBERTO ha dado cumplimiento con la presentación de los Anexo 4 y 5 completos;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: 1) Rechazar las oferta presentada por el oferente LEON ROBERTO WALTER para el Renglón Nº 07 por los motivos expuestos precedentemente;2) Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras y; 3) ADJUDICAR los Renglones 04 y 09 de la Licitación Pública Nº 15/2021 Mejora de Ofertas y Segundo llamado “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 04: |
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OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
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JUAREZ RAMON ANGEL |
Renault Master Modelo 2011 Patente: JXO 622 |
$ 504.00 |
Area Control de Flota |
L A V |
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Renglón Nº 09: |
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OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
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LEON ROBERTO WALTER |
Fiat Toro 2.0 4x4 Volcano Modelo 2018 Patente: AC828EA |
$ 681.00 |
Area Control de Flota |
L A D |
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Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2: Rechazar las oferta presentada por el oferente LEON ROBERTO WALTER ------------------ para el Renglón Nº 07 en virtud que cotiza con vehículo Pick Up marca Fiat Toro 2.0 siendo requerida camioneta todo terreno apta para trabajos fuertes y terrenos agrestes de tipo chevrolet S10, Nissan Frontier, Amarok, Toyota Hilux, Ford Ranger o similar doble tracción no menor a 2.5 cilindradas.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: ADJUDICAR los Renglones 04 y 09 de la Licitación Pública Nº 15/2021 -------------------- Mejora de Ofertas y Segundo llamado “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
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ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a los adjudicatarios que --------------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán constituir un Depósito de Garantía equivalente al 5% del monto contractual (Art. 5.3 de las Cláusulas Generales), el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE de acuerdo a lo establecido en el Art. 3.5 de las Cláusulas Generales. En caso de hacer uso de la opción del descuento en una única cuota deducible de la primer factura, en igual plazo, deberán presentar nota al respecto (Art. 5.4 de las Cláusulas Generales).--------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a los adjudicatarios que ----------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán presentar la documentación requerida en el Art. 13 de las Cláusulas Particulares.-------------------------------
ARTICULO 6º: El servicio se prestará por el plazo de 6 (seis) meses, a partir de la notificación de la presente o hasta agotar las horas contratadas de servicio efectivo del vehículo, pudiendo OSSE hacer uso de la Opción prevista en el Art. 3 de las presentes Cláusulas.---------------------
ARTICULO 7º: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para ------------------ el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial para el mencionado Renglón cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras----
ARTICULO 8º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 3º.----------------------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 777-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION UNIFORMES” que tramita bajo la Licitación Pública Nº 16/2021; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública Nº 16/2021 autorizado por Resolución de Directorio Nº 603/21 de fecha 24/08/21, según surge de las actuaciones agregadas al Expediente digital habiendo presentando oferta 6 (seis) firmas a saber PATAGONYKA GROUP SA, CONFAL SA, VENDITTI LUIS ALBERTO, ALVAREZ ROCIO BELEN, CALE URBANO SA y ABETE Y CIA SA según surge del Acta de Apertura de fecha 22/09/21;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación mediante Acta de reunión de fecha 04/10/21informa lo siguiente: Análisis de documentación la firma PATAGONYKA GROUP S.A, no presenta copia del Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, sí acompaña el resto de la documentación requerida y; las firmas ABETE y CIA S.A., VENDITI LUIS ALBERTO, CONFAL S.A., CALE URBANO S.A. y ALVAREZ ROCIO BELEN presentan la totalidad de documentación exigida. Análisis de Muestras: PATAGONYKA GROUP S.A. RENGLON 01 (Camisa Grafa)): NO CUMPLE. No tiene logo estampado ni cinta reflectiva; presenta muestra de color verde. Presenta nota respecto al color; RENGLON 02 Pantalón Grafa): NO CUMPLE. Falta cinta reflectaiva, botones y trabas en el bolsillo trasero; RENGLON 03 (Jean caballero): CUMPLE; RENGLON 04 (Buzo de algodón) NO CUMPLE. Falta la etiqueta que describe la composición de la tela. La cinta reflectiva, no cumple con el ancho de 40 mm, la medida del contorno de tórax no corresponde con el talle "M" del cuadro OSSE presente en el PBC y las medidas del refuerzo del codo tampoco cumplen con las medidas exigidas; RENGLON 05 (Campera de abrigo): NO CUMPLE Falta logo, falta cruce cubre barbijo, no cumple con las medidas del bolsillo interno, no cumple con las medidas del velcro, no cumple con las medidas del talle de la muestra que ofrece (talle L) y RENGLON 06 (Chomba): NO CUMPLE Falta logo (pero se observa la calidad del estampado en el buzo -renglón 4- presentado por la firma), los botones no son azules, no cumple con la medida de largo correspondiente al talle de la muestra (XL) con las del cuadro OSSE presente en el PByC. ABETE Y CIA S.A. RENGLON 03 (Jean caballero – Oferta Alternativa): CUMPLE; RENGLON 06 (Chomba Oferta Alternativa): NO CUMPLE: El porcentaje solicitado en la composición de la tela (es 100% de algodón y se solicita mezcla con poliéster en el PByC), se observa confección defectuosa y no cumple con las medidas del cuadro OSSE y RENGLON 08 (Jean dama – Oferta Alternativa): CUMPLE. VENDITTI LUIS ALBERTO: RENGLON 03 (Jean caballero): NO CUMPLE. El tipo de tela y la doble costura cañón solicitada en el PByC; RENGLON 06 (Chomba): NO CUMPLE. Los botones son blancos, no tiene logo estampado. En el caso de adjudicarse sugieren notificar fehacientemente al proveedor que deberá respetar la curva de talles de OSSE presente en el PByC y deberá presentar la muestra con logo estampado, etiqueta y botones azules; RENGLON 07 (Pantalón vestir dama) y RENGLON 09 (camisa manga larga dama): CUMPLEN; RENGLON 10 (Camisa manga corta dama): CUMPLE. Se sugiere notificar fehacientemente al proveedor que las medidas del bolsillo coincidan con lo solicitado en el PByC; RENGLON 11 (Cárdigan dama); RENGLON 12 (Pantalón de vestir caballero); RENGLON 13 (Camisa caballero manga larga)y RENGLON 14 (camisa caballero manga corta): CUMPLEN y; RENGLON 15 (sweater cashmilon caballero): NO CUMPLE con la curva de talles establecidos. Presenta nota respecto al plazo de entrega. Sugieren solicitar al proveedor respetar los plazos establecidos por OSSE para cada renglón. ALVAREZ ROCIO BELEN. RENGLON 04 (Buzo algodón): CUMPLE. Presenta una muestra talle 04 con las medidas para un talle 03. Sugieren notificar fehacientemente al proveedor que deberá respetar la curva de talles de OSSE; RENGLON 05 (Campera de abrigo); RENGLON 07 (Pantalón de vestir dama); RENGLON 09 (Camisa dama manga larga); RENGLON 09 (Camisa dama manga larga – Oferta Alternativa); RENGLON 10 (Camisa manga corta dama): CUMPLE; RENGLON 10 (Camisa manga corta dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El largo de la manga de acuerdo a lo especificado en el PByC y RENGLON 12 (Pantalón de vestir caballero): NO CUMPLE. La tela interna es contrastante (color blanco) y se observan desprolijidades en las costuras en la confección de la prenda (además, se observa que se añadió un trozo de tela para colocar el botón interno). CALE URBANO S.A RENGLON 01 (Camisa Grafa - Oferta Básica): NO CUMPLE. La muestra no posee cinta reflectiva, el logo no es el que se solicita y tampoco cumple con el color. Pero el proveedor presenta nota aclaratoria junto con la cotización, donde se compromete a cumplir con lo establecido en el pliego; RENGLON 02 (Pantalón Grafa - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. La muestra no tiene la traba ni los botones en los bolsillos traseros. No cumple con el color de la prenda ni posee la cinta reflectiva.- Pero el proveedor presenta nota aclaratoria junto con la cotización, donde se compromete a cumplir con lo establecido en el pliego; RENGLON 03 (Jean caballero -Oferta Básica): NO CUMPLE. No tiene costura doble cañón necesaria en un pantalón de trabajo, el color no es el solicitado, no posee etiqueta con el talle, lo que impide evaluar el resto de las características; RENGLON 04 (Buzo de algodón - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No tiene la cinta reflectiva, el logo no es el solicitado, la tela no posee la composición requerida, no tiene refuerzos en los codos; RENGLON 05 (Campera de abrigo Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No tiene manta en el cuello, el puño mide 2 cm (se solicita 5 cm) Posee 3 broches muy espaciados, en lugar de 4 como mínimo que se solicita. El logo no es el correcto; RENGLON 06 (Chomba - Oferta Básica): NO CUMPLE. La presentación de la muestra es confusa (presenta dos muestras una azul como básica con la nota abrochada y una gris sin aclaraciones lo que impide su análisis), el diagrama del logo no es el correcto, la chomba azul no tiene 3 cm de ribb en la terminación de la manga como se solicita en el PBC. No indican talle lo que impide evaluar si las medidas son las que corresponden; RENGLON 07 (Pantalón vestir dama - Oferta Alternativa): NO CUMPLE. La tela utilizada para su confección es " Cotton satén", que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada; RENGLON 08 (Jean dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Es pinzado en la cintura. Se observa una costura desprolija en la parte inferior de ambas piernas; RENGLON 09 (Camisa dama manga larga – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Falta bolsillo, el logo no es el solicitado, tela traslúcida, no cumple con la distancia de 7 cm entre botones indispensable en camisa de dama para evitar aberturas; RENGLON 10 (Camisa dama manga corta – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. Posee manga ¾, no cumple con las medidas de largo de manga solicitado en PBC.- No cumple con la distancia de 7 cm entre botones indispensable en camisa de dama para evitar aberturas; RENGLON 11 (Cárdigan dama – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El tejido es de hilo que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. De resultar adjudicado se sugiere solicitar al proveedor presentar la muestra en color azul; RENGLON 12 (Pantalón vestir caballero – No se aclara si la Oferta es Básica o Alternativa: NO CUMPLE. La tela es alpaca que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. Le falta el botón interno y la etiqueta de talle.- Se sugiere solicitar al proveedor se ajuste a las medidas del cuadro de talles OSSE del PBC; RENGLON 13 (Camisa manga larga caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El cuello es blando y deformable. El logo no es el correcto, no posee bolsillos, no posee etiquetas lo que impide su correcta evaluación; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El cuello es blando y deformable. El logo no es el correcto, no posee bolsillos, no posee etiquetas lo que impide su correcta evaluación; RENGLON 15 (Sweater escote v caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. El tejido es de hilo que esta comisión considera como de calidad superior a la solicitada. CONFAL S.A: RENGLON 01 (Camisa Grafa): NO CUMPLE las especificaciones pero presenta nota con otros plazos de entrega más extensos que los del pliego. Aceptando su opción del estampado en el lugar superior al bolsillo (aceptado por OSSE como excepción en la O. de C. 292/2020 - Concurso de Precios 13/20); RENGLON 02 (Pantalón Grafa): CUMPLE las especificaciones pero presenta nota con otros plazos de entrega más extensos que los del pliego. De adjudicarse se sugiere solicitar al proveedor que el plazo de entrega sea 45 días como plazo máximo; RENGLON 03 (Jean caballero) CUMPLE. De adjudicarse, se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON 04 (Buzo algodón): CUMPLE. De adjudicarse se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON 05 (Campera de abrigo): NO CUMPLE las especificaciones. Se sugiere la oferta básica de manga recta, y aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor. Presenta un modelo alternativo que CUMPLE con las especificaciones técnicas, con la única diferencia que es .manga ranglan; RENGLON 06 (Chomba) NO CUMPLE no tiene el logo. Se sugiere solicitar al proveedor presentar la muestra con logo estampado. Se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON13 (Camisa manga larga caballero): NO CUMPLE, si bien no posee logo, ni bolsillos, ni el bordado del logo, el proveedor presenta NOTA ACLARATORIA EN LA OFERTA, donde expresa que de ser adjudicado cumplirá con lo solicitado en el PBC. Y que el logo está en poder de OSSE pues fue presentado en la licitación 4/2020. Se sugiere aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor; RENGLON13 (Camisa manga larga caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No se puede evaluar la confección en un trozo de tela de 10 cm x 10 cm aprox. que es lo presentado; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero): NO CUMPLE. Presenta NOTA ACLARATORIA EN LA OFERTA, donde expresa que de ser adjudicado cumplirá con lo solicitado en el PBC. Y que el logo está en poder de OSSE pues fue presentado en la licitación 4/2020; RENGLON 14 (Camisa manga corta caballero – Oferta Alternativa): NO CUMPLE. No se puede evaluar la confección en un trozo de tela de 10 cm x 10 cm aprox. que es lo presentado y; RENGLON 15 (Sweater caballero): Color azulino. Sugieren aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega que propone el proveedor. Por lo tanto recomiendan: 1) DECLARAR ADMISIBLE: PATAGONYKA GROUP S.A: Renglón 03, Oferta Básica.; ABETE Y CIA S.A.: Renglones 03 y 08, Oferta Alternativa; VENDITI LUIS: Renglones 07, 09 ,10, 11 12,13 y 14, Oferta Básica; CONFAL S.A: Renglones 02, 03 04 y 15, Oferta Básica y ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones 04, 05, 07 y 10, Oferta Básica y Renglón 09 Oferta Alternativa; 2) Solicitar a todas las firmas oferentes que NO CUMPLEN, presenten nuevamente muestras de las prendas en los términos consignados en las especificaciones técnicas, y de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 08 último párrafo del PByC, en un plazo de 05 días hábiles y; 3) Completar la Documentación Faltante Solicitada
Que la Gerencia de Compras y Suministros previo a remitir lo requerido realizó un análisis de las actuaciones indicando lo siguiente: CONFAL SA: Renglón Nº 01 “Camisa Grafa” La comisión indica que la muestra presentada no cumple pero en forma siguiente agregan que aceptan la opción del estampado en el lugar superior del bolsillo el cual fue aprobado oportunamente por OSSE en el marco del Concurso de Precios Nº 13/2020 (OC 292/20). Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestras de este ítem; Renglón Nº 05 “Campera de Abrigo” (Oferta Básica) La comisión indica que no cumple las especificaciones pero sugieren la oferta básica manga recta, y aceptar la propuesta de 45 días como plazo máximo. Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestra de este ítem; Renglón Nº 15 “Sweater Caballero” La comisión no especifica si la misma cumple o no con lo requerido pero sugieren aceptar la propuesta de 45 días corridos como plazo de entrega. Por lo tanto esta Gerencia entiende que la misma cumplimenta técnicamente con lo requerido por lo que no se les requirió nueva presentación de muestra de este ítem. CALE URBANO SA: Al respecto, la Comisión requirió, entre otros, la presentación de nuevas muestras para los Renglones los Renglones Nº 07 “Pantalón de vestir dama” Oferta Alternativa; Renglón Nº 11 “Cardigan Dama” (Oferta Alternativa) y Renglón Nº 15 “Sweater escote caballero” (Oferta Alternativa). Al respecto esta Gerencia entiende que las mismas cumplirían técnicamente en virtud de tratarse de ofertas alternativas y que la tela utilizada, según lo informado por la Comisión, es de calidad superior a la solicitada dando cumplimiento con el requisitos de calidad y confección requerido en las Cláusulas Técnicas. Por lo tanto no se les requirió la presentación de nuevas muestras. En virtud de lo expuesto resultarían ofertas ADMISIBLES las siguientes: VENDITTI LUIS ALBERTO Renglones Nº 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 03 (Oferta Alternativas) y 08 (Oferta Alternativa); ALVAREZ ROCIO BELEN Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta Básica y Alternativa) y 10 (Oferta Básica); PATAGONYKA GROUP SA Renglón Nº 03; CONFAL SA Renglón Nº 01 a 05 y 15 y CALE URBANO los renglones Nº 07 (Oferta Alternativa) Nº11 (Alternativa) y Nº 15 (Alternativa)
Que en función del análisis realizado por esta Gerencia, se les requirió a las firmas proponentes mediante Cédula de Notificación la presentación de nuevas muestras y aclaraciones para los Renglones correspondientes. Al respecto, dichas firmas dan cumplimiento con la presentación de la documentación requerida;
Que la Comisión de Estudio de Oferta en Acta de Reunión de fecha 22/10/2021 informa lo siguiente: ACLARACIONES PREVIAS observan que La firma ABETE y CIA S.A no presentó nuevas muestras para el renglón 6 (oferta alternativa). La firma PATAGONYKA GROUP S.A. presenta nota manifestando la imposibilidad de modificar las muestras presentadas en el plazo requerido por OSSE, razón por la cual no acompañan nuevas muestras La firma VENDITTI LUIS ALBERTO presenta nota en la que advierten que no llegan a presentar muestra para el renglón 3 y que cumplirán con las especificaciones técnicas para los renglones 6 y 10. Asimismo, informa con respecto al renglón 15, que se ajustará a la curva de talles dispuesta por OSSE. La firma ALVAREZ ROCIO BELEN manifiesta que en lo que se refiere al renglón 10 que es una oferta alternativa y que cumplirán con las especificaciones técnicas requeridas para el renglón. En cuanto al renglón 4 se ajustará a los talles requeridos por OSSE. Ofrece opciones en cuanto a plazos de entrega, de los cuales optan por la opción entrega 100% a los 30 días corridos También presenta nota manifestando que mantiene su cotización hasta el 22/10/2021. CONFAL S.A. presenta nota manifestando que se ven imposibilitados de presentar nuevas muestras para los renglones 6 y 13 y que la chomba cotizada y presentada es la misma que se ofertó en la Licitación Pública N° 4/2020 Orden de Compra 661. No presentan nuevas muestras para los renglones 13 (ofertas básicas y alternativas) y 14 ( ofertas básicas y alternativas). Asimismo manifiestan que su propuesta se mantiene hasta el 22/10/2021. La firma CALE URBANO S.A. presenta nota manifestando que no presentarán muestras nuevas de los renglones 5, 6 y 12. 1.-Análisis de las muestras presentadas . Procedieron a la evaluación de las nuevas muestras presentadas por CALE URBANO S.A. , ALVAREZ ROCIO y CONFAL SA El resultado fue el siguiente: CONFAL S.A. Renglón 6 CHOMBA CUMPLE; CALE URBANO S.A: Renglón 1 CAMISA TELA TIPO GRAFA : CUMPLE (presentó dos muestras, en una se observa el logo y en otra la cinta reflectiva ); Renglón 2 : PANTALON GRAFA CUMPLE; Renglón 3 : JEAN CABALLERO CUMPLE; Renglón 4: BUZO ALGODÓN CUMPLE; Renglón 8 :JEAN DAMA CUMPLE; Renglones 9 y 10 : CAMISAS DAMA MANGA LARGA Y CORTA NO CUMPLEN ( las medidas de los bolsillos y la distancia entre botones no coinciden con lo requerido en las especificaciones técnicas); Renglón 13 : CAMISA MANGA LARGA CABALLERO ADM CUMPLE; Renglón 14 : CAMISA MANGA CORTA CABALLERO ADM CUMPLE. ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglon 4 BUZO ALGODON CUMPLE; Renglón 10 ( alternativa) CAMISA DAMA MANGA CORTA CUMPLE y Renglón 12 : PANTALON VESTIR CABALLERO CUMPLE. 2.-Habiendo analizado técnicamente las muestras mencionadas, RECOMIENDAN : 2.a) Declarar TECNICAMENTE ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL S.A renglones 1, 2, 3 , 4, 5, 6 y 15 (ofertas básicas) inclusive. PATAGONYKA GROUP S.A. renglón 3 (básica). ABETE Y CIA S.A renglón 3 ( oferta alternativa) y 8 ( oferta alternativa). ALVAREZ ROCIO BELEN : renglones 4, 5, 7. 9 ( oferta básica y alternativa, 10 (básica y alternativa ) y 12. VENDITTI LUIS ALBERTO renglones 6, 7 y 9 a 15 inclusive y CALE URBANO S.A. renglones 1, 2, (alternativa) 3, 4 (alternativa) 7 (alternativa) 8 (alternativa) 11 (alternativa) y 13 a 15 inclusive (alternativas). 2.b) RECHAZAR las siguientes ofertas que NO CUMPLEN con las especificaciones técnicas: CONFAL S.A. renglones 13 (básica y alternativa) y 14 ( básica y alternativa) PATAGONYKA GROUP S.A: renglones 1, 2, 4, 5 y 6 ( la firma no presentó nuevas muestras de estos renglones) ABETE Y CIA S.A renglón 6 ( alternativa) VENDITTI LUIS ALBERTO renglón 3. CALE URBANO S.A. : renglones 5 (alternativa), 6, 9 (alternativa), 10 (alternativa) y 12 (alternativa). 2. c) Habiendo analizado económicamente las ofertas ADMISIBLES recomiendan asignar los renglones de la siguiente manera: A la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los renglones 6 y 9 (ofertas básicas) por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 2.153.291,80.-); a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones 5, 7, 10 (Básica) y 12 por la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ( $ 1.540.850,00.-) Aclaran que se optó por la entrega del 100 % a los 30 días corridos. y; a la firma CALE URBANO S.A los renglones 1, 2 (alternativa), 3, 4 (alternativa), 8 (alternativa), 13 (alternativa y 14 (alternativa) por la suma de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ( $ 5.544.619,93.-) 2.-d) Se recomienda solicitar MEJORA DE PRECIOS a las firmas CONFAL S.A, y VENDITTI LUIS ALBERTO para los renglones 15 (los precios superan al P.O) y VENDITTI LUIS ALBERTO para el renglón 11 ( los precios superan al P.O).La Comisión recomienda a la Oficina de Compras aclarar a las oferentes que resulten preadjudicatarias que deberán indefectiblemente cumplir con la curva de talles establecida para las prendas ;
Que las firmas CONFAL SA y ALVAREZ ROCIO BELEN presentan nota informando que amplían el mantenimiento de sus propuestas hasta el día 27/10/2021 y 29/10/2021 ambos inclusive;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda 1) DECLARAR ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL SA renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03; 2) RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y Alternativa) y 14 (Ofertas Básicas y Alternativas); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive; ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones. ($10.296.514,00) y; 4) Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para el Renglón Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación -------------------- Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES”--------------------------------
ARTICULO 2º: DECLARAR ADMISIBLES de la Licitación Pública Nº 16/2021 las siguientes ------------------- ofertas: CONFAL SA: Renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA: Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03. -------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y ------------------ Alternativa) y 14 (Oferta Básica y Alternativa); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA los Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive.---------------
ARTICULO 4°: ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION -------------------UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones.--------------
ARTICULO 5º El plazo de entrega será de acuerdo al siguiente detalle: renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 05, 07, 10 (Oferta básica), 12, 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra con los talles; Renglón 08 (Oferta Alternativa) dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra; Renglones Nº 06 y 09 dentro de los 30 (treinta) a 40 (cuarenta) días hábiles de notificada la Orden de Compra y la toma de talles.----------------------------------------
ARTICULO 6°: La oficina de Compras comunicará a las firmas adjudicatarias que dentro de los 5 ------------------- (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------
ARTICULO 7º La Gerencia de compras y Suministros comunicará a las firmas adjudicatarias que ----------------- deberán cumplir con las curvas de talles establecidas por OSSE para las prendas.---
ARTICULO 8º: Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para ----------------- los Renglones Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 778-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 91/21 referente a la “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 91/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 02 (dos) firmas a saber: GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) y DOMINGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMINGUEZ ARZONDO ALEJANDRO S.H según surge del Acta de Apertura de fecha 13/10/2021;
Que todos los oferentes se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Servicios habiendo analizado las propuestas económicas presentadas por las firmas GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) y DOMINGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMINGUEZ ARZONDO ALEJANDRO S.H informa que ambas ofertas cumplen con lo requerido en las Especificaciones Técnicas;
Que en virtud que el domicilio declarado por la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en el Anexo 4 y 5 del Pedido de Cotización (Bordabehere Nº 222 Cta OSSE nº 409600/000) posee a la fecha una Deuda por Servicio Sanitario de $ 41.648.50, dicha firma con fecha 21/10/2021 presenta nota en cumplimiento del Art 6 Inc f) del PByC Particulares en la cual solicita, en caso de ser adjudicado, que se le descuente la deuda;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 91/2021 “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” a la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en las suma total de PESOS UN MILLON TREINTA MIL ($1.030.000,00)) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $1.269.290,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 91/2021 ------------------ referente a la “ADQUISICION CARROS PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES”.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 91/2021 “ADQUISICION CARROS ------------------- PARA MOVIMIENTO DE CONTENEDORES” a la firma GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) en las suma total de PESOS UN MILLON TREINTA MIL ($1.030.000,00)) con impuestos incluidos por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar al Área Tesorería a descontar del pago a realizarse a la firma ------------------ GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) el saldo correspondiente a la deuda por Servicio Sanitario del domicilio de la calle Bordabehere Nº 222 (Cta OSSE nº 409600/000) declarado en el Anexo 4 y 5.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El plazo de entrega será a partir de la notificación de la orden de compra a la ------------------- firma adjudicataria y de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº 1 a los 90 (noventa) días corridos y; Renglón Nº 2 a los 30 (treinta) días corridos.--------------------------
ARTICULO 5º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma ------------------- GONZALEZ AGUSTIN (METALURGICA ZOFF) que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras ------------------- y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.
RESOLUCION 779-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” y;
CONSIDERANDO
Que Por Resolución de Directorio Nº 306/20 de fecha 16/06/20 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 49/20 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($636.000.-) siendo el plazo de entrega en forma parcial y a requerimiento de OSSE otorgando una vez efectuado dicho requerimiento un plazo de hasta 7 días hábiles para hacer efectiva la entrega (Orden de Compra Nº 367/2020);
Que la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA constituyo Depósito de Garantía de Contrato en efectivo según Recibo Oficial Nº 125/20 por la suma de $31.800,00;
Que de acuerdo a lo informado por el Área Control de Flota de OSSE, respecto a que reiteraron varias veces a la Cooperativa el pedido de provisión de vallas sin tener resultado, la Gerencia de Compras y Suministros intimó mediante Cédula de fecha 13/05/2021 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA a hacer efectiva la entrega de las mencionadas vallas. Ante la falta de respuesta por parte de la Cooperativa con fecha 25/06/21 se los intimo nuevamente a dar cumplimiento con la entrega de las 213 vallas de señalización de madera restantes correspondiente a la Orden de Compra Nº 367/20. Al respecto, habiéndose vencido el día 01/07/21 el plazo para dar cumplimiento con la entrega de las vallas la Cooperativa no realizó la entrega correspondiente. Dicha situación ha afectado gravemente la operatoria de OSSE en virtud de la importancia que revisten las mismas para realizar los trabajos en la vía pública;
Que la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa con fecha 28/06/2021 solicito al Área Contaduría proceda a la desafectación definitiva del saldo restante de la Orden de Compra Nº 367/2020 ($112.890) por no haber dado cumplimiento con la entrega de las mencionadas vallas de señalización;
Que en virtud de lo anterior se solicitó al Área Contaduría y a la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos tome conocimiento y se expida respecto a si comparte el criterio de rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” por causas atribuibles a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA realizando el Acto administrativo que autorice a ejecutar el Depósito de Garantía de Contrato Nº 125/20 de $31.800,00 y a suspender a la mencionada Cooperativa del Registro de Proveedores de OSSE por el término de 1 (un) año. Al respecto el Área Contaduría informa lo siguiente: 1) En cumplimiento de lo solicitado, se ha procedido a desafectar, mediante documento 17-00065, el importe de $112.890 como saldo restante de la orden de compra 15/367 2020, reimputada en el corriente año bajo el numero 190-20200367, 2) Se comparte el criterio del Área de Compras, de rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a vallas de señalización vertical de madera, por causas atribuibles a la Cooperativa de trabajo LA RAZON DE MI VIDA LTDA., con lo cual se deberá realizar el Acto Administrativo que autorice a ejecutar el Depósito de Garantía de Contrato Nro. 125/20 de $31.800, aplicar las sanciones que correspondan al proveedor por incumplimiento de contrato en un todo de acuerdo con la normativa vigente y la que rige para la presente contratación, e incluir en dicho acto administrativo la aprobación de la desafectación efectuada por esta Contaduría en cumplimiento de lo solicitado por la Jefatura de Compras en el punto anterior. En igual sentido, la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos informa que comparte el criterio de la Sra. Jefa de Compras, entendiendo que es procedente la rescisión del Concurso de Precios N° 49/2020 por causas atribuibles a la Cooperativa de Trabajo “La razón de mi vida” Ltda., la ejecución del Depósito en Garantía del contrato n° 125/20 de $31.800,00 y la determinación de la sanción que estime la Gerencia de Compras por el plazo que se considere adecuado;
Que en razón a lo anteriormente expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) Rescindir el Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” adjudicado a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA., por causas atribuibles exclusivamente a la Cooperativa por los motivos expuestos en el exordio de la presente , 2) Autorizar a la Contaduría y Tesorería a ejecutar el Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 125/20 de fecha 18/06/2020, y 3) Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a suspender a la Cooperativa por el término de (02) dos años a partir de su notificación en el Registro de Proveedores de OSSE notificando a la Municipalidad y a todos les entes Municipales, a fin de que procedan en el mismo sentido, en virtud de los perjuicios operativos y económicos ocasionados a OSSE,;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente al ------------------- Concurso de Precios Nº 49/20 referente a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS”.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Rescindir la contratación correspondiente al Concurso de Precios Nº 49/20 referente ------------------- a “VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERAS” efectuada con la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA., por causas atribuibles exclusivamente a la cooperativa.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría y a la Tesorería a proceder a la ejecución del Depósito ------------------ de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 125/20 de fecha 18/06/2020 perteneciente a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA. ----
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a la desafectación de la Orden de Compra Nº 367/20 ------------------- reimputada en el corriente año bajo el numero 190-20200367, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a suspender del Registro de ------------------- Proveedores de OSSE a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por el término de (02) dos años, notificando a la Municipalidad y a todos les entes Municipales, a fin de que procedan en el mismo sentido, inhabilitando a la misma para participar en futuras contrataciones, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto en la presente resolución.----------------------------
ARTICULO 7º: Dese al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a ------------------- los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase-
RESOLUCION 780-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 451-C-2021 Cuerpo 01 referente a la Obra “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JUANA MANSO Y CARASA” y;
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones para la obra de referencia el cual se encuentra incorporado de fs. 10 a 116, ambos inclusive, del citado expediente;
Que a fs. 119 y 120 obran dictámenes de la Gerencia de Contaduría y la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos quienes informan no tener observaciones para formular sobre el mismo;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 10 a 116, ambos ------------------- inclusive, del expediente Nº 451-C-2021. -----------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada Nº 21/2021 referente a la Obra ------------------- “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JUANA MANSO Y CARASA”, cuya fecha de apertura de sobres será a los 5 (cinco) días corridos de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la -------------------Licitación Privada Nº 21/2021 integrada por el Ing. Pablo Senci quien presidirá la misma como titular y la Arq. Alejandra Franco como suplente, ambos por la Gerencia de Producción; la Lic. María Marta Solera como titular y el CP Mariano Bianchini como suplente ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Graciela Leone como titular y Dra. Paulina Archimio como suplente ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------
RESOLUCION 781-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED” que tramita bajo la Licitación Privada Nº 14/2020 y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 051/21 de fecha 28 de Enero de 2021, se adjudicó la Licitación Privada Nº 14/2020 Segundo llamado “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED” a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A en su Oferta Tipo: Alternativa 2 Bienes Importados (Tipo de Cambio vendedor utilizado BNA de fecha 06/01/21 $89.75) por la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 56/100 ($1.451.145,56) con impuestos incluidos, ofreciendo para los Renglones 3 y 4 una mayor cantidad de productos a fin de completar 2 SFPs por Switch junto con su Patch Cords., por cumplir con lo requerido en el pliego, ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse por debajo del presupuesto oficial de $ 1.515.011,90 (Orden de Compra Nº 110/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A , ha dado cumplimiento con todo lo requerido por su gerencia según Orden de Compra Nº 110/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 110/21 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 17/21 de fecha 04 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A --------------------la Licitación Privada Nº 14/2020 Segundo llamado “ADQUISICION DE SWITCH, FUENTE DE ALIMENTACION Y OTROS DISPOSITIVOS DE RED”.---------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 17/21 de fecha 04 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma TECHNOLOGY BUREAU S.A.-----------------------------
ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 782-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 60/20 referente al “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 321/20 de fecha 25/06/2020, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 60/20 “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” a la firma M.O.S.T S.A por la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 396.000,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $408.000,00 (Orden de compra Nº 419/20 ( 190-20200419/21);
Que por Resolución de Directorio Nº 413/21 de fecha 18 de Junio de 2021, se resolvió Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 419/20 perteneciente a la firma M.O.S.T SA correspondiente al Concurso de Precios Nº 60/20 “SERVICIO DE SOPORTE ORACLE” por la suma de total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($66.000,00), equivalente al 16,66% del monto contratado originalmente encontrándose el mismo por debajo del límite fijado en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones (Orden de compra Nº 574/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma M.O.S.T SA ha dado total cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a las Órdenes de Compra Nº 419/20 y Nº 574/21 (ampliación), constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra Nº 419/20 y Nº 574/21 (ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA a la fecha se encuentran totalmente canceladas, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 134/20 de fecha 02 de Julio de 2020 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159/21 de fecha 02 de Julio de 2021(ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma M.O.S.T SA el Concurso de Precios Nº ------------------ 60/20 referente al " SERVICIO DE SOPORTE ORACLE”. ------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 134/20 de fecha 02 de Julio de 2020 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159/21 de fecha 02 de Julio de 2021(ampliación) pertenecientes a la firma M.O.S.T SA. -------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 783-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 45/21 referente a la “ADQUISICION MEDIDORES DE AGUA CLASE B DE GRANDES DIMENSIONES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 381/21 de fecha 03 de Junio de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 45/21 referente a la “ADQUISICION MEDIDORES DE AGUA CLASE B DE GRANDES DIMENSIONES” de la siguiente manera: a la firma BOIERO SA el renglón 3 en su Oferta Alternativa Bienes Importados (COTIZACIÓN DEL DOLAR TIPO VENDEDOR DEL BNA DEL DÍA 21-05-21 a $99,25) por la suma total de $321.097,30 con impuestos incluidos; y a la firma EXION S.R.L los renglones 1, 2 y 4 (en su Oferta Básica Bienes Nacionales) por la suma total de $361.449,00 con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 30/100 ($682.546,30) con impuestos incluidos (Órdenes de Compra Nª 510/21 y Nº 527/21 respectivamente);
Que la Gerencia de Servicios informa que las firmas BOIERO S.A. y EXION S.R.L cumplieron satisfactoriamente con los productos entregados, según consta en actuaciones agregadas digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra Nº 510/21 y Nº 527/21 pertenecientes a las firmas BOIERO S.A. y EXION S.R.L respectivamente, a la fecha se encuentran totalmente canceladas, según consta en actuaciones agregadas digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 146 de fecha 11 de Junio de 2021 perteneciente a la firma EXION S.R.L. Respecto a la firma BOIERO S.A. se le eximió de la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación en virtud que la adjudicación propuesta para la firma se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($343.761,00), en cumplimiento a lo establecido en el Punto 2 del Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma EXION S.R.L y BOIERO S.A. el Concurso -------------------de Precios Nº 45/21 ---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 146 de fecha 11 de Junio de 2021 perteneciente a la firma EXION S.R.L. Respecto a la firma BOIERO S.A. se le eximió de la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación en virtud que la adjudicación propuesta para la firma se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($343.761,00), en cumplimiento a lo establecido en el Punto 2 del Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales -------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 784-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 46/2021 referente al servicio de “RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 342/21 de fecha 14/05/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 46/2021 “RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM” a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS VENTIDOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($822.674,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser la misma menor al Presupuesto Oficial de $850.062,00 (Orden de compra Nº 464/21);
Que la Gerencia de Logística Operativa informa que la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN ha cumplimentado satisfactoriamente con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a las Orden de Compra Nº 464/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 464/21 perteneciente a la CASUSCELLI MARCELO DAMIAN a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 129/21 de fecha 31 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN el --------------------Concurso de Precios Nº 46/2021 referente al servicio de" RECTIFICACION MOTOR CAMION DFM”--------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 129/21 de fecha 31 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma CASUSCELLI MARCELO DAMIAN.----------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 785-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 108/21 de fecha 11/02/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE”, entre otros, a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES) los renglones 1 y 2 en su oferta mejorada por la suma total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($381.979,00) con impuestos incluidos, (Orden de compra Nº 140/21);
Que la Gerencia de Producción informa que la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES), ha dado cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, según Orden de Compra Nº 140/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 140/21 perteneciente a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES) se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 23/21 de fecha 22 de Febrero de 2021 perteneciente a la MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO ------------------- (BRONZO ALEACIONES) el Concurso de Precios Nº 06/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS FERULAS DE BRONCE”. --------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 23/21 de fecha 22 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma MEGHINASSO RICARDO HERMINIO (BRONZO ALEACIONES). --------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
RESOLUCION 786-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la "ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 332/21 de fecha 12/05/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES”, entre otras, a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L los renglones Nº 11, 14, 17, 20, 26, 27, 28 y 29 (estos dos últimos en sus ofertas mejoradas) en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($446.380,00) con impuestos incluidos, (Orden de compra Nº450/21);
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L cumplió con todo lo requerido técnicamente en la entrega de los materiales según la Orden de Compra N° 450/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 450/21 perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L, a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 99/21 de fecha 19 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA S.R.L, el
-------------------Concurso de Precios Nº 40/2021 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS COMPUTACION Y AFINES”. ---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- de Adjudicación Recibo Oficial Nº 99/21 de fecha 19 de Mayo de 2021, perteneciente a la firma SINTAGMA TECNOLOGIA SRL.-----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 787-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 555/21 de fecha 10 de Agosto de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES” a la firma NUMACO S.A, por la suma total de $1.100.000,00 con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y resultar la misma igual al Presupuesto Oficial (Orden de Compra Nº 805/21);
Que la Gerencia de Producción informa que la firma NUMACO S.A, ha dado total cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 805/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 805/21 perteneciente a la firma NUMACO S.A, se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 189/21 de fecha 20 de Agosto de 2021 perteneciente a la firma NUMACO S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma NUMACO S.A el Concurso de Precios Nº ------------------ 67/21 referente a la “ADQUISICION BARRERA FLOTANTE PARA PLUVIALES”. ----------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de Garantía ------------------- de Adjudicación Recibo Oficial Nº 189/21 de fecha 20 de Agosto de 2021, perteneciente a la firma NUMACO S.A. ----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 788-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
VISTO la sentencia definitiva dictada en autos caratulados "PALMISCIANO CRISTIAN NICOLAS C/ OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP S/ DESPIDO" (Expte. 64.153), de trámite por ante el Tribunal del Trabajo Nº 2 de Mar del Plata; y
CONSIDERANDO
Que en las mencionadas actuaciones iniciadas a partir de la demanda promovida por CRISTIAN NICOLÁS PALMISCIANO contra OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO, en fecha 22/10/2021 se dictó sentencia definitiva con fallo dividido resolviendo –por mayoría–: “1.- Hacer lugar -por mayoría Dra. Slavin y Dr. Escobar- parcialmente a la demanda incoada por CRISTIAN NICOLAS PALMISCIANO (DNI 33.273.344) condenando a OBRAS SANITARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO MAR DEL PLATA (O.S.S.E.) (CUIT 30-63046762-0) a pagar en concepto de capital la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y TRES Y CUATRO CENTAVOS ($239.163,04) por los siguientes rubros: Diferencia marzo 2016, abril 2016, días mayo 2016 (2 días), SAC proporcional diferencia, integración del mes de despido con SAC (28 días), indemnización sustitutiva de preaviso c/SAC, indemnización por despido c/ SAC (6 meses), e indemnización art. 2 ley 25.323.- 2.- Los intereses son liquidados desde que se devengó cada crédito y hasta la notificación de la demanda (30/03/17), a la tasa pasiva CAT (tasa digital, opción: Plazo Fijo Tradicional) que el Banco Provincia de Buenos Aires paga en las operaciones de depósito a plazo fijo a 30 días vigentes en los distintos periodos de aplicación, para un mínimo de $ 1.000, los que ascienden a la suma de $45.501,24, que se acumulan al capital totalizando la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y VEINTIOCHO CENTAVOS ($284.664,28) (art. 770 inc. B) CCCN). El importe resultante de la acumulación de capital más intereses devenga el mismo tipo de interés moratorio referido hasta que quede firme la sentencia, efectuándose ese cálculo hasta el 12/10/2021 ascendiendo a la suma de $ 423.454,61. Totalizando la demanda en concepto de capital más intereses la suma de PESOS SETECIENTOS OCHO MIL CIENTO DIECIOCHO Y OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($708.118,89) sin perjuicio de calcular los intereses que correspondan por el período posterior al 12 de Octubre de 2021 y hasta que quede firme la presente. En caso de falta de pago de la liquidación judicial en el plazo que otorga la sentencia, los intereses moratorios allí liquidados se acumularán al capital (art. 770 inc. c. C.C.C.N.).- 3.- Imponer las costas a la demandada en su calidad de vencida (Art. 19 Ley 11.653).- 4.- La suma condenada deberá ser depositada dentro de los diez días de notificada la presente, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a la orden del Tribunal y cuenta de autos.- 5.- Considero justo regular el honorario del Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 70.811,88, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 7.224 JUS (equivalentes al día de la fecha a $23.603,96 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $708.118,89, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS hasta tanto acredite el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 49.568,32con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 49.568,32 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 49.568,32 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 6.- Sin perjuicio de ello, y atento lo dispuesto por los arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT y doctrina legal de la SCBA L 117.701 “Titos c. Atento” S 20/05/2015, entre otros, corresponde limitar la responsabilidad de la demandada condenada en costas por los porcentajes de honorarios indicados en el punto anterior, a los que a continuación se detallan, excluyendo -por mayoría Dra. Slavin y Dra. Sallette- de la limitación mencionada el I.V.A. (CNAT SALA VIII, Expte. 28.486/2012 Sentencia del 9/9/2014 “Liendro, Carlos Alberto c/ Benteler Automotive S.A. s/ Despido”; C. 181 XXIV del 16 de junio de 1993 “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación”): Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 37.810,71, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 3.857 JUS (equivalentes al día de la fecha a $12.603,57 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $708.118,89, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS hasta tanto acredite el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 26.467,50 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $26.467,50 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 26.467,50 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 7.- Desestimar los rubros diferencias salariales con inc. SAC, art. 53 ter, art. 132 bis, vacaciones no gozadas con inc. SAC e indemnización art.80 LCT, imponiéndose sobre estos rubros las costas a la actora (Arts. 19, 65 y ccds. Ley 11.653 y art.68 C.Pr.), con el beneficio de gratuidad (arts.20 de la LCT, 22 de la Ley 11.653 y Ley 12.200).- 8.- A fin de la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes se toma en consideración el monto de los rubros rechazados que ascienden a $115.302,41 y la ponderación de las circunstancias relevantes de la litis (SCBA L.107.497, entre otros): Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la suma de $ 8.071,17, de acuerdo a los trabajos realizados en la primera y mitad de la segunda etapa procesal (Arts. 14, 21, 22, 23, 28 inc.f, 43, 51, 54 y concds. Ley 8904) a los que se adicionarán el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455; Dr. ADRIAN ENRICO SANGUINETI en la cantidad de 0.823 JUS (equivalentes al día de la fecha a $2.690,39 - ACUERDO 4037/21 SCBA), de acuerdo a la restante mitad de la segunda etapa procesal cumplida y por todos los trabajos realizados, tomándose como base regulatoria la suma de $115.302,41, aplicando las pautas establecidas en los incisos a, b, e, h y j del art. 16, 21, 22, 23, 28 inc. h, 43, 51, 54 y concds. Ley 14.967) a los que se adicionará el porcentaje del Art. 14 Ley 6716 mod. por Ley 8455. Diferir la regulación de honorarios del Dr. JULIO MARTIN FARIAS y Dr. PABLO SERGIO SZPYRNAL hasta tanto acrediten el cumplimiento de la Ley 10.268. Se deja constancia que, sin perjuicio que con fecha 21/10/2017 entró en vigencia la Ley 14.967 ( B.O. 12/10/17 y art. 5 CCCN ), las regulaciones de honorarios de los letrados intervinientes en autos han sido realizadas de conformidad a la normativa prevista por la Ley 8904, atento encontrarse observado y no promulgado el art. 61 de la ley 14.967 por el Decreto de Promulgación 522/17 E que reglamenta la misma (Arts. 1 y 2)., respecto a la primera y mitad de la segunda etapa del proceso. En relación a los correspondientes a las restantes etapas, habiéndose realizado con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Ley 14.967, los mismos se regularon de acuerdo a lo establecido en la referida Ley. Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 8.071,17 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 8.071,17 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 8.071,17 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).- 9.- Sin perjuicio de ello, y atento lo dispuesto por los arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT y doctrina legal de la SCBA L 117.701 “Titos c. Atento” S 20/05/2015, entre otros, corresponde limitar la responsabilidad de la demandada condenada en costas por los porcentajes de honorarios indicados en el punto anterior, a los que a continuación se detallan, excluyendo -por mayoría Dra. Slavin y Dra. Sallette- de la limitación mencionada el I.V.A. (CNAT SALA VIII, Expte. 28.486/2012 Sentencia del 9/9/2014 “Liendro, Carlos Alberto c/ Benteler Automotive S.A. s/ Despido”; C. 181 XXIV del 16 de junio de 1993 “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación”): Los del perito Contador Público Nacional MARCOS MAURICIO STEBELSKI en la suma de $ 4.309,68 con más la incidencia del IVA, a los que se deberá adicionar el 5% estatuído por el art.193 Ley 10.620 y el 5% fijado por el art.27 inc. b) de la Ley 12.724 modificada por la Ley 13.948 (arts.175 y ccdts. 193 ley 10.620, art.215 mod. por Ley 13.750, arts. 27 y 33 ley 12.724 mod. por Ley 13.948). Los de la perito Calígrafa MARIA ALEJANDRA PANASCI en la suma de $ 4.309,68 (art. 163 inc. 8vo. C.P.C.C. y 1251, 1255 CCyC). Los de la perito psicóloga Lic. ROSANA CARINA CASA en la suma de $ 4.309,68 con más el 10% (art.15 inc.w Ley 10.306).-…”;
Que conforme el Artículo 56 de la Ley 11.653 “En el caso de sentencia condenatoria, los recursos se concederán únicamente previo depósito del capital, intereses y costas con la sola excepción de los honorarios de los profesionales que representan o patrocinan a la parte recurrente.”, de modo tal que aún en caso de recurrir corresponderá depositar a la orden del órgano jurisdiccional la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SEIS CON OCHENTA y DOS CENTAVOS ($890.706,82) equivalente al tope de responsabilidad por costas fijado en Punto 6 del decisorio de acuerdo a lo establecido en arts. 730 C.C.y C y art. 277 LCT excluyendo de la limitación mencionada el I.V.A. Ello habida cuenta la falta de regulación de honorarios del Dr. Farías, la cual se encuentra pendiente. La constancia respectiva deberá ser remitida a la Asesoría Laboral no más allá del viernes 05/11/2021 a fines de acreditar dicha circunstancia en el expediente judicial en tiempo y forma;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Depositar o transferir a la orden del Tribunal de Trabajo Nº 2 de Mar del Plata en la cuenta judicial en pesos Nº 827368/0 CBU 01404238-27610282736804 abierta en Banco Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales Mar del Plata, correspondiente a los autos caratulados "PALMISCIANO CRISTIAN NICOLAS C/ OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP S/ DESPIDO" (Expte. 64.153), la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SEIS CON OCHENTA y DOS CENTAVOS ($890.706,82) y entregar constancia documentada de ello a la Asesoría Laboral no más allá del viernes 05/11/2021 a fines de acreditar dicha circunstancia en el expediente judicial en tiempo y forma.-
ARTÍCULO 2º: Los gastos que demande el cumplimiento de la dispuesto en el artículo precedente deberán ser imputados a la Jurisdicción 1.2.2.01.01.000 “Directorio”; Categoría Programática 01.00.10 “Asesoría Laboral”; Objeto del Gasto 3.8.4 “Multas, Recargos y Gastos judiciales”; Fuente de Financiamiento 1.2.0 “Recursos Propios”. La Contaduría queda facultada a efectuar las transferencias que eventualmente correspondan.-
ARTÍCULO 3 : Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.-
RESOLUCION 789-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto el artículo 93 de la Ordenanza Nº 25005; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº 25005 en su artículo 93 “se autoriza a Obras Sanitarias S.E. a establecer por el período comprendido entre el 1° vencimiento y el día efectivo del pago: a) un interés Resarcitorio…” “…un interés Punitorio I….” “….un interés Punitorio II….”;
Que en vista del escenario económico-social, a fin de fomentar el pago y recupero de deuda a través de los Planes de Facilidades de Pago previstos en el art. 93 del RGSS, se proponen alternativas y propuestas de financiamiento de deudas para las Zonas III, IV y V, para facilitar a los usuarios del Servicio Sanitario, una accesibilidad adecuada a los tiempos que corren;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Fijar para el mes de Noviembre de 2021 los siguientes intereses: ---------------------resarcitorio del 1.34 % (uno punto treinta y cuatro por ciento), un interés Punitorio I del 2.01% (dos punto cero uno por ciento) y un interés Punitorio II del 2.52 % (dos punto cincuenta y dos por ciento).----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Fijar para el sistema permanente de financiación un interés del 2.55% -------------------- (dos punto cincuenta y cinco por ciento).--------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer planes de facilidades de pago con la quita sobre --------------------- actualizaciones, intereses y recargos según la modalidad de pago conforme el siguiente esquema:
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado: para períodos hasta año 2015 inclusive |
100 % |
Contado: para períodos desde el año 2016 |
50% |
De dos a seis cuotas. |
30% |
De siete a doce cuotas. |
10% |
Escasos Recursos hasta treinta y seis cuotas. |
80% |
De trece a veinticuatro cuotas |
0 % |
Planes de Facilidades de Pago (Zonas III, IV y V).
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado. |
60 % |
De dos a seis cuotas. |
40% |
De siete a doce cuotas. |
20% |
Planes de Facilidades de Pago en cuentas de Gestión Judicial.
Modalidad de pago |
% de descuento |
De una a veinticuatro cuotas - Juridico |
0 % |
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN 790-2021 FIRMADO:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA 26/10/2021
Visto las tareas asignadas a la Gerencia de Logística Operativa; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de criterios de mejora continua se ha considerado asignar un responsable de Flota y Logística en las instalaciones de Base Sur, jerarquizando necesariamente la operatividad desarrollada por la Gerencia de Logística Operativa, para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro-;
Que el agente Cesar Ariel PERAZA (CI 1168) se encuentra calificado para desempeñar las funciones, correspondiendo su promoción a la Función Encargado Oficial Polifuncional;
Que el agente Francisco Alejandro ORDAS MORALES (CI 1029), integrante del equipo de trabajo, se encuentra en régimen de guardia rotativa -siendo ello incompatible con el servicio que desarrolla- correspondiendo desafectarlo de dicha modalidad e incorporarlo al Módulo “B” del Acta Paritaria Nº 8/2013 de Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo en el Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, manteniendo su situación escalafonaria;
Que como requisito esencial de la tarea en el Sector los agentes deberán mantener actualizadas las licencias especiales otorgadas por la autoridad competente para la conducción de vehículos y equipos móviles;
Que el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Promocionar al agente Cesar Ariel PERAZA (CI 1168) a la Función ------------------- Encargado Oficial Polifuncional para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro----
ARTÍCULO 2º: Incorporar al agente Francisco Alejandro ORDAS MORALES (CI 1029) ------------------- dentro del marco del Módulo B del Acta Paritaria 08/2013 (8 hs. diarias o 40 semanales de lunes a viernes), manteniendo su situación escalafonaria, desafectándolo del sistema de guardia rotativa.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer que los cambios entrarán en vigencia a partir del primer día -------------------- del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.-------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------
RESOLUCION 791-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
Encargado Redes de Agua Base Norte
Nivel Escalafonario: Encargado Polifuncional
Dependencia Directa: Jefe de Área Gestión de Flota y Logística.
FUNCIONES:
791-2021
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al agente CP Walter Eduardo CABALLERO (CI 397 durante el periodo comprendido desde el día 14 de octubre de 2021 al día 31 de diciembre de 2021, y;
CONSIDERANDO
Que dicho agente se encuentra a cargo del Área Patrimonio, y las funciones Jerárquicas específicas que desempeña fueron resumidas por la Jefatura del Área;
Que la Contaduría a través de la Disposición Nro 62/2021 ha dispuesto el reemplazo del cargo del Area a la Agente María Isabel RABANAL (CI 310);
Que siendo necesario llevar adelante la interacción con diversos Organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales y realizar trámites ante los Registros de Propiedad Automotor, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras por los vehículos y por otros bienes patrimoniales de propiedad de la Empresa, es necesario tramitar la autorización pertinente en esos organismos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Autorizar al agente Maria Isabel RABANAL (CI 310) a interactuar con -------------------diversos organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales y realizar trámites ante los Registros Nacionales de Propiedad Automotor, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras por los vehículos y por otros bienes patrimoniales de propiedad de la Empresa.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------corresponda.- Cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION 792-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la Ordenanza Nº 25.006 de fecha 22/01/2021, de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, aprobando el Presupuesto de Gastos, el Cálculo de Recursos de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado para el Ejercicio 2021 y la Resolución Nro. 110/21 del 12/02/2021; y
CONSIDERANDO
Que dicha Ordenanza fue promulgada mediante Decreto Nº 139 de fecha 22/01/2021;
Que por los artículos 5º y 6º se autoriza al Directorio de O.S.S.E. a efectuar Ampliaciones y Modificaciones Presupuestarias;
Que el artículo 16 del Decreto 2980/00 establece que “El Cálculo de Recursos a incluir en el proyecto de Ordenanza de Presupuesto considerará todos los rubros que se estima ingresarán durante el ejercicio que se presupuesta, representen o no entradas de dinero en efectivo al Tesoro, así como los excedentes de ejercicios anteriores que se estimen existentes a la fecha de cierre del ejercicio anterior al que se presupuesta…”;
Que en virtud de lo expresado, y por aplicación de los Criterios Prácticos del Honorable Tribunal de Cuentas, en el ejercicio 2021 se debe proceder a ajustar los fondos que se encuentran entre las disponibilidades;
Que por Resolución Nro. 110/21 del 12/02/2021, se procedió a ajustar los saldos iniciales del año 2021 de las fuentes de fondos de libre disponibilidad y afectadas y el presupuesto de la deuda flotante;
Que en una nueva revisión, se advirtió una diferencia de $ 17.284 en el ajuste de los saldos de libre disponibilidad, conforme se detalla en el Anexo I, que se ajustarán por la presente resolución,
Que en el Anexo II, se detalla los ajustes indicados;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Disminuir el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos en la -------------------suma de $ 17.284,00 (Pesos Diecisiete mil doscientos ochenta y cuatro con 0 centavos), para los Recursos y Gastos de Origen Municipal de Libre Disponibilidad, conforme se detalla en el Anexo II.----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a Contaduría y ------------------- Tesorería y cúmplase.------------------------------------------------------------
RESOLUCION 793-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I –
SALDOS PRESUPUESTADOS Y SALDOS CONTABLES AL INICIO |
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DETALLE DE RUBROS |
PRESUPUESTO |
AL 31/12/2020 |
Diferencias |
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CALCULO DE RECURSOS |
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2021 |
SALDO CONTABLE |
Disminución |
1.2.0 Recursos |
Libre Disponibilidad |
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3.5.1.01 |
Caja y Banco de Libre Disponibilidad |
173.667.453,97 |
173.650.169,97 |
-17.284,00 |
|
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173.667.453,97 |
173.650.169,97 |
-17.284,00 |
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ANEXO II- AJUSTES SALDOS AL INICIO – LIBRE DISPONIBILIDAD
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CALCULO DE RECURSOS |
Importe |
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1.2.2.01.10.000 |
Oficinas de Ley s/Ley Orgánica Municipal |
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3.5.1 |
Disponibilidades |
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3.5.1.01 |
De caja y Bancos – De Libre Disponibilidad |
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-17.284,00 |
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PRESUPUESTO DE GASTOS |
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1.2.2.01.14.000 |
Gerencia de Recursos Humanos |
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14.00.02 |
Administración de Recursos Humanos |
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1.1.5.03 |
Generales |
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-17.284,00 |
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MAR DEL PLATA, 26/10/2021
Visto la Nota presentada por la PROAS Cooperativa de Provisión de Bienes y Servicios Consumo, Crédito y Vivienda para Profesionales Universitarios Ltda. registrada bajo el Numero 111-2021-15, incorporada al expediente 25500-2021-436-S- 1; y
CONSIDERANDO
Que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. se encuentra en la búsqueda de inmuebles cercanos a la Base Szpyrnal en función de la necesidad de espacio para poder llevar adelante en forma correcta sus funciones;
Que el Directorio ha dado el visto bueno al ofrecimiento realizado por la cooperativa PROAS;
Que el impacto de las actividades de OSSE en la comunidad adyacente es importante siendo necesario un mejor ordenamiento para lo cual se requiere de espacio;
Que se encuentra incluido en el Presupuesto 2020 y 2021 la adquisición de terreno/s para la posible expansión de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. pero en virtud de la pandemia declarada COVID -19 el mercado retrajo la oferta y por lo tanto no se dio inicio la licitación para la adquisición;
Que se considera conveniente aceptar el ofrecimiento en Comodato Gratuito por ser un inmueble ubicado en las inmediaciones de la Base Szpyrnal lo que llevaría a lograr un alivio para los vecinos del lugar;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Apruébese el convenio, que como Anexo I forma parte de la presente, --------------------- de Comodato Gratuito de la porción de 2018,00 mts cuadrados del Inmueble identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN VI –SECCION A-MANZANA 37P PARCELA I, del partido de General Pueyrredon por el término de veinticuatro (24) a partir del mes de de Noviembre del año 2021, suscripto entre Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. y la firma PROAS Cooperativa de Provisión de Bienes y Servicios Consumo, Crédito y Vivienda para Profesionales Universitarios Ltda., en virtud de lo mencionado en los considerandos de la presente, Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon. -----------------------
ARTICULO 2º: Dese al Registro de Resoluciones. Notifíquese a la Intendencia de --------------------- OSSE, a la Contaduría y a la Tesorería a los efectos de dar cumplimiento a la presente. Cúmplase------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO I
CONTRATO DE COMODATO
En la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredon, Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de octubre de 2021, comparecen SERGIO DANIEL LUTI (DNI 13.824.652) y MARIO ALBERTO REAL (DNI 21.076.485) en representación de la COOPERATIVA PROAS DE PROVISIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, CRÉDITO Y VIVIENDA PARA PROFESIONALES UNIVERSITARIOS LTDA., en su carácter de presidente y secretario de la misma respectivamente, con domicilio en calle FRENCH Nro. 6690 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante la COMODANTE; y el Sr. CARLOS ALBERTO KATZ (DNI 16.593.363) en representación de OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. en su carácter de Presidente de la misma, con domicilio en calle FRENCH 6737 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante, la COMODATARIA; y convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO -ad referéndum de su aprobación por el Honorable Concejo Deliberante-, sujeto a las cláusulas que siguen:
PRIMERA. ANTECEDENTES: LA COMODANTE es propietaria de un inmueble en esta localidad delimitado por las calles French, República del Líbano, Brandsen y linderos, que se encuentra designado con Nomenclatura Catastral Circunscripción VI - Sección A - Manzana 37p - Parcela 1, pudiendo otorgar uso exclusivo a la COMODATARIA de una porción del mismo que se designa en plano adjunto (en adelante el PREDIO), que en la actualidad carece de destino específico y tiene dos mil dieciocho (2.018) m2 de superficie. Por su emplazamiento en proximidad a edificios de la COMODATARIA, las partes consideran que el PREDIO puede ser aprovechado por ésta última, con ventajas para ambas partes, a saber: por un lado la COMODANTE reduce costos de conservación y mantenimiento; mientras que la COMODATARIA adquiere el derecho al uso y goce gratuito de un terreno ubicado en lugar conveniente para soporte logístico de sus actividades de modo tal que las dos se benefician con mejoras en las condiciones de seguridad e integración urbana.-
SEGUNDA. OBJETO: LA COMODANTE da en comodato o préstamo gratuito de uso a la COMODATARIA, el PREDIO de dos mil dieciocho (2.018) m2 de superficie cuya identificación surge de designación en plano adjunto que integra el presente.-
TERCERA. DESTINO: LA COMODATARIA se compromete a destinar el PREDIO objeto del contrato para el desarrollo de su actividad y se obliga a poner toda diligencia en la conservación del mismo asumiendo responsabilidad por todo detrimento que sufra por su culpa. Queda expresamente prohibido el cambio de destino, como así también ceder, alquilar, dar en comodato y, en general, cualquier otro acto que otorgue la tenencia a terceros.-
CUARTA. PLAZO: La duración del presente será por el término de veinticuatro meses (24) meses a partir del día 01/11/2021, considerándose renovado en forma automática por períodos iguales de doce (12) meses, salvo comunicación en contrario y en forma fehaciente de cualquiera de las partes a la otra con no menos de cuarenta y cinco (45) días de antelación.-
QUINTA. OBRAS Y MEJORAS: LA COMODATARIA se obliga a reintegrar el PREDIO objeto del contrato en las mismas condiciones de uso en que fue recibido, salvo el deterioro que resulte por el uso normal y habitual de las cosas. Sin embargo, las partes reconocen la necesidad de ejecutar obras y mejoras que permitan a la COMODATARIA hacer uso exclusivo del PREDIO objeto del contrato, como así también emplazar módulos de oficinas móviles. Dichas obras y mejoras deberán adecuarse a las normas y reglamentos vigentes y serán acordadas por las partes en acta por escrito en forma previa al inicio de su ejecución. A la finalización del presente contrato por cualquier causa la COMODATARIA tendrá derecho a retirar los módulos de oficinas móviles y cualquier otra obra que pueda ser removida sin daño para el inmueble. EL COMODANTE podrá quedarse con las mejoras ó instalaciones realizadas por el COMODATARIO que le resulten útiles o necesarias, sin previo pago, a menos que en el acta respectiva se hubiere pactado expresamente lo contrario. Las partes dejan contemplada la posibilidad que para el supuesto de futura venta (total o parcial) de este predio en favor de Obras Sanitarias Mar del Plata SE y/o del Municipio de General Pueyrredón, las mejoras que hubieren sido introducidas por LA COMODATARIA puedan ser valuadas y deducidas del precio de venta.----
SEXTA: GARANTÍA DE INDEMNIDAD: Todo personal contratado por la COMODATARIA para realizar las obras o prestar tareas, deberá contar con seguros y certificados que demanda la legislación vigente para el desarrollo de dicha actividad. Corre por exclusiva cuenta de la COMODATARIA gestionar, obtener y mantener la totalidad de las habilitaciones, permisos o autorizaciones exigibles a nivel municipal, provincial y nacional, que fueran requeridas para el desarrollo de las actividades en el PREDIO objeto del contrato. La COMODATARIA será absolutamente responsable por todos los daños que experimente LA COMODANTE y/o terceros, incluído el personal de la COMODATARIA, en sus personas o bienes, como consecuencia del uso por la COMODATARIA del PREDIO y/o sus accesorios, y/o del destino pactado y/o de cualquier otro hecho de la COMODATARIA, y/o sus dependientes y/o terceros, y/o de cualquier otra circunstancia, siniestro o evento no imputable a la COMODANTE. En consecuencia, la COMODATARIA se obliga a contratar y mantener actualizados el pago de los seguros necesarios para cubrir los riesgos de siniestros que pudieran afectar las construcciones y a las personas y a mantener indemne a la COMODANTE frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiera experimentar por los daños referidos en los párrafos precedentes, salvo cuando deriven de vicios ocultos de la cosa.
SÉPTIMA. PAGO DE SERVICIOS E IMPUESTOS: Sin perjuicio de que éste comodato es gratuito, se acuerda que la COMODATARIA asuma en forma exclusiva el pago de todos los servicios que consuma en el PREDIO objeto del contrato durante todo el tiempo que tenga vigencia el mismo. En consecuencia, es obligación de la COMODATARIA efectuar el pago de las facturas por la provisión de agua potable, energía eléctrica, gas natural, teléfono, y/u otro servicio que en el futuro pudiera recibir en el PREDIO. Igual responsabilidad de pago asume respecto a los impuestos, contribuciones y/o tasas municipales, provinciales o nacionales que graven al inmueble del cual el PREDIO objeto del contrato forma parte o a las actividades allí desarrolladas. EL COMODANTE queda obligado a cumplir con su obligación de colaboración y cooperación, facilitando la documentación e información que eventualmente se le requiera.
OCTAVA: RESTITUCIÓN: El PREDIO deberá ser restituído libre de ocupantes y sin deudas, debiéndose acreditar con los comprobantes respectivos el pago o la exención parcial o total de los servicios, como así también de las tasas, contribuciones y/o impuestos que graven al PREDIO o a las actividades allí desarrolladas. La restitución, que únicamente podrá probarse por escrito, deberá hacerse en domicilio de la COMODANTE sito en calle FRENCH Nro. 6690 de Mar del Plata pudiendo cambiar de lugar la COMODANTE para lo cual deberá notificar por medio fehaciente dicho cambio a la COMODATARIA.-
NOVENA: El COMODATO celebrado en este acto es de esencia gratuita y las partes convienen regir su relación conforme los artículos 1533, subsiguientes y concordantes del Código Civil y Comercial.-
DECIMA: RESCISIÓN: El incumplimiento por parte de la COMODATARIA de cualquiera de las obligaciones que asume por el CONTRATO DE COMODATO dará derecho a la COMODANTE a resolverlo de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna y a exigir la inmediata restitución del PREDIO y reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.-A su vez, el incumplimiento por parte de la COMODANTE a las obligaciones que le competen por la asunción del presente contrato, y, en especial a sus obligaciones de cooperación y de no privación y/o turbación del uso y goce del inmueble, dará derecho a la COMODATARIA a resolverlo de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, quedando habilitado para retirarse del predio y reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.-En caso que la COMODANTE no reciba el inmueble objeto del presente contrato, por cualquier causa; la COMODATARIA queda autorizada a labrar acta notarial dejando constancia de su retiro y si hubiere bienes con cerramiento podrá depositar las llaves de los mismos en la Escribanía seleccionada.
DÉCIMO PRIMERA: JURISDICCIÓN: Para todos los efectos legales emergentes del contrato las partes se someten a la competencia de los tribunales del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mar de Plata, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo al efecto como especiales los domicilios consignados precedentemente, en los cuales se tendrán por válidas cualesquiera intimaciones o notificaciones judiciales o extrajudiciales.-
DÉCIMO SEGUNDA: DOMICILIOS CONTRACTUALES: Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados al principio en donde serán tenidas por válidas todas las notificaciones que se cursen.-
DÉCIMO TERCERA: CONTRATO “AD REFERENDUM”: Las partes aceptan que éste contrato es provisorio y no obliga a! COMODATARIO hasta tanto el Honorable Concejo Deliberante sancione la respectiva ordenanza aprobándolo en los términos del art. 24 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. No obstante, la COMODANTE otorga permiso precario a la COMODATARIA para que inmediatamente después de la firma del presente pueda depositar contenedores en el PREDIO que es objeto del contrato, realizando las adecuaciones que fueren imprescindibles para ello, y emplazar una garita de seguridad.-
En prueba de conformidad se firman tres copias de un mismo tenor y a un solo efecto, dejándose constancia que cada parte hace retiro de su ejemplar.-
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
RESOLUCIÓN N° 794-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 770/2021 de fecha 19/10/2021 (fs 371) se declaró admisible la oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA procediéndose a la apertura del Sobre Nº 02 “Oferta Económica” según surge del Acta de Apertura de fecha 21/10/2021 (fs 374);
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación en Actas de reunión de fechas 22/10/21 (fs 396) y 26/10/2021 (fs 403) habiendo la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. procedido a dar cumplimiento a lo consignado en el Acta de Reunión 02 de la Licitación Pública 19/21 referida a rectificación del valor Precio Unitario cotizado y el correspondiente Análisis de Precio del Ítem 4.2 Relleno con Mortero de Densidad Controlada , informa que reconoce como Oferta Valida la propuesta presentada por la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. Indican que el Presupuesto Oficial asciende a $31.399.093,95, con Impuestos Incluidos, el cual actualizado por Departamento de Presupuesto, Gráfica y Datos Estratégicos, de la Gerencia de Obras a la fecha de apertura asciende a $33.124.321,54, con Impuestos Incluidos. La oferta de la firma, por su parte, asciende a $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos. En conclusión, recomienda solicitarle a la oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A. mejora de oferta toda vez que el valor ofrecido resulta un 12.79% superior al del Presupuesto Oficial actualizado;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Solicitar a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA una Mejora de Ofertas en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes que corren a partir de fs. 372 del
---------------------Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra: “REACONDICIONAMIENTO IMPULSION TEJEDOR 2º ETAPA” - Licitación Pública Nº 19/21 ------------
ARTICULO 2º: Solicitar a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS SA una Mejora de Ofertas ------------------ en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras---------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 795-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 777/21 de fecha 21/10/2021 se resolvió, entre otros, solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial para el mencionado Renglón;
Que con fecha 22/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 correspondiente al mencionado oferente;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 26/10/2021 informa lo siguiente: MEJORA DE PRECIOS (Renglón 7) Sr. Vinitzky Claudio Jose cotizó la suma de $ 850, 00-, mejorando así en un 7,17% su oferta original pero aun encontrándose un 24.82% por encima del Presupuesto Oficial. Según nota presentada por parte del Gerente del sector solicitante ante la Gerencia de Logística Operativa donde informa que se encuentra en curso los trabajos de estudio de pozos y mediciones en los ensayos de bombeos, estos pozos se encuentran en cuencas del arroyo el Durazno, Los Padres y nacientes del Vivorata que implican distancias mayores a las recorridas en forma habitual, sumado a la complejidad de los accesos a estos terrenos. Motivo de lo mencionado es que se realizó una actualización del Presupuesto Oficial debido a una mayor cantidad de km a recorrer, y el mismo dio como resultado un valor hora de $ 730, 00- lo que achica esa brecha a 16, 44%. Sin embargo, la Comisión entiende que el valor sigue siendo elevado en relación al Presupuesto Oficial y solicita una nueva Mejora de Precios de la Oferta;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una nueva Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta, aún luego de realizada la Mejora de Precios autorizada por Resolución de Directorio Nº 777/21, el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Solicitar al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE una nueva Mejora de ------------------ Ofertas para el Renglón Nº 07 en virtud de exceder su oferta, aún luego de realizada la Mejora autorizada por Resolución de Directorio Nº 777/21, el Presupuesto Oficial cuya fecha de apertura de sobres será al primer día hábil de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.---------------------------------
ARTICULO 3°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 796-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 27/10/2021
VISTO la Compensación por Uso de Vehículo Particular establecida por las Resoluciones Nº 341/12; 295/18; 885/19 y 747/21 en donde se aprueba el procedimiento de otorgamiento y uso; y
CONSIDERANDO
Que existe la necesidad de actualizar el procedimiento de otorgamiento y uso de la Compensación por Uso de Vehículo Particular, adaptándolo a las nuevas condiciones laborales de la Empresa;
Que el Directorio es el único facultado para designar a los agentes que afectarán sus vehículos a las tareas que se desarrollan en OSSE, estableciéndose un valor único de compensación más 4 litros del combustible que corresponda utilizar;
Que la Gerencia de Logística Operativa manifiesta la necesidad de implementar controles sobre los vehículos particulares utilizados por los Agentes para la prestación del Servicio;
Que las Gerencias y Departamentos certificarán a los agentes que afecten y/o desafecten sus vehículos con periodicidad mensual y por los días de utilización efectiva;
Que en la Resolución 341/12 se fijó en $ 12,31 el valor para la Compensación por Uso de Vehículo Particular por cada día efectivamente utilizado el vehículo, más 4 litros de Combustible, actualizándose dicho monto a $ 50,00 según Resolución Nº 295/18;
Que el valor actualmente vigente fue aprobado el 14/06/18, por lo que se considera oportuno su actualización a través del Índice de Precios al Consumidor Nivel General, desde Junio de 2018 a Septiembre 2021, quedando establecido el nuevo monto en la suma total de $180,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 341/12; 295/18, 885/19 y 747/21 las --------------------- que quedarán reemplazadas por la presente en todos sus términos.----------
ARTICULO 2°: Entiéndase como Compensación por Uso de Vehículo Particular la --------------------- utilización de automóviles particulares de los agentes puestos a disposición de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado para el cumplimiento de las tareas propias de su cargo y / o las encomendadas por su dependencia.----------------------
ARTÍCULO 3º: Autorizar a los agentes que afectarán sus vehículos a las tareas que ---------------------- desarrollan en OSSE que han sido propuestos por las Gerencias y que se detallan en el listado que como Anexo I forma parte de la presente, a percibir la Compensación por Uso de Vehículo Particular, en un todo de acuerdo a la presente resolución. -----------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Apruébese como “Valor Único” – “Compensación por Uso de Vehículo ---------------------- Particular” lo establecido en el Anexo II que forma parte de la presente, fijándose el nuevo valor diario en la suma de $ 180,00 en concepto de mantenimiento, más 4 litros del combustible que corresponda utilizar para su vehículo particular por día laborable y efectivamente consumido por el vehículo con provisión de Tarjeta de Combustible por parte de OSSE.---------------------------------
ARTÍCULO 5º: Los Agentes que perciben la Compensación por Uso de Vehículo Particular --------------------- deberán cumplir con el Relevamiento Anual a efectuarse por la Gerencia de Logística Operativa según Anexo II que forma parte de la presente.---------------------------
ARTÍCULO 6º: La Contaduría recibirá del 1 al 10 de cada mes las certificaciones --------------------- mensuales de las Gerencias y Departamentos que mínimamente deberán contener:
ARTÍCULO 7º: La Contaduría, la Gerencia de Servicios y la Gerencia de Logística --------------------- Operativa podrán disponer medidas adicionales de verificación, reducción y/o ampliación de controles a los efectos de un mejor procedimiento.-----------------------------
ARTÍCULO 8º: La Gerencia de Servicios reglamentará la utilización de la Tarjeta de --------------------- combustible.---------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 9º: Establecer la vigencia de la presente a partir del primer día del mes --------------------- siguiente a su aprobación.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 10º: Regístrese, dese al Registro de Resoluciones. Comuníquese a las ----------------------- Gerencias, Departamentos y Oficinas de Ley. Cúmplase.--------------------
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
C.I. APELLIDO Y NOMBRE
130 SCALELLA LUIS ALBERTO
191 PATRONI GUSTAVO JOSE
274 HERRERA RICARDO
350 CASTELLAN PAPE CARLOS FABIAN
391 EGEA ADRIANA VERONICA
394 GONZALEZ ALTAMIRANDA CLAUDIO
425 VINCIGUERRA MIGUEL ANGEL
427 MOSER FEDERICO JOSE
428 VIGLIETTI JOSE MARIA
461 MELLINO ALFREDO ANDRES
492 GAYOSO GUSTAVO DANIEL
516 FARIAS JOSE LUIS
638 PRADILLA GUILLERMO HUGO
780 BURGOS RAUL OSCAR
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO II
CARACTERÍSTICAS GENERALES:
RELEVAMIENTO ANUAL:
La Gerencia de Logística Operativa realizará anualmente, al 30 de Junio de cada año, un Relevamiento de los vehículos particulares utilizados por los agentes para las tareas propias de su cargo y/o encomendadas por su dependencia.
La documentación mínima que deberá verificar es la siguiente:
Se establece por única vez que la realización del relevamiento anual se efectuará dentro de los 30 días siguientes contados a partir de la firma de la presente.
RESOLUCION 797-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 28/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la “ADQUISICION UNIFORMES” que tramita bajo la Licitación Pública Nº 16/2021; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 778/21 de fecha 26/10/21 se resolvió: 1) DECLARAR ADMISIBLES las siguientes ofertas: CONFAL SA renglones Nº 01 a 06 inclusive y 15; ALVAREZ ROCIO BELEN: Renglones Nº 04, 05, 07 09 (Oferta básica y alternativa), 10 (Oferta Básica y Alternativa) y 12; VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglones Nº 06, 07 y 09 a 15 inclusive; ABETE Y CIA SA: Renglones Nº 03 (Oferta Alternativa) y 08 (Oferta Alternativa); CALE URBANO SA Renglones Nº 01, 02 (Oferta Alternativa); 03, 04 (Oferta alternativa), 07 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 11 (Oferta Alternativa) y 13 a 15 inclusive (Ofertas alternativas) y PATAGONYKA GROUP SA el renglón Nº 03; 2) RECHAZAR los siguientes renglones: CONFAL SA Renglón Nº 13 (Oferta Básica y Alternativa) y 14 (Ofertas Básicas y Alternativas); VENDITTI LUIS ALBERTO: Renglón Nº 03; ABETE Y CIA SA Renglón Nº 06 (Oferta alternativa); CALE URBANO SA Renglón Nº 05 (Oferta Alternativa); 06, 09 (Oferta Alternativa), 10 (Oferta Alternativa) y 12 (Oferta Alternativa) y PATAGONYKA GROUP SA Renglones Nº 01, 02 y 04 a 06 inclusive; 3) ADJUDICAR de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” los siguientes renglones: a la firma CALE URBANO SA los renglones Nº 01, 02 (alternativa), 03, 04 (Oferta alternativa), 08 (Oferta Alternativa), 13 (Oferta Alternativa) y 14 (Oferta Alternativa) en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 93/100 ($5.544.619,93) con impuestos incluidos; a la firma ALVAREZ ROCIO BELEN los renglones Nº 05, 07, 10 (Oferta Básica) y 12 en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.540.850,00) con impuestos incluidos y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO los Renglones Nº 06 y 09 en la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($2.153.291,80) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 73/100 ($9.238.761,73) con impuestos incluidos con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el PByC y encontrarse la sumatoria total de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial para dichos Renglones. ($10.296.514,00) y; 4) Solicitar una Mejora de Ofertas a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO para el Renglón Nº 11 y 15 y a la firma CONFAL SA para el Renglón Nº 15 en virtud de exceder sus ofertas el Presupuesto Oficial para los mencionados Renglones;
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a MEJORA DE OFERTAS según surge del Acta de Apertura de fecha 27/10/21, presentándose para la misma la firma CONFAL S.A, la cual presenta Mejora para el Renglón Nº 15 otorgando un 2 % de descuento sobre el valor cotizado oportunamente. (Valor Sweater caballero: $1.999) y la firma VENDITTI LUIS ALBERTO, la cual presenta Mejora para los Renglones Nº 11 y 15 otorgando un 1% de descuento sobre el valor cotizado oportunamente;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación mediante Acta de reunión de fecha 27/10/21 informa lo siguiente: Las mejoras de precios ofrecidas por las firmas CONFAL S.A y VENDITTI LUIS ALBERTO son las siguientes: CONFAL S.A ofrece un descuento de 2% sobre el valor oportunamente cotizado para el Renglón 15 (sweater caballero) y VENDITTI LUIS ALBERTO ofrece un descuento de 1% para los renglones 11 y 15. Si se analiza solamente los valores ofrecidos para la mejora de precios para estos dos renglones (11 y 15), los cotizados en esta instancia superan al P. O en un 25,09 %. Agrega que teniendo en cuenta la inflación y que los precios del Presupuesto Oficial son de 03/2021, si se los actualizara al mes 09/2021, por SISTEMA DE INDICES DE PRECIOS MAYORISTAS (SIPM) (Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), del INDEC, Código 173 (Tejidos y Artículos de Punto), los precios de la Oferta respecto a los Precios del Presupuesto ajustados, estarían un 0.55% por debajo, según Coeficiente de actualización: 1.25789246. Si se los actualizara por SISTEMA DE INDICES DE PRECIOS MAYORISTAS (SIPM), Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB), del INDEC, la Oferta, respecto a los Precios del Presupuesto ajustados, daría una variación del 1.32 % por encima del Presupuesto Oficial según Coeficiente de actualización: 1.23457279. Asimismo, considerando la adjudicación global, con las mejoras ofrecidas el porcentaje de variación en relación al Presupuesto Oficial Total es de un 8,01 %, por debajo del mismo. Agrega que de considerarse conveniente las mejoras ofrecidas por los oferentes antes mencionados, aconsejaría asignar el renglón 15 a la firma CONFAL S.A por la suma de Pesos CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE con 00/100 ($ 445.777,00) y a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el renglón 11 por la suma de Pesos CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($ 433.855,24);
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda ADJUDICAR los Renglones Nº 11 y 15 – Mejora de Ofertas de la Licitación Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” de la siguiente manera: a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el Renglón Nº 11: CARDIGANS PARA DAMA por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($433.855,24) con impuestos incluidos y a la firma CONFAL S.A el Renglón Nº 15: SWEATER ESCOTE EN V PARA CABALLEROS ADMINISTRATIVOS por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($445.777,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 24/100 ($879.632,24) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación -------------------- Pública Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES.--------------------------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR los Renglones Nº 11 y 15 – Mejora de Ofertas de la Licitación Pública
----------------- Nº 16/2021 “ADQUISICION UNIFORMES” de la siguiente manera: a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO el Renglón Nº 11: CARDIGANS PARA DAMA por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 24/100 ($433.855,24) con impuestos incluidos y a la firma CONFAL S.A el Renglón Nº 15: SWEATER ESCOTE EN V PARA CABALLEROS ADMINISTRATIVOS por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($445.777,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 24/100 ($879.632,24) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC.---
ARTICULO 3º: El plazo de entrega será de acuerdo al siguiente detalle: RENGLON 11: Cardigans
------------------ para Dama: dentro de los 30 (treinta) a 40 (cuarenta) días hábiles de notificada la Orden de Compra y entregado los talles luego de la prueba y armado de curva por parte de OSSE; y RENGLON 15: Sweater Escote V para Caballero: dentro de los 30 (TREINTA) días corridos de recibida la Orden de Compra con los talles.------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria CONFAL S.A que
--------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------------------------
ARTICULO 5º La Gerencia de compras y Suministros comunicará a las firmas adjudicatarias que ----------------- deberán cumplir con las curvas de talles establecidas por OSSE para las prendas.---
ARTICULO 6º: Autorizar al Area Contaduría a realizar los ajustes necesarios a la adjudicación
---------------- propuesta en el Artículo 2º.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7°: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 8°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 798-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Licitación Pública Nº 15/2021 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Nuevo llamado a Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 al oferente VINITZKY CLAUDIO JOSE autorizado por Resolución de Directorio Nº 796/2021 de fecha 27/10/21 según da cuenta la documentación agregada al Expediente digital de referencia;
Que con fecha 28/10/2021 se realizó el Acto de Apertura de Sobres de la Mejora de Ofertas para el Renglón Nº 07 correspondiente al mencionado oferente;;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de Reunión de fecha 28/10/2021 habiéndose requerido una nueva Mejora de Precios al Sr. Vinitzky Claudio Jose para el renglón 7 informa que el mismo cotizó la suma de $ 730,00-, encontrándose una mejora significativa siendo la misma igual al Presupuesto Oficial actualizado. Con respecto al segundo vehículo solicitado no se realizaron ofertas. Por lo expuesto, esta Comisión considera el valor cotizado por Vinitzky Claudio Jose se encuentra acorde a los intereses de OSSE recomendando asignar dicho turno y para el turno que quedo desierto iniciar un nuevo trámite para la contratación;
Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación recomienda: 1) ADJUDICAR el Renglón Nº 7 (1 turno) de la Licitación Pública Nº 15/2021 “ SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 07: |
|
|||
OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
VINITZKY CLAUDIO JOSE |
Toyota Hilux 4x4 cabina doble. Mod 2011 Patente: JTZ 471 |
$ 730.00 |
Área Control de Flota |
L A V |
y; 2) DECLARAR DESIERTO 1 (un) turno del Renglón Nº 07 por inexistencia de oferta desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación autorizando al Área solicitante a iniciar un nuevo tramite;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de ------------------ la Licitación Pública N`15/2021 “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – OCTUBRE 2021 / MARZO 2022”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2: ADJUDICAR el Renglón Nº 7 (1 turno) de la Licitación Pública Nº 15/2021 -------------------“SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA OCTUBRE 2021 – MARZO 2022” según cuadro que se detalla a continuación:
Renglón Nº 07: |
|
|||
OFERENTE |
VEHICULO |
$ x Hora |
DESTINO |
TURNO |
VINITZKY CLAUDIO JOSE |
Toyota Hilux 4x4 cabina doble. Mod 2011 Patente: JTZ 471 |
$ 730.00 |
Área Control de Flota |
L A V |
ARTÍCULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará al adjudicatario que --------------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán constituir un Depósito de Garantía equivalente al 5% del monto contractual (Art. 5.3 de las Cláusulas Generales), el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE de acuerdo a lo establecido en el Art. 3.5 de las Cláusulas Generales. En caso de hacer uso de la opción del descuento en una única cuota deducible de la primer factura, en igual plazo, deberán presentar nota al respecto (Art. 5.4 de las Cláusulas Generales).---------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará al adjudicatario que ----------------- dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados deberán presentar la documentación requerida en el Art. 13 de las Cláusulas Particulares.-------------------------------
ARTICULO 5º: El servicio se prestará a partir del día 01/11/2021 por el plazo de 6 (seis) meses, o hasta agotar las horas contratadas de servicio efectivo del vehículo, pudiendo OSSE hacer uso de la Opción prevista en el Art. 3 de las presentes Cláusulas.---------------------------
ARTICULO 6º DECLARAR DESIERTO 1 (un) turno del Renglón Nº 07 por inexistencia de ------------------ ofertas desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de contratación.----
ARTICULO 7º: Autorizar al Área Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la ------------------- adjudicación propuesta en el Artículo 2º y a desafectar el saldo correspondiente al turno del Renglón Nº 7 declarado desiertos indicado en el Artículo 6º--------
ARTICULO 8º: Autorizar a la Gerencia solicitante a iniciar, un nuevo trámite de contratación ------------------- por el turno del Renglón Nº 07 declarado desierto.----------------------------------
ARTICULO 9°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 799-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 referente a la 6º prórroga del “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 366/19 de fecha 18/06/2019 obrante a fs. 292/3 se adjudicó la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego – Orden de Compra Nº 605/19 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 20 de Junio de 2019;
Que por Resolución de Directorio N° 290/20 de fecha 04/06/2020, obrante a fs. 535/37 se resolvió autorizar a la Oficina de Compras a confeccionar la orden de compra por la nueva renegociación de la contratación por los meses de Diciembre 2019 a 20/06/2020 del "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO - AÑO 2019-2020", correspondiente a la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019 con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., por la suma total de $1,262,414.50 (PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 50/100), quedando el nuevo valor hora para el mes de Diciembre 2019 (a partir del día 20, día que se cumple el período mínimo de 6 (seis) meses de ejecución de contrato hasta el 31/12/2019), en $336.91 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 91/100) para un total de 644.26 horas ; para el mes de Enero 2020 en $368.20 (PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 20/100) para un total de 1932.77 horas, para el mes de Febrero 2020 en $396.30 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 30/100) para un total de 1932.77 horas, para los meses de Marzo y Abril 2020 en $402.70 (PESOS CUATROCIENTOS DOS CON 70/100) para un total de 3865.54 horas y para el mes de Mayo y Junio hasta el día 20 inclusive en $396.30 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 30/100) para un total de 3221.28 horas. (Orden de Compra Nº 420/2020);
Que por Resolución de Directorio N° 303/20 de fecha 12/06/2020, obrante a fs. 550 se resolvió autorizar a la Oficina de Compras a realizar la prórroga del “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” de la Contratación Directa art 156 Nº 36/2019, a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 01/100 ($9.191.481,01), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 396,30). Plazo de prestación del servicio 12 (doce) meses contados a partir de las 12 hs. del día 20/06/2020 y hasta las 12 hs. del día 20/06/2021, en un todo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 3 y 10 de las Cláusulas Particulares del Pliego. (Orden de Compra Nº 390/2020);
Que por Resolución de Directorio N° 341/21 de fecha 14/05/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 79/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 10 (diez) días desde las 12 hs. del día 20/06/2021 hasta las 12 hs del día 01/07/2021 en la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SESENTA Y TRES CON 19/100 ($363.063,19), con impuestos incluidos (Valor Hora $369,30).(Orden de Compra Nº 439/2021);
Que por Resolución de Directorio N° 410/21 de fecha 18/06/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 92/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 02 (dos) meses desde las 12 hs. del día 01/07/2021 hasta las 12 hs del día 31/08/2021 ambos inclusive en la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 50/100 ($1.674.187,50) con impuestos incluidos (Valor hora: $446.45) (Orden de Compra Nº 543/2021);
Que por Resolución de Directorio N° 614/21 de fecha 25/08/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 183/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 31/08/2021 hasta las 12 hs del día 01/10/2021 ambos inclusive en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON 75/100 ($837.093,75) con impuestos incluidos (Valor hora $446,45) (Orden de Compra Nº 823/21);
Que por Resolución de Directorio N° 705/21 de fecha 24/09/2021, en trámite bajo Expediente Digital, se resolvió Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 201/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/10/2021 hasta las 12 hs del día 01/11/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON 75/100 ($837.093,75) con impuestos incluidos (Valor hora $446,45) (Orden de Compra Nº 972/21);
Que atento que con fecha 01/11/2021 finaliza la 5º prórroga autorizada por Resolución de Directorio N° 705/21 y siendo que se encuentra en instancia de tramitación el Segundo llamado la Licitación Pública Nº 04/21 “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO – AÑO 2021/2022” el Área Intendencia a fin de no resentir el servicio de limpieza de todas las dependencias de OSSE, con fecha 27/10/2021 confecciona la Solicitud de Pedido Nº 3-151-71 por la suma de $990.918,75 con impuestos incluidos. La misma corresponde a la 6º prórroga por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive;
Que para la Confección de la Solicitud de Pedido Nº 3- 151-71 se tomó un Valor Hora de $528.45 que surge del Análisis de Costos confeccionado por esta Gerencia el cual se encuentra adjunto a las presentes actuaciones. Dicho valor hora surge de incrementar el Salario Básico y presentismo según aumento salarial otorgado por el Sindicato de Obreros de la Maestranza (SOMRA) a Septiembre 2021 respecto de los mismos conceptos utilizados para la Contratación Directa Art 156 Inc 8 LOM Nº 201/21. Al respecto, continuando la estructura que indica el PByC en el Art 11.5 para las Redeterminaciones de Precios variando los únicos conceptos redeterminables (Mano de Obra) y manteniendo fijos los conceptos no redeterminables, se obtendría un valor hora que alcanza el Valor hora de $528.49;
Que habiendo tomado intervención el Área Contaduría, procede a imputar la Solicitud de Pedido Nº 3-151-71, encuadrando la misma bajo la modalidad de Contratación Directa Art 156 Inc 8 de la LOM;
Que la firma HIPOLITO INTEGRAL SA presenta Pedido de Cotización de la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 completo y firmado por la suma total de $990.918,75. Mediante nota prestan conformidad para la contratación del servicio de limpieza por modalidad de contratación directa para el mes de Noviembre. Adjuntan análisis de precios resultando un valor hora para noviembre sin rentabilidad de $570,30 mientras que el aprobado para esta Contratación de es de $528.49. No obstante lo expuesto aceptan la presente contratación con el objeto de dar continuidad al servicio de limpieza considerando un servicio crítico en el presente contexto;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 75/100 ($990.918,75) con impuestos incluidos (Valor hora $528,49);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º:Aprobar las actuaciones digitales correspondiente a la Contratación Directa Art. ------------------ 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”.----------------------------
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la Contratación Directa Art. 156 Inc. 8 de la LOM Nº 216/2021 -------------------- correspondiente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20” a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por el término de 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive, en la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 75/100 ($990.918,75) con impuestos incluidos (Valor hora $528,49).----------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: El plazo de prestación del servicio de referencia será por el término de ------------------- 01 (un) mes desde las 12 hs. del día 01/11/2021 hasta las 12 hs del día 01/12/2021 ambos inclusive.----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.-
RESOLUCION 800-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 344-O-2021 Cpos. 01 y02 referente a la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 795/21 de fecha 27/10/2021 (fs. 405) se solicitó a la firma RECONSTRUCCIÓN CAÑOS S.A una Mejora de Precios en virtud de exceder su oferta el Presupuesto Oficial;
Que con fecha 28/10/21 se realizó la apertura de sobre de la mejora de oferta de la licitación de referencia según surge del acta obrante a fs. 409;
Que en Acta de reunión del día 28/10/21(fs. 413) la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación informa lo siguiente: En Acta de Reunión Nº 03 de fecha 26 de octubre de 2021 se solicitó a la firma oferente RECONSTRUCCION CAÑOS S.A una mejora de oferta. Con fecha 27 de octubre de 2021 la firma oferente remitió una nota en la cual señala que no es posible mejorar su oferta. Indican que el Presupuesto Oficial asciende a $31.399.093,95, con Impuestos Incluidos, el cual fue confeccionado a fecha julio 2021, el cual actualizado por Departamento de Presupuesto, Gráfica y Datos Estratégicos, de la Gerencia de Obras a la fecha de apertura asciende a $33.124.321,54, con Impuestos Incluidos. La oferta de la firma, asciende a $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos. En conclusión, la oferta asciende tan solo a un 12.97% sobre el presupuesto oficial actualizado. Atento que en el primer llamado solo se presentaron dos oferentes de los cuales solo una oferta resultó válida; que se procedió a un segundo llamado presentándose solo un oferente, a pesar de haberse realizado la publicidad y los avisos en tiempo y forma; que se detectó un defecto en la confección de la planilla de cotización, que al subsanarse supone una merma en la expectativa de beneficio del oferente; que se solicitó mejora de precio y que el Presidente de la Comisión, en carácter de autoridad del área solicitante enfatiza el interés que reviste la obra y el costo que significa para OSSE dilatar su ejecución; la comisión entiende que la Oferta de la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A por $37.421.808,66, con Impuestos Incluidos resulta conveniente a los Intereses de OSSE;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 19/21 Segundo llamado “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” a la firma RECONSTRUCCION CAÑOS S.A por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS OCHO CON 66/100 ($37.421.808,66) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 406 del Expediente N° 344-
------------------- O-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA”.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 19/21 Segundo Llamado “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN TEJEDOR 2° ETAPA” a la firma RECONSTRUCCIÓN CAÑOS S.A por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS OCHO CON 66/100 ($37.421.808,66) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.----------------------------------------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “REACONDICIONAMIENTO IMPULSIÓN -------------------TEJEDOR 2° ETAPA” será de 120 (CIENTO VEINTE) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.-----------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Preadjudicataria ------------------ que dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ---------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ----------------- Garantía de Mantenimiento de Oferta a la firma: POLIZUL S.R.L según Recibo N° 221 de fecha 17/09/21 (fs. 326).-------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y --------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 801-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 63/21 Nuevo llamado referente a la " ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 596/21 de fecha 18/08/21 se resolvió: 1) Adjudicar los Renglones Nº 7 y 8 (mejorado) a la firma SERVELEC SRL. bajo Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 101.25 al día 16/07/2021) en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 25/100 ($494.687,25) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones de $534.916,00 y; 2) Realizar un NUEVO LLAMADO para los Renglones Nº 1 a 6 del Concurso de referencia, trazando las modificaciones necesarias para el mismo, por los motivos expuestos en la citada resolución;
Que se ha cumplido con las formalidades del NUEVO LLAMADO a Concurso de Precios Nº 63/2021 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose invitado a 21 (veintiún) empresas del ramo, solo presentó oferta la firma CASA BLANCO SA cotizando la totalidad de los Renglones en la suma total de $408.031,00 con impuestos incluidos según surge del Acta de Apertura de fecha 16/09/2021.
Que en virtud que los precios ofrecidos por la mencionada firma superaba ampliamente el Presupuesto Oficial para dichos renglones ($255.210,57) en un 59.88%, se realizó un relevamiento telefónico con las firmas utilizadas para la confección del Presupuesto Oficial y otras empresas del ramo resultando que la firma MICROTEC INGENIERIA SRL y DS TECH ARGENTINA presentan presupuesto en la suma total de $271.862,05 y $368.124,31 respectivamente solicitando Anticipo Financiero del 100% y no incluyendo flete;
Que de lo indicado precedentemente se desprende que la oferta presentada por el único oferente para el nuevo llamado a Concurso de referencia, CASA BLANCO SA, no resulta económicamente convenientes a los intereses de OSSE por lo que deberían declararse fracasados los mismos, desistiendo de la adquisición bajo la presente modalidad de contratación.
Que en virtud de lo expuesto precedentemente esta Gerencia considera conveniente realizar, una vez confeccionada la nueva solicitud por la Gerencia solicitante, una Contratación Directa para los mencionados renglones trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE:
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) DECLARAR FRACASADO el NUEVO LLAMADO (Renglones Nº 1 a 6) del Concurso de Precios Nº 63/21 "ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” por no resultar los valores ofertados económicamente convenientes a los intereses de OSSE, desistiendo de la adquisición de dichos materiales bajo la presente modalidad de contratación y; 2) Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar una Contratación Directa para los renglones declarados fracasados trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 63/21 Nuevo ------------------ llamado referente a la " ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS”.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: DECLARAR FRACASADO el NUEVO LLAMADO (Renglones Nº 1 a 6) del
--------------------- Concurso de Precios Nº 63/21 "ADQUISICION MODULO ETHERNET, GATEWAY, TRANSFORMADOR DE AISLACION Y UPS” por no resultar los valores ofertados económicamente convenientes a los intereses de OSSE, desistiendo de la adquisición de dichos materiales bajo la presente modalidad de contratación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar al Área Contaduría a desafectar los renglones fracasados indicados en el Artículo 2º------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Gerencia solicitante a iniciar, en caso de resultar necesario un ------------------ nuevo tramite de compra por los renglones desistidos indicados en el Artículo 2º -
ARTICULO 5º Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a realizar una Contratación ------------------ Directa para los renglones declarados fracasados trazando nuevas condiciones comerciales a fin de contar con mayor cantidad de ofertas que resulten convenientes a los intereses de OSSE.------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y -------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 802-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Digital referente a la Licitación Pública Nº 21/21: “SERVICIO PROVISION Y COLOCACION ELECTROBOMBA SOLAR C/EQUIPAMIENTO” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio 700/21 fecha 22/10/21 se aprueba el llamado a licitación pública de la contratación de referencia, creándose la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, la cual se encuentra integrada por el Ing. Luis Mérida, quien presidirá la misma como titular y el cartógrafo Ignacio Redin como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos; la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo;
Que, con fecha 26/10/21, la Gcia. de Energías Renovables y Recursos Hídricos solicita la modificación de dicha comisión recomendando su integración de la siguiente manera: el Ing. José Luis Morea como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente;
Que, por lo expuesto, la Gcia. de Compras y Suministros aconseja modificar la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación de la presente contratación, resultando: el Ing. José Luis Morea quien presidirá la misma como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos, la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Modificar la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación de la presente -------------------- contratación, resultando de la siguiente manera: el Ing. José Luis Morea quien presidirá la misma como titular y el Ing. Luis Mérida como suplente, ambos por la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos; la Lic. Daiana Chica como titular y como suplente el CP Hernán Mingione, ambos por el Área Contaduría y la Dra. Paula Archimio como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. ----------------------------------------------
ARTICULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase al Área Compras a fin de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.------------------------------
RESOLUCION 803-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Servicios, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-500-184 de fecha 23/09/21 solicita la adquisición de repuestos para electrobombas GRUNDFOS S3.135.600 instaladas en el sistema de bombeo principal de la EDAR dado que uno de los 6 equipos instalados presenta un informe de fallas y ha quedado fuera de servicio y los kit de reparación son para efectuar las tareas de mantenimiento que resulten necesarias dada la proximidad de la época estival, solicitando sea adjudicada de forma urgente y directa a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la provisión del material requerido, siendo esta firma la filial local de la firma GRUNDFOS , fabricante del equipo y proveedor oficial de repuestos originales;
Que el Área Contaduría, con fecha 04/10/21, sin encontrar objeciones, procede a imputar la Solicitud Nº 3-500-184 enmarcando la misma en el Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM, los cuales establecen: “Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: … 1° Cuando se trate de artículos de venta exclusiva. … 6° La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general.”
Que la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. presenta Pliego de Bases y Condiciones completo y firmado, cotizando la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44);
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 ------------------ de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS”. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma BOMBAS GRUNDFOS DE ARGENTINA S.A.U. la --------------------Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 y 6 de la LOM Nº 207/21 referente a la “ADQ. DE SELLOS PARA BOMBAS GRUNDFOS” por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS CON 44/100 ($1.447.702,44) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial.-------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Adjudicataria -------------------que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. -------------------
ARTICULO 4°: El plazo de Entrega será dentro de los TREINTA Y CINCO (35) días corridos de ------------------- notificada la Orden de Compra.----------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.---------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras ------------------ a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase----------------------------
RESOLUCION 804-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 360-C-2021 Cpos. 01 y 02 referente a la Contratación Directa Art 132 Inc. f) LOM N° 01/21: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-123 de fecha 12/07/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle JARA 2098 Y OTROS, adjuntando: Presupuesto Oficial, Memoria Descriptiva y Especificaciones Técnicas Particulares;
Que, el área Contaduría procede a imputar la contratación en el marco del procedimiento de LICITACION PRIVADA, conforme al Art. 133 L.O.M;
Que, se ha cumplido con las formalidades del 1º y 2º llamado a Licitación Privada Nº 17/21, autorizado por Resoluciones Nº 547/21 de fecha 05/08/21 y Nº 615/21 de fecha 25/08/21, respectivamente, declarándose ambos fracasados por inexistencia de ofertas;
Que, mediante Resolución Nº 676/21 de fecha 13/09/21 se autoriza la realización de una Contratación Directa, encuadrando la misma en el marco del Art. 132 Inc. f) de la L.O.M., el cual en su parte pertinente establece: “…Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:… f) Se haya realizado una licitación y no haya habido proponentes o no se hubieren hecho ofertas convenientes…”. Asimismo, se aprueba modificar el Pliego de Bases y Condiciones, excluyendo del mismo la cláusula de la Capacidad Técnica Financiera;
Que, aún luego de haberse realizado modificaciones al pliego de bases y condiciones y, habiéndose cumplido las formalidades del llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) L.O.M. Nº 01/21, únicamente presentó oferta la firma SAAVEDRA PARK, la cual cotiza un total de $3.593.561,00 superando el Presupuesto Oficial en un 28%. Habiendo solicitado mejora, la misma manifiesta la imposibilidad de reducir sus valores ofertados originalmente en virtud de, entre otras causas, los altos costos que surgen de la necesidad de realizar un contrato de representación técnica con un ingeniero ya que poseen un arquitecto en planta permanente;
Que, visto que aún con las modificaciones realizadas al Pliego de Bases y Condiciones no se presentan ofertas convenientes a los intereses de OSSE, la Gcia. de Compras y Suministros, mediante nota de fecha 06/10/21 (fs. 311/21), realiza consulta al Área Contaduría a fin indique si comparte el criterio de adecuar el pliego de bases y condiciones a los requisitos que se solicitan para las Obras de Menor Envergadura. En respuesta, la Contaduría informa a fs. 313 que se podrían realizar dichas modificaciones, teniendo en consideración la doctrina sentada por el Honorable Tribunal de Cuentas;
Que, mediante Resolución Nº 758/21 de fecha 14/08/21, se aprueba la realización de un NUEVO LLAMADO para la Contratación Directa de referencia, trazando para ésta los requisitos actuales que se plantean para las Obras de Mejor Envergadura;
Que, según Acta de Apertura de fecha 26/10/21 ha presentado oferta para el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) L.O.M. Nº 01/21, la firma SAAVEDRA PARK S.R.L., la cual cotiza la suma total de $3.367.486,00 superando el Presupuesto Oficial en un 19.98%, Sin perjuicio de lo expuesto, esta Gcia. Observa que, con fecha 29/09/21, la Gcia. de Producción, solicita a la Gcia. de Obras la actualización del Presupuesto Oficial, ascendiendo el mismo a la suma de $2.925.064,96 (fs. 282). En consecuencia, la oferta presentada por la firma oferente resulta un 15,12% por encima del presupuesto Oficial actualizado;
Que, con fecha 26/10/21 la Gcia. de Producción se expide respecto a la oferta presentada, concluyendo que, visto que la presente contratación tiene un plazo de ejecución de 75 días corridos y teniendo en consideración el actual impacto inflacionario, la misma resulta conveniente a los intereses de OSSE, solicitando la adjudicación a la brevedad;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” a la firma SAAVEDRA PARK S.R.L. por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($3.367.486,00) por ser su propuesta conveniente y cumplir con lo solicitado en el P. B y C.;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes a partir de fs. 316 del expediente Nº 360-C- -------------------- 2021 Cpo. 02 referente al Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS”. -----------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar el Nuevo Llamado a Contratación Directa Art. 132 Inc. f) de la ------------------- L.O.M Nº 01/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL JARA 2098 Y OTROS” a la firma SAAVEDRA PARK S.R.L. por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($3.367.486,00) por ser su propuesta conveniente y cumplir con lo solicitado en el P. B y C. -------------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la SAAVEDRA PARK ------------------- S.R.L. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la SAAVEDRA PARK ------------------ S.R.L. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles deberá presentar la documentación establecida en los Arts. 12 y 19 de las Cláusulas Particulares del P.B.y C. ----
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 75 días corridos ------------------- a partir de la firma del acta de inicio de obra.-----------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 805-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 359-O-2021 Cpos. 01 a 03 referente a la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 759/21 de fecha 14/10/2021 (fs. 368) se declararon admisibles las Ofertas de las firmas ROMERO PABLO ESTEBAN,
ISTRIA S.A. y ROCMA S.R.L., procediendo a la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) con fecha 19 de Octubre de 2021 según consta en Acta de fs. 372;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, en Acta de Reunión de fecha 20/10/21 (fs. 496) informa que habiéndose procedido a la apertura del Sobre Nº 2 de la licitación que cuenta con un Presupuesto Oficial (Julio de 2021) de $ 28.166.986,61, que contiene la “Propuesta Económica” de los Oferentes ROCMA S.R.L, CONSTRUCTORA PABLO ROMERO e ISTRIA S.A se da lugar a analizar el contenido de cada propuesta. Las firmas ROCMA S.R.L, CONSTRUCTORA PABLO ROMERO e ISTRIA S.A han dado cumplimiento con toda la documentación exigida en el P.B.C. El siguiente cuadro presenta Orden de Prelación, confeccionado con los montos totales de las Ofertas admisibles con y sin los descuentos, con impuestos incluidos:
Las firmas ROCMA S.R.L y CONSTRUCTORA PABLO ROMERO han presentado la documentación en forma correcta no habiendo observaciones que formular. La firma ISTRIA S.A al momento de presentar la planilla de cotización incluye una copia transcripta en donde consigna para el Ítem 5.6 Empalme a redes secundarias la cantidad de 8 unidades cuando el Presupuesto Oficial señala desarrollar 6 unidades. Es así que se procedió a re calcular la oferta. Surgiendo de ese recalculo el siguiente orden de prelación:
El recalculo de la oferta de la firma ISTRIA S.A no modifica el orden de prelación sugerido por la Comisión. Sin perjuicio de la recomendación del orden de mérito, sugerido por la Comisión, la firma que resulte preadjudicataria deberá presentar los Análisis de precio y Planilla de Cotización ajustada con el descuento ofrecido;
Que la firma ISTRIA S.A. presenta Análisis de Precios y Planilla de cotización ajustada con el descuento ofrecido, ello según actuaciones obrantes de fs. 498 a 504 ambas inclusive. En efecto, a fs. 506 el Subgerente de Obras concluye que la oferente se ajusta plena y satisfactoriamente a lo solicitado;
Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación y a lo informado por el Subgerente de Obras recomienda: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 18/21 “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” a la firma ISTRIA SA en su Oferta con descuento por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 31/100 ($22.032.473,31) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $28.166.986,61;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 369 del Expediente N° 359-
------------------- O-2021 Cpos. 01 a 03 referente a la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1”.----------------------
ARTICULO 2°: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 18/21 “PLAN FUGA CERO –
------------------- RECAMBIO DE CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” a la firma ISTRIA SA en su Oferta con descuento por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 31/100 ($22.032.473,31) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $28.166.986,61.--------------------------------------
ARTICULO 3°: El plazo de ejecución de la Obra “PLAN FUGA CERO – RECAMBIO DE ------------------- CAÑERIAS BOSQUE P. RAMOS SECTOR 3 ETAPA 1” será de 180 (CIENTO OCHENTA) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los 10 (diez) días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.-------------------------------
ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Preadjudicataria ------------------ que dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ---------------------
ARTICULO 5º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ----------------- Garantía de Mantenimiento de Oferta de las firmas: ROCMA SRL según Recibo N° 216 de fecha 15/09/21 (fs. 302) y ROMERO PABLO ESTEBAN según Recibo N° 218 de fecha 16/09/21 (fs. 304).---------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y --------------------Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 806-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la solicitud de Licencia sin Goce de Haberes presentada por el agente Estefanía FERNANDEZ (CI 1243); y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente peticiona el uso de Licencia sin Goce de Haberes por cuestiones de índole estrictamente personal, a partir del día 11 de noviembre de 2021 por el término de 1 (un) año;
Que ingresó en planta permanente en Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado el día 15/09/2017;
Que de acuerdo a lo informado por el Gerente General de Grandes Consumidores, las tareas del agente podrán ser redistribuidas y ejecutadas por el personal de la Gerencia;
Que el Gerente de Recursos Humanos pone de manifiesto que la Gerencia ha requerido personal para cumplimentar el servicio asignado a la dependencia, con lo cual no correspondería acceder a lo solicitado, se han tomado en consideración los motivos esgrimidos por la trabajadora, autorizándose excepcionalmente la licencia por un plazo de un (1) año;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Conceder Licencia sin Goce de Haberes al agente Estefanía FERNANDEZ -------------------(CI 1243), dependiente de la Gerencia General de Grandes Consumidores, desde el día 11 de noviembre de 2021 al 10 de noviembre de 2022, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Tomar conocimiento el interesado que, a partir de la fecha de la ---------------------notificación de la presente y en virtud del carácter que reviste el beneficio otorgado, queda en suspenso durante el término de dicha licencia los aportes previsionales y los correspondientes a la asistencia médico farmacéutica y seguros de vida, debiendo tramitar ante las prestadoras de dichos servicios su continuidad o en su caso la baja conforme lo considera pertinente.---------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al registro de resoluciones, comuníquese y cúmplase.-------------------
RESOLUCION 807-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la licencia ordinaria otorgada al Jefe del Departamento de Presupuestos, Gráfica y Datos Estratégicos, dependiente de la Gerencia de Obras, Oscar Enrique RODRIGUEZ (CI 256), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX; y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente se ausentará durante el período comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Martín Oscar MARTELO (CI 619), Jefe del Área Cómputos y Presupuesto, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir en forma transitoria el cargo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Martín Oscar --------------------MARTELO (CI 619), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, en la firma y despacho de la Jefatura del Departamento de Presupuestos, Gráfica y Datos Estratégicos, dependiente de la Gerencia de Obras, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX, desde el día 08 de noviembre de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al ---------------------objeto del gasto 1. 1. 5. 02. “Bonificación por Reemplazos”.---------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------- corresponda. - Cúmplase.----------------------------------------------------------
RESOLUCION 808-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Sr. Gerente de Calidad Lic. Marcelo Omar SCAGLIOLA (CI 396), y;
CONSIDERANDO
Que el Sr. Gerente se ausentará durante el periodo comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 al 19 de noviembre de 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia de Calidad, sin las funciones asignadas por Resolución Nº 443/18;
Que el agente Gabriela VON HAEFTEN (CI 686) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, designada a cargo de la Jefatura del Laboratorio de Aguas de la Gerencia de Calidad, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de Gerente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXII;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que asimismo corresponde encomendar al agente reemplazante el manejo de la Caja Chica de la Gerencia asignado por Resolución Nº 694/20, durante el período indicado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º : Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Gabriela ----------------------VON HAEFTEN (CI 686) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, Jefe del Laboratorio de Aguas de la Gerencia de Calidad, en la atención y firma del despacho de la Gerencia de Calidad, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII, sin las funciones asignadas por Resolución Nº 443/18, durante el periodo comprendido desde el día 08 de noviembre de 2021 al 19 de noviembre de 2021, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------
ARTICULO 2º : No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3º: Encomendar el manejo de la Caja Chica de la Gerencia de Calidad -------------------- asignado por Resolución Nº 694/20, por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto ------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.----------------------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 809-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio puestas de manifiesto por la Gerencia de Producción, y;
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.446), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.446);
Que la Gerencia de Producción ha manifestado la posibilidad de modificar el lugar operativo de prestación de servicio de los agentes Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional” y Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional”, fundado en cuestiones operativas y de índole personal de los involucrados;
Que la Gerencia de Recursos Humanos ha evaluado la oportunidad y conveniencia de atender dicha solicitud, constatando que la reubicación no resentirá la normal prestación del servicio de desagües cloacales ni la operatividad tanto de Base Norte como de Base Sur y que favorecerá la calidad de vida de los trabajadores, no causándoles ningún perjuicio de carácter material ni moral;
Que a tal fin Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional” presta su consentimiento para renunciar al concepto “Adicional Retén” y adherirse al régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes, en el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asiento en Base Sur -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Asimismo el agente Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional” presta su consentimiento para prestar servicio al Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Norte, manteniendo su actual situación escalafonaria -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar a partir del día 1° de Noviembre de 2021 al equipo de trabajo -------------------del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Sur -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función MOPF “Medio Oficial Polifuncional”, en el régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes.-------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Incorporar a partir del día 1° de Noviembre de 2021 al equipo de trabajo --------------------del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción con asentamiento en Base Norte, -sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente Julio César MENCHACA (CI 498), Función OFPF “Oficial Polifuncional”, manteniendo su actual situación escalafonaria.-----------------------
ARTICULO 3º: Aceptar la renuncia del agente Juan Carlos CASTILLO (CI 1188), Función -------------------MOPF “MedioOficial Polifuncional” al concepto “Adicional Retén”.-------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias -----------------que pudieren corresponder.----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.------------------
RESOLUCION 810-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la renuncia presentada por María Susana ROLDÁN(CI568);para acogerse al beneficio previsional y
CONSIDERANDO
Que en fecha 21/10/2021 se recibió Telegrama TCL 978 enviado el 20/10/2021 por María Susana ROLDÁN (CI 568); donde comunica su renuncia partir del día 01/12/2021 para acogerse a beneficio previsional (Art. 240 LCT);
Que el trabajador ha optado por acogerse al régimen previsto en Ley 12.950 y sus modificatorias (Anticipo Jubilatorio), lo que supone el cumplimiento de los recaudos necesarios para la obtención de beneficio previsional del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS);
Que sin que implique asumir responsabilidad por la verificación de los requisitos respectivos, corresponde aceptar la renuncia comunicada a efectos del inicio de los trámites jubilatorios ante dicho organismo;
Que corresponde autorizar al Sr. Presidente de OSSE a celebrar con el trabajador Convenio de Anticipo Jubilatorio, cuyo texto se aprueba en Anexo I;
Que de acuerdo a lo previsto en Ley 12.950 y sus modificatorias a partir del mes siguiente a que el trabajador deje de percibir haberes como trabajador activo; OSSE abonará a aquel en concepto de Anticipo Jubilatorio un importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de la remuneración mensual correspondiente a su categoría y jornada al momento de su baja, incluyendo el sueldo anual complementario (SAC), el que será actualizado de conformidad a la paritaria vigente de cada año calendario hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional por parte del IPS. Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo, y serán deducidas por IPS al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes;
Que corresponde autorizar a Contaduría a abonar al trabajador su liquidación final, comprensiva -de corresponder- de: el beneficio establecido en el Art. 76º de la CCT 57/1975 para el personal dado de baja al acogerse a la jubilación ordinaria; indemnizaciones sustitutivas de licencias no gozadas de conformidad con lo establecido en Art. 9º inc. “c” de la CCT 57/75; y aguinaldo proporcional (Art. 123 LCT);
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2021, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia comunicada por María Susana ROLDÁN-----------------------DNI 10.590.867Función Encargado Oficial Polifuncional EOPF a partir del 01/12/2021 para acogerse al beneficio previsional. -------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Sr. Presidente de OSSE a celebrar con el trabajador --------------------Convenio de Anticipo Jubilatorio, cuyo texto se aprueba en Anexo I.--------
ARTICULO 3º:Autorizar a la Contaduría a abonar al trabajador su liquidación final ---------------------comprensiva -de corresponder- de: el beneficio establecido en el Art. 76º de la CCT 57/1975 para el personal dado de baja al acogerse a la jubilación ordinaria; indemnizaciones sustitutivas de licencias no gozadas de conformidad con lo establecido en Art. 9º inc. “c” de la CCT 57/75; y aguinaldo proporcional (Art. 123 LCT).-------------------
ARTICULO 4º:Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes -------------------presupuestados para el año 2021 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan. --------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 GERENCIA GENERAL DE GRANDES CONSUMIDORES; Categoría Programática 03.00.08ATENCIÓN AL CLIENTE y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, notifíquese y cúmplase. --------------------
RESOLUCION 811-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
CONVENIO DE ANTICIPO JUBILATORIO
Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO, en adelante OSSE, representada en este acto por el presidente del Directorio Arq. CARLOS ALBERTO KATZ, DNI16.593.363 por una parte, y la Sra. MARÍA SUSANA ROLDAN, DNI Nº10.590.867,en adelante EL BENEFICIARIO por la otra parte, acuerdan en celebrar el presente Convenio de Anticipo Jubilatorio.
PRIMERA: Habiendo cesado en su condición de trabajador activo por renuncia a efectos del inicio de trámite jubilatorio, y manifestando cumplir los recaudos necesarios para la obtención de beneficio previsional del Instituto de Previsión en de la Provincia de Buenos Aires, en adelante IPS, el BENEFICIARIO en este acto solicita expresamente acogerse a los beneficios establecidos en Ley 12.950 y sus modificatorias.
SEGUNDA: En consecuencia, de acuerdo a lo previsto en la normativa aplicable, a partir del mes siguiente a que el BENEFICIARIO deje o hubiere dejado de percibir haberes como trabajador activo; OSSE abonará a aquel en concepto de Anticipo Jubilatorio un importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de la remuneración mensual correspondiente a su categoría y jornada al momento de su baja, incluyendo el sueldo anual complementario (SAC), el que será actualizado de conformidad a la paritaria vigente de cada año calendario hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional por parte del IPS.
TERCERA: Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo y, una vez concedido el beneficio jubilatorio, serán deducidas por IPS al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes, depositando en la cuenta de OSSE los aportes pagados por ésta y abonando el saldo al BENEFICIARIO.-
CUARTA: En caso de que la liquidación del retroactivo no alcanzare a cubrir la totalidad de anticipos abonados por OSSE, el BENEFICIARIO no será incorporado en Planillas de Pago del IPS hasta tanto se produzca tal cobertura por acumulación de haberes jubilatorios no liquidados. Ello a efectos de su transferencia por IPS a OSSE.
QUINTA: En caso de que el IPS omita efectuar las retenciones sobre el retroactivo o los haberes mensuales mencionadas en las cláusulas tercera y cuarta, el BENEFICIARIO resultará responsable personalmente por la devolución a OSSE de las sumas abonadas en concepto de anticipo jubilatorio, debiendo hacerlo dentro del plazo de 48 horas de cada percepción indebida. En caso de mora se devengará un interés compensatorio aplicándose una tasa de interés equivalente a la que perciba el IPS de los deudores por contribuciones previsionales.
SEXTA: En caso de denegatoria o rechazo del beneficio jubilatorio por parte del IPS el BENEFICIARIO deberá restituir a OSSE los fondos por ella abonados en concepto de anticipo jubilatorio con más los intereses compensatorios devengados desde cada pago, aplicándose la tasa de interés indicada en la cláusula anterior.
SÉPTIMA: Para todos los fines legales EL BENEFICIARIO constituye domicilio especial en la calle ROSALES LEONARDO Nº6621 de Mar del Plata y domicilio electrónico MSUROLDAN@GMAIL.COM y OSSE domicilio especial en calle French Nº 6737 – Piso 2º - de Mar del Plata y domicilio electrónico RECHUMANOS@OSMGP.GOV.AR, y se someten las partes a los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Mar del Plata, competentes para atender en los hechos o cuestiones que se susciten, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares en la ciudad de Mar del Plata a los …29….días del mes de OCTUBRE………… del año …2021..-
RESOLUCION 811-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto el informe elaborado por el Sr. Tesorero, obrante en expediente digital N° 545-T-2006; y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al Procedimiento para la destrucción de comprobantes de recaudación aprobado como Anexo II mediante Resolución de Directorio 778/12, el Sr. Tesorero informa listado de comprobantes que se encuentran en condiciones de ser dados de baja por haber cumplimentado el tiempo de 10 años de guarda;
Que en el mencionado listado se encuentran diferentes comprobantes correspondientes a los años 1997 al 2010;
Que de acuerdo a las indicaciones del Archivo histórico de la Provincia de Buenos Aires estos comprobantes no revisten valor histórico ni estadístico, pero de igual manera se deja una muestra por año para contribuir con una futura investigación histórica;
Que para cumplimentar con el Procedimiento se dará intervención a la Jefatura del Archivo General - Sra. Jefa de Mesa General de Entradas, a los efectos de coordinar con la Unidad de Gestión Ambiental, dependiente de la Gerencia de Calidad el retiro, traslado, destrucción, confección de Acta que deberá ser avalada por la mencionada Jefatura y recepción del certificado de destrucción extendido a los efectos;
Que la Unidad de Gestión Ambiental cuenta con convenio vigente para la recepción y destrucción de papel en el marco del Proyecto Interno de Reciclado de Papel;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24672 del Honorable concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Autorizar a dar de baja la documentación cuyo listado obra cono Anexo I ---------------------de la presente, en las condiciones Reglamentadas en la Resolución de Directorio 778/12.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°: Autorizar a la Unidad de Gestión Ambiental, dependiente de la Gerencia ---------------------de Calidad a realizar las acciones tendientes a la destrucción de la documentación, solicitando el certificado correspondiente.---------------------------------------
ARTÍCULO 3°: Encomendar a la Jefatura del Archivo General – Sra. Jefa de Mesa ---------------------General de Entradas y la Jefatura de la Unidad de Gestión Ambiental la coordinación, supervisión y cumplimiento de las tareas encomendadas.------------------------
ARTÍCULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 812-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
DOCUMENTACION PARA DESTRUIR |
||||
Incluye boletas, ordenes de pago y documentación hasta el año 2010 inclusive. Total: 150 cajas |
||||
Nº CAJA NUEVO |
CAJA Nº |
DETALLE |
MES |
AÑO |
26 |
552 |
Convenios:1al 8 |
|
1997 |
27 |
553 |
SERVICIO MEDIDO |
|
1998/1999 |
28 |
554 |
Convenios:9 al 12 |
|
1997 |
29 |
555 |
Convenios:13 al 16 |
|
1997 |
30 |
556 |
Convenios:17 al 20 |
|
1997 |
31 |
557 |
Convenios:21 al 24 |
|
1997 |
32 |
558 |
Convenios:25 al 28 |
|
1997 |
33 |
559 |
Convenios: 29 al 32 |
|
1997 |
34 |
560 |
Convenios: 33 al 36 |
|
1997 |
35 |
561 |
Convenios: 37 al 40 |
|
1997 |
36 |
562 |
Convenios: 41 al 44 |
|
1997 |
37 |
563 |
Convenios: 45 al 48 |
|
1997 |
38 |
564 |
Convenios: 49 al 52 |
|
1997 |
39 |
565 |
Convenios: 53 al 56 |
|
1997 |
40 |
566 |
Convenios: 57 al 60 |
|
1997 |
42 |
573 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
43 |
574 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
44 |
575 |
Convenios Agencias |
|
1998 |
48 |
601 |
Boletas días: 05-06-09-10 y 11 |
septiembre |
2002 |
123 |
1071 |
Notas MEP Bco Credicoop |
|
2003 |
|
|
Boletas de deposito - 2004 / 2005 |
enero/sept - |
2004 |
|
|
Cheques anulados - Año 2000 |
|
2000 |
|
|
Copias P.F. Agosto a Noviembre 2003 |
agosto/nov. |
2003 |
270 |
1218 |
Boletas días: 16-19-20-21-23-26-27-28-29-30/Todo diciembre/todo enero ´08/01-04-05-06-07-08-11-12-13-14-15-18-19-20-21-22 |
nov/dic/enero/febrero |
2007/2008 |
275 |
1223 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
enero a abril |
2008 |
284 |
1232 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
enero a marzo |
2008 |
311 |
1259 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
abril a mayo |
2008 |
312 |
1260 |
Boletas días: 25-26-27-28 y 29/Todo marzo a junio |
feb./mar/abril/ |
2008 |
313 |
1261 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
junio a julio |
2008 |
314 |
1262 |
Desacreditaciones 2002-2006. Errores de acred. Y cierres de caja nov.-dic./05 y 2008 |
|
|
318 |
1266 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
agosto-setiembre |
2008 |
319 |
1267 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
octubre-noviembre |
2008 |
320 |
1268 |
PAGOS VISTOS RESUELTOS 2008 - LISTADO PAGOS VISTOS 2008 |
|
2008/2009 |
321 |
1269 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
mayo a agosto |
2008 |
322 |
1270 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
sept. a diciembre |
2008 |
323 |
1271 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
enero a abril |
2009 |
324 |
1272 |
O.P. 2008 Extrapres. 1 a 120 / Ejerc. Anter. 1 a 120 |
O.P. (77 y 78) |
2008 |
325 |
1273 |
Boletas días: todo |
nov. a marzo |
2008/2009 |
326 |
1274 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
mayo a septiembre |
2009 |
327 |
1275 |
Comprob. Ing.Vs.ANULADOS AÑO 2006 (40980-41083-41096-41097) |
Comprobantes |
2006 |
328 |
1276 |
Tira Testigo Timbradora AÑO 2008 (Enero a Octubre Completo) |
Comprobantes |
2008 |
329 |
1277 |
O.P. 2008 - Ejerc. Anteriores 120 a 305 |
Ej.Ant. 120 a 305 |
2008 |
330 |
1278 |
O.P. 2008 - (21) 1 a 151 |
O.P. 1 a 151 |
2008 |
331 |
1279 |
O.P. 2008 - (21) 152 a 300 |
O.P. 152 a 300 |
2008 |
332 |
1280 |
O.P. 2008 - (21) 301 - 460 |
O.P. 301 a 460 |
2008 |
333 |
1281 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
marzo-mayo |
2009 |
334 |
1282 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
dic./enero-feb. |
2008/2009 |
335 |
1283 |
O.P. (21) 461 a 625 |
O.P. 461 a 625 |
2008 |
336 |
1284 |
O.P. 2008 - (21) 626 a 799 |
O.P. 626 a 799 |
2008 |
337 |
1285 |
O.P. 2008- (21) - 800 a 1000 |
O.P. 800 a 1000 |
2008 |
338 |
1286 |
O.P. 2008 - (21) 1001 a 1177 |
O.P. 1001 a 1177 |
2008 |
339 |
1287 |
O.P. 2008 - (21) 1178 a 1350 |
O.P. 1178 a 1350 |
2008 |
340 |
1288 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
junio-julio |
2009 |
341 |
1289 |
Boletas días: todo |
abril a julio |
2009 |
342 |
1290 |
Tarjetas de Crédito y Débito 2002-Transferencias Bco. Pcia. 2007-Comisiones Bcos.Particulares 1ºsemestre´99 |
|
|
344 |
1292 |
Año 2007 - O.P. 3461 a 3560 - Año 2008: Extrapres. 121 a 326 |
O.P. y O.P. Extrap. |
2007/08 |
345 |
1293 |
Año 2007 - O.P. 3561 a 3611 - Año 2008: Extrapres. 327 a 566 |
O.P. y O.P. Extrap. |
2007/08 |
346 |
1294 |
Año 2008 - O.P. 1351 a 1509 |
O.P. 1351-1509 |
2008 |
347 |
1295 |
Año 2008 - O.P. 1510 a 1656 |
O.P. 1510-1656 |
2008 |
348 |
1296 |
Año 2008 - O.P. 1657 a 1870 |
O.P. 1657-1870 |
2008 |
349 |
1297 |
Año 2008 - O.P. 1871 a 2220 |
O.P. 1871-2220 |
2008 |
350 |
1298 |
Año 2008 - O.P. 2221 a 2490 |
O.P. 2221 a 2490 |
2008 |
351 |
1299 |
Año 2008 - O.P. 2491 a 2781 |
O.P. 2491 a 2781 |
2008 |
352 |
1300 |
Año 2008 - O.P. 2782 a 3067 |
O.P. 2782 a 3067 |
2008 |
353 |
1301 |
Documentacion de Respaldo Bco. Particulares |
agosto/set. |
2009 |
358 |
1306 |
Documentacion de Respaldo Bco. Particulares |
octubre-diciembre |
2009 |
359 |
1307 |
Extractos bancarios (88/8-183/6-195/9-198/0-237/2-258/7-270/9-283/9-284/6-319/1-341/2-493/4-645/9-45141/9-45142/6-45147/1-45282/5-45469/2-47685/4-50617/1-55761/7-55762/5-55763/3-350123146/3) |
|
|
360 |
1308 |
Tira Testigo Timbradora AÑO 2008 (Noviembre a Diciembre Completo) |
|
2008/2009 |
361 |
1309 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
enero-marzo |
2010 |
362 |
1310 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
abril-junio |
2010 |
363 |
1311 |
O.P. 3068 A 3352 - AÑO 2008 |
|
2008 |
364 |
1312 |
O.P. 3353 A 3696 - AÑO 2008 |
|
2008 |
365 |
1313 |
O.P. 3697 A 4008 - AÑO 2008 |
|
2008 |
368 |
1316 |
O.P. 405 A 683 - AÑO 2009 |
|
2009 |
369 |
1317 |
O.P. 684 A 1006 - AÑO 2009 |
|
2009 |
370 |
1318 |
O.P. 1008 A 1279 - AÑO 2009 |
|
2009 |
371 |
1319 |
O.P. 1280 A 1595 - AÑO 2009 |
|
2009 |
373 |
1321 |
O.P. 1871 A 2095 - AÑO 2009 |
|
2009 |
374 |
1322 |
O.P. 2096 A 2365 - AÑO 2009 |
|
2009 |
375 |
1323 |
O.P. 2366 A 2601 - AÑO 2009 |
|
2009 |
376 |
1324 |
O.P. 2602 A 2913 - AÑO 2009 |
|
2009 |
377 |
1325 |
O.P. 2914 A 3196 - AÑO 2009 |
|
2009 |
380 |
1328 |
O.P. 3197 A 3485 - AÑO 2009 |
|
2009 |
381 |
1329 |
O.P. 3486 A 3715 - AÑO 2009 |
|
2009 |
382 |
1330 |
O.P. 3716 A 4006 -AÑO 2009 |
|
2009 |
383 |
1331 |
O.P. 4007 A 4266 - AÑO 2009 |
|
2009 |
384 |
1332 |
O.P. 4267 A 4495 - AÑO 2009 |
|
2009 |
385 |
1333 |
O.P. 4496 A 4723 - AÑO 2009 |
|
2009 |
386 |
1334 |
O.P. 4724 A 4903 - AÑO 2009 |
|
2009 |
387 |
1335 |
O.P. 4904 A 5075 - AÑO 2009 |
|
2009 |
388 |
1336 |
O.P. 5076 A 5235 - AÑO 2009 |
|
2009 |
389 |
1337 |
O.P. 5236 A 5412 - AÑO 2009 |
|
2009 |
390 |
1338 |
O.P. EXTR. 1 A 105 - LIQ. DEV. 1 A 10 - OP EJ.ANT. 1 A 170 |
|
2009 |
391 |
1339 |
CANC. EJEC. ANTERIORES O.P. 171 A 287 - AÑO 2009 |
|
2009 |
392 |
1340 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
Octubre 2009 a enero 2010 |
2009/2010 |
393 |
1341 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
febrero a mayo |
2010 |
394 |
1342 |
Tarjetas de Crédito y Débito |
junio a Sept. |
2010 |
395 |
1343 |
Doc. Respaldo Bcos. Particulares |
Julio a Sept. |
2010 |
396 |
1344 |
Boletas Caja 301 (Sept. Y Oct.) Año 2009 Acred.-reacred y Cierre de Caja Año 2009 |
|
2009 |
398 |
1346 |
O.P. 5413 a 5589 - AÑO 2009 |
|
2009 |
399 |
1347 |
O.P. 5590 a 5749 - AÑO 2009 |
|
2009 |
400 |
1348 |
O.P. 5750 a 5914 - AÑO 2009 |
|
2009 |
401 |
1349 |
O.P. 5915 a 6085 - AÑO 2009 |
|
2009 |
402 |
1350 |
CANC. EJERC. ANTERIORES O.P. 001 A 170 - AÑO 2010 |
|
2010 |
403 |
1351 |
CANC. EJERC. ANTERIORES OP. 171 A 295 - AÑO 2010 |
|
2010 |
404 |
1352 |
CANC. EJERC. ANTER. OP. 296 A 382 - OP. 1 A 114 - AÑO 2010 |
|
2010 |
405 |
1353 |
O.P. 115 A 289 - AÑO 2010 |
op 115-289 |
2010 |
406 |
1354 |
OP. 290 A 434 - AÑO 2010 |
op 290-434 |
2010 |
407 |
1355 |
OP. 435 A 615 - AÑO 2010 |
op 435-615 |
2010 |
408 |
1356 |
OP. 616 A 774 - AÑO 2010 |
op 616-774 |
2010 |
409 |
1357 |
OP. 775 A 929 - AÑO 2010 |
op 775-929 |
2010 |
410 |
1358 |
OP 930 A 1094 - AÑO 2010 |
op 930-1094 |
2010 |
411 |
1359 |
OP 1095 A 1264 - AÑO 2010 |
op 1095-1264 |
2010 |
412 |
1360 |
OP 1265 A 1419 - AÑO 2010 |
op 1265-1419 |
2010 |
413 |
1361 |
PAGOS VISTOS RESUELTOS 2010 |
|
2010 |
414 |
1362 |
OP. 1420 A 1599 - AÑO 2010 |
op 1420-1599 |
2010 |
415 |
1363 |
O.P. 1600 A 1784 - AÑO 2010 |
op 1600-1784 |
2010 |
417 |
1365 |
Doc. Respaldo Bco. Pcia. (2005/2006/2007) Planillas Tarjetas Créd./Deb. (CAJA 301) |
Mayo a Dic |
2010 |
419 |
1367 |
BALANCES DIARIOS |
Enero a Marzo |
2009 |
420 |
1368 |
BALANCES DIARIOS |
Abril a Junio |
2009 |
421 |
1369 |
BALANCES DIARIOS |
Julio a Sept. |
2009 |
422 |
1370 |
BALANCES DIARIOS |
Dic. 2009 Enero a Feb. 2010 |
2009/2010 |
423 |
1371 |
BALANCES DIARIOS |
Marzo a Mayo |
2010 |
424 |
1372 |
BALANCES DIARIOS |
Junio a Agosto |
2010 |
425 |
1373 |
BALANCES DIARIOS |
Sept. a Noviembre |
2010 |
429 |
1377 |
OP. 2010 - 1785 A 1965 |
OP 1785 A 1965 |
2010 |
430 |
1378 |
OP. 2010 - 1966 A 2114 |
OP 1966 A 2114 |
2010 |
431 |
1379 |
OP. 2010 - 2115 A 2295 |
OP 2115 A 2295 |
2010 |
432 |
1380 |
OP. 2010 - 2296 A 2450 |
OP 2296 A 2450 |
2010 |
433 |
1381 |
OP. 2010 - 2451 a 2614 |
OP 2451 A 2614 |
2010 |
434 |
1382 |
OP. 2010 - 2615 a 2785 |
OP 2615 A 2785 |
2010 |
435 |
1383 |
OP. 2010 - 2786 A 2966 |
OP 2786 A 2966 |
2010 |
436 |
1384 |
OP. 2010 - 2967 A 3160 |
OP 2967 A 3160 |
2010 |
437 |
1385 |
Boletas de Depósito (originales) Notas Bco. Pcia. 2003/2008 |
|
2007-2008-2009 |
438 |
1386 |
Notas Asuntos Juridicos 2007/2008 Notas Bco. Pcia. 2007/2008/2009 Notas Contaduria 2004 al /2009 |
|
|
439 |
1387 |
Notas Asuntos Jurídicos 2009 Facturas Bapro Medios de Pago del 2003al 2009 Facturas Gire del 2004 al 2009 Facturas Pago Facil del 2003 al 2007 |
|
|
440 |
1388 |
Ajustes Caja y Reingreso OP. 2006 Ajustes Caja 2007/2008 Acreditación y Cierre de Caja 2010 Resumen mensual VISA 11/2003-05/2004 |
|
|
441 |
1389 |
BALANCES DIARIOS |
Abril a Junio |
2008 |
443 |
1391 |
OP. 2010 - 3161 A 3359 |
OP 3161 A 3359 |
2010 |
444 |
1392 |
OP- 2010 - 3360 A 3570 |
OP 3360 A 3570 |
2010 |
445 |
1393 |
OP. 2010 - 3571 a 3765 |
OP 3571 A 3765 |
2010 |
446 |
1394 |
OP. 2010 - 3766 a 3940 |
OP 3766 A 3940 |
2010 |
447 |
1395 |
OP. 2010 - 3941 a 4100 |
OP 3941 S 4100 |
2010 |
450 |
1398 |
OP. 2010 - 4265 a 4435 |
op 4265 a 4435 |
2010 |
451 |
1399 |
OP. 2010 - 4101 a 4264 y 4436 a 4454 |
4101/4264 4436/4454 |
2010 |
462 |
1410 |
BALANCES DIARIOS 2008 |
|
2008 |
463 |
1411 |
BALANCES DIARIOS 2008 |
|
2008 |
464 |
1412 |
GARANTIAS DEVUELTAS 2003 A 2010 |
GTIAS DEVUELTAS |
2003-2010 |
468 |
1416 |
Extractos Bancarios Cta. Cte. 51334/0 |
|
2007/2008 |
|
547 |
Tiras Testigo de Timbradoras de Caja |
Enero-Julio |
2010 |
S/Nº |
|
Tarjetas Credito y Debito |
Nov |
2004 |
S/Nº |
|
OP 4151 - 4443 |
|
2005 |
S/Nº |
|
Comisiones Bancarias |
Mayo - Agosto |
2000 |
RESOLUCION 812-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Subgerente de Cobranzas de la Gerencia General de Grandes Consumidores, MORENO, Diego Alejandro (CI 507) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXI, y;
CONSIDERANDO
Que el agente solicita licencia ordinaria por el período comprendido entre los días 11 de noviembre del 2021 hasta el 19 de noviembre del 2021, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia mencionada;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente IGLESIAS, Pablo Enrique (CI 402) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente IGLESIAS, ---------------------- Pablo Enrique (CI 402) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, durante el periodo comprendido entre los días 11 de noviembre del 2021 hasta el 19 de noviembre del 2021 inclusive, para la atención y firma del despacho de la Subgerencia de Cobranzas, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si este no cumpliera ----------------------efectivamente con el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-----------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al
-------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Bonificación por Reemplazo”.-------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda.
---------------------Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 813-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA 29/10/2021
Visto las tareas asignadas a la Gerencia General de Grandes Consumidores; y
CONSIDERANDO:
Que Matias Daniel FERRERO (CI 903) se encontró desarrollando -durante la irrupción del nuevo coronavirus (Covid 19)- el reemplazo transitorio dela Jefatura delSector “Verificaciones Técnico Comerciales”;
Que el titular del Area, Luis Alberto SCALELLA (CI 130) permaneció hasta el mes agosto inclusive, de licencia por prescripción médica;
Que habiéndose reincorporado a sus tareas iniciaráel trámite jubilatorio por lo cual el Sr. Gerente General de Grandes Consumidores ha evaluado la ventaja de designar permanentemente a quien fuera el reemplazante transitorio para evitar resentir el funcionamiento del servicio, -capacitando a un personal de conducción con el que no se podrá contar a mediano plazo, y a la vez recuperando su experiencia y trayectoria en la formación y capacitación del personal del Area-;
Queasimismo, en función del crecimiento de la demanda de tareas hacia el Sector, se evaluó incorporar al Sector al agente Roberto Maximiliano OLIVERA (CI 626), para desarrollar las tareas que a título enunciativo se detallan en el Anexo II -sin perjuicio de los cambios que se susciten en el futuro-;
Que el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º:Designar al agente Matias Daniel FERRERO (CI 903) en la Función P-07 ------------------ (“Personal de Conducción”) Clase XVI para desempeñar las tareas que a título enunciativo se describen en Anexo I, -sin perjuicio de las que se establezcan en el futuro, a cargo de la Jefatura del Sector “Verificaciones Técnico Comerciales”.-------------
ARTÍCULO 2º:Incorporar al equipo de trabajo del Sector enunciado precedentemente al ------------------- agente Roberto Maximiliano OLIVERA (CI 626), para desarrollar las tareas que a título enunciativo se detallan en el Anexo II -sin perjuicio de los cambios que se susciten en el futuro, manteniendo su actual situación escalafonaria.------------------------
ARTICULO 3°: Establecer que los cambios entrarán en vigencia a partir del primer día -------------------- del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------
ARTICULO 4°:Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.-------------------------------------------------------
ARTICULO 5°:Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------
RESOLUCION 814-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ
ANEXO I
JEFE DE SECTOR INSPECCION TECNICO COMERCIAL
Nivel Escalafonario: P-07(“Personal de Conducción”) Clase XVI
Dependencia Directa: Jefe de CatastroEconomico
Requerimiento para el cargo: Estudio Secundario Completoy antigüedad no menor a 3 años.
MISION
FUNCIONES
ANEXO II
INSPECTOR TECNICO COMERCIAL
Nivel Escalafonario: Oficial Polifuncional
Dependencia Directa: Jefe de Sector Verificaciones Técnico Comerciales
Requerimiento para el cargo: Estudio Secundario Completo
MISION
FUNCIONES
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 94/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 94/2021 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiéndose presentado ofertas 03 (tres) firmas a saber: BOIERO S.A, XARE HOLDING S.A y ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. según surge del Acta de Apertura de Sobres de fecha 27/10/21;
Que las firmas BOIERO S.A, XARE HOLDING S.A y ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. se encuentran inscriptos en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que habiendo analizado las ofertas recibidas la Gerencia de Producción concluye que todos los oferentes cumplen con lo solicitado por esa gerencia;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 94/2021 “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA” a la firma BOIERO S.A Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 104,75 al día 26/10/2021) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO 23/100 $237.931,23 con impuestos incluidos; por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $450.693,66;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 94/2021 referente a la “ADQUISICION DE VALVULAS MARIPOSA”.-----------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 94/2021 “ADQUISICION DE ----------------- VALVULAS MARIPOSA” a la firma BOIERO S.A Oferta Alternativa Bienes Importados (Tipo de cambio Dólar billete vendedor BNA $ 104,75 al día 26/10/2021) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON 23/100 $237.931,23 con impuestos incluidos; por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial ----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3: El plazo de entrega a los 20 (veinte) días corridos de notificada la Orden de ------------------Compra a la firma adjudicataria.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y ----------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 815-2021 FIRMADA CARLOS KATZ
MAR DEL PLATA, 29/10/2021
Visto las actuaciones obrantes en el expediente Nº 450-C-2021 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)”; y
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Producción, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-162 de fecha 17/09/21, solicita la remodelación de Sumideros para calle Alberti 2598 (esq. Córdoba). Adjuntan: Presupuesto Oficial, Planilla de Cotización y Croquis de la Obra;
Que, con fecha 21/09/21, el Área Contaduría procede a realizar la imputación preventiva, encuadrando la contratación dentro del Art. 133 de la L.O.M. “Contratación Directa”;
Que la COOP. EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA presenta toda la documentación exigida en el Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones. Cotiza la suma total de $583.978,49 y ofrece un descuento especial del 5,8%, según Formulario Nº 2, resultando su oferta en un total de $550.107,73 con impuestos incluidos;
Que, con fecha 31/05/21, el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción, luego de haber analizado la oferta presentada, informa que la misma cumple con lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Gcia. de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)” a la COOP. DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SIETE CON 73/100 ($550.107,73) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial de $583.978,49;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el expediente Nº 450-C-2021 Cpo. 01 ------------------- referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N°18/21 referente a la Obra: “REMODELACION SUMIDEROS Y OBRAS DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA PLUVIAL – ALBERTI 2598 (ESQ. CORDOBA)”. -----------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Adjudicar la Contratación de la obra de referencia a la COOP. EL -------------------- BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SIETE CON 73/100 ($550.107,73) por ser su propuesta conveniente, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial. ----------------------------------
ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. EL BARRIO ----------------- EN SUS PUÑOS LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la COOP. EL BARRIO ----------------- EN SUS PUÑOS LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá presentar la documentación solicitada en el Art. 12 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones. ------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La presente contratación tiene un Plazo de Ejecución de 30 días corridos ------------------ a partir de la firma del acta de inicio de obra.------------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras (Área ------------------- Compras Operativas) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 816-2021 FIRMADA
CARLOS KATZ