Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 995/21
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 29/12/2021
RESOLUCIONES DE OSSE DESDE 995 HASTA 1037 ( DE FECHA 29-12 HASTA 30-12-2021
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto el Expediente Nº 547-C-02 Cpos. 1, 2 y 3 (digital) referente al “REGISTRO DE PROVEEDORES Y PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES” y;
CONSIDERANDO
Que en el mes Enero del 2020 mediante Resolución de Directorio Nº 886/2019 de fecha 05/12/19 (Orden de Compra Nº 1075/19) se aprobó el proceso de modernización de los Módulos que componen el Sistema Administrativo Major. Dicha modernización permitió la digitalización del sistema que brindó, entre otros beneficios, la posibilidad del trabajo remoto y el logro de la menor concurrencia personal a OSSE por parte de los proveedores.
Que en el mes de Agosto del mismo año mediante Resolución de Directorio Nº 396/20 de fecha 30/07/2020 se aprobó la implementación del Portal Web de Proveedores, que permitió entre otros aspectos la Inscripción o Re- inscripción de los mismos utilizando dicho portal como medio de comunicación para el envío de documentación y su posterior almacenamiento en forma digital. La herramienta permitió reducir al mínimo la manipulación de papel y minimización el contacto presencial entre OSSE y los proveedores.
Que por Resolución Nº 427/21 de fecha 24/06/2021 se flexibilizó el trámite de inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE para Concursos de Precios asemejando la misma a la de Compras Directas y aprobándose la división de los tipos de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE en 1) Compras Directas, Concursos y Obras de Menor Envergadura y ; 2) Licitaciones
Que en el proceso de mejora continua que se viene llevando a cabo en el Sistema Administrativo y Portal de Proveedores, se vislumbra la necesidad de realizar el envió de invitaciones para Compras Directas y Concursos de Precios a los Proveedores a través del sistema digital, como así también la carga de Cotizaciones en el Portal web por parte de los mismos para las mencionadas modalidades de contratación. La implementación de esta modificación esta prevista, en principio, para el mes de Enero 2022. El proceso de envío y carga de cotizaciones se realizará de la siguiente manera: 1. CARGA DE INVITACION En el sistema Major , el agente de OSSE selecciona el Proveedor que desea invitar según el rubro requerido. En esta parte del proceso se visualiza tanto los datos de contacto de la firma, los rubros en los cuales se encuentra inscripto y el estado en que se encuentra su inscripción como proveedor de OSSE; 2 ENVIO DE INVITACIÓN: El agente de OSSE habiendo seleccionado todos los Proveedores a invitar procede a realizar el “Envió de la Comunicación”. El sistema genera automáticamente un archivo de “Invitación Proveedores” e informará una vez que se hayan enviado las invitaciones en forma exitosa, indicando la cantidad total de envíos; 3 MAIL AL PROVEEDOR. El proveedor recibe un mail en su domicilio electrónico declarado informándole que tiene una notificación en el Portal con un link para acceder al mismo; 4.NOTIFICACION. En el Portal Web, en “Notificaciones” al ingresar el proveedor en “Ver Detalle” el Portal informa que posee una Invitación a cotizar para Compra Directa, habilitándole, una vez aceptada la misma, la opción de “Contrataciones a Cotizar”; 5. CONTRATACIONES A COTIZAR. En el Portal Web, en “Contrataciones a Cotizar” el proveedor podrá visualizar el número de compra directa, condiciones Particulares y Generales de la contratación y Especificaciones Técnicas en caso de corresponder. En esta etapa el proveedor carga su propuesta, informa la marca cotizada y realiza observaciones en caso de resultar necesario. Al final de la pantalla, se visualiza la opción de “Subir Documentación” indicando el Portal web el tipo y tamaño de archivo permitido. El sistema le informará que su cotización ha sido ingresada correctamente quedando sujeta a verificación al momento de la apertura de ofertas y; 6. APERTURA. En la fecha y horario pactada para la apertura el agente de OSSE genera a través del sistema Major el Acta de Apertura y el sistema carga automáticamente todas las Ofertas y documentación presentada por los proveedores a través del Portal web. Asimismo, se genera automáticamente un registro en formato PDF que detalla los proveedores invitados, mails donde se envió la cotización y la fecha y hora en que el proveedor se notificó a través del portal web;
Que en virtud de las innovaciones planteadas se hace necesario modificar el Formulario de Constitución de Domicilio Electrónico, el cual cuenta oportunamente con dictamen favorable de la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos con fecha 17/07/20 (fs. 220). Se modifica la cláusula primera adecuando la misma a la terminología empleada (clave de identificación web (CIP) por clave de acceso al portal web de proveedores) y agregando el texto: …“Asimismo declaro bajo juramento la veracidad y validez de todos los datos y documentación ingresados a través del mismo.” y se incorpora una nueva que establece: “Las notificaciones se tendrán por cumplidas el día hábil administrativo siguiente a que OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E envié la notificación al domicilio electrónico declarado en el presente Formulario de Domicilio Electrónico. Se presumirá que el e- mail se encuentra en la casilla del usuario siempre que no se reciba una notificación de error en el envió.”, en concordancia con lo establecido en el Articulo 12 de la Ley 13.981 y el Articulo 4 de la Disposición Nº 55/21 de la Dirección General de Contrataciones del Partido de General Pueyrredón el cual se acompaña en el presente Expediente.
Que atento a las modificaciones propuestas sumado a los cambios en la forma de recepción de las facturas por parte de los proveedores a través del portal web, resulta necesario modificar el Articulo 2 (Forma de Cotizar) y del Articulo 15 ( Facturación- Condiciones de Pago) del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Contrataciones Directas y del Articulo 10.1( Presentación de facturas) del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Compras Directas, Concursos de Precios y Licitaciones, según modelos adjuntos para reflejar los cambios propuestos;
Que el Área Contaduría toma intervención respecto de la propuesta de modificación del Formulario de Constitución de Domicilio Electrónico y de algunos artículos del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Contrataciones Directas y del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos de Precios y Licitaciones observando lo siguiente: A) Respecto al Formulario de Constitución de Domicilio Electrónico: 1) Proponen un reordenamiento de las cláusulas del Formulario aprobado por Resolución N°427/21 del 24/06/2021, por el que no tienen observaciones que formular; 2) Se ha modificado la Cláusula PRIMERA, adecuando la terminología empleada y agregando un texto respecto a la declaración bajo juramento de la veracidad y validez de todos de todos los datos y documentación ingresados a través del mismo, por lo que no tiene observaciones que formular; 3) Se ha incorporado la cláusula enumerada como NOVENA, en la que se indica que “Las notificaciones se tendrán por cumplidas el día hábil administrativo siguiente a que OSSE envíe la notificación al domicilio electrónico declarado en el presente formulario. Se presumirá que el e-mail se encuentra en la casilla del usuario siempre que no se reciba una notificación de error en el envío. “, no realizan observaciones al respecto. B) En relación a las modificaciones en el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Contrataciones Directas: 1) Proponen la modificación de la redacción del art 2 quedando redactado: “FORMA DE COTIZAR: La cotización será realizada utilizando el portal web de proveedores:www.osmgp.gov.ar/proveedores/yasoyproveedor/CUIT/CLAVE.” En cuanto a su contenido no se realiza observación alguna. Sugiere que, especialmente en el primer tiempo de implementación de las invitaciones y cotizaciones a través del portal web de OSSE, se tome el recaudo de incorporar en las Cláusulas Particulares la posibilidad de cotizar también a través de la casilla de correo que la Oficina de Compras designe, a los fines de que hasta que los proveedores se habitúen a cotizar a través del portal no disminuya la cantidad de oferentes.
Asimismo, en caso de existir la posibilidad de realizar invitaciones a proveedores que no estuvieran dados de alta en el portal web, deberá notificarse fehacientemente al invitado en dicha invitación que para poder cotizar deberá darse de alta en el Portal web de OSSE. 2) Fue eliminado el art 5 que indicaba: “En caso de no poder cotizar deberá devolverse el presente formulario con la indicación respectiva y firmado”. La modernización del proceso de invitación hace innecesario este artículo, por lo que no se realizan observaciones al respecto. Sin perjuicio de ello, sugieren que la Oficina de Compras documente el efectivo envío y la constancia de recepción de las invitaciones remitidas a cada proveedor, ya sea a través del portal o por otro medio. 3) El art 15 fue modificado en su primera oración, indicándose que las facturas serán ingresadas al portal web y conservando el resto del contenido original. No se realizan observaciones al respecto, sugiriéndose solo que se suprima la titulación del artículo con el fin de continuar con el mismo formato que el resto de la redacción y dado que en el contenido del artículo no se mencionan las condiciones de pago como lo indica el título. C) En relación a las modificaciones en el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos de Precios y Licitaciones: 1) Se ha propuesto la modificación de la primera oración del artículo 10.1, indicándose que las facturas serán ingresadas al portal web, no habiendo observaciones a la propuesta efectuada. Luego de lo expuesto anteriormente, el Area Contaduría no tiene otras observaciones que formular, con el convencimiento que las propuestas que se llevan a cabo acompañan el proceso de mejora continua y modernización que viene realizando la Empresa;
Que la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos habiendo tomado vista de las propuestas de modificación, y advirtiendo que las mismas tienden a la mejora del sistema ; informan no tiene observaciones que formular, especialmente respecto del formulario proyectado para la constitución de domicilio electrónico por parte de los proveedores de OSSE (que inicialmente fuere aprobado por Resolución N° 427/21 del 24/06/2021);
Que en consecuencia, visto lo informado por el Área Contaduría y la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos, la Gerencia de Compras y Suministros recomienda: 1) Aprobar la Implementación del envió de invitaciones para Compras Directas y Concursos de Precios a través del sistema digital y la carga de Cotizaciones por parte de los proveedores a través del Portal web de OSSE para las mencionadas modalidades de contratación; 2) Dejar sin efecto el Anexo B “Formulario de Constitución de Domicilio Electrónico” aprobado por Resolución de Directorio Nº 427/21 de fecha 24/06/2021, reemplazándolo por el “Formulario de Constitución de Domicilio Electrónico” que obra como Anexo A del presente Expediente y; 3) Dejar sin efecto el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos y Licitaciones y el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Compras Directas aprobados por Resolución de Directorio Nº 226/20 de fecha 21/04/2020 y aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Compras Directas y el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos y Licitaciones según modelos que obran como Anexo B y Anexo C del presente Expediente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar la Implementación del envió de invitaciones para Compras Directas y ------------------ Concursos de Precios a través del sistema digital y la carga de Cotizaciones por parte de los proveedores a través del Portal web de OSSE para las mencionadas modalidades de contratación------------- --------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Dejar sin efecto el Anexo B “Formulario de Constitución de Domicilio ------------------ -Electrónico” aprobado por Resolución de Directorio Nº 427/21 de fecha 24/06/2021, reemplazándolo por el “Formulario de Constitución de Domicilio Electrónico” que obra como Anexo A acompañando la presente.-----------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dejar sin efecto el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos y ---------------- Licitaciones y el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Compras Directas aprobados por Resolución de Directorio Nº 226/20 de fecha 21/04/2020 y aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos y Licitaciones y el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Compras Directas que quedarían compuestos según modelos que como Anexo B y Anexo C se adjuntan a la presente. ------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros y a la Gerencia de Sistemas ------------------ a implementar las modificaciones que surjan de la interacción de los proveedores con el sistema digital y el Portal web relacionadas al envió de invitaciones para Compras Directas y Concursos de Precios y a la carga de Cotizaciones en el Portal web por parte de los Proveedores para las mencionadas modalidades de contratación. ------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Gerencia de Compras y ----------------- Suministros a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------
RESOLUCIÓN N° 995-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO A
Formulario de Constitución de Domicilio Electrónico
En mi carácter de………………………………(1) de ……………………………………(2), CUIT/CUIL/CDI Nº…………………………………, constituyo domicilio legal en calle Nº……………………, localidad de…………………………………………….…, CP……………. Provincia de……………………, y constituyo domicilio electrónico en el siguiente correo electrónico……………………………….., conforme a lo dispuesto en la Ley N° 13981 y sus modificatorias 14149 y 14815, a la que adhirió el Municipio de General Pueyrredón a través de la Ordenanza 23.532, o la que la reemplace en el futuro. A tal efecto, declaro aceptar en todos sus términos las condiciones de la operatoria que se indican a continuación:
PRIMERA: La clave de acceso al portal web de proveedores OSSE es de mi exclusivo conocimiento, constituyéndome en custodio de su confidencialidad y responsable de su uso. Por lo tanto asumo las consecuencias de su divulgación a terceros, liberando a OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E de toda responsabilidad que de ello derive. Renuncio expresamente a oponer defensas basadas en la inexistencia o defecto de uso de la clave de acceso al portal web de proveedores de OSSE o en la acreditación de la existencia de la transacción electrónica.
Asimismo declaro bajo juramento la veracidad y validez de todos los datos y documentación ingresados a través del mismo.
SEGUNDA: Queda bajo mi entera responsabilidad atender a la recomendación de ingresar al servicio “Web” desde mi computadora personal o laboral, evitando hacerlo desde otras computadoras (Ej. locutorio, cibercafé, etc.).
TERCERA: Asumo la responsabilidad por el uso indebido o inadecuado del servicio “Web”,haciéndome cargo de todos los daños y perjuicios correspondientes, sin que ello obste a la facultad de OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E a suspender y/o interrumpir dicho servicio.
CUARTA: OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E no asume ninguna responsabilidad por los inconvenientes que tuviera con el software, hardware, servidores o nodos ajenos al mismo.
QUINTA OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E podrá modificar en cualquier momento, las transacciones electrónicas disponibles y/o el servicio “Web” correspondiente al domicilio electrónico, sin previo aviso.
SEXTA: Acepto la prueba de la existencia de las transacciones y comunicaciones electrónicas que surjan de los elementos que componen el sistema informático de OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E, y toda otra prueba emitida por el mismo que resulte hábil para acreditar las mismas.
SEPTIMA: Las transacciones electrónicas no podrán revocarse bajo ninguna forma o medio a mi alcance.
OCTAVA: OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E podrá dejar sin efecto la relación que surja de la presente, notificándolo por medio fehaciente.
NOVENA: Las notificaciones realizadas en el domicilio electrónico serán válidas y plenamente eficaces, conforme lo dispuesto en la Ley N° 13981 y sus modificatorias 14149 y 14815, y demás normas que regulen la cuestión.
DECIMA: Las notificaciones se tendrán por cumplidas el día hábil administrativo siguiente a que OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E envié la notificación al domicilio electrónico declarado en el presente Formulario de Domicilio Electrónico. Se presumirá que el e- mail se encuentra en la casilla del usuario siempre que no se reciba una notificación de error en el envió.
DÉCIMO PRIMERA: Dejo expresa constancia de que mi parte renuncia expresamente a oponer, en sede administrativa o judicial, defensas relacionadas con la inexistencia de firma ológrafa en los actos administrativos y/o documentos notificados en el mismo.
Firma:
Lugar y fecha:
Apellido y nombres del presentante:
Documento:
CUIT/CUIL/CDI:
Domicilio: Calle: Nº: Localidad:
CP: Provincia
(1) Titular, o en su defecto, representante legal, apoderado, responsable, administrador, etc.
(2) Apellido y nombres, razón social o denominación
RESOLUCIÓN N° 995-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO B
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA CONCURSOS DE PRECIOS Y LICITACIONES
1. REGLAMENTO Y PLIEGOS QUE RIGEN ESTA CONTRATACION
1.1 Rige para los Concursos de Precios y Licitaciones lo siguiente:
a) Este Pliego de Bases y Condiciones Generales.
b) Las especificaciones técnicas, anexos y cláusulas especiales que se inserten en las invitaciones a cotizar o separadamente.
c) La Ley Orgánica de las Municipalidades N° 6769/58.(Texto actualizado)
d) Las disposiciones sobre las adquisiciones y contrataciones (compras y locaciones de servicio) establecidas en el Reglamento de Contabilidad de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires - Año 1967.
2.- MUESTRAS
2.1 Las muestras se entregarán envueltas con una tarjeta adherida indicando el número de renglón y del Concurso o Licitación, (en caso de corresponder); y los datos personales del Proveedor.
2.2 Cuando se solicite un elemento confeccionado, la muestra del mismo deberá ajustarse en un todo al artículo solicitado, no aceptándose la presentación de muestras por separado con el material que se destinará a la confección, salvo que expresamente se indique lo contrario u otro procedimiento.
2.3 Lugar, forma de entrega y retiro - Cantidad de muestras y medidas - Máquinas y aparatos - reparaciones, etc.
Regirá lo siguiente:
a) LUGAR: Las mismas deberán presentarse en el Depósito de O.S.S.E. o en el lugar que se indique en cada caso en el llamado a concurso o licitación, dentro del horario administrativo en días hábiles.
b) FORMA DE ENTREGA: En caso de tratarse de muestras para ser presentadas en un Concurso o Licitación, como parte integrante de la oferta se deberá anexar el remito en el sobre que presente a tal efecto.
c) RETIRO: Las muestras no adjudicadas serán devueltas al oferente dentro de los 30 (treinta) días hábiles de vencido el plazo de mantenimiento de la oferta. Las que no hubieran sido retiradas dentro de ese plazo pasarán a ser propiedad de O.S.S.E.
d) No podrá formularse reclamo alguno por los deterioros o destrucción total de las muestras a raíz de los análisis o experimentaciones a que hayan sido sometidas, salvo advertencia previa justificada en la propuesta cuando el valor de las mismas lo justifique.
e) Las muestras de adjudicación serán devueltas al adjudicatario una vez cumplido el contrato, siempre que éste lo solicite dentro de los 30 (treinta) días hábiles de dicho cumplimiento; vencido este término pasarán a ser propiedad de O.S.S.E.
f) CANTIDAD: En cada caso en las especificaciones técnicas y cláusulas especiales que se inserten en las invitaciones a cotizar o separadamente, se determinará la cantidad de muestras y medidas a remitir, cuando esta Sociedad exija su presentación.
g) MAQUINAS Y APARATOS: Los oferentes deberán detallar las características de las máquinas, aparatos, etc. ofrecidos o indicar dónde podrán ser inspeccionados por el personal técnico de O.S.S.E., acompañando para ello folletos, lugar y horario donde podrán ser inspeccionados.
h) REPARACIONES: Tratándose de reparaciones y/o rectificaciones de máquinas, motores, aparatos, instrumental, etc. se dejará constancia de los materiales o repuestos a utilizar, calidad de los mismos y garantía del trabajo a realizar.
3. MARCAS O TIPOS
3.1 Cuando O.S.S.E. menciona alguna marca, tipo o artículo similar (salvo cuando se la indique especialmente) es al sólo efecto de señalar las características generales del elemento pedido, sin que ello signifique que el proponente no pueda ofrecer artículos similares de otras marcas o tipos.
4. PROPUESTAS
4.1. O.S.S.E. se reserva el derecho de rechazar las propuestas que se presenten y que no se adecuen a los requisitos y formalidades que aquí se exigen, pudiendo llegar incluso a la anulación del respectivo llamado a Concurso o Licitación. Por lo que deberán observarse los siguientes requisitos.
Presentación:
a) Para los Concursos de Precios y Licitaciones las cotizaciones deberán ser presentadas como se estipule en las cláusulas particulares.
b) Las ofertas correspondientes a Concursos de Precios o Licitaciones serán hechas renglón por renglón, consignado los precios unitarios, el importe total de cada uno y el importe general de las propuestas. Deberá repetirse dicho importe total en letras al pie de la misma, firmándola y sellándola de conformidad. Los precios ofrecidos se entenderán puesta la mercadería en los depósitos de O.S.S.E. o lugar que ésta indique, incluyendo cada renglón el I.V.A. correspondiente u otro impuesto que en el futuro lo reemplace o se cree. En caso de error o discrepancia entre el importe indicado en números y el expresado en letras, se considerará el expresado en letras. En caso de no existir concordancia entre el precio unitario y el importe total de alguno de los renglones, se tomará como base el primero para determinar el total de la propuesta.
c) Los artículos que se ofrezcan deberán ser de la calidad y características determinadas en las especificaciones previstas, indicando el país de origen de los productos ofrecidos. Si existe muestra tipo, la oferta deberá ajustarse a sus características. Cuando la adquisición no se efectúe sobre la base de muestras, o no se establezca la calidad de los artículos, queda entendido que éstos deben ser de los clasificados en el comercio como de primera calidad.
d) Para presentar propuestas en Concursos de Precios o Licitaciones se requiere estar inscripto en el Registro de Proveedores de O.S.S.E., debiendo presentar el Certificado de Inscripción correspondiente al tipo de compra de que se trate. Los que no estuvieran inscriptos deberán presentar la documentación a fin de dar cumplimiento a este requisito, en el momento de la presentación de su cotización o dentro de los 2 (dos) días hábiles de notificado o dentro del término que expresamente establezca O.S.S.E. La disposición expresada precedentemente no será exigida cuando se trate de artífices, artesanos, artistas u obreros especializados (perforistas matriculados) y firmas establecidas en el extranjero sin representación o agentes en el país. Tampoco será aplicable esta exigencia para el caso de las Contrataciones Directas.
4.2. Las propuestas para el caso de los Concursos de Precios y Licitaciones se formarán acompañando:
a) Este pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos de Precios y Licitaciones.
b) Las especificaciones y cláusulas especiales.
c) La propuesta económica o Pedido de Cotización.
d) El recibo de constitución del Depósito de Garantía de Oferta, cuando se trate de Licitaciones Públicas.
e) Descripción y/o catálogo para mayor ilustración, cuando corresponda.
f) El recibo de entrega de muestra, cuando corresponda.
g) Fotocopia del Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores de O.S.S.E.
h) Informe de deuda emitido con una antigüedad no mayor de quince (15) días corridos, el cual acredite no tener deuda exigible por parte de O.S.S.E., cuando se trate de empresas que reciban el servicio de Obras Sanitarias, de acuerdo a la Declaración Jurada de Inmuebles (ANEXO V). Dicho informe podrá estar acompañado de fotocopias de pagos realizados no acreditados aún en cuenta corriente.
Los incisos a) y b) deberán acompañar la propuesta económica, debidamente firmados en todas sus hojas. En caso de no cumplir con esta formalidad, se dará por conocido el contenido del mismo, debiendo el proveedor acatar lo dispuesto en este Pliego, bajo apercibimiento de dar por desistida la propuesta.
4.3. Plazo de mantenimiento de las propuestas:
Los oferentes deberán mantener sus propuestas por un plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde el día de la apertura. Este plazo quedará prorrogado de pleno derecho por otro período igual de 30 (treinta) corridos salvo que los oferentes manifiesten por escrito, 5 (cinco) días hábiles antes del vencimiento del primer período de 30 (treinta) días, su intención de no aceptar la prórroga. En este caso, el plazo de mantenimiento de la oferta expirará cumplidos los 30 (treinta) días acordados.
4.4. Apertura y conocimiento de las propuestas por el oferente:
a) Se procederán a abrir las ofertas el día y hora indicados en el Pedido de Cotización - Condiciones Particulares, en presencia de las autoridades que corresponda, de los proponentes o interesados que deseen presenciar el acto, todas las propuestas recibidas en término. Si el día fijado para la apertura fuese feriado o asueto administrativo, ésta tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora. Sólo se tomarán en consideración las propuestas que hubieran sido presentadas hasta la hora fijada para la apertura.
b) Se efectuará el examen de las mismas al sólo efecto de verificar el cumplimiento de requisitos formales establecidos en los pliegos, dejando constancia de las observaciones en el acta; los oferentes pueden efectuar las observaciones de "forma" en esta acta, pudiendo hacer las de "fondos" separadamente, aunque ello no interrumpa los plazos establecidos para la adjudicación.
c) Los oferentes podrán solicitar copia del acta de apertura y en caso de creerlo necesario podrán realizar consultas respecto de las actuaciones administrativas y separadamente hacer las observaciones de fondo que estiman amparen sus intereses legítimos.
Si el oferente deseara conocer detalladamente el contenido de las ofertas presentadas, deberá solicitar por nota se le fije día y hora para que se tome vista de esos documentos.
4.5 Otras consideraciones a tener en cuenta:
Los proponentes tendrán en cuenta que:
a) Los oferentes no podrán ofrecer menores cantidades en la oferta básica, podrán hacerlo como propuesta alternativa quedando a exclusivo juicio de OSSE su análisis.
b) En el caso de cotizarse artículos por unidades de medida distinta a las requeridas en el llamado respectivo deberá indicarse su equivalente.
c) Deberán aclarar todas las dudas técnicas o administrativas que le surjan del llamado, por lo menos una hora antes de la hora fijada para la apertura de las propuestas, las que deberán estar formuladas por escrito, caso contrario se entenderá la aceptación de lo requerido.
d) Abierta la primera oferta no se admitirá la presentación de otras nuevas aún mediando causa fortuita o de fuerza mayor como tampoco aclaraciones o explicaciones que interrumpan el acto.
e) Para el caso de que la propuesta resultara adjudicada y el oferente considerara que la adjudicación no es correcta de acuerdo a los términos de su oferta o con los del llamado, antes de la recepción de la Orden de Compra formulará los reparos que considere necesarios para salvaguardar sus intereses.
f) Si como consecuencia de esta omisión declarada en el inc. e) el oferente adjudicado comprobara que no está en condiciones de cumplir con la Orden de Compra aceptada, la presentación posterior de las dudas surgidas no justificará el incumplimiento de la misma.
4.6 Aceptación de la propuesta
a) Domicilio legal y electrónico: A los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes deberán fijar un domicilio físico legal en el Partido de General Pueyrredón, como así también declarar un domicilio electrónico. OSSE podrá notificar en cualquiera de los dos domicilios (físico legal y electrónico) teniéndose por válidas todas las notificaciones que se le practiquen en cualquiera de tales domicilios, indistintamente. Las partes se someterán a la Justicia Contencioso Administrativa del Departamento Judicial de Mar del Plata.
b) Tasa por Servicios Sanitarios: Al momento de la adjudicación los oferentes que reciban el servicio de Obras Sanitarias, no deberán poseer deuda de la Tasa por Servicios Sanitarios de el/los inmueble/s declarados en el Anexo V. En caso de poseer deuda, la misma deberá ser regularizada dentro de los 2 (dos) días hábiles de efectuada la Apertura del Concurso o Licitación en cuestión. Caso contrario, la firma del presente Pliego autoriza a O.S.S.E. a descontar la suma adeudada del importe adjudicado en forma automática al momento del/los pago/s.
4.7 Rechazo de propuestas:
O.S.S.E. se reserva el derecho de rechazar todo o parte de las propuestas, así como de aceptar la o las ofertas que se tengan por más convenientes.
4.8 Serán rechazadas las propuestas:
a) Que sean presentadas por firmas que hayan sido suspendidas o excluidas del Registro de Proveedores.
b) Que tengan enmiendas o raspaduras que no se encuentren salvadas; siempre y cuando dichas enmiendas impliquen falta de claridad en el importe cotizado por el proveedor. Si se tratara de una mera cuestión formal, O.S.S.E. podrá a su sólo juicio, considerar la admisibilidad de la propuesta.
c) Que incluyan condiciones que a juicio de O.S.S.E. se aparten de los pliegos de bases del concurso o licitación.
d) Cuando no se haya constituido la garantía exigida.
e) Cuando habiendo presentado parte de la documentación exigida para la Inscripción en el Registro de Proveedores de O.S.S.E., no cumpliere con la totalidad de lo requerido dentro del plazo que expresamente establezca O.S.S.E.
4.9 Además se entenderán por condicionales y podrán no ser consideradas a exclusivo criterio de OSSE las propuestas cuando:
a) Se establezca como condición que la recepción de la mercadería deba hacerse en el domicilio del oferente salvo que las especificaciones especiales lo autoricen.
b) Se establezca que el embalaje o envase deba ser devuelto por O.S.S.E a los depósitos del proponente o que el flete deba ser abonado por la misma cuando no estuviera contemplado de esa forma en la oferta.
c) Se establezca el pago de intereses por demora en el pago de facturas.
d) Se establezca que la entrega dependerá de las existencias disponibles de mercadería al recibirse la Orden de Compra.
e) Habiéndose solicitado muestras, éstas no se reciban hasta la hora de apertura o que habiendo llegado en término no cumplan los requisitos establecidos. Tampoco se admitirá que se haga referencia a muestras entregadas en otras oportunidades, salvo conformidad expresa de O.S.S.E.
f) Exprese plazo de entrega a convenir.
g) Cualquier aclaración que signifique dualidad de condiciones que se aparten de lo solicitado.
4.10 Cualquiera de las causas de rechazo establecidas precedentemente que pasara inadvertida en el acto de apertura podrá ser detectada, evaluada y en consecuencia ser válida posteriormente, durante el estudio definitivo de las ofertas.
5. PRECIOS - DESCUENTOS.
5.1 Los precios establecidos en el contrato sobre las bases de las propuestas aceptadas, serán invariables; sean cuales fueran los errores u omisiones que hubieran o los cambios experimentados con los precios de la mano de obra o de los materiales, salvo que cláusulas especiales insertas en el llamado dictaminen otra alternativa.
5.2 Las cláusulas que el oferente desee agregar a la propuesta para acordar bonificaciones deben ser expresamente aclaradas y precedidas de la palabra " descuento", por ejemplo: " DESCUENTO: por pago 30 días 5 % de descuento, transcurrido dicho plazo, el mismo no se hará efectivo".
6.-ADJUDICACIÓN
6.1 Para las adjudicaciones de Concursos o Licitaciones se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Se hará por rubro o ítem o por fracción de éstos o por el total licitado, según convenga, como resultante de la comparación de las ofertas presentadas y atendiendo a la naturaleza y especificidad de artículo y/o prestación requerida.
b) Se efectuará a la propuesta más conveniente, evaluando no sólo el precio sino la calidad y demás condiciones exigidas.
c) Asimismo se dará preferencia ante precios, calidades y condiciones iguales a la propuesta que ofrezca mercadería de fabricación nacional.
d) En los casos de ofertas igualmente convenientes, O.S.S.E. podrá, a su sólo juicio, invitar a los oferentes por escrito a mejorar sus ofertas dentro de un término máximo de 2 (dos) días hábiles. La mejora será abierta en la fecha y hora que se determinará al efecto.
6.2 O.S.S.E. se reserva el derecho de adjudicar todos o parte de los rubros o ítems solicitados.
6.3 El contrato queda perfeccionado por el sólo hecho de la adjudicación por la autoridad facultada para contratar dentro de los plazos establecidos, librándose la orden de compra, la cual deberá contener las estipulaciones básicas de la contratación. En caso de discordancia con las cláusulas contractuales, prevalecerán éstas últimas y se interpretará que se trató de errores u omisiones en que se incurrió al redactar la orden de compra. No obstante esta premisa, los errores u omisiones se enmendarán en el momento en que se los advierte.
6.4 Ampliación-Disminución: Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un veinte por ciento (20 %) del monto adjudicado. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.
7. ENTREGA
7.1 Las mercaderías se entregarán en el lugar que indique el pliego del respectivo llamado.
7.2 PLAZOS: Cuando en los pedidos de cotización se establezcan referencias a los plazos de entrega deberá tenerse presente lo siguiente:
a) Entrega inmediata: Se entenderá que deberá hacer la entrega dentro de los 3 (tres) días hábiles de recibida la orden de compra.
b) Cuando se fijen plazos o fechas: se entenderá que deberán ajustarse estrictamente a los mismos.
c) Plazo de entrega a fijar por los proponentes: Deberán especificar en sus propuestas los plazos en que se comprometen a entregar los efectos licitados.
d) Entregas parciales: Por el término que indiquen en las condiciones particulares.
e) Forma y condiciones: Las que se especifiquen en los respectivos pliegos.
7.3 Inspección y recepción
a) La conformidad definitiva acordada por O.S.S.E. no exime al adjudicatario de la responsabilidad emergente de haber ocultado algún vicio o gravamen de la cosa vendida, pudiendo O.S.S.E. dejar sin efecto la adjudicación si el o los vicios se advirtieran durante el plazo de 1 (un) año, computado a partir de la conformidad definitiva, salvo que por la índole de la mercadería a entregar en las especificaciones técnicas y cláusulas especiales que se inserten en las invitaciones a cotizar se fijara un plazo mayor.
b) En los casos en que la mercadería entregada no se ajuste a la muestra presentada y/o a las condiciones exigidas o verificación efectuada en la inspección que podrá disponer O.S.S.E. a tal efecto, dará lugar al rechazo de los elementos y/o mercaderías cotizadas, debiendo el adjudicatario proceder a reemplazar tales elementos o mercaderías por otros que respondan a las condiciones exigidas.
7.4 Todo artículo que dentro del plazo de garantía denote defectos de origen, vicios de fabricación o que no se ajustara a las especificaciones respectivas, deberá ser repuesto sin cargo alguno para O.S.S.E., debiendo asumir el proveedor los costos de fletes y diferencias de precios que pudieran corresponder.
7.5 Recibos o remitos: Cuando se firmen en el momento de la entrega, se entenderá que se encuentran "sujetos a revisión", pudiendo efectuar el solicitante las pruebas necesarias tendientes a determinar la aprobación de la mercadería recibida.
8. GARANTÍA
8.1 Se procederá de acuerdo a lo siguiente:
Garantía de oferta:
a) Concursos de Precios y Licitaciones Privadas: No se exigirá, salvo cuando lo determine expresamente.
b) Licitaciones Públicas: La oferta deberá ir acompañada de una garantía equivalente al 1% del presupuesto oficial, o el que determinen las cláusulas especiales.
Garantía de adjudicación o de ejecución de contrato:
Para afianzar el cumplimiento de sus obligaciones, cualquiera sea la forma del llamado a cotizar, el adjudicatario deberá constituir dentro de los 5 (cinco) días de notificado de la adjudicación la garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de los bienes, obras, trabajos o servicios; salvo cuando se exigiera una suma distinta en las condiciones particulares.
Podrá omitirse la constitución de dicho Depósito de Garantía en los siguientes casos: 1) cuando la entrega de la mercadería o la prestación del servicio se efectuara en forma inmediata, previa autorización de la Gerencia de Compras y Suministros y conformidad del Sector solicitante. 2) cuando la adjudicación se realice por renglones y el importe adjudicado sea inferior al tope que la L.O.M. establece en su artículo 151 para las Contrataciones Directas"
8.2 Clases de garantía:
Las garantías se constituirán en alguna de las siguientes formas a elección del oferente o del adjudicatario:
1.-Dinero en efectivo en pesos, entregado en la Tesorería de O.S.S.E. o depositado en la cuenta bancaria que O.S.S.E. habilite al efecto, en cuyo caso se considerará como importe de la integración el importe acreditado neto de comisiones bancarias por tal operación y como fecha de integración la que conste en el extracto bancario respectivo.
2.-Cheque certificado.
3.-Fianza o aval bancario a otorgarse hasta la extinción total de las obligaciones cuyo cumplimiento cubre, debiendo certificarse las firmas en los respectivos instrumentos por Notario Público. La firma del Escribano actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional cuando aquel fuere de jurisdicción distinta a la de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo la entidad bancaria deberá constituir domicilio en el ámbito del Partido de General Pueyrredón y establecer expresamente su sometimiento a la Justicia Ordinaria del Departamento Judicial de Mar del Plata. Para el caso que la fianza bancaria posea fecha de vencimiento, la empresa que constituye la garantía deberá adjuntar nota firmada por su representante legal, donde expresa su compromiso de presentar antes del vencimiento, nueva garantía en un todo de acuerdo al presente artículo, a fin de garantizar sus obligaciones hasta su extinción total.
4.-Póliza de Seguro de Caución: El proveedor que opte por esta modalidad para constituir el Depósito de Garantía deberá consultar previamente en la Gerencia de Compras y Suministros de Osse (French 6737 1° piso - T.E. (0223) 499-2900 interno 220 - 151) , a fin de corroborar que la Compañía elegida reúna los siguientes requisitos: que cumpla con lo dispuesto en el Decreto Nacional nº411/69 y Decreto Municipal nº218/82. La Compañía aseguradora debe estar inscripta en el Registro de Entidades Aseguradoras de la Municipalidad de General Pueyrredón, como así también poseer la totalidad de los Indicadores Financieros y Patrimoniales que surgen de los Balances publicados trimestralmente por las Circulares que emite la S.S.N., dentro de los rangos de referencia establecidos como máximos y/o mínimos para cada uno de ellos. Además la entidad aseguradora deberá certificar las firmas en los respectivos instrumentos por Notario Público. La firma del Escribano actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional cuando aquel fuere de jurisdicción distinta a la de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo la entidad aseguradora deberá constituir domicilio en el ámbito del Partido de General Pueyrredón y establecer expresamente su sometimiento a la Justicia Ordinaria del Departamento Judicial de Mar del Plata. La póliza no deberá contener ninguna cláusula referida a exclusiones por causas como Guerra Civil, Terrorismo, etc. Se adjuntará el Recibo de pago de la póliza.
El adjudicatario podrá sustituir la Garantía de adjudicación, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente artículo. Una vez integrada la garantía reemplazante, O.S.S.E. a través del acto administrativo correspondiente procederá a devolver la garantía sustituida.
El importe de la garantía permanecerá inalterable durante la vigencia de la contratación. Cuando resulte afectado el importe total o parcial por incumplimiento de obligaciones durante la ejecución de la contratación, el adjudicatario deberá reponer el mismo dentro de los cinco (5) días hábiles de la afectación, bajo apercibimiento de retener la suma a reponer de la facturación que tenga pendiente de cobro o de rescindir la contratación o cualquier otra acción que O.S.S.E. juzgue conveniente.
8.3 Devolución de la garantía:
a) Resuelta la adjudicación se devolverán las garantías que correspondan a las propuestas no aceptadas.
b) Las garantías de contrato se devolverán una vez verificado su cumplimiento y una vez que se encuentren totalmente canceladas las Órdenes de Compra. En caso de incumplimiento O.S.S.E. podrá ejecutar la Garantía.
9.RESPONSABILIDAD DE LOS ADJUDICATARIOS
Las responsabilidades de los adjudicatarios por los cargos que se formulen, se harán efectivos contra las facturas que presenten los proveedores por la ejecución del contrato y que se presenten al cobro; y luego a la garantía. Esto sin perjuicio del derecho de reclamarles el mayor importe que resultare faltante de los cargos establecidos. Si en oportunidad de liquidarse la factura pertinente la aplicación de multa estuviese aún en trámite, tal operación se practicará deduciendo provisoriamente de la misma la suma estimada en concepto de multas.
10. PRESENTACIÓN DE FACTURAS PARA EL COBRO
10.1Las facturas serán ingresadas al portal web de proveedores: www.osmgp.gov.ar/proveedores/ya soy proveedor/CUIT/CLAVE. Las mismas serán confeccionadas con la fecha en que la mercadería fue entregada o la prestación se haya realizado, aclarándose que la conformidad a que se alude precedentemente será acordada dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que dichas facturas sean certificadas por el sector solicitante de la mercadería o servicio.
10.2 La Gerencia de Compras y Suministros consignará en cada caso la fecha de presentación de la factura.
11 OTRAS CONTRATACIONES
En las contrataciones de obras, trabajos o servicios se aplicarán igualmente estas disposiciones en cuanto no resulten manifiestamente incompatibles con esta clase de contrataciones y siempre que no estuvieran sometidas a un régimen legal especial.
12. PENALIDADES
Se considera producida la mora por simple vencimiento de los plazos estipulados, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. Salvo causas de fuerza mayor debidamente probadas a juicio de O.S.S.E. se aplicarán las siguientes penalidades:
a) Pérdida de la garantía por desistimiento de la oferta dentro del plazo de mantenimiento, antes de resolverse la adjudicación, cuando se trate de Licitaciones en las que se exija Garantía de Mantenimiento de Oferta.
b) Una multa equivalente al 0,1% diario corrido del valor de los efectos no entregados o que habiéndose entregado fueran rechazados, cuando el adjudicatario no efectuare la provisión dentro de los términos y condiciones estipuladas en la contratación o las multas que especifique en cada caso.
c) Vencido el plazo contractual sin que los elementos o servicios fueran entregados o si hubiesen sido rechazados, sin perjuicio de la multa señalada anteriormente, se intimará a su entrega o presentación en un plazo de 48 horas bajo apercibimiento de rescisión del contrato.
d) De no cumplirse la obligación, una vez hecha la intimación del punto c), se rescindirá el contrato haciéndose pasible la pérdida de la garantía.
e) Según corresponda se aplicará apercibimiento, suspensión o eliminación del Registro de Proveedores.
f) La pérdida de la garantía, más las acciones que tuvieran lugar por derecho, para el adjudicatario que sin autorización de O.S.S.E. transfiera su contrato.
13. CÓMPUTO DE PLAZOS
Días hábiles e inhábiles: los plazos que se estipulen en todos los casos estarán referidos a días hábiles. Se considerarán días inhábiles los sábados, domingos, los feriados nacionales declarados tales por ley o por Decreto del Poder Ejecutivo y aquellos no laborables para la Administración Provincial o Municipal.
RESOLUCIÓN N° 995-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO C
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA CONTRATACIONES DIRECTAS
1. "Reglamento y Pliegos que rigen esta contratación" Rige para la presente Contratación Directa, lo siguiente: a) Este Pliego de Bases y Condiciones Generales; b) Las especificaciones técnicas, anexos y cláusulas especiales que se inserten en las invitaciones a cotizar o separadamente; c) La Ley Orgánica de las Municipalidades N° 6769/58.(Texto actualizado); d) Las disposiciones sobre las adquisiciones y contrataciones (compras y locaciones de servicio) establecidas en el Reglamento de Contabilidad de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires - Año 1967 y; e) Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal (R.A.F.A.M)";
2. FORMA DE COTIZAR: La cotización será realizada utilizando el portal web de proveedores: www.osmgp.gov.ar/proveedores/ya soy proveedor/CUIT/CLAVE.
3. MARCAS O TIPOS: Cuando O.S.S.E. menciona alguna marca, tipo o artículo similar (salvo cuando se la indique especialmente) es al solo efecto de señalar las características generales del elemento pedido, sin que ello signifique que el proponente no pueda ofrecer artículos similares de otras marcas o tipos.
4. PROPUESTAS: O.S.S.E. se reserva el derecho de rechazar las propuestas que se presenten y que no se adecuen a los requisitos y formalidades que aquí se exigen, pudiendo llegar incluso a la anulación del llamado a Contratación. El precio unitario y total de cada renglón deberá formularse en números y el total general de la propuesta en números y letras. Cuando el total de cada renglón no responda al precio unitario del mismo, se tomará como base este último para determinar el total de la propuesta. Las enmiendas, interlineas o raspaduras, deberán ser salvadas al pie de la propuesta, con la firma del oferente. En caso de error se considerará el importe en letras.
5. Los elementos adjudicados serán entregados, libre de todo gasto, en el lugar que se indique, corriendo los costos del flete siempre a cargo del proveedor.
6. Para el caso de que la propuesta resultara adjudicada y el oferente considerara que la adjudicación no es correcta de acuerdo a los términos de su oferta o con los del llamado, antes de la recepción de la Orden de Compra formulará los reparos que considere necesarios para salvaguardar sus intereses. Si como consecuencia de esta omisión declarada anteriormente el oferente adjudicado comprobara que no está en condiciones de cumplir con la Orden de Compra aceptada, la presentación posterior de las dudas surgidas no justificará el incumplimiento de la misma.
7. Domicilio legal y electrónico: A los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes deberán fijar un domicilio físico legal en el Partido de General Pueyrredón, como así también declarar un domicilio electrónico. OSSE podrá notificar en cualquiera de los dos domicilios (físico legal y electrónico) teniéndose por válidas todas las notificaciones que se le practiquen en cualquiera de tales domicilios, indistintamente. Las partes se someterán a la Justicia Contencioso Administrativa del Departamento Judicial de Mar del Plata.
8. O.S.S.E. se reserva el derecho de rechazar todo o parte de las propuestas, así como aceptar la o las ofertas que se tengan por más convenientes.
a) Serán rechazadas las propuestas: que tengan enmiendas o raspaduras que no se encuentren salvadas; siempre y cuando dichas enmiendas impliquen falta de claridad en el importe cotizado por el proveedor. Si se tratara de una mera cuestión formal, O.S.S.E. podrá a su solo juicio, considerar la admisibilidad de la propuesta; que incluyan condiciones que se aparten de las cláusulas establecidas en la presente contratación. (A modo de ejemplo se enuncia: forma y plazo de pago, flete, pago de intereses por demora en el pago de la factura, que la entrega dependerá de las existencias disponibles de mercadería al recibirse la Orden de Compra.
9. Los precios establecidos en la Orden de Compra sobre las bases de las propuestas aceptadas, serán invariables; sean cuales fueran los errores u omisiones que hubieran o los cambios experimentados con los precios de la mano de obra o de los materiales, salvo que cláusulas especiales insertas en el llamado dictaminen otra alternativa.
10. Las adjudicaciones se harán por rubro o ítem o por fracción de estos o por el total licitado, según convenga, como resultante de la comparación de las ofertas presentadas y atendiendo a la naturaleza y especificidad de artículo y/o prestación requerida. Se efectuará a la propuesta más conveniente, evaluando no sólo el precio sino la calidad y demás condiciones exigidas; asimismo se dará preferencia a precios, calidades y condiciones iguales a la propuesta que ofrezcan, mercadería de fabricación nacional. En los casos de ofertas igualmente convenientes O.S.S.E. podrá, a su solo juicio, invitar a los oferentes por escrito a mejorar sus ofertas dentro de un término máximo de 2 (dos) días hábiles, los que se deberán presentar en sobres perfectamente cerrados. Serán abiertos en la fecha y hora que se determinará al efecto.
11. O.S.S.E. se reserva el derecho de adjudicar todos o parte de los rubros o ítems solicitados. El contrato queda perfeccionado por el solo hecho de la adjudicación por la autoridad facultada para contratar dentro de los plazos establecidos, librándose la orden de compra, la cual deberá contener las estipulaciones básicas de la contratación. En caso de discordancia con las cláusulas contractuales, prevalecerán éstas últimas y se interpretará que se trató de errores u omisiones en que se incurrió al redactar la orden de compra. No obstante esta premisa, los errores u omisiones se enmendarán en el momento en que se los advierta.
12. Las mercaderías se entregarán en el lugar que indique el pliego del respectivo llamado. Cuando en los pedidos de cotización se establezcan referencias a los plazos de entrega deberá tenerse presente:
a) Entrega inmediata: Se entenderá que deberá hacer la entrega dentro de los 3 (tres) días hábiles de recibida la orden de compra.
b) Cuando se fijen plazos o fechas: se entenderá que deberán ajustarse estrictamente a los mismos.
c) Plazo de entrega a fijar por los proponentes: Deberán especificar en sus propuestas los plazos en que se comprometen a entregar los efectos licitados.
d) Entregas parciales: Por el término que indiquen en las condiciones particulares.
e) Cuando no se indique plazo de entrega se entenderá que la misma es inmediata
13. La conformidad definitiva acordada por O.S.S.E no exime al adjudicatario de la responsabilidad emergente de haber ocultado algún vicio o gravamen de la cosa vendida y aquélla podrá dejar sin efecto la adjudicación si el o los vicios se advirtieran durante el plazo de 1 (un) año, computado a partir de la conformidad definitiva, salvo que por la índole de la mercadería a entregar en las especificaciones técnicas y cláusulas especiales que se inserten en las invitaciones a cotizar se fijara un plazo mayor. En los casos en que la mercadería entregada no se ajuste a la muestra presentada y/o a las condiciones exigidas o verificación efectuada en la inspección que podrá disponer O.S.S.E a tal efecto, dará lugar al rechazo de los elementos y/o mercaderías Licitadas, debiendo el adjudicatario proceder a reemplazar tales elementos o mercaderías por otros que respondan a las condiciones exigidas. Todo artículo que dentro del plazo de garantía denote defectos de origen, vicios de fabricación o que no se ajustara a las especificaciones respectivas, deberá ser repuesto sin cargo alguno para O.S.S.E., debiendo asumir el proveedor los costos de fletes y diferencias de precios que pudieran corresponder.
14. Las responsabilidades de los adjudicatarios por los cargos que se formulen, se harán efectivos contra las facturas que presenten los proveedores por la ejecución del contrato y/o prestación del servicio o entrega del bien que se presenten al cobro. Esto sin perjuicio del derecho de reclamarles el mayor importe que resultare faltante de los cargos establecidos. Si en oportunidad de liquidarse la factura pertinente la aplicación de multa estuviese aún en trámite, tal operación se practicará deduciendo provisoriamente de la factura en cuestión la suma estimada en concepto de multas.
15. Las facturas serán ingresadas al portal web de proveedores: www.osmgp.gov.ar/proveedores/ya soy proveedor/CUIT/CLAVE. Las mismas serán confeccionadas con la fecha en que la mercadería fue entregada o la prestación se haya realizado, aclarándose que la conformidad a que se alude precedentemente será acordada dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que dichas facturas sean certificadas por el sector solicitante de la mercadería o servicio.
10.2 La Gerencia de Compras y Suministros consignará en cada caso la fecha de presentación de la factura.
16. Días hábiles e inhábiles: los plazos que se estipulen en todos los casos estarán referidos a días hábiles. Se considerarán días inhábiles los sábados, domingos, los feriados nacionales declarados tales por ley o por Decreto del Poder Ejecutivo y aquellos no laborables para la Administración Provincial o Municipal, a excepción de previsión expresa en contrario.
17. El plazo indicado al frente en condiciones de pago, se entiende en días hábiles y su cómputo comienza a partir del momento que se conforma la factura por parte del sector solicitante según art.16.
18. Se considera producida la mora por simple vencimiento de los plazos estipulados, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. Salvo causas de fuerza mayor debidamente probadas a juicio de O.S.S.E., se aplicarán las siguientes penalidades:
a) Una multa que podrá graduarse entre el 0.1% y el 5% diario corrido del valor de los efectos no entregados o que habiéndose entregado fueran rechazados, cuando el adjudicatario no efectuare la provisión dentro de los términos y condiciones estipuladas en la contratación o las multas que especifique en cada caso
b) Vencido el plazo contractual sin que los elementos o servicios fueran entregados o si hubiesen sido rechazados, sin perjuicio de la multa señalada anteriormente, se intimará a su entrega o presentación en un plazo de 48 horas bajo apercibimiento de rescisión del contrato.
c) De no cumplirse la obligación, una vez hecha la intimación mencionada precedentemente, OSSE quedará facultada a rescindir el contrato haciéndose pasible de las sanciones que correspondiere
d) Según corresponda se aplicará apercibimiento, suspensión o eliminación como proveedor de O.S.S.E.
e) Las acciones que hubiera lugar por derecho, para el adjudicatario que sin autorización de O.S.S.E. transfiera su contrato.
f) Por otras causas no especificadas: entre el 0.1% y 5% diarios.
Señor Proveedor: Al momento de la adjudicación, el inmueble en donde se desarrolla la actividad comercial, identificado con número de cuenta, no deberá poseer deuda de Tasa por Servicios Sanitarios. En caso de poseer deuda, la firma del presente autoriza a OSSE a descontar el importe adeudado del importe adjudicado en forma automática al momento del/los pago/s.
RESOLUCIÓN N° 995-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto las actuaciones que corren por ante Expediente Año 2019 – Nº 1116- Letra O – Alcance 3 Cuerpo 1 "ADECUACION PROVISORIA N° 3” correspondiente a la LICITACION PUBLICA Nº 07/2020 AMPLIACION RED CLOCAL HIPODROMO 2da. ETAPA”; y
CONSIDERANDO
Que oportunamente, la contratista de la obra de referencia - SOCIEDAD SUD DE ARQUITECTURA SRL - formuló los correspondientes pedidos de adecuación provisoria (primera, segunda y tercera), acompañando la documentación pertinente destinada a acreditar que la variación ponderada según la estructura de costos aprobada por OSSE había superado el 5% determinado, todo ello en el marco de la normativa vigente. En tales presentaciones, la contratista expuso su adhesión al régimen de adecuación provisoria previsto en el marco del Decreto Provincial 367/2017 y Resolución N° 235-E-2017 del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, que fuere objeto de adhesión expresa de parte del Municipio de General Pueyrredón mediante la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 23918.-
Que en virtud de ello, Obras Sanitarias SE dictó las Resoluciones de Directorio N° 311/21 el día 04-05-2021, 537/21 el día 02/08/2021 y 646/21 del 01/09/2021, autorizando la celebración de las actas de readecuaciones provisorias N° 1, 2 y 3 a suscribir con la Contratista, como así también a la Contaduría a efectuar adecuaciones presupuestarias correspondientes.
Que a fs. 80 y vuelta la Contaduría de OSSE efectúa el análisis de la documentación obrante en los expedientes 1116-O-2019 Alc 1, 2 y 3 para la redeterminación definitiva, señalando que : “… 1). Se redeterminan cada uno de los precios de los ítems que componen el cómputo y presupuesto del contrato utilizándose los análisis de precios de cada uno de los ítems desagregados en todos sus componentes. … 3).-Los Certificados N° 5 y N° 6 fueron calculados a valores Redeterminados Definitiva 3°. El monto final a reconocer como Redeterminación Definitiva 3° se obtiene de restar al valor de los certificados antes nombrados a precios de Definitiva 3°, el valor de los mismos certificados a precios de Definitiva 2°, y se debe restar también el monto ya reconocido en las Adecuaciones Provisorias, por lo que se resta la diferencia entre los certificados a precios de Adecuación Provisoria 3° y Adecuación Provisoria 2°, resultando el monto total de Redeterminación Definitiva 3° un importe de $26.155,22. 4.)-Considérese que el ítem viáticos y movilidad permanece constante en todo el periodo contractual…. “
Así entonces, corresponde a tenor de lo establecido en el art. 24 de la Resolución 235-2017 realizar de oficio el cálculo de las redeterminaciones de precios definitivas N° 1, 2 y 3; en correlación con las adecuaciones provisorias Nros. 1, 2 y 3 oportunamente aprobadas.
Que la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos, en cumplimiento de la metodología vigente eleva anteproyecto de resolución y acta, sobre la base del informe y cálculos elaborados por la Contaduría, antes transcripto;
Que de fs. 85 y 86 ambas inclusive del Expediente Año 2019 – Nº 1116- Letra O – Alcance 3 Cuerpo 1 la Gerencia de Compras y Suministros notifica a la contratista SOCIEDAD SUD DE ARQUITECTURA S.R.L. el contenido del proyecto de Acta de Redeterminación de Precios obrante a fs. 83; presentando a fs. 87 su aceptación de la cédula recibida;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE
OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar la celebración del acta de redeterminación definitiva que ----------------------- obra en Anexo I, correspondiente a la obra aquí referida.-----------------
ARTICULO 2º: El importe definitivo del contrato queda establecido en la suma de PESOS
-------------------- QUINCE MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SESENTA y TRES CON 28 Centavos ($ 15.715.563,28 ) a tenor del siguiente detalle:
|
Importe |
Acumulado |
Contrato Orden de Compra N° 7/2021 |
$9.344.005,82 |
$ 9.344.005,82 |
Redeterminación de Precios Provisoria Nro. 1 a Feb/2021 OC N° 467 2021 |
$ 2.587.355,21 |
$ 11.931.361,03 |
Desafectación de la OC N° 467/2021 |
-$54.272,40 |
$ 11.877.088,63
|
Creación Nvo ítem “Rotura y repa de pavimento existente” más honorarios Rep Tec Resolución N° 487/21 |
$799.740,18 |
$ 12.676.828,81 |
Adec prov 1ra de Ad Prov Resol N° 487/21 item nuevo |
$221,448,06 |
$ 12.898.276,87 |
Redeterminación de Precios Provisoria Nro. 2 a Abril/2021 |
$ 832.035,67 |
$ 13.730.312,54
|
Redeterminación de Precios Provisoria Nro. 3 a Jun /2021 |
$380.232,55 |
$14.110.545,08 |
Redeterminación definitiva N°1 |
$ 1.156.671,25 |
$ 15.267.216,33 |
Redeterminación definitiva N° 2 |
$ 422.191,73 |
$ 15.689.408,06 |
Redeterminación definitiva N° 3 |
$ 26.155,22 |
$15.715.563,28 |
ARTÍCULO 3º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias
------------------ necesarias a fin de dar cumplimiento a los términos de la presente resolución. A tal efecto, la partida presupuestaria a la que se deberá imputar el mayor costo es la siguiente: Jurisdicción 1.2.2.01.16.000, categoría programática 82.76.56, objeto del gasto 4.2.2.05 Fuente de Financiamiento 1.3.1.----------------------------------------
ARTÍCULO 4º: La Contratista deberá constituír el 5% de Garantía de Cumplimiento
-------------------- del Contrato sobre el mayor valor, en un todo de acuerdo al artículo 6.3 en las formas previstas en el artículo 4.5 del Pliego de Bases y Condiciones para Contratación de Obra Pública de la presente licitación. El área de Compras procederá a realizar la correspondiente Orden de Compra. -------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Notifíquese a quienes corresponda y -- ---------------------cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 996-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO I
ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DEFINITIVA
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA
EXPEDIENTE AÑO 2019– Nº1116 – LETRA O-ALCANCE 3-Cuerpo 3
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 07/2020
Obra “AMPLIACION RED CLOACAL HIPODROMO 2da ETAPA”
Entre OBRAS SANITARIAS MAR DE PLATA S.E., representada en este acto por el Arq. CARLOS KATZ, por una parte, y la contratista SOCIEDAD SUD DE ARQUITECTURA SRL representada en este acto por el Sr. FERNANDO OSCAR LAHITTE en carácter de Apoderado acuerdan celebrar la presente ACTA con sujeción a las cláusulas y condiciones que siguen:
PRIMERA: SOCIEDAD SUD DE ARQUITECTURA SRL es contratista de la obra “AMPLIACION RED CLOACAL BARRIO HIPODROMO – 2da ETAPA” de trámite por ante EXPEDIENTE AÑO 2019 - Nº 1116 – LETRA O, LICITACIÓN PUBLICA Nº 07/2020, habiéndose adjudicado dicha contratación por Resolución Nº 683/2020 en la suma de Pesos nueve millones trescientos cuarenta y cuatro mil cinco con 82 centavos ($9.344.005,82).------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: La firma SOCIEDAD SUD DE ARQUITECTURA SRL solicitó oportunamente los pedidos de adecuación provisoria 1, 2 y 3, acompañando las correspondientes notas de adhesión a las cláusulas transitorias 2da. Apartado 3ero del Anexo I del Decreto 367/2017 que fuere objeto de adhesión expresa por parte del Municipio de General Pueyrredón por Ordenanza Municipal Nº 23918. Asimismo, en dichas oportunidades la contratista adjuntó la documentación pertinente a fin de acreditar que la variación ponderada según la estructura de costos considerada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares art. 13.2 había superado el 5% determinado en el marco de la normativa vigente, ello a fin de tener derecho a las correspondientes adecuaciones provisorias.---------------------------------------------------------------------
TERCERA: Dado que la presente obra se encuentra en instancia de formulación de redeterminación definitiva, la Contaduría procedió a analizar las actuaciones, habiendo concluído a fs. 80 vuelta del Expediente OSSE 1116--O-2019 Alcance 3 cuerpo 1, que: “1)...se ha dado cumplimiento a todos los requisitos para la aprobación de la misma. 2).- La variación definitiva N° 1 del contrato corresponde a $ 1.156.671,25, la variación definitiva N° 2 del contrato corresponde a $422.191,73 y la variación definitiva N° 3 del contrato corresponde a $26.155,22, resultando el total de Redeterminación definitiva un importe de $1.605.018,20.-3) Los índices utilizados son los publicados en los meses de Marzo-Mayo y Julio 2021 por el INDEC, los que fueron utilizados en los cálculos de las adecuaciones provisorias ya que se redeterminan los precios con los índices publicados al momento de la solicitud según indica el art 6° de la Resolución 235-2017.”
CUARTA: LAS PARTES manifiestan de plena conformidad que se ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos para la aprobación de la presente redeterminación definitiva, declarando estar de acuerdo con los importes aquí resultantes correspondientes a: variación definitiva N° 1 del contrato en $ 1.156.671,25; variación definitiva N° 2 en $422.191,73 y variación definitiva N° 3 en $26.155,22, haciendo un total de redeterminación definitiva de $1.605.018,20 (Pesos un millón seiscientos cinco mil dieciocho con veinte centavos). Se deja aclarado que los índices utilizados son los publicados en los meses de Marzo-Mayo y Julio 2021 por el INDEC, los que fueron utilizados en los cálculos de las adecuaciones provisorias ya que se redeterminan los precios con los índices publicados al momento de cada solicitud según indica el art 6° de la Resolución 235-2017.-
QUINTA: Por aplicación de la metodología de Redeterminación Provisoria de precios se informa el nuevo valor del contrato, el que la contratista declara conocer y aceptar:
|
Importe |
Acumulado |
Contrato Orden de Compra N° 7/2021 |
$9.344.005,82 |
$ 9.344.005,82 |
Redeterminación de Precios Provisoria Nro. 1 a Feb/2021 OC N° 467 2021 |
$ 2.587.355,21 |
$ 11.931.361,03 |
Desafectación de la OC N° 467/2021 |
-$54.272,40 |
$ 11.877.088,63
|
Creación Nvo ítem “Rotura y repa de pavimento existente” más honorarios Rep Tec Resolución N° 487/21 |
$799.740,18 |
$ 12.676.828,81 |
Adec prov 1ra de Ad Prov Resol N° 487/21 item nuevo |
$221,448,06 |
$ 12.898.276,87 |
Redeterminación de Precios Provisoria Nro. 2 a Abril/2021 |
$ 832.035,67 |
$ 13.730.312,54
|
Redeterminación de Precios Provisoria Nro. 3 a Jun /2021 |
$380.232,55 |
$14.110.545,08 |
Redeterminación definitiva N°1 |
$ 1.156.671,25 |
$ 15.267.216,33 |
Redeterminación definitiva N° 2 |
$ 422.191,73 |
$ 15.689.408,06 |
Redeterminación definitiva N° 3 |
$ 26.155,22 |
$15.715.563,28 |
SEXTA: Que en estricto cumplimiento al art. 18 del Anexo I del Decreto 367, por medio de la presente ACTA la Contratista manifiesta que renuncia a todo reclamo por mayores costos, intereses y/o gastos improductivos ó supuestos perjuicios resultantes del presente proceso de redeterminación.----------------------------------------------------------------------------
SEPTIMA: A todos los efectos legales del presente, las partes mantienen los domicilios constituídos en el contrato oportunamente celebrado, donde serán válidas todas las notificaciones así como también las jurisdicciones aceptadas.------------------------------------
En la ciudad de Mar del Plata, a los 29 días del mes de Diciembre del año 2021, previa lectura, en prueba de conformidad las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.---------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 996-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KAZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 92/2019 Expediente 1293-C-2019 Cuerpo Nº 1 y 2, referente a la “ADQUISICION ELECTROBOMBAS SUMERGIBLES RO 10864/1A” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 333/20 de fecha 26 de Junio de 2020, se adjudico el Concurso de Precios Nº 92/19 “ADQUISICION ELECTROBOMBAS SUMERGIBLES RO 10864/1A” a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA por la suma total de PESOS TRESCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS VENTISIETE CON 00/100 ($315.727,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial (fs. 33) (Orden de Compra Nª 465/20);
Que la Gerencia de Servicios informa que la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA ha dado cumplimiento con todo lo requerido por dicha Gerencia, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 465/20, perteneciente a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 145 de fecha 16 de Julio de 2020 (fs. 37) perteneciente a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA el
-------------------Concurso de Precios Nº 92/19. --------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de
-------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 145 de fecha 16 de Julio de 2020 (fs. 37) perteneciente a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA.------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar
------------------cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
ao
RESOLUCIÓN N° 997-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA,29/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 02/21 referente a la “ADQUISICION BOLSAS CONTENEDORES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 79/21 de fecha 03 de Febrero de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 02/21 “ADQUISICION BOLSAS CONTENEDORES” en la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, (Orden de Compra Nº 119/21);
Que la Gerencia de Producción informa que la firma COSTANTINO MARIA ESTER ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 119/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 119/21, perteneciente a la firma COSTANTINO MARIA ESTER se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 19/21 de fecha 08 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma COSTANTINO MARIA ESTER;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma COSTANTINO MARIA ESTER -------------------- el Concurso de Precios Nº 02/21 “.-------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 19/21 de fecha 08 de Febrero de 2021 perteneciente a la firma COSTANTINO MARIA ESTER; -------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. ----------------------------------------------------
Amc
RESOLUCIÓN N° 998-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 29/2021 referente a la “ADQUISICION VALVULAS C/ ACTUADOR NEUMATICO Y MODULO DE CONTROL P/ EDAR” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 252/21 de fecha 16/04/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 29/2021 referente a la “ADQUISICION VALVULAS C/ ACTUADOR NEUMATICO Y MODULO DE CONTROL P/ EDAR” a la firma LA CASA DEL FLEXIBLE S.R.L por la suma total de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 00/100 ($646.473,00) con impuestos incluidos, (Orden de compra Nº 317/21);
Que la Gerencia de Servicios informa que la firma LA CASA DEL FLEXIBLE S.R.L ha dado cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a la Orden de Compra Nº 317/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 317/21 perteneciente a LA CASA DEL FLEXIBLE S.R.L, a la fecha se encuentran totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 57/21 de fecha 22 de Abril de 2021 perteneciente a LA CASA DEL FLEXIBLE S.R.L;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a LA CASA DEL FLEXIBLE S.R.L el Concurso de
------------------- Precios Nº 29/2021 referente a la " ADQUISICION VALVULAS C/ ACTUADOR NEUMATICO Y MODULO DE CONTROL P/ EDAR”. --------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de
------------------ Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 57/21 de fecha 22 de Abril de 2021 perteneciente a LA CASA DEL FLEXIBLE S.R.L ----------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los efectos de dar
------------------cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
ao
RESOLUCIÓN N° 999-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Licitación Privada Nº 5/2021 referente a la “ADQUISICION EQUIPO FIREWALL FORTIGATE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 299/21 de fecha 29/04/21, se adjudicó la Licitación Privada Nº 5/2021 referente a la “ADQUISICION EQUIPO FIREWALL FORTIGATE” a la firma GLOBALGATE S.R.L por la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 2.585.699,00) con impuestos incluidos por cumplir con lo requerido en el pliego, ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial
Que la Gerencia de Sistemas informa que la firma GLOBALGATE S.R.L ha dado total cumplimiento con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a la Orden de Compra Nº 407/21 constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 407/21 perteneciente a la firma GLOBALGATE S.R.L a la fecha se encuentran totalmente canceladas, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 83/21 de fecha 7 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma GLOBALGATE S.R.L;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma GLOBALGATE S.R.L la Licitación Privada
-------------------Nº 5/2021 referente a la “ADQUISICION EQUIPO FIREWALL FORTIGATE”.
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de
-------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 83/21 de fecha 7 de Mayo de 2021 perteneciente a la firma GLOBALGATE S.R.L-------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los efectos de dar
------------------cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
ao
RESOLUCIÓN N° 1000-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 01/2021 referente al "SERVICIO ALQUILER CAMION CISTERNA" y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 3/21 de fecha 7 de Enero de 2021, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 01/21 referente al “SERVICIO ALQUILER CAMION CISTERNA” a la firma CIAGESER S.A por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($1.395.820,00) con impuestos incluidos (Orden de Compra Nº 5/21);
Que la Gerencia de Logística Operativa informa que la firma CIAGESER S.A ha dado cumplimiento con todo lo requerido por dicha Gerencia según Orden de Compra Nº 5/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 5/21, perteneciente a la firma CIAGESER S.A se encuentra totalmente cancelada, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 54/21 de fecha 13 de Abril de 2021 perteneciente a la firma CIAGESER S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma CIAGESER S.A el Concurso de Precios
-------------------Nº 01/21 “SERVICIO ALQUILER CAMION CISTERNA”----------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de
------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 54/21 de fecha 13 de Abril de 2021 perteneciente a la firma CIAGESER S.A; --------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos de dar
-------------------cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
ao
RESOLUCIÓN N° 1001-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 48/2021 referente a la " ADQUISICION VARIADORES Y MATERIALES ELECTRICOS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 365/21 de fecha 28/05/21, se adjudicó Concurso de Precios Nº 48/2021 referente a la “ADQUISICION VARIADORES Y MATERIALES ELECTRICOS”, entre otros, a la firma CASA BLANCO S.A los Renglones Nº 01, 02, 04 a 06 inclusive en la suma total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA (Orden de compra Nº 483/21);
Que la Gerencia de Servicios informa que la firma CASA BLANCO S.A ha dado cumplimiento a lo requerido por esa Gerencia, en lo que refiere a la Orden de Compra Nº 483/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 483/21 perteneciente a la firma CASA BLANCO S.A, a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 133/21 de fecha 3 de Junio de 2021 perteneciente a la firma CASA BLANCO S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma CASA BLANCO S.A el Concurso de Precios Nº
------------------ 48/2021 referente a la "ADQUISICION VARIADORES Y MATERIALES ELECTRICOS”----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de
------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 133/21 de fecha 3 de Junio de 2021 perteneciente a la firma CASA BLANCO S.A----------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los
-------------------- efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. --------------------------------------------------------------
ao
RESOLUCIÓN N° 1002-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 78/21 referente a la “ADQUISICION DE CINTAS BALIZADO Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 642/21 de fecha 01/09/21, se adjudicó el Concurso de Precios Nº 78/21 referente a la “ADQUISICION DE CINTAS BALIZADO Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD”, entre otros, a la firma ABETE Y CIA SA los Renglones Nº 02 a 07 inclusive por la suma total de PESOS QUINIENTOS VEINTITRES MIL CINCUENTA Y DOS ($523.052,00) con impuestos incluidos (Orden de compra Nº 906/21);
Que la Gerencia de Recursos Humanos informa que la firma ABETE Y CIA SA ha dado total cumplimiento a lo requerido por esa Gerencia, en lo que refiere a la Orden de Compra Nº 906/21, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 906/21 perteneciente a la firma ABETE Y CIA SA, a la fecha se encuentra totalmente cancelada, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 212/21 de fecha 9 de Septiembre de 2021 perteneciente a la firma ABETE Y CIA SA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma ABETE Y CIA SA en el Concurso de
------------------- Precios Nº 78/21 referente a la “ADQUISICION DE CINTAS BALIZADO Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD” ----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de
-------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 212/21 de fecha 9 de Septiembre de 2021 perteneciente a la firma ABETE Y CIA SA.------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los efectos de dar
-------------------cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
ao
RESOLUCIÓN N° 1003-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 788-C-19 Cpos.1 al 3 referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION DE CARTA FACTURAS Y AVISO DE CORTE Y RESTRICCION” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 807/19 de fecha 1/11/2019 (fs. 206/ 7), se adjudicaron los renglones 2 y 3 de la Licitación Pública Nº 05/19 Segundo Llamado referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION DE CARTA FACTURAS Y AVISO DE CORTE Y RESTRICCION” a la firma INTER-POST S.A. de la siguiente manera: para el renglón Nº 02: 15.700 unidades a $100 (precio ofrecido con mejora) y las 78.300 unidades restantes a $104 (precio sin mejora) por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS ($9.713.200,00) y para el renglón Nº 03: 3.000 unidades a $100 (precio ofrecido con mejora) y las 16.800 unidades restantes a $104 (precio sin mejora) por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($2.047.200,00) ascendiendo el precio total de la adjudicación a PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS ($11.760.400,00) con impuestos incluidos por cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y tratarse su oferta conveniente a los intereses de OSSE, Órdenes de compras Nº 1054/19 (fs. 272 a 274) y Nº 1055/19 (fs. 275 a 277);
Que la Gerencia General de Grandes Consumidores informa que la firma INTER-POST S.A ha cumplido en tiempo y forma con lo requerido por su Gerencia, en lo que refiere a las Órdenes de Compra Nº 1054/19 y Nº 1055/19, constando ello en actuación agregada digitalmente;
Que el Área Contaduría informa que las Órdenes de Compra Nº 1054/19 y Nº1055/19 pertenecientes a la firma INTER-POST S.A, a la fecha no cuentan con saldo, según consta en actuación agregada digitalmente;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 272 de fecha 14 de Noviembre de 2019 (fs. 216) perteneciente a la firma INTER-POST S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma INTER-POST S.A la Licitación Pública
-------------------Nº 5/2019 Segundo llamado referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION DE CARTA FACTURAS Y AVISO DE CORTE Y RESTRICCION”. ---------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar al Área Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de
-------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 272 de fecha 14 de Noviembre de 2019 (fs. 216), perteneciente a la firma INTER-POST S.A.-----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Contaduría a los efectos de dar
----------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2ª. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------
ao
RESOLUCIÓN N° 1004-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Nº 329/2021 referente a la "ADQ DE RASPBERRY PI 4 8GB RAM”, y;
CONSIDERANDO
Que con fecha 28/08/21 se efectuó la apertura de la contratación de referencia presentándose TRES firmas: MAMESI S.R.L, DUAITEK S.R.L y MICROELECTRONICA COMPONENTES S.R.L.;
Que la Gcia. de Servicios informa: Con respecto a la firma MAMESI S.R.L, la misma cumple con lo solicitado. Con respecto a la firma MICROELECTRONICA COMPONENTES S.R.L. no cumple con lo solicitado ya que no entrega la tarjeta SD ni el cable HDMI. Por último, la firma DUAITEK S.R.L., si bien no entrega el cable HDMI de $ 600, el resto de su propuesta cumple con lo requerido, siendo esta última oferta conveniente dado que el cable podría ser adquirido por caja chica;
Que con fecha 02/09/21 se adjudica la contratación de referencia a la firma DUAITEK SRL por la suma total de PESOS SESENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 11/100 ($60.934,11), librándose Orden de Compra Nº 869/21 y notificando la misma con fecha 03/09/21;
Que, habiendo sido notificada la firma adjudicataria de la mencionada Orden de Compra y habiendo vencido el plazo de entrega de la mercadería requerida mediante solicitud nº 3-500-145 el día 27/09/202, se envió con fecha 18 y 22/10/21 Cedulas de Notificación solicitando la entrega del material requerido, informando la firma DUAITEK SRL vía email la imposibilidad de entregar la mercadería, dado que, para despacharla deben contar con la acreditación anticipada del 100% del valor de la misma. Asimismo informan que no poseen stock de algunos ítems adjudicados;
Que visto que se trata de un proveedor nuevo el cual es la primero Orden de Compra que posee con Obras Sanitarias y dado que se observa que sus precios son económicamente más convenientes que los precios de los proveedores habituales, esta Gerencia considera conveniente dar de baja la presente contratación sin sanción alguna para el proveedor, en virtud de que resultaría beneficioso continuar con la relación comercial con el mismo considerándola para futuras contrataciones;
Que al respecto se requirió dictamen a la Contaduría indicando ésta que considerando el contexto macroeconómico y la necesidad de tener la posibilidad de contactarnos con la mayor cantidad de proveedores posibles para cada uno de los rubros a contratar, no tiene observaciones que formular;
Que por lo expuesto y en un todo de acuerdo a lo dictaminado por el Area Contaduría, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja dejar sin efecto la adjudicación realizada a la firma DUAITEK S.R.L por la suma total de PESOS SESENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 11/100 ($60.934,11.-) y anular la Orden de Compra Nº 869/21;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital de las Contrataciones ------------------- Directas Nº 329/2021 referente a la "ADQ DE RASPBERRY PI 4 8GB RAM”.------------
ARTICULO 2º: Dejar sin efecto la adjudicación realizada a la firma. DUAITEK S.R.L por la -------------------suma total de PESOS SESENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 11/100 ($60.934,11.-) y anular la Orden de Compra Nº 869/21.-----------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a desafectar la Orden de Compra Nº 869/21 por la suma total ---------------------- de PESOS SESENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 11/100 ($60.934,11.-).--------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.---------------------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministros ------------------ a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase. ------------------
RESOLUCIÓN N° 1005-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto la necesidad de agilizar el circuito de compra de repuestos para el Área Automotores y disminuir los consumos a realizar por el sistema de Caja Chica, se ha dispuesto la implementación del sistema de Cuentas Corrientes (Expediente Nº 98-C-19 Alc. 05 Cpo. 1) y;
CONSIDERANDO
Que con fecha 6 de Enero de 2012 mediante Resolución N° 06/12 se autorizó la implementación del sistema de Cuentas Corrientes, aprobándose los Anexos A “Procedimiento de Compra de Repuestos con comprobante de Cuenta Corriente”, B “Acta Acuerdo Repuestos Entregados por comprobante de Retiro en Cuenta Corriente” y C “Comprobante de Retiro de Repuestos de Cta. Cte.”;
Que por Resoluciones Nº 51/12 (fs. 53/4), Nº 119/12 (fs.55/6), Nº 231/12 (fs. 59/60) se efectuaron modificaciones al Anexo A, siendo el último aprobado el de fs. 60. Y por Resoluciones Nº 497/18 (fs. 66/7), Nº 724/18 (fs. 71/2), Nº 239/19 (fs. 75/6) se efectuaron modificaciones al Anexo B, siendo el último aprobado el de fs. 76, pasando a denominarse “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente”;
Que por Resolución Nª 479/21 de fecha 16 de Julio de 2021 se autoriza la renovación a la firma Walter Carlos García para el retiro de Repuestos Varios en Cuenta Corriente, por la suma total de $80.000,00 por un período máximo de 12 meses desde su notificación o hasta agotar el monto adjudicado;
Que la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa informa que la cuenta corriente contratada con el proveedor WALTER CARLOS GARCIA se comenzó a utilizar a partir del día 25 de Agosto del 2021, según Resolución mencionada en el Considerando anterior, detallando en dicho informe cuadro sobre cada vehículo (censos), nº de vale y monto utilizado para cada uno de ellos e indicando que el saldo restante de $85,00 a la fecha resulta insuficiente, motivo por lo cual solicita la renovación;
Que por lo expuesto, la Jefatura de Compras considera conveniente efectuar la adjudicación a la firma WALTER CARLOS GARCIA por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00) para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses desde la notificación de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar la adjudicación a la firma WALTER CARLOS GARCIA --------------------- por la suma total de $150.000,00 para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses desde la notificación de la presente o hasta agotar el monto adjudicado y de acuerdo a lo establecido en el Anexo B el cual forma parte de la presente.-----------
ARTICULO 2º: Aprobar el Anexo B “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta ------------------- Corriente” acordado con la firma WALTER CARLOS GARCIA, el cual forma parte de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los ------------------ efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------------RESOLUCIÓN N°1006-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO B
CONDICIONES DE ENTREGA DE REPUESTOS EN CUENTA CORRIENTE
En la ciudad de Mar del Plata, a los …29… Días del mes de …Diciembre. de 2021 se acuerda entre el Arq. Carlos Alberto Katz en carácter de Presidente del Directorio de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. con D.N.I N° 16.593.363 y el Sr. Walter Carlos García en carácter de titular de la firma WALTER GARCIA (prov. 4033) con D.N.I. N° 12.310.576 la prestación del servicio de PROVISION de REPUESTOS VARIOS por el período de 12 meses desde la firma de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, en un todo de acuerdo al siguiente detalle.
Detalle del PROCEDIMIENTO a utilizar en las contrataciones:
RESOLUCIÓN N°1006-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.
MAR DEL PLATA, 29/12/2021
Visto lo actuado en el Expediente Nº 408124-S-2009 Cpo. 1 RED DE CLOACA CALLE J. A. PEÑA 7611 E/ JOVELLANOS Y ASTURIAS, cuya ejecución estuvo a cargo de la firma INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTOS Y CONSTRUCCIONES S.A.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE J. A. PEÑA 7611 E/ JOVELLANOS Y ASTURIAS;
Que a fj. 251 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $ 8.708,60 respecto de la Orden de Compra Nº 744/2021;
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra RED DE CLOACA J. A. PEÑA 7611 E/ JOVELLANOS Y ASTURIAS ejecutada por la firma INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTOS Y CONSTRUCCIONES S.A. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 169/2021, obrante a fj. 125 del presente expediente.-----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la desafectación del saldo de la Orden de Compra Nº 744/2021 perteneciente a la firma INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTOS Y CONSTRUCCIONES S.A. por lo expuesto en el exordio de la presente.---------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Departamento de Obras de Proyectos Institucionales , para su archivo.----------
RESOLUCIÓN N° 1007-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto el fallecimiento del agente Julio César GAUNA, CI Nº 572; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 26 de Diciembre de 2021, se produjo el fallecimiento del agente Julio César GAUNA, conforme se acredita con el certificado de defunción presentado;
Que la extinción del vínculo laboral por fallecimiento del trabajador, se encuentra prevista en el artículo 248 de la Ley de Contrato de Trabajo y en los arts. 68 y 79 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/75;
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2021, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por extinguida la relación laboral por fallecimiento del agente Julio César GAUNA, CI 572, DNI 21.593.460, a partir del día 26 de Diciembre de 2021.---------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría - Liquidación de Haberes a liquidar en el supuesto de adeudarse, la parte proporcional del sueldo anual complementario, licencias no gozadas, indemnizaciones y demás derechos que correspondan en favor de quién / quienes resulten beneficiarios, todo ello de acuerdo a los artículos 248 de la Ley de Contrato de Trabajo y 68, 79 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/75, mediante la acreditación del vínculo respectivo, según el orden y prelación establecido en la referida normativa.----------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.18.000 Gerencia de Logística Operativa, Categoría Programática 12.03.03 Gestión de Flota y Logística y al Objeto del gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 Gerencia de Recursos Humanos, Categoría Programática 14.00.02 Administración de Recursos Humanos.-----
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a disponer los saldos remanentes presupuestados para el año 2021 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal.--------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda y cúmplase.------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1008-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto el fallecimiento del agente José Antonio STINZIANO, CI Nº 405; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 28 de Diciembre de 2021, se produjo el fallecimiento del agente José Antonio STINZIANO, conforme se acredita con el certificado de defunción presentado;
Que la extinción del vínculo laboral por fallecimiento del trabajador, se encuentra prevista en el artículo 248 de la Ley de Contrato de Trabajo y en los arts. 68 y 79 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/75;
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2021, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por extinguida la relación laboral por fallecimiento del agente José Antonio STINZIANO, CI 405, DNI 17.741.691, a partir del día 28 de Diciembre de 2021.----------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría - Liquidación de Haberes a liquidar en el supuesto de adeudarse, la parte proporcional del sueldo anual complementario, licencias no gozadas, indemnizaciones y demás derechos que correspondan en favor de quién / quienes resulten beneficiarios, todo ello de acuerdo a los artículos 248 de la Ley de Contrato de Trabajo y 68, 79 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/75, mediante la acreditación del vínculo respectivo, según el orden y prelación establecido en la referida normativa.----------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.01.000 Directorio, Categoría Programática 01.00.12 Secretaría del Directorio y al Objeto del gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 Gerencia de Recursos Humanos, Categoría Programática 14.00.02 Administración de Recursos Humanos.-------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a disponer los saldos remanentes presupuestados para el año 2021 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal.--------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes ---------------------- corresponda y cúmplase.------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1009-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/21
Visto la Resolución 956/21, y;
CONSIDERANDO
Que en el mencionado acto administrativo se designa en reemplazo transitorio del agente Graciela Rosa FUNES (CI 668) Jefe de la Secretaría del Directorio, P-07 “Personal de Conducción” Clase XIX, por Licencia Ordinaria desde el día 20 de Diciembre de 2021 al 07 de enero de 2022, inclusive, el agente José Antonio STINZIANO (CI 405);
Que el día 28 de diciembre de 2021 se produjo el deceso del agente José Antonio STINZIANO (CI 405);
Que en consecuencia de este lamentable suceso resulta necesario dictar un nuevo acto administrativo que cubra el cargo durante la ausencia de su titular, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización de dicha Secretaría;
Que el Sr. Guillermo Antonio ALONSO (CI 1312) Jefe de Coordinación Institucional dependiente del Directorio, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clases XXI, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que resulta necesario encomendar el manejo de la Caja Chica de dicha Secretaría otorgada por Resolución, al agente reemplazante por el período mencionado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Autorizar en carácter de reemplazo transitorio al agente Guillermo --------------------Antonio ALONSO (CI 1312), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XXI, en la atención y firma del despacho de la Secretaría del Directorio, por el período comprendido entre el día 29 de Diciembre de 2021 al 07 de Enero de 2022, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------
ARTICULO 2°: Encomendar el manejo de la Caja Chica de Secretaría del Directorio ---------------------por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.-
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes corresponda ---------------------Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1010-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 235/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma TV MAR DEL PLATA SA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de promoción institucional web en www.ahoramardelplata.com.ar, por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 1.700.000,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma TV MAR DEL PLATA SA presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad institucional web y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma TV MAR DEL PLATA SA el Servicio de promoción institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS ($1.699.992,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 235/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB”----------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma TV MAR DEL PLATA SA el Servicio de promoción institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS ($1.699.992,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1011-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 238/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma SPAMPINATO CARLOS MARIA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad oficial en radio FM 97.3, por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 2.400.000,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma SPAMPINATO CARLOS MARIA presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad oficial en radio y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma SPAMPINATO CARLOS MARIA el Servicio de publicidad oficial en radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($2.400.000,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 238/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL TV”------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma SPAMPINATO CARLOS MARIA el Servicio de publicidad oficial en radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($2.400.000,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1012-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 234/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma EMISORA BRISTOL SA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa,
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de Publicidad Oficial en Radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 1.200.000,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma EMISORA BRISTOL S.A presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad en Radio Urbana Play Mar del Plata (FM 102.1) y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma EMISORA BRISTOL S.A el Servicio de Publicidad Oficial en Radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($1.200.000,00) por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 234/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO”-------------
ARTICULO 2º: Adjudicar la firma EMISORA BRISTOL S.A el Servicio de Publicidad Oficial en Radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($1.200.000,00) por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.--------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1013-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 233/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma GRUPO MEDIA ATLANTICO SA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de promoción institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 1.800.000,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma GRUPO MEDIA ATLANTICO S.A presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad institucional web (www.0223.com.ar) y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma GRUPO MEDIA ATLANTICO S.A el Servicio de promoción institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS MIL ($1.800.000,00) por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 233/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB”----------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma GRUPO MEDIA ATLANTICO S.A el Servicio de promoción ---------------------- institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS MIL ($1.800.000,00) por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1014-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 232/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma MTV NETWORK ARGENTINA SRL en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de promoción institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 900.000,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma MTV NETWORK ARGENTINA SRL presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad institucional web (mardelplata.mitelefe.com) y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma MTV NETWORK ARGENTINA SRL el Servicio de promoción institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS MIL ($900.000,00) por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 232/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB”----------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma MTV NETWORK ARGENTINA SRL el Servicio de promoción -------------------- -institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS MIL ($900.000,00) por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.--------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1015-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA 30/12/2021
Vista la necesidad de cumplir con la Facturación para el Ejercicio 2022 y
CONSIDERANDO;
Que se encuentra en trámite para su aprobación el Proyecto de Ordenanza que prorrogará para el ejercicio 2022 la vigencia del Convenio que autoriza a OSSE a liquidar la Contribución para la Gestión Sustentable del Ambiente Natural y Urbano (GIRSU);
Que en el Expediente nº 482-G-2021 en el cual constan las actuaciones correspondientes a dicha gestión, el EMSUR ha solicitado continuar la facturación de la GIRSU para el próximo ejercicio;
Que a fin de no alterar el cronograma de vencimientos de facturación del Servicio Sanitario de las distintas remesas de servicio medido, tarifa fija y mixta, resulta necesario autorizar la facturación de la Contribución para la Gestión Sustentable del Ambiente Natural y Urbano (GIRSU) con los valores correspondientes al ejercicio 2021;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanza Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante,
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar a la Gerencia General de Grandes Consumidores a facturar la --------------------Contribución para la Gestión Sustentable del Ambiente Natural y Urbano (GIRSU) para el Ejercicio 2022, conforme lo solicitado por el Presidente del EMSUR, de acuerdo a los montos por zona mensuales y bimestrales correspondientes al año 2021, Ad Referendum de la promulgación de la Ordenanza que apruebe el respectivo Convenio para el año 2022.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. ------------------- Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1016-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
VISTO, la puesta en vigencia del ejercicio que se inicia el 01 de Enero 2022 al 31 de Diciembre de 2022; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesario el otorgamiento de la suma total de PESOS SEISCIENTOS UN MIL CON 00/100 ($ 601.000,00), destinados a “CAJA CHICA” a distintos responsables, así como fijar en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($ 25.000,00), que podrá tener en Caja la Tesoreria de OSSE para ser aplicada a “Cambio de Cajeros”;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°: Fijase a partir del 1º de enero de 2022 los montos que podrá tener en -------------------- caja la Tesorería de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E., para ser aplicado a “Cajas Chicas” destinadas a las Gerencias y Áreas que se especifican:
Oficina |
Responsable |
Importe |
Compras y Suministros |
C.P. Silvia Soliverez |
$ 20.000,00 |
Ejecución y Mantenimiento de Pluviales |
Arq. Alejandra Marcela Franco |
$ 40.000,00 |
Estación Depuradora de Aguas Residuales |
Ing. Andrés Alejandro Vrabiescu |
$ 40.000,00 |
Flota y Logística |
Sr. Heber Carlos Echaniz |
$ 65.000,00 |
Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativo |
Dra. Raquel Leonarda Pioletti |
$1,000.00 |
Gerencia de Calidad |
Lic. Marcelo Omar Scagliola |
$ 40.000,00 |
Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos |
Ing. Luis Alberto Mérida |
$ 20.000,00 |
Gerencia de Irregularidades en el Servicio |
C.P. Mónica Leticia Zappaterra |
$ 20.000,00 |
Gerencia de Logística Operativa |
Ing. Pablo Gabriel Simoni |
$ 65.000,00 |
Gerencia de Obras |
Ing. Pascual Furchi |
$ 10.000,00 |
Gerencia de Producción |
Ing. Walter Dario Vuillermoz |
$ 60.000,00 |
Gerencia de Recursos Humanos |
Lic. Walter Ruben Derbiz |
$ 20.000,00 |
Oficina |
Responsable |
Importe |
Gerencia de Servicios |
Ing. Javier Eduardo Degregori |
$ 40.000,00 |
Gerencia de Sistemas |
Sr. César Gabriel Zalazar |
$ 40.000,00 |
Gerencia General de Grandes Consumidores |
Sr. Mario Alberto Real |
$ 20.000,00 |
Intendencia |
Sr. Gustavo Javier Quiroga |
$ 60.000,00 |
Secretaría del Directorio |
Sra. Graciela Rosa Funes |
$ 20.000,00 |
Tesorería |
C.P. Roberto Daniel Di Genares |
$ 20.000,00 |
TOTAL |
$ 601.000,00 |
ARTICULO 2°: Para el uso de dichos fondos se deberá dar cumplimiento a las ----------------------- disposiciones legales que regulan el funcionamiento de las Cajas Chicas. ----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Asimismo se fija el monto destinado a Tesorería para ser utilizado para -------------------- “Cambio de Cajeros” en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($ 25.000,00). ----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Aprobar la vigencia del Reglamento de Cajas Chicas que forma parte -------------------- como Anexo de esta Resolución.---------------------------------------------------
ARTICULO 5º Regístrese, dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes --------------------- corresponda y cúmplase.---------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1017-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO
REGLAMENTO DE CAJAS CHICAS
1.- El uso de los fondos asignados mediante el sistema de Cajas Chicas, responderá a las normas del Decreto Provincial Nº 2980/00, y estarán limitados exclusivamente al pago de gastos menores, que respondan a la condición de erogaciones URGENTES, IMPOSTERGABLES y RELACIONADAS CON LA ATENCIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES acorde lo establece la Circular Nº 232 del Honorable Tribunal de Cuentas, con exclusión absoluta de los que se imputan a “Gastos en Personal”, y “Bienes de Uso”.
2.- Cada gasto no podrá superar individualmente el veinte por ciento (20%) del monto de Caja Chica asignado.
3.- Los comprobantes recibidos por las compras efectuadas deberán encuadrarse en las disposiciones de facturación que dispone la AFIP. OSSE es sujeto NO ALCANZADO ante el IVA debiendo solo presentarse facturas/tickets tipo “C” o “B” según sea el Proveedor sujeto Monotributista, Exento o Responsable Inscripto ante el IVA.
4.- La fecha de los comprobantes que se rindan quedan limitados a las del ejercicio en curso, no aceptándose facturaciones que correspondan a ejercicios anteriores.
5.- Todos los comprobantes, -Facturas-, que se adjunten a la rendición deben contar con la firma y sello del titular de la caja chica.
6.- A los fines previstos en el apartado 1.-, se consideran Bienes de Uso aquellos que cumplan simultáneamente dos condiciones: una durabilidad mayor a un año y su costo superar el valor del 10 % del salario básico por 35 horas semanales del Sueldo del empleado Municipal
7.- Al momento de la rendición de gastos el importe imputado como Varios Caja Chica no podrá superar la suma de Pesos UN MIL CON 00/100 ($ 1.000,00).
8.- No se permite utilizar fondos de Caja Chica para efectuar adquisiciones o contratar servicios que sean requeridos en el año en forma repetitiva.
9.- En el caso de la Caja Chica de la Gerencia de Logística Operativa y, Flota y Logística, cuando se paguen gastos con motivo de la reparación de un Bien de Uso, se deberá incluir la Solicitud de Intervención y la Orden de Requerimiento de la unidad afectada.
10.- La Rendición Final de la Caja Chica deberá efectuarse indefectiblemente en la fecha que anualmente determinen la Contaduría y la Tesorería. A tal fin el responsable del fondo deberá presentar en Contaduría los comprobantes de gastos efectuados y en Tesorería el efectivo remanente. En caso contrario, la rendición será rechazada.
RESOLUCIÓN N° 1017-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto lo prescripto en el artículo 5 del Decreto Provincial Nº 2980/00; y
CONSIDERANDO
Que es necesario designar a partir del día 01º de Enero de 2022 a los responsables de los subsistemas contables conforme lo que establece el Decreto Provincial Nº 2980/00, en su artículo 5, párrafo final;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar a partir del día 1º de enero de 2022 a los responsables de los -------------------- Subsistemas Contables que se detallan seguidamente:
SUBSISTEMA DE |
RESPONSABLE |
CONTADURIA |
C.P. MARIA ELISA VARELA |
TESORERIA |
C.P. ROBERTO DANIEL DI GENARES |
CONTRATACIONES |
C.P. SILVIA INES SOLIVEREZ |
ADMINISTRACIÓN DE BIENES FISICOS Y PATRIMONIO |
SRA. MARÍA ISABEL RABANAL |
PRESUPUESTO |
C.P. MARIA CRISTINA PANIZO |
ADMINISTRACION DE PERSONAL |
LIC. WALTER RUBEN DERBIZ |
CREDITO PUBLICO |
C.P. RUBEN DANIEL SESTO |
INGRESOS PUBLICOS |
SR. MARIO ALBERTO REAL |
ARTICULO 2º: Dese al Registro de Resoluciones. –Pase a la oficina de Contaduría a -------------------- fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.-------
RESOLUCIÓN N° 1018-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 86/20 referente al “SERVICIO DE TRASLADO DE CAUDALES” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 531/20 de fecha 22/10/20 se resolvió adjudicar el Concurso de Precios Nº 86/2020 “SERVICIO DE TRASLADO DE CAUDALES: RETIRO DE FONDOS CON PROVISIÓN DE CAMBIO” a la firma CODECOP S.A. por la suma total de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO ($1.239.168,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y ser menor al Presupuesto Oficial- Orden de Compra Nº 701/20;
Que en el Artículo 4º de la Resolución mencionada se establece un plazo contractual desde el 01/12/2020 hasta el 30/11/2021 a requerimiento de OSSE (servicio mensual por 12 meses) a partir de notificada la Orden de Compra a la firma adjudicataria, o hasta agotar el saldo correspondiente a la Orden de Compra;
Que tanto en las Especificaciones Técnicas del Concurso como en Cédula de Notificación a la firma adjudicada de fecha 19/11/20 se aclara que “Los traslados no efectuados, cualquiera sea el motivo, no serán abonados”;
Que debido a la situación de pandemia de público conocimiento, que ha incluido periodos de aislamiento en los usuarios, con aumento en la utilización de medios de pago alternativos a la cobranza presencial, disminuyendo el efectivo a depositar, y a fin de preservar el recurso humano, se redujo la frecuencia en el traslado de caudales;
Que como consecuencia de lo anteriormente expuesto se procedió a liquidar el servicio de manera proporcional a los traslados efectivamente realizados, no habiendo recibido objeción alguna por parte de la firma adjudicada;
Que si bien en oportunidad de la solicitud del servicio contablemente se contempló la afectación de los ejercicios 2020 y 2021 (plurianual), al día de la fecha aún existe saldo en la orden de compra 701/20 (ROC 20200701/2021) por la suma de $884.618,86;
Que la Tesorería considera necesaria la extensión del plazo del servicio de referencia hasta agotar el saldo de la orden de compra, a fin de no interrumpir el servicio de Traslado de Caudales contratado según Orden de Compra Nº701/20, requiriendo asimismo se reimpute el saldo pendiente al ejercicio 2022;
Que la Contaduría, teniendo en cuenta la contratación y la conveniencia de mantener los valores del año 2020, no tiene observaciones que formular respecto a proceder a la reimputación de la Orden de Compra;
Que a la fecha la firma contratada continúa prestando el servicio normalmente a requerimiento de OSSE;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Digital del Concurso de
-------------------- Precios Nº 86/20 " SERVICIO DE TRASLADO DE CAUDALES: RETIRO DE FONDOS CON PROVISIÓN DE CAMBIO”.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la extensión del plazo de la Orden de Compra Nº 701/2020 perteneciente a la firma CODECOP S.A. correspondiente al Concurso de Precios Nº 86/20 referente al "SERVICIO DE TRASLADO DE CAUDALES: RETIRO DE FONDOS CON PROVISIÓN DE CAMBIO” hasta agotar el saldo de la orden de compra, a fin de no interrumpir el servicio de Traslado de Caudales contratado según Orden de Compra Nº701/20.------------
ARTÍCULO 3º: Autorizar a la Contaduría a reimputar el saldo de la Orden de Compra 701/20 al ------------------ ejercicio 2022. -------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma del nuevo número de Orden de Compra que surja de la --------------------reimputación que la Contaduría realizará, en virtud de lo dispuesto precedentemente.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Gerencia de Contaduría a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase. ------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1020-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 236/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD EN RADIO Y PROMOCION INSTITUCIONAL WEB” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma TV Y FM LAS BRISAS SRL en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad en radio FM 98.5 y promoción institucional web en el portal infobrisas.com, por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 3.199.992,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma TV Y FM LAS BRISAS SRL presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad en radio y promoción institucional web y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma TV Y FM LAS BRISAS SRL el Servicio de publicidad en radio y promoción institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS ($3.199.992,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 236/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD EN RADIO Y PROMOCION INSTITUCIONAL WEB”-------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma TV Y FM LAS BRISAS SRL el Servicio de publicidad en radio y --------------------- promoción institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS ($3.199.992,00) por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1021-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 237/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL TV” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma TELEVISION FEDERAL SA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad oficial tv en Noticiero 1ra y 2da Edicion, por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 5.000.368,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma TELEVISION FEDERAL SA presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad oficial tv y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma TELEVISION FEDERAL SA el Servicio de publicidad oficial en tv por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO ($5.000.368,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 237/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL TV”------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma TELEVISION FEDERAL SA el Servicio de publicidad oficial en tv -------------------- por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO ($5.000.368,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.---------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1022-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 239/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL TV” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma TV MAR DEL PLATA SA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad oficial en tv por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 5.501.020,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma TV MAR DEL PLATA SA presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad oficial en tv y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma TV MAR DEL PLATA SA el Servicio de publicidad en tv por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS UN MIL VEINTE ($5.501.020,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 239/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL TV”------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma TV MAR DEL PLATA SA el Servicio de publicidad en tv por un ---------------------período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS UN MIL VEINTE ($5.501.020,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.---
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1023-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 242/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma EDITORIAL ARENA DEL ATLANTICO SA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad institucional web en www.diarioelatlantico.com.ar por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 1.099.992,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma EDITORIAL ARENA DEL ATLANTICO SA presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización del servicio de promoción institucional web (www.diarioelatlantico.com.ar) y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma EDITORIAL ARENA DEL ATLANTICO SA el Servicio de publicidad en radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS ($1.099.992,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 242/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB”----------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma EDITORIAL ARENA DEL ATLANTICO SA el Servicio de promoción ------------------- institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS ($1.099.992,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.--------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1024-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 de la LOM Nº 229/21 referente al “SERVICIO DE SOPORTE TECNICO CENTRAL TELEFONICA IP” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Sistemas, mediante Solicitud de Pedido Nº 3-602-81 de fecha 15/12/21 solicita la renovación de la contratación anual del Servicio de Soporte Técnico de la Central Telefonica IP DENWA, y sus módulos dependientes (Sistema Alta disponibilidad , Contact Center/ Agentes y Supervisión), dicha Contratación contempla soporte en línea tanto para la Central Telefonica, como para el Call Center y además incluye la adquisición de las actualizaciones y mejoras de software para mantener optimizado el sistema, por lo cual solicita sea adjudicada de forma urgente y directa a la firma GLOBAL THINK TECHNOLOGY S.A. el servicio de soporte de la Central Telefonica requerido, siendo esta firma el “Software Factory” de los productos marca DENWA , como asi también la propiedad de dicha marca y patente en el “Registro Internacional de Marcas y Patentes”. La firma GLOBAL THINK TECHNOLOGY S.A. y DENWA TECHNOLOGY CORP mantienen acuerdos comerciales bilaterales en los que se establece que ambas Compañias por igual, cuentan con la potestad de comercializar todos los productos DENWA, directa o indirecta, mediante el desarrollo de canales con capacidad de distribución, vender e instalar con alcance global, indicado también la que
cuenta de Obras Sanitarias S.E., fue asignada exclusivamente al partner GLOBAL THINK TECHNOLOGY S.A. (GTT) para brindar los servicios de Post venta, ya que es el único Partner en el territorio Argentino en contar con los recursos y con las certificaciones adecuadas para poder brindar la atención correcta, dada la topología de la plataforma operativa;
Que el Área Contaduría, con fecha 17/12/21, sin encontrar objeciones, procede a imputar la Solicitud Nº 3-602-81 enmarcando la misma en el Art. 156 Inc. 1 de la LOM, el cual establece: “Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: … 1° Cuando se trate de artículos de venta exclusiva. … ”
Que la firma GLOBAL THINK TECHNOLOGY S.A. (GTT) presenta Pliego de Bases y Condiciones completo y firmado, cotizando la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DOCE CON 76/100 ($995.612,76) encontrándose la misa igual al Presupuesto Oficial.
Que la Gerencia de Sistemas considera seria beneficiosa para OSSE, realizar el pago del servcio mediante la modalidad de PAGO ANUAL, evitando de esta manera los posibles incrementos futuros del mencionado servicio, teniendo en consideración que dichos insumos son importados;
Que al respecto se requirió dictamen a la Contaduría indicando ésta que considerando el contexto macroeconómico no tiene observaciones que formular respecto a la modalidad PAGI ANUAL;;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma GLOBAL THINK TECHNOLOGY S.A. (GTT). la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 de la LOM Nº 229/21 referente al “SERVICIO DE SOPORTE TECNICO CENTRAL TELEFONICA IP” por la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DOCE CON 76/100 ($995.612,76) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados, encontrándose la misma igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art. 156 Inc. 1 ------------------ de la LOM Nº 229/21 referente al “SERVICIO DE SOPORTE TECNICO CENTRAL TELEFONICA IP”.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma GLOBAL THINK TECHNOLOGY S.A. (GTT). la Contratación -------------------Directa Art. 156 Inc. 1 de la LOM Nº 229/21 referente al “SERVICIO DE SOPORTE TECNICO CENTRAL TELEFONICA IP” por la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DOCE CON 76/100 ($995.612,76) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos técnicos solicitados, encontrándose la misma igual al Presupuesto Oficial.------
ARTICULO 3º: La vigencia de servicio será hasta el mes de Octubre 2022.------------------------
ARTICULO 4°: Autoricese a la Contaduría a abonar el servicio de referencia con la modalidad de -------------------pago Anual anticipado.-----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.---------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Gerencia de Compras y -------------------Suministros y al Area Contaduría a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase----------------------------------------------------------------------------------------------------------
f.p.
RESOLUCIÓN N° 1025-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 110/21 referente a la “ADQUISICION VALVULAS Y CODOS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 110/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 02 (dos) firmas, a saber: OS.LO ARGENTINA S.A. y ORGANIZACIÓN COMERCIALIZADORA DE MAQUINAS Y EQUIPOS S.A. (OCME S.A.) según surge del Acta de Apertura de fecha 22/12/2021;
Que las firmas oferentes se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Logística Operativa concluye en nota de fecha 28/12/2021 que ambos proveedores cumplimentan con los requerimientos técnicos solicitados por su gerencia. Indicando además que los dos (2) tipos de insumos pueden ser adjudicados por separados.
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 110/21 “ADQUISICION VALVULAS Y CODOS” de la siguiente manera: a la firma ORGANIZACIÓN COMERCIALIZADORA DE MAQUINAS Y EQUIPOS S.A. (OCME S.A.) el Renglón Nº 01 en la suma total de PESOS DOSCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA ($202.230,00) con impuestos incluidos; y a la firma OS.LO ARGENTINA S.A. el Renglón Nº 02 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA ($189.360,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta en la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA ($391.590,00) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial fijado de $702.913,20;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 110/21 referente a la “ADQUISICION VALVULAS Y CODOS”.--------------------------------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 110/21 “ADQUISICION VALVULAS Y CODOS”
------------------- de la siguiente manera: a la firma ORGANIZACIÓN COMERCIALIZADORA DE MAQUINAS Y EQUIPOS S.A. (OCME S.A.) el Renglón Nº 01 en la suma total de PESOS DOSCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA ($202.230,00) con impuestos incluidos; y a la firma OS.LO ARGENTINA S.A. el Renglón Nº 02 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA ($189.360,00) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta en la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA ($391.590,00) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas las más convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la sumatoria de las mismas por debajo del Presupuesto Oficial fijado de $702.913,20.---------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de entrega será total dentro de los TREINTA (30) días CORRIDOS de notificada la Orden de Compra a la firma adjudicataria.----------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.-----------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------
RESOLUCIÓN N° 1026-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 113/21 referente a la “ADQUISICION KIT REPARACION BOMBA DE AGUA PARA SER MONTADO EN CAMION IVECO” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 113/21 según da cuenta la documentación agregada digitalmente, habiendo presentado ofertas 02 (dos) firmas, a saber: OS.LO ARGENTINA S.A. y ORGANIZACIÓN COMERCIALIZADORA DE MAQUINAS Y EQUIPOS S.A. (OCME S.A.) según surge del Acta de Apertura de fecha 28/12/2021;
Que las firmas oferentes se encuentran inscriptas en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2022;
Que la Gerencia de Logística Operativa concluye en nota de fecha 29/12/2021 que ambos proveedores pueden proveer los insumos solicitados por su Gerencia, Área de Clínica del Automotor y Equipos, el cual permitirá llevar adelante los trabajos solicitados por dicha área;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 113/21 “ADQUISICION KIT REPARACION BOMBA DE AGUA PARA SER MONTADO EN CAMION IVECO” a la firma ORGANIZACIÓN COMERCIALIZADORA DE MAQUINAS Y EQUIPOS S.A. (OCME S.A.) en la suma total de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL ($963.000,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial fijado de $1.029.105,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Concurso de Precios Nº 113/21 referente a la “ADQUISICION KIT REPARACION BOMBA DE AGUA PARA SER MONTADO EN CAMION IVECO”.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º. Adjudicar el Concurso de Precios Nº 113/21 “ADQUISICION KIT REPARACION
---------------- BOMBA DE AGUA PARA SER MONTADO EN CAMION IVECO” a la firma ORGANIZACIÓN COMERCIALIZADORA DE MAQUINAS Y EQUIPOS S.A. (OCME S.A.) en la suma total de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL ($963.000,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial fijado de $1.029.105,00.-----------------------------
ARTICULO 3º: PLAZO DE ENTREGA: La entrega será dentro de los 20 (veinte) días hábiles de notificada la Orden de Compra.-----------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.-----------------------------------
ARTICULO 6º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y Suministro a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--------------------
RESOLUCIÓN N° 1027-2021 FIRMADA
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 240/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma DIFUSORA AUSTRAL SA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad oficial en radio LU9 (AM 670) por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 1.599.996,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma DIFUSORA AUSTRAL SA presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad oficial en radio y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma DIFUSORA AUSTRAL SA el Servicio de publicidad en radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.599.996,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 240/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO”-------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma DIFUSORA AUSTRAL SA el Servicio de publicidad en radio por un -------------------- período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.599.996,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1028-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 241/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma DIFUSORA AUSTRAL SA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad oficial en radio Universo 103.3, por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 999.996,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma DIFUSORA AUSTRAL SA presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de Publicidad oficial en radio (Universo fm 103.3) y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma DIFUSORA AUSTRAL SA el Servicio de publicidad en radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($999.996,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 241/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO”-------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma DIFUSORA AUSTRAL SA el Servicio de publicidad en radio por un -------------------- período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($999.996,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre ---------------------2022.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1029-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 243/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma WAM ENTERTAINMENT COMPANY SA en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad institucional web en www.elmarplatense.com, por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 649.992,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma WAM ENTERTAINMENT COMPANY SA presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización de promoción institucional web (www.elmarplatense.com) y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma WAM ENTERTAINMENT COMPANY SA el Servicio de promoción institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS ($649.992,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 243/21 referente al “SERVICIO PROMOCION INSTITUCIONAL WEB”----------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma WAM ENTERTAINMENT COMPANY SA el Servicio de promoción --------------------- institucional web por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS ($649.992,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre 2022.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1030-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 244/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad institucional radio Mitre Mdp (FM 103.7) por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 1.599.996,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización del servicio de publicidad oficial en radio y Planilla de Cotización valorizada y firmadas
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO el Servicio de publicidad en radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.599.996,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 244/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO”-------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO el Servicio de publicidad en radio --------------------- por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.599.996,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre ---------------------2022.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1031-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 245/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad oficial en radio La 100 (FM 106.3) por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 1.299.996,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización del servicio de publicidad oficial en radio (LA 100 106.3) y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO el Servicio de publicidad en radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.299.996,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 245/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO”-------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO el Servicio de publicidad en radio -------------------- por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($1.299.996,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre ---------------------2022.---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1032-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 LOM nº 246/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO” y;
CONSIDERANDO
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos solicita la contratación del Servicio de referencia a la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO en forma directa con el fin de difundir vencimientos de tarifa, consejos para el uso responsable de los Recursos Naturales e información institucional de la empresa;
Que la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos confecciona la solicitud de pedido para la contratación del servicio de publicidad oficial en radio CNN (FM 88.3) por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, por la suma total de $ 4.800.000,00;
Que el Área Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc 04 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO presenta Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Declaración de Exclusividad sobre la comercialización del servicio de publicidad oficial en radio (CNN 88.3) y Planilla de Cotización valorizada y firmadas;
Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO el Servicio de publicidad en radio por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($480.000,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 Inc. 4 --------------------LOM nº 246/21 referente al “SERVICIO PUBLICIDAD OFICIAL EN RADIO”-------------
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma GONZALEZ MARCELO DIEGO el Servicio de publicidad en radio ----------------------- por un período de 12 meses de Enero a Diciembre de 2022, inclusive, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($480.000,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto.------------
ARTÍCULO 3º: El plazo de la prestación del servicio será por un período de 12 meses: de Enero a Diciembre ---------------------2022.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al área Compras Operativas --------------------- a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1033-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA 30/12/2021
Visto la CELEBRACIÓN DEL 79º ANIVERSARIO de la TORRE TANQUE y el desarrollo del CICLO DE CONCIERTOS EN LOS JARDINES DE LA TORRE a realizarse en la Torre Tanque de Falucho y Mendoza; y
CONSIDERANDO
Que este verano como cada temporada de verano festejamos los aniversarios de la Torre Tanque con un ciclo de conciertos de artistas locales coordinadas con la Secretaría de Cultura;
Que a través de estos conciertos llegamos a mayor cantidad de afluencia de público –tanto locales como turistas- que reciben a través de estas presentaciones, con el mensaje de la importancia del cuidado del agua, preservación de los recursos naturales y de las instalaciones sanitarias;
Que de manera lúdica se induce a usar racionalmente el agua, a cuidar sus desagües cloacales y pluviales, a evitar la basura en la vía pública para garantizar el normal funcionamiento de los sumideros; entre otros mensajes que permiten a la Empresa la concientización de la población;
Que estas acciones de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. hacen al cumplimiento de la función de la Responsabilidad Social Empresaria;
Que se deberán efectuar aportes materiales, logísticos y humanos para llevar a cabo este ciclo de concierto, constituyendo la misma un aporte adicional a la Campaña del USO RACIONAL DEL AGUA, con la generación de hábitos responsables y conciencia ecológica;
Que corresponde a la Empresa comunicar la importancia de las acciones que se están llevando a cabo desde OSSE, como generadora de una mejor calidad de vida, buscando llevar el saneamiento a un número cada vez mayor de habitantes del partido de Gral Pueyrredon;
Que Obras Sanitarias Mar del Plata-Batán SE tiene el compromiso de participar activamente en función de la tarea educativa y de promoción que viene desarrollando en forma intensiva cada temporada estival;
Que la Secretaría de Cultura, presenta una propuesta de artistas que se presentarán en los Jardines, cuyos honorarios estarán a cargo de OSSE;
Que la Contaduría informa que la presente contratación se encuadra en lo establecido en el Inciso 3º del Artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipales;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24672;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes referidos al Ciclo de Conciertos en
--------------------los Jardines de la Torre Tanque y en el marco de la celebración del 79º ANIVERSARIO DE LA TORRE TANQUE.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°: Aprobar el Cronograma de presentaciones los días jueves y viernes por el
--------------------período comprendido entre el 19 de enero de 2022 y 18 de febrero de 2022 en el Ciclo de Conciertos en los Jardines de la Torre Tanque de acuerdo con el detalle que como Anexo I forma parte de la presente, ascendiendo el Total de las Contrataciones a la suma de Pesos ciento cincuenta mil ($150.000). Los servicios prestados serán facturados por la Asociación Argentina Actores. --------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: A propuesta de la Secretaría de Cultura podrá efectuarse modificación
--------------------en la programación pudiendo ser reemplazados los artistas originalmente propuestos por otros que cumplan con la documentación exigida y cobren iguales valores en cada presentación.----------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4 °: Suscribir el Acuerdo de Colaboración entre OSSE y la Secretaría de
----------------------Cultura del Municipio de Gral Pueyrredon que como Anexo II forma parte de la Presente.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5 °: Los gastos que demanden las contrataciones del artículo 2º serán
-------------------- imputadas Jurisdicción 1.2.2.01.13.000 - Categoría programática 13.00.02 - Objeto del Gasto 3.9.9 Otros Servicios Varios - Fuente de Financiamiento 1.2.0. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6 °: Dese al Registro de Resoluciones – Comuníquese a la Gcia. --------------------- de Relaciones Institucionales, Contaduría y Tesorería de OSSE. Cúmplase. ------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1034-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO I
Enero
Miércoles 19/ 1 - Edgardo Troiano en concierto (Tango)
Jueves 20/1 – London (Canciones de los 80´)
Viernes 21/1 – Nubes (Homenaje a Spinetta)
Miércoles 26/1 – Barakus (Afrobeat)
Jueves 27/1 – Félix Barone Jazz Quinteto
Viernes 28/1 – Karina Levine (Festejo aniversario Torre Tanque)
Febrero
Miércoles 2/2 – Out of Control (Tributo a The Rolling Stones)
Jueves 3/2 - Reverdeser (Reggae)
Viernes 4/2 - Genes (Rock, jazz y funk)
Miércoles 9/2 - Alejandro Carrara (folklore)
Jueves 10/2 – Despuntando Vicios (Murga Uruguaya)
Viernes 11/2 – Columbia (Tributo a The Beatles)
Miércoles 16/2 – Altocamet (pop, rock y electrónica)
Jueves 17/2 – Cumbiadellica (Cumbia)
Viernes 18/2 – La Blues Machine (Blues)
Costo por espectáculo: 10.000$
TOTAL $ 150.000 (PESOS CIENTO CINCUENTA MIL)
RESOLUCIÓN N° 1034-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO II
ACUERDO DE COLABORACIÓN
79º ANIVERSARIO TORRE TANQUE
Entre Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado con domicilio en calle French nº 6737 de Mar del Plata, representada en este acto por su Presidente Arq Carlos Katz, con domicilio en French 6737 de Mar del Plata, representada en este acto por el señor Secretario de Cultura Lic Carlos Balmaceda con domicilio Leandro N. Alem 2469, que se designará en adelante “LA SECRETARÍA DE CULTURA por la otra parte, convienen en celebrar el presente Acuerdo de Colaboración, sujeto a las cláusulas que a continuación se detallan:
PRIMERA: O.S.S.E y la SECRETARÍA DE CULTURA se comprometen a realizar en el marco del 79º Aniversario de la Torre Tanque el Programa “CICLO DE CONCIERTOS DE ARTISTAS MARPLATENSES”, a desarrollarse los días miércoles jueves y viernes durante el período comprendido entre el 19 de enero y el 18 de febrero de 2022 -con entrada libre y gratuita-
SEGUNDA: Las partes se comprometen a:
O.S.S.E.
El SECRETARÍA DE CULTURA:
TERCERA: La SECRETARÍA DE CULTURA y O.S.S.E. observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración teniendo en cuenta que la finalidad de este Acuerdo tiende a beneficiar el desarrollo de las actividades de cada una de las partes, por lo que la labor a realizar deberá ser un ejemplo de cooperación y esfuerzos.
Previa lectura y de plena conformidad, firman la presente en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los 30 días del mes de Diciembre del 2021
RESOLUCIÓN N° 1034-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio puestas de manifiesto por la Gerencia de Producción, y;
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.446), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.446);
Que la Gerencia de Producción solicita dotar de trabajadores con experiencia en los equipos combinados de desobstrucción del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales (Scorza), dado su importancia y trascendencia para la organización y evitar la ejecución de horas extras por cubrimiento de personal;
Que el agente SOTELO, Alejandro Norberto (CI 577), Función OFPF “Oficial Polifuncional”, renunció al concepto “Adicional Retén” para adherirse al régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales (Scorza) de la Gerencia de Producción –sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Que para cubrir la vacante la vacante generada propuso:1) incorporar al agente RODRIGUEZ, Bautista (CI 1324) en el Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales Hidrojet en la Guardia Rotativa de tres (3) turnos y 2) trasladar al agente LEDESMA, Víctor Ismael (CI 1384), al equipo de trabajo de las Cuadrillas Desagües Cloacales en jornada de 35 horas semanales en turno fijo (modificando la Resolución 960/21) –sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro-;
Que la Gerencia de Recursos Humanos ha evaluado la oportunidad y conveniencia de atender dichas solicitudes, constatando que las reubicaciones implicarán una mejora en la calidad de la prestación del servicio de desagües cloacales y que no les causará ningún perjuicio de carácter material ni moral a los trabajadores;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar a partir del día 1° de Enero de 2022 al equipo de trabajo del -------------------Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales (Scorza) de la Gerencia de Producción –sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente SOTELO, Alejandro Norberto (CI 577), Función OFPF “Oficial Polifuncional”, en el régimen de prestación de servicio en guardia rotativa de dos (2) turnos, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes.--------------
ARTÍCULO 2º: Incorporar a partir del día 1° de Enero de 2022 al equipo de trabajo del -------------------Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Cloacales Hidrojet de la Gerencia de Producción en la Guardia Rotativa de tres (3) turnos –sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente RODRIGUEZ, Bautista (CI 1324), Función P03 “Peón”, con los adicionales que correspondieren en función de los acuerdos paritarios vigentes.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: Rectificar lo dispuesto en la Resolución 960/21, incorporando al equipo de --------------------- trabajo del Área Cuadrillas Desagües Cloacales de la Gerencia de Producción en jornada de 35 horas semanales en turno fijo –sin perjuicio de los cambios que se produzcan en el futuro- al agente LEDESMA, Víctor Ismael (CI 1384), manteniendo su ubicación escalafonaria.---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Aceptar la renuncia del agente SOTELO, Alejandro Norberto (CI 577), -------------------Función OFPF “Oficial Polifuncional”, al concepto “Adicional Retén” incorporándolo al sistema de “Guardia Rotativa” de dos (2) turnos.----------------------------
ARTICULO 5º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias -------------------que pudieren corresponder.---------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.------------------
RESOLUCIÓN N° 1035-2021 FIRMADA:
ARQ. CALOS KATZ.-
MAR DEL PLATA, 30/12/2021
Visto la necesidad de agilizar el circuito de compra de repuestos para el Área Automotores y disminuir los consumos a realizar por el sistema de Caja Chica, se ha dispuesto la implementación del sistema de Cuentas Corrientes (Expediente Nº 98-C-19 Alc.4 Cpo. 1) y;
CONSIDERANDO
Que con fecha 6 de Enero de 2012 mediante Resolución N° 06/12 se autorizó la implementación del sistema de Cuentas Corrientes, aprobándose los Anexos A “Procedimiento de Compra de Repuestos con comprobante de Cuenta Corriente”, B “Acta Acuerdo Repuestos Entregados por comprobante de Retiro en Cuenta Corriente” y C “Comprobante de Retiro de Repuestos de Cta. Cte.”;
Que por Resoluciones Nº 51/12 (fs. 53/4), Nº 119/12 (fs.55/6), Nº 231/12 (fs. 59/60) se efectuaron modificaciones al Anexo A, siendo el último aprobado el de fs. 60. Y por Resoluciones Nº 497/18 (fs. 66/7), Nº 724/18 (fs. 71/2), Nº 239/19 (fs. 75/6) se efectuaron modificaciones al Anexo B, siendo el último aprobado el de fs. 76, pasando a denominarse “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente”;
Que por Resolución Nº 560/21 de fecha 10 de Agosto del 2021 se autoriza la renovación a la firma MONTECARLO REPUESTOS MDQ S.A.S. para el retiro de Repuestos Varios en Cuenta Corriente, por la suma total de $80.000,00 por un período máximo de 12 meses desde su notificación o hasta agotar el monto adjudicado;
Que, con fecha 21/12/21, la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa informa que la cuenta corriente contratada con el proveedor MONTECARLO REPUESTOS MDQ S.A.S. posee un saldo de $2.330,00, detallando en dicho informe cuadro sobre cada vehículo (censos), nº de vale y monto utilizado para cada uno de ellos. A la fecha dicho saldo resulta insuficiente motivo por el cual solicita la renovación;
Que por lo expuesto, la Gerencia de Compras y Suministros considera conveniente efectuar la adjudicación a la firma MONTECARLO REPUESTOS MDQ S.A.S. .por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00) para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses desde la notificación de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1: Autorizar la adjudicación a la firma MONTECARLO REPUESTOS MDQ ------------------- S.A.S. por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00) para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente. ------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Aprobar el Anexo B “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta ------------------- Corriente” acordado con la firma MONTECARLO REPUESTOS MDQ S.A.S., el cual forma parte de la presente.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los efectos ------------------ de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-----------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1036-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO B
CONDICIONES DE ENTREGA DE REPUESTOS EN CUENTA CORRIENTE
En la ciudad de Mar del Plata, a los 30 Días del mes de Diciembre de 2021 se acuerda entre el Arq. Carlos Alberto Katz en carácter de Presidente del Directorio de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. con D.N.I N° 16.593.363 y el Sr. Diego Agustìn Ageitos en carácter de apoderado de la firma MONTECARLO REPUESTOS MDQ S.A.S. (prov. 6326) con D.N.I. N° 27.741.859 la prestación del servicio de PROVISION de REPUESTOS VARIOS por el período de 12 meses desde la firma de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, en un todo de acuerdo al siguiente detalle.
Detalle del PROCEDIMIENTO a utilizar en las contrataciones:
RESOLUCION 1036-2021
MAR DEL PLATA, 31/12/2021
VISTO las Disposiciones de la Contaduría que obran en el Anexo 1, por las que se disponen transferencias entre partidas del Presupuesto de Gastos del año 2021; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 22 de Enero de 2021 el Honorable Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza Nº 25.006/21 aprobando el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2021 la que fue promulgada mediante Decreto Nº 139 de fecha 22 de Enero de 2021;
Que por los artículos 5º y 6º de la Ordenanza Nº 25.006/21, se autoriza al Directorio de O.S.S.E. a efectuar Ampliaciones y Modificaciones Presupuestarias;
Que por el artículo 10º de la Resolución 78/21 el Directorio autoriza a la Contaduría a efectuar ampliaciones y/o modificaciones en los créditos presupuestarios aprobados del Presupuesto de Gastos del año 2021 que fueran financiados con la disminución de otros créditos presupuestarios;
Que por el Artículo 11º de la Resolución 78/21 el Directorio autoriza a la Tesorería a efectuar modificaciones en el Cálculo de Recursos del año 2021;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Ratificar las transferencias entre partidas del Presupuesto -------------------- de Gastos efectuadas por la Contaduría durante el Cuarto Trimestre del año 2021 según detalle que obra en el Anexo 1 adjunto.--------------
ARTICULO 2º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a -------------------- Contaduría y cúmplase.-------------------------------------------------
RESOLUCIÓN N° 1037-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-
ANEXO 1
Disposición Contaduría Nº |
Fecha |
Concepto |
Importe $ |
61/21 |
01/10/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 69 |
6.866.948,04 |
63/21 |
06/10/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 70 |
3.918.943,95 |
64/21 |
12/10/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 71 |
12.456.839,82 |
65/21 |
18/10/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 72 |
4.185.025,01 |
66/21 |
25/10/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 73 |
12.477.957,17 |
67/21 |
25/10/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 74 |
45.452.420,46 |
68/21 |
01/11/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 76 |
14.339.943,47 |
70/21 |
08/11/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 77 |
11.087.905,50 |
71/21 |
11/11/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 78 |
4.441.068,33 |
72/21 |
16/11/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 79 |
1.726.871,49 |
73/21 |
23/11/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 80 |
7.329.532,91 |
74/21 |
23/11/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 81 |
119.993.266,78 |
75/21 |
29/11/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 82 |
18.092.324,97 |
76/21 |
06/12/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 83 |
490.244,15 |
77/21 |
09/12/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 84 |
6.735.733,33 |
78/21 |
15/12/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 85 |
9.526.941,67 |
79/21 |
17/12/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 86 |
176.848.084,55 |
80/21 |
17/12/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 87 |
20.341.531,93 |
81/21 |
20/12/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 88 |
2.071,80 |
82/21 |
21/12/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 90 |
303.528,24 |
83/21 |
31/12/21 |
Modificación Presupuestaria Nº 91 |
1.652.260,20 |
RESOLUCIÓN N° 1037-2021 FIRMADA:
ARQ. CARLOS KATZ.-