Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2886

Decreto Nº 2886

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/12/2021

Visto la Solicitud de Pedido Nº 6730/2021 originada por la Agencia de Seguridad Vial, dependiente de la Secretaría de Gestion Urbana, con el objeto de adjudicar la prestación del servicio de un profesional abogado para brindar asesoramiento legal a las víctimas de siniestros viales y/o a sus familiares, a partir del 1 de enero de 2022 y hasta el 30 de abril del mismo año; y CONSIDERANDO:

                                    Que el objetivo de la presente contratación es cumplir con el asesoramiento legal a las víctimas de siniestros viales y/o a sus familias, además de trabajar en conjunto con el personal de la Agencia Municipal de Seguridad Vial en materia de capacitación sobre leyes y decretos reglamentarios relacionados al tránsito.

                                    Que a fojas 3 de las presentes actuaciones obra la solicitud de declaración de incompetencia para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por la Agencia de Seguridad Vial y por la Secretaría de Gestion Urbana.

                                    Que habiéndose realizado un Proceso de Selección al cual se presentaron tres (3) postulantes, según consta en los testimonios del Acta de foja 4, los evaluadores intervinientes sugieren adjudicar a la Sra. LOREA María Belén la prestación de estos servicios, dada la aptitud acorde al perfil fijado para las tareas a desempeñar e idoneidad.

                                    Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

 D E C R E T A

ARTÍCULO 1º) Declárase la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Gestion Urbano, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas.

ARTÍCULO 2º) Adjudicase a la señora Sra. LOREA María Belén, DNI: 28.823.037, la prestación de los Servicios Técnicos y Profesionales para brindar asesoramiento legal a las víctimas de siniestros viales y/o a sus familiares; a partir del día 1º de enero y hasta el 30 de abril de 2022, por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($172.480), en un todo de acuerdo a lo expuesto en el Considerando. -

ARTÍCULO 3º) Encomiéndese a la Agencia de Seguridad Vial el seguimiento y control de la efectiva prestación del Servicio. -

ARTÍCULO 4º) Cúmplase, notifíquese, tome nota Agencia de Seguridad Vial, Contaduría General, Departamento de Compras, dése el R.O. y ARCHÍVESE. -