Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº953

Resolución Nº 953

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/02/2022

Vistas las presentes actuaciones, atento la solicitud de construcción y/o demolición presentada al Departamento Contralor de Obras Particulares por Luis Alberto Osorio Mery obrante a fojas 2, correspondiente a la Partida Nº 146.304 ;

CONSIDERANDO:

Que a fojas 25, el inspector del Departamento Catastro Territorial informa que la observación realizada por este departamento al practicar la inspección de linea surgió que se invade el sector de ochava en forma y dimensiones que se muestran en croquis obrante de fojas 26;

Que esa misma dependencia menciona, en dicho informe, que de otorgarse la excepción, el Municipio acepta la ocupación y el recurrente se compromete a regularizar la misma cuando se realicen reformas en el sector, finalice la vida útil del edificio o razones de interés público exijan su adecuación. Así mismo se debería cargar a la partida mencionada el pago por Derechos de Ocupación de la Vía Pública, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Impositiva 2021;

Que a pedido del Departamento Catastro Territorial, la Dirección General de Catastro y Obras Particulares notifica, en fojas 39, a Luis Alberto Osorio Mery respecto de la invasión de ochava;

Que a fojas 40 el Director Gral. de Catastro y Obras Particulares informa que habiéndose cumplido el plazo otorgado a Luis Alberto Osorio Mery, se pasen las actuaciones al Departamento Recaudación;

Que el Departamento Recaudación informa a fojas 41 que atento las actuaciones cursadas en fojas 39 y de acuerdo a lo normado en el Articulo 36 inc r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente corresponde liquidar a la Partida Nº 146.304 la suma de $1800 desde la cuota 11/2021 a 12/2021 y $2680 a partir de la cuota 01/2022 en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, siendo la misma actualizada anualmente conforme Ordenanzas Impositivas futuras;

Que el Artículo 36 inc r) punto 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente, referida a Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, expresa que “...Por la ocupación de la vía pública o espacios declarados de utilidad pública con destino a ochava o ensanche de calle, originada en incorrectos emplazamientos de construcción sobre la línea municipal detectada, o declarada en el Departamento Catastro previa autorización, se abonará por m2 o fracción y por mes o fracción, mientras se mantenga la ocupación, según el siguiente detalle: 1.3 Para los inmuebles ubicados en el resto de las clases: 0.50 módulos...”

Por ello todo lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º)- Aplicase a la cuenta corriente de la Partida Nº 146.304, en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, a partir de la cuota 11/2021 hasta 12/2021, la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($1.800) atento a lo establecido en el Artículo 36 inc. r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente, y, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTICULO 2º)- Aplicase a la cuenta corriente de la Partida Nº 146.304, en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, a partir de la cuota 01/2022 y, luego lo establecido en las Ordenanzas Impositivas futuras, la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($2.680) atento a lo establecido en el Artículo 36 inc. r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente, y, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTICULO 3º)- Cúmplase, dése al R.O., tome nota Departamento Recaudación, Dirección General de Catastro y Obras Particulares, Departamento Catastro Territorial, Hecho: Archívese.-