Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 943
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/02/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1, por VALERIA SILVIA IRRUTE, D.N.I. 24.482.296, Contribuyente Nº 90.397, mediante la cual solicita se la exima del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, por encontrarse encuadrada en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, de la documentación aportada por VALERIA SILVIA IRRUTE, D.N.I. 24.482.296, Contribuyente Nº 90.397 y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por la recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925;
Que, el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:
Que, la recurrente se encuentra inscripta en la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, bajo el Contribuyente Nº 90.397;
Que, la Jefa del Departamento Recaudación informa a fojas 6 que correspondería el otorgamiento de la eximición aludida por el periodo 11/08/2021 y hasta el 11/08/2023, bajo el Nº de contribuyente 90.397 en relación a la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios;
Por todo lo expuesto, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA en uso de sus facultades:
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º): Eximir a VALERIA SILVIA IRRUTE, D.N.I. 24.482.296, Contribuyente Nº 90.397, en el pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, desde el 11/08/2021 y hasta el 11/08/2023, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza Nº 12.925 y los considerandos de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º): Notificar a VALERIA SILVIA IRRUTE, D.N.I. 24.482.296, Contribuyente Nº 90.397, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Nº 12.925 “Las Beneficiarias de la presente y por el plazo que a las mismas se le otorguen, quedan obligadas a suministrar los informes que se les requieran referidos a la actividad promovida, facilitar las verificaciones y/o fiscalizaciones de sus instalaciones a solicitud de la autoridad municipal. Todo incumplimiento a las obligaciones emergentes de la presente, hará pasible a la beneficiaria de las siguientes sanciones:
ARTÍCULO 3º): Notificar a VALERIA SILVIA IRRUTE, D.N.I. 24.482.296, Contribuyente Nº 90.397, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 4 último párrafo de la Ordenanza Nº 12.925, la renovación de la eximición por un (1) año más deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 4º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tome nota Departamento de Recaudación, hecho, ARCHÍVESE.-