Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 918
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/02/2022
Vista la nota presentada por ANDREINA MARCHIONNI, DNI Nº 17.094.727, mediante la cual solicita la inclusión en los beneficios de la exención del pago de tasa de comercio por el periodo de pandemia, que la Municipalidad otorgó al sector turístico de la ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Recaudación a fojas 15 sugiere no hacer lugar a lo solicitado atento que la Tasa por Servicios Indirectos y Directos varios no se encuentra incluida dentro de las Ordenanzas 20.042, 20.261 y 20.279;
Que las Ordenanza Nº 20.042, 20.261 y 20.279 establecen en sus Artículo 1º “Exímase del pago de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene a los siguientes rubros comerciales...”;
Que dichas Ordenanzas en sus respectivos Artículo 2 determinan que "Exímase del pago de la Tasa del Derecho de Ocupación o Uso de Espacio Público, en caso de corresponder, y del pago de Derechos de Publicidad y Propaganda, en caso de corresponder...";
Que no se registran otras disposiciones Municipales, Provinciales o Nacionales que eximan a los rubros desarrollados por el contribuyente de acuerdo a lo normado en el Artículo 3 de la Ordenanza 20.042;
Que el Artículo 3 de la Ordenanza 20.042 expresa que "Quedarán exceptuados también aquellos rubros comerciales que por disposiciones municipales, provinciales y nacionales se encuentren aun sin actividad.";
Por lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 2900/2021:
- RESUELVE -
ARTICULO 1º)- Denegase la eximición solicitada por ANDREINA MARCHIONNI, DNI Nº 17.094.727, atento que la Tasa por Servicios Directos e Indirectos Varios no se encuentra incluida en las Ordenanzas 20.042, 20.261 y 20.279, en un todo de acuerdo al considerando de la presente resolución.
ARTICULO 2º)- Cúmplase, notifiquese, dése al R.O., tome nota el Departamento Recaudación, hecho: ARCHIVESE.-