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Decreto Nº773/21

Decreto Nº 773/21

Rojas, 07/09/2021

Visto

El expte. Nº 735/18 - 1119/21 a traves del cual la firma Juan Manuel Bandi CUIT 27-25702188-3 solicita la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) respecto del

comercio habilitado bajo el Nº C-5462 y

Considerando

Que, el interesado cuenta con Certificado de Habilitación expedido por este Municipio bajo el decreto nº 1269/2018.

Que, la ley 11.459, establece en su art. 3° que todos los establecimientos industriales deberán contar con el pertinente Certificado de Aptitud Ambiental como requisito obligatorio indispensable para que las autqridades municipales puedan conceder, en uso de sus atribuciones legales, las correspondientes habilitaciones industriales.

Que, el Certificado de Aptitud Ambiental será otorgado por la Autoridad de Aplicación en los casos de establecimientos calificados de tercera categoría según el artículo 15°, mientras que para los que sean calificados de primera y segunda categoría será otorgado por el propio Municipio.

Que, el art. 6 del decreto reglamentario 531/19 establece que la Clasificación de los Establecimientos Industriales en las categorías previstas en el artículo 15 de la Ley Nº 11.459, se determinará según el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA).

Que, según constancias de fs. 33, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, resuelve según la DISPO - 2021-786- GDEBA-DPEIAOPDS CLASIFICAR en Categoría 1° al establecimiento industrial de la firma BANDI JUAN MANUEL, lo que implica el reconocimiento expreso del nivel de complejidad del mismo.

Que, la Directora de Seguridad, Higiene y Medioambiente de este Municipio de Rojas, presenta el formulario de nivel de complejidad ambiental y que es parte integrante del expte. referido.

Que, a fs. 42 se acompaña dictamen legal emitido por la Secretaria Legal y Técnica de este municipio y que este departamento comparte.

Por ello el Señor INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Rojas, en uso de sus facultades

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Otórguese el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) a la firma BANDI JUAN MANUEL, CUIT 20-25702188-3 sobre el comercio habilitado bajo el nº 5462.

ARTICULO 2°: Desígnase a la Dirección de Seguridad, Higiene y Medioambiente como organismo de aplicación y contralor de la actividad.

ARTICULO 3° Creáse en el ámbito de la Direccion de Seguridad, Higiene y Medioambiente el "Registro Municipal Ambiental de Establecimientos Industriales" (RMAEI).

ARTICULO 4°: Pase a la Oficina de Habilitaciones de Comercios e Industrias a efectos sirva instrumentar el documento pertinente.

ARTICULO 5°: El presente DECRETO será refrendado por el Secretario de Hacienda.Lucas M. DORAZIO.-

ARTICULO 6°: Comuníquese, Regístre, Archívese.-