Boletines/Coronel Dorrego
Decreto Nº 2690/2021
Coronel Dorrego, 11/11/2021
Visto
la solicitud de colaboración económica municipal efectuada mediante Expte 1967/21, por autoridades y Asociación Cooperadora de la Escuela N° 16 del Paraje La Luna – Legajo de Entidad de Bien Público N° 059- destinado a solventar el gasto de adquisición de un tobogán para el patio de la Institución; que es compartido junto con los pequeños que asisten al JIRIMM Nº 1; y la solicitud de colaboración económica municipal efectuada mediante Expte 1967/21, por autoridades y Asociación Cooperadora de la Escuela N° 16 del Paraje La Luna – Legajo de Entidad de Bien Público N° 059- destinado a solventar el gasto de adquisición de un tobogán para el patio de la Institución; que es compartido junto con los pequeños que asisten al JIRIMM Nº 1; y la solicitud de colaboración económica municipal efectuada mediante Expte 1967/21, por autoridades y Asociación Cooperadora de la Escuela N° 16 del Paraje La Luna – Legajo de Entidad de Bien Público N° 059- destinado a solventar el gasto de adquisición de un tobogán para el patio de la Institución; que es compartido junto con los pequeños que asisten al JIRIMM Nº 1; y la solicitud de colaboración económica municipal efectuada mediante Expte 1967/21, por autoridades y Asociación Cooperadora de la Escuela N° 16 del Paraje La Luna – Legajo de Entidad de Bien Público N° 059- destinado a solventar el gasto de adquisición de un tobogán para el patio de la Institución; que es compartido junto con los pequeños que asisten al JIRIMM Nº 1; y
Considerando
que la solicitud ha sido avalada por el Consejo Escolar de Coronel Dorrego;
que este tipo de gastos que pueden ser canalizados a través de los fondos previstos con la creación de la Ley de Financiamiento Educativo Nº 26075;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades-
D E C R E T A
ARTICULO 1°) Facultase a Contaduría Municipal a liquidar a favor de la ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 16 “VICENTE LÓPEZ” del Paraje “La Luna” - hasta la suma de $34.360.- (Pesos Treinta y Cuatro Mil Trescientos Sesenta) en concepto de subsidio en un UNICO PAGO, por los motivos expuestos en el exordio del presente.-
ARTICULO 2°) La suma que se menciona en el artículo precedente deberá ser rendida con los respectivos comprobantes por el gasto realizado.-
ARTÍCULO 3°) Fijase la siguiente imputación: 111 01 02 000 Secretaría de Gobierno y Hacienda – 18 00 00 Fondo Financiamiento Educativo Ley 26.075 – 5.1.7.0 Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro – Fuente de Financiamiento: 132 de Origen Provincial.
ARTICULO 4°) Comuníquese a Contaduría, entidad peticionante, demás que corresponda, dése al R.O., y oportunamente archívese.-