Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 226
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/02/2022
Visto la Solicitud de Pedido Nº 593 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales como cuidadora de niños y niñas en Casa Abrigo 1; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la incorporación de una cuidadora de Casa Abrigo 1, a fin de atender las necesidades de las niñas y niños de 2 a 6 años, que se encuentran con medida de abrigo y alojados en la institución; sus funciones, entre otras, serán cuidar la integridad física de las niñas y niños, acompañar en las actividades fuera de la institución, acompañar e incentivar sus inquietudes y/o motivaciones, inculcar hábitos saludables, asistir a las reuniones de personal; según solicitud de pedido a fs. 1 y nota de solicitud de la Dirección de la mencionada Institución que obra a fs. 2;
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;
Que se realizó el correspondiente proceso de selección del personal requerido, surge la selección de la señora Griselda Alejandra CASCALLARES, D.N.I. 30.673.661 según Acta de Selección que obra a fs. 16, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios para cumplir las tareas asignadas;
Por todo lo expuesto, la INTENDENTE INTERINA MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; ya que debido a las exigencias que requiere atender las necesidades de niños y niñas de 2 a 6 años resulta necesaria la contratación de una persona, y responde a que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mimas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades.
SEGUNDO: Adjudíquese a la señora Griselda Alejandra CASCALLARES, D.N.I. 30.673.661, la prestación de servicios como cuidadora de Casa Abrigo 1, a partir del 1 de Marzo y hasta el 30 de abril de 2022, y por la suma total de pesos ciento dieciséis mil novecientos veinticuatro con noventa centavos ($116.924,90), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección de Casa Abrigo 1.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.