Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº20552

Ordenanza Nº 20552

Bahia Blanca, 14/02/2022

VISTO

El proyecto de ordenanza obrante a fojas 87/87vta., del expediente 0-10247-2019 (3-HCD-2022), poniendo al cobro a los vecinos frentistas afectados por la obra “EXTENSION DE LA RED DOMICILIARIA DE GAS NATURAL EN CALLE RAWSON DEL 2700 AL 2800 (VEREDA PAR) ENTRE MISIONEROS Y GUARDIA VIEJA”, de la localidad de Bahía Blanca, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que, el Departamento de Electricidad y Mecánica informa a fojas 86 que se han verificado las planillas de censos de propietarios frentistas, presentadas por los vecinos en calle Rawson del 2700 al 2800 (vereda par) entre Misioneros y Guardia Vieja, los cuales cumplen con el 60% de adhesión requerido en el Artículo Nº 2 de la Ordenanza 4060, ajustándose también al Artículo Nº1 del Decreto 731/94.

 

Que, asimismo el Departamento de Electricidad y Mecánica informa que la obra no cuenta técnicamente con mayores costos, ya que los vecinos se harán cargo del total de la obra.

 

Que, de la nombrada obra se verán afectadas un total de (11) once parcelas de la Circunscripción Catastral II, Sección B, Manzana 204 ab, Parcelas 10 y 11 y Manzana 204 ac, Parcelas 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22.

 

Que, la presente obra se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de los Artículos 9º, inciso d), de dicha Ordenanza, 23º a 26º de la Sección I, Capítulo IV de su Decreto Reglamentario Nº 754/76, “Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas”.


Que, por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Autorícese la obra “EXTENSION DE LA RED DOMICILIARIA DE GAS NATURAL EN CALLE RAWSON DEL 2700 AL 2800 (VEREDA PAR) ENTRE MISIONEROS Y GUARDIA VIEJA” de la Ciudad de Bahía Blanca.

Artículo 2º: Declárense cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2) de la Constitución Provincial y 29º, inciso 2) 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades por la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias 2201 y 2485.

Artículo 3º: La obra autorizada en el Artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de los Artículos 9º inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de la Sección I, Capítulo IV de su Decreto Reglamentario Nº 754/76, “Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas”.

Artículo 4º: La obligatoriedad de pago de la obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del Artículo 6º de la ordenanza de Obras Públicas y concordantes del Decreto Nº 754/76. A los efectos del Artículo 30º del citado decreto se establece un sistema de prorrateo “por servicio”, cuyo monto se rejustará de acuerdo a las leyes vigentes, es decir que el valor total de la obra se prorrateará por parte iguales entre todos los inmuebles afectados a la obra, (Parcelas o Subparcelas), según el régimen de la Ley Nº 13.512. Se determinarán de ser necesarias cuotas adicionales con el solo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos en cada uno de estos ítems.

Artículo 5º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20º y 21º de la ordenanza de Obras Públicas.

Artículo 6º: Constitúyase el Consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes de fojas 55 a 82 inclusive del expediente 0-10247-2019 (3-HCD-2022), habiéndose cumplimentado el Artículo 2º y demás requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4060.

Artículo 7º: El Concejo de Administración estará integrado por las siguientes personas: 

PRESIDENTE: Ing. Alejandro Meneses, Secretario de Infraestructura.

TESORERO: Sra. Claudia Frolla, Jefa Oficina Administración de Consorcios.

SECRETARIA: Sra. Antonella Paola Ponzielli, DNI: 31.884.029, vecina frentista.

VOCALES: Ing. Dotti Daniel, legajo Nº 12.665, Jefe Departamento Electricidad y Mecánica y el Sr. Walter Munyau, DNI: 17.280.488, vecino frentista.

Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.