Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 537
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/01/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fs. 2 por WERNICKE ALDO RUBEN, DNI N° 10.631.427, donde solicita la prescripción de deuda en concepto de Impuesto Automotor, con relación al dominio WMT-834, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Fiscal 2021 regula en su Artículo 60: “Prescribe por el transcurso de 5 años la acción para el cobro judicial de gravámenes recargos intereses, multas y contribuciones de mejoras. Prescriben en el mismo término las facultades municipales para determinar las obligaciones fiscales o para verificar y rectificar las declaraciones juradas de los contribuyentes y/o responsables y la aplicación de multas. En el mismo plazo prescribe la acción de repetición”, y en su Artículo 62 “La prescripción de las facultades de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y/o exigir su pago se interrumpirá:
a) Por el reconocimiento, expreso o tácito, por parte del contribuyente y/o responsable de su obligación.
b) Por cualquier acto judicial o administrativo relacionado con la obligación fiscal.
En el caso del apartado a), el nuevo término de prescripción comenzará a correr a partir del primero de enero del año siguiente en que las circunstancias mencionadas ocurran.
La prescripción de la acción de repetición del contribuyente y/o responsable se interrumpirá por la deducción de la demanda respectiva; pasados los dos (2) años de dicha fecha sin que se haya instado el procedimiento, se tendrá la demanda por no presentada y volverá a correr un nuevo término de prescripción”.
Que, a fs. 6 obra predictamen de la Secretaria de Economía manifestando que correspondería hacer lugar a lo solicitado por el requirente, y a fs. 7 obra el dictamen de la Dirección de Técnica Jurídica, el cual comparte en su totalidad lo predictaminado a fs. 6;
Que, el Departamento de Recaudación a fs. 12 sugiere se prescriban los periodos 01/1998 a 03/2005 al vehículo dominio WMT-834 correspondiente a Impuesto Automotor de acuerdo a lo establecido en el articulo 60° de la Ordenanza Fiscal 2021;
Por ello, la INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA en uso de sus facultades y AD REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
- R E S U E LV E -
ARTICULO 1º: Declárese la prescripción de los periodos 01/1998 a 03/2005, en concepto de Impuesto Automotor correspondiente al dominio WMT-834, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 60° de la Ordenanza Fiscal 2021 .-
ARTICULO 2º: Elévese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación, cúmplase,dése al R.O., notifíquese, tome nota Departamento de Recaudación, demás dependencias municipales que correspondan, hecho, ARCHIVESE.-