Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 157/18
Nueve de Julio, 11/01/2018
TASA PARA BOMBEROS VOLUNTARIOS – LIQUIDACION.
Visto
Lo dispuesto en el Capítulo XXII, Artículo 197 de la Ordenanza Fiscal vigente.
Los informes de los funcionarios intervinientes, obrantes en el Expte Nº 4082-129/2010.
Considerando
Que resulta necesario determinar el monto recaudado en concepto de la Tasa para Bomberos Voluntarios que será transferido a las distintas Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
Los fondos que quedaron afectados del ejercicio anterior
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Establécese según el informe que se percibió en el periodo 01/11/2017 al 31/12/2017 un total de pesos doscientos cincuenta y ocho mil setecientos veintinueve con 63/100 ($ 258.729,63) en concepto de Tasa por Bomberos Voluntarios y un total de pesos cuatro mil seiscientos cuarenta y seis con 16/100 ($ 4.646,16) en concepto de Tasa por Bomberos Voluntarios Ejercicios Anteriores. Teniendo en cuenta el costo de cobranza y los gastos administrativos (comisión bocas de cobranza más gastos administrativos) el importe a distribuir total pasaría a ser de pesos doscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho con 69/100 ($ 254.848,69) y de cuatro mil quinientos setenta y seis con 47/100 ($ 4.576,47).
Dicha suma contiene la deducción de los gastos administrativos y financieros correspondientes al bimestre.
ARTICULO 2º: Transfiérase a las siguientes Asociaciones el porcentaje de la suma determinada en el Artículo 1º que se indica a continuación:
Tasa por Bomberos Voluntarios:
- Asociación Cooperadora de Bomberos Voluntarios de Facundo Quiroga.- Entidad de Bien Público Nº 2: 14,25 %, equivalente a la suma de pesos treinta y seis mil trescientos quince con 94/100 ($ 36.315,94).-
- Asociación Bomberos Voluntarios de Dudignac.- Entidad de Bien Público Nº 58: 13,76 %, equivalente a la suma de pesos treinta y cinco mil sesenta y siete con 18/100 ($ 35.067,18).
- Asociación Bomberos Voluntarios de 9 de Julio.- Entidad de Bien Público Nº 41: 71,99 %, equivalente a la suma de pesos ciento ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y cinco con 57/100 ($ 183.465,57).
Tasa por Bomberos Voluntarios Ejercicios anteriores:
- Asociación Cooperadora de Bomberos Voluntarios de Facundo Quiroga.- Entidad de Bien Público Nº 2: 14,25 % equivalente a la suma de pesos seiscientos cincuenta y dos con 15/100 ($ 652,15).
- Asociación Bomberos Voluntarios de Dudignac.- Entidad de Bien Público Nº 58: 13,76 %, equivalente a la suma de pesos seiscientos veintinueve con 72/100 ($ 629,72).-
- Asociación Bomberos Voluntarios de 9 de Julio-Entidad de Bien Público Nº 41: 71,99%, equivalente a la suma de pesos tres mil doscientos noventa y cuatro con 60/100 ($ 3.294,60)
ARTICULO 3º: Impútase a 1110112000 Secretaria de Administración y Hacienda- Programa 20 Administración integrada de los Recursos Reales y Financieros – Actividad 03 Ingresos Públicos.
ARTICULO 4º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Administración y Hacienda.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.