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Decreto Nº109/2022

Decreto Nº 109/2022

Quilmes, 18/01/2022

Visto

la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), el Decreto-Ley 9.650/1980 (texto ordenado aprobado por Decreto Nº 600/94, y las modificaciones introducidas con posterioridad por las Leyes Nros. 11562, 12150, 12302, 12.634, 12.750 y 12.867), la Ley Nº 12.950

(con modificaciones introducidas por la Ley Nº 13.547), la Ley Provincial Nº 14.656, el Decreto Provincial Nº 476/81, el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes, el EX-2022- 00005098- -QUI-CGADPER#JDG; y

Considerando

Que la agente Amigo, Rosa Graciela (Leg. 27.214), quien se desempeña en la Dirección General de Primer Nivel de Atención, dependiente de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria - Secretaría de Salud, reúne los requisitos necesarios para acogerse a la Jubilación por Edad Avanzada, conforme lo determinado en el artículo 35 y concordantes del citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.O.), el artículo 20 del Decreto Provincial Nº 476/81 reglamentario del citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.O.), la ley Provincial Nº 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes;

Que la agente antes mencionada cumple con los recaudos necesarios para la obtención de la Jubilación por Edad Avanzada que establece el artículo 35 del ya mencionado Decreto-Ley 9.650/1980;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: DISPÓNESE la baja a partir del 1° de febrero de 2022, en el cargo

ARTÍCULO 2°: De conformidad con lo establecido en el Artículo 1° de la Ley Nº 12.950 (con modificaciones introducidas por la Ley Nº 13.547), la mencionada agente percibirá el treinta y siete coma ocho por ciento (37,8%) de su remuneración mensual, sin prestación de servicios, como anticipo jubilatorio reintegrable por la Municipalidad de Quilmes, hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional y será deducido al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes.-de Data Entry, imputado en la Jurisdicción 01 - Subjurisdicción 32 - Actividad Central 01, a los efectos de acogerse a la Jubilación por Edad Avanzada, de la agente Amigo, Rosa Graciela (Leg. 27.214 - CUIL Nº 27-12151492-9- Fecha de nacimiento: 17 de enero de 1956) - Fecha de Ingreso: del 02 de marzo de 2009 al 1º de febrero de 2022 - Antigüedad Municipal: 12 años, 1O meses y 27 días.-

ARTÍCULO 3°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.­

ARTÍCULO 4°: NOTIFÍQUESE a la parte interesada en la Dirección General de Administración de Personal.-

ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.-

     Lic. Alejandro E. Gandulfo                                   Mayra S. Mendoza                                         

                  Jefe de Gabinete                                                  Intendenta

       Municipalidad de Quilmes                                   Municipalidad de Quilmes

DECRETO 109/2022