Boletines/Quilmes
Decreto Nº 4605/2021
Quilmes, 30/12/2021
Visto
el Expediente Nº 4091-12531-D-2021, iniciado por el Departamento Seguros de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es solicitar la suscripción del contrato de seguro del ramo "Seguro Caución", instrumentado en la Póliza Nº 55.434 endoso Nº 6, correspondiente a la cobertura de Mejoramiento Habitacional -Barrios Villa Azul y Villa ltatí, por el período del 31 de octubre del 2021 al 31 de enero del 2022; y
Considerando
Que a fojas 2, 3 y 4, obran respectivamente, cotización y detalle de la póliza y factura, emitidas por Provincia Seguros S.A;
Que el artículo 156, inciso 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificaciones vigentes) admite compras y contrataciones directas, cuando se compra a reparticiones Oficiales, Nacionales, Provinciales o Municipales y a entidades en las que el Estado tenga participación mayoritaria;
Que a fs. 8 la Contaduría Municipal ha regularizado el débito correspondiente a la cuota cuyo vencimiento operó el día 20 de diciembre del 2021;
Que resulta necesario convalidar el contrato de seguro de caución, referido a la obra de Mejoramiento Habitacional -Barrios Azul e ltatí - hasta la suma indicada en la póliza mencionada;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107,156, inc.2) y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificaciones vigentes);
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: CONVALÍDASE la suscripción del contrato de seguro con Compañía Provincia Seguros S.A.; instrumentado en la Póliza Nº 55.434 endoso Nº 6, del ramo "Seguro Caución", correspondiente a la obra de Mejoramiento Habitacional -Barrios Azul e ltatí -, por el período del 31 de octubre del 2021 al 31 de diciembre del 2021, y AUTORÍZASE por el período del 1° de enero del 2022 al 31 de enero del 2022, por la suma total de pesos cincuenta y dos mil seiscientos cuarenta y tres con setenta y seis centavos ($52.643,76.-) de acuerdo a la cotización obrante a fojas 2.-
ARTÍCULO 2°: El presente gasto se devengará en Administración Central - Jurisdicción 1 - Departamento Ejecutivo - Sub-jurisdicción 29 - Partida 3.5.4.0
- Fuente de Financiamiento 11O del Presupuesto de Gastos en Vigor.-
ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE que la cuota será debitada de la Cuenta Nº 50747/1, que el Municipio tiene en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Quilmes Centro.-
ARTÍCULO 4°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 4605/2021