Boletines/Lobería

Decreto Nº085-22

Decreto Nº 085-22

Lobería, 12/01/2022

DESÍGNASE, en carácter de personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y Decreto Reglamentario N° 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.585/21; y

 

Considerando

QUE, el Titular de Mantenimiento de Maquinarias y Automotores de la Comuna, SR. JAVIER IRIARTE, solicita la designación de personal destajista, para desempeñarse como sereno a disposición del sector vial, a partir del 1° de enero y hasta el 30 de junio de 2022 inclusive;

QUE, motiva este pedido, no contar con personal suficiente en planta permanente;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de personal destajista, a partir del día 1° de enero y hasta el 30 de enero de 2022 inclusive, al Sr. JULIAN AGUSTIN JURADO, D.N.I. 38.863.393, para desempeñarse como sereno a disposición del sector vial.

ARTÍCULO 2.- El monto total a abonar será de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 240.000.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DOSCIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS ($ 206.400.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 28.800. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 32.01 Dirección Mantenimiento Vial - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Titular de Mantenimiento de Maquinarias y Automotores, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 085-22