Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 166
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/01/2022
Visto las presentes actuaciones, relacionadas con el funcionamiento de la Oficina Municipal de Personerías Jurídicas, como nexo con la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, a fin de realizar todos los trámites inherentes para la obtención de la personería jurídica de las Instituciones de Bahía Blanca, de acuerdo al convenio de Colaboración celebrado entre este Municipio y el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires obrante a fs. 2 a 4 del Expediente 510-8555-2010 que integra los presentes actuados;
Considerando
Que es de real importancia contar con esta Oficina a nivel municipal a fin de lograr que las Asociaciones Civiles, Sociedades de Fomento, Juntas Vecinales y demás Entidades de la Sociedad Civil de esta ciudad adecuen su constitución y funcionamiento a las normas vigentes con reconocimiento de su personería jurídica y atento a la designación del Sr. Oscar Javier LAGONEGRO ANDERSON, D.N.I. 25.576.170 como Director de Empleo y Economía Social de la Secretaria de Políticas Sociales, obrante en el Expediente 510-9451-21, a partir del día 1 de enero de 2022.
Por lo expuesto, y con el fin de no resentir la prosecución de los trámites que se realizan en la dependencia municipal mencionada, la INTENDENTE INTERINA MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Déjese sin efecto la atención y firma de toda actuación administrativa que la Oficina Municipal de Personas Jurídicas deba realizar ante la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, delegada al Sr. Luis Miguel Ángel Tonin, D.N.I. 18.573.507, a partir del día 1 de enero de 2022, atento a lo expuesto en los considerandos del presente.
SEGUNDO: Deléguese en el señor Director de Empleo y Economía Social, Oscar Javier LAGONEGRO ANDERSON, D.N.I. 25.576.170 la atención y firma de toda actuación administrativa que débase gestionar ante la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1 de enero de 2022.
TERCERO: Déjese constancia que en todo acto administrativo que se dicte con fundamento en las facultades delegadas en el artículo precedente deberá consignarse tal circunstancia.
CUARTO: Cúmplase, remítase copia del presente Decreto a la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, dése al R.O., hecho, ARCHIVESE.