Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 240
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/01/2022
Visto las presentes actuaciones, atento las notas presentadas por MAURO ROBERTO PUCCI, DNI 24.337.281, a fs. 2 del expediente N° 0-974/2018, fs. 2 del expediente N° 0-522/2019, fs. 2 del expediente N° 0-492/2020 y fs. 2 del expediente N° 0-408/2021, mediante las cuales solicita el otorgamiento de los beneficios estipulados en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva 2018, 2019, 2020 y 2021, a la Partida Nº 112.035, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo Nº 80 de la Ordenanza Fiscal 2018, 2019, 2020 y 2021, establece: “Los propietarios y/o poseedores a título de dueño de un único bien inmueble baldío, en el cual proyectan construir su vivienda única, gozarán de un descuento en la tasa total liquidada de acuerdo con lo que establezca la Ordenanza Impositiva"
Que el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Impositiva 2018, 2019, 2020, 2021, dispone que “Para los casos comprendidos dentro de lo establecido en el Artículo 80º de la Ordenanza Fiscal, la tasa total liquidada gozará de un descuento del 80%."
Que, el Departamento de catastro manifiesta a fs. 8/9 del expediente N° 0-974/2018, fs. 5 del expediente N° 0-522/2019, fs. 8 del expediente N° 0-492/2020 y fs. 7 del expediente N° 0-408/2021, que la Partida N° 112035 cumple con las condiciones establecidas en el Art. 80 de la Ordenanza Fiscal 2018, 2019, 2020 y 2021;
Que, el Departamento Recaudación sugiere a fs. 9 del expediente N° 0-408/2021, otorgar un descuento del 80% en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, desde la cuota 02/2018 a 12/2021 de la partida inmobiliaria N° 112.035,
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º: Redúzcase a la Partida Nº 112.035, en un 80% el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, a partir de la cuota 02/2018 a 12/2021, en un todo de acuerdo a lo normado en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva 2018, 2019, 2020 y 2021, y a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º: Cúmplase, notifíquese, dese al R.O., notifíquese, tome nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVESE.-