Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 35
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/01/2022
VISTO las presentes actuaciones, atento la nota presentada por RODOLFO ROMANELLI, DNI 10.158.425 y JUAN ANTONIO ARTOLA, DNI 20.045.473, donde solicitan la aplicación del articulo 79 de la Ordenanza Fiscal vigente, a fin de efectuar la liquidación correspondiente a la tasa por servicio público y tasa de salud desde el último año no prescripto de las Partida Nº 26902; y,
CONSIDERANDO
Que el Departamento Recaudación a fojas 22 del expediente 0-2606/2021 solicita se rectifique el Artículo 1º de la Resolución Nº 2623/2021, atento que por error involuntario se escribió mal el importe en números;
Por todo lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019:
- RESUELVE -
ARTICULO 1º): Rectifiquese el Artículo 1º de la Resolución Nº 2-2623/2021, atento que por error involuntario se transcribió de manera errónea el monto en números de la Tasa de Servicios Públicos, el mismo quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 1º): Rectificase la cuenta corriente de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y Tasa de Salud, del inmueble identificado con la Partida Nº 26902. Realizados los cálculos correspondientes, deberá abonar por mes, de acuerdo al siguiente detalle:
* Cuota 04/2021 a la 12/2021, la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS QUINCE CON DIECISEIS CENTAVOS ($1.315,16) en el concepto Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($460,31) en concepto de Tasa de Salud , y en un todo de acuerdo al considerando de la presente resolución."
ARTICULO 2º): Cúmplase, dése al R.O., Notificase, tome nota Departamento Recaudación, Departamento Catastro, hecho, ARCHIVESE.-