Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0020
Balcarce, 03/01/2022
Visto
El Expediente Nº 3909/8/2021, por el que se tramitan los subsidios en el marco del Fondo de Fortalecimiento para la Competencia Deportiva de los Clubes y Deportistas de Balcarce y
Considerando
Que dicho Fondo fue creado mediante Ordenanza Nº 173/16 y Promulgado por
Decreto Nº 0056/17.
Que a foja 9 se establecen con el Decreto Nº 816/21, los valores a entregar en forma de Subsidio a los Clubes por cada Disciplina Deportiva que desarrollen en forma competitiva dentro de federaciones oficiales y a los Deportistas Amateurs Federados clasificados a una competencia internacional, nacional o provincial, de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza 173/16.
Que se adjunta la solicitud de Subsidio y Declaración Jurada del Deportista SANCHEZ MATEO RAUL, DNI Nº 49.075.964, en su especialidad Natación.
Que se adjunta el Acta de la Comisión de Cultura Deporte y Turismo, en su reunión de fecha 14 de Diciembre de 2021, la cual se resuelve otorgarle un subsidio, por la suma de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00) al mencionado deportista.
POR ELLO:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias;
DECRETA
ARTICULO 1º.: Otórgase un subsidio a favor del deportista SANCHEZ MATEO RAUL, DNI Nº 49.075.964, por la suma de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00), destinado a solventar los gastos generales, ocasionados por el viaje a la ciudad de Buenos Aires, en virtud de su participación en el. Campeonato de la Republica de Infantiles y menores, llevado a cabo entre los días 16, 17 y 18 de diciembre del corriente año.
ARTICULO 2º.: Procédase por la Contaduría a emitir Orden de Pago y por la Tesorería, el cheque correspondiente a nombre de la Sra. Cintia Gisela Andujar, DNI Nº 31.607.709.
ARTICULO 3º.: El gasto establecido en el artículo anterior deberá imputarse a la siguiente partida del Presupuesto General de Gastos en vigencia:
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaria de Gobierno
Programa: 20.01.00 - Fomento del Deporte y de las Actividades Recreativas
Imputación del Gasto: 5.1.4.0 - Ayudas Sociales a personas
Fuente de Financiamiento: 131 - De origen Municipal
Afectación: 12.9.19.00 - Fondo Fortalecimiento para la Competencia Deportiva de los
Clubes y Deportistas de Balcarce. Importe: $ 15.000,00
ARTICULO 4º: Insístase ante Contaduría Municipal para efectuar el presente pago en virtud de no contar con recursos disponibles y sin partida según los Artículos 31°, 118º, 186º y 187º de la L.O.M., Artículo 9º del R.C. y Artículos 32 y 40 del Opto. Pcial. 2980/00.
ARTICULO 5º.: El beneficiario deberá rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos acordados por el presente Decreto dentro de los treinta días d ecibidos los mismos.
ARTICULO 6º.: Cúmplase, publíquese, comuníquese a las Secretarías Municipales Contaduría, Tesorería, a los interesados y dése copia al Regis r Oficial de Decretos
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