Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº2218

Decreto Nº 2218

Mar Chiquita, 30/12/2021

Visto

  El expediente Nro4-072.0-2020 del Honorable Tribunal de Cuentas correspondiente a la Rendición de cuentas del ejercicio 2020 y El Decreto Provincial Nº 2.980/00 que regula la Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal; y

Considerando

Que en apartado 3.1.2 de dicho expediente, el Honorable tribunal de cuentas, detalla las diferencias correspondientes al saldo presupuestario de recursos afectados por un importe total de $20,761,259,75. Dicho importe corresponden en la suma de $16,791,020,75 a recursos de origen provincial y nacional, de los cuales se hizo uso temporario de los fondos durante el ejercicio 2019, autorizados por la Ordenanza 2/2020  y la suma de pesos $3.970.239,00 a otros ajustes provenientes de ejercicios anteriores.

Que en relación a los ajustes por $3.970.239, la suma de $3,970,238,97 corresponde a diferencias anteriores del Fondo Educativo, $0.01 Ordenanza CASER y $0.02 Construcción doble calzada ruta 11 expte. 109/09, los cuales deben ser incorporados como saldos de caja y banco a cada recurso en cuestión;

Que resulta necesario modificar el presupuesto de gastos y cálculo de recursos del ejercicio 2021 incorporando los saldos de caja y banco resultantes de las diferencias mencionadas en los apartados anteriores, para lo cual se reducirá el saldo de caja y banco de libre disponibilidad y se ampliará cada rubro afectado correspondiente.

Por ello;

                                                         EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

                                                                                                        DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORÍCESE las transferencias y movimientos bancarios realizados por la tesorería municipal durante el ejercicio 2021 en cuanto a los recursos afectados detallados en los considerandos correspondientes a y a la recomposición de los saldos provenientes de ajustes del HTC de ejercicios anteriores.

ARTICULO 2º.- AMPLÍESE el crédito de las partidas parciales   que   se numeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

CATEGORIA PROGRAMATICA

FUENTE

OBJETO

IMPORTE

1110102000 - 93.00.00 - Deuda Flotante

110 - Tesoro Municipal

7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales a  corto plazo

-3.970.239.00

1110102000 - 01.00.00 - Administración y Conducción Secretaria de Economía

131 - De origen municipal

3.4.9.0 - Otros

0.01

1110102000 - 01.00.00 - Administración y Conducción Secretaria de Economía

132 - De origen provincial

3.4.9.0 - Otros

3.970.238,97

1110102000 - 01.00.00 - Administración y Conducción Secretaria de Economía

133 - De origen nacional

3.4.9.0 - Otros

0.02

   

TOTAL

0.00

ARTICULO 3°.-AMPLÍESE y REDÚZCASE el Cálculo de  Recursos  en el  rubro que se numera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

JURISDICCION

RUBRO

IMPORTE

1110102000

35.1.01.01 - De Caja y Banco - Libre Disponibilidad - Recursos Ordinarios

-3.970.239.00

1110102000

35.1.01.10 - De Caja y Banco - Afectado Provincial - Fondo Federal Educativo

3.970.238,97

1110102000

35.1.01.35 - De Caja y Banco - Afectado Nacional - Constr. Doble Calzada Ruta Prov 11 Exp 109/09

0,02 

1110102000

35.1.01.05 - De Caja y Banco - Afectado Municipal - Ordenanza CASER

0,01 

 

TOTAL

0.00

 

   

ARTICULO 4º.- NOTIFÍQUESE a Secretaría Privada, Contaduría y Tesorería.

ARTICULO 5º.- El presente decreto será refrendado por el secretario general Arq. Walter Mariano Wischnivetzky.

ARTICULO 6º.- COMUNIQUESE, a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial.