Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº2180

Decreto Nº 2180

Mar Chiquita, 28/12/2021

Visto

La nota presentada por la Secretaria de Economía para el Ejercicio Financiero 2022; y 

Considerando

Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de  Administración, en su Art. 235º  Inc. a) 4, se refiere a la obligatoriedad de la presentación de los instrumentos habilitantes de Cajas Chicas, como todo cambio de las mismas;

Que el Decreto Nº 96/16 establece el régimen operativo de las Cajas Chicas y las Normas para el funcionamiento y Rendición de Cuentas; 

Que la Ordenanza del Presupuesto General de Gastos  vigente dispone que quien habitualmente maneje fondos valores percibirá compensación especial mensual;  

Por ello,

                                                    EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

                                                                                                            DECRETA

 

ARTICULO 1º: AUTORÍZASE para el Ejercicio Financiero 2022 el siguiente importe a disponer en concepto de Caja Chica por las dependencias que se indica a continuación:

Dependencia

Monto asignado

SANTA CLARA DEL MAR 

$ 50.000,00

MAR CHIQUITA

$ 50.000,00

SANTA ELENA

$ 50.000,00

VIVORATA

$ 50.000,00

GENERAL PIRAN 

$ 65.000,00

INSPECCION GENERAL 

$ 65.000,00

SECRETARIA DE ECONOMIA

$ 65.000,00

HOSPITAL

$ 50.000,00

UNIDAD INTENDENTE 

$ 65.000,00

SECRETARIA DE CULTURA

$ 50.000,00

SECRETARIA DE DEPORTE

$ 50.000,00

OFICINA DE COMPRAS

$ 50.000,00

ARTICULO 2º: DESIGNASE como responsables del manejo de la Caja Chica autorizada en el Art. 1º del presente, a los  agentes detallados a continuación:

Dependencia

Apellido y Nombre

DNI

Legajo

SANTA CLARA DEL MAR

Maestromey, Mónica Elizabeth

16.267.735

410

MAR CHIQUITA

Eiras, María Emilse

20.541.118

1347

SANTA ELENA

Asencio, Melva  Edith

23.750.479

3500

VIVORATA

Álvarez, Alejandra Paola

25.953.095

1326

GENERAL PIRAN

Llamas, Marina Alicia

24.018.619

989

INSPECCION GENERAL 

González, Oscar Alberto 

11.088.390

1110

SECRETARIA DE ECONOMIA

Carli, Carlos Roberto 

18.162.033

547

HOSPITAL

Nogueira, Karina Elisabet

22.746.016

1428

UNIDAD INTENDENTE

Nieto, Camila Florencia

41.258.944

3503

SECRETARIA DE CULTURA

Córdoba, Rocío 

39.741.269

3774

SECRETARIA DE DEPORTES

Castiñeyra, María Eleonora

25.429.582

1964

OFICINA DE COMPRAS

Reyes, Ernesto Alfredo

20.555.401

1499

ARTICULO 3º: OTÓRGUESE la compensación como responsables del manejo de la Caja Chica autorizada en el Art. 1º del presente, a los  agentes detallados a continuación:

Dependencia

Apellido y Nombre

DNI

Legajo

SANTA CLARA DEL MAR

Maestromey, Mónica Elizabeth

16.267.735

410

MAR CHIQUITA

Eiras, María Emilse

20.541.118

1347

SANTA ELENA

Asencio, Melva Edith

23.750.479

3500

VIVORATA

Álvarez, Alejandra Paola

25.953.095

1326

GENERAL PIRAN

Llamas, Marina Alicia

24.018.619

989

INSPECCION GENERAL 

González, Oscar Alberto

11.088.390

1110

SECRETARIA DE ECONOMIA

Carli, Carlos Roberto 

18.162.033

547

HOSPITAL

Nogueira, Karina Elisabet

22.746.016

1428

UNIDAD INTENDENTE 

Nieto, Camila Florencia

41.258.944

3503

SECRETARIA DE CULTURA

Córdoba, Rocío

39.741.269

3774

SECRETARIA DE DEPORTES

Castiñeyra, María Lorena

25.429.582

1964

OFICINA DE COMPRAS

Reyes, Ernesto Alfredo 

20.555.401

1499

ARTICULO 4º: AUTORIZASE a la Secretaría de Economía a contratar el correspondiente seguro de fidelidad, cuyo costo estará a cargo de los agentes responsables de la caja chica, en el marco de lo establecido en el Art. 219º y concordantes de la Ley Orgánica Municipal y Art. 47º del Reglamento de Contabilidad respectivamente.

ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter M. Wischnivetzky.

ARTICULO 6º: Regístrese, dése al Boletín Municipal, remítase una copia del presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y para conocimiento y demás efectos, intervengan todas las dependencias citadas en los Artículo 1º, como así también, la Contaduría Municipal, la Tesorería Municipal, y el Departamento Liquidación de Haberes respectivamente.