Boletines/Tandil
Decreto Nº 326/2022
Tandil, 31/01/2022
Visto
La solicitud de ampliación de la designación como personal de Enfermería de la señora María José Laborde –Legajo 11.369, en carácter de reemplazante, efectuada por el Jefe Interino del Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en virtud de su buen desempeño y del reemplazo de la enfermera Rocío Zuñiga - Legajo 10.600, quién pasó al agrupamiento de técnicos de quirófano del Hospital Ramón Santamarina.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°:Amplíase la designación de la señora María José Laborde – Legajo 11.369, como personal de Enfermería, en la planta temporaria de personal del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en carácter de reemplazante, categoría 8 – 48 horas semanales, en el marco del Decreto N° 2714/2019, a partir del 1 de enero de 2022.
Artículo 2°: Se deja establecido que la señora María José Laborde se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Departamento de Enfermería, para lo cual se autoriza a la Presidencia del SISP a establecer los cambios necesarios a través de disposición.
Artículo 3°: Las erogaciones a producirse serán imputadas a las partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 – Hospital “Ramón Santamarina”, 17.01.00 –Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 – Gastos en Personal,1.2.0.0 – Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del cargo, 1.2.1.3 – Personal Reemplazante, 1.2.2.0– Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 – Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 – Liquidación Obra Social, 1.3.1.0–Retribuciones Extraordinarias, 1.3.1.9 – Garantía de Enfermería, del presupuesto de gastos vigente.
Artículo 4°: Insístese ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos, Enfermería y Contaduría, Direcciones del Hospital “Ramón Santamarina”, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Matías Tringler (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia