Boletines/General Lavalle
Decreto Nº 143/2022
General Lavalle, 31/01/2022
Visto
La Planilla de Control presentada por la Tesorería Municipal;
Considerando
Que, la Cooperativa CLYFEMA ha venido realizando pagos durante el año 2021 y 2022 correspondientes al abono de las tasas municipales de las cuales resulta ser contribuyente, y respecto de cuyos montos se efectúa compensación por los servicios prestados de provisión de energía eléctrica, abasteciendo tanto el alumbrado público del Paraje Pavón como distintas dependencias municipales.
Que, los montos depositados por el contribuyente no son coincidentes con el valor de la tasa descripta determinada para el año en curso, el cual fue oportunamente notificado;
Que, se verifican períodos adeudados por dicha Cooperativa que se encuentran reclamados en el Concurso que tramita bajo expediente judicial caratulado: “COOPERATIVA LIMITADA DE LUZ Y FUERZA ELECTRICA DE MAR DE AJO S/ CONCURSO PREVENTIVO (PEQUEÑO)”, Expediente Nº 70.682, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Dolores, en el cual se reclaman los periodos comprendidos entre el 10/2017 y el 10/2018 inclusive;
Que, conforme registros obrantes en la Oficina de Rentas Municipal la Cooperativa CLYFEMA verifica deuda en conceptos de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene en Establecimientos con Impacto Ambiental correspondiente a los periodos del año 2021.
Observándose a la fecha que se encuentran pagos por la cooperativa, los períodos 1, 2, 12 correspondientes al año 2021. Que, la deuda correspondiente al período 3/2021 ascendía al 31/1/22 a $ 1.286.200,49. Y que, al mes de enero del 2022, esta Municipalidad adeudada a la CLYFEMA la suma de $ 526.018,73.
Resultando que en fecha 28/01/2022 se acredita el pago de $ 760.181,76 por parte de la Cooperativa de Luz y Fuerza de Mar de Ajó y, que sumado dicho importe a los $ 562.181,73 debe esta Municipalidad a la cooperativa en concepto de servicios prestados, se resuelve compensar por única vez dicho importe y en consecuencia tener por paga la factura correspondiente al período 3/2021 del comercio 68 en concepto de tasa se seguridad con impacto ambiental. Dicha compensación estará sujeta a la emisión por parte de la CLYFEMA del correspondiente comprobante de pago por la suma total de $ 526.018,73 (períodos octubre, noviembre y diciembre del 2021) (art 46 y concs. ordenanza 2485/2021, arts. 921, 930 Código Civil y Comercial de la Nación y concs.).
Que corresponde dictar el acto administrativo correspondiente, el cual será refrendado por el Jefe de Gabinete.
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
DECRETA:
ARTICULO 1º: Recíbase el pago de $ 760.181,76 efectuado por la COOPERATIVA LIMITADA DE LUZ Y FUERZA ELECTRICA DE MAR DE AJO (CLYFEMA), e impútese al Padrón de Comercio Nº 68, en concepto de Tasa por Insp. de Seguridad e Higiene en Establecimientos con Impacto Ambiental, correspondiente al período 3/2021.
ARTICULO 2º: Efectúese por única vez compensación con los montos facturados por la Cooperativa, por el total de $ 526.018,73 por los servicios brindados a esta Municipalidad, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2021.
ARTICULO 3º: En virtud de ello, se tenga por cancelada en forma integra la cuota nro. 3/ 2021 Padrón de Comercio Nº 68.
ARTICULO 4º: Instrúyase a la Tesorería Municipal y a la Subsecretaria de Rentas al efecto.
ARTICULO 5º: Comuníquese la presente a la Cooperativa CLYFEMA.
ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.
ARTICULO 7º: Cúmplase, comuníquese a quién corresponda y dese al Registro Municipal.
TURCONI ANDREA VERONICA JOSE H. RODRIGUEZ PONTE
JEFE DE GABINETE INTENDENTE MUNICIPAL