Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº3026/21

Decreto Nº 3026/21

San Andrés de Giles, 18/11/2021

Visto

Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 11 de noviembre  de 2021 , sancionó la Ordenanza Nº 2436/2021; y

Considerando

Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.

Por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:

                                              

         D E C R E T A

                                  

ARTICULO 1º: Promulgar la ordenanza Nº 2436/21 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 2021 , en virtud de la cual se dispone como mano única de circulación vehicular en las calles Malvinas Argentinas en sentido Oeste a Este en los tramos comprendidos entre las calles Piñeiro y Soulet de nuestra Localidad, con  vigencia dicho sentido de circulación una vez finalizada la obra de señalización y cartelería correspondiente.

 

ARTICULO  2º:Dar intervención a las áreas correspondientes, registrar ,comunicar , dar al Digesto Municipal y archivar la presente norma.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA N° 2436/21

 

VISTO:

              La nota presentada por los vecinos de la calle Malvinas Argentina entre Soulet y Padre Piñeiro. Y:

 

CONSIDERANDO:

                                Que en la actualidad la calle Malvinas Argentinas entre las calles Soulet y Padre Piñeiro el sentido de circulación es de doble mano.

                                 Que en la nota de los vecinos se expresa claramente la intención de resguardar la seguridad de ellos debido al flujo de circulación de vehículos.

                                Que en esa zona se ha incrementado la circulación vehicular debido a  que se encuentra una de las entradas a nuestra Ciudad por las calles 9 de Julio y colectora norte.

                               Que muchos vecinos utilizan esta vía de circulación en las horas pico de mayor tránsito.

 

Por ello el HCD en el uso de sus atribuciones sanciona la siguiente;

 

ORDENANZA

 

Artículo 1°; Dispóngase como mano única de circulación vehicular en las calles Malvinas Argentinas en sentido Oeste a Este en los tramos comprendidos entre las calles Piñeiro y Soulet de nuestra Localidad.

Artículo 2°: Póngase en vigencia dicho sentido de circulación una vez finalizada la obra de señalización y carteleria correspondiente.

Artículo 3°: De Forma-

 

 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 11 de noviembre de 2021.-

 

Firmado:

Eloisa Arina                                                                 Gustavo Lennard

Secretraria del HCD                                                     Presidente del HCD