Boletines/Alberti
Decreto Nº 008-22
Alberti, 03/01/2022
Visto
El artículo 39° de la Ordenanza Fiscal vigente, que autoriza al Departamento Ejecutivo a establecer regímenes de facilidades de pago con carácter particular y faculta a condonar multas, intereses y recargos, y;
Considerando
Que, resulta conveniente para la defensa de los intereses del municipio, a los fines de optimizar el cobro de las deudas mantenidas por los contribuyentes, establecer un régimen de facilidades de pagos.
Que, la norma citada autoriza al Departamento Ejecutivo disponer planes de pago con carácter general.
Que, es conveniente entonces establecer un plan de pagos de carácter general por las deudas correspondientes a las tasas de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Cvp, Servicios Sanitarios, Red vial, Patentes de Rodados, Seguridad e Higiene y Automotor.
Que, por lo expresado
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Otorgase un régimen de facilidades de pago para aquellos contribuyentes que registren deudas a la fecha de suscribir el convenio, por las tasas de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Cvp, Servicios Sanitarios, Red vial, Patentes de rodados, Seguridad e Higiene y Automotores. El régimen consistirá en:
ARTÍCULO 2°: Aquellas partidas municipales que se encuentren en ESTADO JUDICIAL, podrán abonar los gastos judiciales hasta en tres cuotas.-----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.----------------------------------------------------------------------