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Decreto Nº008-22

Decreto Nº 008-22

Alberti, 03/01/2022

Visto

El artículo 39° de la Ordenanza Fiscal vigente, que autoriza al Departamento Ejecutivo a establecer regímenes de facilidades de pago con carácter particular y faculta a condonar multas, intereses y recargos, y;

Considerando

Que, resulta conveniente para la defensa de los intereses del municipio, a los fines de optimizar el cobro de las deudas mantenidas por los contribuyentes, establecer un régimen de facilidades de pagos.

                        Que, la norma citada autoriza al Departamento Ejecutivo disponer planes de pago con carácter general.

                        Que, es conveniente entonces establecer un plan de pagos de carácter general por las deudas correspondientes a las tasas de   Alumbrado, Barrido, Limpieza, Cvp, Servicios Sanitarios, Red vial, Patentes de Rodados, Seguridad e Higiene y Automotor. 

                          Que, por lo expresado

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Otorgase un régimen de facilidades de pago para aquellos contribuyentes que registren deudas a la fecha de suscribir  el convenio, por las tasas de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Cvp, Servicios Sanitarios, Red vial, Patentes de rodados, Seguridad e Higiene y Automotores. El régimen consistirá en:

  •  Para todas las partidas que no se encuentren en estado judicial, Contado y hasta 12  cuotas con reducción del 100 por ciento de los intereses.-
  • Para todas las partidas que se encuentren en estado judicial, contado y hasta 12 cuotas con la reducción del 50 por ciento de los intereses.-

 

ARTÍCULO 2°: Aquellas partidas municipales que se encuentren en ESTADO JUDICIAL, podrán abonar los gastos judiciales hasta en tres cuotas.-----------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.----------------------------------------------------------------------