Boletines/Tandil
Decreto Nº 256/2022
Tandil, 22/01/2022
Visto
La Ordenanza 17136 que crea en el ámbito del Partido de Tandil el Programa Integral de Abordaje Sociocomunitario (P.I.A.S.), y
Considerando
Que a partir del año en curso se ha decidido que las acciones que desarrollen los beneficiarios del Programa directamente vinculadas a las Direcciones de Higiene y Servicios Urbanos, Medio Ambiente y Cementerios sean gestionadas a través de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas.
Que para ello es necesario dar de alta en el mencionado Programa bajo el encuadre de Servicos Comunitarios, a las personas que han de desarrollar las tareas en las Direcciones mencionadas ut supra, previa verificación del cumplimiento de las condiciones de admisión establecidas en la mencionada Ordenanza.
Que el gasto que demanden las contrataciones en el marco del programa P.I.A.S. deben ser contempladas en las correspondientes partidas presupuestaria.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Autorizase en el marco del Programa P.I.A.S., la contratación de las personas que se describen a continuación, para el desarrollo de tareas a favor de la comunidad, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 2° de la Ordenanza 17136, a saber:
|
NOMBRE Y APELLIDO |
CUIL |
DIRECCION DESTINO |
MONTO MENSUAL |
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JUAREZ LIONELA SASHA |
20-27941709-8 |
Medio Ambiente |
$25.200,00 |
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GIMENEZ PAULA CAROLINA |
27-23997092-9 |
Medio Ambiente |
$14.000,00 |
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MENDEZ BERNARDO JOSE |
20-21448994-6 |
Medio Ambiente |
$16.800,00 |
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MARIOTTI GUILLERMO ABEL |
20-21448433-2 |
Medio Ambiente |
$16.800,00 |
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MARCOVICH AGUSTINA |
23-36608038-4 |
Cementerios |
$28.000,00 |
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UZABIAGA JULIO ANDRES |
20-36608281-7 |
Higiene Urbanos |
y |
Servicios |
$28.000,00 |
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DACOSTA RAMIRO EZEQUIEL |
20-43664387-0 |
Higiene Urbanos |
y |
Servicios |
$28.000,00 |
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HOYOS PABLO EZEQUIEL |
23-40019624-9 |
Higiene Urbanos |
y |
Servicios |
$28.000,00 |
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TORO CESAR ESTEBAN AGUSTIN |
20-44589561-0 |
Higiene Urbanos |
y |
Servicios |
$28.000,00 |
Artículo 2°: La vigencia de los planes en cuestión es por el término de 6 meses a contar del primero de enero 2021.
Artículo 3º: La erogación a producirse se imputará de la siguiente manera: Imputación 29.01.00 - Direccion de Ambiente Administración y Coordinación 5.1.3.3 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes – Becas de Empleo. Imputación 25.01.00. Direccion de Cementerios – Administración y Coordinación - 5.1.3.3 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes – Becas de Empleo. Imputación 22.05.00 Dirección General de Higiene y Servicios urbanos 5.1.3.3 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes – Becas de Empleo.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese a las distintas Direcciones a través de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas. Pase para conocimiento a la Secretaria de Economía y Administración, Contaduría General, Dirección de Presupuesto, Dirección de Compras y Suministros y archívese.
Firma Digital: Luciano María Lafosse (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas - Intendencia