Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 362/17
Tres de Febrero, 26/04/2017
Visto
El expediente N° 4117.23220.2017, la ordenanza N° 3178 que aprueba el Estatuto Básico para el Personal Municipal de Tres de Febrero, la Ley 14.656 y la ley Orgánica de las Municipalidades y;
Considerando
Que el área de Coordinación de Recursos Humanos, propicia la designación de los agentes en carácter de Personal Mensualizado (Choferes) – Partida 1.1.1.2.1, a partir del día 1.05.2017;
Que dicha petición obedece a que la Secretaria de Seguridad solicito la designación de los Sres. Jorge Andrés Basualdo, Gonzalo Roberto Aquino, Jonathan Marino Gallardo, Roberto Gabriel Fernández, Edgardo Gabriel Figueroa y Carlos Javier Deleon como choferes de Seguridad;
Que dichas designaciones se fundamentan en ejercer medidas preventivas de delitos dentro del distrito de Tres de Febrero, continuando así con el compromiso de garantizar la seguridad de los vecinos:
Qué, asimismo, la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano solicito la designación del Sr. Brian Héctor Echegaray como chofer en unidades Sanitarias Móviles, la cual se fundamenta en la optimización del servicio de la salud pública;
Que atento las necesidades que presenta la Administración Municipal, cuyo cumplimiento hace al interés público, el departamento Ejecutivo, debe prestar una respuesta eficaz y eficiente y que varía con los tiempos actuales, ello representa ser eficientes y eficaces en el actuar administrativo dentro del marco de juridicidad;
Que las plantas administrativas requieren hoy ser flexibles ante cambios tan dinámicos que conllevan ante cada eventualidad atender como se expuso eficientemente, y consolidar el principio organizativo de unidad de acción frente a la necesidad de llevar el servicio de profesiones y/o profesionales en temas que exceden la función específica de los distintos Departamentos de esta Comuna;
Que por otro lado es necesario mencionar que el Estatuto Básico para el Personal Municipal de Tres de Febrero estableció expresamente en el artículo 16 la planta de personal alcanzado por dicho régimen, en dos clasificaciones, Plante Permanente y Planta Temporaria y en esta última indicada, clasificada en Contratados, Mensualizados, Reemplazante o Subvencionada;
Que conforme al Anexo que forma parte integrante del presente, se trata de la designación del personal Mensualizado, caracterizado este como aquellos trabajadores necesarios para la ejecución de servicios, explotaciones, obras o tareas de carácter temporario o eventual o estacional y que no pueden ser realizados con personal de planta permanente de la administración municipal diferenciándose entre sí por la forma de retribución, por mes o jornal;
Que, de este modo, vale agregar que el artículo 17 del Estatuto Mencionado estableció que el derecho a la estabilidad solo es garantizado para los agentes de Planta Permanente, por ello en el caso de marras los agentes municipales no gozan de la garantía de estabilidad mencionada por tratarse de personal temporario;
Que ha tomado intervención la Subsecretaria Legal, Técnica y Administrativa de la Municipalidad de Tres de Febrero;
Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades;
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTICULO 1°. – Desígnese a los agentes municipales detallados en el Anexo I. – el que forma parte integrante del presente, en planta Temporaria, dentro de la categoría de Mensualizados. Hágase saber que dicha designación será efectiva a partir de la fecha en la cual cada agente se notifique del presente.
ARTICULO 2°. – Facúltese al Área de Coordinación de Recursos Humanos para rescindir anticipadamente, a pedido de los secretarios de las áreas pertinentes, las mensualizaciones autorizadas en el presente decreto. –
ARTICULO 3°. – El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y el Señor Secretario General. –
ARTICULO 4°. – Regístrese, publíquese. Gírese al Área de Coordinación de Recursos Humanos para notificación de los interesados, comuníquese a la Secretaria de Seguridad y a la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano. Pase para su conocimiento a la Secretaria de Hacienda. Cumplido, archívese.
anexo I
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