Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 315/17
Tres de Febrero, 11/04/2017
Visto
Los expedientes 4117-19425/17, 4117-21018/17, 4117-21118/17 y 4117-21165/17, el informe producido por la Dirección de Administración de Ingresos Públicos- Desentralizacion Tributaria; y,
Considerando
Que atento lo normado en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, LIBRO SEGUNDO-PARTE ESPECIAL- TITULO III- Impuesto a los Automotores- Capitulo II DE LAS EXCENCIONES según lo preceptuado en el articulo 243, inciso f) cuando en su parte pertinente reza... " Los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley Nº 10592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional Nº 22431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley Nº 19279, conforme artículo 1º del Decreto Nº 1313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad discapacitado, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero..."
Asimismo, reza el citado Articulo: " Se reconocerá el beneficio por una única unidad, cuando la misma esté a nombre del discapacitado o afectada a su servicio de acuerdo a lo prescripto en la norma mencionada;
Que el articulo 11, Titulo III de la Ley 13.010, en su parte pertinente textualmente dice: "El impuesto a los automotores establecido en el articulo 50 de la Ley Impositiva del Ejercicio Fiscal 2003, sera transferido y asignado de acuerdo al lugar de la radicacion del vehículo a los Municipios, quienes seran los encargados de efectivizar su cobro"
Que de esta manera, se establece la transferencia y asignacion del cobro del impuesto automotor a la esfera de cada uno de los Municipios, de igual modo que las cuestiones incidentales deben ser alli resueltas;
Que atento a lo expuesto, la documentación agregada en autos y la normativa vigente en materia, la Dirección Legal y Técnica es de opinión hacer lugar a lo peticionado en el expediente del epígrafe;
Que el caso de marras se trata:
4117-19425/17: Sr. Caputo, Carlos Daniel DNI 11.076.549 quien ha solicitado la eximicion del pago de patentes por el automotor PEUGEOT 405 DOMINIO AAQ 056.-
4117-21018/17: Sr. Di Masi, Osmar Santiago DNI 11.893.787, quien ha solicitado la eximicion del pago de patentes por el automotor RENAULT MEGANE DOMINIO CRY 848.-
4117-21118/17: Sr. Fernandez, Juan Jose DNI 21.090.980 quien ha solicitado la eximicion del pago de patentes por el automotor PEUGEOT PARTNER DOMINIO EQI 181.-
4117-21165/17: Sr. Li Greci, Francisco Juan DNI 93.581.465 quien ha solicitado la eximicion del pago de patentes por el automotor PEUGEOT 405 DOMINIO CTZ 856.-
Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ordenanza Nro 2793;
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
Articulo 1°.- Eximase al Sr. Caputo, Carlos Daniel DNI 11.076.549 del pago de patentes por el automotor PEUGEOT 405 DOMINIO AAQ 056, por el periodo 2017.-
Articulo 2°.- Eximase al Sr. Di Masi, Osmar Santiago DNI 11.893.787 del pago de patentes por el automotor RENAULT MEGANE DOMINIO CRY 848, por la cuota 3/2016 por el presente año 2017.-
Articulo 3°.- Eximase al Sr. Fernandez, Juan Jose DNI 21.090.980 del pago de patentes por el automotor PEUGEOT PARTNER DOMINIO EQI 181, por el periodo 4,5/2015; 1,2,3/2016 y por el presente 2017.-
Articulo 4°.- Eximase al Sr. Li Greci, Francisco Juan DNI 93.581.465 del pago de patentes por el automotor PEUGEOT 405 DOMINIO CTZ 856 por el periodo 1,2,3/2015; 1,2,3/2016 y por el presente año 2017.-
Articulo 5°.- El presente decreto sera refrendado por el señor Secretario de Hacienda y por el Señor Seretario General.-
Articulo 6°.- Registrese, notifiquese al recurrente y pase a todos sus efectos a la Secretaria de Hacienda- Dirección de Administración de Ingresos Publicos- Desentralizacion Tributaria.-