Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 383/17
Tres de Febrero, 26/04/2017
Visto
El Decreto N° 420/16 de fecha 6 de Diciembre de 2016 obrante a fs. 4 del Expediente 4117-16970-16, lo peticionado en el Expediente 4117-17823-16 que corre agregado al Expediente principal, el decreto N° 239/01 del Estatuto Municipal de Tres de Febrero, la Ley 18.037 "Régimen de jubilaciones y pensiones para los trabajadores en relación en relación de dependencia" y la ley 24.241 "Sistema integrado de jubilaciones y pensiones" y,
Considerando
Que en los casos de extinción laboral de la relación de dependencia con este Municipio, originadas por la muerte del agente, los causa-habientes tienen el derecho a percibir los haberes y/o indemnizaciones o subsidios previstos en el Decreto N° 239/01 del Estatuto Municipal de Tres de Febrero;
Que lo referido ut supra se encuentra receptado en el articulo 23 de la Ley 11.757 como también por el articulo 76 de la Ley 14.656;
Que la Ley 18.037 del "Régimen de Jubilaciones y Pensiones para los trabajadores en relación de dependencia", la que fuera sustituida por la Ley 24.241 "Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones", en su art. 53 enuncia los legitimados al cobro en el supuesto de muerte de jubilado;
Que atento las declaraciones juradas acompañadas en el presente expediente y la documentación aportada queda soslayada toda incertidumbre y/o falta de determinación respecto a los legitimados al cobro, correspondiendo que por el fallecimiento del Señor CARLOS ALBERTO OVANECIO, sean considerados como derechohabientes sus hijos: Carlos Alberto Ovanecio, DNI N° 32.309.372, Ayelen Ovanecio, DNI N° 39.626.039, Juan Manuel Ovanecio, DNI N 42.930.293 y Aldana Ovanecio DNI 45.287.575;
Que toda vez que de la liquidación practicada en autos se advierte la imputación de un salario familiar correspondiente al mes de mayo de 2016 por la suma de $1932,00, corresponde descontar dichas sumas del monto total de la liquidación y el monto que resulte, dividirlo en partes iguales a los nderechohabientes con derecho al cobro de los haberes adeudados. Asimismo el monto imputado al salario familiar deberá ser abonado en partes iguales a los dos hijos menores del ex agente.
Que ha tomado intervención la Dirección Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de Febrero;
Por ello y en virtud de las facultades otorgadas por la ley orgánica de las Municipalidades;
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
Articulo 1°.- Abonese, a los Sres. Carlos Alberto Ovanecio, DNI N° 32.309.372, Ayelen Ovanecio, DNI N° 39.626.039 y Gandarillas Lobaton Roxana Claudia DNI 18.760.023 en representación de sus hijos menores Juan Manuel Ovanecio, DNI N 42.930.293 y Aldana Ovanecio DNI 45.287.575 los haberes adeudados por el desempeño laboral del ex agente CARLOS ALBERTO OVANECIO (Leg. 8124), correspondiendo abonarse de las sumas liquidadas el 25% a la sra. Ayelen Ovanecio, DNI N° 39.626.039 , el 25% al sr. Carlos Alberto Ovanecio, DNI N° 32.309.372 y el 50% restante a la sra. Roxana Claudia Gandarillas Lobaton DNI 18.930.293 como representante legal de sus dos hijos menores de edad Juan Manuel Ovanecio, DNI N 42.930.293 y Aldana Ovanecio DNI 45.287.575, previo descuento de lo correspondiente al salario familiar del mes de mayo de 2016, el que corresponde a los hijos menores de edad.
Articulo 2°.- El presente decreto sera refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y por el Señor Secretario General.
Articulo 3°.- Registrese. Notifiquese a los interesados. Pase a todos sus efectos al Area de Coordinacion de Recursos Humanos y a la Direccion de Contaduria. Cumplido. Archivese.