Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 307/17
Tres de Febrero, 11/04/2017
Visto
Los expedientes 4117-18978/17, 4117-21874/17 y 4117-21901/17, el informe producido la Dirección de Administración de Ingresos Públicos – Descentralización Tributaria; y,
Considerando
Que atento lo normado en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, LIBRO SEGUNDO – PARTE ESPECIAL – TITULO III – Impuesto a los Automotores – Capitulo II – DE LAS EXCENCIONES según lo preceptuado en el artículo 243, inciso f) cuando en su parte pertinente reza… “Los vehículos nuevos o usados, destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad tal que les dificulte su movilidad impidiéndoles severamente el uso de transporte colectivo de pasajeros y que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor, conducidos por los mismos, salvo en aquellos casos en los que, por su naturaleza y grado de la discapacidad o por tratarse de un menor de edad discapacitado, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero…”
Asimismo, reza el citado artículo: “Se reconocerá el beneficio por una única unidad, cuando la misma este a nombre del discapacitado o afectada a su servicio de acuerdo a lo prescripto en la norma mencionada;
Que el artículo 11, Titulo III de la Ley 13.010, en su parte pertinente textualmente dice: “…El impuesto a los automotores establecido en el artículo 50 de la Ley Impositiva del Ejercicio Fiscal 2003, será transferido y asignado de acuerdo al lugar de la radicación del vehículo a los Municipios; quienes serán los encargados de efectivizar su cobro…”;
Que, de esta manera, se establece la transferencia y asignación del cobro del impuesto automotor a la esfera de cada uno de los municipios, de igual modo que las cuestiones incidentales deben ser allí resueltas;
Que atento lo expuesto, la documentación agregada en autos y la normativa vigente en materia, la Dirección Legal, Técnica y Administrativa es de opinión hacer lugar a lo peticionado en el expediente del epígrafe;
Que en el caso de marras se trata:
4117-18978/17: Sr. TORRELLA JUAN DNI 93.288.543 quien ha solicitado la eximición del pago de patentes por el automotor VOLKSWAGEN GOL – DOMINIO FPD 282. –
4117-21874/17: Sr. VAZQUEZ HUGO EDGARDO DNI 13.526.900 quien ha solicitado la eximición de pago de Patentes por el automotor PEUGEOT – DOMINIO CGF 302. –
4117-21901/17: Sr. GARCIA ESTEBAN GABRIEL DNI 30.884.344 quien ha solicitado la eximición de pago de Patentes por el automotor PEUGEOT – DOMINIO CQZ 548. –
Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ordenanza Nro. 2793;
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
Artículo 1°. – Exímase al Sr. TORRELLA JUAN – DNI 93.288.543 del pago de patentes por el automotor marca VOLKSWAGEN GOL – DOMINIO FDP 282, por el periodo 2017. –
Artículo 2°. – Exímase al Sr. VAZQUEZ HUGO EDUARDO – DNI 13.526.900 del pago de patentes por el automotor marca PEUGEOT – DOMINIO CGF 302, por la cuota 3/2016 y por el periodo 2017. –
Artículo 3°. – Exímase al Sr. GARCIA ESTEBAN GABRIEL – DNI 30.884.344 del pago de patentes por el automotor marca PEUGEOT – DOMINIO CGF, por la cuota 3/2016 y por el periodo 2017. –
Artículo 4°. – El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y por el Señor Secretario General. –
Artículo 5°. – Regístrese, notifíquese al recurrente y pase a todos sus efectos a la Secretaria de Hacienda – Dirección de Administración de Ingresos Públicos – Descentralización Tributaria. –