Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 341/17
Tres de Febrero, 18/04/2017
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por Decreto Ley Nº 6769/1958, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Provincial Nº 2980/2000 Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y
Considerando
Que por el plexo normativo citado en el Visto se regula el procedimiento de adquisiciones de bienes y servicios que rige en la Municipalidad de Tres de Febrero;
Que por el presente actuado tramita la “Contratación de Servicios de Renovación y Puesta en Valor del Espacio Público del Barrio Derqui”;
Que la Secretaría de Desarrollo Urbano ha dado inicio al presente actuado, detallando los servicios de renovación y puesto en valor requeridos;
Que la referida instancia ha elaborado los Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas que regirá la presente, todo de conformidad con la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidad;
Que en atención al el Decreto 66/2017 que aprueba los Pliegos ut supra mencionados, se llama a la Licitación Pública 07/2017;
Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias, el presupuesto oficial para la puesta en valor del Barrio Derqui descriptos en los Pliegos de aplicación, asciende a la suma de Pesos Dieciséis Millones Cuatrocientos Cuarenta y Siete Mil Cuarenta y Siete con 45/100 ($16.447.047,45) y se realiza la ampliación de la solicitud de gastos por un valor de Pesos Doscientos Cuarenta y Seis Mil Setecientos Sesenta y Siete con 13/100 ($246.767,13.-);
Que se incorporan las publicaciones correspondientes al llamado de la Licitación en tratamiento en el Boletín Oficial y en un diario de distribución masiva del Municipio de Tres de Febrero;
Que lucen agregadas las propuestas de las siguientes firmas: BOSQUIMANO SA, VECTRA CONSTRUCCIONES SRL, VIVIA SA, HERLEA CONSTRUCCIONES SRL, VIVERO CUCULO SRL, DOLCOR SRL, KHALEESI SRL, ATF CONSTRUCCIONES SA, LA CREACIÓN CONSTRUCCIONES SA, ASHOKA CONSTRUCCIONES SA, ALTOTE SA y EVESSA SRL;
Que la Circular sin consulta N° 1 de la Licitación en tratamiento estableció que el día 24/02/2017 se llevó cabo la visita de obra;
Que el Acta de Apertura de Ofertas de la Licitación Pública 07/2017, analiza la presentación de las siguientes firmas: 1) ATF CONSTRUCCIONES SA, presenta cotización por Pesos Diecisiete Millones Setecientos Sesenta Mil Ciento Sesenta y Tres con 13/100 ($17.760.163,13.-) y adjunta póliza de caución por la suma de Pesos Ciento Sesenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta con 47/100 ($164.470,47.-); 2) ALTOTE SA, presenta cotización por Pesos Diecinueve Millones Cuatrocientos Seis Mil Cuatrocientos Trece con 39/100 ($19.406.413,39.-) y adjunta póliza de caución por la suma de Pesos Ciento Sesenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta con 47/100 ($164.470,47.-); 3) DOLCOR SRL, presenta cotización por Pesos Dieciséis Millones Seiscientos Noventa y Tres Mil Ochocientos Catorce con 58/100 ($16.639.814,58.-) y adjunta póliza de caución por la suma de Pesos Ciento Ochenta Mil ($180.000,00.-); 4) KHALEESI SRL, presenta cotización por Pesos Quince Millones Novecientos Setenta y Seis Mil Ochocientos Setenta y Nueve con 52/100 ($15.976.873,52.-) y adjunta póliza de caución por la suma de Pesos Ciento Sesenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta con 47/100 ($164.470,50.-);
Que el Informe Técnico del Director de Regeneración Urbana, Nicolás Isasmendi, determina que las firmas ATF Construcciones SA, ALTOTE SA y DOLCOR SRL tiene comprobado que cuentan con la capacidad mínima requerida por el artículo 9 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se procedió a evaluar el Plan de Trabajos. Respecto de la firma KHALEESI SRL, no ha alcanzado la capacidad mínima requerida conforme el articulo ut supra mencionado;
Que el Dictamen de la Comisión Permanente de Licitaciones, concluye que se declaran admisibles las ofertas de las firma ALTOTE SA Y DOLCOR SRL, por haber alcanzado una marca de 79 y 70 puntos respectivamente. Y se declaran inadmisibles las ofertas de las firmas ATF CONSTRUCCIONES SA y KHALEESI SRL, por haber alcanzado una marca de 45 puntos la primera y la segunda por no contar con la capacidad mínima de contratación requerida. Razón por la cual la comisión dictamina que correspondería adjudicar la contratación a la firma DOLCOR SRL;
Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe la Licitación Pública Nº 07/2017 para la “Contratación de Servicios de Renovación y Puesta en Valor del Espacio Público del Barrio Derqui”;
Que el presente procedimiento cuenta con el correspondiente compromiso y respaldo presupuestario a fin de hacer frente a las erogaciones propiciadas;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de Febrero;
Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, aprobadas por Decreto Ley Nº 6769/58, el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y el Decreto Nº 2980/00,
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTICULO 1º.- Apruébese la Licitación Pública Nº 07/2017 para la Contratación de Servicios de Renovación y Puesta en Valor del Espacio Público del Barrio Derqui.
ARTICULO 2º.- Adjudíquese a la firma DOLCOR SRL, CUIT Nº 30-71013762-1, por la suma de Pesos Dieciséis Millones Seiscientos Noventa y Tres Mil Ochocientos Catorce con 58/100 ($16.693.814,58.-).
ARTICULO 3º.- Dejase constancia que dicho gasto se imputará a la Partida Presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor.
ARTICULO 4º.- Autorizase a la Dirección de Contrataciones a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.
ARTICULO 5º.- El presente Decreto es refrendado por los Sres. Secretario de Hacienda y Secretario de Desarrollo Urbano.
ARTICULO 6º.- Regístrese. Notifíquese a los interesados. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tres de Febrero. Pase, para demás efectos, a la Secretaría de Hacienda. Cumplido, archívese.