Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 0139/21
General Pueyrredon, 27/01/2022
Visto
los Decretos Nº 1419/2021 y Nº 1630/2021 a través de los cuales se crea el Programa de Fortalecimiento para Microemprendedoras de la Economía Social “MUJERES EMPRENDEN MGP”, y;
Considerando
Que el mencionado programa está destinado a emprendedoras de la Economía Social, cuyas iniciativas productivas se encuentran en marcha o en condiciones de impulso inicial y se trata de proyectos productivos (agregado de valor), y/o de prestación de servicios.
Que las emprendedoras han realizado la inscripción mediante la página web www.mardelplata.gob.ar/mujeresemprenden y han presentado su idea proyecto o su emprendimiento en marcha, individual o asociativo.
Que, analizados los mismos, han sido seleccionados aquellos que reúnen las condiciones requeridas.
Que la nómina de emprendedoras cuyos proyectos han sido escogidos obra agregado al presente como Anexo I.
Que cuentan con la aprobación de la Autoridad de Aplicación, tanto desde el punto de vista de la viabilidad técnica del proyecto, como así también en cuanto a la vulnerabilidad social.
Que los proyectos a los cuales se pretende asistir económicamente, se encuentran dentro de las prioridades descriptas en el Programa (mujeres victimas de violencia de género, mujeres jefas de familia con menores a cargo, mujeres con discapacidad y mujeres transgénero) y reúnen las condiciones específicas formales, previstas en el mencionado programa.
Que la Contaduría ha emitido dictamen favorable a fs. 158, habiéndose hecho las previsiones presupuestarias correspondientes.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 916/20;
EL SECRETARIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO E INNOVACION
R E S U E L V E
ARTICULO 1º : Autorizar el pago de aportes no reintegrables (ANR), a las emprendedoras de la Economía Social que se detallan en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente Resolución y por el monto consignado.
ARTICULO 2º : El importe recibido por parte de las emprendedoras de la Economía Social, será destinado al capital inicial o el fortalecimiento del emprendimiento productivo, pudiendo afectarse a los rubros incluidos en el artículo Nº 11 del Decreto Nº 1419 /2021.
ARTICULO 3º : Las emprendedoras de la Economía Social beneficiarias del aporte no reintegrable, reciben dicho monto con cargo a rendir cuentas de acuerdo a los requisitos, documentación y forma en lo que sea aplicable el Decreto 652/82, cuyo instructivo, modelo de nota y detalle de inversión documentada, forma parte del presente como ANEXO II .
ARTICULO 4º : El egreso que demande lo dispuesto en el articulo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria : Fin/Fun: 4-7-0; Jurisdicción: 1110127000, Programático: 36.00.00,Inc.: 5; P.P.: 1; P.p.: 4; P.Sp.: 0 , Fuente de Financiamiento: 110, UER: 30; Importe Total: SETECIENTOS MIL ($ 700.000,00).
ARTICULO 5º: Registrar, dar al Boletín Municipal, publicar. Cumplido, intervenga la Contaduría Municipal y notifíquese a cada uno de los destinatarios.
CONSOLI
REGISTRADO BAJO Nº 0139
ANEXO I
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APELLIDO Y NOMBRES |
CUIL |
MONTO |
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1 |
Spognardi, Marina |
27-25898169-9 |
$ 50.000,00 |
|
2 |
Seneca, Miryam Griselda |
27-24913638-2 |
$ 50.000,00 |
|
3 |
Zapata, Maria Valeria |
27-28561527-0 |
$ 50.000,00 |
|
4 |
Lupidio, Sonia Alejandra |
27-30147640-5 |
$ 50.000,00 |
|
5 |
Alves, Zaira |
20-29874563-2 |
$ 50.000,00 |
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6 |
Ganio, Mercedes Cristina |
27-21717188-7 |
$ 50.000,00 |
|
7 |
Burgos, Mariela Alejandra |
27-28295584-4 |
$ 50.000,00 |
|
8 |
Miño, Miriam Cristina |
27-17153634-6 |
$ 50.000,00 |
|
9 |
Cepeda, Mariela Belén |
27-30295795-4 |
$ 50.000,00 |
|
10 |
Pacori Paricela, Nathaly Ayme |
20-95223659-9 |
$ 50.000,00 |
|
11 |
Bernal, Lorena |
27-27417575-9 |
$ 50.000,00 |
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12 |
López, Fabiana Graciela |
27-22057353-8 |
$ 50.000,00 |
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13 |
Fernández, Bárbara |
27-32923926-3 |
$ 50.000,00 |
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14 |
Etayo Eguiguren Chiara |
27-39641653-6 |
$ 50.000,00 |
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TOTAL |
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$ 700.000 |
ANEXO II
INSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS RENDICIONES DE CUENTAS
1) Deberán presentar nota dirigida al señor Intendente Municipal cuyo Modelo se adjunta.
2) Presentar original y dos copias, tanto la nota indicada en el punto 1) como de los comprobantes de gastos efectuados (punto 3), avalados con la firma del titular del beneficio.
3) Los comprobantes de gastos presentados deberán ser emitidos a nombre del titular del beneficio y conforme a las normativas impositivas vigentes (Factura electrónica o con Controlador Fiscal (CF) tipo “B” o “C”. En caso que sea Factura ”A”, se tomará el importe neto de IVA. Asimismo, deberán contener siempre una descripción detallada de la compra y ser legibles.
La fecha de los mismos, deberá ser igual o posterior a la fecha del Decreto Municipal.
Las facturas deberán consignar la forma de pago “Contado”.En caso que la factura sea de cuenta corriente, se deberá presentar el recibo cancelatorio pertinente.
De abonarse con tarjeta de débito, se deberá adjuntar el extracto bancario, marcando dicho gasto. Cabe aclarar, que la cuenta bancaria del extracto bancario debe ser la misma en la que se depositó el subsidio.
En ningún caso, se aceptarán facturas abonadas con tarjeta de crédito.
Cuando el subsidio se le haya entregado a una entidad, se deberán presentar 2 copias simples del Estatuto, el que deberá incluir la nómina actualizada de las autoridades. Dicha solicitud es a efectos de corroborar que la persona que avale la rendición de cuentas presentada coincida con el mismo.
4) En caso que sean materiales, insumos o servicios relacionados con los mismos, se solicita se acompañe una nota explicando el destino de los mismos.
5) Deberán presentarse dentro de los noventa (90) días de la fecha en que se efectivizó la entrega de fondos.
6) Los fondos no invertidos deberán ser reintegrados al Municipio.
7) Los fondos no invertidos ya sean en forma parcial o total, que no sean reintegrados en dicho plazo noventa (90) días deberán actualizarse en base al Índice de Precios al Consumidor Nivel General Región Pampeana, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que pudieran corresponder.
8) Los fondos pueden utilizarse solo para los conceptos detallados en el Artículo Nº 11 del Decreto Nº 1419/2021.
Departamento. de Rendición de Cuentas Tel. 0223 499-6421 @mail: rendiciondecuentas@mardelplata.gov.ar
MODELO de NOTA
Mar del Plata, ….… de ……………… de 20___
Señor Intendente Municipal
Don………………………………
S / D
Ref.: Resolución Nº de la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación - Rendición de cuentas
Quien suscribe…………………., en mi carácter de titular del beneficio establecido en la normativa de la referencia, con domicilio constituido en …………………………………………………….……., de la localidad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires y Nº de CUIT/CUIL………………………,manifiesto que he recibido los fondos otorgados para ser aplicados a efectuar gastos que se exponen seguidamente:
Suma otorgada: $ ………………………
Inversión documentada: $ (…………………………) Según detalle en cuadro adjunto.
Monto a reintegrar o
a favor del beneficiario $ ………………………
Detalle de inversión documentada:
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ÍTEM |
FACTURA Nº |
FECHA |
PROVEEDOR |
DETALLE |
IMPORTE |
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1 |
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2 |
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3 |
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Firma: …………………………………….. Aclaración: ……………………………