Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 197-263
General Pueyrredon, 01/10/2021
Visto
Resoluciones de Emder desde el 1/10/2021 al 30/11/2021
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
Mar del Plata, 01 de octubre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud por parte del Señor Carlos Roberto Lofeudo, Instructor de Buceo, mediante Nota N° 672 de fecha 03 de septiembre de 2021 y tramitada mediante Expte. 190/2021 - Cpo.01, y
CONSIDERANDO:
Que el instructor mencionado, solicita el uso del Natatorio Olímpico del Complejo Natatorio del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, para el dictado de clases de Natación durante los siguientes días y horarios: VIERNES DE 21,00 hs. A 22,45 hs. UN (01) CARRIL EN EL LATERAL DEL NATATORIO DE SALTOS; SABADOS DE 15,15 hs. A 17,45 hs. NATATORIO DE SALTOS, dejando constancia que el aforo máximo por carril en Natatorio Olímpico es de 7 (siete) alumnos.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que oportunamente se suscribirá el correspondiente contrato, a través del cual quedará perfeccionada la cesión de uso solicitada.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar al Sr. Carlos Roberto Lofeudo, Instructor de Buceo, el uso del Natatorio Olímpico del Complejo Natatorio “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, los siguientes días y horarios: VIERNES DE 21,00 hs. A 22,45 hs. UN (01) CARRIL EN EL LATERAL DEL NATATORIO DE SALTOS; SABADOS DE 15,15 hs. A 17,45 hs. NATATORIO DE SALTOS, dejando constancia que el aforo máximo por carril en Natatorio Olímpico es de 7 (siete) alumnos, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Tesorería del Ente Municipal de Deportes y Recreación, a efectuar el ingreso de los montos que demande el permiso del artículo precedente, el que deberá imputarse de acuerdo a lo informado por la Contaduría a la siguiente partida del cálculo de recursos vigente: Tipo 12 – Clase 2 – Concepto 09 – Subconcepto 01(Uso de instalaciones municipales-Natatorio) y a la cuenta Tipo 12 – Clase 2 - Concepto 09 – Subconcepto 10 ( Uso de instalaciones municipales – Natatorio – Afectado al FDA).
ARTICULO 3º.- El uso autorizado en virtud del Artículo 1º se regirá por los términos del contrato suscripto a tal efecto, en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección Gestión, Dirección del Natatorio, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 197/2021
Mar del Plata, 01 de octubre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud de uso del Natatorio Olímpico por parte de la ASOCIACION MARPLATENSE DE KAYAK tramitada por Expte. N° 197/2021 - Cpo 01, y
CONSIDERANDO:
Que la entidad mencionada por medio solicita el uso del Natatorio Olímpico del Complejo Natatorio “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, para el desarrollo de la actividad.
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección del Natatorio se reserva el mismo durante los meses de enero y febrero los días martes y jueves de 21:30 hs. a 22:45 hs. en el Natatorio de saltos debajo de las plataformas; y de marzo a diciembre, los días martes y jueves de 21,00 hs. a 22,45 hs. en el Natatorio de saltos debajo de las plataformas, y los días sábados de 15,15 hs. a 17,45 hs. en el Natatorio Olímpico.
Que conforme se desprende de Ordenanza N° 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que oportunamente se suscribirá el correspondiente contrato, a través del cual quedará perfeccionada la cesión de uso solicitada.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorizar a la ASOCIACION MARPLATENSE DE KAYAK, el uso del Natatorio Olímpico “Alberto Zorrilla” del Complejo Natatorio del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, a los fines del desarrollo de la práctica deportiva en los espacios asignados por la Dirección de Natación, durante los meses de enero y febrero los días martes y jueves de 21:30 hs. a 22:45 hs. en el Natatorio de saltos debajo de las plataformas; y de marzo a diciembre, los días martes y jueves de 21,00 hs. a 22,45 hs. en el Natatorio de saltos debajo de las plataformas, y los días sábados de 15,15 hs. a 17,45 hs. en el Natatorio Olímpico, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2°.- El Permiso autorizado por el Artículo 1° se regirá por los términos del pertinente contrato, en el que se especificarán todas las circunstancias relativas al mismo.
ARTICULO 3°.- Autorizar a la Tesorería del EMDER efectuar el ingreso de los montos estipulados en concepto de Tarifa correspondiente a la actividad Kayak del tarifario vigente, revisación médica y carnet deberán imputarse de acuerdo a lo informado por la Contaduría a: Cuenta Tipo 12- Clase 2- Concepto 09- Subconcepto 01 (Uso de instalaciones municipales -Natatorio) y a las cuentas Tipo 12- Clase 2 – Concepto 09- Subconcepto 10 ( Uso de instalaciones municipales – Natatorio- Afectado al FDA) del Cálculo de Recursos Vigente.
ARTICULO 4°.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección Gestión, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 198/2021
MAR DEL PLATA, 01 de octubre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 218/2021 Cpo. 01, y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramitan las actuaciones relacionadas con la devolución del importe abonado por el Sr. Ramírez Nicolás, DNI 43312576 en concepto de Cuota Taller de capacitación “Recreativamente”.
Que el Sr. Ramírez Nicolás abonó ante la Tesorería del Ente, mediante recibo Nº 98/000291388/0 (fs. 5), la suma de Pesos Un Mil ($ 1.000.-) por el mencionado taller.
Que a fs. 2 obra nota mediante la cual el Prof. Alejandro Ayala – Director del Instituto Superior de Formación Técnico Docente “Arístides Hernández”-, informa sobre la suspensión del taller, solicitando se le reintegre al Sr. Ramírez la suma abonada.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar a la Tesorería a abonar al Sr. Nicolás Ramírez, DNI 43312576 la suma de Pesos Un Mil ($1.000.-) en concepto de reintegro del importe abonado por la Cuota Taller de capacitación “Recreativamente por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º: El egreso que demande lo dispuesto en el art.1 de la presente será considerado como una devolución de ingresos a la partida Tipo 15 – Clase 2 – Concepto 01 – Subconcepto 00 (Instituto Arístides Hernández – Cursos de Capacitación), del cálculo de Recursos en vigencia.
ARTICULO 3º: Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, la Contaduría y Tesorería del Emder.
REGISTRADA BAJO EL Nº 199/2021
Mar del Plata, 01 de octubre de 2021.
VISTO las actuaciones obrantes en el Expte. 8120/8/2021 Cpo. 01., y
CONSIDERANDO:
Que dicha presentación informa sobre la realización de la “Competencia de Regularidad de la Asociación Cupecitas del Turismo de Carretera” a desarrollarse los días sábado 2 de octubre de 2021 en el horario de 14 a 17 hs. y domingo 3 de octubre de 2021 de 10 a 13 hs, en caminos vecinales de jurisdicción de la Delegación Norte de la Municipalidad de General Pueyrredon.
Que es una iniciativa de la Sociedad de Fomento de Estación Camet a la que se suman la Asociación de Cupecitas del Turismo Carretera y la Delegación Norte de la Municipalidad de General Pueyrredon.
Que la ya tradicional carrera de las cupecitas se enmarca en la celebración del aniversario de Estación Camet y atraerá público local y zonal debido a la procedencia de los pilotos que comprende lugares como el sudeste bonaerense, Capital Federal y Mar del Plata.
Que de la competencia participarán 40 cupecitas de la década del 60 que participarán de esta categoría creada en 1937.
Que el evento deportivo será autorizado por la Comisión de Automovilismo y Motociclismo de la Pcia. de Buenos Aires y fiscalizado por la Federación de Automovilismo Deportivo (Co.P.A.M.) según consta a fjs. 21.
Que a fjs.22 obra Disposición de fecha 29 de septiembre de 2021, en la cual el Director General de Delegación Norte, dispone otorgar permiso para la realización de la competencia.
Que éste Ente Municipal de Deportes y Recreación considera oportuno brindar apoyo a competencias de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta deportiva y turística de la ciudad.
Que lo solicitado se enmarca en lo normado por el artículo 3º, Inc. b) y c) de la Ordenanza Nº 15120.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Declarar de Interés Deportivo la realización de la actividad deportiva “Competencia de Regularidad de la Asociación Cupecitas de Turismo Carretera” a desarrollarse los días sábado 2 de octubre de 2021 en el horario de 14 a 17 hs. y domingo 3 de octubre de 2021 de 10 a 13 hs, en caminos vecinales de jurisdicción de la Delegación Norte de la Municipalidad de General Pueyrredon, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2°.- El organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
ARTICULO 3º.-: La presente no exime a la organización del pago del derecho publicidad y propaganda previstas en la Ordenanza Impositiva Vigente y los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF. ARGENTORES o a la ASOCIACIÒN GREMIAL DE MÚSICOS, toda vez que corresponda.
ARTICULO 4º.- El organizador deberá contar con los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Deportes y Recreación exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones y/o recaudos necesarios para la cobertura de emergencias médicas.
ARTICULO 5º.- La actividad deberá dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del COVID 19 dictados para esta actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTICULO 6º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, notificar a la entidad organizadora y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión y la Dirección General de Política Deportiva a través de la División Deporte Federado del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 200/2021
Mar del Plata, 04 de octubre de 2021
VISTO la presentación efectuada por el Club A. Alvarado, mediante Nota ingresada al Organismo bajo el N° 741/2021, de fecha 15 de septiembre de 2021, tramitada por Expediente N° 220/2021 Cpo. 01., y
CONSIDERANDO:
Que la entidad mencionada solicita permiso de uso de las instalaciones del Centro Municipal de Hockey (CMH), a los fines de realizar prácticas deportivas durante el presente año.
Que conforme lo informado por el Director de Infraestructura del Organismo, se ha efectuado la reserva de 1 (una) cancha del CMH para los días lunes del corriente año, en el horario de 19:00 a 20:00 hs.
Que esta Presidencia ha considerado procedente el cobro de las tarifas aprobadas por Ordenanza Impositiva vigente, pertenecientes al segundo semestre del año 2021, correspondiente a las instituciones afiliadas a la A.A.M.H (Asociación Amateur Marplatense de Hockey) sobre césped, por el Centro Municipal de Hockey conforme:
Centro Municipal de Hockey:
|
Lunes a Sábados |
Domingos y Feriados |
Por hora de entrenamiento o partido oficial en horario diurno |
$2.050.00 |
$3.000,00 |
Por hora de entrenamiento o partido oficial en horario nocturno |
$3.000,00 |
$4.500,00 |
Que esta decisión ha sido adoptada dentro del marco de lo dispuesto por el Apartado 9) Inciso K) del Artículo 25º Capítulo VII Derechos de Oficina “ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION” de la Ordenanza impositiva vigente (Nro. 24.959/2020).
Que la entidad deberá velar por el cumplimiento de las medidas dispuestas por las autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales, y los Protocolos establecidos para la práctica del hockey en virtud de la Pandemia por Covid-19.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar al Club A. Alvarado el uso de 1 (una) cancha del Centro Municipal de Hockey, a los fines de realizar CMH para los días lunes del corriente año, en el horario de 19:00 a 20:00 hs., a los fines de realizar prácticas deportivas durante el presente año, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2°.- Autorizar el cobro de las tarifas correspondientes a las instituciones afiliadas a la A.A.M.H (Asociación Amateur Marplatense de Hockey) sobre césped, por el Centro Municipal de Hockey conforme la Ordenanza Impositiva vigente (N° 24959/20), segundo semestre del año 2021, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 3°.- La autorización dada por el Artículo precedente se adopta dentro del marco de lo dispuesto por el Apartado 9) Inciso K) del Artículo 25º Capítulo VII Derechos de Oficina “ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION” de la Ordenanza impositiva vigente (Nro. 24.959).
ARTICULO 4°.- Conforme las autorizaciones conferida por los artículos 1° y 2°, el Permisionario deberá abonar a la Tesorería del Ente, la suma correspondiente por el Centro Municipal de Hockey, la que deberá imputarse a la cuenta: Tipo 12 – Clase 2 – Concepto 09 – Subconcepto 13 (Uso de instalaciones municipales – Centro Municipal de Hockey) del Cálculo de Recursos Vigente.
ARTICULO 5°.- La autorización conferida por el Artículo 1º no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual el Permisionario asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a deportistas participantes.
ARTICULO 6°.- Quedará a cargo del Permisionario la contratación de los seguros cuya cobertura alcance la totalidad de la actividad, así como también quedará a su cargo la contratación del servicio de cobertura de emergencias médicas.
ARTÍCULO 7 º.- El Permisionario deberá dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del Covid -19 dictados para esta actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTÍCULO 8º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Tesorería, Dirección General de Infraestructura y por su intermedio la Jefatura de escenario del Centro Municipal de Hockey del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 201/2021
Mar del Plata, 05 de octubre de 2021
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud de uso del Natatorio Olímpico por parte del Centro de Actividades Submarinas Escualo (C.A.S.E.) mediante Nota Nº 763 de fecha 20 de septiembre de 2021 y tramitado mediante Expte. N° 214/2021, y
CONSIDERANDO: Que la entidad mencionada solicita el uso del Natatorio Olímpico del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, para el dictado de cursos y prácticas de entrenamiento de buceo deportivo.
Que la Dirección del Natatorio reserva el uso del Natatorio Olímpico los días y horarios según detalle: los meses de Enero y Febrero los días Martes y Jueves de 21.30 a 22.45 hs y los meses de Marzo a Diciembre los días Martes y Jueves de 21.00 a 22.45 hs.
Que conforme se desprende de Ordenanza N° 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que oportunamente se suscribirá el correspondiente contrato, a través del cual quedará perfeccionada la cesión de uso solicitada.
Por ello, y en virtud de atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1°: Autorizar al Centro de Actividades Submarinas Escualo (C.A.S.E.), el uso del Natatorio Olímpico “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini” durante los meses de Enero y Febrero los días martes y jueves de 21.30 a 22.45 hs. y durante los meses de Marzo a Diciembre los días martes y jueves de 21.00 a 22.45 hs. para desarrollar cursos y prácticas de entrenamiento de buceo deportivo, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2°: Autorizar a la Tesorería del Ente Municipal de Deportes y Recreación, a efectuar el ingreso de los montos que demande el permiso del artículo precedente, el que deberá imputarse de acuerdo a lo informado por la Contaduría a la siguiente partida del cálculo de Recursos Vigente: Tipo 12- Clase 2- Concepto 9- Subconcepto 01 (Uso de instalaciones municipales-Natatorio) y a la cuenta Tipo 12- Clase 2- Concepto 09- Subconcepto 10 (Uso de instalaciones municipales- Natatorio- Afectado al FDA).
ARTICULO 3°: El uso autorizado en virtud del Artículo 1° se regirá por los términos del contrato suscripto a tal efecto, en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
ARTICULO 4°: Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección Gestión, Dirección del Natatorio, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL N° 202/2021
Mar del Plata, 05 de octubre de 2021.-
Visto el expediente Nº 107/2016 Cpo 01 por el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con Concurso de Precios Nº 5/2016 “Concesión del servicio gastronómico en el Estadio J. M. Minella” y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 163/2016 se fijó como fecha de apertura del Concurso de referencia el día 18 de mayo de 2016.
Que el Sr. Joaquín González Sueyro constituye la garantía de oferta estipulada por el P.B.C. mediante póliza de seguro de caución nº 194.671 de Cosena Seguros S.A. por un monto total de Pesos Siete mil ($ 7.000), recibo nro. 809/16 de la Tesorería del Ente (fs. 70).
Que el día de la apertura del Concurso se constata la ausencia de ofertas, declarándolo desierto mediante Resolución Nº 202/16 y fijando como fecha del segundo llamado el 09 de junio de 2016.
Que por Resolución Nº 248/2016 se declara desierto el segundo llamado a Concurso de referencia.
Que el Sr. Joaquín González Sueyro solicita la devolución de la garantía de oferta constituida mediante nota presentada de fecha 10 de marzo de 2021 (fs. 157).
Que resulta pertinente devolver la Garantía de Oferta constituida por el Sr. Joaquín González Sueyro.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias.
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Tesorería del EMDeR, a la devolución de la Garantía de Oferta constituida por el Sr. Joaquín González Sueyro por un importe de Pesos Siete mil ($ 7.000), mediante recibo Nº 809/16, correspondiente al Concurso de Precios Nº 5/2016 “Concesión del servicio gastronómico en el Estadio J. M. Minella, en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADA BAJO EL Nº 203/2021
Mar del Plata, 06 de octubre de 2021
Visto el expediente Nº 221/2019 por el que se tramita la Licitación Pública Nº 4/2021 “Servicio integral de Organización y Promoción del Medio Maratón y el Maratón Ciudad de Mar del Plata” y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución Nº 170/2021 se fijó como fecha de apertura del Llamado a Licitación de referencia el día 01 de octubre del corriente (fs. 306)
Que en el día y hora fijados en el acto administrativo precedentemente, se procedió a realizar la correspondiente Apertura de Ofertas del Llamado conforme consta en el acta a fs. 509.
Que en dicho acto se constató la existencia de dos ofertas correspondientes a las firmas AVIOS GROUP S.R.L. y SPORTSFACILITIES S.R.L.
Que dentro del tiempo estipulado por el Pliego de Bases y Condiciones (P.B.C.) no se ha presentado impugnación alguna.
Que con fecha 06 de octubre del corriente surge el Acta correspondiente realizada por la Comisión de Apertura, Estudio y Evaluación de Ofertas.
Que de la misma surge lo siguiente:
Que por consiguiente la Comisión recomienda no proceder a la adjudicación del presente llamado a Licitación, y realizar un Segundo llamado, en los términos del Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Que atento a ello, corresponde proceder al rechazo de la oferta presentada por la firma AVIOS GROUP S.R.L., y convocar al Segundo Llamado de la presente Licitación.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Rechazar la Oferta presentada por la firma AVIOS GROUP S.R.L. (Oferta Nro.1) Licitación Pública Nº 4/2021 “Servicio integral de Organización y Promoción del Medio Maratón y el Maratón Ciudad de Mar del Plata”, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º: Fijar el día 22 de octubre de 2021, a las 11:00 hs., como fecha de apertura del Segundo Llamado a Licitación Privada Nº 4/2021 “Servicio Integral de Organización y Promoción del Medio Maratón y el Maratón Ciudad de Mar del Plata”.
ARTÍCULO 3º: Eximir a las firmas AVIOS GROUP S.R.L. y SPORTS FACILITIES S.R.L. de presentar la documentación aportada en ocasión del Primer llamado de la presente Licitación, obrante en el expediente EMDER Nro. 221/2019, siempre que no posea vencimiento; debiendo presentar ambas firmas nuevamente el Sobre Nº 2 completo.
ARTICULO 4º: La firma AVIOS GROUP S.R.L. deberá acreditar, además, la documentación que demuestre que el signatario de la propuesta presentada posee representación suficiente.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADA BAJO EL Nº 204/2021
Mar del Plata, 12 de octubre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 167/2021 Cpos. 01 y 02 por el que se tramita el Concurso de Precios Nº 9/2021 “Adquisición de material eléctrico para distintos escenarios del Emder”, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución Nº 169/2021 se fijó como fecha de apertura del Concurso de referencia el día 16 de septiembre de 2021.
Que del acta de apertura, se desprende la existencia de cuatro ofertas pertenecientes a las firmas TECNOELÉCTRICA S.A, CASA BLANCO S.A, ELECTRO STOCK S.A y ENLUZ S.A.
Que en la misma acta de apertura constan las cotizaciones presentadas por dichas firmas.
Que la Jefatura de Compras procede al análisis de la documentación presentada por los oferentes de la cual surge lo siguiente:
Que asimismo se observa que el oferente ENLUZ S.A presenta sólo la planilla de cotización correspondiente a la Solicitud de Pedido Nº 202.
Que con fecha 20 de septiembre de 2021 se envía a la firma TECNOELÉCTRICA S.A, cédula de notificación solicitando aclaración sobre los ítems 48, 49, 50, 58 y 59 (Pedido de cotización Nº 188) e ítems 19, 47 y 48 (Pedido de cotización Nº 189) respecto a la correspondencia entre los precios unitarios cotizados y las unidades y cantidades solicitadas. De la respuesta brindada por la firma surge que los montos unitarios detallados en ambas cotizaciones corresponden a un metro, por lo tanto, los valores detallados en los totales serían efectivamente los precios unitarios.
Que con fecha 22 de septiembre de 2021 se envía a la firma ELECTRO STOCK S.A, cédula de notificación solicitando aclaración sobre los ítems 49 y 50 (Pedido de cotización Nº 189) respecto a la correspondencia entre los precios unitarios cotizados y las unidades solicitadas. De la respuesta brindada por la firma surge que los montos detallados como precios unitarios corresponden al precio total por la cantidad solicitada (50 metros de cable).
Que con fecha 30 de septiembre de 2021 se envía a la firma TECNOELÉCTRICA S.A, cédula de notificación solicitando el envío de la documentación faltante. Con fecha 01 de octubre del corriente año, la firma envía la documentación requerida, obrante en el expediente a fs. 303/308.
Que a fs. 339/340 constan informes técnicos realizados por el funcionario dependiente de la Dirección de Infraestructura designado mediante Resolución nº 169/2021.
Que atento a ello y de acuerdo al análisis realizado, la Jefatura de Compras, asesorada por los funcionarios técnicos del área de Infraestructura, recomienda la adjudicación del presente Concurso de la siguiente manera:
Solicitud de Pedido Nº 202:
Los ítems Nº 1, 3, 4, 5, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18, 20, 21, 27, 28, 31, 32, 36, 37, 41, 45, 48, 49, 50, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 62 y 63 correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas.
Solicitud de Pedido Nº 203:
Los ítems los Nº 1, 2, 5, 8, 9, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 31, 34, 36, 37, 38, 42, 47, 48, 49 y 50 correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas.
El monto total adjudicado a la firma asciende a PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 48/100 ($ 177.806,48).-
Solicitud de Pedido Nº 202:
Los ítems Nº 2, 6, 7, 8, 9, 16, 19, 25, 26, 29, 33, 40, 42, 43, 44, 52, 53 y 61 correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas.
Solicitud de Pedido Nº 203:
Los ítems Nº 3, 4, 6, 7,10,12,28,29,30,32,33,35,41,43,44,45 y 46 correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas.
El monto total adjudicado a la firma asciende a PESOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SEIS CON 54/100 ($ 96.106,54).
Solicitud de Pedido Nº 202:
Los ítems Nº 23, 24, 30, 39, 46, 47, 51 y 64 por un monto total de PESOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($ 76.449) correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas.
Que el monto total adjudicado asciende a PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 02/100 ($ 350.362,02), un 8,45% aprox. inferior al Presupuesto Oficial respecto a los ítems a adjudicar, estipulado por el artículo 8º de las cláusulas particulares y se realiza teniendo en cuenta la calidad del material cotizado para el uso que se le dará y el precio más conveniente para el Ente.
Que respecto a los ítems Nº 22, 34, 35, 38 y 54 (Solicitud de Pedido Nº 202) y los ítems 18, 39, 40, 51 y 52 (Solicitud de Pedido Nº 203 ) que no fueron cotizados por ningún proveedor y/o superan ampliamente el presupuesto oficial, la Jefatura de Compras sugiere se realice un SEGUNDO LLAMADO.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Rechazar la oferta de la firma CASA BLANCO S.A., de acuerdo a lo manifestado en el exordio.
ARTÍCULO 2º: Adjudicar a la firma TECNOELÉCTRICA S.A los siguientes ítems correspondientes al Concurso de Precios Nº 9/2021 “Adquisición de material eléctrico para distintos escenarios del Emder”, por los motivos expuestos en el exordio.
Solicitud de Pedido Nº 202
ITEM Nº |
DESCRIPCIÓN |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
1 |
GABINETE PARA MEDIDORES.- - PVC TIPO ROKER PRG 347 MEDIDAS: 500 X 600X 255 MM (ATLETISMO) |
1 |
ROKER |
$23.307,21 |
$23.307,21 |
3 |
TERMINAL - DESNUDO COBRE ESTAÑADO UN ORIFICIO TUBO ESTANDAR 70MM/O OJAL 5/16" TIPO LCT SCC 70/0 (ATLETISMO) |
4 |
FUSSE |
$ 204,737 |
$818,95 |
4 |
TERMINAL - DESNUDO COBRE ESTAÑADO, UN ORIFICIO, TUBO STANDAR 50 MM OJAL 1/4" TIPO LCT SCC 50/0 (ATLETISMO) |
2 |
FUSSE |
$128,79 |
$257,58 |
5 |
TERMINAL - DESNUDO COBRE ESTAÑADO, UN ORIFICIO, TUBO STANDARD 6 MM OJAL 1/4" TIPO LCT SCC 6/2 (ATLETISMO) |
5 |
FUSSE |
$ 19,814 |
$99,07 |
10 |
CONECTOR ADAPTADOR - ADAPTADOR UNIVERSAL DE INTERRUPTOR ROTATIVO PARA RIEL DIN TIPO ELIBET (ATLETISMO) |
1 |
ELIBET |
$214,04 |
$214,04 |
11 |
INTERRUPTOR ELECTRICO - ROTATIVO PARA RIEL DIN (3 POLOS) 1/4 GIRO 20A TIPO ELIBET 20003/0 (ATLETISMO) |
1 |
ELIBET |
$1.352,55 |
$1.352,55 |
12 |
FOTOCONTROL - CELULA FOTOCONTROL 10A TIPO LUMNIA (ATLETISMO) |
1 |
KALOP |
$1259,79 |
$1259,79 |
13 |
ZOCALO - ZOCALO PARA FOTOCONTROL DE ALUMBRADO TIPO KALOP KL 95006 (ATLETISMO) |
1 |
KALOP |
$300,99 |
$300,99 |
14 |
TERMINAL - PUNTERA TUBULAR AISLADO CTN 2.5 MM GRIS 2,5MM2. TIPO FUSSE-LCT (ATLETISMO) |
30 |
FUSSE |
$2,69 |
$80,70 |
15 |
TERMINAL - PUNTERA TUBULAR AISLADA CTN 1.5 NEGRO 1,5MMM2 TIPO FUSSE-LCT (ATLETISMO) |
8 |
FUSSE |
$2,08 |
$16,64 |
17 |
CABLECANAL - RANURADO 40 X 40 MM X TRAMO 2 METROS (ATLETISMO) |
1 |
SCHNEIDER |
$554,56 |
$554,56 |
18 |
JABALINA C/ SUJECCION - MATERIAL COBRE - LARGO 1,5m. X 1/2" (ATLETISMO) |
1 |
GC |
$1440,04 |
$1440,04 |
20 |
CABLE UNIPOLAR - UNIPOLAR FLEX. 1X1O VERDE Y AMARILLO (ATLETISMO) |
5 |
UPERCAB |
$203,10 |
$1015,50 |
21 |
PRENSACABLE - 1 1/4 CON TUERCA TIPO CONEXTUBE (ATLETISMO) |
2 |
CONTEXTUBE |
$ 120,485 |
$240,97 |
27 |
BORNERA - BORNERA - DE UNIÓN PLÁSTICA 12 BOCAS 3.5 MM TIPO SYBYD (ATLETISMO) |
3 |
PHOENIX |
$233,72 |
$701,16 |
28 |
OJO DE BUEY - 220 VCA 22 MM (ROJO) (ATLETISMO) |
3 |
AEA |
$255,49 |
$766,47 |
31 |
PRECINTO - PAQUETE X 100 UNIDADES - PLASTICOS DE 4,8 X 250MM (ATLETISMO) |
2 |
LOGIC |
$288,60 |
$577,20 |
32 |
CINTA AUTOSOLDABLE - MEDIDAS 4.57 MTS TIPO TACSA 19MM (ATLETISMO) |
1 |
3M |
$275,68 |
$275,68 |
36 |
CINTA PASACABLE - CINTA HELICOIDAL 1/2 PE NEGRO FH2 TIPO HELLERMANN |
2 |
SCHNEIDER |
$105,56 |
$211,12 |
37 |
CINTA PASACABLE - CINTA HELICOIDAL 1/4 PE NEGRO FH 1 TIPO HELLERMAN |
2 |
SCHNEIDER |
48,02 |
96,04 |
41 |
CABLECANAL - CABLECANAL C/ADH X TRAMO 20 X 10 KL04033 (NATATORIIO) |
15 |
SCHNEIDER |
$ 123,959 |
$1859,39 |
45 |
PLAFON ESTANCO - PLAFON TECHO RED FLAT 300 mm 24 W 3000 K PALI 49 (NATATORIO) |
1 |
MACROLED |
$1338,60 |
$1338,60 |
48 |
CABLE UNIPOLAR - UNIOLAR FLEX 1 X 1.5 CE X ROLLO 100 m (NATATORIO) |
1 |
UPERCAB |
$3117,97 |
$3117,97 |
49 |
CABLE UNIPOLAR - UNIP FLEX 1 X 1.5 V/A X ROLLO 100 m (NATATORIO) |
1 |
UPERCAB |
$3117,97 |
$3117,97 |
50 |
CABLE UNIPOLAR - UNIP FLEX 1 X 1.5 MA X ROLLO 100 m (NATATORIIO) |
1 |
UPERCAB |
$3117,97 |
$3117,97 |
55 |
PRECINTO - PRECINTO 250 mm NEG N° 4 250 X 4.8 X BOLS 100 (NATATORIO) |
3 |
LOGIC |
$288,60 |
$865,80 |
56 |
PRECINTO - PRECINTO - PRECINTO 400 mm NEG N° 7 400 X 4.8 X BOLS 100 (NATATORIO) |
2 |
LOGIC |
$ 502,155 |
$1004,31 |
57 |
CINTA AUTOSOLDABLE - CINTA AUTOSOLDABLE 19 MM X 4.57 m (NATATORIO) |
2 |
3M |
$ 275,675 |
$551,35 |
58 |
CABLE UNIPOLAR - UNIP FLEX 1 X 2.5 CE X ROLLO 100 m (NATATORIO) |
5 |
ERGOS |
$ 5,018 |
$ 25,090.00 |
59 |
CABLE UNIPOLAR - UNIP FLEX 1 X 2.5 MA X ROLL 100 M (NATATORIO) |
5 |
ERGOS |
$ 5,018 |
$ 25,090.00 |
60 |
PROLONGADOR - PROLONGADOR MULT 6 TOMAS 1.5 m BC (NATATORIO) |
4 |
KALOP |
$1104,51 |
$4418,04 |
62 |
LLAVE - LLAVE TOMA TIERRA DOBLE COMP K CIVIL 40753 (NATATORIO) |
10 |
KALOP |
$230,10 |
$ 2,301.00 |
63 |
LLAVE - LLAVE 2 TOMAS EXTERIOR TEKNA KL39653 (NATATORIO) |
5 |
KALOP |
$ 244,312 |
$1221,56 |
Solicitud de Pedido Nº 203
ITEM Nº |
DESCRIPCIÓN |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
1 |
RELE - RELE DOBLE INVERSOR, BOBINA 220V TIPO MY2N OMRON |
2 |
PHOENIX CONTACT |
$ 491,825 |
$983,65 |
2 |
ZOCALO - ZOCALO PARA RELE MY2 DE OMRON |
2 |
PHOENIX CONTACT |
$ 481,785 |
$963,57 |
5 |
CONTACTOR - CONTACTO AUX. 1NC P/EL CONTACTOR PRESUPUESTADO |
2 |
SASSIN |
$ 5,177,925 |
$10355,85 |
8 |
FUSIBLE - TIPO NH 00 DE 50 A. |
5 |
SASSIN |
$ 362,454 |
$1812,27 |
9 |
FUSIBLE - TIPO CILINDRICO 8.5 X 31,5 MM 1A TIPO SASSIN |
10 |
SASSIN |
$ 95,274 |
$952,74 |
11 |
PILOTO LUMINOSO LED - AMBAR 22MM - 220V |
3 |
AEA |
$ 255,493 |
$766,48 |
13 |
PULSADOR DE MARCHA - PULSADOR RASANTE 22MM ROJO NC |
1 |
SCHNEIDER |
$420,64 |
$420,64 |
14 |
OJO DE BUEY - LED 22MM-220VCA VERDE |
3 |
AEA |
$ 255,493 |
$766,48 |
15 |
AUTOMATICO DE TANQUE - DE TANZA TIPO FIBOSA F-600 |
3 |
FIBOSA |
$277,83 |
$833,49 |
16 |
LLAVE - SELECTORA 3 POSICIONES 1-0-2 C/ 2 NA TIPO SCHNEIDER XB4-BD33 |
3 |
SCHNEIDER |
$ 840,083 |
$2520,25 |
17 |
INTERRUPTOR ELECTRICO - CONMUTADOR PANEL 16A 3 POLOS 1-0-2 TIPO 223 VEFBEN |
2 |
VEFBEN |
$3019,26 |
$6038,52 |
19 |
TEMPORIZADOR NEUMATICO - TEMPORIZADOR NEUMATICO A LA CONEXION TIPO LADS2 SCHNEIDER.- |
1 |
SCHNEIDER |
$11757,87 |
$11757,87 |
20 |
INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO - 1 X 6 A 4.5 KA SCHNEIDER |
6 |
SCHNEIDER |
$739,84 |
$4439,04 |
21 |
INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO - 2X6 A 4.5KA SCHNEIDER |
3 |
SCHNEIDER |
$1467,95 |
$4403,85 |
22 |
CABLE TIPO TALLER (T/T) - 3 X 1,5 TIPO IMSA |
20 |
UPERCAB |
$119,20 |
$ 2,384.00 |
23 |
CABLE UNIPOLAR - 1 X 1,5 ROJO TIPO IMSA |
20 |
UPERCAB |
$ 31,179 |
$623,58 |
24 |
CABLE UNIPOLAR - FLEX 1 x 1,5 NEGRO TIPO IMSA |
20 |
UPERCAB |
$ 31,179 |
$623,58 |
25 |
CABLE UNIPOLAR - FLEX. 1X1.5 MARRON TIPO IMSA |
20 |
IMSA |
$ 31,179 |
$623,58 |
26 |
CABLE UNIPOLAR - FLEX. 1X1,5 CELESTE TIPO IMSA |
20 |
UPERCAB |
$ 31,179 |
$623,58 |
27 |
PRECINTO - NEGRO Nº 2 150 X 3,5 BOLA X 100 UNIDADES |
1 |
LOGIC |
$135,49 |
$135,49 |
31 |
TERMINAL - TUBO TERMOCONTRAIBLE PARED FINA S/ADHESIVO 12,7/6,4 |
28 |
KALOP |
$61,70 |
$1727,60 |
34 |
GRAMPA - GRAMPA PLASTICA P/ TUBO DE 3/4" |
40 |
KALOP |
$ 16,766 |
$670,64 |
36 |
CAJA DE PASO - ESTANCA 78 X 78 X70 TIPO PR 997775 DE ROKER |
1 |
ROKER |
$397,23 |
$397,23 |
37 |
CINTA PASACABLE - CINTA HELICOIDAL 1/2 PE NEGRO FH 2 TIPO HELLERMANN |
3 |
SCHNEIDER |
$105,56 |
$316,68 |
38 |
CINTA PASACABLE - CINTA HELICOIDAL 1/4 PE NEGRO FH1 TIPO HELLERMANN |
1 |
SCHNEIDER |
$53,35 |
$53,35 |
42 |
INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO - BIPOLAR -2 x 16A |
2 |
ROKER |
$ 439,123 |
$878,25 |
47 |
CABLE UNIPOLAR - UNIPOLAR FLEX 1 X 2.5 ROJO ROLLO X 100M |
1 |
UPERCAB |
$ 5,018 |
$ 5,018.00 |
48 |
CABLE UNIPOLAR - UNIPOLAR FLEX 1 X 2.5 CELESTE X ROLLO DE 100M |
1 |
UPERCAB |
$ 5,018 |
$ 5,018.00 |
49 |
CABLE UNIPOLAR - CABLE UNIPOLAR FLEX. 1X2.5 MARRON X METRO |
50 |
UPERCAB |
$50,18 |
$ 2,509.00 |
50 |
CABLE UNIPOLAR - CABLE UNIPOLAR FLEX 1 X 2.5 CELESTE X METRO |
50 |
UPERCAB |
$50,18 |
$ 2,509.00 |
La adjudicación total asciende a PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 48/100 ($177.806,48) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 169/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 167/2021 Cpo. 01 y 02.
ARTÍCULO 3º: Adjudicar a la firma ELECTRO STOCK S.A los siguientes ítems correspondientes al Concurso de Precios Nº 9/2021 “Adquisición de material eléctrico para distintos escenarios del Emder”, por los motivos expuestos en el exordio.
Solicitud de Pedido Nº 202
ITEM Nº |
DESCRIPCIÓN |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
2 |
BORNERA - CONEXION TETRAPOLAR -CON TORNILLO 60 A BORNE 1/4" TIPO KELAND T4-60 (ATLETISMO) |
1 |
SYBYD |
$260,17 |
$260,17 |
6 |
TERMINAL - DESNUDO COBRE ESTAÑADO, UN ORIFICIO, TUBO STANDARD 6 MM OJAL 1/4" TIPO LCT SCC 6/2 (ATLETISMO) |
1 |
CHINT |
$958,77 |
$958,77 |
7 |
LLAVE - TIPO TERMOMAGNETICA 4X 25 A, TIPO SICA (ATLETISMO) |
3 |
CHINT |
$488,26 |
$1464,78 |
8 |
CONTACTOR - 18 A 3P 1 NA 220V (ATLETISMO) |
2 |
THOMELEC |
$1570,43 |
$3140,86 |
9 |
CONTACTOR - 12A 3P 1 NA 220V (ATLETISMO) |
1 |
THOMELEC |
$1298,86 |
$1298,86 |
16 |
TERMINAL - PUNTERA TUBULAR AISLADA CTN 1.5 NEGRO 1,5MMM2 TIPO FUSSE-LCT (ATLETISMO) |
2 |
GC |
$270,74 |
$541,48 |
19 |
MORSETOS - PARA JABALINA 1/2" (ATLETISMO) |
1 |
GC |
$277,31 |
$277,31 |
25 |
JABALINA C/ SUJECCION - MATERIAL COBRE 1,50 X 3/8" (ATLETISMO) |
4 |
GC |
$738,70 |
$2954,80 |
26 |
MORSETOS - MORSETO DE BRONCE PARA JABALINA 3/8" TIPO G.C. (ATLETISMO) |
4 |
GC |
$222,39 |
$889,56 |
29 |
OJO DE BUEY - VOLTÍMETRO LED AC80-500V 22MM REDONDO VERDE (ATLETISMO) |
2 |
TBC |
$1257,13 |
$2514,26 |
33 |
CINTA AISLADORA - NEGRA 18MM X 20 M TIPO TEMPLEX 1550 3M" (ATLETISMO) |
3 |
3M |
$166,96 |
$500,88 |
40 |
ARRANCADOR P/TUBO FLUORESCENTE - ARRANCADOR UNIVERSAL FS-U 4-80 W (NATATORIO) |
75 |
OSRAM |
$33,79 |
$2534,25 |
42 |
CINTA ADHESIVA - CINTA SCOTCH 770 19 mm X 20 m NG 45837 (NATATORIO) |
10 |
3M |
$195,30 |
$ 1,953.00 |
43 |
PROYECTOR LUMINICO - PROYECTOR LED SMD 50 W LUZ DIA (NATATORIO) |
7 |
NOVA |
$1578,52 |
$11049,64 |
44 |
LAMPARA COMUN - LAMPARA LED GOTA G45 SW E27 6000K (NATATORIO) |
20 |
NOVA |
$113,65 |
$ 2,273.00 |
52 |
INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO - INT TERMOMAG 2 X 25 A (NATATORIIO) |
6 |
CHINT |
$488,26 |
$2929,56 |
53 |
INTERRUPTOR DIFERENCIAL - INT DIFERENCIAL 2 X 25 A 30 mA (NATATORIO) |
6 |
SICA |
$2341,09 |
$14046,54 |
61 |
FICHA ADAPTADORA - FICHA P/PERNOS CHAT KH 10 A NG KD 44253 |
10 |
KALOP |
$102,95 |
$1029,50 |
Solicitud de Pedido Nº 203
ITEM Nº |
DESCRIPCIÓN |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
3 |
CONTACTOR - CONTACTOR TRIPOLAR - 12A - 220VCA TIPO LC1D12 DE SCHNEIDER |
2 |
THOMELEC |
$1298,86 |
$2597,72 |
4 |
CONTACTOR - CONTACTO AUX. 1NC P/EL CONTACTOR PRESUPUESTADO |
2 |
THOMELEC |
$413,31 |
$826,62 |
6 |
FUSIBLE - TIPO NH 00. DE 63 A. |
6 |
SICA |
$451,80 |
$2710,80 |
7 |
FUSIBLE - TIPO NH 00 DE 50 A. |
6 |
SICA |
$451,80 |
$2710,80 |
10 |
BUZZER - CON FLASH DIAM. 22MM - 220V ROJO |
3 |
TBC |
$740,28 |
$2220,84 |
12 |
OJO DE BUEY - VOLTIMETRO LED AC80-500V DIAM. 22MM VERDE |
4 |
TBC |
$777,70 |
$3110,80 |
28 |
CINTA AISLADORA - MATERIAL PVC - ANCHO 19MM X 20m - COLOR NEGRO. TIPO 3M |
5 |
3M |
$195,30 |
$976,50 |
29 |
CUBRECABLE TERMOCONTRAIBLE - TERMOCONTRAIBLE PARED FINA S/ADHESIVO 9,5/4,8MM X METRO |
1 |
AE |
$99,69 |
$99,69 |
30 |
TERMINAL - TUBO TERMOCONTRAIBLE PARED FINA S/ADHESIVO 12,7/6,4 |
1 |
AE |
$109,42 |
$109,42 |
32 |
CURVA P/ELECTRICIDAD - PVC 3/4" |
10 |
SICA |
$28,87 |
$288,70 |
33 |
CUPLAS UNION P/ELECTRICIDAD - PVC 3/4" |
6 |
SICA |
$16,94 |
$101,64 |
35 |
CONECTOR - CONECTOR PLASTICO DE CAJA P/CAÑO DE 3/4" |
6 |
SICA |
$16,94 |
$101,64 |
41 |
INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO - BIPOLAR - 2 X 6A |
3 |
SICA |
$551,18 |
$1653,54 |
43 |
PLAFON ESTANCO - PARA TUBO LED 1X18W TIPO TICAR |
12 |
CORESA |
$2068,56 |
$24822,72 |
44 |
CABLE TIPO TALLER (T/T) - BAJO PLOMO VAINA CHATA 2 X 1,5MT |
15 |
KALOP |
$96,23 |
$1443,45 |
45 |
LLAVE - INTERUPTOR TERMOMANGNETICA 3 X 63 A 4.5KA MARCA TIPO SCHNEIDER |
1 |
SICA |
$1459,74 |
$1459,74 |
46 |
LLAVE - INTERUPTOR TERMOMAGNETICA 1 X 10A 4.5KA TIPO SCHNEIDER |
1 |
SICA |
$254,70 |
$254,70 |
La adjudicación total asciende a PESOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SEIS CON 54/100 ($96.106,54) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 169/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 167/2021 Cpos. 01 y 02.
ARTÍCULO 4º: Adjudicar a la firma ENLUZ S.A los siguientes ítems correspondientes al Concurso de Precios Nº 9/2021 “Adquisición de material eléctrico para distintos escenarios del Emder”, por los motivos expuestos en el exordio
Solicitud de Pedido Nº 202
ITEM Nº |
DESCRIPCIÓN |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
23 |
BASE PORTAFUSIBLE TIPO NH - TABAQUERA PORTAFUSIBLE TIPO TEA J-15F CON INDICADOR LUMINOSO (ATLETISMO) |
11 |
TEA |
$ 781.00 |
$ 8,591.00 |
24 |
CABLE TIPO TALLER (T/T) - MEDIDA 2 X 2,5 (ATLETISMO) |
120 |
UPERCAB |
$ 131.00 |
$ 15,720.00 |
30 |
TABLERO PARA COLUMNA DE ALUMBRADO - IGNÍFUGOS CON BORNES DE HIERRO O BRONCE TIPO TEA TCA -2- F/0130 2 BORNES 3/16" (ATLETISMO) |
3 |
TEA |
$ 911.00 |
$ 2,733.00 |
39 |
TUBO FLUORESCENTE - TUBO LED T8 18 W G13 LUZ DIA 120 CM (NATATORIO) |
100 |
DLIGHTING |
$ 160.00 |
$ 16,000.00 |
46 |
FUSIBLE - FUSIBLE NHT00 25A SICA BAW WEG CFUSE ELECT (NATATORIO) |
6 |
BAW WEG |
$ 334.00 |
$ 2,004.00 |
47 |
FUSIBLE - FUSIBLE NH NT 00 36 A (NATATORIO) |
12 |
BAW WEG |
$ 334.00 |
$ 4,008.00 |
51 |
INTERRUPTOR DIFERENCIAL - INT TERMOMAG 2 X 16 A SIXELECTRIC (NATATORIO) |
6 |
STECK |
$ 570.00 |
$ 3,420.00 |
64 |
INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO - INT AUT CVS100 BS 25 KA R40 3P3D LV510934 (NATATORIO) |
1 |
SCHNEIDER |
$ 23,973.00 |
$ 23,973.00 |
La adjudicación total asciende a PESOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($ 76.449) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 169/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 167/2021 Cpos. 01 y 02.
ARTICULO 5º: Declarar fracasado el presente Concurso respecto a los ítems Nº 22, 34, 35, 38 y 54 (Solicitud de Pedido Nº 202) y los ítems 18, 39, 40, 51 y 52 (Solicitud de Pedido Nº 203 ), por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 6º: Fijar el día 18 de octubre de 2021 a las 11:00 horas como fecha de apertura del Segundo Llamado a Concurso de Precios N° 9/2021 “Adquisición de material eléctrico para distintos escenarios del EMDeR”
ARTÍCULO 7º: El egreso que demande lo dispuesto en los artículos 2 °,3º y 4º deberá imputarse a las partidas de las Solicitudes de Gasto Nº 2-224/2021 y 2-225/2021 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 8º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión y Jefatura de Compras del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 205/2021
Mar del Plata, 12 de octubre de 2021.
VISTO el expediente Nº 229/2021 Cpo. 01, a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 12/2021 por el “Servicio de Transporte para los Programas Provinciales dentro del marco de los Torneos Juveniles Bonaerenses- Etapa Regional” y
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto del Concurso.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº 12/2021 que obra de fjs. 24 a 41 de los presentes actuados por el “Servicio de Transporte para los Programas Provinciales dentro del marco de los Torneos Juveniles Bonaerenses- Etapa Regional”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º. Fijar el día 19 de Octubre de 2021 a las 10:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta ciudad.
ARTICULO 3º. Designar a un funcionario en representación de la Dirección General de Polìtica Deportiva del EMDeR para asesorar en la Evaluación de Ofertas.
ARTICULO 4º. Imputar la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 480.000) a la siguiente partida: 16.07.00.3.5.1.0 Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADA BAJO EL Nº 206/2021
Mar del Plata, 13 de octubre de 2021.
VISTO la presentación efectuada por el Sr. Juan Agra, en su carácter de Presidente del Club Náutico Mar del Plata, registrada ante este organismo mediante nota Nº720 de fecha 13 de septiembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que en dicha presentación informa sobre la realización de la “37 ª Campeonato Nacional de Clubes de Veteranas” de la disciplina Tenis, a realizarse entre los días 7 y 11 de noviembre de 2021 en las instalaciones del Club Náutico Mar del Plata. Que la competencia contará con la participación de aproximadamente 500 damas de la categoría “Veteranas” entre 30 y 70 años de edad, provenientes de distintas localidades y provincias: Tucumán, Bariloche, Río Negro, Neuquén, Bahía Blanca, Córdoba, Mendoza, Salta, Jujuy, Santa Fe, Rosario, San Juan y Mar del Plata.
Que el evento deportivo cuenta con el aval de la Federación Atlántica de Tenis.
Que esta es muy importante dada su finalidad integrativa y saludable conservando la práctica deportiva en todos los grupos etarios y fomentando los encuentros deportivos que ofrezcan la posibilidad mantener la interacción social en un ámbito sano.
Que no se exime al organizador de abonar los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF. ARGENTORES o a la ASOCIACIÒN GREMIAL DE MÚSICOS, toda vez que corresponda.
Que el Ente Municipal de Deportes y Recreación considera oportuno brindar apoyo a competencias de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta deportiva y turística de la ciudad.
Que el organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
Que lo solicitado se enmarca en lo normado por el artículo 3º, Inc. b) y c) de la Ordenanza Nº 15120.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Declarar de Interés Deportivo la realización de la “37 ª Campeonato Nacional de Clubes de Veteranas” de la disciplina Tenis, a realizarse entre los días 7 y 11 de noviembre de 2021 en las instalaciones del Club Náutico Mar del Plata, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2°.- El organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
ARTICULO 3º.- La presente no exime a la organización del pago del derecho publicidad y propaganda previstas en la Ordenanza Impositiva Vigente y los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF. ARGENTORES o a la ASOCIACIÒN GREMIAL DE MÚSICOS, toda vez que corresponda.
ARTICULO 4º.- El organizador deberá contar con los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Deportes y Recreación ex 00ento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones y/o recaudos necesarios para la cobertura de emergencias médicas.
ARTICULO 5º.- La actividad deberá dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del COVID 19 dictados para esta actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTICULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar a la entidad organizadora y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión y la Dirección General de Política Deportiva a través de la División Deporte Federado del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 207/2021
Mar del Plata, 14 de octubre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 211/2021 - Cpo. 01, por el cual se tramitan las actuaciones vinculadas con la solicitud de uso de de uso del Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” sito en el Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” por parte del CLUB ATLETICO QUILMES, y
CONSIDERANDO: Que el Club de referencia solicita el uso de las instalaciones del mencionado Estadio a los efectos de la realización de encuentros de básquetbol correspondientes a la Liga Argentina de Bàsquetbol segunda categoría Temporada 2021/2022, que en calidad de local le corresponda disputar a la Institución, conforme fixture oficial.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que en atención a lo establecido por Ordenanza Nro. 21.481, corresponde se exima al Permisionario del pago de los derechos de uso y gastos operativos que se generen con motivo del uso de las instalaciones, todo ello en consonancia con lo establecido en el Artículo Quinto y concordantes de la Ordenanza Nro. 21481 y su Decreto Reglamentario y su modificatoria Ordenanza Nº 24264.
Que a tal efecto será suscripto el correspondiente contrato en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
Por ello, y en virtud de las facultades que les son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar al CLUB ATLETICO QUILMES, el uso de las instalaciones del Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”, a los fines de disputar encuentros de básquet correspondientes a la Liga Argentina de Bàsquetbol Temporada 2019/2020, correspondientes al fixture oficial, y que en carácter de local dispute el club, con mas sus correspondientes entrenamientos, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Conforme lo establecido en Ordenanza Nro. 21481 y Decreto Reglamentario y su modificatoria Ordenanza Nº 24264, corresponde se exima al Permisionario del pago de los derechos de uso y costos operativos que se generen con motivo del uso de las instalaciones.
ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión y la Dirección Gral. de Infraestructura del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 208/2021
Mar del Plata, 14 de octubre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones por las que se tramita la solicitud efectuada por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Dirección de Riesgos Espaciales, mediante Nota N° 801/2021, de fecha 27 de septiembre de 2021, de trámite mediante Expte. 223/2021 - Cpo.01, y
CONSIDERANDO:
Que la Dependencia mencionada del Ministerio de Seguridad de la Provincia solicita el uso del Natatorio “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” para realizar entrenamientos y capacitaciones de su especialidad.
Que en virtud de lo requerido la Dirección del Natatorio se toma conocimiento y reserva los siguientes días y horarios para el transcurso del año: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES de 14.00 a 15.00 hs. un carril del Natatorio Olímpico, y los sábados de 09.00 a 10.00 hs. Natatorio de Saltos, espacio a designar.
Que mediante Ordenanza N° 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que no obstante lo informado por la Sra. Tesorera del Organismo en relación a la Tarifa a aplicar por el uso requerido, esta Presidencia facultada para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes, y tratándose la solicitante de una Institución pública de nivel Provincial, y la actividad desarrollada libre y gratuita, conforme lo dispuesto por el artículo segundo de la Ordenanza Fiscal Impositiva N° 24.959, Capítulo VII Derechos de Oficina, Articulo 25° Inciso K, Apartado 9, esta Presidencia considera conveniente eximir totalmente a la entidad, del pago de la tarifa fijada en la normativa referida para el escenario Natatorio “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” concediéndose su uso gratuito.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorizar al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Dirección de Riesgos Espaciales, el uso gratuito del Natatorio Olímpico “Alberto Zorrilla” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini, los LUNES, MIERCOLES Y VIERNES de 14.00 a 15.00 hs. un carril del Natatorio Olímpico, y los sábados de 09.00 a 10.00 hs. Natatorio de Saltos, espacio a designar, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Tesorería del EMDER por el uso conforme lo estipulado en el ARTICULO PRIMERO a efectuar el ingreso de los montos estipulados en concepto de revisación médica, y Fondo del Deporte Amateur, los que deberán imputarse a: Cuenta Tipo 12 – Clase 2 – Concepto 09 – Subconcepto 10 (Uso de instalaciones municipales-Natatorio-Afectado al FDA) del Cálculo de Recursos en vigencia.
ARTICULO 3°.- Sin perjuicio de la eximición de tarifa prevista para el uso autorizado por el Artículo 1º, los asistentes deberán abonar por ante la Tesorería del EMDER, la correspondiente Revisación Médica de los concurrentes a los exámenes, presentando el listado de los mismos y Apto Anual a la fecha de cada uno de ellos, actualizándolo cada vez que sea necesario.
ARTICULO 4°.- Las autorizaciones conferidas por los Arts. 1° y 2°, no implican asumir responsabilidad alguna en relación a las actividades que se desarrollen, en el Complejo Natatorio los días y horarios indicados.
ARTICULO 5°.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Dirección del Natatorio, Tesorería y Contaduría del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 209/2021
Mar del Plata, 15 de octubre de 2021.
VISTO el expediente Nº 230/2021 Cpo. 01, a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 13/2021 por la “Adquisición de indumentaria para la Delegación del Torneo Juvenil Bonaerense Etapa Final” ,y
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto del Concurso.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le
son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº 12/2021 que obra de fjs. 21 a 35 de los presentes actuados por el “Adquisición de Indumentaria para la Delegación del Torneo Juvenil Bonaerense - Etapa Final”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º. Fijar el día 20 de Octubre de 2021 a las 10:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta ciudad.
ARTICULO 3º. Designar a un funcionario en representación de la Dirección General de Polìtica Deportiva del EMDeR para asesorar en la Evaluación de Ofertas.
ARTICULO 4º. Imputar la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL CON 00/100 ($ 1.431.000,00.-) a la siguiente partida: 16.07.00.2.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º. Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 210/2021
Mar del Plata, 19 de octubre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones por las que se tramita la solicitud efectuada por el Ejército Argentino AGR AA EJ 601, mediante Nota N° 796/2021, de fecha 24 de septiembre de 2021, de trámite mediante Expte. 225/2021 - Cpo.01, y
CONSIDERANDO:
Que el Coronel Leandro Jofre Foncueva, Jefe de Agr. AA Ej 601- Ec, solicita el uso del Natatorio “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” para el transcurso del año 2021, para realizar las modalidades Pileta Libre y Escuela por parte del personal militar de esta Agrupación.
Que asimismo en tres oportunidades anuales, la Institución solicita el escenario referido para la realización de evaluaciones reglamentarias por parte de su personal, siendo entre 15 y 20 personas a la vez, en cada una de ellas, conviniendo al efecto el Director del Natatorio con el Teniente Coronel de Educación Física Carlos Daniel Pensalor DNI N° 14.976.843 de la agrupación, los días y horarios a utilizar en cumplimiento de la normativa vigente en este organismo, debiendo asimismo solicitar las instalaciones con debida antelación no menor a tres días hábiles a los efectos de la organización de las actividades.
Que ambas solicitudes tienen por fundamento la necesidad de mantener y mejorar las destrezas y rendimiento en natación de la Agrupación y asimismo cumplir las exigencias establecidas por el EMDER.
Que en virtud de lo requerido la Dirección del Natatorio se toma conocimiento y reserva los siguientes días y horarios para el transcurso del año: MARTES O JUEVES DE 11,30 HS. A 12,30 HS. UN CARRIL NATATORIO OLIMPICO con un aforo de nueve ( 9) alumnos, debiendo solicitar disponibilidad con anticipación suficiente para realización de exámenes.
Que mediante Ordenanza N° 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que no obstante lo informado por la Sra. Tesorera del organismo en relación a la Tarifa a aplicar por el uso requerido, esta Presidencia considera conveniente, teniendo en cuenta la facultad dispuesta por la Ordenanza N° 24959/20 que, en lo que respecta al uso durante todo el año dentro de los horarios dispuestos al efecto por la Dirección del Natatorio, se abone la Tarifa C del Tarifario vigente, mas revisación médica, carnet, y Fondo del Deporte Amateur; y en relación a la realización de los exámenes en tres oportunidades anuales encontrándose esta Presidencia facultada para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes, y tratándose la solicitante de una Institución pública de nivel nacional, y la actividad desarrollada libre y gratuita, conforme lo dispuesto por el artículo segundo de la Ordenanza Fiscal Impositiva N° 24959/20, Capítulo VII Derechos de Oficina, Articulo 25° Inciso K, Apartado 9, esta Presidencia considera conveniente eximir totalmente a la entidad, del pago de la tarifa fijada en la normativa referida para el escenario Natatorio “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” concediéndose su uso gratuito.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorizar al Ejército Argentino AGR AA EJ 601, el uso gratuito del Natatorio Olímpico “Alberto Zorrilla” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini” en tres oportunidades del año, constando cada jornada de 2 dos horas, a cargo del Profesor de Educación Física de esa Institución, los días martes y jueves de 11.30 a 12.30 hs., a los fines de tomar las evaluaciones reglamentarias de dicha Institución, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º.- Autorizar al Ejército Argentino AGR AA EJ 601, el uso del Natatorio Olímpico del Complejo Natatorio “Alberto Zorilla” del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, a los fines de la realización de los Programas Pileta Libre, Pileta Escuela, sujeto a vacantes disponibles, y abonando la tarifa correspondiente conforme Tarifario vigente, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 3º.- Autorizar a la Tesorería del EMDER por el uso conforme lo estipulado en el ARTICULO SEGUNDO a efectuar el ingreso de los montos estipulados en concepto de Tarifa “C”, del Tarifario vigente, más revisación médica, carnet, Fondo del Deporte Amateur, los que deberán imputarse a: Cuenta Tipo 12 – Clase 2 – Concepto 09 – Subconcepto 01 (Uso de Instalaciones municipales-Natatorio) y Cuenta Tipo 12 – Clase 2 – Concepto 09 – Subconcepto 10 (Uso de instalaciones municipales-Natatorio-Afectado al FDA) del Cálculo de Recursos en vigencia.
ARTICULO 4°.- Sin perjuicio de la eximición de tarifa prevista para el uso autorizado por el Artículo 1º, el Ejército Argentino deberá abonar por ante la Tesorería del EMDER, la correspondiente Revisación Médica de los concurrentes a los exámenes, presentando el listado de los mismos y Apto Anual a la fecha de cada uno de ellos, actualizándolo cada vez que sea necesario.
ARTICULO 5°.- Las autorizaciones conferidas por los Arts. 1° y 2°, no implican asumir responsabilidad alguna en relación a las actividades que se desarrollen, en el Complejo Natatorio los días y horarios indicados.
ARTICULO 6°.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Dirección del Natatorio, Tesorería y Contaduría del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 211/2021
Mar del Plata, 20 de octubre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones por las que el Centro Provincial de Atención (CPA), mediante Nota N° 696 de fecha 08 de septiembre de 2021 y tramitada mediante Expte. 224/2021 - Cpo.01, y
CONSIDERANDO:
Que el CPA a través de su Directora, Lic. Guadalupe Rivadeneyra, solicita un espacio en el Natatorio Olímpico “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”, a los fines que los alumnos del establecimiento, puedan cumplimentar las clases de Pileta Escuela.
Que en virtud de ello, la Dirección del Natatorio reserva y asigna los días Martes y Jueves en la franja horaria de 10.30 a 11.30 hs. en burbujas de hasta nueve (9) alumnos.
Que conforme lo informado por la Sra. Tesorera del organismo los alumnos del CPA deberán abonar Tarifa E conforme lo establecido en el Tarifario Vigente (Ordenanza N° 24.959) mas Revisación Médica, Fondo del Deporte Amateur, y Apto Anual a la fecha.
. Que conforme se desprende de Ordenanza N° 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorizar al Centro Provincial de Atención (CPA), el uso gratuito del Natatorio Olímpico “Alberto Zorrilla” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini”, los días Martes y Jueves de 10,30 hs. a 11.30 hs., para la práctica de natación de los alumnos, que estará a cargo el Profesor Difeo, Reinaldo Javier, DNI 23.971.453, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- En virtud del permiso otorgado por el Artículo 1° los alumnos deberán abonar por ante la Tesorería del EMDER, Tarifa E, según el Tarifario Vigente Ordenanza N° 24.959, Revisación Médica, Fondo del Deporte Amateur y Apto Anual a la fecha; debiendo presentar en los aptos médicos anuales, y listado de alumnos que concurrirán al Natatorio, y profesores, y actualizarlo cada vez que sea necesario.
ARTICULO 3°.- Autorizar a la Tesorería del EMDER efectuar el ingreso de los montos estipulados en concepto de Tarifa E, revisación médica FDA y apto anual, los que deberán imputarse de acuerdo a lo informado por la Contaduría a la siguiente partida del cálculo de recursos vigente: Tipo 12 – Clase 2 - Concepto 09 - Subconcepto 01, (Uso de instalaciones municipales- Natatorio) y a la cuenta Tipo 12 - Clase 2 - Concepto 09 - Subconcepto 01 ( Uso de instalaciones municipales – Natatorio -Afectado FDA).
ARTICULO 4°.- La autorización conferida por el Art. 1°, no implica asumir responsabilidad alguna en relación a las actividades que se desarrollen, en el Complejo Natatorio.
ARTICULO 5°.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Dirección del Natatorio, y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 212/2021 Mar del Plata, 20 de octubre de 2021.
VISTO la presentación efectuada por el Equipo de Inspectores de Enseñanza de la modalidad Educación Física perteneciente a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires – Dirección de Educación Técnica - Distrito de Gral. Pueyrredon – Región 19, conforme Expte. N° 071/2021 – Cpo. 01, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Equipo de Inspectores mediante Nota N° 860 de fecha 07 de octubre de 2021, solicita permiso de uso de la Pista de Atletismo “Prof. Justo Román” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” para las Escuelas de Educación Secundaria de Gestión Estatal EEST 2 y EES 4, a los fines del dictado de clases de educación física correspondientes al ciclo lectivo 2021.
Que de acuerdo a lo indicado por la Dirección Gral. de Infraestructura, a través de la Jefatura de escenario se ha considerado procedente otorgar el uso de la Pista Auxiliar de Atletismo, para los días y horarios para cada establecimiento.
Que en virtud de tratarse de establecimientos educativos de gestión pública, esta Presidencia considera oportuno ceder el uso del espacio en forma gratuita.
Que esta decisión ha sido adoptada dentro del marco de lo dispuesto por el Apartado 9) Inciso K) del Artículo 25º Capítulo VII Derechos de Oficina “ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION” de la Ordenanza impositiva vigente (Nro. 24.959).
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios bajo su administración.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a las Escuelas de Educación Secundaria EEST 2 y EES 4, el uso gratuito de la Pista Auxiliar de Atletismo “Prof. Justo Román” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” para los días y horarios que como Anexo I forman parte integrante de la presente, a los fines del dictado de clases de educación física correspondientes al ciclo lectivo 2021, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Las autorización conferida por el Artículo precedente tienen carácter precario; quedando sujeto a cambios de horarios y/o espacios por parte de este Organismo.
ARTÍCULO 3°.- Las autorización conferida por el Artículo 1° no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual la Institución asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas.
ARTÍCULO 4º.- Quedará a exclusivo cargo de las Instituciones, la limpieza de las instalaciones autorizadas durante el desarrollo de las actividades, debiendo, asimismo, dejar los espacios cedidos en perfectas condiciones de higiene y uso, una vez finalizadas las mismas, debiendo dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del Covid-19 dictados para esta actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTICULO 5º.- Las Instituciones deberán presentar un listado de alumnos y docentes concurrentes a cargo, constancia de contratación de seguros cuya cobertura alcance la totalidad de la actividad, así como también, quedará a su cargo la contratación del servicio de cobertura de emergencias médicas.
ARTICULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Gestión, y a sus efectos intervenga la Dirección General de Infraestructura y por su intermedio el coordinador de Escenario de la Pista de Atletismo “Prof. Justo Román” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”.
REGISTRADA BAJO EL Nº 213/2021
ANEXO I
- LUNES 08.00 A 10.00 hs. 2 cursos (EEST Nº 2)
10.00 a 12.00 hs. (EEST Nº 2)
13.10 a 15.10 hs. (EEST Nº 2)
08.00 a 10.00 hs. (EES Nº 4)
10.00 a 12.00 hs. 2cursos (EES Nº 4)
12.30 a 14.30 hs. (EES Nº 4)
13.00 a 15.00 hs. (EES Nº 4)
15.00 a 17.00 hs. 2 cursos (EES Nº 4)
-MARTES 09.40 a 10.40 hs. (EEST Nº 2)
13.10 a 15.10 hs. (EEST Nº 2)
10.00 a 12.00 hs. (EES Nº 4)
13.00 a 15.00 hs. 2 cursos (EES Nº 4)
-MIERCOLES 13.10 a 15.10 hs. (EEST Nº 2)
08.00 a 10.00 hs. 2 cursos (EES Nº 4)
10.00 a 12.00 hs. (EES Nº 4)
13.00 a 15.00 hs. (EES Nº 4)
15.00 a 17.00 hs. 2 cursos (EES Nº 4)
-JUEVES 09.40 A 10.40 hs. (EEST Nº 2)
08.00 a 10.00 hs. (EES Nº 4)
10.00 a 12.00 hs. (EES Nº 4)
13.00 a 15.00 hs. 3 cursos (EES Nº 4)
15.00 a 17.00 hs. 2 cursos (EES Nº 4)
-VIERNES 08.00 a 10.00 hs. 3 cursos (EES Nº 4)
10.00 a 12.00 hs. (EES Nº 4)
14.00 a 16.00 hs. (EES Nº 4)
16.00 a 18.00 hs. (EES Nº 4)
Mar del Plata, 21 de octubre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud de uso de la Pista de Atletismo del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” por parte del Colegio ALFRED NOBEL mediante notas Nº 820 de fecha 29 de septiembre de 2021 y 841 de fecha 04 de octubre de 202 , y
CONSIDERANDO:
Que la entidad peticionante, solicita el uso de las instalaciones referidas para la realización de una jornada con los alumnos del nivel primario organizada en dos turnos como cierre del Proyecto Institucional.
Que la Dirección General de Infraestructura a través del Jefe de escenario y coordinado con la institución efectúa la reserva respectiva el día 01 de noviembre de 08.30 a 12.30 hs. y de 13.30 a 18.00 hs.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que la Sra. Tesorera del organismo informa la Tarifa a aplicar conforme el Tarifario vigente Ordenanza 24959 correspondiendo a una Jornada de competencias de instituciones locales por la suma total de PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($ 10.380.-)
Por ello, y en uso de sus atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar al Colegio Alfred Nobel el uso de la Pista de Atletismo “Prof. Justo Román” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” durante el día 01 de noviembre 08.300 a 12.30 hs. y de 13.30 a 18.00 hs. a los fines de realizar una jornada con los estudiantes de nivel primario como cierre del Proyecto Institucional, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Tesorería a efectuar el ingreso que se genere con motivo del permiso de uso otorgado por el artículo 1° conforme el Tarifario vigente Ordenanza N° 24.959, los que deberán imputarse conforme lo informado por la Contaduría en la Cuenta: Tipo 12 - Clase 2 -Concepto 09 - Subconcepto 07 (Uso de Instalaciones Municipales – Pista de Atletismo), del Cálculo de Recursos en Vigencia.
ARTÍCULO 3°.- La autorización conferida por el Artículo 1º no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual el colegio asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas y cosas.
ARTICULO 4º.- La Institución deberá presentar ante el EMDER un listado de alumnos y docentes concurrentes, docentes a cargo quedando a su exclusivo cargo la contratación de seguros cuya cobertura alcance la actividad a desarrollar en los espacios administrados por el EMDER y de servicio de emergencias médicas.
ARTICULO 5º.- Registrar, dar al Boletín municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Dirección Gral. de Infraestructura y por su intermedio el jefe de escenario Pista de Atletismo del Parque de Deportes, Tesorería y Contaduría del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 214/2021
Mar del Plata, 21 de octubre de 2021.
VISTO el Expediente N° 153/2021- Cpo. 01 por el cual se tramitan las actuaciones vinculadas a la solicitud efectuada por la Asociación Marplatense de Patín, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N° 898 de fecha 18 de octubre de 2021, la Asociación solicita el uso de las instalaciones del Organismo a los fines de realizar un Torneo de Patín Artístico.
Que la Dirección Gral. de Política Deportiva a través del coordinador de los Polideportivos Barriales reserva el uso del Polideportivo “Libertad” el día sábado 23 de octubre en la franja de 09.00 a 17.00 hs. para el desarrollo de la disciplina de patín artístico.
Que por lo antes expuesto, esta Presidencia considera procedente que la entidad abone el arancel correspondiente por el uso autorizado, según Ordenanza Impositiva vigente Nº 24959.
Que a fs. 05 la Tesorería del Ente informa la suma a abonar por la entidad es de PESOS UN MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 1.730.-), según tarifario vigente, Ordenanza N° 24.959/2020.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, Artículo 2° inciso “C”, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado a administrar y explotar los escenarios deportivos y recreativos existentes en el Municipio, así como cualquier otro que en el futuro pudiere incorporarse.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar el uso del gimnasio del Polideportivo Barrial “Libertad” a la Asociación Marplatense de Patín a los fines del desarrollo del Torneo de Patín Artístico, el día 23 de octubre de 2021, en la franja horaria de 09.00 a 17.00 hs, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Tesorería a efectuar el ingreso de la Tarifa fijada por el uso del gimnasio del Polideportivo Barrial “Libertad” según tarifario vigente, Ordenanza N° 24959/2020; la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 1.730.-) POR HORA DE USO e imputado por la Contaduría del Organismo a la cuenta: Tipo 12- Clase 9 - Concepto 02 – Subconcepto 00 (Otros – Ingresos Varios) del cálculo de Recursos Vigente.
ARTICULO 3º.- La autorización conferida por el Artículo 1º no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual el solicitante asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a asistentes, personas y cosas.
ARTICULO 4º.- La Entidad deberá presentar ante el EMDER un listado de deportistas y profesores a cargo, quedando a su exclusivo cargo la contratación de seguros cuya cobertura alcance la actividad a desarrollar en los espacios administrados por el EMDER y de servicio de emergencias médicas, debiendo acreditar ante el EMDER dichos extremos, adjuntando las constancias respectivas.
ARTÍCULO 5°.- El Permisionario deberá acreditar ante el EMDER la contratación de Seguros cuya cobertura ampare la actividad a realizar, como así también la constancia de cobertura de emergencias médicas, asimismo dejar los espacios cedidos en perfectas condiciones de higiene .
ARTICULO 6.- La Asociación deberá tomar todas las medidas de prevención por Covid-19 y protocolos sanitarios autorizados respetando el distanciamiento social, preventivo y obligatorio vigente.
ARTICULO 7º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, y a sus efectos intervengan la Dirección General de Política Deportiva a través de la Dirección del Polideportivo “Libertad”
REGISTRADA BAJO EL Nº 215/2021
Mar del Plata, 22 de octubre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 115/2021 Cuerpo 1, y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramitan las actuaciones relacionadas con los Programas Provinciales 2021.
Que en el citado Expediente Nº 115/2021 obra glosado el Convenio celebrado el día 30 de Agosto de 2021, con la Asociación de Árbitros Deportivos –ADAD-, registrado bajo el Nº 033/2021.
Que por medio del mencionado Convenio el Ente se compromete a abonar a la Asociación por su intervención en los Programas Provinciales, los importes pactados en la cláusula cuarta del respectivo convenio.
Que según el informe de la Dirección Deporte de fecha 04 de Octubre de 2021, la Asociación de Árbitros Deportivos –ADAD-, intervino en la fiscalización de la disciplina Futsal, Futbol Playa y Handball, dentro del marco de la Etapa Regional de los Programas Provinciales, a saber:
4 Partidos de Futsal a Pesos Un Mil Seiscientos cada uno
9 Partidos de Futbol Playa a Pesos Un Mil Seiscientos cada uno
11 Partidos de Handball a Pesos Un Mil Ochocientos cada uno
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Tesorería a abonar a la Asociación de Árbitros Deportivos, -ADAD-, CUIT Nº 30-69255904-1, el monto estipulado según Convenio obrante en Expediente Nº 115/2021 Programas Provinciales 2021, por un monto total de PESOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS ($ 40.600.-) correspondiendo a Factura “C” Nº 00001 00000351, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: 16-07-3-4-9-0 (Programas Provinciales– Servicios Técnicos y Profesionales- Otros), del Presupuesto de Gastos en Vigencia.
ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 216/2021
Mar del Plata, 22 de octubre de 2021.
VISTO que desde el 1º de diciembre y hasta el 21 de diciembre del presente año el Agente ERIC ADOLFO METTLER – Legajo 28031 - cumplirá funciones a cargo en la atención y firma de la Jefatura del Departamento del Escenario Natatorio Olímpico por encontrarse con Licencia por Vacaciones su titular JUAN JOSE PAPPALARDO - Legajo 22384, y
CONSIDERANDO
Que se le asigna el reemplazo al Agente ERIC ADOLFO METTLER teniendo en cuenta que resulta ser una persona idónea y con experiencia para desempeñar dichas funciones.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Asignar desde el 1º de diciembre y hasta el 21 de diciembre de 2021 las funciones inherentes a la atención y firma del despacho y coordinación operativa de la Jefatura de Departamento del Natatorio Olímpico dependiente de la Dirección General de Infraestructura del Ente Municipal de Deportes y Recreación, al Agente ERIC ADOLFO METTLER - Legajo 28031 – Técnico I con 45 horas semanales- por encontrarse en uso de Licencia por Vacaciones el titular Agente JUAN JOSE PAPPALARDO – Legajo 22384-.
ARTICULO 2º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y notificar a través del Departamento de Recursos Humanos del EMDER.
WRa.p
REGISTRADA BAJO EL Nº 217/2021
Mar del Plata, 22 de octubre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 115/2021 Cuerpo 1, y
CONSIDERANDO
Que en el mismo se tramitan las actuaciones relacionadas con los Programas Provinciales 2021.
Que en el citado Expediente, obra glosado el Convenio celebrado el día 02 de Julio de 2021 con la Federación Marplatense de Atletismo, registrado bajo el Nº 024/2021.
Que por medio del mencionado Convenio el Ente se compromete a abonar a la Federación Marplatense de Atletismo, por su intervención en los Programas Provinciales 2021, los importes pactados en la cláusula cuarta del respectivo Convenio.
Que según el informe de la Dirección General de Política Deportiva de fecha 13 de Octubre, la Federación Marplatense de Atletismo intervino en la fiscalización de la disciplina Atletismo, dentro del marco de la etapa Local -2º Parte-, de los Programas Provinciales 2021, a saber:
3 Jornadas Simples. Fiscalización de Sesenta y cuatro Jueces en Total (17, 24 y 23 Jueces), a pesos un mil seiscientos ochenta ($ 1680.-) por Juez, Correspondiendo a Factura C Nº 0001 00000062.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Tesorería a abonar a la Federación Marplatense de Atletismo, CUIT Nº 30-715529269, el monto estipulado según Convenio obrante en Expediente Nº 115/2021 Programas Provinciales 2021, Etapa Local Atletismo, la suma PESOS CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS VEINTE ($ 107.520.-), correspondiendo a Factura “C” Nº 0001 00000062, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria:16-07-3-4-9-0 (Programas Provinciales– Servicios Técnicos y Profesionales- Otros), del Presupuesto de Gastos en Vigencia.
ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar, dar al Boletin Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 218/2021
Mar del Plata, 22 de octubre de 2021.
VISTO la presentación efectuada por el Prof. Sebastián, Vaca Quintana, en calidad de Director Deportivo del Club Atlético Once Unidos mediante nota registrada bajo el Nº674 de fecha 3 de septiembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que en dicha presentación informa sobre la realización de la actividad deportiva denominada Primer Festival de Natación y 6to Torneo “Espíritu de Natación Máster” a realizarse en la ciudad de Mar del Plata, los días 30 y 31 de octubre de 2021, organizada por la institución precedentemente mencionada.
Que en el encuentro deportivo se estima la participación de unos 300 nadadores, contando con participación local a la que se sumarán deportistas de las provincias de Santa Fe, La Pampa y Córdoba entre otras, y la presencia de muchos internacionales.
Que el festival se desarrollará bajo el lema "Nadar salva vidas", y propone integrar toda la actividad acuática que se desarrolla en el club para todas las edades con la gran competencia deportiva prevista.
Que debido a la situación sanitaria derivada de la Pandemia de Covid 19 se deben adoptar protocolos sanitarios adecuados a la fase en la que se encuentre la ciudad al momento de realización del torneo.
Que, el 6to Torneo “Espíritu de Natación Master” se transmitirá de manera gratuita vía streaming profesional, con cámaras sobre y bajo el agua, y las imágenes serán proyectadas- si el clima acompaña- en la pantalla gigante que el club posee en el espacio exterior central, llegando dicha transmisión en vivo a todo el país y el mundo, a través del link que se publicará en las redes .
Que no se exime al organizador de abonar los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF. ARGENTORES o a la ASOCIACIÒN GREMIAL DE MÚSICOS, toda vez que corresponda.
Que el Ente Municipal de Deportes y Recreación considera oportuno brindar apoyo a competencias de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta deportiva y turística de la ciudad.
Que el organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
Que lo solicitado se enmarca en lo normado por el artículo 3º, Inc. b) y c) de la Ordenanza Nº 15120.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Declarar de Interés Deportivo la realización de la actividad deportiva Primer Festival de Natación y 6to Torneo “Espíritu de Natación Máster” a realizarse en la ciudad de Mar del Plata, los días 30 y 31 de octubre de 2021, organizada por el Club Atlético Once Unidos, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2°.- El organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
ARTICULO 3º.-: La presente no exime a la organización del pago del derecho por publicidad y propaganda previstas en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF, ARGENTORES o a la ASOCIACIÓN GREMIAL DE MUSICOS, toda vez que corresponda.
ARTICULO 4º.- El organizador deberá contar con los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Deportes y Recreación exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones y/o recaudos necesarios para la cobertura de emergencias médicas.
ARTICULO 5º.- La actividad deberá respetar los lineamientos del Decreto 370/2021 de fecha 4 de marzo de 2021.
ARTICULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar, notificar a la entidad organizadora y a sus efectos intervenga la Dirección de Gestión y la Dirección General de Política Deportiva a través de la División Deporte Federado del EMDER.
REGISTRADO BAJO EL Nº 219/2021
Mar del Plata, 22 de octubre de 2021.
VISTO el expediente Nº 230/2021 Cpo. 01 por el que se tramita el Concurso de Precios Nº 13/2021 “Adquisición de Indumentaria para la Delegación de los Torneos Juveniles Bonaerenses- Etapa Final”, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución Nº 210/2021 se fijó como fecha de apertura del Concurso de referencia el día 20 de octubre de 2021.
Que del acta de apertura, se desprende la existencia de una oferta perteneciente a la firma PABLO DAMIAN OSSES Y RICARDO LUIS ABCASIS SOC. LEY 19.550 CAP. 01 SECC. IV.
Que en la misma acta de apertura consta la cotización presentada por la firma.
Que la Jefatura de Compras procede al análisis de la documentación presentada por el oferente de la cual surge que la oferta se considerada válida y admisible, no encontrándose en ninguna de las causales de rechazo estipuladas por el artículo 10º del P.B.C. rector.
Que la Dirección General de Política Deportiva verifica que la muestra presentada se ajusta a los requerimientos solicitados y por motivo de una clasificación de la Delegación de los Torneos Juveniles Bonaerenses- Etapa Final se requieren (350) TRESCIENTAS CINCUENTA camperas en vez de (450) CUATROCIENTOS CINCUENTA.
Que de acuerdo al análisis realizado, la Jefatura de Compras, asesorada por la Dirección General de Política Deportiva, recomienda la adjudicación del presente Concurso de la siguiente manera:
- A la firma PABLO DAMIAN OSSES Y RICARDO LUIS ABCASIS SOC. LEY 19.550 CAP. 01 SECC. IV el ítem objeto del presente Concurso de Precios por un importe unitario de PESOS TRES MIL CIENTO OCHENTA ($ 3.180) y por un total de (350) TRESCIENTAS CINCUENTA CAMPERAS.
Que la adjudicación se realiza teniendo en cuenta que la muestra presentada cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
Que el monto total adjudicado asciende a PESOS UN MILLÓN CIENTO TRECE MIL ($ 1.113.000), acorde al presupuesto oficial.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Adjudicar a la firma PABLO DAMIAN OSSES Y RICARDO LUIS ABCASIS SOC. LEY 19.550 CAP. 01 SECC. IV la adquisición de indumentaria para la Delegación de los Torneos Juveniles Bonaerenses- Etapa Final”, por los motivos expuestos en el exordio.
La adjudicación asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO TRECE MIL ($ 1.113.000) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 210/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 230/2021 Cpo. 01.
ARTICULO 2º: El egreso que demande lo dispuesto en el artículo N° 1 deberá imputarse a la siguiente partida: 16.07.00.2.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión y Jefatura de Compras.
REGISTRADA BAJO EL Nº 220/2021
Mar del Plata, 25 de octubre de 2021.
VISTO la nota 883 de fecha 14 de octubre de 2021 por el cual se tramitan las actuaciones vinculadas a la solicitud efectuada por la Club Atlético Peñarol, y
CONSIDERANDO:
Que la institución solicita el uso de las instalaciones del Polideportivo Colinas de Peralta Ramos a los fines de realizar un Torneo de Basquet.
Que la Dirección Gral. de Política Deportiva a través del coordinador de los Polideportivos Barriales reserva el uso del Polideportivo el día sábado 30 de octubre en la franja de 13.00 a 18.00 hs. para el desarrollo de la disciplina mencionada.
Que por lo antes expuesto, esta Presidencia considera procedente que la entidad abone el arancel correspondiente por el uso autorizado, según Ordenanza Impositiva vigente Nº 24959.
Que la Tesorería del Ente informa la suma a abonar por la entidad es de PESOS UN MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 1.730.-) por hora de uso , según tarifario vigente, Ordenanza N° 24.959/2020.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, Artículo 2° inciso “C”, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado a administrar y explotar los escenarios deportivos y recreativos existentes en el Municipio, así como cualquier otro que en el futuro pudiere incorporarse.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar el uso del gimnasio del Polideportivo Barrial “Colinas de Peralta Ramos” al Club Atlético Peñarol a los fines del desarrollo del Torneo de Basquet, el día 30 de octubre de 2021, en la franja horaria de 13.00 a 18.00 hs, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Tesorería a efectuar el ingreso de la Tarifa fijada por el uso del gimnasio del Polideportivo Barrial “Colinas de Peralta Ramos” según tarifario vigente, Ordenanza N° 24959/2020; la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 1.730.-) POR HORA DE USO e imputado por la Contaduría del Organismo a la cuenta: Tipo 12- Clase 9 - Concepto 02 – Subconcepto 00 (Otros – Ingresos Varios) del cálculo de Recursos Vigente.
ARTICULO 3º.- La autorización conferida por el Artículo 1º no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual el solicitante asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a asistentes, personas y cosas.
ARTICULO 4º.- La Entidad deberá presentar ante el EMDER un listado de deportistas, quedando a su exclusivo cargo la contratación de seguros cuya cobertura alcance la actividad a desarrollar en los espacios administrados por el EMDER y de servicio de emergencias médicas, debiendo acreditar ante el EMDER dichos extremos, adjuntando las constancias respectivas, como asimismo dejar los espacios cedidos en perfectas condiciones de higiene .
ARTICULO 5.- La Institución deberá tomar todas las medidas de prevención por Covid-19 y proto0020colos sanitarios autorizados respetando el distanciamiento social, preventivo y obligatorio vigente.
ARTICULO 6º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión y la Dirección General de Política Deportiva a través de la Dirección del Polideportivo “Colinas de Peralta Ramos”.
REGISTRADA BAJO EL Nº 221/2021
Mar del Plata, 26 de octubre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud por parte del SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES, tramitada por Expediente del EMDER Nº 222/2021 – Cpo 01, y
CONSIDERANDO:
Que dicha firma solicita el uso de las instalaciones del escenario del Polideportivo “Islas Malvinas” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” para la realización del Congreso Ordinario y Extraordinario de la Federación de Sindicatos Municipales, el día 05 de noviembre de 2021 en la franja horaria de 09.00 a 17.00 hs.
Que del mencionado evento participarán alrededor de 500 congresales de toda la Provincia.
Que la Dirección Gral. de Infraestructura toma conocimiento y reserva de los días requeridos.
Que esta Presidencia entiende procedente colaborar con este esta Entidad gremial que agrupa y representa a los trabajadores del Municipio, poniendo a disposición de la misma las instalaciones del mencionado escenario, el cual por sus dimensiones permite respetar los protocolos vigentes para este tipo de reuniones masivos o congresos, en el marco de las medidas dispuestas por la PANDEMIA COVID 19.
Que en virtud de ello se ha resulto que la entidad abone únicamente los costos operativos que demande la apertura del estadio, para el rubro horas extras de personal, conforme lo determinado a fs. 5/6 por la Dirección de Infraestructura del EMDER.
Que con el mismo entendimiento, y teniendo en cuenta el tipo de evento a realizar se ha resuelto eximir a la entidad gremial de la contratación de la respectiva garantía contrato, no obstante quedar pautado en el contrato que todo daño que pudiere producirse a las instalaciones con motivo del evento, así como la falta de cumplimiento a las obligaciones asumidas contractualmente, serán responsabilidad exclusiva del Sindicato de Trabajadores Municipales.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que a tal efecto será suscripto el correspondiente contrato en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar al SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES (STM) el uso de las instalaciones del escenario del Polideportivo “Islas Malvinas” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini”, para la realización del Congreso Ordinario y Extraordinario de la Federación de Sindicatos Municipales, el día 05 de noviembre de 2021en la franja horaria de 09.00 a 17.00 hs., por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Tesorería a efectuar el ingreso de las sumas que se devenguen con motivo el uso del escenario para el Congreso programado, que deberán imputarse en la partida del Cálculo de Recursos Vigente de acuerdo a lo informado por la Contaduría a la cuenta: Tipo 12- Clase 05- Concepto 02- Subconcepto 00 (Alquileres - Polideportivo).
ARTICULO 3º.- El uso autorizado en virtud del Artículo 1º se regirá por los términos del contrato a suscribir a tal efecto, en los cuales se especificarán todas las circunstancias relativas a los permisos a otorgar.
ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, la Contaduría, Tesorería y Dirección Gral. de Infraestructura del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 222/2021
Mar del Plata, 26 de octubre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 212/2021– Cpo 01, por el cual se tramitan las actuaciones vinculadas con la solicitud de uso de de uso del Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” sito en el Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” por parte del CLUB ATLETICO PEÑAROL, y
CONSIDERANDO:
Que el Club de referencia solicita el uso de las instalaciones del mencionado Estadio a los efectos de la realización de encuentros de básquetbol correspondientes a la Liga Nacional Temporada 2021/2022, que en calidad de local le corresponda disputar a la Institución, conforme fixture oficial.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que en atención a lo establecido por Ordenanza Nro 21481, y Decreto reglamentario, corresponde se exima al Permisionario del pago de los derechos de uso y gastos operativos que se generen con motivo del uso de las instalaciones, todo ello en consonancia con lo establecido en el artículo quinto y concordantes de la Ordenanza Nro. 21481 y su Decreto Reglamentario.
Que a tal efecto será suscripto el correspondiente contrato en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
Por ello, y en virtud de las facultades que les son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar al CLUB ATLETICO PEÑAROL, el uso de las instalaciones del Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”, a los fines de disputar encuentros de básquet correspondientes a la Liga Nacional de Bàsquet Temporada 2021/2022, correspondientes al fixture oficial, y que en carácter de local dispute el club, con mas sus correspondientes entrenamientos, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Conforme lo establecido en Ordenanza Nro. 21481 y Decreto Reglamentario corresponde se exima al Permisionario del pago de los derechos de uso y costos operativos que se generen con motivo del uso de las instalaciones.
ARTICULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión y la Dirección Gral. de Infraestructura del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL N° 223/2021
Mar del Plata, 27 de octubre de 2021.
VISTO, el Expediente Nº 221/2019 Cuerpos 01 a 04 por el cual se tramita la Licitación Pública Nº 04/2021 “Servicio Integral de Organización y Promoción del Maratón Ciudad de Mar del Plata – Ediciones 2021/2023” y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 204/2021 se fijo como fecha de apertura del Segundo Llamado de la Licitación de referencia el día 22 de octubre de 2021.
Que en dicho acto se constató la existencia de una única oferta correspondiente a la firma SPORTSFACILITIES S.R.L. conforme se desprende del Acta de Apertura obrante a fs. 661.
Que dentro del plazo previsto al efecto por el Pliego de Bases y Condiciones no se han presentado impugnaciones.
Que con fecha 27 de octubre del corriente surge el Acta de Estudio y Evaluación realizada por la Comisión de Evaluación de Ofertas obrante a fs. 663 y 663 vuelta.
Que del acta realizada por la Comisión de Apertura, Estudio y Evaluación de Ofertas, se desprende que la oferta ha cumplimentado con lo exigido por el art. 9° del P.B.C., resultando en consecuencia oferta valida y admisible.
Que a fs. 664/666 obra informe técnico realizado por los integrantes de la Comisión designados para evaluar las propuestas desde el punto de vista deportivo.
Que del mismo se desprende que la oferta presentada resulta conveniente a los fines de llevar a cabo el evento, resaltando que la oferta de la firma SPORTSFACILITIES S.R.L. cuenta con probados antecedentes habiendo realizado las Ediciones anteriores a los fines de la prestación del servicio objeto de la presente licitación.
Que respecto a la oferta económica la firma SPORTSFACILITIES S.R.L ofrece un diez por ciento (10%) por encima del canon oficial fijado por el art. 17° de las Cláusulas Particulares del P.B.C., es decir en concepto de canon mínimo la suma de PESOS UN MILLÓN CIEN MIL ($ 1.100.000) sin deducción alguna, y un porcentaje sobre el total de los montos a percibir en concepto de inscripciones coincidente con lo exigido por el Pliego de Bases y Condiciones en el mencionado artículo (Edición 2021: 10%, Edición 2022: 15% y Edición 2023: 18%).
Que en consecuencia, y atento al Acta realizada por la Comisión de Estudio y Evaluación de Ofertas se recomienda la adjudicación de la licitación de referencia a la firma SPORTSFACILITIES S.R.L, por tratarse de la oferta más conveniente a los intereses del Ente, tanto en lo deportivo como en lo económico, teniendo en cuenta lo informado por el área técnica y la oferta económica realizada.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias.
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Adjudicar a la firma SPORTSFACILITIES S.R.L el Servicio Integral de Organización y Promoción del Maratón Ciudad de Mar del Plata – Ediciones 2021/2023 abonando un CANON MINIMO DE PESOS UN MILLÓN CIEN MIL ($ 1.100.000.-), sin deducción alguna, y un porcentaje sobre el total de los montos a percibir en concepto de inscripciones coincidente con lo exigido por el Pliego de Bases y Condiciones en el artículo 17° C.P.P.B.C. (Edición 2021: 10%, Edición 2022: 15% y Edición 2023: 18%).
La adjudicación se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 170/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 221/2019 Cuerpo 01 a 04.
ARTÍCULO 2°: El ingreso que demande lo dispuesto en el Artículo 1º deberá imputarse a la siguiente partida: Tipo 12 – Clase 9 – Concepto 01 – Subconcepto 00 (Maratón Ciudad de Mar del Plata), del cálculo de recursos vigente.
ARTICULO 3°: Conforme lo previsto en el Art. 27º de las Cláusulas Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones, la firma SPORTSFACILITIES S.R.L deberá constituir una garantía de contrato de PESOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 13.600.000) un equivalente en valor de 4.000 inscripciones de la categoría 21K, para todas las ediciones, ajustándose dicho importe de acuerdo al incremento que sufra en cada una de las ediciones.
Dichas Garantías deberán amparar la totalidad de las obligaciones asumidas por el adjudicatario, de conformidad al presente Pliego de Bases y Condiciones, y mantener su vigencia por todo el período de vigencia de la contratación, incluyendo su eventual prórroga, y hasta la efectiva extinción de las obligaciones a su cargo.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADA BAJO EL Nº 224/2021
Mar del Plata, 27 octubre de 2021
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud por parte de la Asociación Civil Thalassa Escuela de Buceo mediante Nota N° 931 de fecha 21 de octubre de 2021 y tramitada mediante Expte. 245/2021 - Cpo.01, y
CONSIDERANDO:
Que el mismo solicita el uso del escenario a los fines del dictado de clases de buceo en el Natatorio Olímpico “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”.
Que las clases serán dictadas de acuerdo al espacio asignado por la Dirección de Natación los días sábados de 15.00 hs. a 17.30 hs. en el Natatorio de Saltos del Natatorio Alberto Zorrilla.
Que conforme se desprende de Ordenanza N° 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que oportunamente se suscribirá el correspondiente contrato, a través del cual quedará perfeccionada la cesión de uso solicitada.
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias
PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorizar a la Asociación Civil Thalassa Escuela de Buce el uso del Natatorio “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” para el dictado de clases de buceo, los días sábados de 15.00 hs. a 17.30 hs. en el Natatorio de Saltos del Natatorio “ Alberto Zorrilla”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2°.- La autorización conferida por el artículo primero, no implica asumir responsabilidad alguna en relación a las actividades que se desarrollen en el Natatorio, los días y horas indicados.
ARTICULO 3°.- Autorizar a la Tesorería del EMDER, a efectuar el ingreso de los montos que demande el permiso del artículo precedente, el que deberá imputarse según lo informado por la Contaduría a la siguiente partida del cálculo de recursos vigente: Tipo 12- Clase 2- Concepto 09- Subconcepto 01 (Uso de instalaciones municipales-Natatorio) y a las cuentas Tipo 12- Clase 2- Concepto 09- Subconcepto 10 ( Uso de instalaciones municipales- Natatorio- Afectado al FDA) del Cálculo de Recursos en Vigencia.
ARTICULO 4°.- El uso autorizado en virtud del Artículo 1° se regirá por los términos del contrato suscripto a tal efecto, en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
ARTICULO 5°.- Registrar, dar al Boletín Municipal comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 225/2021
Mar del Plata, 27 de octubre de 2021.
VISTO la Nota N º 930 de fecha 21 de octubre de 2021, presentada por EPSA – Asociación Civil Equipo Profesional de Salvamento Acuático PJ 6196 por el cual solicita el uso del Natatorio “Alberto Zorrilla”, y
CONSIDERANDO:
Que el Secretario de Deportes de la Asociación Civil Equipo Profesional de Salvamiento Acuático, PJ 6196, miembro pleno y representante de la Federación Internacional de Salvamiento, solicita el uso del Natatorio Olímpico “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”, para los entrenamientos de los deportistas Pre Seleccionados para conformar la Delegación Argentina.
Que en virtud de ello, y conforme lo informado por la Dirección del Natatorio, se ha procedido a efectuar la reserva los días Martes y Jueves de 8.00 a 9.00 hs.
Que en virtud de tratarse de competidores del Pre Seleccionado que conformaran la Delegación Argentina que representara a nuestro País en el próximo Mundial en la Ciudad de Riccione (Italia), esta Presidencia considera oportuno ceder el uso del espacio en forma gratuita conforme lo dispuesto por la Ordenanza N° 24.959 Capítulo VII, Derechos de Oficia, Artículo 25 inciso k) punto 9).
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorizar a EPSA - Asociación Civil Equipo Profesional de Salvamento Acuático el uso gratuito del Natatorio Olímpico “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”, para los siguientes días y horarios: Martes y Jueves de 08.00 a 09.00 hs., a los fines de entrenamientos del Pre Seleccionado que conformara la Delegación Argentina que representarà al país, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- La autorización conferida por el Artículo 1º no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual la entidad asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas y cosas.
ARTÍCULO 3°.- La Institución deberá presentar ante el EMDER, listado de deportistas, con sus respectivos Aptos Médicos.
ARTÍCULO 4º.- La Entidad deberá tomar todas las medidas de prevención por Covid-19 y protocolos sanitarios autorizados respetando el distanciamiento social, preventivo y obligatorio vigente, antes, durante y después del desarrollo de las actividades autorizadas.
ARTÍCULO 5º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Dirección del Natatorio.
REGISTRADA BAJO EL Nº 226/2021
Mar del Plata, 27 de octubre de 2021.
VISTO la presentación efectuada por el Club Atlético Independiente, mediante nota Nº 859 presentada en el EMDER con fecha 7 de octubre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que en dicha presentación informa sobre la realización del “XXVIIIº Edición del Torneo Nacional de Fútbol Infantil Ezequiel Laurella” – Diablo Nacional – Edición 2021” a realizarse del 11 al 19 de diciembre de 2021, en las instalaciones de la Villa Deportiva de la institución, ubicada en Alto Camet.
Que dicho torneo contará con la participación de aproximadamente 200 equipos y más de 4.500 chicos de todo el país y del exterior.
Que de acuerdo al informe técnico la competencia estará supervisada y fiscalizada por la Liga Marplatense de Fútbol, que es la entidad madre local.
Que el Ente Municipal de Deportes y Recreación considera oportuno brindar apoyo a competencias de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta deportiva y turística de la ciudad.
Que el organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
Que lo solicitado se enmarca en lo normado por el artículo 3º, Inc. b) y c) de la Ordenanza Nº 15120.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Declarar de Interés Deportivo la realización de la “XXVIIIº Edición del Torneo Nacional de Fútbol Infantil Ezequiel Laurella – Diablo Nacional Edición 2021” a realizarse del 11 al 19 de diciembre de 2021, en las instalaciones de la Villa Deportiva del Club Atlético Independiente, ubicada en Alto Camet, de nuestra ciudad, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Quedará a cargo de la entidad organizadora la contratación de los seguros pertinentes cuya cobertura alcance la totalidad del desarrollo del evento, así como también quedará a su cargo la contratación del servicio de cobertura de emergencia médica.
ARTÍCULO 3 º.- La organización del evento deberá dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del Covid -19 dictados para la actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar, notificar a la entidad organizadora y tomar intervención la Dirección General de Política Deportiva a través de la División Deporte Federado.
REGISTRADA BAJO EL Nº 227/2021
Mar del Plata, 27 de octubre de 2021.
VISTO el expediente Nº 167/2021 Cpos. 01 y 02 por el que se tramita el Concurso de Precios Nº 9/2021 “Adquisición de material eléctrico para distintos escenarios del Emder”, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución Nº 169/2021 se fijó como fecha de apertura del Primer Llamado al Concurso de referencia el día 16 de septiembre de 2021.
Que del acta de apertura, se desprendió la existencia de cuatro ofertas pertenecientes a las firmas TECNOELÉCTRICA S.A, CASA BLANCO S.A, ELECTRO STOCK S.A y ENLUZ S.A.
Que la firma CASA BLANCO S.A no presentó la documentación requerida por el artículo 6º del P.B.C, encontrándose en causales de rechazo según lo estipulado por el artículo 10º del P.B.C.
Que las demás firmas cumplimentaron con la documentación requerida.
Que, mediante Resolución Nº 205/2021 obrante a fs 355/361, se detallaron todos los ítems adjudicados en el Primer Llamado.
Que respecto a los ítems Nº 22, 34, 35, 38 y 54 (Solicitud de Pedido Nº 202) y los ítems 18, 39, 40, 51 y 52 (Solicitud de Pedido Nº 203 ) que no fueron cotizados por ningún proveedor y/o superaron ampliamente el presupuesto oficial, se procedió a realizar un SEGUNDO LLAMADO.
Que del Acta de Apertura de Ofertas de fecha 18 de octubre del corriente, surge la existencia de tres ofertas pertenecientes a las firmas CASA BLANCO S.A, O.A.C.I. S.A y ELECTRO STOCK S.A., ( fs 480/482).
Que del análisis de la documentación presentada por los oferentes se desprende que todos han cumplimentado con lo solicitado por el artículo 6° del P.B.C., no encontrándose incursos en causales de rechazo.
Que, mediante nota de la Jefatura de Compras obrante a fs. 497 se desestima la adjudicación del ítem Nº 18 correspondiente a la Solicitud de Pedido Nº 203/2021, por considerar que el precio del ítem en cuestión se encuentra muy por encima del presupuesto oficial y de los valores de mercado.
Que de acuerdo a los antecedentes documentales evaluados y teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección de Infraestructura a fs 492/493, respecto a la necesidad de adquirir los ítems objeto de éste Segundo Llamado y las especificaciones técnicas de los productos, la Jefatura de Compras adhiere a las sugerencias realizadas, recomendando a fs. 494,495 y 497 lo siguiente
Solicitud de Pedido Nº 202: Ítem Nº 22.
Solicitud de Pedido Nº 203: Los Ítems Nº 39 y Nº 51.-
El monto total adjudicado a la firma asciende a PESOS TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO ($304.585).-
Solicitud de Pedido Nº 202: Los ítems Nº 34, Nº 35, Nº 38 y Nº 54.
Solicitud de Pedido Nº 203: Los ítems Nº 40 y Nº 52.
El monto total adjudicado a la firma asciende a PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($20.824).-
Que la adquisición total asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS NUEVE ($325.409), un 86.53% aprox. superior al Presupuesto Oficial, estipulado por el artículo 8º de las cláusulas particulares.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Adjudicar a la firma CASA BLANCO S.A los siguientes ítems correspondientes al Segundo Llamado al Concurso de Precios Nº 9/2021 “Adquisición de material eléctrico para distintos escenarios del Emder”, por los motivos expuestos en el exordio.
Solicitud de Pedido Nº 202
ITEM |
CANTIDAD |
DESCRIPCIÓN |
MARCA |
P.UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
22 |
10 |
PROYECTOR LUMINICO - LED SMD 300 W EXTERIOR LUZ DÍA TIPO SIXELECTRIC (ATLETISMO) |
LUMENAC |
$ 29.000 |
$ 299,000 |
Solicitud de Pedido Nº 203
ITEM |
CANTIDAD |
DESCRIPCIÓN |
MARCA |
P.UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
39 |
1 |
SELECTOR DE FASE AUTOMATICO ALTA, BAJA TENSIÓN 25A 3X380/220V TIPO RU400F25 DE BAW |
BAW |
$4,800.00 |
$4,800.00 |
51 |
1 |
CINTA PASACABLE - CINTA PASACABLE ALMA DE ACERO X 30M |
SUYE |
$785.00 |
$785.00 |
La adjudicación total asciende a PESOS TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO ($304.585) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 169/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 167/2021 Cpos. 01 y 02.
ARTÍCULO 2º: Adjudicar a la firma O.A.C.I S.A los siguientes ítems correspondientes al Segundo Llamado al Concurso de Precios Nº 9/2021 “Adquisición de material eléctrico para distintos escenarios del Emder”, por los motivos expuestos en el exordio.
Solicitud de Pedido Nº 202
ITEM |
CANTIDAD |
DESCRIPCIÓN |
MARCA |
P.UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
34 |
1 |
TUBO TERMOCONTRAÍBLE DE PARED FINA CON ADHERENTE 10 MM TIPO NEXANS (ATLETISMO) |
ACYTE |
$ 390 |
$ 390 |
35 |
1 |
TUBO TERMO CONTRAÍBLE DE PARED FINA CON ADHERENTE 5 MM TIPO NEXANS (ATLETISMO) |
ACYTE |
$ 290 |
$ 290 |
38 |
1 |
TABLERO PARA COLUMNA DE ALUMBRADO - IGNÍFUGOS CON BORNES DE HIERRO O BRONCE TIPO TEA TCA -2- F/01051 4 BORNES 3/16" (ATLETISMO) |
TEA |
$ 980 |
$ 980 |
54 |
2 |
BATERIA - BATERIA P/TALADRO 18 V PRO BAT7188 (NATATORIO) |
ALIC |
$ 2,530 |
$ 5,060 |
Solicitud de Pedido Nº 203
ITEM |
CANTIDAD |
DESCRIPCIÓN |
MARCA |
P.UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
40 |
2 |
RELEVO TERMICO - PROTECTOR ELECTRONICO PARA MOTOR TRIFASICO 16-80A TIPO ZHRA2-80 DE BAW |
BAW |
$4,761.00 |
$ 9,522.00 |
52 |
1 |
MODULO CONECTOR - TEMPORIZADOR A LA CONEXIÓN 30 SEG.220V TIPO ME-TM-7 DE MONTERO |
MONTERO |
$4,582.00 |
$4,582.00 |
La adjudicación total asciende a PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($20.824) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 169/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 167/2021 Cpos. 01 y 02.
ARTÍCULO 3º: Declarar fracasado el presente Concurso respecto al ítem Nº 18 (Solicitud de Pedido Nº 203), por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 4º: El egreso que demande lo dispuesto en los Artículos 1 ° y 2º deberá imputarse a las partidas de las Solicitudes de Gasto Nº 2-224/2021 y 2-225/2021 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión y Jefatura de Compras del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 228/2021
Mar del Plata, 27 de octubre de 2021.
VISTO la nota presentada por el Departamento de Recursos Humanos del EMDER ingresada el día 27 de octubre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 217 de fecha 22 de octubre de 2021 fue tramitado el reemplazo del agente Juan Pappalardo - Leg. Nº 22384 para la atención y firma de despacho en el Natatorio “Alberto Zorrilla”, en oportunidad que el mismo gozará la licencia correspondiente.
Que por error involuntario fue consignada la fecha de goce de la licencia del agente por un período incorrecto, motivo por el cual corresponde rectificar misma, la que será desde el 01 de noviembre de 2021 al 20 de diciembre de 2021.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 217/2021 de fecha 22 de octubre de 2021 la que quedará redactada de la siguiente manera : “Asignar desde el 1º de noviembre y hasta el 20 de diciembre de 2021 las funciones inherentes a la atención y firma del despacho y coordinación operativa de la Jefatura de Departamento del Natatorio Olímpico dependiente de la Dirección General de Infraestructura del Ente Municipal de Deportes y Recreación, al Agente ERIC ADOLFO METTLER - Legajo 28031 – Técnico I con 45 horas semanales- por encontrarse en uso de Licencia por Vacaciones el titular Agente JUAN JOSE PAPPALARDO – Legajo 22384-“, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y notificar a través del Departamento de Recursos Humanos del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 229/2021
Mar del Plata, 28 de octubre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita el pedido del Club Náutico Mar del Plata, tramitado mediante Expediente Nº 154/2021 – Cpo. 01, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 158/2021 de fecha 26 de agosto de 2021, se otorgaron apoyos económicos especiales a entidades deportivas, y personas vinculadas con el deporte, que colaboraron oportunamente a la realización de una Obra correspondiente al armado del Espacio Vilas.
Que conforme lo normado en el Artículo 4º del mencionado acto administrativo cada entidad o persona física debe proceder a realizar rendición de cuentas de las sumas otorgadas.
Que de los comprobantes adunados surge que el subsidio otorgado ha sido destinado a parte del mobiliarios de de la exposición cultural y deportiva que se realizara en la Entidad.
Que en atención al informe de la Contaduría del Ente obrante en estas actuaciones, de fecha 26 de octubre de 2021 (fs.71) el Club ha efectuado la rendición del subsidio otorgado, habiendo cumplido la entidad con la presentación de la documentación necesaria al efecto conforme a lo establecido en el Decreto Nº 652/82 y lo previsto por el artículo 131 del Reglamento de Contabilidad.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Aprobar la Rendición de Cuentas efectuada por el Club Náutico Mar del Plata, con motivo del subsidio otorgado mediante Resolución Nº 158/2021 de fecha 26 de agosto de 2021, y conforme lo establecido en el Decreto Nº 652/82, en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 131º del Reglamento de Contabilidad, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Dirección General de Política Deportiva, Contaduría del EMDER y archivar.
REGISTRADA BAJO EL Nº 230/2021
Mar del Plata,
VISTO la solicitud por medio de la cual se tramita el pedido de uso del Velódromo Municipal “Julio Polet” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini” por parte de la Asociación Ciclista Regional Mar y Sierras mediante Notas Nº 789 de fecha 23 de septiembre de 2021 y N° 933 de fecha 21 de noviembre de 2021, tramitadas mediante Expediente Nº 248/2021 – Cpo 01, y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación solicita permiso de uso del mencionado escenario durante los días 25 al 28 de noviembre de 2021 a los fines de llevar a cabo el desarrollo del “Campeonato Argentino de Ciclismo de Pista en las Categorías Master, Elite, Junior, Sub 23 y Damas”.
Que en consecuencia la Dirección General de Infraestructura a través de la coordinación de escenario acuerda los horarios y días de uso del mencionado escenario, adoptando las medidas pertinentes a los fines de asegurar la efectiva prestación de los servicios técnicos durante el torneo.
Que como una muestra más del apoyo del EMDER al deporte amateur de nuestra ciudad, esta Presidencia considera procedente eximir a la entidad organizadora de los costos operativos que devengará el uso del velódromo para su realización.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios administrados por el organismo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Asociación Ciclista Regional de Mar y Sierras, el uso gratuito del Velódromo “Julio Polet” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”, durante los días 25 al 28 de noviembre de 2021 a los fines de llevar a cabo el desarrollo del “Campeonato Argentino de Ciclismo de Pista en las Categorías Master, Elite, Junior, Sub 23 y Damas” , por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La autorización conferida por el Artículo precedente no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por el desarrollo de las pruebas, durante el cual la Asociación Ciclista Regional Mar y Sierras, asumirá la responsabilidad civil exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse con motivo o en ocasión del mismo.
ARTÍCULO 3º.- La Asociación deberá presentar ante el EMDER póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Accidentes Personales cuya cobertura alcance a los deportistas participantes en el evento.
ARTÍCULO 4º.- La Asociación deberá acreditar ante el EMDER la contratación del servicio de emergencias médicas – ambulancia (un móvil fijo en el estadio) durante el evento.
ARTICULO 5º.- El Permisionario deberá dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del Covid -19 dictados para esta actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTICULO 6º.- Registrar, comunicar, y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Dirección de Infraestructura y por su intermedio la jefatura de escenario.
REGISTRADA BAJO EL Nº 231/2021
Mar del Plata, 28 de octubre de 2021.
VISTO la presentación efectuada por la Asociación Amateur Marplatense de Hockey sobre césped (A.A.M.H), a través de su Presidente Daniel Iza, mediante Nota ingresada al Organismo bajo el N° 903/2021, de fecha 18 de octubre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que la entidad mencionada solicita permiso de uso de las instalaciones del Estadio Panamericano de Hockey, sito en el Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini” a los fines de realizar el Campeonato Regional de Clubes “C”, organizado por la Confederación Argentina de Hockey, a desarrollarse entre los días 04 al 07 de noviembre del corriente.
Que conforme lo informado por la Dirección de Infraestructura del Organismo, se ha efectuado la reserva del escenario Estadio Panamericano de Hockey para los días y horarios solicitados.
Que tal como se desprende de informe de la Tesorería de fecha 25 de octubre de 2021 deberá abonar la tarifa prevista al efecto por el Tarifario vigente (Ordenanza Nro. 24.959/2020) correspondiente a la tarifa para instituciones afiliadas a la AAMH sobre césped, por el Estadio Panamericano de Hockey, conforme:
Estadio Panamericano de Hockey:
|
Lunes a Sábados |
Domingos y Feriados |
Por hora de entrenamiento o partido oficial en horario diurno |
$2.350.00 |
$3.750.00 |
Por hora de entrenamiento o partido oficial en horario nocturno |
$3.600,00 |
$5.250,00 |
Que esta Presidencia ha considerado procedente el cobro de las tarifas aprobadas por Ordenanza Impositiva vigente, con una reducción del 70% en el valor total a abonar por la competencia.
Que motiva su requisitoria la dificultosa situación económica que atraviesa la ciudad con motivo de las medidas dispuestas por la Pandemia COVID 19, y la consecuente falta de ingresos que permitan afrontar los gastos a las entidades que realizan prácticas deportivas y organizan competencias de gran jerarquía y alto nivel deportivo.
Que esta decisión ha sido adoptada dentro del marco de lo dispuesto por el Apartado 9) Inciso K) del Artículo 25º Capítulo VII Derechos de Oficina “ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION” de la Ordenanza impositiva vigente (Nro. 24.959/2020).
Que la entidad deberá velar por el cumplimiento de las medidas dispuestas por las autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales, y los Protocolos establecidos para la práctica del hockey en virtud de la Pandemia.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Asociación Amateur Marplatense de Hockey sobre Césped (AAMH) el uso de 1 (una) cancha del Estadio Panamericano de Hockey, a los fines de realizar el Campeonato Regional de Clubes “C”, organizado por la Confederación Argentina de Hockey, a desarrollarse entre los días 04 al 07 de noviembre del corriente, para los días y horarios consignados en la grilla presentada mediante Nota N° 903/2021, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2°.- Autorizar la reducción del setenta por ciento (70%) en el valor total a abonar por la competencia, conforme las tarifas correspondientes a Instituciones afiliadas a la Asociación Marplatense de Hockey Sobre Césped previstas por la Ordenanza Impositiva vigente (N° 24959/20), segundo semestre del año 2021, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 3°.- La reducción dispuesta por el Artículo precedente se adopta dentro del marco de lo dispuesto por el Apartado 9) Inciso K) del Artículo 25º Capítulo VII Derechos de Oficina “ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION” de la Ordenanza impositiva vigente (Nro. 24.959).
ARTICULO 4°.-Conforme las autorizaciones conferida por los artículos 1° y 2°, el Permisionario deberá abonar a la Tesorería del Ente, la suma correspondiente por el Estadio Panamericano de Hockey, la que deberá imputarse a la cuenta: Tipo 12 – Clase 2 – Concepto 09 – Subconcepto 06 (Uso de instalaciones municipales Velódromo/ Cancha de Hockey) del Cálculo de Recursos Vigente.
ARTICULO 5°.- La autorización conferida por el Artículo 1º no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual el Permisionario asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a deportistas participantes.
ARTICULO 6°.- Quedará a cargo del Permisionario la contratación de los seguros cuya cobertura alcance la totalidad de la actividad, así como también quedará a su cargo la contratación del servicio de cobertura de emergencia médica.
ARTÍCULO 7º.- El Permisionario deberá dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del Covid -19 dictados para esta actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTICULO 8º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Tesorería, Dirección General de Infraestructura y por su intermedio la jefaturas de escenarios del Centro Municipal de Hockey y del Estadio Panamericano de Hockey del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 232/2021
Mar del Plata, 30 de octubre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 217/2015 - Cpo 1, y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramitan las actuaciones llevadas a cabo a los fines de optimizar el servicio de internet en el Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” y en el Estadio “José María Minella” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini”.
Que por lo expuesto la firma TELECOM ARGENTINA S.A., FIBERCORP, CUIT N° 30-63945373-8, presenta Factura B N° 6723-63223184, de fecha 16 de octubre de 2021, emitida por la empresa antes consignada, de donde surge que corresponde abonar la suma de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON CINCUENTA ( $ 10.829,50.-) por los servicios de conectividad del mes de NOVIEMBRE de 2021.
Que la mencionada factura se encuentra debidamente conformada por el Sr. Director de Infraestructura del EMDER, informando asimismo la Contadora del organismo la partida presupuestaria a la que se deberá imputar el gasto.
Que corresponde, a la Presidencia del Ente autorizar el mencionado gasto.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Tesorería del EMDER a abonar a TELECOM ARGENTINA SA, FIBERCORP, CUIT N° 30-63945373-8, la suma de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON CINCUENTA ($ 10.829,50.-), correspondiente a los servicios de conectividad durante el mes de NOVIEMBRE de 2021 conforme Factura B N° 6723-63223184, de fecha 16 de Octubre de 2021, en razón de lo expuesto en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2º: El egreso que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la partida Act. Central 01 - Act. 11 – Inciso 3 - Part. Princ. 1 - Part. Parc. 4 -Part. Subp. 0 (Teléfonos, Telex, Telefax) del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Contaduría y a Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 233/2021
Mar del Plata, 02 de noviembre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 227/2021 Cpo. 01, a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 11/2021 por la “Adquisición de Maquinarias para distintos escenarios del Emder” y
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto del Concurso.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº 11/2021 que obra de fjs. 54 a 71 de los presentes actuados por la “Adquisición de Maquinarias para distintos escenarios del Emder”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º. Fijar el día 15 de noviembre de 2021 a las 11:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta ciudad.
ARTICULO 3º. Designar a un funcionario en representación de la Dirección General de Infraestructura del EMDeR para asesorar en la Evaluación de Ofertas.
ARTICULO 4º. Imputar la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA ($777.470) a las siguientes partidas: 01.04.00 4.3.9.0.05453.9999, 01.12.00 4.3.8.0.04070.9999, 01.02.00 4.3.8.0.04070.9999, 01.02.00 4.3.8.0.05447.9999 Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADO BAJO EL N° 234/2021
Mar del Plata, 03 de noviembre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud de uso de la Pista de Atletismo del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” por parte de la Escuela Primaria (E.P) N° 23, y
CONSIDERANDO:
Que la Institución peticionante, mediante notas N° 974 y 975 de fecha 29 de octubre del corriente año, solicita el uso de las instalaciones referidas, a los fines de la realización de una salida educativa programada con los alumnos de: 4° (A y B) y 5° (A y B) de la Institución, para los días 29 y 30 de noviembre del corriente año, respectivamente.
Que la Dirección General de Infraestructura a través del Jefe de escenario, efectúa la reserva respectiva para los días requeridos, en el horario de 09:00 a 10:30 hs.
Que en virtud de tratarse de un establecimiento educativo de gestión pública, esta presidencia considera oportuno ceder el uso del espacio en forma gratuita conforme lo dispuesto por la Ordenanza N° 24.959 Capítulo VII, Derechos de Oficia, Articulo 25 inciso k) punto 9).
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Por ello, y en uso de sus atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Escuela de Primaria (E.P) N° 23 el uso de la Pista de Atletismo “Prof. Justo Román” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” 29 y 30 de noviembre del corriente año, en el horario de 09:00 a 10:30 hs., a los fines de la realización una salida educativa programada con los alumnos de: 4° (A y B) y 5° (A y B) de la Institución,, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- La autorización conferida por el Artículo 1º no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual el colegio asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas y cosas.
ARTÍCULO 3°.- Las autorizaciones conferidas por los Artículos precedentes tienen carácter precario; quedando sujeto a cambios de horarios y/o espacios por parte de este Organismo.
ARTÍCULO 4º.- Quedará a exclusivo cargo de la Institución, la limpieza de las instalaciones autorizados durante el desarrollo de las actividades, debiendo, asimismo, dejar los espacios cedidos en perfectas condiciones de higiene y uso, una vez finalizadas las mismas, debiendo dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del Covid -19 dictados para esta actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTICULO 5º.- La Institución deberá presentar un listado de alumnos y docentes concurrentes a cargo, constancia de cobertura de seguros cuya cobertura alcance la totalidad de la actividad, así como también quedará a su cargo la contratación del servicio de cobertura de emergencia médica.
ARTICULO 6º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Dirección Gral. de Infraestructura y por su intermedio la Jefatura de escenario “Pista de Atletismo” del Parque Municipal de Deportes y Recreación.
REGISTRADO BAJO EL N° 235/2021
Mar del Plata, 05 de noviembre de 2021.-
VISTO el expediente Nº 247/2021 Cuerpo 01, a través del cual se tramita la Licitación Privada Nº 4/2021 para la “Adquisición de Productos Químicos para el Mantenimiento del Natatorio Alberto Zorrilla y los Polideportivos Barriales” y,
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría del ente realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto de la Licitación.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones que obra de fjs. 67 a fjs. 89 de los presentes actuados correspondiente a la Licitación Privada Nº 4/2021 para la “Adquisición de Productos Químicos para el Mantenimiento del Natatorio Alberto Zorrilla y los Polideportivos Barriales”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente
ARTICULO 2º: Fijar el día 11 de noviembre de 2021 a las 11:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle de los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta ciudad.
ARTICULO 3º: Designar a un funcionario en representación de la Dirección General de Infraestructura del EMDeR para asesorar en la Evaluación de Ofertas
ARTÍCULO 4º: Imputar la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TRES CON 41/100 ($ 2.671.803,41) a las siguientes partidas: 01-13-00-2-5-1-0; 01-18-00-2-5-1-0; 01-15-00-2-5-1-0; 01-19-00-2-5-1-0; 01-15-00-2-5-2-0; 01-19-002-5-2-0; 01-13-00-2-9-1-0 y 01-13-00-2-5-2-0 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga la Dirección de Gestión y Jefatura de Compras.
REGISTRADO BAJO EL N° 236/2021
Mar del Plata, 09 de noviembre de 2021.-
VISTO el Expediente Nº 251/2021 Cpo. 01, a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 14/2021 por la “Adquisición de Artículos de Limpieza para distintos Escenarios del EMDER” y
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto del Concurso.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº 14/2021 que obra de fjs. 33 a 49 de los presentes actuados por el “Adquisición de Artículos de Limpieza para distintos Escenarios del EMDER”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º. Fijar el día 19 de noviembre de 2021 a las 11:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta ciudad.
ARTICULO 3º. Designar a un funcionario en representación de la Dirección General de Infraestructura del EMDER para asesorar en la Evaluación de Ofertas.
ARTICULO 4º. Imputar la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 426.734) a la siguiente partida: 01.13.00.2.9.1.0, 01.04.00.2.9.1.0, 01.14.00.2.9.1.0, 01.13.00.2.1.5.0, 01.13.00.2.3.4.0, 01.04.00.2.3.4.0, 01.14.00.2.3.4.0, 01.13.00.2.5.2.0, 01.04.00.2.5.2.0, 01.14.00.2.5.2.0, 01.02.00.2.9.1.0, 01.11.00.2.9.1.0, 01.12.00.2.9.1.0, 01.02.00.2.1.5.0, 01.02.00.2.3.4.0, 01.11.00.2.3.4.0, 01.12.00.2.3.4.0, 01.02.00.2.5.2.0, 01.11.00.2.5.2.0 y 01.12.00.2.5.2.0 Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADO BAJO EL N° 237/2021
Mar del Plata, 09 de noviembre de 2021.
VISTO la presentación efectuada por la Escuela Municipal de Educación Secundarias (E.M.E.S) N° 201, conforme Expte. N° 087/2021 – Cpo. 01, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N° 983 de fecha 01 de noviembre del corriente, la Institución solicita permiso de uso de las canchas de tenis del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”, a los fines del dictado de clases de la materia Prácticas Deportivas y Juegos, con los alumnos del 6° año, correspondientes al ciclo lectivo 2021.
Que de acuerdo a lo comunicado por la Dirección de Infraestructura, se ha considerado procedente otorgar el uso de las canchas de tenis para los días miércoles en el horario de 15:00 a 17:00 hs., durante el corriente año.
Que en virtud de tratarse de un establecimiento educativo de gestión pública municipal, esta Presidencia considera oportuno ceder el uso de espacio en forma gratuita.
Que esta decisión ha sido adoptada dentro del marco de lo dispuesto por el Apartado 9) Inciso K) del Artículo 25º Capítulo VII Derechos de Oficina “ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION” de la Ordenanza impositiva vigente (Nro. 24.959).
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios bajo su administración.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la Escuela Municipal de Educación Secundaria (E.M.E.S) Nº 201, el uso gratuito de las canchas de tenis del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”, para los días miércoles en el horario de 15:00 a 17:00 hs., a los fines del dictado de clases de la materia Prácticas Deportivas y Juegos, con los alumnos del 6° año, correspondientes al ciclo lectivo 2021, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La autorización conferida por el Artículo precedente tiene carácter precario; quedando sujeto a cambios de horarios y/o espacios por parte de este Organismo.
ARTÍCULO 3°.- La autorización conferida por el Artículo 1°, no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual las Instituciones asumirán la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas.
ARTICULO 4º.- Quedará a exclusivo cargo de la Institución, la limpieza de las instalaciones autorizadas durante el desarrollo de las actividades, debiendo, asimismo, dejar los espacios cedidos en perfectas condiciones de higiene y uso, una vez finalizadas las mismas, debiendo dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del Covid-19 dictados para esta actividad, siendo responsables únicos por su inobservancia.
ARTÍCULO 5º.- La Institución deberá presentar un listado de alumnos y docentes concurrentes a cargo, constancia de contratación de seguros cuya cobertura alcance la totalidad de la actividad autorizada, así como también, quedarán a sus cargos la contratación del servicio de cobertura de emergencia médica.
ARTICULO 6º.- Registrar y comunicar por la Dirección de Gestión, y a sus efectos intervenga la Dirección General de Infraestructura y por su intermedio la Jefatura de Escenario Polideportivo “Islas Malvinas y Canchas de Tenis” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”.
REGISTRADO BAJO EL N° 238/2021
Mar del Plata, 10 de noviembre de 2021.-
VISTO el expediente Nº 175/2021 Cpo. 01, a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 10/2021 por el “Servicio de Reparación y Mantenimiento del Ascensor en el Estadio José María Minella” y
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto del Concurso.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº 10/2021 que obra de fjs. 81 a 102 de los presentes actuados por el “Servicio de Reparación y Mantenimiento del Ascensor en el Estadio José María Minella”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º. Fijar el día 17 de Noviembre de 2021 a las 10:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta Ciudad.
ARTICULO 3º. Designar a un funcionario en representación de la Dirección General de Infraestructura del EMDER para asesorar en la Evaluación de Ofertas.
ARTICULO 4º. Imputar la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 1.806.340) a la siguiente partida: 01.02.00.3.3.3.0 Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADO BAJO EL N° 239/2021
Mar del Plata, 11 de noviembre de 2021.-
VISTO la presentación efectuada por la Sra. Jesica Arias Directora de “Confluir Compañía de danza Contemporánea y Acrobática” mediante Nota N° 868, de fecha 12 de octubre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Jesica Arias, solicita el uso de las instalaciones del Estadio “José María Minella” del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini” para diferentes días del mes de noviembre del corriente, a los fines de realizar el dictado de clases de danza y movimiento.
Que la Dirección General de Infraestructura, a través del Jefe de Escenario, reserva el uso de un gimnasio del estadio “J. M. Minella” para el día 19 de noviembre en el horario de 18:00 a 20:00 hs.
Que en virtud de ello, interviene la Tesorería informando la Tarifa respectiva que corresponde abonar, de conformidad a lo dispuesto por la Ordenanza Impositiva vigente 24.959/2020: valor por hora uso gimnasio de PESOS MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 1.730).
Que esta Presidencia entiende procedente, teniendo en cuenta el tipo de actividad a realizar y el lapso de duración de la cesión, eximir a la Sra. Arias de la constitución de una garantía de contrato, dado que ello derivaría en un gasto extra para la organización del evento y que no habrá préstamo de equipo de sonido por parte del Ente; no obstante ello, quedará pautado en este acto administrativo que todo daño que pudiere producirse a las instalaciones con motivo de la actividad, así como las obligaciones a su cargo por derechos que graven el evento, serán responsabilidad exclusiva del solicitante del escenario del Ente.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, Artículo 2° inciso “C”, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado a administrar y explotar los escenarios deportivos y recreativos existentes en el Municipio, así como cualquier otro que en el futuro pudiere incorporarse.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar el uso del gimnasio del Estadio “José María Minella”, a la Sra. Jesica Arias, directora de “Confluir Compañía de danza Contemporánea y Acrobática”, a los fines de realizar el dictado de clases de danza y movimiento, a desarrollarse el día 19 de noviembre de 2021 en el horario de 18:00 a 20:00 hs., por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- La autorización conferida en el Artículo precedente no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual el organizador asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas.
ARTICULO 3º.- Autorizar a la Tesorería a efectuar el ingreso de la Tarifa fijada por el uso del gimnasio del Estadio Minella, según tarifario vigente, Ordenanza N° 24.959/2020; la suma de valor por hora uso gimnasio de PESOS UN MIL SETECIENTOS TREINTA ($1.730.-), e imputado por la Contaduría del Organismo a la cuenta: Tipo 12- Clase 5 - Concepto 01 – Subconcepto 00 (Alquileres-Mundialista) del cálculo de Recursos Vigente.
ARTICULO 4º.- La autorización conferida en el Artículo 1º, no exime al solicitante del pago de los derechos administrados por SADAIC, AADI-CAPIF, ARGENTORES o la Asociación Gremial de Músicos, toda vez que corresponda.
ARTÍCULO 5°.- Quedará a exclusivo cargo del Organizador, la limpieza de los sectores autorizados durante el desarrollo de las actividades, debiendo, asimismo, dejar los espacios cedidos en perfectas condiciones de higiene y uso, una vez finalizadas las mismas, tomando todas las medidas de prevención por Covid-19 y protocolos sanitarios autorizados respetando el distanciamiento social, preventivo y obligatorio vigente.
ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, la Dirección General de Infraestructura a través de la Jefatura de Escenario “José María Minella” del EMDER.
REGISTRADO BAJO EL N° 240/2021
Mar del Plata, 11 de noviembre de 2021.
VISTO la Factura B N° 0002-00000159 presentada por la firma MICRO SUR S.R.L., proveedor del servicio de transporte contratado en el Marco de los Torneos Juveniles Bonaerenses, y
CONSIDERANDO:
Que dicho documento fue recepcionado por la Jefatura de Compras, quien mediante informe de fecha 1º de noviembre ppdo., expresa que no existe orden de compra que respalde dicha contratación.
Que, asimismo, acompaña Nota de la Profesora Alejandra Urquía – Directora General de Política Deportiva del EMDER, 01 de noviembre de 2021, dando conformidad al servicio prestado.
Que la Dirección General de Política Deportiva informa cuales fueron los motivos que llevaron a contratar en forma directa a la firma MICROSUR, expresando que si bien se realizó el correspondiente llamado a Concurso para la contratación en cuestión, el único oferente resultó ser la empresa Ruta Atlántica, la cual cuenta con antecedentes negativos en la prestación del servicio en años anteriores para el Ente, y resultando, además, el presupuesto presentado un 50% por encima del valor corriente y superior a lo que reconoce por tal servicio la Provincia de Buenos Aires, organizadora de los Torneos.
Que, asimismo, destaca que las instancias previas de los Juegos Bonaerenses fueron cubiertas por la empresa MICRO SUR SRL, con muy buenos resultados
Que conforme lo informado corresponde tramitar el pago la Factura Nº 00002-00000159, presentada por el proveedor MICRO SUR S.R.L por un total de Pesos CIENTO VEINTE MIL ($120.000.) perteneciente al alquiler de un micro ida y vuelta a la Ciudad de Púan el día 22 de octubre de 2021.
Que el servicio contratado oportunamente resultó esencial, y ha sido prestado efectivamente por la firma.
Que la Factura referida se encuentra conformada por la Directora General de Política Deportiva.
Que, en consecuencia, se remiten a la Contaduría del organismo las actuaciones a los fines de la tramitación del pago correspondiente, informando además, que no existe trámite administrativo independiente para el servicio prestado en el EMDER.
Que habiendo intervenido la Contaduría remite las presentes actuaciones para la confección del acto administrativo correspondiente que autorice el respectivo pago, observándose en los términos de los Art.123 del Decreto Reglamentario de la LOM y art. 40 inc. Pto. 1 y Art. 45º del Decreto Nro. 2980/2000.
Que la Contaduría informa la partida presupuestaria correspondiente a la que debe ser imputado el gasto.
Que por lo expuesto corresponde al Presidente del Ente autorizar el gasto referido.
Que por ultimo esta Presidencia e reitera lo manifestado de estas actuaciones solicitando a la Dirección General de Política Deportiva, tomen los recaudos necesarios para dar curso a los pasos administrativos necesarios para la generación de futuras órdenes de compra en debido tiempo y forma.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º: Reconocer el gasto y autorizar a la Tesorería del EMDER a abonar a la firma la firma MICRO SUR S.R.L., CUIT N° 30-69002760-3, Factura B N ° 00002-00000159, por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-), en razón de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2º: El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 1° deberá imputarse a la partida “Servicios NO PERSONALES – Trasporte” del Presupuesto de Gastos en vigencia de acuerdo al siguiente detalle:
PROGRAMA 16; ACTIVIDAD 07; INCISO 3; PART.PPAL. 5; PART. PARC. 1; PART. SUBPARC. 0.-
ARTÍCULO 3º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Contaduría, Tesorería, y Dirección General de Política Deportiva.
REGISTRADO BAJO EL N° 241/2021
Mar del Plata, 11 de noviembre de 2021.
Visto, el expediente Nº 247/2021 Cpo 01 por el que se tramita la Licitación Privada Nº 4/2021 “Adquisición de Productos Químicos para el Mantenimiento del Natatorio A. Zorrilla y Polideportivos Barriales” y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 236/2021 se fijó como fecha de apertura del Llamado a Licitación de referencia el día 11 de noviembre del corriente.
Que en el día y hora fijados en el acto administrativo precedentemente, se procedió a realizar la correspondiente Apertura de Ofertas conforme consta en el acta a fs. 119.
Que en dicho acto no se presentaron oferentes.
Que en el Acta de Apertura de fecha 11 de noviembre del corriente se declaró fracasado el llamado.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º: Declarar fracasado el Llamado a Licitación Privada Nº 4/2021 por la Adquisición de Productos Químicos para Mantenimiento del Natatorio A. Zorrilla y Polideportivos Barriales, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º: Fijar el día 25 de noviembre de 2021 a las 11:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas del SEGUNDO LLAMADO a la Licitación Privada Nº 4/2021 por la Adquisición de Productos Químicos para Mantenimiento del Natatorio A. Zorrilla y Polideportivos Barriales, la cual se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n- Complejo Natatorio de esta ciudad
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión y Jefatura de Compras.
REGISTRADO BAJO EL N° 242/2021
Mar del Plata, 12 de noviembre de 2021
VISTO la presentación efectuada por la Comisión Directiva de la Asociación Civil ONG “Guías a la Par”, y
CONSIDERANDO:
Que la ONG mencionada mediante Nota N° 1000 de fecha 04 de noviembre de 2021, solicita permiso de uso de la Pista de Atletismo “Prof. Justo Román” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” para realizar actividad física y entrenamientos con los asistentes de la institución.
Que de acuerdo a lo indicado por la Dirección Gral. de Infraestructura a través del Jefe de Escenario, se ha considerado procedente otorgar el uso de la Pista de Atletismo, durante el corriente año para los días miércoles en la en la franja horaria de 17:00 a 19:00 hs.
Que teniendo en cuenta el fin de la Entidad y la importancia para sus asistentes de la realización de actividades deportivas como las descriptas, esta Presidencia considera oportuno ceder el uso del espacio en forma gratuita conforme lo dispuesto por la Ordenanza N° 24.959 Capítulo VII, Derechos de Oficia, Artículo 25 inciso k) punto 9).
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios bajo su administración.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Asociación Civil ONG “Guías a la Par”, el uso gratuito de la Pista de Atletismo “Prof. Justo Román” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” durante el corriente año, para los días miércoles en la en la franja horaria de 17:00 a 19:00 hs., para realizar actividad física y entrenamientos con los asistentes de la institución, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La autorización conferida por el Artículo precedente tiene carácter precario; quedando sujeto a cambios de horarios y/o espacios por parte de este Organismo.
ARTICULO 3º.- La autorización conferida por el Artículo 1° no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual la Institución asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas.
ARTICULO 4º.- La entidad deberá presentar un listado de asistentes y acompañantes concurrentes, constancia de cobertura de seguros para la realización de la actividad y de emergencias médicas.
ARTÍCULO 5º.- La entidad deberá tomar todas las medidas de prevención por Covid-19 y dar estricto cumplimiento a los protocolos correspondientes autorizados, respetando el distanciamiento social, preventivo y obligatorio vigente, antes, durante y después del desarrollo de las actividades autorizadas.
ARTÍCULO 6º.- Quedará a exclusivo cargo de la Institución la limpieza de los sectores autorizados durante el desarrollo de las actividades, debiendo, asimismo, dejar los espacios cedidos en perfectas condiciones de higiene y uso una vez finalizadas las mismas.
ARTICULO 7º.- Registrar y comunicar por la Dirección de Gestión, y a sus efectos intervenga la Dirección General de Infraestructura y por su intermedio la Jefatura de Escenario de la Pista de Atletismo “Prof. Justo Román” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini”.
REGISTRADO BAJO EL N° 243/2021
Mar del Plata, 12 de noviembre de 2021.
VISTO la presentación efectuada por la Asociación de Fomento “Barrio Libertad” mediante Nota N° 1016, de fecha 05 de noviembre de 2021; y
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Gustavo Arcurio, Presidente de la Asociación, solicita el uso de un gimnasio del Polideportivo del Barrio “Libertad” para el día 27 de noviembre del corriente, a los fines de llevar a cabo la realización de un Seminario de artes marciales de la Escuela Ronin Kan, a cargo del instructor Sr. Juan Marcelo Aguirre.
Que tal lo informado por la Dirección Gral. de Política Deportiva a través del Sr. Coordinador de los Polideportivos Barriales, se ha reservado el uso del gimnasio del Polideportivo mencionado, para el día sábado 27 de noviembre de 2021, en el horario de 13:30 a 15:30 hs.
Que teniendo en cuenta el sentido social perseguido por la Asociación de Fomento y la importancia para los asistentes de la realización de actividades deportivas como las descriptas, esta Presidencia considera conveniente eximir totalmente del pago de la tarifa fijada en la normativa referida para los gimnasios de los Polideportivos Barriales, concediéndose su uso gratuito, conforme lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal Impositiva N° 24.959 Capítulo VII, Derechos de Oficia, Articulo 25 inciso k) punto 9).
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios bajo su administración.
Por ello, y en uso de sus atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Asociación de Fomento “Barrio Libertad”, el uso gratuito del gimnasio del Polideportivo “Libertad”, para el día sábado 27 de noviembre de 2021, en el horario de 13:30 a 15:30 hs., a los fines de llevar a cabo la realización de un Seminario de artes marciales de la Escuela Ronin Kan, a cargo del instructor Sr. Juan Marcelo Aguirre, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La autorización conferida por el Artículo precedente no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual la Institución asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas.
ARTICULO 3°.- La autorización conferida por el Artículo N° 1 tienen carácter precario; quedando sujeto a cambios de horarios y/o espacios por parte de este Organismo.
ARTÍCULO 5º.- La Asociación deberá tomar todas las medidas de prevención por Covid-19 y dar estricto cumplimiento a los protocolos correspondientes autorizados, respetando el distanciamiento social, preventivo y obligatorio vigente, antes, durante y después del desarrollo de las actividades autorizadas.
ARTÍCULO 6º.- Quedará a exclusivo cargo de la Asociación la limpieza de los sectores autorizados durante el desarrollo de las actividades, debiendo, asimismo, dejar los espacios cedidos en perfectas condiciones de higiene y uso una vez finalizadas las mismas.
ARTICULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar e intervengan la Dirección de Gestión, la Dirección General de Política Deportiva y por su intermedio la Dirección del Polideportivo “Libertad”.
REGISTRADO BAJO EL N° 244/2021
Mar del Plata, 16 de noviembre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud de uso del Natatorio Olímpico por parte del Sr. Gerardo De vita, conforme Nota registrada bajo el Nº 709 de fecha 10 de septiembre de 2021, y tramitada mediante Expte. N° 196/2021 Cpo. 01, y
CONSIDERANDO:
Que el entrenador mencionado, solicita el uso del Natatorio Olímpico del Complejo Natatorio del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, para el dictado de clases de Natación durante los siguientes días y horarios: MARTES Y JUEVES de 6,30 HS. A 7,30 HS. TODO EL AÑO, 2 CARRILES EN NATATORIO OLIMPICO; MARTES Y JUEVES DE 07,00 HS. A 08,00 HS. TODO EL AÑO 2 CARRILES EN PILETA DE SALTOS, siendo el aforo máximo por carril en Natatorio Olímpico es de 9 (nueve) alumnos y 7 (siete) alumnos en Pileta de Saltos.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que oportunamente se suscribirá el correspondiente contrato, a través del cual quedará perfeccionada la cesión de uso solicitada.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar al Sr. Gerardo Devita, entrenador de Natación, el uso del Natatorio Olímpico del Complejo Natatorio “Alberto Zorrilla” del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, los siguientes días y horarios: martes y jueves de 6,30 hs. a 7,30 hs. todo el año, 2 carriles en Natatorio Olímpico; martes y jueves de 07,00 hs. a 08,00 hs. todo el año 2 carriles en Pileta de Saltos, siendo el aforo máximo por carril en natatorio olímpico es de 9 (nueve) alumnos y 7 (siete) alumnos en pileta de saltos, para el dictado de clases de natación, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Tesorería del Ente Municipal de Deportes y Recreación, a efectuar el ingreso de los montos que demande el permiso del artículo precedente, el que deberá imputarse de acuerdo a lo informado por la Contaduría a la siguiente partida del cálculo de recursos vigente: Tipo 12 – Clase 2 – Concepto 09 – Subconcepto 01(Uso de instalaciones municipales-Natatorio) y a la cuenta Tipo 12 – Clase 2 - Concepto 09 – Subconcepto 10 ( Uso de instalaciones municipales – Natatorio – Afectado al FDA).
ARTICULO 3º.- El uso autorizado en virtud del Artículo 1º se regirá por los términos del contrato suscripto a tal efecto, en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección Gestión, Dirección del Natatorio, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADO BAJO EL N° 245/2021
Mar del Plata, 16 de noviembre de 2021
VISTO, que se llevará a cabo el 36º Encuentro Anual de Profesionales de Ciencias Económicas del Ámbito Municipal, y
CONSIDERANDO;
Que mediante Decreto Municipal Nro. 1924/2021 el Encuentro mencionado fue declarado de Interés Municipal por el Señor Intendente Municipal.
Que las jornadas se llevarán a cabo en la ciudad de Mar del Plata los días 18 y 19 de noviembre del corriente año.
Que el mismo tiene por objeto propiciar el encuentro entre profesionales con formación en la especialidad a fin de intercambiar experiencias y sumar esfuerzos con el fin de brindar a sus asistentes conocimientos y herramientas para ser aplicadas en la gestión municipal.
Por todo ello,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Tesorería del EMDER a abonar a la Agente Gabriela F. Garbagna -Leg. 21934 – quien reviste el cargo de Contadora del Ente Municipal de Deportes y Recreación la suma de Pesos Seis Mil con 00/100 ($ 6.000,00) en concepto de inscripción al XXXVI Encuentro de Profesionales de Ciencias Económicas del Ambito Municipal, en razón de lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2º: Autorizar a la Tesorería del EMDER a abonar a la Agente Gabriela B. Rodriguez -Leg. 24416- quien reviste el cargo de Tesorera del Ente Municipal de Deportes y Recreación la suma de Pesos Seis Mil con 00/100 ($ 6.000,00) en concepto de inscripción al XXXVI Encuentro de Profesionales de Ciencias Económicas del Ambito Municipal, en razón de lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 3º: Autorizar a la Tesorería del EMDER a abonar al Agente Roberto J. Gomez -Leg. 19856- quien reviste el cargo de Jefe de Compras del Ente Municipal de Deportes y Recreación la suma de Pesos Seis Mil con 00/100 ($ 6.000,00) en concepto de inscripción al XXXVI Encuentro de Profesionales de Ciencias Económicas del Ambito Municipal, en razón de lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 4º: El egreso que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la cuenta Act. Central 1- Activ. 1- Inciso 3- Act. Princ. 4- Act. Parc. 5 – Act. Subp.0 (Servicios de capacitación) del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 5º: Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar e intervengan Contaduría y Tesorería a los efectos que correspondan.
REGISTRADO BAJO EL N° 246/2021
Mar del Plata, 17 de noviembre de 2021
VISTO la presentación efectuada por el Sr. Héctor M. Loscalzo en su carácter de Presidente de la Asociación Ciclista Regional Mar y Sierras, registrada ante este organismo mediante nota Nº999 de fecha 03 de noviembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que dicha presentación informa sobre la realización del “Campeonato Argentino de Ciclismo 2021” en las categorías Máster y Elite II, Junior, Sub 23 y Damas Mar del plata 2021, a realizarse entre los días 26 y 28 de noviembre de 2021 en las instalaciones del velódromo “Julio Polet” de la ciudad de Mar del Plata.
Que la competencia demostrará el alto nivel deportivo del ciclismo argentino al recibir a un número cercano a los 300 deportistas Máster de casi todas las provincias de nuestro país.
Que el evento deportivo cuenta con el aval de la Federación Argentina de Ciclismo de Pista y Ruta.
Que es muy importante a los fines de salud e integración conservar la práctica deportiva en todos los grupos etarios y fomentar encuentros deportivos que ofrezcan la posibilidad de mantener la interacción social en un ámbito sano.
Que no se exime al organizador de abonar los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF. ARGENTORES o a la ASOCIACIÓN GREMIAL DE MÚSICOS, toda vez que corresponda.
Que este Ente Municipal de Deportes y Recreación considera oportuno brindar apoyo a competencias de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta deportiva y turística de la ciudad.
Que el organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER, a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
Que lo solicitado se enmarca en lo normado por el artículo 3º, Inc. b) y c) de la Ordenanza Nº 15120.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Deportivo la realización del “Campeonato Argentino de Ciclismo 2021”, en las categorías Máster y Elite II, Junior, Sub 23 y Damas Mar del plata 2021, a realizarse entre los días 26 y 28 de noviembre de 2021, en el velódromo “Julio Polet” de la ciudad de Mar del Plata, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2°.- El organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
ARTÍCULO 3º.- La presente no exime a la organización del pago del derecho publicidad y propaganda previstas en la Ordenanza Impositiva Vigente y los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF. ARGENTORES o a la ASOCIACIÒN GREMIAL DE MÚSICOS, toda vez que corresponda.
ARTÍCULO 4º.- El organizador deberá contar con los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Deportes y Recreación exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones y/o recaudos necesarios para la cobertura de emergencias médicas.
ARTÍCULO 5º.- La actividad deberá dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del COVID 19 dictados para esta actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar, notificar a la entidad organizadora y a sus efectos intervenga la Dirección de Gestión y la Dirección General de Política Deportiva a través de la División Deporte Federado del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL N° 247/2021
Mar del Plata, 17 de noviembre de 2021
Visto el Expediente Nº 230/2021 Cuerpo 01 por el cual se tramitó el Concurso de Precios Nº 13/2021 “Adquisición de Indumentaria Oficial para la Delegación de los Torneos Juveniles Bonaerense- Etapa Final”, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 22 de octubre de 2021, por Resolución del Organismo Nº 220/2021 se adjudicó a la empresa PABLO DAMIAN OSSES Y RICARDO LUIS ABECASIS SOCIEDAD LEY 19.550, CAP. I, SECCIÓN IV la adquisición de Indumentaria Oficial para la Delegación de los Torneos Juveniles Bonaerenses, en un todo de acuerdo con el Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 210/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 230/2021 cpo. 01.
Que en nota a fs. 109/110 la Directora General de Política Deportiva manifiesta que si bien la indumentaria llegó en debido tiempo y forma, la misma presentó imperfecciones en su confección.
Que a fs. 112 la Jefatura de Compras remite cédula de notificación a la empresa adjudicataria.
Que a fs. 113 la firma realiza el descargo pertinente.
Que a fs. 115 la Directora General de Política Deportiva se expide al respecto reiterando la solicitud de aplicación de la sanción correspondiente, atento que las prendas debieron ser entregadas a los participantes de las Delegaciones de los Torneos Juveniles Bonaerenses, razón por la cual se solucionaron los inconvenientes desde el EMDER, y no hubo control de calidad por parte del proveedor..
Que en virtud de lo antes expuesto, y teniendo en cuenta el incumplimiento registrado, que no se pudo subsanar del modo planteado por la firma en su descargo, esto es retirar las prendas, solucionar los desperfectos y devolverlas al organismo, corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se perfeccione la aplicación del llamado de atención según lo normado en el artículo 25° de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Aplicar a la firma PABLO DAMIAN OSSES Y RICARDO LUIS ABECASIS SOCIEDAD LEY 19.550, CAP. I, SECCIÓN IV un llamado de atención por el incumplimiento formal acaecido durante la entrega de la indumentaria correspondiente al Concurso de Precios Nº 13/2021 “Adquisición de Indumentaria Oficial para la Delegación de los Torneos Juveniles Bonaerense- Etapa Final”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar e intervengan Dirección de Gestión, Jefatura de Compras, Contaduría, y Tesorería.
REGISTRADA BAJO EL N° 248/2021
Mar del Plata, 17 de noviembre de 2021
VISTO el Expediente Nº 115/2021 Cuerpo 1, y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramitan las actuaciones relacionadas con los Programas Provinciales 2021.
Que en el citado Expediente Nº 115/2021 obra glosado el Convenio celebrado el día 30 de Agosto de 2021, con la Asociación de Árbitros Deportivos –ADAD-, registrado bajo el Nº 033/2021
Que por medio del mencionado Convenio el Ente se compromete a abonar a la Asociación de Árbitros Deportivos –ADAD-, por su intervención en los Programas Provinciales, los importes pactados en la cláusula cuarta del respectivo Convenio.
Que según el informe de la Dirección Deporte Social de fecha 12 de Noviembre de 2021, la Asociación de Árbitros Deportivos –ADAD-, intervino en la fiscalización de la disciplina Handball, dentro del marco de la Etapa Regional Parte 2 y Semifinales de los Programas Provinciales, a saber:
25 Partidos de Handball a Pesos Un Mil Ochocientos cada uno
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Tesorería a abonar a la Asociación de Árbitros Deportivos, -ADAD-, CUIT Nº 30-69255904-1, el monto estipulado según Convenio obrante en Expediente Nº 115/2021 Programas Provinciales 2021, por un monto total de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45000.-) correspondiendo a Factura “C” Nº 00001 00000353, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: 16-07-3-4-9-0 (Programas Provinciales– Servicios Técnicos y Profesionales- Otros), del Presupuesto de Gastos en Vigencia.
ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL N° 249/2021
Mar del Plata, 19 de noviembre de 2021.
VISTO el expediente Nº 279/2021 Cpo. 01, a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 17/2021 por la “Contratación de los Trabajos de Resiembra y Mantenimiento del Campo de Juego en el Estadio José María Minella” y
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto del Concurso.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº 17/2021 que obra de fjs. 25 a 37 de los presentes actuados por la “Contratación de los Trabajos de Resiembra y Mantenimiento del Campo de Juego en el Estadio José María Minella”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º. Fijar el día 26 de noviembre de 2021 a las 11:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta ciudad.
ARTICULO 3º. Designar a un funcionario en representación de la Dirección General de Infraestructura del EMDeR para asesorar en la Evaluación de Ofertas.
ARTICULO 4º. Imputar la suma de PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL ($415.000) a la siguiente partida: 01.02.00.3.3.9.0 Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADO BAJO EL N° 250/2021
Mar del Plata, 19 de noviembre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 115/2021 Cuerpo 1, y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramitan las actuaciones relacionadas con las Escuelas Deportivas y Servicios Sociales 2021.
Que en el citado Expediente Nº 156/2021 obra glosado el Convenio celebrado el día 30 de Agosto de 2021, con la Asociación de Árbitros Deportivos –ADAD-, registrado bajo el Nº 033/2021
Que por medio del mencionado Convenio el Ente se compromete a abonar a la Asociación de Árbitros Deportivos –ADAD-, por su intervención en Escuelas Deportivas y Servicios Sociales, los importes pactados en la cláusula cuarta del respectivo Convenio.
Que según el informe de la Dirección Deporte Social de fecha 12 de Noviembre de 2021, la Asociación de Árbitros Deportivos –ADAD-, intervino en la fiscalización de la disciplina Futbol Jornadas, dentro del marco del Cierre Escuelas Deportivas, a saber:
10 Árbitros Jornada Simple a Pesos Un Mil ($ 1000.-) por Arbitro, por Jornada
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Tesorería a abonar a la Asociación de Árbitros Deportivos, -ADAD-, CUIT Nº 30-69255904-1, el monto estipulado según Convenio obrante en Expediente Nº 156/2021 Escuelas Deportivas y Servicios Sociales 2021, por un monto total de PESOS DIEZ MIL ($ 10000.-), correspondiendo a Factura “C” Nº 00001 00000352, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: 16-04-3-4-9-0 (Escuelas Deporetivas y Servicios Sociales– Servicios Técnicos y Profesionales- Otros), del Presupuesto de Gastos en Vigencia.
ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 251/2021
Mar del Plata, 23 de noviembre de 2021.
VISTO la presentación efectuada por el Sr. Enrique Rodríguez Llames en su carácter de Presidente de la Unión de rugby de mar del Plata, registrada ante este organismo mediante nota Nº 948 de fecha 22 de octubre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que dicha presentación informa sobre la realización de la “Semana del Rugby en Sudamérica”, a realizarse entre los días 27 de noviembre y 04 de diciembre de 2021 en las instalaciones del Hotel República de la ciudad de Mar del Plata.
Que será un evento de alto nivel, ya que participarán como disertantes destacados representantes del plantel de Los Pumas y de Sudamérica Rugby, organización tendiente al desarrollo del deporte a nivel subcontinental.
Que de la actividad participarán representantes de 6 países de Sudamérica, convocando unos 6/8 expositores por área técnica, abarcando un extenso temario de gran interés para la comunidad del rugby.
Que se trata de jornadas abiertas para Mar del Plata, y trabajaron en el ámbito interno de la organización alrededor de 70 personas de diferentes países.
Que no se exime al organizador de abonar los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF. ARGENTORES o a la ASOCIACIÓN GREMIAL DE MÚSICOS, toda vez que corresponda.
Que este Ente Municipal de Deportes y Recreación considera oportuno brindar apoyo a competencias de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta deportiva y turística de la ciudad.
Que el organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER, a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
Que lo solicitado se enmarca en lo normado por el artículo 3º, Inc. b) y c) de la Ordenanza Nº 15120.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Deportivo la realización del la “Semana del Rugby en Sudamérica”, a realizarse entre los días 27 de noviembre y 04 de diciembre de 2021 en las instalaciones del Hotel República de la ciudad de Mar del Plata, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2°.- El organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata, colocando cartelería al efecto, durante la realización del evento.
ARTÍCULO 3º.- La presente no exime a la organización del pago del derecho publicidad y propaganda previstas en la Ordenanza Impositiva Vigente y los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF. ARGENTORES o a la ASOCIACIÒN GREMIAL DE MÚSICOS, toda vez que corresponda.
ARTÍCULO 4º.- El organizador deberá contar con los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Deportes y Recreación exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones y/o recaudos necesarios para la cobertura de emergencias médicas.
ARTÍCULO 5º.- La actividad deberá dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios y medidas recomendadas para la prevención del COVID 19 dictados para esta actividad, siendo responsable único por su inobservancia.
ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar, notificar a la entidad organizadora y a sus efectos intervenga la Dirección de Gestión y la Dirección General de Política Deportiva a través de la División Deporte Federado del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 252/2021
Mar del Plata, 24 de noviembre de 2021
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud por parte de la empresa TRESCIENTOS PRODUCTORA S.A. y tramitada por Expediente del EMDER Nº 210/2021 – Cpo 01, y
CONSIDERANDO:
Que dicha firma solicita el uso de las instalaciones del escenario del Polideportivo “Islas Malvinas” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” para la realización de los shows de “DIVIDIDOS”, “CIRO Y LOS PERSAS” y “ LUCIANO PEREYRA”, durante los días 27 de enero de 2022 para armado, y 28, 29 y 30 de enero de 2022, para realizar las funciones programadas, y el dia 31 de enero de 2022 para desarme y entrega de las instalaciones.
Que la Dirección Gral. de Infraestructura toma conocimiento y reserva de los días requeridos.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que a tal efecto será suscripto el correspondiente contrato en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar a la firma TRESCIENTOS PRODUCTORA S.A. el uso de las instalaciones del escenario del Polideportivo “Islas Malvinas” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini” para la realización de los shows de “DIVIDIDOS”, “CIRO Y LOS PERSAS” y “ LUCIANO PEREYRA”, durante los días 27 de enero de 2022 para armado, y 28, 29 y 30 de enero de 2022, para realizar las funciones programadas, y el día 31 de enero de 2022 para desarme y entrega de las instalaciones, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Tesorería a efectuar el ingreso de las sumas que se devenguen con motivo el uso del escenario para el espectáculo programado, que deberán imputarse en la partida del Cálculo de Recursos Vigente, los costos operativos: Tipo 12- Clase 05- Concepto 02- Subconcepto 00 (Alquileres - Polideportivo) y canon: en un diez por ciento (10%) conforme a los establecido en la Ordenanza Nº 18.635-Afectado al FDA, a la cuenta Tipo 12 – Clase 02 - Concepto 09 – Subconcepto 11.
ARTICULO 3º.- El uso autorizado en virtud del Artículo 1º se regirá por los términos del contrato a suscribir a tal efecto, en los cuales se especificarán todas las circunstancias relativas a los permisos a otorgar.
ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, la Contaduría, Tesorería y Dirección Gral. de Infraestructura del EMDER.
REGISTRADO BAJO EL N° 253/2021
Mar del Plata, 24 de noviembre de 2021
Visto el expediente Nº 227/2021 Cpo. 01 por el que se tramita el Concurso de Precios Nº 11/2021 “Adquisición de maquinarias”, y,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución Nº 234/2021 se fijó como fecha de apertura del Concurso de referencia el día 15 de noviembre de 2021.
Que del acta de apertura, se desprende la existencia de tres ofertas pertenecientes a las firmas MAQUINON S.A.; MAQUINARIAS DEL ATLANTICO S.A. y SIMON GONZALO.
Que en la misma acta de apertura constan las cotizaciones presentadas por las mencionadas empresas.
Que la Jefatura de Compras procede al análisis de la documentación presentada por los oferentes del cual surge que han cumplimentado con lo establecido en el Art. 6° de C.G.P.B.C. Sin embargo, se advierte que la firma MAQUINARIAS DEL ATLANTICO S.A. no presenta constancia de inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos o Convenio Multilateral, de corresponder (art. 6.3). Dicha documentación no representa causal de rechazo.
Que a fs. 193 obra informe técnico realizado por el funcionario dependiente de la Dirección General de Infraestructura y designado mediante Resolución N° 234/21 de fecha 02 de noviembre de 2021.
Que del mencionado informe surge lo siguiente:
- respecto a la solicitud de pedido nro. 225/2021 (desmalezadoras y sopladora), se sugiere la adquisición de máquinas marca Stihl atento a que las mismas han demostrado históricamente la gran versatilidad a la hora de realizar los distintos tipos de trabajo de mantenimiento de los escenarios del Ente dado que todo el equipamiento disponible en la actualidad corresponden a los mismos modelos y marcas, facilitando de esta forma la homogeneización en la adquisición de los repuestos y mantenimiento preventivo de las mismas.
- no se cuenta con registros del rendimiento de las máquinas ofrecidas por la firma SIMON GONZALO, por lo que no se puede garantizar la duración adecuada de las mismas.
- respecto a la motodesmalezadora incluida en la solicitud de pedido nro 226/2021 la firma MAQUINON S.A. presupuesta lo requerido.
Que de acuerdo al análisis realizado por la Jefatura de Compras, asesorada por el funcionario técnico de la Dirección General de Infraestructura, recomienda la adjudicación del presente Concurso de acuerdo al siguiente detalle:
- a la firma MAQUINARIAS DEL ATLANTICO S.A. las maquinarias incluidas en la solicitud de pedido nro. 225 (dos desmalezadoras y una sopladora) por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 314.650) correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas que surgen de la comparativa del presente acta. Asimismo, solicitarle la presentación de constancia de inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos o Convenio Multilateral, de corresponder.
- a la firma MAQUINON S.A. la motodesmalezadora incluida en la solicitud de pedido nro. 226 por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 480.250) correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas que surgen de la comparativa del presente acta.
Que la adquisición total asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ($ 794.900), un 2,24% aprox. superior al Presupuesto Oficial estipulado por el artículo 8º de las cláusulas particulares de fecha 22 de setiembre de 2021.
Que la adjudicación se realiza teniendo en cuenta la calidad del material cotizado para el uso que se le dará al mismo.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Adjudicar a la firma MAQUINARIAS DEL ATLANTICO S.A. los siguientes ítems correspondiente al Concurso de Precios Nº 11/2021 “Adquisición de maquinarias”, por los motivos expuestos en el exordio.
ITEM |
CANTIDAD |
MARCA |
DESCRIPCION |
PRECIO TOTAL |
1 |
1 |
STIHL |
DESMALEZADORA - CILINDRADA CM3: 44,3. POTENCIA CV: 2,9. CILINDRADA CM3 44,3. POTENCIA KW/CV: 2,1/2,9. PESO KG: 8. NIVEL DE PRESIÓN ACÚSTICA DB(A) 100. NIVEL DE POTENCIA ACÚSTICA DB (A) 114 VALOR DE VIBRACIÓN IZQUIERDA/DERECHA 1,8/1,6 M/S2. LONGITUD TOTAL SIN HERRAMIENTA DE CORTE CM: 117. EQUIPAMIENTO DE CORTE ESTANDAR: CUCHILLA DE MATORRALES 300-3. EQUIPAMIENTO DE CORTE ESTANDAR: AUTOCUT 46-2 |
$ 97.000.- |
2 |
1 |
STIHL |
DESMALEZADORA - CILINDRADA CM3: 44,3. POTENCIA CV: 2,9. CILINDRADA CM3 44,3. POTENCIA KW/CV: 2,1/2,9. PESO KG: 8. NIVEL DE PRESIÓN ACÚSTICA DB(A) 100. NIVEL DE POTENCIA ACÚSTICA DB (A) 114 VALOR DE VIBRACIÓN IZQUIERDA/DERECHA 1,8/1,6 M/S2. LONGITUD TOTAL SIN HERRAMIENTA DE CORTE CM: 117. EQUIPAMIENTO DE CORTE ESTANDAR: CUCHILLA DE MATORRALES 300-3. EQUIPAMIENTO DE CORTE ESTANDAR: AUTOCUT 46-2 |
$ 97.000.- |
3 |
1 |
STIHL |
SOPLADORA - POTENCIA CV 3,8 - POTENCIA CV 3,9 CV. CILINDRADA : 64,8. PESO: 10,2KG. CAUDAL DE AIRE 1720 M3/H VEL. DE AIRE: 324 KM/H |
$ 120.650.- |
La adjudicación total asciende a PESOS TRESCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 314.650) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 234/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 227/2021 Cpo. 01.
Asimismo, deberá presentar constancia de inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos o Convenio Multilateral, de corresponder.
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma MAQUINON S.A. los siguientes ítems correspondiente al Concurso de Precios Nº 11/2021 “Adquisición de maquinarias”, por los motivos expuestos en el exordio.
ITEM |
CANTIDAD |
MARCA |
DESCRIPCION |
PRECIO TOTAL |
1 |
1 |
ROLANDH |
MOTODESMALEZADORA PARA CÉSPED, MALEZAS Y ARBUSTOS - MOTODESMALEZADORA TIPO ROLAND EVO RH 001. MOTOR B&S 13,5 hp. ARRANQUE MANUAL. RUEDAS MACIZAS. PESO APRX: 150KG. (PISTA DE ATLETISMO) INCLUYE FLETE. |
$ 480.250.- |
La adjudicación total asciende a PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 480.250) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 234/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 227/2021 Cpo. 01.
ARTICULO 3º: El egreso que demande lo dispuesto en los artículos 1º y 2º deberá imputarse a la siguientes partida correspondiente a cada ítems que especifique la respectiva Isla deportiva: 01.04.00.4.3.9.0; 01.12.00.4.3.8 y 01.02.00.4.3.8 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión y Jefatura de Compras.
REGISTRADA BAJO EL N° 254/2021
Mar del Plata, 24 de noviembre de 2021
VISTO el Expediente Nº 171/2021 Cpo. 01 y,
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramitan las actuaciones relacionadas con el pedido de subsidio de la Asociación de Jubilados y Pensionados Bochófilos y Tejo.
Que a fs.3, la citada Asociación, solicita un subsidio el cual será destinado a solventar los gastos de pintura para el salón y el galpón de Bochas.
Que mediante lo estipulado en el Acta Nº 282 del Consejo Asesor del Deporte Amateur (fs.6) de fecha 8 de septiembre de 2021, este organismo acompaña la intención de la Presidencia del EMDER de colaborar económicamente con la Asociación por un monto total de PESOS CUARENTA CINCUENTA MIL ($50.000).
Que a fs. 30, el área Técnica de la División de Deporte Federado, emite informe positivo al pedido.
Que a fs.31 interviene la Dirección de Gestión verificando la documentación que acompaña las presentes actuaciones, de por lo cual el peticionante ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º del Decreto 652/82.
Que a fs. 32 la Contaduría del EMDER informa la partida de gastos vigentes a la que habrá de imputarse el egreso que demande el presente y a fs. 34 la Tesorería del EMDER informa que la Institución no posee deuda con este Organismo Descentralizado.
Que la Asociación de Jubilados y Pensionados Bochófilos y Tejo se encuentra inscripta en el Registro Municipal de Instituciones Deportivas bajo el Nº 198.
Que a fs. 33 se incorpora el instructivo que establece los términos y condiciones para la rendición del subsidio.
Que en tal sentido, la Ordenanza 8849/93 impulsa el reconocimiento a la actividad netamente amateur, a través de estímulos y apoyo a los deportistas que alcancen un nivel de rendimiento compatible con la representación local en torneos de reconocida trascendencia.
Que en virtud del apoyo brindado a la Federación de Natación Provincia de Buenos Aires por parte del EMDER, los beneficiarios se comprometen a difundir y promocionar la imagen de este Organismo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Tesorería a abonar un subsidio por la suma total de la cantidad de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) a la Asociación de Jubilados y Pensionados Bochófilos y Tejo correspondiente al subsidio para solventar los gastos que demanden el pintado del salón y el galpón de Bochas , por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2º: En virtud de lo dispuesto en el Artículo precedente, la Asociación de Jubilados y Pensionados Bochófilos y Tejo se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER.
ARTÍCULO 3º: El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º, deberá imputarse a: Ac. Central 16- Act. 03- Inciso 5 – Part. Ppal. 1 – Part. Pcial. 7 - Part. Subpcial. 0 “Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro”, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4º: Los fondos asignados conforme el Artículo 1º, deberán rendirse en la forma y dentro del plazo establecido dispuesto por el Decreto Nº 652/82.
ARTÍCULO 5º: Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL N° 255/2021
Mar del Plata, 25 de noviembre de 2021.
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud por parte de la empresa DOS MAS DOS IGUAL A 5 S.R.L. y tramitada por Expediente del EMDER Nº 267/2021 – Cpo 01, y
CONSIDERANDO:
Que dicha firma solicita el uso de las instalaciones del escenario del Polideportivo “Islas Malvinas” del Parque Municipal de Deportes “Teodoro Bronzini” para la realización de los shows musicales de la banda de rock “DON OSVALDO”, durante los días 11(armado), 12 (show), 14 (show) y 15 de enero (show) de 2022, y el dia 16 de enero de 2022, para desarme y entrega de las instalaciones.
Que la Dirección Gral. de Infraestructura toma conocimiento y reserva de los días requeridos.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que a tal efecto será suscripto el correspondiente contrato en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar a la firma DOS MAS DOS IGUAL A 5 S.R.L. el uso de las instalaciones del escenario del Polideportivo “Islas Malvinas” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini” para la realización de los shows musicales de la banda de rock “DON OSVALDO”, durante los días 11(armado), 12 (show), 14 (show) y 15 de enero (show) de 2022, y el dia 16 de enero de 2022, para desarme y entrega de las instalaciones, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Tesorería a efectuar el ingreso de las sumas que se devenguen con motivo el uso del escenario para el espectáculo programado, que deberán imputarse en la partida del Cálculo de Recursos Vigente, los costos operativos: Tipo 12- Clase 05- Concepto 02- Subconcepto 00 (Alquileres - Polideportivo) y canon: en un diez por ciento (10%) conforme a los establecido en la Ordenanza Nº 18.635-Afectado al FDA, a la cuenta Tipo 12 – Clase 02 - Concepto 09 – Subconcepto 11.
ARTICULO 3º.- El uso autorizado en virtud del Artículo 1º se regirá por los términos del contrato a suscribir a tal efecto, en los cuales se especificarán todas las circunstancias relativas a los permisos a otorgar.
ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, la Contaduría, Tesorería y Dirección Gral. de Infraestructura del EMDER.
REGISTRADO BAJO EL N° 256/2021
Mar del Plata, 25 de noviembre de 2021
VISTO el expediente Nº 271/2021 Cpo. 01, a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 15/2021 por la “Adquisición de Estaciones Saludables para Espacios Verdes”, y
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto del Concurso.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº 15/2021 que obra de fjs. 44 a 65 de los presentes actuados por el “Adquisición de Estaciones Saludables para Espacios Verdes”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º. Fijar el día 01 de diciembre de 2021 a las 11:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta ciudad.
ARTICULO 3º. Designar a un funcionario en representación de la Dirección General de Infraestructura del EMDeR para asesorar en la Evaluación de Ofertas.
ARTICULO 4º. Imputar la suma de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 874.760) a la siguiente partida: 01.10.00.4.3.5.0 Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADA BAJO EL N° 257/2021
Mar del Plata, 25 de noviembre de 2021.
Visto el expediente Nº 251/2021 Cpo. 01 por el que se tramita el Concurso de Precios Nº 14/2021 “Adquisición de artículos de limpieza para distintos escenarios del EMDER” y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 237/2021 se fijó como fecha de apertura del Concurso de referencia el día 19 de noviembre de 2021.
Que del acta de apertura, se desprende la existencia de tres ofertas pertenecientes a las firmas MDQ QUIMICA GARVEY S.A.; LIMPA S.A. y HENNING JUAN FEDERICO.
Que en el Acta de Apertura constan las cotizaciones presentadas por las mencionadas empresas (fs. 151/154).
Que la Jefatura de Compras procede al análisis de la documentación presentada por los oferentes del cual surge que han cumplimentado con lo establecido en el Art. 6° de C.G.P.B.C., no encontrándose incursos en causales de rechazo.
Que a fs. 173/174 obra el acta de estudio y evaluación de ofertas.
Que de acuerdo al análisis realizado por la Jefatura de Compras, asesorada por el funcionario dependiente de la Dirección General de Infraestructura designado mediante Resolución Nº 237/2021, se recomienda la adjudicación del presente Concurso de acuerdo al siguiente detalle:
Solicitud de pedido Nro. 278/2021
Solicitud de pedido Nro. 279/2021
Que la adjudicación total del presente Concurso asciende a PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($357.284), un 16,26% aprox. inferior al Presupuesto Oficial.
Que la adjudicación se realiza teniendo en cuenta el precio y la calidad del material cotizado.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Adjudicar a la firma HENNING JUAN FEDERICO los siguientes ítems correspondiente al Concurso de Precios Nº 14/2021 “Adquisición de artículos de limpieza para distintos escenarios del Ente”, por los motivos expuestos en el exordio.
Solicitud de pedido Nro. 278/2021
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
MONTO TOTAL |
1– 2- 3 |
BOLSA DE RESIDUOS 80 X 110 X 10 U (ESTADIO MINELLA) |
BOL |
240 |
GONZAPLAST |
$ 110,90 |
$ 26.616 |
7 |
CABO DE MADERA - CABO DE MADERA (ESTADIO MINELLA) |
C/U |
20 |
ROMYL |
$ 74,50 |
$ 1.490 |
11-12-13 |
GUANTES P/LIMPIEZA - GUANTES TIPO PLISSE TALLE M (ESTADIO MINELLA) |
PAR |
300 |
PLUMITA |
$ 79,90 |
$ 23.970 |
17-18-19 |
PAPEL HIGIENICO PACK 4 U X 800 m (ESTADIO MINELLA) |
PAQ. |
120 |
RENDIPEL |
$ 495,00 |
$ 59.400 |
Solicitud de pedido Nro. 279/2021
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
MONTO TOTAL |
1-2-3 |
BOLSA DE RESIDUOS - BOLSA DE RESIDUOS 80 X 110 X 10 U |
BOL |
240 |
GONZAPLAST |
$ 110,90 |
$ 26.616 |
7 |
CABO DE MADERA |
C/U |
20 |
ROMYL |
$ 74,50 |
$ 1.490 |
11-12-13 |
GUANTES P/LIMPIEZA - GUANTES TIPO PLISSE TALLE M |
PAR |
300 |
PLUMITA |
$ 79,90 |
$ 23.970 |
17-18-19 |
PAPEL HIGIENICO PACK 4 U X 800 m |
PAQ |
120 |
RENDIPEL |
$ 495,00 |
$ 59.400 |
23 |
BOLSAS DE RESIDUOS 45 X 60 X 50 U |
C/U |
40 |
RODRILAST |
$ 117,30 |
$ 4.692 |
La adjudicación total asciende a PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 227.644) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 237/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 251/2021 Cpo. 01.
ARTÍCULO 2º: Adjudicar a la firma MDQ QUIMICA GARVEY S.A. los siguientes ítems correspondiente al Concurso de Precios Nº 14/2021 “Adquisición de artículos de limpieza para distintos escenarios del Ente”, por los motivos expuestos en el exordio.
Solicitud de pedido nro. 278/2021
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTI DAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
MONTO TOTAL |
4-5-6 |
LAVANDINA X 5 L (ESTADIO MINELLA) |
C/U |
150 |
PROPIA |
$ 172,00 |
$ 25.800 |
8-9-10 |
DESINFECTANTE P/PISO - DESODORANTE X 5 L (ESTADIO MINELLA) |
C/U |
110 |
PROPIA |
$ 164,00 |
$ 18.040 |
22 |
ALCOHOL USO MEDICINAL - ALCOHOL AL 70 % X L (HOCKEY/VELODROMO) |
C/U |
90 |
PROPIA |
$ 132,00 |
$ 11.880 |
Solicitud de pedido nro. 279/2021
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
MONTO TOTAL |
2 |
LAVANDINA X 5 L |
C/U |
150 |
PROPIA |
$ 172,00 |
$ 25.800 |
4 |
DESODORANTE X 5 L |
C/U |
110 |
PROPIA |
$ 164,00 |
$ 18.040 |
8 |
ALCOHOL USO MEDICINAL - ALCOHOL AL 70 % X L |
C/U |
90 |
PROPIA |
$ 132,00 |
$ 11.880 |
La adjudicación total asciende a PESOS CIENTO ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($ 111.440) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 237/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 251/2021 Cpo. 01.
ARTÍCULO 3º: Adjudicar a la firma LIMPA S.A. los siguientes ítems correspondiente al Concurso de Precios Nº 14/2021 “Adquisición de artículos de limpieza para distintos escenarios del Ente”, por los motivos expuestos en el exordio.
Solicitud de pedido nro. 278/2021
ITEM |
DESCRIP CIÓN |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
MONTO TOTAL |
14-15-16 |
TRAPO DE PISO 48 X 60 (ESTADIO MINELLA) |
C/U |
130 |
MAKE |
$ 70,00 |
$ 9.100 |
Solicitud de pedido nro. 279/2021
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
MARCA |
PRECIO UNITARIO |
MONTO TOTAL |
14-15-16 |
TRAPO DE PISO 48 X 60 (ESTADIO MINELLA) |
C/U |
130 |
MAKE |
$ 70,00 |
$ 9.100 |
|
|
|
|
|
|
|
La adjudicación total asciende a PESOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS ($ 18.200) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 237/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 251/2021 Cpo. 01.
ARTICULO 4º: El egreso que demande lo dispuesto en los artículos 1º , 2º y 3º deberá imputarse a las partidas correspondiente al Presupuesto de Gastos vigente e incluidas en las solicitudes de gasto nro. 296 y 297/2021.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión y Jefatura de Compras.
REGISTRADO BAJO EL N° 258/2021
Mar del Plata, 29 de noviembre de 2021.
VISTO las actuaciones obrantes en los Expedientes por las cuales se solicita el otorgamiento de beca a los deportistas pertenecientes a distintas disciplinas deportivas, y
CONSIDERANDO:
Que por los expedientes Nº118/2021 Atletismo, Nº119/2021 Gimnasia, Nº120/2021 Karate, Nº121/2021 Skate, Nº122/2021 Vela, Nº123/2021 Voleibol y Beach Volley, Nº124/2021 Tiro, Nº125/2021 Tenis, Nº126/2021 Squash, Nº127/2021 Remo, Nº128/2021 Patín, Nº129/2021 Natación, Nº130/2021 Surf, Nº131/2021 Judo, Nº 132/2021 Paradeporte, Nº133/2021 Ciclismo, Nº134/2021 Pádel, Nº255/2021 Rugby, Nº256/2021 Hockey sobre césped, Nº257/2021 Boxeo, Nº258/2021 Tenis de Mesa, Nº259/2021 Ajedrez, Nº262/2021 Taekwondo, Nº269/2021 Golf, se tramita el pedido de beca de las asociaciones que los nuclean.
Que en tal sentido, las Ordenanzas 8849, 12200 y 15120 impulsan el reconocimiento y apoyo a la actividad amateur, con el fin de mejorar las disciplinas deportivas que tutela en función de la promoción del deporte no rentado, previendo sistemas de estímulos y apoyo a deportistas que alcanzan un nivel de rendimiento de reconocida trayectoria.
Que mediante Resolución Nº 015 del 5 de enero de 2006 se aprobó el Reglamento del Sistema Municipal de Becas Deportivas, que fue debidamente tratado y respaldado por el Consejo Asesor del Deporte Amateur según acta Nº146.
Que según Acta Nº 284 del Consejo Asesor, de fecha 13 de octubre de 2021, se aprobaron los nuevos montos de las becas, quedando las mismas: Beca Básica PESOS CINCO MIL ($5.000); Beca Superior PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS ($7.400) y Beca Excelencia PESOS DIEZ MIL ($10.000).
Que los valores reseñados representan el total de la beca a otorgar.
Que se realizará una evaluación que condicionará su continuidad, altas y/o bajas, con informes de comportamiento deportivo, por parte de las entidades representativas.
Que las becas tendrán una duración de cuatro meses y podrán ser renovadas en la medida en que se disponga de los recursos necesarios y se mantengan las condiciones de otorgamiento.
Que en virtud del apoyo brindado al deportista por parte del organismo, el beneficiario deberá difundir y/o promocionar la imagen del EMDER y/o de la ciudad, comprometiéndose a colocar la leyenda “EMDER - Mar del Plata” a su vestimenta de competencia.
Que lo solicitado se enmarca en lo normado por el artículo 3º, Inc. b) y c) de la Ordenanza Nº15120.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar a la Tesorería a abonar las becas que como ANEXO I forman parte integrante de la presente Resolución y cuyas actuaciones obran en expedientes Nº118/2021 Atletismo, Nº119/2021 Gimnasia, Nº120/2021 Karate, Nº121/2021 Skate, Nº122/2021 Vela, Nº123/2021 Voleibol y Beach Volley, Nº124/2021 Tiro, Nº125/2021 Tenis, Nº126/2021 Squash, Nº127/2021 Remo, Nº128/2021 Patín, Nº129/2021 Natación, Nº130/2021 Surf, Nº131/2021 Judo, Nº 132/2021 Paradeporte, Nº133/2021 Ciclismo, Nº134/2021 Pádel, Nº255/2021 Rugby, Nº256/2021 Hockey sobre césped, Nº257/2021 Boxeo, Nº258/2021 Tenis de Mesa, Nº259/2021 Ajedrez, Nº262/2021 Taekwondo, Nº269/2021 Golf, donde se tramita el pedido de las mismas por las entidades que los nuclean, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º: El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo que antecede, deberá imputarse a la cuenta: Programa 16 – Act. 03 - Inciso 5 – Part. Ppal. 1 – Part. Parc. 3 – Part. Subp. 0 “Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes – Becas”, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 3º: El EMDER, de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento de becas, resultará autoridad competente de aplicación en todo lo concerniente al otorgamiento y/o suspensión del beneficio que se determina, resultando su opinión de carácter inexcusable, tanto por parte del beneficiario como por la entidad que lo patrocina.
ARTICULO 4°.- Los deportistas beneficiarios deberán difundir y promocionar la imagen del EMDER y/o de la ciudad, comprometiéndose a colocar la leyenda “EMDER - MAR DEL PLATA” a su vestimenta de competencia.
ARTICULO 5º: Registrar, dar a Boletín Municipal, comunicar e intervengan a la Dirección de Gestión, Contaduría y Tesorería del EMDER.
ii
REGISTRADO BAJO EL N° 259/2021
|
Anexo becas segundo semestre 2021 |
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|
Expediente Nº 118/2021 -Cpo.1 - Atletismo |
|
|||||
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|
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|
|
||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Atletismo |
Villalba , Lucía |
46.012.713 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Uruzuna, Ekian |
47.057.836 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Uruzuna, Zuri |
47.057.835 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Nieto, Joaquin Ezequiel |
46.094.339 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Romero Rubio, Nicolás Agustín |
45.993.697 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Cordoba, Joaquin |
43.784.169 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Romero Rubio, Matías Ignacio |
43.784.573 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Ursini, Ana Lucia |
46.897.067 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Ursini, Melina Victoria |
44.859.640 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Vitale Coronel, Josefina |
47.217.226 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Di Constanzo, Ignacio Cesar |
44.562.963 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Cardozo, Melina Magalí |
45.220.399 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Garcia Maia Delfina |
42.454.515 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Casalle Pintos Herrero, Valentina |
51.705.740 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Perez Lazarte, Leandro Leonel |
43.160.985 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Atletismo |
Holgado Indiana |
44.460.487 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Atletismo |
Dura, Joaquina |
47.057.792 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Atletismo |
Carril, Agustin |
47.090.118 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Atletismo |
Martinez, Alma Daiana |
44.403.252 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Ledesma, Ivan Lautaro |
46.565.078 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Guerrero, Leonardo Andres |
46.827.530 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Rojas Landaburu, Manuel |
46.814.939 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Dianes, Nair Gisele |
35.165.773 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Catelén, Ana Laura |
37.010.977 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Levaggi, Micaela |
41.307.462 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Atletismo |
Vouilloz Lautaro Gabriel |
44.692.715 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Atletismo |
Borelli, Mariana |
37.343.093 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Atletismo |
Lacamoire, Diego Javier |
41.106.394 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Atletismo |
Borelli, Florencia |
37.343.094 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Atletismo |
Casetta, Belén Adaluz |
38.497.763 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 119/2021 -Cpo.1 - Gimnasia |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Gimnasia |
Iribarne Aparicio , Nicole |
51.706.524 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Gimnasia |
Demarsico, Lara Albertina |
45.400.259 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Gimnasia |
Di Clemendo Stauffer, Quimey Elaine |
49.177.954 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Gimnasia |
Bottiglieri, Trinidad |
48.773.057 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Gimnasia |
Carregal, Maria Dolores |
49.668.255 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Gimnasia |
Liniers, Milagros Milena |
47.858.662 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Gimnasia |
Pietrantuono , Romina Micaela |
38.322.902 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 120/2021 -Cpo.1 - Karate |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Karate |
Yardin, Denisse Aylen |
46112208 |
Superior |
7400 |
||
|
Karate |
Farah, Agustin Emir |
35410029 |
Superior |
7400 |
||
|
Karate |
Gastaldi Anton Tomas Joaquin |
45539273 |
Superior |
7400 |
||
|
Karate |
Cejas, Nahuel Heber Josue |
43854795 |
Básica |
5000 |
||
|
Karate |
Vicens,Maximiliano Bernardo |
28561073 |
Básica |
5000 |
||
|
Karate |
Solis, Isaac Alfredo |
43855731 |
Básica |
5000 |
||
|
Karate |
Migone, Natalia Nahir |
39406883 |
Básica |
5000 |
||
|
Karate |
Romero, Sabrina Aylin |
47120176 |
Básica |
5000 |
||
|
Karate |
Cajal, Alvaro Joaquin |
49312150 |
Básica |
5000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 121/2021 -Cpo.1 - Skate |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Skate |
Dell´Olio, Matias |
39.966.837 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Skate |
Bertran, Aldana Lubila |
41.332.710 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Skate |
Videla, Paula Malen |
34.156.541 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Skate |
Mansilla, Axel Gabriel |
42.282.957 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 122/2021 -Cpo.1 - Vela |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Vela |
Mosquera Marazzato,Charo |
47.256.213 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Vela |
Castañer, Mateo Damian |
48.773.227 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Vela |
Iovine, Santiago Salvador |
47.231.206 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Vela |
Pentreath, Lucas |
47.650.970 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Vela |
Sanchez, Franco |
48.099.543 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Vela |
Escalante Juana |
47.411.573 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 123/2021 -Cpo.1 - Voleibol y Beach Volley |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Voley |
Benítez, Azul |
40.885.108 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Voley |
Giardini, Juana |
46.012.780 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Beach Vo. |
Roberts, Valentina |
44.335.282 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Beach Vo. |
Peralta, Juana |
45.810.784 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Beach Vo. |
Denappole, Iara |
46.632.823 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Beach Vo. |
Peralta, Cecilia |
38.283.526 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Beach Vo. |
Enríquez Bondonno, María Belén |
45.810.789 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 124/2021 -Cpo.1 - Tiro |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Tiro |
Orozco, Nicolas Agustin |
38.828.679 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Tiro |
Jajarabilla, Mario Damian |
41.332.896 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Tiro |
Caramello, Valentina Abril |
44.635.354 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 125/2021 -Cpo.1 - Tenis |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Tenis |
Carrocera, Mora |
49.310.285 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Tenis |
Sierra, Solana |
45.923.098 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Tenis |
Conde Barrios, Sara |
48.975.312 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Tenis |
Cavallo, Fernando |
49.310.298 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 126/2021 -Cpo.1 - Squash |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Squash |
Roude, Juan Pablo |
34.552.011 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Squash |
Cioffi, Federico |
39.170.107 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Squash |
Kersner, Jose |
45.810.712 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Squash |
Romiglio, Leandro Ezequiel |
35.620.900 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Squash |
Falcione, Maria Antonella |
35.420.124 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Squash |
Gonzalez Serdá, Felipe |
48.099.693 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Squash |
Portabales, Segundo |
47.341.919 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Squash |
Portabales, Santiago |
48.444.237 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Squash |
Albelo, Ramiro |
48.309.529 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 127/2021 -Cpo.1 - Remo |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Remo |
Avalle, Guido |
36.993.392 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Remo |
Pezzente, Ignacio |
36.382.720 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Remo |
Gonzalez Ricciuti, Julieta |
45.292.250 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Remo |
Scenna, Agustin Matías |
42.963.913 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 128/2021 -Cpo.1 - Patín |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Patín |
Amburi, Katalina Iris Belen |
47.858.858 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Schelling Quevedo, Nahuel Agustin |
43.741.068 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Godoy, Yazmin Aylen |
44.956.870 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Kuwada, Akemi Liz |
43.456.994 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Siri, Micaela |
40.477.945 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Peluso, Agustin |
46.112.327 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Bonino, Florencia Micaela |
43.742.713 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Velado, Ayrton Renzo |
39.592.572 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Costilla Martin, Valentina Abril |
47.231.238 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Silvera, Lautaro Daniel |
44.144.860 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Barrios, Estefania Victoria |
44.957.466 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Viegas, Diego Nicolas |
46.348.729 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Azcoiti, Lucas |
43.854.705 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Guajardo Priore, Paloma |
46.828.229 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Galban, Francisco Tomás |
39.826.833 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Galban, Jose Ignacio |
37.011.485 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Lofiego, Ivo |
46.896.888 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Moran, Ana |
44.335.825 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Rey, Agustin Manuel |
34.217.432 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Rojas, Gustavo Ramon |
40.708.415 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Patín |
Rojas, Gaston Leonardo |
43.832.968 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Torres Castagnaro, Giuliana Ayelen |
39.337.680 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Mercere, Juan Bautista |
41.556.421 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Patín |
Palanga, Michael Eugenio |
44.144.713 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Patín |
De Giacomi, Joaquin |
36.834.546 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Arana, Fatima Mariel |
37.010.712 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Patín |
Valdes, Valentin Francisco |
43.456.862 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Valdes, Juan Manuel |
44.860.353 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Mercere, Lisandro |
46.951.516 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Berg, Agustin |
46.828.119 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Graziano, Renata |
47.860.101 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Palumbo, Ona |
47.156.748 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Pereyra Cluigt, Clara |
50.877.683 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Patín |
Ovejero, Matías |
49.057.332 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 129/2021 -Cpo.1 - Natación |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Natación |
Baldino, Mateo Antonio |
47.342.102 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Natación |
Buscaglia, Guido Alejandro |
39.911.778 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Natación |
Gauna, Lucia Milagros |
44.783.699 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Natación |
Gianelli, Francesco Juan |
46.277.408 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Natación |
Martin Minervini, Nahuel |
43.855.358 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Natación |
Ortiz Blanco, Juana |
46.564.567 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Natación |
Ruggiero, Maria Guillermina |
44.115.257 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Natación |
Toni, Malena Verónica |
48.099.736 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Natación |
Vialaret del Rio, Pilar |
47.306.731 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Natación |
Cassini, Franco Ivo |
37.983.429 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Nat Artistica |
Ferrer, Morena |
42.678.368 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Nat Artistica |
Ferrer, Zoe Candela |
42.678.369 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Nat Artistica |
Garcia Kraglievich, Guadalupe Ailen |
46.277.559 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Nat Artistica |
Migliaccio, Sofia |
46.348.698 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Saltos O. |
Iglesias, Manuel Iñaki |
46.206.126 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Saltos O. |
Sosa, Auka Lihué |
46.112.514 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Natación |
Antonino, Martina |
48.161.022 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Natación |
Amore, Keila Jazmin |
44.859.536 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Natación |
Garcia, Lorenzo |
42.157.768 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Natación |
Saravia Pelaez, Ulises Juan |
47.057.655 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 130/2021 -Cpo.1 - Surf |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Surf |
Passeri Pezzati, Thiago |
49.370.907 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Surf |
Ruggiero, Ignacio |
45.897.924 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Surf |
Ane, Josefina |
41.333.419 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
SUP |
De la Lama, Natalia |
30.938.036 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
SUP |
Coletta Spada, Alma |
44.860.791 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
SUP |
Gonzalez, Juliana |
25.832.738 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Surf |
Garcia Mata, Juan |
48.976.019 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Surf |
Muñiz, Santiago Nazareno |
37.373.095 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Surf |
Gundesen, Jose Ignacio |
41.854.207 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Surf |
Cianciarulo Flavia |
45.479.611 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Surf |
Pellizzari, Ornela Daniela |
33.273.228 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Surf |
Usuna, Leandro Luis |
33.480.618 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Surf Adaptado |
Rosales, Rocio Ayelen |
38.011.226 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Surf Adaptado |
Seta, Sebastián Nicolás |
25.997.331 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Surf Adaptado |
Giannini, Zoe |
37.983.886 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Surf Adaptado |
Ruiz Díaz, Sebastián Eduardo |
26.340.281 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 131/2021 -Cpo.1 - Judo |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Judo |
Delvecchio Iacaruso Victoria Agostina |
43.855.696 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 132/2021 -Cpo.1 - Paradeporte |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Paradeporte |
Lopez, Heber |
47.796.999 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Greco, Franco Daniel |
40.235.221 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
De Andrade, Matias Leonel |
37.250.001 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Paradeporte |
Villamarin, Rodrigo |
40.666.161 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Gareca, Lucas Ezequiel |
39.282.612 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Rodriguez, Karen Gisel |
38.704.472 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Profiti, Khalil |
42.454.667 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Salvador, Micaela |
37.399.558 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Alarcon, Franco |
45.130.912 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Mansilla, Tomas Emanuel |
46.019.491 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Mendez, Matias Emanuel |
42.231.251 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Gutierrez, Sergio Nahuel |
37.343.776 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Vera, Matías Ezequiel |
39.850.026 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Ibarbure, Mauricio Javier |
28.765.361 |
Excelencia |
$ 10.000 |
||
|
Paradeporte |
Battione, Pascual Adolfo |
38.704.583 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Di Scala, Leonardo Ezequiel |
41.568.949 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Maldonado Jerez, Marcelo Emanuel |
35.619.209 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Colombo, Claudio Favio |
42.282.702 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Jerez Diaz, Matias Nicolas |
36.386.322 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Paradeporte |
Novik, Facundo Andres |
34.882.407 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
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|
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|
Expediente Nº 133/2021 -Cpo.1 - Ciclismo |
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|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Ciclismo |
Echandia, Ramón Agustin |
44.947.060 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Ciclismo |
Mascari, Enzo |
44.860.096 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
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|
|
||
|
Expediente Nº 134/2021 -Cpo.1 - Pádel |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Padel |
Zurita, Nicolás Gastón |
45.741.691 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Padel |
Gallardo, Agustín Alejandro |
46.277.411 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Padel |
San Juan, Valentin |
46.206.052 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Padel |
Cortese, Luca Santino |
45.872.978 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Padel |
Silva, Agustín Estebán |
49.527.377 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Padel |
Vallejos, Sofia Belén |
47.563.665 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 255/2021 -Cpo.1 - Rugby |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Rugby |
Larraburu, Juan Ignacio |
43.089.810 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Rugby |
Charles, Santiago |
43.855.367 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Rugby |
Gasparotti, Mateo |
44.783.579 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Rugby |
Zanella, Renzo Luis |
44.859.199 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 256/2021 -Cpo.1 - Hockey sobre Césped |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Hockey s/Ces. |
Contreras, Camila Estefania |
45.220.106 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 257/2021 -Cpo.1 - Boxeo |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Boxeo |
Aguilar, Micaela |
42.882.397 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 258/2021 -Cpo.1 - Tenis de Mesa |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Tenis de Mesa |
Perez, Camila Daniela |
46.557.238 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 259/2021 -Cpo.1 - Ajedrez |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Ajedrez |
Oyola, Valentina Jazmín |
48.460.466 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Ajedrez |
Villordo , Matias Ezequiel |
48.309.999 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
|
|
|
|
|
||
|
Expediente Nº 262/2021 -Cpo.1 - Taekwondo |
|
|||||
|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Taekwondo |
Mattei, Antonella Soledad |
47.090.252 |
Básica |
$ 5.000 |
||
|
Taekwondo |
Fernandez, Lucas Nicolás |
45.622.067 |
Básica |
$ 5.000 |
||
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|
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|
Expediente Nº 269/2021 -Cpo.1 - Golf |
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|
DISCIPLINA |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
BECA |
MONTO |
||
|
Golf |
Leofanti, Dante Salvador |
47.306.659 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Golf |
Moioni, Dante |
47.217.293 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Golf |
Oliveri Luchetta, Angelina |
47.306.778 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Golf |
Rampoldi, Sara Alessia |
47.563.656 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Golf |
Errecart, Gimena |
45.993.605 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Golf |
Martín, Iara |
47.342.167 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Golf |
Berchot, Tomás |
47.411.822 |
Superior |
$ 7.400 |
||
|
Golf |
Polita Nuñez, Maite |
47.256.058 |
Superior |
$ 7.400 |
||
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Mar del Plata, 30 de noviembre de 2021.
Visto el expediente Nº 229/2021 Cpo. 01 por el que se tramita el llamado a Concurso de Precios Nº 12/2021 por el “Servicio de Transporte para Programas Provinciales- Etapa Regional” y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 206/2021 se fijó como fecha de apertura del Concurso de referencia el día 19 de noviembre del corriente.
Que en el día y hora fijados en el acto administrativo precedentemente, se procedió a la correspondiente Apertura de Ofertas conforme consta en el acta a fs. 141 en la cual se deja constancia que hubo una única oferta correspondiente a la firma RUTAATLANTICA S.A. por un 108,33% superior al Presupuesto Oficial.
Que no se pudo realizar un Segundo Llamado por la proximidad en las fechas de los viajes.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias.
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º: Declarar fracasado el Llamado a Concurso de Precios Nº 12/2021 por el “Servicio de Transporte para Programas Provinciales- Etapa Regional”, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan Dirección de Gestión, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras del EMDeR.
REGISTRADO BAJO EL N° 260/2021
Mar del Plata, 30 de noviembre de 2021.
VISTO el Expediente Nº 217/2015 - Cpo 1, y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramitan las actuaciones llevadas a cabo a los fines de optimizar el servicio de internet en el Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” y en el Estadio “José María Minella” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini”.
Que por lo expuesto la firma TELECOM ARGENTINA S.A., FIBERCORP, CUIT N° 30-63945373-8, presenta Factura B N° 6723-67118683, de fecha 14 de noviembre de 2021, emitida por la empresa antes consignada, de donde surge que corresponde abonar la suma de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON CINCUENTA ( $ 10.829,50.-) por los servicios de conectividad del mes de DICIEMBRE de 2021.
Que la mencionada factura se encuentra debidamente conformada por el Sr. Director de Infraestructura del EMDER, informando asimismo la Contadora del organismo la partida presupuestaria a la que se deberá imputar el gasto.
Que corresponde, a la Presidencia del Ente autorizar el mencionado gasto.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Tesorería del EMDER a abonar a TELECOM ARGENTINA SA, FIBERCORP, CUIT N° 30-63945373-8, la suma de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON CINCUENTA ($ 10.829,50.-), correspondiente a los servicios de conectividad durante el mes de DICIEMBRE de 2021 conforme Factura B N° 6723-67118683, de fecha 14 de noviembre de 2021, en razón de lo expuesto en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2º: El egreso que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la partida Act. Central 01 - Act. 11 – Inciso 3 - Part. Princ. 1 - Part. Parc. 4 -Part. Subp. 0 (Teléfonos, Telex, Telefax) del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Contaduría y a Tesorería del EMDER.
REGISTRADO BAJO EL N° 261/2021
Mar del Plata, 30 de noviembre de 2021
Visto el expediente Nº 247/2021 Cpo. 01 por el que se tramita el llamado a Licitación Privada Nº 4/2021 para la adquisición de productos químicos para mantenimiento del Natatorio Municipal y Polideportivos Barriales y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 242/2021 se fijó como fecha de apertura del Segundo Llamado a Licitación de referencia el día 25 de noviembre del corriente.
Que en el día y hora fijados en el acto administrativo precedentemente, se procedió a la correspondiente Apertura de Ofertas conforme consta en el acta a fs. 169 en la cual se deja constancia que no hubo presentación de oferta alguna.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias.
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º: Declarar desierto el Segundo Llamado a Licitación Privada Nº 4/2021 para la adquisición de productos químicos para mantenimiento del Natatorio Municipal y Polideportivos Barriales, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan Dirección de Gestión, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras del EMDeR.
REGISTRADO BAJO EL N° 262/2021
Mar del Plata, 30 de noviembre de 2021.
VISTO, que la Agente CAROLINA CRESPO – Legajo Nº 19122 quien se desempeña con el cargo de Directora de Gestión del EMDER, hará uso de licencia por vacaciones desde el 1º y hasta el día 30 de diciembre de 2021, y
CONSIDERANDO
Que se ha dispuesto encomendarle las funciones de atención, despacho y firma de mero trámite de la Dirección de Gestión, a Agente Dra. GABRIELA MÓNICA MARTÍN – Legajo 22708, quien revista con el cargo de Abogado II y cumple funciones en la mencionada Dirección.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Asignar desde el día 1º y hasta el 30 de diciembre de 2021 inclusive, a la Agente GABRIELA MÓNICA MARTÍN - Legajo Nº 22708 – Abogado II, las funciones inherentes a la atención y firma del despacho de la Dirección Gestión del EMDER, en tanto dure la licencia de la Agente CAROLINA CRESPO- Legajo Nro. 19.122.
ARTÍCULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Oficial, comunicar y notificar a través del Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
REGISTRADA BAJO EL N° 263/2021