Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº1254/2021

Decreto Nº 1254/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 29/11/2021

Visto

El Expediente 4055-478-2021, en el cual a fojas 1, la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA ESTÉTICA Nº 1 DE ADOLFO GONZALES CHAVES, solicita un subsidio destinado a solventar los gastos de realización del espectáculo “Obligados”, como actividad de cierre del presente Ciclo Lectivo; y

Considerando

Que existen fondos de Redistribución Educativa – Ley 26.075;

Que a fojas 5/6; se agregó informe de Contaduría Municipal;

Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello;     

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Otórgase a la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA ESTÉTICA Nº 1 de ADOLFO GONZALES CHAVES,  un Subsidio de Pesos SESENTA MIL ($ 60.000.-) destinado a solventar los gastos de realización del espectáculo “Obligados”, como actividad de cierre del presente Ciclo Lectivo, tales como: grabación y arreglos de pistas de sonido, materiales para la realización escenografía y vestuarios, alquiler de escenario e iluminación.-

 

ARTICULO 2º.- La Entidad beneficiaria deberá rendir cuentas ante la Contaduría Municipal, con documentación fehaciente que acredite la correcta utilización de los fondos recibidos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 3º.- El Subsidio acordado por el artículo 1° deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente

Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente

Fuente de Financiamiento: 132 de origen provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Trasferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.8.0 Transferencias para el aprendizaje, enseñanza e investigación

 

ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría y Tesorería.-

 

ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-