Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 106/22
General Pueyrredon, 18/01/2022
Visto
la ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante bajo el número de registro O-25061 y la decisión del Sr. Intendente de trabajar junto a los vecinos en los procesos de decisión sobre una parte de la asignación de los recursos presupuestarios del Municipio; y
Considerando
Que el nuevo paradigma de la gestión pública consiste en la concepción de los gobiernos como “gobiernos abiertos”, entendiendo gobierno abierto como un enfoque que rescata especialmente los valores de la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas, que cobran especial relevancia en el contexto actual caracterizado por el creciente protagonismo de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Para lo cual es preciso entonces generar más y mejores espacios de participación de deliberación y decisión para profundizar la calidad de la democracia y propiciar el compromiso conjunto de ciudadanos, organizaciones públicas estatales, no estatales y privadas.
Que los municipios son el nivel de gobierno más próximo a los ciudadanos y en el cual tienen la posibilidad de actuar directamente, en forma efectiva y con el conocimiento más preciso de la realidad del territorio en el que habitan. Y por lo tanto, es clara la ventaja comparativa del nivel local de gobierno para transformar la gestión pública desde un modelo tradicional hacia uno participativo.
Que existe un acuerdo en la literatura académica y gubernamental en definir al presupuesto participativo como un proceso de intervención directa, voluntaria y universal, en el cual la ciudadanía propone y decide sobre la ejecución de obras y servicios utilizando una parte de los recursos presupuestarios públicos.
Que entre las principales potencialidades del presupuesto participativo se encuentran: a) el cambio en las condiciones de vida de la población y de la infraestructura del municipio a partir criterios de equilibrio territorial y equidad; b) la visibilización de las demandas de grupos que habitan barrios en situación de vulnerabilidad social; c) la puesta en valor de la gestión local, como gestión de proximidad y su perfeccionamiento y optimización a través del paso de un modelo tradicional y vertical a uno participativo y horizontal; d) el control de los ciudadanos sobre la gestión pública, favoreciendo la transparencia y eficiencia públicas.
Que en Argentina, a la fecha, el presupuesto participativo se implementa en más de cincuenta municipios del país que, entre todos, acumulan el 30% de la población del país.
Que existen antecedentes de implementación de Presupuestos Participativos en nuestro municipio durante los años 2009 a 2013.
Que por Ordenanza nº 21236 y Decreto de Promulgación nº 438/13 el municipio adhirió a la Iniciativa Ciudades Emergentes Sostenibles (ICES) del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), promoviendo el análisis territorial de acuerdo con criterios demográficos, económicos, y urbanos, entre otros.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda tiene dentro de sus funciones “Generar el proyecto de ordenanza del presupuesto general de gastos de la comuna y la erogación de los recursos de forma transparente”, que por Decretos 443/2018 y 3456/2019 se establece que la Dirección de Gobierno Abierto y la Dirección de Modernización e Información Estratégica, ambas dependientes de la Subsecretaría de Modernización tienen entre sus funciones “Diseñar y gestionar políticas de Gobierno Abierto que promuevan la transparencia, colaboración y la participación ciudadana”.
Que por todo lo expuesto, se concluye que es necesario crear y regular el Programa Participa MGP Presupuesto Participativo a través de una norma que fije sus principales ejes.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Créase el Programa Participa MGP PP en el ámbito del Partido de General Pueyrredon, a los efectos de la implementación de lo establecido en la Ordenanza Nº 25061.-
ARTÍCULO 2º.- Impleméntese el Programa Participa MGP PP consistente en una forma de gestión del presupuesto, según la cual la población del Partido, a través de canales de participación, presenta proyectos y decide acerca del destino de una partida específica del presupuesto municipal definidas anualmente.-
ARTÍCULO 3º.- Establézcase los objetivos del Programa: a) promover el compromiso de los ciudadanos con la comunidad en la que habitan y con su entorno; b) propiciar la participación ciudadana en la gestión y el control del gobierno municipal y c) consolidar un espacio institucional de participación ciudadana en el Municipio destinado a decidir el destino de una partida presupuestaria específica del presupuesto municipal.-
ARTÍCULO 4º.- Designase a la Secretaría de Economía y Hacienda en conjunto con la Subsecretaría de Modernización quienes actuarán como responsables de la aplicación del presente programa.-
ARTÍCULO 5º- Autorízase a la Secretaría de Economía y Hacienda a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias.-
ARTÍCULO 6º.- Apruébase el Reglamento de la Ordenanza Nº 25061, que como Anexo I, forma parte del presente.-
ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor secretario de Economía y Hacienda.-
ARTÍCULO 8°.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese.-
BLANCO MONTENEGRO
ANEXO I
REGLAMENTO DEL PROGRAMA PARTICIPA MGP PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Artículo 1° ALCANCE: El presente reglamento regula el Programa Participa MGP PP del Partido de General Pueyrredon, tal cual lo establecido en la Ordenanza 25061 promulgada mediante Decreto nº 504/21.
Artículo 2° ZONAS DEFINIDAS: Se han definido once (11) Zonas considerando los criterios técnicos sociodemográficos establecidos en la Iniciativa BID Ciudades Sostenibles, aprobada mediante Ordenanza 21236, como elementos estratégicos para la generación de políticas urbanas equilibradas.
Los límites geográficos de las mismas se detallan en Anexo II que se adjunta y forma parte del presente reglamento.
Artículo 3° PRESUPUESTO ASIGNADO:
Para distribuir la partida que se le asignará a cada zona, se establecen parámetros considerando el equilibrio territorial, la equidad distributiva, y el cumplimiento tributario.
Por esta razón, a cada una de las zonas se le asignará el monto que surja de las siguientes pautas:
A los efectos de la determinación de la cantidad de hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas, los mismos son aquellos que presentan al menos una de las siguientes condiciones de privación:
La Secretaría de Economía y Hacienda establecerá anualmente el presupuesto asignado al Programa Participa MGP PP, respetándose los límites expuestos en el artículo 3° de la Ordenanza 25.061, y comunicará el monto asignado a cada zona en función de las pautas establecidas en el presente artículo. A los efectos del art. 3°, se entenderá el total de los recursos no tributarios.
Artículo 4° PROCESO: La implementación del presupuesto participativo incluye dos (2) Etapas y cuatro (4) Sub etapas:
PRIMERA ETAPA
Sub Etapa I Presentación del Programa e Ideación.
Incluye la realización de reuniones en cada zona a los efectos de:
En cada reunión zonal podrán participar personas humanas a título propio, o en representación de Asociaciones, cuyo domicilio fiscal en la TSU, o domicilio de DNI, se corresponda a los límites geográficos de cada zona.
El Municipio generará instancias de revisión de “Ideas”, durante y hasta la fecha que se comunique en la reunión de Presentación, donde las y los vecinos podrán verificar que estas estén formuladas adecuadamente, y en su caso de realizar las adecuaciones que correspondan. Además, los Consejeros se encargarán de comunicarse con las y los vecinos para asistirlos en las correcciones de aquellas “Ideas” que no sean claras en su descripción y de identificar proyectos de similares características para conectar a los vecinos que los hayan creado y así unificarlos.
Sub Etapa II Estudios de factibilidad de las Propuestas
Interacción del equipo de Participa MGP PP con las y los autores de las “Ideas”, atravesando fases a definir con el equipo técnico de factibilidad las que serán visibles a lo largo de todo el proceso, transparentando al programa.
El equipo técnico del Programa Participa MGP PP remitirá las “Ideas” a las áreas municipales correspondientes, según el ámbito y alcance de cada una, para solicitar la factibilidad legal, técnica, económica, y a los fines de determinar el impacto social de las mismas.
Los Consejeros acompañarán a los equipos técnicos en este proceso, siendo que son los Consejeros los que conocen más los alcances de cada “Idea”.
Las “Ideas” pasarán al estado de “Proyecto” luego de cumplir todas las fases de la etapa de factibilidad.
Aquellas “Ideas” que no cuenten con la factibilidad legal, técnica, económica, y de impacto social, serán acompañadas de un breve informen indicando los argumentos considerados para tal decisión del equipo técnico y de corresponder con el conocimiento y acompañamiento del Consejero respectivo. En su caso, dicha consideración no invalida la posibilidad de volver a presentarse en próximos procesos.
SEGUNDA ETAPA
Sub Etapa III Votación de Proyectos y Escrutinio
Sub Etapa IV Gestión y Ejecución
Gestión y ejecución de los “Proyectos” ganadores, según la disponibilidad de financiamiento previsto.
En el caso de aquellos “Proyectos” que no puedan ser llevados a cabo en el ejercicio fiscal por cuestiones técnicas, presupuestarias, legales, etc., deberán ser priorizados en la etapa de apoyo del año siguiente.
Artículo 5° TIPO DE IDEAS: Se podrán presentar “Ideas” que abarquen gastos corrientes y/o de capital.
Quedan excluidos aquellos que:
● Afecten a proyectos ya existentes o en curso.
● Aquellos que consistan en cualquier tipo de subsidios, que sean en beneficio directo de quien lo proponga.
Quedan excluidos los “Proyectos” elegidos que superen el presupuesto previsto a cada zona, las que no se encuentren dentro del ámbito de competencia del municipio, las que contradigan normativa vigente y/o las que sean inviables técnicamente.
Artículo 6° CANALES DE PRESENTACIÓN DE LAS IDEAS: Todas deberán ser cargadas en la página web del municipio, utilizando el formulario específico que allí se ofrece.
Artículo 7° FECHA Y LUGAR DE LA VOTACIÓN: La votación de “Proyectos” para ejecutar estará abierta durante el periodo de una semana (5 días hábiles), en fechas a definir.
La votación se realizará de forma digital en la plataforma web del programa y de forma presencial en las oficinas municipales definidas a tal fin.
Por razones de fuerza mayor se podría llegar a extender el periodo de votación, en cuyo caso lo comunicará en el sitio antes mencionado.
Artículo 8° QUIÉNES ESTÁN HABILITADOS A VOTAR: Residentes, mayores de 16 años (cumplidos a la fecha de la votación), con domicilio en su DNI en cualquiera de las zonas en que se divide el Partido.
Artículo 9° COMO VOTAR: Para votar las personas deberán registrarse como usuarios del sitio en la página web del municipio, una vez habilitados y utilizando el formulario específico que allí se ofrece emitir su voto de acuerdo a las normas que se detallaron con anterioridad. De manera presencial las personas deben presentar su DNI.
Artículo 10° VOTO NOMINAL: El voto será nominal, anónimo, y tendrá el carácter de declaración jurada. Solo podrán votar aquellos que estén registrados en el sitio web del programa, ingresando sus datos personales.
Artículo 11° EJECUCIÓN DE PROYECTOS – PRESUPUESTO: Cada “Proyecto” sujeto a votación tiene un enunciado o título y un presupuesto asignado (que es un monto estimado de acuerdo al proyecto en cuestión). Los ”Proyectos” que resulten electos se ejecutan aplicando fondos hasta el monto del presupuesto que tienen asignado, siendo el enunciado o título del proyecto una referencia general del mismo y determinando por escrito el orden de prioridades de los componentes o partes de su proyecto al efecto de la aplicación del monto asignado al referido proyecto.
Artículo 12° ESCRUTINIO: El escrutinio de los votos de las zonas se realizará durante la semana inmediatamente posterior al cierre de la votación y participarán como veedores del proceso de escrutinio los Consejeros Zonales oportunamente electos.
Artículo 13° PROYECTO ELEGIDOS PARA SER EJECUTADOS: Los “Proyectos” elegidos para ser ejecutados serán aquellos que en cada zona por cantidad de votos recibidos cubra el total del presupuesto asignado. Puede ocurrir que, por orden de prioridad de votos, un proyecto supere por presupuesto el monto total establecido para la zona; en ese caso se seleccionará el mismo pero hasta agotar el monto asignado a la zona.
ANEXO II – TEXTO REGLAMENTO PARTICIPAMGP PP ZONAS BID
ZONA 01
DESDE LA INTERSECCIÓN DE AV. PATRICIO PERALTA RAMOS Y AV. JUAN B JUSTO, POR ESTA HACIA CALLE CÓRDOBA, SIGUIENDO POR ESTA CALLE HASTA SU CRUCE CON CALLE ALVARADO, 600 METROS HACIA SU INTERSECCIÓN CON AV. INDEPENDENCIA Y CONTINUANDO POR ESTA HASTA SU CRUCE CON AV. COLÓN, POR ESTA AVENIDA 400 METROS HASTA LA CALLE 20 DE SEPTIEMBRE, TOMANDO CALLE 20 DE SEPTIEMBRE HASTA SU CRUCE CON AV. PEDRO LURO Y 600 METROS HASTA SU INTERSECCIÓN CON LA CALLE SAN JUAN, CONTINUANDO POR ESTA EN DIRECCIÓN A LA CALLE RIO NEGRO Y POR RIO NEGRO HASTA SU CRUCE CON LA CALLE MARCOS SASTRE (CONT. CHILE). DESDE ESTE PUNTO SIGUIENDO, EN DIRECCIÓN A LA AV. JOSÉ MANUEL ESTRADA TERMINANDO EN LA COSTA (AV. PATRICIO PERALTA RAMOS).
ZONA 02
DESDE LA INTERSECCIÓN DE LAS CALLES CÓRDOBA Y JUAN B. JUSTO, POR ESTA HACIA EL CRUCE CON AV. M. CHAMPAGNAT/AUTOVÍA 2 POR ESTA HASTA SU CRUCE CON AV. CONSTITUCIÓN CONTINUANDO 400 METROS HASTA AV. DELLA PAOLERA Y HASTA SU CRUCE CON EL ARROYO, BORDEANDO ESTE Y HASTA CALLE 143. POR ESTA CALLE Y EN DIRECCIÓN A LA COSTA (AV. FELIX U. CAMET) TOMANDO AV. FELIZ U. CAMET EN DIRECCIÓN A AV. JOSÉ MANUEL ESTRADA Y POR ESTA HASTA LA CALLE MARCOS SASTRE, CONTINUANDO HASTA EL CRUCE CON CALLE RIO NEGRO POR ESTA HASTA SU INTERSECCIÓN CON CALLE SAN JUAN CONTINUANDO POR CALLE SAN JUAN HASTA SU INTERSECCIÓN CON AV. PEDRO LURO Y EL CRUCE CON CALLE 20 DE SEPTIEMBRE. TOMANDO ESTA ÚLTIMA Y CONTINUANDO 600 METROS HASTA EL CRUCE CON AV. COLÓN SIGUIENDO 400 METROS HASTA AV. INDEPENDENCIA, TOMANDO ESTA ÚLTIMA EN DIRECCIÓN A CALLE ALVARADO, CONTINUNANDO POR CALLE ALVARADO HASTA CALLE CÓRDOBA Y POR ESTA TERMINANDO EN EL PUNTO DE PARTIDA DE AV. JUAN B. JUSTO. º
ZONA 03
INICIANDO EN LA INTERSECCIÓN DE AV. JUAN B. JUSTO Y LA COSTA (AV. DE LOS TRABAJADORES/RP 11) SIGUIENDO POR ESTA HACIA SU INTERSECCIÓN CON NTRA. SEÑORA DE SCHOENSTATT SIGUIENDO EN DIRECCIÓN A AV. JORGE NEWBERY POR ESTA HASTA EL CRUCE CON CALLE EL PIRINCHO SIGUIENDO POR ESTA HASTA CALLE LAS ACHIRAS Y CONTINUANDO POR ESTA CALLE HASTA AV. MARIO BRAVO Y SIGUIENDO HASTA SU CRUCE CON AV. EDISON CONTINUANDO POR ESTA ÚLTIMA HASTA SU INTERSECCIÓN CON AV. VÉRTIZ/AV. VÉRTIZ NTE. Y SIGUIENDO POR ESTA EN DIRECCIÓN A LA CALLE AMÉRICO RAÚL CANOSA Y EN DIRECCIÓN A AV. JUAN B. JUSTO SIGUIENDO POR ESTA AVENIDA EN DIRECCIÓN A LA COSTA TERMINANDO EN EL PUNTO DE PARTIDA.
ZONA 04
DESDE AV. M CHAMPAGNAT Y AV. JUAN B. JUSTO SIGUIENDO POR ESTA HASTA SU INTERSECCIÓN CON CALLE F. JUAN CETZ/EDUARDO BRADLEY HASTA SU INTERSECCIÓN CON FLORISBELO ACOSTA Y TOMANDO MONSEÑOR SEGURA HASTA EL CRUCE CON AV. CONSTITUCIÓN, POR ESTA ÚLTIMA HASTA LA AUTOVÍA N° 2/AV. CHAMPAGNAT Y SIGUIENDO POR ESTA HACIA EL PUNTO DE PARTIDA DE AV. CHAMPAGNAT Y AV. JUAN B JUSTO.
ZONA 05
INICIANDO EN LA INTERSECCIÓN DE AV. JUAN B. JUSTO Y AV. VICTORIO TETAMANTI, POR ESTA EN DIRECCIÓN A AV. MARIO BRAVO CONTINUANDO EN DIRECCIÓN Y HASTA SU CRUCE CON AV. JACINTO PERALTA RAMOS SIGUIENDO POR ESTA HASTA AV. VÉRTIZ NTE. Y HASTA CALLE AMÉRICO RAÚL CANOSA, CONTINUANDO POR AV. JUAN B JUSTO HASTA EL PUNTO DE PARTIDA.
ZONA 06
DESDE AV. FELIX U. CAMET/RP N° 11 POR ESTA HACIA CAMINO RP N° 2 Y DOBLANDO A LA ALTURA DE RUTA PROVINCIAL N° 2 KM 388 Y SIGUIENDO POR AUTOVÍA 2 HACIA CALLE STA. INES Y EL CRUCE CON CALLE SAN PATRICIO, SIGUIENDO POR CALLE LOS TULIPANES HASTA LA ALTURA DE CALLE DACHARI RETOMANDO POR AUTOVÍA 2 HASTA CALLE MANUWAL BAJANDO POR CALLE LOS EUCALIPTUS HASTA EL CRUCE CON AV. CONSTITUCIÓN Y SIGUIENDO POR ESTA HASTA SU CRUCE CON AV. DELLA PAOLERA, CONTINUANDO POR ESTA AVENIDA BORDEANDO EL ARROYO HASTA CALLE 143 Y TERMINANDO EN AV. FELIX U. CAMET/RP N° 11.
ZONA 07
DESDE LA INTERSECCIÓN DE FLORISBELO ACOSTA Y CALLE LOS EUCALIPTUS, BORDEANDO EL ARROYO Y EN DIRECCIÓN A CALLE CARRILLO, SIGUIENDO POR ESTA CALLE HASTA LA RUTA NACIONAL 226, POR ESTA HASTA EL CRUCE CON CALLE SALVADOR VIVA/AV. ELÍAS ANTUNEZ Y POR ESTA AVENIDA HACIA CALLE AYOLAS/EL ALZÁN Y HASTA SU INTERSECCIÓN CON AV. FRANCISCO QUINTEROS (CONT. AV. HECTOR TARANTINO), TOMANDO ESTA HASTA AV. JUAN B. JUSTO Y HASTA F. JUAN CETZ/EDUARDO BRADLEY. SIGUIENDO POR ESTA CALLE HASTA SU CRUCE CON FLORISBELO ACOSTA Y CALLE LOS EUCALIPTUS.
ZONA 08
INICIANDO EN AV. JUAN B. JUSTO Y AV. VICTORIO TETAMANTI POR ESTA HASTA LA CALLE TOMÁS YAMEHUECH, SIGUIENDO HASTA EL CRUCE CON CAMINO A LAS CANTERAS, Y CONTINUANDO HACIA LA INTERSECCIÓN CON CALLE 461 EN DIRECCIÓN A AV. VICTORIO TETAMANTI, DOBLANDO POR CALLE 515 SIGUIENDO POR ESTA CALLE HACIA 47, TOMANDO ESTE CAMINO EN DIRECCIÓN A CALLE GALDOS, SIGUIENDO HACIA RUTA PROVINCIAL N° 88 Y TOMANDO EL CAMINO SIGUIENTE DE LA CALLE ALEJANDRO VOLTA. SIGUIENDO POR ESTA CALLE HASTA DOMINGO BATÁN, SIGUIENDO ESTE CAMINO EN DIRECCIÓN A CALLE FRANCISCO ÁLVAREZ Y CONTINUANDO POR ESTA PASANDO CALLE MONTE MALABRIGO HASTA EL CRUCE CON CAMINO SAN FRANCISCO DE ASÍS SIGUIENDO POR ESTE CAMINO, HACIA LA AV. JUAN B. JUSTO Y BAJANDO HASTA EL CRUCE DE ESTA AVENIDA CON AV. VICTORIO TETAMANTI.
ZONA 09
DESDE LA INTERSECCIÓN DE CALLE NTRA. SEÑORA DE SCHOENSTATT Y LA COSTA, POR ESTA HASTA CALLE 515 Y HASTA SU CRUCE CON AV. VICTORIO TETAMANTI HASTA LA INTERSECCION CON CALLE 461, Y RETOMANDO EN CAMINO DE LAS CANTERAS HASTA LA CALLE TOMÁS YAMEHUECH SIGUIENDO POR ESTA HASTA EL CRUCE CON AV. VICTORIO TETAMANTI Y TOMANDO ESTA AVENIDA, HASTA SU CRUCE CON AV. MARIO BRAVO, SIGUIENDO POR ESTA ÚLTIMA HASTA EL CRUCE CON AV. JACINTO PERALTA RAMOS Y HASTA AV. VÉRTIZ. TOMANDO LA AV. VÉRTIZ HACIA EL CRUCE CON AV. EDISON Y CONTINUANDO POR ESTA AVENIDA RETOMANDO HASTA LA INTERSECCIÓN CON AV. MARIO BRAVO HASTA LAS ACHIRAS POR ESTA CALLE HACIA CALLE EL PIRINCHO DOBLANDO HACIA AV. JORGE NEWBERY Y SU INTERSECCIÓN CON CALLE NTRA. SEÑORA DE SCHOENSTATT CONTINUANDO EN ESTA CALLE TERMINANDO EN LA COSTA.
ZONA 10
DESDE CALLE 515 Y LA COSTA/RP N° 11, POR ESTA EN DIRECCIÓN Y HASTA EL CRUCE CON EL RÍO LAS BRUSQUITAS, BORDEANDO EL RÍO HASTA RUTA PROVINCIAL N° 88 Y POR ESTA RUTA PASANDO CANTERAS YARAVI, BAJANDO HASTA CALLE 515 Y HASTA SU CRUCE AV. VICTORIO TETAMANTI, POR ESTA AVENIDA, RETOMANDO NUEVAMENTE EN CALLE 515 Y SIGUIENDO POR ESTA CALLE HASTA EL PUNTO DE INICIO EN LA COSTA/RP N° 11.
ZONA 11
INICIANDO EN RUTA MONTE QUEMADO A LAGUNA BRAVA, PASANDO CNO. PROVINCIAL 033-10 DOBLANDO HACIA CASA DE HUESPEDES “RUCA LAUQUEN”, SIGUIENDO POR EL CAMINO VILLA RESIDENCIAL LAGUNA BRAVA, PASANDO LA RUTA NACIONAL N° 226 POR EL CNO. PROVINCIAL 045-07 Y DOBLANDO EN DIRECCIÓN A COLONIA BARRAGÁN HASTA LA ALTURA DEL ARROYO VIVORATÁ, BORDEANDO ESTE, TOMANDO EL CAMINO S/N Y PASANDO EL PARQUE ACUÁTICO “AQUASOL” DOBLANDO EN CAMINO S/N HACIA LA AUTOVÍA 2, SIGUIENDO SOBRE CALLE FERRARI HASTA EL CRUCE CON CALLE SANTA INES PASANDO EL BARRIO EL TEJADO POR CNO. DE LAS PAMPAS HASTA EL CRUCE CON CALLE C. DACHARI, RETOMANDO POR AUTOVÍA 2, PASANDO EL AEROPUERTO INTERNACIONAL ASTOR PIAZOLLA DOBLANDO EN CALLE MANUWAI, DERECHO Y PASANDO CENTRAL UTE “EL LIBERTADOR” Y POR CALLE CARRILLO HASTA EL CRUCE CON RUTA NACIONAL N° 226 HASTA SU INTERSECCIÓN CON SALVADOR VIVA/AV. ELÍAS ANTÚNEZ, POR ESTA HASTA LA INTERSECCIÓN CON CALLE AYOLAS/C. ALAZÁN SIGUIENDO HASTA AV. FRANCISCO QUINTEROS (CONT. AV. HECTOR TARANTINO), POR ESTA AVENIDA HASTA AV. JUAN B. JUSTO Y LA INTERSECCIÓN CON CNO. SAN FRANCISCO DE ASÍS, POR ESTE CAMINO HASTA SU CRUCE CON CALLE FRANCISCO ÁLVAREZ Y POR ESTA CALLE HASTA CALLE JORGE ÁVALOS CONTINUANDO POR ESTA CALLE, DOBLANDO A CALLE DOMINGO BATÁN Y SIGUIENDO HASTA RP N° 88 RETOMANDO EN CALLE C. GALDOS PASANDO CAMPING “SIERRA BLANCA” Y RETOMANDO EN RP N° 88, PASANDO EL BOQUERÓN Y TERMINANDO EN EL PUNTO DE PARTIDA EN RUTA MONTE QUEMADO A LAGUNA BRAVA.
ANEXO III – MAPA REGLAMENTO PARTICIPAMGP PP ZONAS BID