Boletines/Tandil
Decreto Nº 178/2022
Tandil, 19/01/2022
Visto
La Licitación Pública Nº 04-01-21 “Reconstrucción y Ampliación de la Ludoteca”, y que por el presente Expediente se tramita la Adecuación Provisoria Nº 1.
Considerando
Que mediante DECTO-2021-973-MUNITAN-INT se procedió a la adjudicación a la firma Pesciallo Flores y Cia S.C. por la suma total de Pesos Diez millones seiscientos noventa y cinco mil quinientos setenta y cuatro ($10.695.574,00).
Que conforme al pliego de Bases y Condiciones de la Licitación expresamente en su artículo 78° menciona que en el supuesto de que se produzcan variaciones significativas en los costos, la redeterminación de precios se efectuará conforme lo dispuesto por el Decreto Nacional 691/16.
Que la firma contratista ha presentado solicitud de adecuación provisoria de precios al mes de abril de 2021, conforme a la estructura de ponderación de insumos principales, expresando que la variación de precios ha superado el cinco por ciento previsto en la norma a partir de la fecha de apertura de la licitación.
Que el Director de Obras Públicas ha emitido informe indicando que el avance de obra se encuentra dentro del plazo previsto.
Que el área Gestión de Procesos ha intervenido concluyendo sobre la factibilidad de adecuar los precios del contrato a partir de los certificados correspondientes al mes de abril de 2021 - Certificado N° 1, siendo el nuevo valor de contrato de pesos once millones cuatrocientos cuarenta mil novecientos cuarenta y cuatro con 27/100 cvos. ($11.440.944,27), resultando la Adecuación Provisoria N° 1 de pesos setecientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y siete con 27/100 cvos ($745.397,27).
Que ha tomado intervención la Contaduría General y la Secretaria de Economía y Administración.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Adecúase el valor de la Licitación Pública Nº 04-01-21 “Reconstrucción y Ampliación de la Ludoteca” adjudicada a la firma Pesciallo Flores y Cia S.C. por el monto total de pesos once millones cuatrocientos cuarenta mil novecientos cuarenta y cuatro con 27/100 cvos. ($11.440.944,27).
Artículo 2º: Establécese, por aplicación del Artículo precedente, el valor de la adecuación provisoria N° 1 en Pesos setecientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y siete con 27/100 cvos. ($745.397,27).
Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Luciano María Lafosse (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas - Intendencia