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Decreto Nº1285/21

Decreto Nº 1285/21

Chacabuco, 02/12/2021

OTORGANDO UN SUBSIDIO A  LA “SOCIEDAD DE FOMENTO 9 DE JULIO”.

Visto

La solicitud presentada por la Sociedad de Fomento "9 de Julio”, en el sentido de obtener una ayuda financiera no reintegrable para solventar el gasto del  pago de cancelación de deuda de gas y electricidad.

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º:  Otorgar  a  la Sociedad  de  Fomento  "9 de Julio” de esta  ciudad, un subsidio por la SUMA DE PESOS SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS  ($ 6.566,00), que será destinado a solventar el gasto del  pago de cancelación de deuda de gas y electricidad. 

 

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior, será imputado por Contaduría Municipal a la Partida del RAFAM correspondiente. 

 

ARTÍCULO 3º La beneficiaria deberá rendir cuenta en  forma y plazo legal del  destino de los fondos recibidos.  

 

ARTÍCULO 4ºEl presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna. 

 

ARTÍCULO 5º Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.