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Decreto Nº4543/2021

Decreto Nº 4543/2021

Quilmes, 30/12/2021

Visto

el Expediente Nº 4091-11241-S-2021, Alcance O iniciado por la Subsecretaría de Hábitat dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la ejecución del Proyecto "Potenciar el Hábitat: Recuperación de espacio público, Corredor calle 893 El Tala", en el marco del Programa de Mejoramiento de Barrios IV; y

Considerando

Que el mencionado proyecto se ejecuta como consecuencia del Convenio Marco de Adhesión al "Programa Mejoramiento de Barrios IV", suscripto el 16 de noviembre de 2017 entre la Municipalidad de Quilmes y la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, registrado bajo el Nº 472/18;

Que con fecha 23 de agosto de 2021, el Municipio presentó ante el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, Subsecretaria de Políticas de Vivienda e Infraestructura, el Proyecto "Potenciar el Hábitat, Recuperación de espacio público Corredor calle 893, El Tala, Quilmes" a fin de que sea evaluado y aprobado su financiamiento;

Que el Proyecto tiene como primer objetivo recuperar el espacio público por medio de la forestación con árboles y plantas, construcción de canteros y espacios de césped, la reparación y acondicionamiento de juegos existentes y la instalación de cestos de residuos;

Que el objetivo específico es generar un espacio seguro de juegos y esparcimiento que le permita a la comunidad disfrutar de actividades al aire libre, como también forestar el área con árboles y plantas que contribuyan a mejorar la calidad ambiental y paisajística, mejorar la transitabilidad peatonal a través de la reparación y acondicionamiento de veredas existentes, y fortalecer asimismo la participación ciudadana y el cuidado del espacio público;

Que, a tal efecto, se capacitará  a setenta y dos (72) vecinos y vecinas del barrio, titulares del Programa Potenciar, en oficios y labores tales como albañilería, pintura, parquización y economía social;

Que el Proyecto tiene una duración programada de cinco (5) meses y contempla la contratación de un/a coordinador/a y un/a capacitador/a competentes en las áreas a desarrollar, la compra de los materiales didácticos necesarios para las capacitaciones, y de las máquinas y herramientas necesarias para la ejecución de la obra;

Que a fs. 42-43 luce la No Objeción de la Secretaría de Hábitat del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, emitida mediante Nota Nº NO-2021-81842992-APN-SH#MDTYH, de fecha 2 de septiembre de 2021, aprobando el citado proyecto y su financiamiento por un monto total de pesos nueve millones novecientos cuarenta y siete mil setecientos setenta y nueve ($ 9.947.779,00) y un plazo de ejecución de cinco

(5) meses;

Que a fs. 48-49 obra Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada, concluyendo que no tiene objeciones técnico jurídicas que formular respecto del proyecto de decreto de fs. 45-46;

Que el presente Decreto se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 107, 108, 182 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con sus respectivas modificaciones vigentes), la Ley de Obras Públicas Nº 6.021 de la Provincia de Buenos Aires (T.O. y modificatorias) y el 4to. y Sto párrafo del art. 37 del Decreto reglamentario Nº 5488/59 (y sus respectivas modificatorios vigentes); y

Por todo lo expuesto:

 

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: APRUÉBASE el Proyecto "Potenciar el Hábitat, Recuperación de Espacio Público Corredor calle 893 El Tala", en el marco del Programa de Mejoramiento de Barrios IV.

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el gasto que se devengue con motivo del presente Decreto se imputará en el Presupuesto de gastos de la Administración Central 111.00.00.000 - Departamento Ejecutivo 111.01.00.000 - en la Subjurisdicción - 111.01.73.000 Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública

- Programa 78: PROMESA IV - Actividad 93: Recuperación Espacio Púb. Corredor Calle 893 El Tala - Partida 4.2.2.0, 3.4.9.0, 5.1.3.0 - Fuente de Financiamiento 133: De Origen Nacional.

ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE.-

 

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

        Arq. Cecilia Soler                                                   Lic. María Eva Stolzing Ugarte

    Secretaría de Desarrollo                                                 Secretaria de Hacienda

     Urbano y Obra Pública                                                 Municipalidad de Quilmes

Municipalidad de Quilmes

DECRETO 4543/2021