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Decreto Nº4521/2021

Decreto Nº 4521/2021

Quilmes, 30/12/2021

Visto

el Expediente Nº 4091-11185-S-2021, iniciado por la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es solicitar la adquisición de aceite hidráulico y aceite lubricante que será utilizado para el mantenimiento de las unidades pertenecientes a la Secretaría precedentemente señalada, encuadrándose dicha contratación en lo establecido en el 156 inciso 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Considerando

Que por expediente referenciado en el visto, la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), solicita la contratación directa con el fin efectuar la adquisición de aceite hidráulico y aceite lubricante que será utilizado para el mantenimiento de las unidades pertenecientes a la misma;

Que en fecha 28 de diciembre del 2021, mediante decreto Nº 4466, se promulgó la Ordenanza Nº 13.574/2021 que prorrogq la Emergencia Ambiental y Sanitaria, que autoriza en su artículo 2°, al Departamento Ejecutivo "a arbitrar los medios institucionales que tengan como fin la correcta administración y gestión de los recursos materiales y de personal que brinda el Servicio Público de Higiene Urbana en toda la zona de prestaciones( .. .)";

Que sin perjuicio de ello, el Decreto-Ley 6.769/58 establece en su artículo 156 excepciones a las previsiones establecidas respecto a licitaciones y concursos de precios, admitiendo compras y contrataciones directas en los casos de "(... ) adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comerciales de oferta más conveniente en el mercado, cualquiera sea su monto. Será responsabilidad del secretario del ramo y del contador municipal comprobar y certificar que la operación se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado" (cfm.e. inc. 10° del artículo citado);

Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 194 establece que: "la Compra Directa es procedente hasta el monto que fija la Ley Orgánica Municipal o para los casos de excepción previstos en la misma (artículos 151 y 156). La autoridad contratante procurará asegurarse por los medios a su alcance, que el precio cotizado sea el más convenif:Jnfe de plaza a la fecha de la contratación.";

Que el artículo 88 del Reglamento Municipal de Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes hace referencia al procedimiento de contratación directa, sin límite de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas en el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;

Que en las actuaciones obran la Solicitud de Pedido Nº 3128/2021, la solicitud de gasto, el Registro de Invitados a Cotizar Nº 3182 y las fichas de los respectivos proveedores;

Que el precio más conveniente, fue oportunamente verificado mediante la comparativa de oferta de fecha 17 de diciembre del 2021;

 

Que en autos luce agregado el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar la contratación directa en el marco de la normativa analizada (art. 156, inc. 1Oº L.O;M y Ordenanza Nº 13.503/21);

 

Que obra nota suscripta por el secretario de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), y la Sra. Contadora Municipal,  en  donde se dejó constancia de que los valores presentados, resultan ser los más convenientes según precios de mercado, y que se dan por cumplidos los requisitos del artículo 156º. inc. 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades, encuadrándose la compra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado;

Que ello así, el precio  publicado  por  la  empresa proveedora SUD AMERICAN PARTS S.A., teniendo en consideración las características del servicio y las condiciones comerciales ofrecidas, resultaría el más conveniente en el mercado, encontrándose cumplidos en los presentes los requisitos establecidos por la normativa vigente;

Que atento lo expuesto resulta urgente, necesario  y razonable dictar el presente acto administrativo de adjudicación consistente en la adquisición de aceite hidráulico y aceite lubricante que $erá utilizado para el mantenimiento de las unidades pertenecientes a la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos;

Que el recurso utilizado será el proveniente de la Fuente de Financiamiento 11O (Tesoro Municipal);

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 156 inciso 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE a la empresa proveedora "SUD AMERICAN PARTS S.A" CUIT Nº 33-71506844-9 el objeto de la Contratación directa, consistente en la adquisición de aceite hidráulico y aceite lubricante que será utilizado para el mantenimiento de las unidades pertenecientes a. la Secretaría de G.I.R.S.U., de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 3128/2021, por un monto total de pesos seis millones sesenta y dos mil seiscientos($ 6.062.600,00.-) IVA incluido, todo ello de conformidad con lo actuado y por resultar dicha oferta la más conveniente en el mercado.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de gastos de la Administración Central - Departamento Ejecutivo 1110184000 Secretaría de G.I.R.S.U., Categoría programática 01.00.00 Fuente de Financiamiento 11O en la Partida 2.5.6.0.-

ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete. -

ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dese al registro General y ARCHÍVESE.-

 

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

 

Roberto Ariel Gaudio                                        Lic. María Eva Stolzing Ugarte  

Secretario de Gestión Integral                                     Secretaria de Hacienda

 De Residuos Sólidos Urbanos                                   Municipalidad de Quilmes                                       

   Municipalidad de Quilmes    

DECRETO 4521/2021